Documento contenido en el Periódico Oficial Alcance 0 del 27 de enero de 2020

Edición: Alcance 0
Número: 4
Páginas: 30

Contenido:


Instituto Tecnológico Superior del Oriente del Estado de Hidalgo. – Acuerdo que crea el Comité de Control y Desempeño Institucional.

LOS INTEGRANTES DE LA JUNTA DIRECTIVA DEL INSTITUTO TECNOLÓGICO SUPERIOR DEL ORIENTE DEL ESTADO DE HIDALGO, EN EJERCICIO DE LA FACULTAD QUE NOS CONFIERE EL ARTÍCULO 13, FRACCIÓN XIII DEL DECRETO GUBERNAMENTAL QUE MODIFICA AL DIVERSO QUE CREÓ AL INSTITUTO TECNOLÓGICO SUPERIOR DEL ORIENTE DEL ESTADO DE HIDALGO, PUBLICADO EN EL PERIÓDICO OFICIAL DEL ESTADO DE HIDALGO, DE FECHA 01 DE AGOSTO DE 2016; Y

 

C O N S I D E R A N D O

 

PRIMERO. Que en apego a lo dispuesto por el Título Cuarto del Comité de Control y Desempeño Institucional, del Acuerdo por el que se Emiten las Disposiciones y el Manual Administrativo de Aplicación Estatal en Materia de Control Interno del Estado de Hidalgo, publicado en el Periódico Oficial del Estado de Hidalgo, el 23 de noviembre de 2017, las Instituciones de la Administración Pública Estatal deberán tomar en cuenta estas disposiciones para la supervisión, evaluación, actualización y mejora continua de su Sistema de Control Interno Institucional.

 

SEGUNDO. Que con el Plan Estatal de Desarrollo del Estado de Hidalgo 2016-2022, se busca contar con un gobierno orientado a resultados, eficiente, con mecanismos de evaluación que permitan mejorar su desempeño y la calidad de los servicios; que simplifique la normatividad y trámites gubernamentales, rinda cuentas de manera clara y oportuna a la ciudadanía, que optimice el uso de los recursos públicos, y que utilice las nuevas tecnologías de la información y comunicación.

 

TERCERO. Que en este contexto, con el objetivo de mejorar la Gestión Pública Gubernamental de la Administración Pública Estatal (APE), se pretende transformar el funcionamiento de sus dependencias y entidades, a través de la mejora en la prestación de bienes y servicios a la población; el incremento en la eficiencia de su operación mediante la simplificación de sus procesos y normas; el mejor aprovechamiento de los recursos, la eficiencia de los procesos vinculados a las contrataciones que realiza el Estado; así como el incremento en el desempeño de los servidores públicos.

 

CUARTO. Que el Instituto Tecnológico Superior del Oriente del Estado de Hidalgo, es un Organismo Descentralizado de la Administración Pública Estatal, con personalidad jurídica y patrimonio propios, sectorizado a la Secretaría de Educación Pública del Estado de Hidalgo, creado mediante Decreto del Ejecutivo de fecha 17 de junio de 2002, publicado en el Periódico Oficial del Estado el 24 de junio del año 2002, con el objeto de formar profesionales e investigadores aptos para la aplicación y generación de conocimientos significativos que les proporcionen competencias para la solución de problemas, con pensamiento crítico, sentido ético, valores cívicos y culturales, actitudes emprendedoras, de innovación y capacidad creativa para la incorporación de los avances científicos a través de la movilidad, prestación de servicios y transferencia tecnológica con pleno respeto a la diversidad y la perspectiva de género, con firme responsabilidad social para con el desarrollo regional, estatal, nacional e internacional.

QUINTO. Que el Comité de Control y Desempeño Institucional (COCODI), tiene entre otros objetivos, agregar valor a la gestión Institucional del Instituto Tecnológico Superior del Oriente del Estado de Hidalgo y apoyar el cumplimiento de metas y objetivos institucionales con enfoque a resultados, así como a la mejora de los programas presupuestarios.

 

Por lo anterior, hemos tenido a bien expedir el siguiente:

 

ACUERDO

QUE CREA EL COMITÉ DE CONTROL Y DESEMPEÑO INSTITUCIONAL DEL INSTITUTO TECNOLÓGICO SUPERIOR DEL ORIENTE DEL ESTADO DE HIDALGO.

 

Punto 1. Se crea el Comité de Control y Desempeño Institucional del Instituto Tecnológico Superior del Oriente del Estado de Hidalgo, que tiene por objeto establecer las disposiciones que deberán observar para el establecimiento, supervisión, evaluación, actualización y mejora continua del Sistema de Control Interno Institucional.

 

Punto 2. La persona titular del Instituto Tecnológico Superior del Oriente del Estado de Hidalgo instalará y encabezará el Comité de Control y Desempeño Institucional, el cual tendrá los siguientes objetivos:

 

  1. Contribuir al cumplimiento oportuno de metas y objetivos institucionales con enfoque a resultados, así como a la mejora de los programas presupuestarios;
  2. Contribuir a la administración de riesgos institucionales con el análisis y seguimiento de las estrategias y acciones de control determinadas en el Programa de Trabajo de Administración de Riesgos, dando prioridad a los riesgos de atención inmediata y de corrupción;
  • Analizar las variaciones relevantes, principalmente las negativas, que se presenten en los resultados operativos, financieros, presupuestarios y administrativos y, cuando proceda, proponer acuerdos con medidas correctivas para subsanarlas, privilegiando el establecimiento y la atención de acuerdos para la prevención o mitigación de situaciones críticas;
  1. Identificar y analizar los riesgos y las acciones preventivas en la ejecución de los programas, presupuesto y procesos institucionales que puedan afectar el cumplimiento de metas y objetivos;
  2. Impulsar el establecimiento y actualización del SCII, con el seguimiento permanente a la implementación de sus componentes, principios y elementos de control, así como a las acciones de mejora comprometidas en el Programa de Trabajo de Control Interno y acciones de control del Programa de Trabajo de Administración de Riesgos;
  3. Impulsar la aplicación de medidas preventivas para evitar materialización de riesgos y la recurrencia de observaciones de órganos fiscalizadores, atendiendo la causa raíz de las mismas;
  • Revisar el cumplimiento de programas de la Institución; y
  • Agregar valor a la gestión Institucional, contribuyendo a la atención y solución de temas relevantes, con la aprobación de acuerdos que se traduzcan en compromisos de solución a los asuntos que se presenten. Cuando se trate de Instituciones, adoptar acuerdos que sirvan de apoyo al Órgano de Gobierno para la toma de decisiones o su equivalente en los órganos administrativos descentralizados.

 

Punto 3. El Comité se integra de la forma siguiente:

  1. Presidente: La persona titular de la Dirección General del Instituto Tecnológico Superior del Oriente del Estado de Hidalgo;
  2. Vocal Ejecutivo: La persona titular de la Subdirección de Administración y Finanzas del Instituto Tecnológico Superior del Oriente del Estado de Hidalgo; y
  • Vocales:

 

  1. Un representante de la Secretaría de Educación Pública del Estado de Hidalgo;
  2. La persona titular del Área Jurídica del Instituto Tecnológico Superior del Oriente del Estado de Hidalgo; y
  3. La persona titular del Área de Apoyo Informático del Instituto Tecnológico Superior del Oriente del Estado de Hidalgo.

 

Ejercerán las atribuciones establecidas en el Título Cuarto Capítulo III denominado “Responsabilidades y funciones en el Sistema de Control Interno Institucional”, del Acuerdo por el que se emiten las Disposiciones y el Manual Administrativo de Aplicación Estatal en Materia de Control Interno para el Estado de Hidalgo, publicado en el Periódico Oficial del Estado, el 23 de noviembre de 2017.

 

Punto 4. Del Órgano de Vigilancia.

 

El Titular del Órgano Interno o el Comisario Público Propietario o el Suplente participarán en el Comité en calidad de Órgano de Vigilancia del Organismo.

 

Punto 5. De los Invitados.

 

Se podrán incorporar al Comité como invitados:

  1. Los responsables de las áreas del Organismo competentes de los asuntos a tratar en la sesión;
  2. Los servidores públicos de la Administración Pública Estatal, internos o externos al Organismo que por las funciones que realizan, estén relacionados con los asuntos a tratar en la sesión respectiva para apoyar en su atención y solución;

III. Personas externas a la Administración Pública Estatal, expertas en asuntos relativos al Organismo, cuando el caso lo amerite, a propuesta de los miembros del Comité con autorización del Presidente; y

  1. Los Enlaces del Sistema de Control Interno, de Administración de Riesgos y del Comité.

 

Los invitados, participarán en el Comité con voz, pero sin voto.

 

Punto 6. DE LOS SUPLENTES.

Cada miembro propietario integrante del Comité podrá nombrar a su respectivo suplente, quien deberá ser de nivel jerárquico inmediato inferior e intervendrá en las ausencias de aquél. Excepcionalmente, las suplencias de los Vocales se podrán realizar hasta el nivel de subdirector o equivalente.

 

Para fungir como suplentes, los servidores públicos deberán contar con acreditación por escrito del miembro propietario dirigida al Vocal Ejecutivo, de la que se dejará constancia en el acta y en la carpeta electrónica correspondiente. Los suplentes asumirán en las sesiones a las que asistan las funciones que corresponden a los propietarios.

Punto 7. El Comité, ejercerá las atribuciones que le confiere el Título Cuarto, Capítulo III del Acuerdo por el que se emiten las Disposiciones y el Manual Administrativo de Aplicación Estatal en Materia de Control Interno para el Estado de Hidalgo, publicado en el Periódico Oficial del Estado de Hidalgo, el 23 de noviembre de 2017.

 

T R A N S I T O R I O S

 

PRIMERO. – El presente Acuerdo entrará en vigor al día siguiente al de su publicación en el Periódico Oficial del Estado de Hidalgo.

 

SEGUNDO. – Quedan sin efecto todas las disposiciones legales que se opongan al presente Acuerdo.

 

TERCERO. – El Comité deberá quedar instalado en un plazo no mayor a 15 días hábiles a partir de la entrada en vigor del presente Acuerdo.

 

CUARTO. – En todo lo no previsto por el presente Acuerdo, será aplicable lo señalado en el Acuerdo por el que se emiten las Disposiciones y el Manual Administrativo de Aplicación Estatal en Materia de Control Interno para el Estado de Hidalgo, publicado en el Periódico Oficial del Estado de Hidalgo el 23 de noviembre de 2017.

 

DADO EN LA SALA DE JUNTAS “PROFR. TEODOMIRO MANZANO CAMPERO” DE LA SECRETARIA DE EDUCACIÓN PÚBLICA DEL ESTADO DE HIDALGO; A LOS TRECE DÍAS DEL MES DE DICIEMBRE, DEL AÑO DOS MIL DIECIENUEVE.

 

 

Mtro. José Manuel Vargas Cruz

Director General de Educación Superior de la Secretaría de Educación Pública de Hidalgo

Presidente Suplente de la Junta Directiva.

Rúbrica

 

 

 

Firma

 

 

L.C. Margarita Chávez Hernández Consejera Suplente de la Secretaría de Finanzas Públicas del Estado de Hidalgo

Representante del. Gobierno

Estatal.

Rúbrica

 

 

Firma

 

 

Mtra. Leticia Zarco Mendoza

Consejera Suplente de la Unidad de Planeación y Prospectiva,

Representante del Gobierno

Estatal.

Rúbrica

 

 

Firma

 

 

 

 

Profr. Carlos A. Vargas Corona

Consejero Suplente de la Presidencia Municipal de Apan, Hidalgo,

Representante del Ayuntamiento.

Rúbrica

 

 

 

 

Firma

 

 

Lic. Mauro Espino Madrid

Director de la Escuela Preparatoria por

Cooperación “Lic. Benito Juárez”.

Representante del Sector Social.

Rúbrica

 

 

Firma

 

 

 

 

Ing. Héctor Sánchez Bautista

Representante de la Secretaría Ejecutiva de la Política Pública Estatal del Estado de Hidalgo,

Invitado Especial.

Rúbrica

 

 

L.C. Matilde Vite Olivares

Comisaria Pública del Instituto Tecnológico Superior del Oriente del Estado de Hidalgo.

Rúbrica

 

 

 

Firma

 

 

 

 

Mtro. Justo Juan Manuel Martínez Licona,

Director General del Instituto Tecnológico Superior del Oriente del Estado de Hidalgo.

Rúbrica

 

 

Firma Firma

 

Los nombres y las firmas, corresponden a los integrantes de la Junta Directiva del Instituto Tecnológico Superior del Oriente del Estado de Hidalgo y forman parte del acta de la Sexta Sesión Extraordinaria del año dos mil diecinueve, celebrada el día Trece de diciembre del año dos mil diecinueve, en la sala de juntas del Instituto Tecnológico Superior del Oriente del Estado de Hidalgo.

 

Derechos Enterados. 15-01-2020

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 


Periódico Oficial Alcance 0 del 27 de enero de 2020

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