Documento contenido en el Periódico Oficial Alcance 0 del 04 de noviembre de 2019

Edición: Alcance 0
Número: 44
Páginas: 39
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LOS INTEGRANTES DE LA JUNTA DE GOBIERNO DEL RÉGIMEN ESTATAL DE PROTECCIÓN SOCIAL EN SALUD DEL ESTADO DE HIDALGO, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LES CONFIEREN LOS ARTÍCULOS 13, 14 FRACCIÓN X, 18 DE LA LEY DE ENTIDADES PARAESTATALES DEL ESTADO DE HIDALGO; 31 DEL REGLAMENTO DE LA LEY DE ENTIDADES PARAESTATALES DEL ESTADO DE HIDALGO; 1 Y 33 DEL ACUERDO POR EL QUE SE EMITEN LAS DISPOSICIONES Y EL MANUAL ADMINISTRATIVO DE APLICACIÓN GENERAL EN MATERIA DE CONTROL INTERNO DEL ESTADO DE HIDALGO Y 8,  FRACCIÓN XIX DEL DECRETO QUE MODIFICA DIVERSAS DISPOSICIONES DEL DECRETO QUE CREA EL RÉGIMEN ESTATAL DE PROTECCIÓN SOCIAL EN SALUD DEL ESTADO DE HIDALGO; Y

 

C O N S I D E R A N D O

 

PRIMERO. Que en apego a lo dispuesto por el Título Cuarto del Comité de Control y Desempeño Institucional, del Acuerdo por el que se Emiten las Disposiciones y el Manual Administrativo de Aplicación Estatal en Materia de Control Interno de Estado de Hidalgo, publicado en el Periódico Oficial del Estado de Hidalgo, el 23 de noviembre de 2017, las Instituciones de la Administración Pública Estatal deberán tomar en cuenta estas disposiciones para la supervisión, evaluación, actualización y mejora continua de su Sistema de Control Interno Institucional.

 

SEGUNDO. Que en referencia a los ejes 1.1, 1.4 y 1.7 del Plan Estatal de Desarrollo 2016 y 2022, enfocado a la reingeniería de la Administración Pública, mediante una mayor regulación a las Entidades Paraestatales, transparencia en su actuar y el uso eficiente de los recursos que se les asigna, genera que  las Entidades Paraestatales que existan en la Administración Pública serán idóneas para el crecimiento del Estado de Hidalgo.

 

TERCERO. Que la Administración Pública Descentralizada representa la unión de las sinergias y voluntades institucionales que toda la Administración Pública aspira, por lo que conocedores de los momentos decisivos que atraviesa nuestro Estado para el fortalecimiento y perfeccionamiento de sus instituciones y la consolidación de éstas, se llevaron a cabo las reformas a la Ley de Entidades Paraestatales del Estado de Hidalgo consistentes en redefinir las competencias específicas de las Entidades Paraestatales y adecuar su estructura administrativa a las nuevas circunstancias políticas, tecnológicas, sociales y económicas, las cuales fueron publicadas en el Periódico Oficial del Estado de Hidalgo el 09 de octubre del año 2017; y al Reglamento de la Ley de Entidades Paraestatales del Estado de Hidalgo, publicado en el Periódico Oficial del Estado de Hidalgo el 02 de abril del año 2018.

 

CUARTO. Que para dar cumplimiento a las reformas mencionadas en el considerando precedente y a las respectivas en materia de salud; se reformó en su totalidad el Decreto que crea el Régimen Estatal de Protección Social en Salud del Estado de Hidalgo, de 07 de septiembre de 2015; y se publicó en el Periódico Oficial del Estado de Hidalgo el Decreto que modifica diversas disposiciones del Decreto que creó al Régimen Estatal de Protección Social en Salud del Estado de Hidalgo, con fecha 08 de abril del año 2019.

 

QUINTO. Que en relación al oficio número CNPSS-DGF-294-2019,  de fecha 21 de marzo del presente año 2019, remitido por la Comisión Nacional de Protección Social en Salud, señalando los Criterios Generales para la programación y ejercicio de los recursos para el Apoyo Administrativo 2019, y en cumplimiento a los mismos, se autorizó por la Junta de Gobierno del Organismo, la emisión de la nueva Estructura Orgánica del Régimen Estatal de Protección Social en Salud del Estado de Hidalgo, mediante sesión extraordinaria de fecha 25 de julio del 2019, por lo que atendiendo a la misma, ha sido menester modificar el Estatuto Orgánico del Régimen Estatal de Protección Social en Salud del Estado de Hidalgo, con el objetivo de precisar atribuciones y ajustar de conformidad con la normatividad aplicable.

 

SEXTO. Que para dar cumplimiento de manera eficiente a lo previamente detallado y a las reformas de fecha 09 de octubre de 2017 y 02 de abril de 2018 realizadas a la Ley de Entidades Paraestatales del Estado de Hidalgo y su Reglamento, respectivamente; es menester modificar el Acuerdo que crea el Comité de Control Interno y Desempeño Institucional del Organismo Descentralizado, Régimen Estatal de Protección Social en Salud del Estado de Hidalgo, con fecha de publicación de 19 de noviembre del año 2018; teniendo como objetivo, armonizar su contenido respecto de la nueva Estructura Orgánica y la modificación al Estatuto Orgánico del Organismo así como integrar a las dependencias globalizadoras, precisar atribuciones y ajustar de conformidad con la normatividad aplicable, en congruencia con la Tercera etapa del Re-direccionamiento de las Entidades Paraestatales.

 

SÉPTIMO. Que en ese contexto, se detallan a continuación generalidades de las reformas formuladas, destacándose las siguientes:

 

  1. Se reforma el artículo 1, precisando el objeto del Comité y eliminando la referencia “se crea”, y se agrega el párrafo segundo, en relación al lenguaje inclusivo.
  2. Se reforma en su totalidad el artículo 3; conforme a la modificación de la Estructura Orgánica y Estatuto Orgánico del Régimen Estatal de Protección Social en Salud del Estado de Hidalgo, así como de la integración de las dependencias globalizadoras con voz y voto, en relación a la reforma a la Ley de Entidades Paraestatales y su Reglamento.
  3. Los artículos 4 y 5 se integra al artículo 3, recorriéndose los demás numerales, para quedar el Acuerdo con seis artículos.

Por lo antes expuesto, en sesión de la Junta de Gobierno del Régimen Estatal de Protección Social en Salud del Estado de Hidalgo, los integrantes de la misma, hemos tenido a bien expedir el siguiente:

 

ACUERDO

QUE MODIFICA DIVERSAS DISPOSICIONES DEL ACUERDO QUE CREA EL COMITÉ DE CONTROL INTERNO Y DESEMPEÑO INSTITUCIONAL DEL ORGANISMO DESCENTRALIZADO, RÉGIMEN ESTATAL DE PROTECCIÓN SOCIAL EN SALUD DEL ESTADO DE HIDALGO.

 

Artículo Único. Se reforma el artículo 1, eliminando las primeras dos palabras al inicio del mismo y se agrega párrafo segundo; el artículo 3 en su totalidad, integrándose el 4 y 5, los artículos 6 y 7 se recorren para ubicarse como 4 y 5, respectivamente; para quedar como sigue:

 

Artículo 1. El Comité de Control y Desempeño Institucional del Organismo Descentralizado, Régimen Estatal de Protección Social en Salud del Estado de Hidalgo, tiene por objeto establecer las disposiciones que deberán observar para el establecimiento, supervisión, evaluación, actualización y mejora continua del Sistema de Control Interno Institucional.

 

El lenguaje empleado en este acuerdo, no busca generar ninguna distinción, ni marcar diferencias entre hombres y mujeres, por lo que las referencias o alusiones en la redacción hechas hacia un género representan a ambos sexos.

 

Artículo 2. …

 

Artículo 3. El Comité se integrará de la siguiente forma:

 

  1. Con derecho a voz y voto:

 

  1. Presidencia: La persona titular de la Dirección General del Régimen Estatal de Protección Social en Salud del Estado de Hidalgo.
  2. Vocalía Ejecutiva: La persona titular de la Subdirección de Planeación y Prospectiva del Régimen Estatal de Protección Social en Salud del Estado de Hidalgo.
  3. Vocalías:
  4. Un representante de la Secretaría de Salud de Estado de Hidalgo;
  5. La persona titular de la Subdirección Jurídica del Régimen Estatal de Protección Social en Salud del Estado de Hidalgo;
  • La persona titular del Departamento de Sistemas del Régimen Estatal de Protección Social en Salud del Estado de Hidalgo;
  1. La persona titular de la Dirección de Financiamiento del Régimen Estatal de Protección Social en Salud del Estado de Hidalgo;

 

  1. Con derecho a voz, sin voto:
  2. Invitados: Se podrán incorporar al Comité, como invitados:

 

  1. Los responsables de las áreas del Régimen Estatal de Protección Social en Salud del Estado de Hidalgo, competentes de los asuntos a tratar en la sesión;
  2. Los servidores públicos de la Administración Pública Estatal, internos o externos al Régimen Estatal de Protección Social en Salud del Estado de Hidalgo, que por las funciones que realizan, estén relacionados con los asuntos a tratar en la sesión respectiva para apoyar en su atención y solución;
  • Personas externas a la Administración Pública Estatal, expertas en asuntos relativos al Régimen Estatal de Protección Social en Salud del Estado de Hidalgo, cuando el caso lo amerite, a propuesta de los miembros del Comité, con autorización del Presidente; y
  1. Los Enlaces del Sistema de Control Interno, de Administración de Riesgos y del Comité.
  2. El Órgano Interno de Control del Organismo, realizará las funciones relativas al control y vigilancia de la gestión pública del Comité.

 

Artículo 4. De los Suplentes.

Cada miembro propietario integrante del Comité podrá nombrar a su respectivo suplente, quien deberá ser de nivel jerárquico inmediato inferior e intervendrá en las ausencias de aquél. La suplencia de los vocales se podrá realizar hasta el nivel de subdirector o equivalente.

 

Para fungir como suplentes, los servidores públicos deberán contar con acreditación por escrito del miembro propietario dirigida al Vocal Ejecutivo, de la que se dejará constancia en el acta y en la carpeta electrónica correspondiente. Los suplentes asumirán en las sesiones a las que asistan las funciones que corresponden a los propietarios.

 

Artículo 5. El Comité, ejercerá las atribuciones que le confiere el Título Cuarto, Capítulo III del Acuerdo por el que se emiten las Disposiciones y el Manual Administrativo de Aplicación Estatal en Materia de Control Interno para el Estado de Hidalgo, publicado en el Periódico Oficial del Estado, el 23 de noviembre de 2017.

 

TRANSITORIOS

 

PRIMERO.- El presente acuerdo entrará en vigor al día siguiente al de su publicación en el Periódico Oficial del Estado de Hidalgo.

 

SEGUNDO.- Quedan sin efecto todas las disposiciones legales que se opongan al presente Acuerdo.

 

TERCERO.- En todo lo no previsto por el presente Acuerdo, será aplicable lo señalado en el Acuerdo por el que se emiten las Disposiciones y el Manual Administrativo de Aplicación Estatal en Materia de Control Interno para el Estado de Hidalgo, publicado en el Periódico Oficial del Estado de Hidalgo el 23 de noviembre de 2017.

 

Dado en el domicilio del Régimen Estatal de Protección Social en Salud del Estado de Hidalgo, ubicado en calle Camino Real de la Plata número 322, colonia Zona Plateada, Código Postal 42084, en Pachuca de Soto, Hidalgo; el 24 de octubre del 2019 dos mil diecinueve.

 

FIRMAS DE LOS INTEGRANTES DE LA JUNTA DE GOBIERNO

 

 

PRESIDENTE

SECRETARÍA DE SALUD

 

 

  1. MARCO ANTONIO ESCAMILLA ACOSTA

RÚBRICA

 

 

 

CONSEJERO SUPLENTE

DE LOS SERVICIOS DE SALUD DE HIDALGO

 

 

MTRA. NEYRA ENCISO CRUZ

RÚBRICA

CONSEJERO SUPLENTE

DE LA SECRETARÍA EJECUTIVA DE LA POLÍTICA PÚBLICA ESTATAL

 

 

LIC. PSIC. NAXHIELY BAÑOS CERÓN

RÚBRICA

 

 

 

CONSEJERO SUPLENTE

DE LA SECRETARÍA DE FINANZAS PÚBLICAS

 

 

LIC. JORGE EDUARDO DANIEL ESCCAMILLA

RÚBRICA

 

 

 

CONSEJERO SUPLENTE

DE LA UNIDAD DE PLANEACIÓN Y PROSPECTIVA DEL ESTADO DE HIDALGO

 

 

L.D. JOSEFINA VALENZUELA NAVARRO

RÚBRICA

 

 

 

CONSEJERO SUPLENTE

DE LA SECRETARÍA DE GOBIERNO

 

 

LIC. LIZBETH YAZMIN SOTO OLGUÍN

RÚBRICA

 

 

 

CONSEJERO SUPLENTE

DE LA SECRETARÍA DE DESARROLLO SOCIAL

DEL ESTADO DE HIDALGO

 

 

LIC. LORENZO RODRÍGUEZ ANAYA

RÚBRICA

 

 

LAS PRESENTES FIRMAS CORRESPONDEN AL ACUERDO POR EL QUE LA JUNTA DE GOBIERNO DEL RÉGIMEN ESTATAL DE PROTECCIÓN SOCIAL EN SALUD DEL ESTADO DE HIDALGO APRUEBA EL ACUERDO QUE MODIFICA DIVERSAS DISPOSICIONES DEL ACUERDO QUE CREA EL COMITÉ DE CONTROL INTERNO Y DESEMPEÑO INSTITUCIONAL DEL ORGANISMO DESCENTRALIZADO, RÉGIMEN ESTATAL DE PROTECCIÓN SOCIAL EN SALUD DEL ESTADO DE HIDALGO.


Periódico Oficial Alcance 0 del 04 de noviembre de 2019

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