Documento contenido en el Periódico Oficial Alcance 5 del 20 de agosto de 2020
Edición: Alcance 5 Número: 33 Páginas: 20
Contenido:
Municipio de Tulancingo de Bravo, Hidalgo. – Decreto 12/2020 ratifica la donación del inmueble que se describe en el considerando IV de la presente iniciativa, en favor del Sindicato Nacional de Trabajadores de la Música de la república Mexicana, SNTMRM-CTM, Sección 155, con sede en Tulancingo de Bravo, Hidalgo.
AYUNTAMIENTO DE TULANCINGO DE BRAVO, HIDALGO
LIC. FERNANDO PÉREZ RODRÍGUEZ
PRESIDENTE MUNICIPAL CONSTITUCIONAL DE TULANCINGO DE BRAVO, HIDALGO.
A SUS HABITANTES SABED:
Que el Honorable Ayuntamiento del municipio de Tulancingo de Bravo, Hidalgo, en uso de las facultades que le confiere el artículo 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; los artículos 141 fracciones I y II y 144 fracciones I y iii, de la Constitución Política del Estado de Hidalgo, y en los artículos 56 fracción I, inciso b), y 60 fracción I, inciso a), de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Hidalgo, y:
C O N S I D E R A N D O:
PRIMERO.- Que el artículo 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, establece en su Base I, que cada municipio será gobernado por un Ayuntamiento de elección popular directa, el cual ejercerá la competencia que la propia Constitución le otorga, de manera exclusiva y sin que exista autoridad intermedia entre este y el gobierno del estado. Este principio está previsto en el artículo 122 de la Constitución Política del Estado de Hidalgo.
SEGUNDO.- Que la Base II del artículo 115 de la Constitución Federal señala, que los Ayuntamientos tendrán facultades para aprobar, de acuerdo con las leyes en materia municipal que deberán expedir las legislaturas de los Estados, los Bandos de Policía y Gobierno, los reglamentos, circulares y disposiciones administrativas de observancia general dentro de sus respectivas jurisdicciones, que organicen la administración pública municipal, regulen las materias, procedimientos, funciones y servicios públicos de su competencia y aseguren la participación ciudadana y vecinal. Texto que es concordante con el artículo 141, fracción II de la Constitución Política del Estado de Hidalgo.
TERCERO.- Que en la Vigésimo Quinta Sesión Extraordinaria del Ayuntamiento 2009-2012, celebrada el día 6 de enero del año 2012, se autorizó como punto 12 del orden del día, la donación de un bien inmueble propiedad del Municipio de Tulancingo de Bravo, Hidalgo, en favor del Sindicato Nacional de Trabajadores de la Música de la República Mexicana, SNTMRM-CTM, Sección 155, con sede en Tulancingo de Bravo, Hidalgo.
CUARTO.- Que es materia de la donación, una fracción del bien inmueble ubicado a un costado del Fraccionamiento, «Rancho San Francisco, Huatengo», municipio de Tulancingo de Bravo, Hidalgo, fracción donada a la que corresponden las siguientes medidas, colindancias y superficie:
Al norte: Mide 18.40 metros, linda con lote 8 de la misma manzana.
Al sur: Mide 18.40 metros, linda con calle Mandarina.
Al oriente: Mide 29.24 metros, linda con lote 7 de la misma manzana.
Al poniente: Mide 29.24 metros, linda con lote 11 de la misma manzana.
Con una superficie afectada de 500.00 metros cuadrados.
La propiedad del bien inmueble materia de la donación, se acredita en favor del municipio de Tulancingo de Bravo, Hidalgo, con el Instrumento número 21,086 Veintiún mil ochenta y seis, asentado en el Volumen 412 Cuatrocientos doce, de fecha 16 de noviembre del año 2011, otorgada ante la fe del Licenciado Jaime de Jesús Moreno Castro, Notario Público número 3 de este Distrito Judicial, e inscrita en el Registro Público de la Propiedad y del comercio bajo el número 13, Sección 5ta., en fecha 30 de noviembre del año 2011.
QUINTO.- Que en razón de que la autorización de la donación fue otorgada a unos días de que concluyera la gestión del Ayuntamiento 2009-2012, no fue posible la emisión del decreto de autorización de la donación, ni de su publicación en el Periódico Oficial del Estado de Hidalgo, tramites que tampoco se hicieron durante la gestión del Ayuntamiento 2016-2016, por lo que en este momento se estima procedente ratificar la donación del inmueble con las medidas y colindancias que se describen el en punto que antecede, en favor del Sindicato Nacional de Trabajadores de la Música de la República Mexicana, SNTMRM-CTM, Sección 155, con sede en Tulancingo de Bravo, Hidalgo.
Por las consideraciones antes expuestas, el Ayuntamiento Constitucional de Tulancingo de Bravo, Hidalgo, ha tenido a bien expedir el siguiente:
DECRETO 12/2020
PRIMERO.- El Ayuntamiento de Tulancingo de Bravo, Hidalgo, ratifica la donación del inmueble que se describe en el considerando IV de la presente iniciativa, en favor del Sindicato Nacional de Trabajadores de la Música de la República Mexicana, SNTMRM-CTM, Sección 155, con sede en Tulancingo de Bravo, Hidalgo.
SEGUNDO.- En consecuencia, se autoriza al C. Presidente Municipal Constitucional de Tulancingo de Bravo, Hidalgo, Licenciado Fernando Pérez Rodríguez, para que conjuntamente con la Mtra. Sara Luz María Orozco Méndez, en su carácter de Síndico Procurador Propietario de Representa Proporcional y de la C. Alejandra Islas León, en su calidad de Secretaria General Municipal, celebren el contrato de donación en favor del Sindicato Nacional de Trabajadores de la Música de la República Mexicana, SNTMRM-CTM, Sección 155, con sede en Tulancingo de Bravo, Hidalgo, para que pase a la propiedad de este, el bien inmueble al que corresponden las medidas, colindancias, superficie, datos de ubicación y de propiedad siguientes:
Fracción del bien inmueble ubicado a un costado del Fraccionamiento, «Rancho San Francisco, Huatengo», municipio de Tulancingo de Bravo, Hidalgo, fracción donada a la que corresponden las siguientes medidas, colindancias y superficie:
Al norte: Mide 18.40 metros, linda con lote 8 de la misma manzana.
Al sur: Mide 18.40 metros, linda con calle Mandarina.
Al oriente: Mide 29.24 metros, linda con lote 7 de la misma manzana.
Al poniente: Mide 29.24 metros, linda con lote 11 de la misma manzana.
Con una superficie afectada de 500.00 metros cuadrados.
La propiedad del bien inmueble materia de la donación, se acredita en favor del municipio de Tulancingo de Bravo, Hidalgo, con el Instrumento número 21,086 Veintiún mil ochenta y seis, asentado en el Volumen 412 Cuatrocientos doce, de fecha 16 de noviembre del año 2011, otorgada ante la fe del Licenciado Jaime de Jesús Moreno Castro, Notario Público número 3 de este Distrito Judicial, e inscrita en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio bajo el número 13, Sección 5ta., en fecha 30 de noviembre del año 2011.
TERCERO.- Todos los gastos que se originen con motivo de la protocolización de la donación materia de la presente propuesta de punto de acuerdo, serán a cargo de la parte donataria.
ARTÍCULO TRANSITORIO
ÚNICO.- El presente decreto entrara en vigor un día después de su publicación en el Periódico Oficial del Estado de Hidalgo.
Dado en el recinto oficial del Ayuntamiento de Tulancingo de Bravo, Hidalgo, a los 31 días del mes de julio del año 2020.
Lic. Fernando Pérez Rodríguez
Presidente Municipal Constitucional
Rúbrica
Lic. Lilia Verónica Cortés Soto
Síndico Procurador Hacendario
Rúbrica
Mtra. Sara Luz María Orozco Méndez
Síndico Procurador de Primera Minoría
Rúbrica
Mtro. Eloy Oliver Ortega
Regidor
Rúbrica
C. Catalina Espinosa Domínguez
Regidora
Rúbrica
Prof. Modesto Latorre Cruz
Regidor
Rúbrica
Dra. Magdalena Romo Perea
Regidora
Rúbrica
Mtro. Rogelio Martínez Rojo
Regidor
Rúbrica
Mtra. Adriana Naranjo García
Regidor
Rúbrica
C. Fernando Alcibar Desentis
Regidor
Rúbrica
C. Erika Solano Hernández
Regidora
Rúbrica
Lic. José Antonio Vertiz Aguirre
Regidor
Rúbrica
Lic. Juana Cruz Islas
Regidora
Rúbrica
C. José Luis Lazcano de León
Regidor
Rúbrica
Mtro. Pedro Hiram Soto Márquez
Regidor
Rúbrica
Lic. Leonor Guadalupe Castelán Rosas
Regidora
Rúbrica
Mtro. Sinuhé Jorge Aldrete
Regidor
Rúbrica
C. Gilberto Cuevas Samperio
Regidor
Rúbrica
Lic. Nancy Yazmin Suarez Téllez
Regidora
Rúbrica
L.A.E. Isaac Miguel Gómez Villegas
Regidor
Rúbrica
C. David Gutiérrez Gutiérrez
Regidor
Rúbrica
Lic. en Pedag. Eduardo Sánchez Rodríguez
Regidor
Rúbrica
En uso de las facultades que me confiere el artículo 144 fracciones I y III de la Constitución Política del Estado de Hidalgo, y el artículo 60 fracción I inciso a), y 61 de la Ley Orgánica Municipal, tengo a bien promulgar el presente decreto, por lo tanto, mando se imprima, publique y circule para su exacta y debida observancia y cumplimiento.
A t e n t a m e n t e
“Sufragio Efectivo, No Reelección”
Lic. Fernando Pérez Rodríguez
Presidente Municipal Constitucional de
Tulancingo de Bravo, Hidalgo.
Rúbrica
Con fundamento y en uso de las facultades conferida en la Fracción V, del artículo 98 de la
Ley Orgánica Municipal del Estado de Hidalgo, tengo a bien refrendar el presente Decreto.
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Con fundamento en el Artículo 35, fracc. IX, y el Artícl1lo 41, base III, apartado C, párrafo segundo
y 134 párrafo octavo de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; Artículo 33, Ley
Federal de Revocación de mandato; Articulo 209 número 1 de la Ley General de Instituciones y
Procedimientos Electorales; Artículo 24, base II, párrafo noveno de la Constitución Política del
Estado de Hidalgo y Artículo 126, párrafo tercero del Código Electoral del Estado de Hidalgo, se
informa a la ciudadanía que algunas secciones de este portal de Internet quedarán suspendidas
durante el tiempo que comprenden el proceso de revocación de mandato y el proceso electoral
ordinario de gubernatura 2021-2022, hasta la conclusión de la respectiva jornada comicial (del 4
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