Documento contenido en el Periódico Oficial Alcance 1 del 27 de octubre de 2020
Edición: Alcance 1
Número: 43
Páginas: 8
Contenido:
Secretaría de Finanzas Públicas.- Acuerdo por el que se crea el Programa de Control Vehicular Denominado “Actualiza tu Placa y Circula Vigente” y se expiden sus Lineamientos de Operación.
DRA. DELIA JESSICA BLANCAS HIDALGO, SECRETARIA DE FINANZAS PÚBLICAS, CON FUNDAMENTO EN LOS ARTÍCULOS 3, PÁRRAFO PRIMERO, 73, 105, 106 Y 107 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO DE HIDALGO; 1, 2, 3, 13 FRACCIÓN II, 15, 17, 19, 25 FRACCIONES I, II, IV, XI, XII, XXXII Y LXVII DE LA LEY ORGÁNICA DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA PARA EL ESTADO DE HIDALGO; 1, 2, PÁRRAFO PRIMERO, 3, 6, 7 FRACCIONES I, II, III, VI BIS Y VII, 8 FRACCIÓN II, 21 FRACCIONES III, IV Y VI, 38 Y 41 DEL CÓDIGO FISCAL DEL ESTADO DE HIDALGO; 1, 4 FRACCIÓN II, 36, 36 BIS, 37 Y 41 DE LA LEY DE HACIENDA DEL ESTADO DE HIDALGO; 1, 2, 3, 4, 33 FRACCIÓN I, INCISO A, NUMERALES 3 Y 7, INCISO C, NUMERALES 3 Y 9, E INCISO D, NUMERALES 3 Y 7 DE LA LEY ESTATAL DE DERECHOS; Y 1, 2, 4, 6 FRACCIÓN I, 9, FRACCIÓN I, 10, 11 Y 14 FRACCIONES I, XXV, XXXVIII Y LXVIII DEL REGLAMENTO INTERIOR DE LA SECRETARÍA DE FINANZAS PÚBLICAS, Y
CONSIDERANDO
PRIMERO. Con fecha 02 de septiembre de 2020, fue publicada en el Periódico Oficial del Estado de Hidalgo, la actualización del Plan Estatal de Desarrollo, siendo que la emergencia sanitaria por Covid-19 representa un gran desafío para la planeación del desarrollo, dados sus impactos negativos a nivel económico y social, particularmente en los procesos de interacción humana vulnerados por la pandemia, por lo que en dicho instrumento se presenta como tercera política sectorial de la administración estatal, la de Crecimiento económico y trabajo de calidad, estableciendo como su propósito fundamental alcanzar un desarrollo económico sostenible así como equitativo y la generación de empleos de calidad, de modo tal que se garantice el bienestar económico y social de todos los hidalguenses.
SEGUNDO. Que ante la gravedad de la enfermedad causada por el virus SARS-CoV2 (COVID-19), un padecimiento infeccioso que pone en riesgo la salud de la población en razón de su fácil propagación, el 11 de marzo de 2020, la Organización Mundial de la Salud declara este suceso como pandemia, por lo que con el fin de procurar la seguridad de los habitantes se adoptaron diversas medidas para contener la enfermedad entre las que se encuentran las orientadas a la higiene, suspensión de eventos, filtros sanitarios, y el aislamiento social, impactando directamente en el cobro del Impuesto Sobre Tenencia y Uso de Vehículos.
TERCERO. Que el 14 de mayo de 2020, la Secretaría de Salud publicó en el Diario Oficial de la Federación el ACUERDO por el que se establece una estrategia para la reapertura de las actividades sociales, educativas y económicas, un sistema de semáforo por regiones para evaluar semanalmente el riesgo epidemiológico relacionado con la reapertura de actividades en cada entidad federativa, así como acciones extraordinarias, que tienen como objeto la reapertura de forma ordenada, escalonada y regionalizada a las actividades educativas, económicas y sociales de toda la población en México.
CUARTO. Que hasta el 30 de agosto de 2020 el Estado de Hidalgo permaneció en semáforo rojo, por lo que diversas actividades económicas, sociales y educativas se vieron afectadas trayendo como consecuencia una parálisis económica con impacto desfavorable en la población, además de que con el fin de procurar la seguridad de los habitantes se adoptaron diversas medidas para contener la enfermedad, entre ellas la modificación en los horarios de atención en los Centros Regionales de Atención al Contribuyente.
QUINTO. Que el 08 de septiembre de 2020, en conferencia de prensa virtual en la que participó la Secretaria de Economía, Dra. Graciela Márquez Colín, se anunció que se llevará a cabo la décima edición de El Buen Fin, programa instrumentado por diversas dependencias del Gobierno Federal y la iniciativa privada. Edición que se desarrollará en medio de la pandemia de COVID-19, por lo que se busca la reactivación económica sin dejar de lado los protocolos sanitarios para prevenir posibles contagios, por ello con la finalidad de evitar aglomeraciones, el programa se realizará del 9 al 20 de noviembre, es decir, tendrá una duración de doce días.
SEXTO. Que con la finalidad de apoyar a la economía familiar, brindar certeza jurídica a la ciudadanía sobre su patrimonio y contar con un Registro Vehicular Estatal actualizado y confiable que fortalezca la seguridad de la población hidalguense, a través del presente Programa de Control Vehicular el Gobierno del Estado, por conducto de la Secretaría de Finanzas Públicas, ha decidido sumarse a la estrategia de reactivación económica del Gobierno Federal a través del programa de El Buen Fin 2020; para ello es oportuno relanzar y dotar de mayores beneficios el programa Actualiza tu Placa y Circula Vigente, el cual fue implementado durante la novena edición del mismo programa federal.
Lo anterior sin perjuicio de los beneficios ya contenidos en el Acuerdo por el que se amplía el programa de control vehicular denominado “Refrendo Seguro 2020”, así como de los subprogramas “Hidalguense Cumplido”, “Hidalguense Regularízate”, “Regístrate en Hidalgo”, previsto en el artículo 11, Capítulo Segundo, Estímulos Fiscales; Sección I. Control Vehicular, de la Ley de Ingresos para el Estado de Hidalgo, del ejercicio fiscal 2020, hasta el 18 de diciembre de 2020 y en el entendido de que los beneficios otorgados son acumulables para el contribuyente.
Por lo anterior, he tenido a bien expedir el siguiente:
ACUERDO POR EL QUE SE CREA EL PROGRAMA DE CONTROL VEHICULAR DENOMINADO “ACTUALIZA TU PLACA Y CIRCULA VIGENTE” Y SE EXPIDEN SUS LINEAMIENTOS DE OPERACIÓN
4.1 Para la realización de los tramites de Control Vehicular considerados en “EL PROGRAMA”, conforme a lo establecido en los artículos 8, 9, 26 y 27 de la Ley de Control Vehicular para el Estado de Hidalgo y 5 de su Reglamento, las personas físicas o morales, en todos los casos, deberán presentar la siguiente documentación en original, a efecto de identificar a las personas, así como recabar datos relativos a su domicilio:
4.1.1 Tratándose de personas físicas:
4.1.1.1 Identificación oficial con fotografía vigente de quien acude a realizar el trámite, como:
III. Cartilla del Servicio Militar Nacional expedida por la Secretaría de la Defensa Nacional;
Tratándose de extranjeros, éstos podrán identificarse con el documento migratorio vigente, emitido por autoridad federal competente o el pasaporte respectivo.
4.1.1.2 Acreditar su residencia en el Estado de Hidalgo, mediante un comprobante de domicilio, con cualquiera de los documentos señalados en el artículo 9 de la Ley de Control Vehicular para el Estado de Hidalgo, como:
III. Recibo o ticket de pago por el consumo de agua;
En todos los casos, el comprobante de domicilio deberá contener la Localidad y el Municipio del Estado de Hidalgo que corresponda y no tener una antigüedad de expedición mayor a 6 meses.
4.1.1.3 Clave Única de Registro de Población (CURP);
4.1.1.4 Cédula de Identificación Fiscal con Registro Federal de Contribuyentes, en el caso de personas que se encuentren obligadas a tributar en términos de las disposiciones fiscales federales, por el tipo de servicio que presta el vehículo respectivo; y
4.1.1.5 En su caso, poder notarial o carta poder firmada ante dos testigos de quien acude a realizar el trámite. De igual forma, podrá realizar el trámite cualquier familiar directo, mayor de edad en línea recta ascendente o descendente, sin limitación de grado, acreditando el parentesco mediante copia certificada o constancia relativa del Registro del Estado Familiar del nacimiento, de conformidad con lo previsto en los artículos 394 y 397 de la Ley para la Familia del Estado de Hidalgo; en todos los casos.
4.1.2 Tratándose de personas morales:
4.1.2.1 Acta constitutiva o contrato social de la persona moral;
4.1.2.2 Poder notarial de quien acude a realizar el trámite, cuando no constan los poderes en el documento constitutivo; o bien carta poder;
4.1.2.3 Identificación oficial con fotografía vigente de quien acude a realizar el trámite, mismos que pueden ser:
III. Cartilla del Servicio Militar Nacional expedida por la Secretaría de la Defensa Nacional;
Tratándose de extranjeros, éstos podrán identificarse con el documento migratorio vigente, emitido por autoridad federal competente o el pasaporte respectivo.
4.1.2.4 Cédula de identificación fiscal con el Registro Federal de Contribuyentes de la persona moral; en el caso de que se encuentre obligada a tributar en términos de las disposiciones fiscales federales, por el tipo de servicio que presta el vehículo respectivo; y
4.1.2.5 Comprobante de domicilio de la persona moral, como son:
III. Recibo o ticket de pago por el consumo de agua;
En todos los casos, el comprobante de domicilio deberá contener la Localidad y el Municipio del Estado de Hidalgo que corresponda y no tener una antigüedad de expedición mayor a 6 meses.
4.2 Adicional a los anteriores, de conformidad con lo dispuesto en el segundo párrafo del artículo 28 de la Ley de Control Vehicular para el Estado de Hidalgo, a efecto de verificar la información contenida en el Registro Vehicular Estatal, así como para integrar el expediente digital de los vehículos, deberán presentar los siguientes requisitos:
4.2.1 Documento mediante el cual acredite la propiedad del vehículo, pudiendo ser cualquiera de los siguientes:
III. Resolución de Tribunal Competente (Factura Judicial);
Dichos documentos deberán estar expedidos a nombre de la persona física o moral que corresponda, o en su defecto, adicionalmente deberán presentar los contratos traslativos de dominio, y en su caso, los comprobantes fiscales correspondientes.
Cuando las facturas o documentos correspondientes se hubiesen emitido a través de medios electrónicos, será indispensable presentar además el archivo electrónico que en su caso corresponda.
4.2.2 Factura de motor (en caso de que haya sido cambiado y no corresponda al señalado en la factura original);
4.2.3 Documento que acredita la legal estancia del vehículo en el país, en el caso de ser un vehículo de procedencia extranjera;
4.2.4 El juego de placas metálicas o acta levantada ante el Ministerio Público por robo o extravío de las mismas, especificando si se trata de la placa frontal, trasera o ambas.
TRANSITORIOS
PRIMERO. La interpretación y aplicación del presente Acuerdo, es facultad de la Secretaría de Finanzas Públicas del Gobierno del Estado de Hidalgo.
SEGUNDO. El presente Acuerdo estará en vigor del día 09 al 20 de noviembre de 2020, previa publicación en el Periódico Oficial del Estado de Hidalgo.
TERCERO. Continúan vigentes los beneficios contenidos en el ACUERDO POR EL QUE SE AMPLIA EL PROGRAMA DE CONTROL VEHICULAR DENOMINADO “REFRENDO SEGURO 2020”, ASÍ COMO DE LOS SUBPROGRAMAS “HIDALGUENSE CUMPLIDO”, “HIDALGUENSE REGULARÍZATE”, “REGÍSTRATE EN HIDALGO”, PREVISTO EN EL ARTÍCULO 11, CAPÍTULO SEGUNDO, ESTIMULOS FISCALES; SECCIÓN I. CONTROL VEHICULAR, DE LA LEY DE INGRESOS PARA EL ESTADO DE HIDALGO, DEL EJERCICIO FISCAL 2020, HASTA EL 18 DE DICIEMBRE DE 2020 y son acumulables a los otorgados en el presente Acuerdo.
CUARTO. Los beneficios contenidos en el presente Acuerdo no darán lugar a devolución o compensación alguna.
Dado en la Ciudad de Pachuca de Soto, Hidalgo, a los 25 días del mes de octubre de dos mil veinte.
LA SECRETARIA DE FINANZAS PÚBLICAS
DEL GOBIERNO DEL ESTADO DE HIDALGO
DRA. DELIA JESSICA BLANCAS HIDALGO
RÚBRICA
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Periódico Oficial Alcance 1 del 27 de octubre de 2020
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