Municipio de Tulancingo de Bravo, Hidalgo.- Decreto 03/2020,con fundamento en lo establecido por el artículos 7 de la Ley de Ingresos del Municipio de Tulancingo de Bravo, Hidalgo, en relación con los artículos del 9 al 27 de la Ley de Hacienda para los Municipios del Estado de Hidalgo; y en los artículos 9, fracción II, 22 fracción I, y 57, fracción I, del Código Fiscal Municipal para el Estado de Hidalgo, el Ayuntamiento de Tulancingo de Bravo, Hidalgo, autoriza al C. Presidente Municipal Constitucional Lic. Fernando Pérez Rodríguez, para que emita una resolución administrativa en la que se otorgue el siguiente beneficio.
Documento contenido en el Periódico Oficial Alcance 2 del 08 de mayo de 2020 Edición:...