Secretaría de Finanzas Públicas, Subsecretaría de Ingresos.- Circular No. SI/004 por el que se acuerda los periodos vacacionales de suspensión de actividades o días inhábiles según corresponda, detallados en los Considerandos PRIMERO, SEGUNDO y TERCERO, tendrán el carácter de hábiles para las Direcciones Generales de Auditoria Fiscal y de Recaudación, Centros Regionales de Atención al Contribuyente y áreas administrativas adscritas a las mismas, dependientes de la Subsecretaría de Ingresos de la Secretaría de Finanzas Públicas del Gobierno del Estado de Hidalgo; asimismo, las autoridades fiscales estatales coordinadas, continuarán ejerciendo facultades de comprobación y de control de obligaciones, de igual forma realizarán actos, trámites y procedimientos administrativos jurisdiccionales, relacionados con impuestos federales coordinados que sean de su competencia, por lo que se computarán de manera normal, los plazos y términos legales correspondientes.
Documento contenido en el Periódico Oficial Alcance 1 del 20 de julio de 2020 Edición: Alcance 1 Número: 29 Páginas: 8 Contenido: Secretaría de Finanzas Públicas, Subsecretaría de Ingresos.- Circular