Documento contenido en el Periódico Oficial Alcance 0 del 04 de noviembre de 2019

Edición: Alcance 0
Número: 44
Páginas: 39
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LOS INTEGRANTES DE LA JUNTA DE GOBIERNO DEL RÉGIMEN ESTATAL DE PROTECCIÓN SOCIAL EN SALUD DEL ESTADO DE HIDALGO, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LES CONFIEREN LOS ARTÍCULOS 13 Y 14 FRACCIÓN X, DE LA LEY DE ENTIDADES PARAESTATALES DEL ESTADO DE HIDALGO; 31 DEL REGLAMENTO DE LA LEY DE ENTIDADES PARAESTATALES DEL ESTADO DE HIDALGO; EN APEGO A LO DISPUESTO POR EL NUMERAL 2 DEL ACUERDO QUE CONTIENE LOS LINEAMIENTOS GENERALES QUE ESTABLECEN LAS BASES PARA LA INTEGRACIÓN, ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DE LOS COMITÉS DE ÉTICA Y PREVENCIÓN DE CONFLICTOS DE INTERÉS, PUBLICADO EN EL PERIÓDICO OFICIAL DEL ESTADO DE HIDALGO, EL 23 DE NOVIEMBRE DE 2017; Y 8,  FRACCIÓN XIX DEL DECRETO QUE MODIFICA DIVERSAS DISPOSICIONES DEL DECRETO POR EL QUE SE CREA EL RÉGIMEN ESTATAL DE PROTECCIÓN SOCIAL EN SALUD DEL ESTADO DE HIDALGO, Y:

C O N S I D E R A N D O

 

PRIMERO. Que mediante Decreto Gubernamental y en conjunto con la Secretaría de Contraloría del Estado de Hidalgo, se expide el Código de Ética de la Administración Pública del Estado de Hidalgo, publicado en el Periódico Oficial del Estado con fecha 13 de mayo del año 2019, para los servidores públicos de la Administración Pública, que contiene los Principios y Valores, así como las Reglas de Integridad para el ejercicio de su función y los Lineamientos Generales para el establecimiento de acciones permanentes que aseguren la integridad y el comportamiento ético de los servidores públicos en el desempeño de sus empleos, cargos o comisiones, regulando sus acciones a través de los Comités de Ética y Prevención de Conflictos de Interés; siendo así que, a través de estos instrumentos se busca la homologación a nivel nacional de conceptos, principios, criterios y objetivos para fomentar la cultura de la legalidad y el correcto desempeño del ejercicio del servicio público; quedando abrogado el Código de Ética de la Administración Pública del Estado de Hidalgo, publicado en fecha 23 de noviembre del 2017.

 

SEGUNDO. Que en referencia a los ejes 1.1, 1.4 y 1.7 del Plan Estatal de Desarrollo 2016 y 2022, enfocado a la reingeniería de la Administración Pública, basada en una mayor regulación a las Entidades Paraestatales, transparencia en su actuar y el uso eficiente de los recursos que se les asigna; se logre generar que las Entidades Paraestatales existentes en la Administración Pública sean las idóneas para el crecimiento del Estado de Hidalgo.

 

TERCERO. Que la Administración Pública Descentralizada representa la unión de las sinergias y voluntades institucionales a las que toda Administración Pública aspira, por lo que conocedores de los momentos decisivos que atraviesa nuestro Estado para el fortalecimiento y perfeccionamiento de sus instituciones y la consolidación de éstas, se llevaron a cabo las reformas a la Ley de Entidades Paraestatales del Estado de Hidalgo consistentes en redefinir las competencias específicas de las Entidades Paraestatales y adecuar su estructura administrativa a las nuevas circunstancias políticas, tecnológicas, sociales y económicas, las cuales fueron publicadas en el Periódico Oficial del Estado de Hidalgo el 09 de octubre del año 2017; y al Reglamento de la Ley de Entidades Paraestatales del Estado de Hidalgo, publicado en el Periódico Oficial del Estado de Hidalgo el 02 de abril del año 2018.

 

CUARTO. Que para dar cumplimiento a las reformas mencionadas en el considerando precedente y a las respectivas en materia de salud; se reformó en su totalidad el Decreto que crea el Régimen Estatal de Protección Social en Salud del Estado de Hidalgo, de 07 de septiembre de 2015; para quedar publicado en el Periódico Oficial del Estado de Hidalgo el Decreto que modifica diversas disposiciones del Decreto que creó al Régimen Estatal de Protección Social en Salud del Estado de Hidalgo, con fecha 08 de abril del año 2019.

 

QUINTO. Que en relación al oficio número CNPSS-DGF-294-2019,  de fecha 21 de marzo del presente año 2019 remitido por la Comisión Nacional de Protección Social en Salud, señalando los Criterios Generales para la programación y ejercicio de los recursos para el Apoyo Administrativo 2019, y en cumplimiento a los mismos, se autorizó por la Junta de Gobierno del Organismo, la emisión de la nueva Estructura Orgánica del Régimen Estatal de Protección Social en Salud del Estado de Hidalgo, mediante sesión extraordinaria de fecha 25 de julio del 2019, por lo que atendiendo a la misma, ha sido menester modificar el Estatuto Orgánico del Régimen Estatal de Protección Social en Salud del Estado de Hidalgo, con el objetivo de precisar atribuciones y ajustar de conformidad con la normatividad aplicable.

 

SEXTO. Que para dar cumplimiento de manera eficiente a los considerandos Primero, Cuarto y a las reformas de fecha 09 de octubre de 2017 y 02 de abril de 2018 realizadas a la Ley de Entidades Paraestatales del Estado de Hidalgo y su Reglamento, respectivamente; ha sido menester modificar el Acuerdo que crea el Comité de Ética y Prevención de Conflictos de Interés, del Organismo Descentralizado, Régimen Estatal de Protección Social en Salud del Estado de Hidalgo, publicado en el Periódico Oficial del Estado de Hidalgo el 19 de noviembre del 2018; con el objetivo de armonizar el contenido del Código de Ética de la Administración Pública del Estado de Hidalgo, integrando a las dependencias globalizadoras, precisando y ajustando atribuciones de conformidad con la normatividad aplicable, en congruencia con la Tercera etapa del Re-direccionamiento de las Entidades Paraestatales.

 

SÉPTIMO. Que en ese contexto, se detallan a continuación generalidades de las reformas formuladas, destacándose las siguientes:

 

  1. Se reforma el proemio respecto de las facultades de la Junta de Gobierno dentro del Decreto del Organismo, por la modificación a éste; cambiando de la fracción IX a las fracciones III y XIX.
  2. Se reforma el artículo 1, precisando el objeto del Comité y eliminando la referencia “se crea”; y se agrega párrafo segundo respecto al leguaje inclusivo.
  3. Se reforma en su totalidad el artículo 2, conforme a la modificación de la Estructura Orgánica y Estatuto Orgánico del Régimen Estatal de Protección Social en Salud del Estado de Hidalgo, así como a la integración de las dependencias globalizadoras con voz y voto, en relación a la reforma a la Ley de Entidades Paraestatales y su Reglamento.

Por lo antes expuesto, en sesión de la Junta de Gobierno del Régimen Estatal de Protección Social en Salud del Estado de Hidalgo, los integrantes de la misma, hemos tenido a bien expedir el siguiente:

 

ACUERDO

QUE MODIFICA DIVERSAS DISPOSICIONES DEL ACUERDO QUE CREA EL COMITÉ DE ÉTICA Y PREVENCIÓN DE CONFLICTOS DE INTERÉS, DEL ORGANISMO DESCENTRALIZADO, RÉGIMEN ESTATAL DE PROTECCIÓN SOCIAL EN SALUD DEL ESTADO DE HIDALGO

 

Artículo Único. Se reforma el artículo 1 y el artículo 2, fracciones I, II y III, para quedar como sigue:

 

Artículo 1. El Comité de Ética y Prevención de Conflictos de Interés, del Organismo Descentralizado, Régimen Estatal de Protección Social en Salud del Estado de Hidalgo, con el objeto de generar una cultura de principios y valores que fortalezcan el buen comportamiento de los servidores públicos, así como para fomentar la conducta ética y mejorar el servicio público a través de normas que regulen el comportamiento y la conducta de quienes laboran en  el Régimen Estatal de Protección Social en Salud del Estado de Hidalgo.

 

El lenguaje empleado en este acuerdo, no busca generar ninguna distinción, ni marcar diferencias entre hombres y mujeres, por lo que las referencias o alusiones en la redacción hechas hacia un género representan a ambos sexos.

 

Artículo 2. El Comité se integrará de la siguiente forma:

 

  1. Con derecho a voz y voto:

 

  1. Presidencia: La persona titular de la Dirección de Financiamiento del Régimen Estatal de Protección Social en Salud del Estado de Hidalgo.
  2. Secretario Ejecutivo: La persona titular de la Subdirección de Administración del Régimen Estatal de Protección Social en Salud del Estado de Hidalgo.
  3. Vocales:
  4. La persona titular de la Dirección de Afiliación y Operación del Régimen Estatal de Protección Social en Salud del Estado de Hidalgo;
  5. La persona titular de la Dirección de Gestión de los Servicios de Salud del Régimen Estatal de Protección Social en Salud del Estado de Hidalgo;
  • La persona Titular del Departamento de Análisis y Prospectiva del Régimen Estatal de Protección Social en Salud del Estado de Hidalgo; y
  1. La persona Titular del Departamento de Evaluación e Innovación del Régimen Estatal de Protección Social en Salud del Estado de Hidalgo.

 

  1. Con derecho a voz, sin voto:
  2. Asesor: La persona titular de la Subdirección Jurídica del Régimen Estatal de Protección Social en Salud del Estado de Hidalgo.
  3. El Órgano Interno de Control del Organismo, realizará las funciones relativas al control y vigilancia de la gestión pública del Comité.

TRANSITORIOS

 

PRIMERO. El presente Acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial del Estado de Hidalgo.

 

SEGUNDO. Quedan sin efecto todas las disposiciones legales que se opongan al presente acuerdo.

 

TERCERO.  El Comité de Ética y Prevención de Conflictos de Interés del Régimen Estatal de Protección Social en Salud del Estado de Hidalgo, elaborará los procedimientos, manuales, formatos, instructivos, entre otros que se requieran para el óptimo funcionamiento del Comité, de conformidad a lo que establecen las disposiciones aplicables.

 

CUARTO. En todo lo no previsto por el presente Acuerdo, será aplicable lo señalado en los Lineamientos Generales que Establecen las Bases para la Integración, Organización y Funcionamiento de los Comités de Ética y Prevención de Conflictos de Interés publicados en el Periódico Oficial del Estado de Hidalgo el 23 de noviembre de 2017.

 

Dado en el domicilio del Régimen Estatal de Protección Social en Salud del Estado de Hidalgo, ubicado en calle Camino Real de la Plata número 322, colonia Zona Plateada, Código Postal 42084, en Pachuca de Soto, Hidalgo; el 24 de octubre del 2019 dos mil diecinueve.

 

 

FIRMAS DE LOS INTEGRANTES DE LA JUNTA DE GOBIERNO

 

 

PRESIDENTE

SECRETARÍA DE SALUD

 

 

  1. MARCO ANTONIO ESCAMILLA ACOSTA

RÚBRICA

 

 

 

CONSEJERO SUPLENTE

DE LOS SERVICIOS DE SALUD DE HIDALGO

 

 

MTRA. NEYRA ENCISO CRUZ

RÚBRICA

 

 

 

CONSEJERO SUPLENTE

DE LA SECRETARÍA EJECUTIVA DE LA POLÍTICA PÚBLICA ESTATAL

 

 

LIC. PSIC. NAXHIELY BAÑOS CERÓN

RÚBRICA

 

 

 

 

 

CONSEJERO SUPLENTE

DE LA SECRETARÍA DE FINANZAS PÚBLICAS

 

 

LIC. JORGE EDUARDO DANIEL ESCAMILLA

RÚBRICA

 

 

 

CONSEJERO SUPLENTE

DE LA UNIDAD DE PLANEACIÓN Y PROSPECTIVA DEL ESTADO DE HIDALGO

 

 

L.D. JOSEFINA VALENZUELA NAVARRO

RÚBRICA

 

 

 

CONSEJERO SUPLENTE

DE LA SECRETARÍA DE GOBIERNO

 

 

LIC. LIZBETH YAZMIN SOTO OLGUÍN

RÚBRICA

 

 

 

CONSEJERO SUPLENTE

DE LA SECRETARÍA DE DESARROLLO SOCIAL

DEL ESTADO DE HIDALGO

 

 

LIC. LORENZO RODRÍGUEZ ANAYA

RÚBRICA

 

 

LAS PRESENTES FIRMAS CORRESPONDEN AL ACUERDO POR EL QUE LA JUNTA DE GOBIERNO DEL RÉGIMEN ESTATAL DE PROTECCIÓN SOCIAL EN SALUD DEL ESTADO DE HIDALGO APRUEBA EL ACUERDO QUE MODIFICA DIVERSAS DISPOSICIONES DEL ACUERDO QUE CREA EL COMITÉ DE ÉTICA Y PREVENCIÓN DE CONFLICTOS DE INTERÉS, DEL ORGANISMO DESCENTRALIZADO, RÉGIMEN ESTATAL DE PROTECCIÓN SOCIAL EN SALUD DEL ESTADO DE HIDALGO.


Periódico Oficial Alcance 0 del 04 de noviembre de 2019

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