Documento contenido en el Periódico Oficial Alcance 5 del 12 de noviembre de 2019

Edición: Alcance 5
Número: 45
Páginas: 29
Código de búsqueda: 2019_nov_12_alc5_45

Contenido:


GOBIERNO DEL ESTADO DE HIDALGO

Secretaría de Obras Públicas y Ordenamiento Territorial

 

Comisión de Agua y Alcantarillado de Sistemas Intermunicipales.

 

 

Programa “Contigo”

 

 

 

Una visión social de vanguardia en la atención de los usuarios del servicio Público de agua potable, alcantarillado y saneamiento, con sentido humano y apegado a la legalidad.

 

 

 

 

LA JUNTA DE GOBIERNO DE LA COMISIÓN DE AGUA Y ALCANTARILLADO DE SISTEMAS INTERMUNICIPALES, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE NOS CONFIEREN LOS ARTÍCULOS 14, FRACCIÓN II DE LA LEY DE ENTIDADES PARAESTATALES DEL ESTADO DE HIDALGO Y ARTICULO 10 FRACCION II DEL DECRETO DE LA COMISIÓN DE AGUA Y ALCANTARILLADO DE SISTEMAS INTERMUNICIPALES, “CAASIM”, POR SUS SIGLAS Y LOS DIVERSOS QUE LO MODIFICARON; Y

 

C O N S I D E R A N D O

 

PRIMERO.- Que la Comisión de Agua y Alcantarillado de Sistemas Intermunicipales, es un Organismo Descentralizado de la Administración Pública del Estado de Hidalgo, con personalidad jurídica y patrimonio propios, creado mediante Decreto de fecha 19 de marzo de 1992, el cual ha sufrido diversas modificaciones mediante Decretos de fechas: 17 mayo de 2010, 17 agosto de 2015, siendo la última el día 11 de marzo de 2019.

 

SEGUNDO.- Que su objeto consiste en prestar los servicios públicos de suministro de agua potable; alcantarillado sanitario y saneamiento; a los núcleos de población de los municipios a los que se les presta el servicio medido o de agua en bloque de acuerdo a la disponibilidad de volumen, en los términos de los convenios y contratos que para ese efecto se celebren; cuando sea factible.

 

TERCERO.- Que la Comisión de Agua y Alcantarillado de Sistemas Intermunicipales, requiere, entre otros aspectos, armonizar eficiente y eficazmente con el documento titulado “Transformar Nuestro Mundo: Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible”, que fue adoptado por los 193 Estados Miembros de las Naciones Unidas, dicho documento incluye 17 objetivos del Desarrollo Sostenible cuyo objetivo es poner fin a la pobreza, cuya meta es de aquí a 2030, erradicar para todas las personas y en todo el mundo la pobreza extrema (actualmente se considera que sufren pobreza extrema las personas que viven con menos de 1,25 dólares de los Estados Unidos al día), y garantizar la disponibilidad de agua y su gestión sostenible y el saneamiento para todos, cuya meta es de aquí a 2030, mejorar la calidad del agua reduciendo la contaminación, eliminando el vertimiento y minimizando la emisión de productos químicos y materiales peligrosos, reduciendo a la mitad el porcentaje de aguas residuales sin tratar y aumentando considerablemente el reciclado y la reutilización sin riesgos a nivel mundial.

 

CUARTO.- Que de conformidad con el Plan Estatal de Desarrollo 2016-2022, en su Eje 5. Hidalgo con Desarrollo Sostenible, y atendiendo lo previsto en los artículos 4 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 5 de la Constitución Política del Estado de Hidalgo, toda persona tiene derecho al acceso, disposición y saneamiento de agua para consumo personal y doméstico en forma suficiente, salubre, aceptable y asequible. El Estado garantizará este derecho y la Ley definirá las bases, apoyos y modalidades para el acceso y uso equitativo y sustentable de los recursos hídricos, estableciendo la participación de la Federación, el Estado y los municipios, así como la participación de la ciudadanía para la consecución de dichos fines, por lo que,  es prioridad de la actual administración ampliar la infraestructura de las redes de servicio de agua potable con énfasis en las zonas marginadas del Estado, mediante la identificación e implementación de alternativas técnicas, tecnológicas y programas que permitan garantizar el abasto de agua potable; así como la protección y prevención a la población sobre contaminantes físicos, químicos o bacteriológicos en el agua de uso y consumo humano. Logrando mediante la atención y seguimiento oportuno a las mismas, entre otros resultados, la participación ciudadana y la cultura del cuidado del agua, acciones que se llevan a cabo con la finalidad de crear, además, una sociedad consciente y comprometida con la preservación y buen uso del vital líquido.

 

QUINTO.- Que el padrón de usuarios se ha venido integrando, con todas las cuentas de usuarios que solicitaron los servicios, sin que se estableciera una estrategia para su actualización y mantenimiento respectivo, lo cual generó una base de datos desactualizada, con una gran cantidad de errores como: duplicidad de cuentas,  registro de cuentas que jamás se instalaron, errores de lectura del consumo, errores en los domicilios y datos generales del usuario, tomas cortadas sin pago registrado y autorización de nuevas cuentas en el mismo predio, tipo de tarifa erróneo, etcétera, lo cual ha provocado una cartera vencida sin fundamentos sólidos y cobros irreales y excesivos a los usuarios, que al no ver una solución a sus problemas planteados a la Comisión, ha ocasionado un ambiente de desconfianza y malestar en una parte de la ciudadanía, provocando una relación compleja con algunos usuarios.

 

SEXTO.- Que se debe considerar en primera instancia, las quejas de la ciudadanía, responder y atender cada una de ellas, mediante las acciones que sean procedentes, dentro del marco legal que corresponde, anteponiendo en todo momento el interés público y corrigiendo, de ser el caso, los supuestos de cada inconformidad recibida, de manera personalizada, pronta y eficiente; por ello, el Programa “Contigo”, dará atención a cada asunto planteado por la ciudadanía, analizando la situación y resolviendo, dentro de las facultades que le otorga el Decreto de Creación, las disposiciones de la materia y éste Programa, generando un ambiente de confianza y reduciendo la percepción social existente.

 

SÉPTIMO.- Que la Ley Estatal de Entidades Paraestatales, en su artículo 14, establece como facultad indelegable de los órganos de gobierno aprobar los programas institucionales de desarrollo, de acción, financiero y operativo anual, así como los presupuestos de ingresos y egresos, atendiendo a los lineamientos y temporalidad previstos en el documento rector de la presente administración gubernamental, el Plan Estatal de Desarrollo 2016-2022.

 

POR LO ANTERIOR, HEMOS TENIDO A BIEN EXPEDIR EL SIGUIENTE:

 

ACUERDO SE/XII/2019/03

 

QUE CONTIENE EL PROGRAMA “CONTIGO” DE LA

COMISIÓN DE AGUA Y ALCANTARILLADO DE SISTEMAS INTERMUNICIPALES.

 

 

Capítulo

1

 

Programa “Contigo”

 

Antecedentes

 

La Comisión de Agua y Alcantarillado de Sistemas Intermunicipales, fue creada mediante decreto de fecha 19 de marzo de 1992, como un Organismo Descentralizado del Gobierno del Estado de Hidalgo y su objeto entre otros, es la prestación del servicio público de Agua Potable y Alcantarillado, pues los Ayuntamientos le solicitaron al Estado su otorgamiento y administración.

 

Anteriormente a su instauración, el Estado ya prestaba los servicios a través de Direcciones de Área, adscritas a la Secretaría de Obras Públicas y Ordenamiento Territorial, así como de la Comisión de Servicios Públicos. Al ampliar la cobertura de atención y solicitar los Ayuntamientos la prestación de estos servicios al Estado, se genera la actual Comisión de Agua y Alcantarillado de Sistemas Intermunicipales (Comisión).

 

El padrón de usuarios se ha venido integrando desde aquellos tiempos, con todas las cuentas de usuarios que solicitaron los servicios, sin que se estableciera una estrategia para su actualización y mantenimiento respectivo, lo cual generó una base de datos desactualizada, con una gran cantidad de errores como: duplicidad de cuentas,  registro de cuentas que jamás se instalaron, errores de lectura del consumo, errores en los domicilios y datos generales del usuario, tomas cortadas sin pago registrado y autorización de nuevas cuentas en el mismo predio, tipo de tarifa erróneo, etcétera, lo cual ha provocado una cartera vencida sin fundamentos sólidos y cobros irreales y excesivos a los usuarios, que al no ver una solución a sus problemas planteados al Organismo Operador, ha ocasionado un ambiente de desconfianza y malestar en una parte de la ciudadanía, provocando una relación compleja con algunos usuarios.

 

La presente administración de la Comisión, debe considerar en primera instancia, las quejas de la ciudadanía, responder y atender cada una de ellas, mediante las acciones que sean procedentes, dentro del marco legal que corresponde, anteponiendo en todo momento el interés público y corrigiendo, de ser el caso, los supuestos de cada inconformidad recibida, de manera personalizada, pronta y eficiente.

 

El Programa “Contigo”, en armonía con el Plan de Desarrollo Estatal 2016-2030 presenta una alineación de política pública, ejes temáticos y rubros de desarrollo, con los instrumentos estratégicos de la planeación nacional, observando las directrices fijadas en el plan y programas sectoriales nacionales. Adicionalmente, observa una concordancia con los ODS y con las metas al 2030, de acuerdo al Programa de Naciones Unidas. En ese sentido, el Programa “Contigo”, está alineado a la Agenda del Desarrollo Sostenible, el cual se ha venido implementando desde el año 2016 con la actual administración, con la finalidad de dar atención a cada asunto planteado por la ciudadanía, analizando la situación y resolviendo, dentro de las facultades que le otorga el Decreto de Creación, las disposiciones de la materia y éste Programa, generando un ambiente de confianza y reduciendo la percepción social existente.

 

Dentro del Programa se contemplan doce subprogramas, los cuales tienen su propia regulación:

 

I.- Regularización de Usuarios;

II.- Reparación de fugas con cargo directo a la Comisión de Agua y Alcantarillado de Sistemas Intermunicipales;

III.- Apoyo en contratos de servicios de agua potable y alcantarillado, en colonias y fraccionamientos, así como la condonación o disminución de los conceptos de consumo y multa;

IV.- Suministro de agua potable mediante carros cisterna, a un costo disminuido;

V.- Ajuste de las lecturas por consumo de agua potable, que se relacionen con fugas al interior de domicilios particulares;

VI.- Servicio público para desazolvar descargas domiciliarias de alcantarillado al interior de los domicilios de los usuarios;

VII.- Descuento especial para Instituciones de Asistencia Social registradas en el Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia del Estado de Hidalgo;

VIII.- Ampliación de plazo para el pago de convenios por contratación y por adeudos por consumo medido o por determinaciones presuntivas de consumo, considerando como máximo el final del periodo de la administración gubernamental correspondiente, con un pago inicial no menor al 10 %;

IX.- Descuento especial, acorde a las posibilidades económicas de las asociaciones de padres de familia de las escuelas públicas oficiales, de las cuales los padres de familia realicen el pago del servicio de agua potable, alcantarillado y saneamiento que les presta la Comisión, cuyas condiciones económicas no les permiten realizar regularmente los pagos mensuales facturados;

X.- Descuento especial para las escuelas públicas oficiales de los distintos municipios donde presta servicios la Comisión, en la contratación de los servicios públicos de agua potable y alcantarillado; en el presupuesto correspondiente, considerando la situación económica de las asociaciones de padres de familia, en apoyo a las familias que requieren seguir impulsando la educación de sus hijos;

XI.- Aplicación del subsidio al 50% del consumo mínimo mensual de agua potable a las madres solteras que lo soliciten y lo comprueben a satisfacción de la Comisión; y

XII.- Aplicación de descuento especial a cuotas y tarifas para uso no doméstico a personas físicas o morales, que previo a un análisis a la contraprestación pactada, y a satisfacción de la Comisión de Agua y Alcantarillado de Sistemas Intermunicipales, determine su procedencia.

 

Objetivo general

 

Garantizar progresivamente los derechos humanos al agua y al saneamiento, especialmente a la población más vulnerable. Atender y resolver las inconformidades de la ciudadanía, realizando las acciones necesarias dentro del marco legal aplicable, analizando cada caso particular, efectuando ajustes de acuerdo al estado real de las lecturas presentadas, otorgando facilidades de pago, quita de consumos, recargos y multas, considerando la situación social y económica de los ciudadanos; ampliar la contratación de los servicios públicos evitando el clandestinaje y adoptar en la medida de lo posible, la generación de nuevos servicios con cargo a la Comisión, privilegiando el interés público y generando un ambiente de regularidad en los servicios prestados.

 

Objetivos específicos

 

  1. Fortalecer los servicios públicos que brinda la Comisión, garantizando mayor bienestar al padrón de usuarios;
  2. Atender las inconformidades de la ciudadanía;
  3. Resolver las inconformidades de la ciudadanía;
  4. Vincular a la ciudadanía y a la Comisión realizando acciones dentro del marco legal, propias de cada caso particular;
  5. Brindar atención primaria en servicios públicos que presta la Comisión a la ciudadanía;
  6. Efectuar ajustes de acuerdo a las lecturas reales presentadas por los usuarios;
  7. Otorgar facilidades de pago de acuerdo a la situación económica del usuario;
  8. Apoyar al usuario mediante quita de consumos, recargos y multas, de acuerdo a la situación económica de los ciudadanos;
  9. Coadyuvar a la disminución y regularización de clandestinaje, ampliando la contratación de los servicios públicos;
  10. Fomentar la inclusión de la ciudadanía a la prestación de los servicios públicos que proporciona la Comisión;
  11. Generar nuevos servicios con cargo a la Comisión; y
  12. Generar un ambiente de regularidad en los servicios públicos prestados.
  13. Promover el uso eficiente del agua
  14. Fortalecer los instrumentos de transparencia y gobernanza del agua.
  15. Mejorar la eficiencia en el uso del agua.
  16. Garantizar la disponibilidad del agua para el crecimiento futuro en todos los sectores con la participación ciudadana

 

I.- Regularización de usuarios.

 

La falta de una estrategia para la depuración de la base de datos de usuarios de la Comisión, a través de los años, ha propiciado graves incongruencias, que repercuten negativamente en el registro contable de la Comisión, al considerar como ciertos, los errores que ha producido la falta de revisión constante de las cuentas que componen su padrón, olvidándose del objetivo fundamental que motivó la creación de la Comisión, que es la prestación eficiente de los servicios a su cargo. A través de éste Programa se cubrirán prioritariamente aquellas cuentas registradas, que no han sido atendidas y cuyo reclamo reiterado del ciudadano, no ha encontrado respuesta por parte de la Comisión y ha propiciado un alejamiento del diálogo y un abandono de las responsabilidades del usuario. Efectivamente, se trata de escuchar las inconformidades y encontrar juntos autoridad y ciudadanía el mejor punto de contacto, que permita hacer frente a los compromisos compartidos y asumir responsablemente las obligaciones que ambas partes deben cumplir.

 

A través de éste Programa, la Dirección General deberá analizar las cuentas de los usuarios que le soliciten y realizar de acuerdo a las condiciones que se presenten, una o varias de las siguientes alternativas: 1.- Prorrateo de lecturas acumuladas, cuando después de varios meses que la Comisión no ha tomado la lectura y pretenda hacer efectiva una lectura acumulada a un mes en particular, en detrimento de la economía del ciudadano. 2.- Ajuste de adeudos por consumos excesivos, cuando la lectura registrada en la base de datos, no corresponda al consumo real o al promedio que ha venido registrando la cuenta, esta deberá ajustarse al consumo promedio y al considerar lo anterior, podrá otorgar las facilidades de pago a través de convenios de reconocimiento de adeudo y pagos parciales. 3.- Autorización de convenios de reconocimiento de adeudo y pagos parciales, de acuerdo a las posibilidades económicas que presente el usuario. 4.- Condonación de recargos y multas por cualquiera de los servicios que presta la Comisión, atendiendo la solicitud del usuario y considerando sus posibilidades económicas. 5.- Ajuste de aquellos adeudos con antigüedad mayor a cinco años (sesenta meses).

 

II.- Reparación de fugas con cargo directo a la Comisión de Agua y Alcantarillado de Sistemas Intermunicipales.

 

Una de las demandas ciudadanas más sentidas, ha sido la atención de las fugas de agua potable, que se producen en la vía pública y que la Comisión viene cobrando al usuario, en detrimento de su economía. La Ley Estatal de Agua y Alcantarillado para el Estado de Hidalgo es omisa en la regulación de este tema y al no existir un fundamento legal aplicable, la Comisión, atendiendo dichas demandas, ha implementado como parte de éste Programa, la reparación de fugas de agua potable en las vías públicas de los municipios donde presta el servicio de agua potable y alcantarillado, a su costa, con objeto de atender con un enfoque de justicia social las demandas de mejores servicios públicos.

 

III.- Apoyo en contratos de servicios de agua potable y alcantarillado, en colonias y fraccionamientos, así como la condonación o disminución de los conceptos de consumo y multa

 

La contratación de los servicios públicos de agua potable y alcantarillado, es una obligación derivada de la Ley en la materia, que dispone incluso, los tiempos en que deberá el ciudadano realizar el procedimiento de contratación. Atendiendo al Programa Contigo del Gobierno del Estado de Hidalgo y considerando que es del interés de la Comisión, evitar el clandestinaje y la irregularidad en las instalaciones de los servicios que presta, se autoriza la contratación a un costo menor, de los servicios públicos de agua potable y alcantarillado, para lo cual el Director General podrá autorizar la condonación de la infracción y el consumo presuntivo de agua potable de los presupuestos y ajustarlos a los costos mínimos y estar en posibilidad de abatir el clandestinaje, que le resulta mucho más gravoso.

 

Los usuarios contratantes, deberán cumplir con todos los requisitos que establece la Ley Estatal de Agua y Alcantarillado para el Estado de Hidalgo y su Reglamento.

 

En un análisis de esta situación, se ha determinado facultar al Director General para que, en su caso, pueda condonar o disminuir uno o ambos conceptos, privilegiando la contratación de los servicios e inhibir la práctica del clandestinaje.

 

IV.- Suministro de Agua Potable mediante carros cisterna, a un costo disminuido.

 

Es necesario disminuir el costo del suministro de agua potable a través de carros cisterna propiedad de la Comisión, para los asentamientos humanos irregulares, ya que tienen la necesidad del consumo de agua potable; se agudiza el problema ante la inexistencia de infraestructura hidráulica de la Comisión en esas zonas, que permita la prestación del servicio público a que tiene derecho dicha población. La disminución deberá determinarse en función de la zona que encontrándose en el supuesto mencionado anteriormente requiera del suministro de agua potable, respecto de las Cuotas y Tarifas publicadas en el Periódico Oficial del Estado de Hidalgo, a efecto de que la Comisión obtenga los recursos relacionados con la prestación del servicio por este medio por lo menos, al costo de la operación que éste requiere.

 

Los usuarios interesados, solicitarán el servicio de carros cisterna en forma directa a la Comisión, quien la atenderá en un plazo máximo de 3 días posteriores a la fecha de pago, haciendo del conocimiento de los usuarios el costo disminuido por escrito, para dejar constancia del servicio prestado.

V.- Ajuste de las lecturas por consumo de agua potable, que se relacionen con fugas al interior de domicilios particulares.

 

Un problema que de manera frecuente se presenta al interior del domicilio de los  usuarios registrados en el padrón de la Comisión, es el de las fugas, en las cuales, las causas no son atribuibles a los usuarios del servicio, ya que son eventos excepcionales que no se provocan con la intención de desperdiciar el vital líquido, sino por una situación ajena, que  en la mayoría de los casos pasa desapercibida, entre las cuales se mencionan de manera enunciativa pero no limitativa: la filtración causada por dispositivos defectuosos, la filtración en la cisterna, el rompimiento de alguna tubería por el clima, la fuga causada por tubería de mala calidad o trabajos en materia hidráulica que quedan ocultos por una situación de estética arquitectónica, el asentamiento de inmuebles, el robo de las tuberías o muebles hidráulicos, la producida por accidentes viales contra los inmuebles, etc. En estos supuestos, no existe dolo ni mala fe del usuario afectado en sus finanzas, por la elevada facturación producto de dichas fugas.

 

Considerando el historial de consumo del usuario y a efecto de propiciar un hábito de pago oportuno de los servicios públicos, el Director General de la Comisión podrá autorizar el ajuste al adeudo hasta el 70% de las lecturas que se presenten por algún supuesto de los mencionados u otro que a criterio de la Comisión sea similar en sus causas o consecuencias, otorgando además las facilidades de pago en parcialidades que pudiera ameritar el monto resultante, una vez aplicada la disminución autorizada.

 

La Comisión deberá formular al usuario las recomendaciones del caso y le solicitará, permita la verificación, de que el problema que dio origen a la fuga ha quedado resuelto, con objeto de que no se vuelva a repetir la misma.

 

Esta medida tiene una doble función, por una parte, ayuda a evitar la fuga de agua potable que no es aprovechada por los usuarios y por otra, evita el endeudamiento excesivo que finalmente se verá reflejado en la moratoria de pago y el cargo de otros conceptos relacionados con ella.

 

VI.- Servicio público para desazolvar descargas domiciliarias de alcantarillado al interior de los domicilios de los usuarios.

 

La problemática de las descargas domiciliarias de alcantarillado al interior de los domicilios particulares de los usuarios registrados en el padrón de la Comisión, sobre todo en zonas vulnerables de los municipios a los que les presta los servicios públicos, se presenta en los costos para la contratación de los vehículos hidroneumáticos tipo Vactor que realizan estas tareas, por lo que el Director General podrá autorizar dicha contratación a costos inferiores a los publicados en el Decreto que autoriza las Cuotas y Tarifas de la Comisión de Agua y Alcantarillado de Sistemas Intermunicipales. Los usuarios interesados solicitarán el apoyo a la Comisión, quién determinará lo conducente, previo análisis de la situación contractual de los servicios públicos con que cuenta y constatando la situación económica del solicitante, para que el pago se autorice en parcialidades.

 

Con tal acción se reduce la proliferación de enfermedades producidas por la insalubridad de los hogares de aquellos usuarios, que no cuentan con los recursos suficientes para contratar este servicio público.

 

VII.- Descuento especial para Instituciones de Asistencia Social registradas en el Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia del Estado de Hidalgo.

 

Considerando que la labor que desarrollan las Instituciones de Asistencia Social que tiene registradas el Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia del Estado de Hidalgo, está enfocada al apoyo generalizado de la población en estado de vulnerabilidad, en las áreas de hospitales, clínicas, centros de rehabilitación y centros de salud, cocinas populares, casas hogar o albergues; lo que incrementa sus gastos de operación para poder dar cumplimiento a sus programas establecidos. En el marco de éste Programa, esta Comisión dará el Apoyo Institucional, mediante el establecimiento de descuentos especiales en el pago de los servicios públicos que presta, a las mencionadas áreas de asistencia social que convergen en el Sistema DIF Hidalgo.

 

En tales condiciones, se autoriza al Director General para que previa solicitud del Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia o de la Institución de que se trate, se aplique un descuento especial de hasta el 50% (cincuenta por ciento) sobre el importe mensual por consumos o por la prestación de cualquiera de los servicios a cargo de la Comisión. Celebrando el Convenio de Colaboración respectivo, el cual podrá ser actualizado en cuanto el Sistema informe sobre la creación o desaparición de las Instituciones que tengan o requieran el beneficio.

 

VIII.- Ampliación de plazo para el pago de convenios por contratación y por adeudos por consumo medido o por determinaciones presuntivas de consumo, considerando como máximo el final del periodo de la administración gubernamental correspondiente, con un pago inicial no menor al 10%.

 

El pago por concepto de contratación así como el adeudo por concepto de consumo de agua potable, ya sea por servicio medido o por determinación presuntiva, genera cantidades que en ocasiones no es posible que el usuario pueda liquidar en una sola exhibición, por lo que se faculta al Director General para que una vez analizado el adeudo y de acuerdo a las posibilidades económicas del usuario, autorice la suscripción de convenios de pago en parcialidades, con un plazo máximo a aquel en el cual termina la administración gubernamental de que se trate y a partir de la fecha de la suscripción del convenio.

 

IX.- Descuento especial acorde a las posibilidades económicas de las asociaciones de padres de familia de las escuelas públicas oficiales, de las cuales los padres de familia realicen el pago del servicio de agua potable, alcantarillado y saneamiento que les presta la Comisión, cuyas condiciones económicas no les permiten realizar regularmente los pagos mensuales facturados.

 

En un estricto acto de justicia social hacia los educandos de escuelas oficiales, cuyos padres de familia hacen un esfuerzo económico adicional, para cubrir los costos de los servicios públicos que presta la Comisión de Agua y Alcantarillado de Sistemas Intermunicipales, se autoriza al Director General, a efecto de que analice los consumos de agua potable registrados por las escuelas públicas solicitantes y de las cuales el pago lo realiza la asociación de padres de familia, cuya situación económica no les permite realizar el pago total de los consumos facturados, para que establezca un descuento especial, acorde a la situación económica de la asociación de padres de familia de que se trate.

 

X.- Descuento especial para las escuelas públicas oficiales de los distintos municipios donde presta servicios la Comisión, en la contratación de los servicios públicos de agua potable y alcantarillado; en el presupuesto correspondiente, considerando la situación económica de las asociaciones de padres de familia, en apoyo a las familias que requieren seguir impulsando la educación de sus hijos.

 

La contratación de los servicios públicos que presta la Comisión, a las escuelas públicas oficiales, forma parte del cumplimiento de las obligaciones de aquellas, para poder otorgar a su vez los servicios educativos de calidad que requiere la sociedad. El costo de la contratación de los servicios es absorbido por la Asociación de Padres de Familia de las escuelas públicas, lo cual es una carga económica adicional a las que tienen que hacer frente, para seguir impulsando la educación de sus hijos. Atentos a esta situación y como parte de los programas de apoyo a la sociedad, se autoriza al Director General de la Comisión de Agua y Alcantarillado de Sistemas Intermunicipales, a realizar un descuento especial a los conceptos de los presupuestos de contratación de los servicios públicos de agua potable y alcantarillado sanitario que emite su representada, con objeto de apoyar la economía de las Asociaciones de Padres de Familia de las Escuelas Públicas Oficiales. Así mismo se autoriza que el pago correspondiente lo realicen en parcialidades.

 

XI.- Aplicación del subsidio al 50% del consumo mínimo mensual de agua potable a las madres solteras que lo soliciten y lo comprueben a satisfacción de la Comisión.

 

El apoyo social a las madres solteras que fungen como único sostén familiar debe ser objeto de atención de las diferentes instancias, por lo que la Comisión de Agua y Alcantarillado de Sistemas Intermunicipales, podrá autorizar la aplicación de un subsidio al 50% del consumo mínimo mensual de agua potable, a las madres solteras que lo soliciten y cumplan con los requisitos que esta establezca.

 

XII.- Aplicación de descuento especial a cuotas y tarifas para uso no doméstico a personas físicas o morales, que previo a un análisis a la contraprestación pactada, y a satisfacción de la Comisión de Agua y Alcantarillado de Sistemas Intermunicipales, determine su procedencia.

 

La Dirección de Asuntos Jurídicos propondrá al Director General los porcentajes de apoyo que le permitan estudiar, analizar y aprobar la aplicación de descuento especial a personas físicas o morales en cuotas y tarifas de uso no doméstico que favorezcan y/o fortalezcan el fomento de infraestructura y competitividad que genere un desarrollo sostenible.

 

T R A N S I T O R I O S

 

PRIMERO. – Publíquese en el Periódico Oficial del Estado de Hidalgo.

 

SEGUNDO. – La Comisión de Agua y Alcantarillado de Sistemas Intermunicipales, en cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 14 de la Ley de Disciplina Financiera de las Entidades Federativas y los Municipios, utilizará los recursos obtenidos por la aplicación del presente Programa, principalmente en proyectos de inversión e infraestructura.

 

TERCERO. – El presente Programa estará vigente hasta el 4 de septiembre de 2022, considerando la temporalidad del Plan Estatal de Desarrollo 2016-2022 que en su eje 5 Hidalgo con Desarrollo Sostenible, regula lo relativo al agua potable y tomando en cuenta que se trata de un tema prioritario para la población hidalguense.

 

DADO EN LAS OFICINAS DE LA COMISIÓN DE AGUA Y ALCANTARILLADO DE SISTEMAS INTERMUNICIPALES, EN LA CIUDAD DE PACHUCA DE SOTO, ESTADO DE HIDALGO, AL 1º DÍA DEL MES DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL DIECINUEVE.

 

 

INTEGRANTES DE LA JUNTA DE GOBIERNO

 

 

C.P. Amalio Gómez Navarro
Secretaría de Obras Públicas y Ordenamiento Territorial

Presidente Suplente

Rúbrica

 

 

Asistentes

 

 

L.C.P. Víctor Manuel González Herrero   L.D. y M.D.F. Adalid Aldana Rodríguez
Secretaría Ejecutiva de la Política Pública Estatal

Suplente

Rúbrica

  Secretaría de Finanzas Públicas

Suplente

Rúbrica

 

 

 

M.C.E. Ericka Alvarez Sánchez   Lic. Lizbeth Yazmín Soto Olguín
Unidad de Planeación y Prospectiva

Suplente

Rúbrica

  Secretaría de Gobierno

Suplente

Rúbrica

 

 

 

Ing. Mario Juache Olivares
Comisión Estatal del Agua y Alcantarillado Suplente

Rúbrica

 

Titular del Organismo   Comisario Público Suplente de

CAASIM

 

Lic. José Jesús Sanjuanero Rodríguez   L.A. Verónica Silverio Baltazar
Director General

CAASIM

Rúbrica

  Designada por la Secretaría de Contraloría

Rúbrica

 


Periódico Oficial Alcance 5 del 12 de noviembre de 2019

Esto es un extracto, por lo que en el documento que está visualizando puede haber texto, caracteres, imágenes u objetos que no se muestren debido a la conversión a formato HTML, por lo que le recomendamos tomar siempre como referencia el archivo PDF de la edición.

Idioma »