Documento contenido en el Periódico Oficial Alcance 0 del 05 de mayo de 2020

Edición: Alcance 0
Número: 18
Páginas: 59

Contenido:


Municipio de Pachuca, Hidalgo. – Código de Ética para las y los Servidores Públicos de la Presidencia Municipal de Pachuca de Soto, Hidalgo.

PRESIDENCIA MUNICIPAL DE

PACHUCA DE SOTO, ESTADO DE HIDALGO.

HONORABLE AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL DEL

MUNICIPIO DE PACHUCA DE SOTO, ESTADO DE HIDALGO.

 

La C. Yolanda Telleria Beltrán, en mi carácter de Presidenta Municipal de Pachuca de Soto, Estado de Hidalgo; a sus habitantes hace saber:

 

F U N D A M E N T A C I O N

 

Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 115 fracción II párrafo segundo de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 115, 122, 123 y 141 fracción II de la Constitución Política del Estado de Hidalgo, 1, 2, 3, 7, 56 fracción I, inciso a), 69 fracción IX, 70, 71 fracción I incisos d) Fracción II, 72, 189, 190 y 191 de la Ley Orgánica Municipal del Estado; artículos 1, 2, 3, 6, 7, 9 fracciones II, VII, VIII, IX, XIII, XIV, XVI, XIX, 10, 11 fracción III, 12, 14, 56 párrafo primero, 57, 75, 95, 96, 97, 104, 105 fracciones I), IV), V) y VII), 110 fracción IV, 128, 130 y 132 del Reglamento Interior del Honorable Ayuntamiento de Pachuca de Soto y demás relativas, aplicables que facultan a los integrantes de la Comisión Permanente de Gobernación, Bandos, Reglamentos y Circulares para dictaminar a favor o en contra aquellas iniciativas presentadas por los integrantes del Ayuntamiento, dentro del ámbito de su competencia, ponemos a la consideración de este Cuerpo Colegiado, el presente:

 

DECRETO

 

R E L A T O  R I A

 

PRIMERO.- La C. Yolanda Telleria Beltrán, Presidenta Municipal Constitucional de Pachuca de Soto, Hidalgo, mediante oficio de fecha 27 de julio del 2019, le solicito al Mtro. Raúl Baños Tinoco, en su calidad de Secretario del Ayuntamiento, la inclusión de un punto al orden del día dentro de la Septuagésima Sesión Ordinaria Pública del H. Ayuntamiento de Pachuca de Soto, con el tema “Código de Ética para las y los Servidores Públicos de la Presidencia Municipal de Pachuca de Soto, Hidalgo”.

 

SEGUNDO.- El Mtro. Raúl Baños Tinoco, propone en la Septuagésima Sesión Ordinaria Pública que dicha solicitud sea turnada a la Comisión Permanente de Gobernación, Bandos, Reglamentos y Circulares para su estudio, análisis y la elaboración del resolutivo correspondiente.

 

TERCERO.- Durante el desarrollo de la Septuagésima Sesión Ordinaria Pública, se aprueba por parte del H. Ayuntamiento de Pachuca de Soto, que el asunto de referencia se envié a la Comisión Permanente de Gobernación, Bandos, Reglamentos y Circulares del Honorable Ayuntamiento de Pachuca de Soto, Estado de Hidalgo para su estudio, análisis y la elaboración del resolutivo correspondiente.

 

 

CUARTO.- Una vez turnada la solicitud respectiva la Comisión en comento, procedió a estudiar, analizar y discutir la iniciativa planteada, dentro de la Trigésima Séptima Sesión de la Comisión Permanente de Gobernación, Bandos, Reglamentos y Circulares.

 

E X P O S I C I Ó N   D E   M O T I V O S

 

PRIMERO.- Que derivado de la implementación del Sistema Nacional y Estatal Anticorrupción y en relación a la Ley General de Responsabilidades Administrativas, en la cual se establece la obligación de crear y mantener condiciones que permitan el adecuado funcionamiento de las instituciones, así como la actuación honorable de las servidoras y los servidores públicos, se extiende la necesidad de contar con un código de ética que oriente e impere conductas dignas a seguir.

 

SEGUNDO.- Que los valores éticos son guías de comportamiento que regulan la conducta de un individuo; en un municipio con gobernanza humanista se tiende a impulsar la dignidad en el ambiente de trabajo mediante un enfoque interno que brinde a la ciudadanía la certeza de que está recibiendo lo mejor de una o un servidor público, a través de la actitud, atención y desempeño profesional.

 

TERCERO.- Que para recuperar la confianza ciudadana, en las autoridades se requiere de personas íntegras que actúen con base en una cultura de valores y principios éticos que guíen sus tareas diarias.

 

CUARTO.- Que se deberán cumplir los objetivos estratégicos de la institución bajo una visión de trabajo en equipo para la gestión de resultados, regida en el Marco del Plan Municipal de Desarrollo 2016-2020, conformados por el conocimiento de la realidad social de las y los pachuqueños, por normas éticas y exigencias de generosidad personal.

 

Por lo anterior, se tiene a bien expedir el siguiente:

 

CÓDIGO DE ÉTICA PARA LAS Y LOS SERVIDORES PÚBLICOS DE LA PRESIDENCIA MUNICIPAL DE PACHUCA DE SOTO, HIDALGO

 

Capítulo 1: Disposiciones Generales

 

Artículo 1.- El Código de Ética es de observancia general y obligatoria para las y los Servidores Públicos de la Presidencia Municipal de Pachuca de Soto, Hidalgo.

 

Artículo 2.- El objeto del Código de Ética es orientar la actuación de las y los Servidores Públicos de la Presidencia Municipal de Pachuca de Soto, Hidalgo a través de un conjunto de principios y valores fundamentales en el servicio público.

 

Artículo 3.- Glosario

 

Para efectos de este Código de Ética, se entenderá por:

 

  1. Administración Pública Municipal de Pachuca de Soto, Hidalgo: Es la Actividad que realiza el gobierno municipal en la prestación de bienes y servicios públicos para satisfacer las necesidades de la ciudadanía.

 

  1. Código de Ética: Conjunto de conductas observables y evaluables en las personas al servicio de la ciudadanía.

 

III.         Servidora y Servidor Público: Toda persona que desempeña un empleo, cargo o comisión de cualquier naturaleza en la administración municipal centralizada y descentralizada, quienes serán responsables por los actos y omisiones en que incurran en el desempeño de sus funciones.

 

  1. Principios: Conjunto de normas o parámetros éticos fundamentales que rigen la conducta humana.

 

  1. Valores: Cualidades adquiridas socialmente a partir de los principios, que requieren de un aprendizaje o desarrollo social, y que se convierten en acciones valiosas y positivas para la sociedad y el ciudadano.

 

Artículo 4.- Misión

Ser la institución jurídica, política y social, elegida democráticamente para el periodo 2016-2020, cuya orientación se incline a promover la inclusión de las mujeres y hombres, a promover el desarrollo humano sustentable con un enfoque humanista, integral y metropolitano que procure el bien común a través  de servicios públicos eficientes y asegurar la paz social.

 

Artículo 5.- Visión

Contar con una visión integral de largo alcance establecida mediante el modelo de ciudad compacta, humana, sostenible, resiliente en el ámbito social y urbano, accesible, inclusivo y próspero con identidad local y liderazgo metropolitano, que refleja la esperanza de heredar una mejor ciudad a nuestras generaciones futuras.

 

Artículo 6.- Las y los Servidores Públicos de la Presidencia Municipal de Pachuca de Soto, Hidalgo:

 

  1. Otorgamos un trato digno, con respeto, cordial, de igualdad y de no discriminación a las personas en general.
  2. Actuamos con honradez, rectitud y lealtad en correspondencia a la confianza que la ciudadanía nos ha encomendado para el manejo de los recursos públicos.

III.         Asumimos como compromisos la Transparencia y el interés público, salvaguardando la información de carácter confidencial.

  1. Cumplimos con integridad la normatividad que rige nuestra actividad erradicando todo acto de corrupción.
  2. Utilizamos con eficiencia y de manera eficaz los recursos a través de la gestión pública para proveer bienestar a la ciudadanía.
  3. Ejercemos de manera imparcial y objetiva las funciones asignadas sin conceder privilegios o preferencias a personas u organizaciones.

VII.       Protegemos el entorno cultural y ecológico como patrimonio del municipio, reconociendo el sentido de pertenencia en su defensa y preservación.

VIII.      Trabajamos con liderazgo y en equipo con una actitud positiva con base en resultados y a los sistemas de evaluación de desempeño procurando siempre la mejora continua.

  1. Tratamos a todas las personas con equidad, justicia y legalidad reconociendo y fomentando las buenas acciones y causas con respeto a los derechos humanos.
  2. Procedemos ante situaciones no previstas por las leyes o eventos atípicos con cordura buscando siempre el bien común.

 

Artículo 7.- Los principios y valores éticos de la Administración Pública Municipal 2016-2020 están basados en la honestidad en el desempeño de quienes somos servidoras y servidores públicos, enfocados en la calidad de los procesos y los servicios, así como en nuestro actuar con responsabilidad en la administración de los recursos humanos, financieros y materiales, correspondiendo a la confianza que la ciudadanía nos demanda.

 

Artículo 8.- Carta Compromiso

 

Las y los  Servidores  Públicos deberán suscribir la presente Carta Compromiso, en que se comprometen a:

 

  1. Otorgamos un trato digno, con respeto, cordial, de igualdad y de no discriminación a las personas en general.
  2. Actuamos con honradez, rectitud y lealtad en correspondencia a la confianza que la ciudadanía nos ha encomendado para el manejo de los recursos públicos.

III.         Asumimos como compromiso la transparencia y el interés público, salvaguardando la información de carácter confidencial.

  1. Cumplimos con integridad la normatividad que rige nuestra actividad erradicando todo acto de corrupción.
  2. Utilizamos con eficiencia y de manera eficaz los recursos a través de la gestión pública para proveer bienestar a la ciudadanía.
  3. Ejercemos de manera imparcial y objetiva las funciones asignadas sin conceder privilegios o preferencias a personas u organizaciones.

VII.       Protegemos el entorno cultural y ecológico como patrimonio del municipio, reconociendo el sentido de pertenencia en su defensa y preservación.

VIII.      Trabajamos con liderazgo y en equipo con una actitud positiva con base en resultados y a los sistemas de evaluación de desempeño procurando siempre la mejora continua.

  1. Tratamos a todas las personas con equidad, justicia y legalidad, reconociendo y fomentando las buenas acciones y causas con respeto a los derechos humanos.
  2. Procedemos ante situaciones no previstas por las leyes o eventos atípicos con cordura buscando siempre el bien común.

 

Yo ___________________________como servidor(a) público del municipio de Pachuca de Soto, Hidalgo, me comprometo a desempeñar mi empleo, cargo o comisión conforme al presente Código de Ética integrándolo en mi quehacer cotidiano.

 

Dado en el Salón de Sesiones de la Presidencia Municipal de Pachuca Soto, Estado de Hidalgo, en la Septuagésima Quinta Sesión Ordinaria Pública a 17 días del mes de octubre del año dos mil diecinueve.

LA PRESIDENTA DEL H. AYUNTAMIENTO

 

  1. YOLANDA TELLERÍA BELTRÁN

RÚBRICA

 

 

C. ALEJANDRO MORENO

ABUD

 

SÍNDICO PROCURADOR

RÚBRICA

 

 

C. FRANCISCO CARREÑO

ROMERO

 

SÍNDICO PROCURADOR

RÚBRICA

 

 

REGIDORES

 

 

C. DIANA LORENA SALINA SILVA

RÚBRICA

 

 

 

C. JOSÉ LUIS ZÚÑIGA HERRERA

RÚBRICA

 

C. RUTH GUADALUPE GARCIA CORDERO

RÚBRICA

 

C. NOÉ ALVARADO ZÚÑIGA

RÚBRICA

 

 

 

C. MARLEEN ALEJANDRA MONTAÑO

JUÁREZ

RÚBRICA

 

 

 

C. YUSEB YONG GARCÍA

SÁNCHEZ

RÚBRICA

 

 

 

C. AURORA MOHEDANO

ROMERO

RÚBRICA

 

 

 

 

C. RUTH LEÓN CRUZ

RÚBRICA

 

 

C. FERNANDO FLORES PÉREZ

RÚBRICA

 

 

 

C. JORGE ORTEGA MOREL

RÚBRICA

 

 

C. GLORIA ISABEL VITE CRUZ

RÚBRICA

 

 

C. GÉNESIS MARCELA VÁZQUEZ                                                          GONZÁLEZ

RÚBRICA

 

 

 

C. RAFAEL ADRIÁN MUÑOZ

HERNÁNDEZ

RÚBRICA

 

 

 

C. LILIANA VERDE NERI

RÚBRICA

 

C. JUAN ORTEGA GONZÁLEZ

RÚBRICA

 

C. OCTAVIO CASTILLO ACOSTA

RÚBRICA

 

 

 

C. NIDIA ANALY CHÁVEZ CERÓN

RÚBRICA

 

 

 

C. NAVOR ALBERTO ROJAS MANCERA

RÚBRICA

 

 

 

  1. JAIME HORACIO MEDINA LUGO

RÚBRICA

 

En uso de las facultades que me confiere el Artículo 144, fracción I de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Hidalgo y el Artículo 60, fracción I inciso a), de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Hidalgo; tengo a bien ordenar la promulgación y publicación en el Periódico Oficial del Estado de Hidalgo del presente Decreto, para su debido cumplimiento.

 

 

LA PRESIDENTA DEL H. AYUNTAMIENTO

 

  1. YOLANDA TELLERÍA BELTRÁN

RÚBRICA

 

 

Con fundamento y en uso de las facultades que me son conferidas por lo dispuesto en la fracción V del artículo 98 de la Ley Orgánica Municipal para el Estado de Hidalgo, tengo a bien refrendar el presente Decreto.

 

 

EL SECRETARIO GENERAL MUNICIPAL

 

  1. RAÚL BAÑOS TINOCO

RÚBRICA

 

Derechos Enterados. 02-04-2020

 

El portal web https://periodico.hidalgo.gob.mx es el único medio de difusión oficial de las publicaciones electrónicas (articulo 7 del Reglamento de la Ley del Periódico Oficial del Estado de Hidalgo).


Periódico Oficial Alcance 0 del 05 de mayo de 2020

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