Documento contenido en el Periódico Oficial Alcance 1 del 24 de abril de 2020

Edición: Alcance 1
Número: 16
Páginas: 26

Contenido:


Secretaría de Desarrollo Social. – Acuerdo que modifica y adiciona el acuerdo que contiene las reglas de operación del programa de atención al migrante para el ejercicio 2020.

GOBIERNO DEL ESTADO DE HIDALGO

 

LICENCIADO DANIEL ROLANDO JIMÉNEZ ROJO, SECRETARIO DE DESARROLLO SOCIAL DEL GOBIERNO DEL ESTADO DE HIDALGO, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE ME CONFIEREN LOS ARTÍCULOS 26 FRACCIÓN II DE LA LEY ORGÁNICA DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA PARA EL ESTADO DE HIDALGO; 27 FRACCIÓN IV DE LA LEY DE DESARROLLO SOCIAL DEL ESTADO DE HIDALGO; Y 2 Y 6 DEL REGLAMENTO INTERIOR DE LA SECRETARÍA DE DESARROLLO SOCIAL; Y

 

CONSIDERANDO

 

PRIMERO. Que con fecha 28 de febrero del 2020, fue publicado el Acuerdo que contiene las Reglas de Operación del Programa de Atención al Migrante para el Ejercicio 2020, en el Alcance 27, en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Hidalgo,

 

SEGUNDO. Que de acuerdo al Current Population Survey (CPS), en 2018 se estima que alrededor de 12.3 millones de mexicanos radican en Estados Unidos de América, siendo así éste país el que presenta una mayor densidad migratoria, de los cuales 368 mil 454 personas migrantes hidalguenses radican en el mismo. De acuerdo a estimaciones realizadas en el año 2014, por la Oficina de Censo de Estados Unidos y el Instituto de los Mexicanos en el Exterior, así mismo el Consejo Nacional de Población (CONAPO), se establece que el Estado de Hidalgo ocupa el quinto lugar en cuanto a migrantes que cruzan la frontera con los E.U.A.

 

Por ello y derivado a que el 11 de marzo del presente año la Organización Mundial de la Salud declaró que el virus COVID 19 pasaba de ser una epidemia a una pandemia y tomando en consideración que, de acuerdo a estimaciones realizadas en el año 2014 por la Oficina de Censo de Estados Unidos y el Instituto de los Mexicanos en el Exterior, son 368 mil 454 las personas migrantes hidalguenses radicadas en los E.U.A y en aras de salvaguardar su bienestar y el de sus familias que viven en el Estado de Hidalgo, surge el programa Migrante Seguro, que se alinea al Operativo Escudo por un Hidalgo Seguro, mismo que fue implementado en la entidad con fecha 16 de marzo de 2020, en conjunto con las dependencias y entidades que integran la Administración Pública Estatal.

 

DIAGNÓSTICO

 

Además de lo que ya se encuentra establecido en el Diagnóstico del Acuerdo que contiene las Reglas de Operación del Programa de Atención al Migrante, para el Ejercicio Fiscal 2020, cabe resaltar que en el tema de contingencia sanitaria los mexicanos representan el 63% de la población latina que vive en los Estados Unidos de América, misma que asciende a 57 millones, según los censos de población en dicho país de los años 2010 y 2017.

 

De acuerdo con las estimaciones realizadas en el año 2014 por la oficina de Censo de Estados Unidos de Ámerica y el Instituto de Mexicanos en el Exterior, son 368 mil 454 las personas migrantes Hidalguenses radicadas en la unión americana.

 

Con base en los datos publicados por la Universidad Johns Hopkins, E.U.A., hasta el día 16 de abril de este año, 662,045 personas dieron positivo al coronavirus COVID 19, de las cuales 28,998 fallecieron.

 

A la fecha no se ha generado información oficial sobre cuantos mexicanos e hidalguenses forman parte de estas estadísticas. Los Estados de la Unión Americana, en donde se ha recrudecido la pandemia y se registran más contagios de COVID-19 son: Nueva York, Nueva Jersey, California, Washington y Michigan, en los que se estima viven 119,790 hidalguenses; siendo el Estado de California el que alberga al mayor número de Hidalguenses con 99,732.

 

Por lo anterior, he tenido a bien expedir el siguiente:

 

ACUERDO

 

QUE MODIFICA Y ADICIONA EL ACUERDO QUE CONTIENE LAS REGLAS DE OPERACIÓN DEL PROGRAMA DE ATENCIÓN AL MIGRANTE PARA EL EJERCICIO 2020.

 

ÚNICO. Se REFORMAN: del número 3.4, el párrafo primero; del número 3.4.1, el párrafo primero; del número 3.4.2, el párrafo primero; del número 3.4.3, el párrafo primero; del número 3.4.5.1, la fracción II; y se ADICIONAN del número 3.4, las fracciones de la I a la III; del número 3.4.3.1, la fracción I, incisos a) al e), la fracción II, incisos a) al c); del número 3.4.4, la fracción V; del número 3.4.4.1, la fracción III; del número 3.4.4.2, de la fracción I, el inciso e.; para quedar como sigue:

 

3.4.      …

 

Asesoría, asistencia social o apoyo económico a migrantes hidalguenses en tránsito, migrantes que radican en el extranjero y sus familias en el Estado de Hidalgo para el traslado de restos mortuorios, traslados de enfermos, búsqueda de extraviados, localización de detenidos en el extranjero, visas humanitarias, gastos médicos menores y pago de derechos para cuestiones migratorias, migrantes hidalguenses y sus familias que se encuentren afectados  a causa de una contingencia sanitaria, únicamente para este último supuesto se considerará el apoyo en tres vertientes:

 

  1. Apoyo económico para personas migrantes hidalguense radicadas en lo Estados Unidos de América y que se encuentran diagnosticadas con el COVID-19, siendo el acercamiento a través de un familiar directo que radique en el Estado Hidalgo.
  2. Apoyo económico a familias radicadas en el Estado de Hidalgo, de un migrante hidalguense diagnosticado con el COVID-19 en E.U.A. que se encuentren en vulnerabilidad de recibir el envío de remesas.
  • Apoyo económico a familias de migrantes hidalguenses fallecidos en E.U.A. a consecuencia del COVID-19 para la apertura o puesta en marcha de un proyecto productivo.

 

3.4.1.    …

 

La cobertura será en los 84 municipios del Estado de Hidalgo y en los E.U.A.

 

3.4.2.    …

 

Migrantes hidalguenses que radican en el extranjero, migrantes en tránsito o sus familias que radiquen en el Estado de Hidalgo.

 

3.4.3.    …

 

Familiar directo de una persona migrante hidalguense fallecido, enfermo, extraviado o detenidos en el extranjero, o que se encuentre afectado a causa de una contingencia sanitaria, así como migrantes en retorno o que se encuentren en contexto de movilidad y sus familias.

 

3.4.3.1.      …

 

  1. Familiar directo de una persona migrante hidalguense fallecido, enfermo, extraviado o detenidos en el extranjero, así como migrantes en retorno o que se encuentren en contexto de movilidad y sus familias:

 

  1. Solicitud de apoyo dirigida al titular de la Secretaria de Desarrollo Social;
  2. Cédula de atención. (ANEXO AM20-01);
  3. Identificación oficial o copia de quien solicita el apoyo ;
  4. Copia del acta de nacimiento; y
  5. Copia de CURP.

 

  1. Persona migrante hidalguense que radica en E.U.A. y sus familias, que se encuentre afectado a causa de una contingencia sanitaria:

 

  1. Solicitud de apoyo, la cual se proporcionará por la Secretaría de Desarrollo Social, a través de la Subsecretaría de Desarrollo Social y Humano y la Dirección General de Atención a Migrantes.

 

  1. Copia de los siguientes documentos de la persona migrante:
  2. Acta de nacimiento donde compruebe su origen hidalguense;
  3. Identificación Oficial;
  • Comprobante de domicilio en E.U.A.; y
  1. Clave Única de registro de población (CURP).

 

Agregar para la vertiente 1. Diagnóstico de COVID_19 expedido por una institución hospitalaria pública o privada de E.U.A.

 

  • Copia de los siguientes documentos del familiar directo que solicita el apoyo:
  1. Identificación oficial;
  2. Acta de nacimiento;
  • Comprobante de domicilio en el Estado de Hidalgo;
  1. Clave Única de registro de población (CURP); y
  2. Documento que compruebe el parentesco con la persona migrante.

 

Agregar para la vertiente 2. Diagnóstico de COVID_19 expedido por una institución hospitalaria pública o privada de E.U.A. y comprobante de envío de remesas del último bimestre del año 2019 o primer bimestre del año 2020.

 

Agregar para la vertiente 3. Acta de Defunción del migrante fallecido en E.U.A. en donde se compruebe que el fallecimiento se produjo por efectos y/o complicaciones propias del COVID_19, documento que compruebe el parentesco con la persona migrante fallecida, cotización del proyecto que se va a realizar por el monto establecido y fotografías donde se vaya a realizar el proyecto.

 

3.4.4.        …

 

  1. a la IV. …

 

  1. Migrantes hidalguenses y sus familias que se encuentren afectados a causa de una contingencia sanitaria.

 

3.4.4.1.      …

 

  1. a la II. …

 

  1. Apoyo económico a migrantes hidalguenses y sus familias que se encuentren afectados a causa de una contingencia sanitaria.

 

3.4.4.2.      …

 

 

  1. a   d.

 

  1. Para casos de contingencia sanitaria.

 

Vertiente Monto máximo
I.      Apoyo económico para personas migrantes hidalguenses radicadas en  E.U.A. y que se encuentran diagnosticadas con el COVID-19. El acercamiento será a través de un familiar directo que radique en Hidalgo. Hasta $8,000.00 (Ocho mil pesos 00/100 M.N.)
II.     Apoyo económico a familias radicadas en el Estado de Hidalgo, de un migrante hidalguense diagnosticado con el COVID-19 en  E.U.A. que se encuentren en vulnerabilidad al dejar de recibir el envío de remesas. Hasta $5,000.00 (Cinco mil pesos 00/100 M.N.)
III.   Apoyo económico a familias de migrantes hidalguenses fallecidos en  E.U.A. a consecuencia del virus COVID-19 para la apertura y/o puesta en marcha de un proyecto productivo Hasta 25,000.00 (Veinticinco mil pesos 00/100 M.N.)

 

 

3.4.5.        …

 

3.4.5.1.      …

 

 

  1. Asistir a las reuniones y citas programadas por la Subsecretaría en su caso, y

 

 

T R A N S I T O R I O S

 

PRIMERO. El presente Acuerdo entrará en vigor al día siguiente a su publicación en el Periódico Oficial del Estado de Hidalgo.

 

SEGUNDO. La Secretaría de Desarrollo Social del Estado de Hidalgo dispondrá lo necesario para que las modificaciones a las presentes Reglas de Operación estén disponibles para la población en general en la página de internet de la Secretaría, en cumplimiento con lo establecido en la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Hidalgo; asimismo tendrá en todo momento la facultad de realizar las adecuaciones que se consideren necesarias para la aplicación de las mismas.

 

TERCERO. Los apoyos y subsidios otorgados con base a las Reglas de Operación del Programa de Atención al Migrante para el Ejercicio 2020, publicadas en el Alcance 27, con fecha 28 de febrero del 2020, en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Hidalgo, deberán sujetarse a las mismas hasta su debida conclusión.

 

CUARTO. La interpretación de las presentes Reglas de Operación corresponderá a la Subsecretaría de Desarrollo Social y Humano.

 

DADO EN LA RESIDENCIA DEL PODER EJECUTIVO DEL ESTADO DE HIDALGO, EN LA CIUDAD DE PACHUCA DE SOTO, HIDALGO, A LOS VEINTE DÍAS DEL MES DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL VEINTE.

 

 

EL SECRETARIO DE DESARROLLO SOCIAL

DEL ESTADO DE HIDALGO

 

 

 

LIC. DANIEL ROLANDO JIMÉNEZ ROJO

RÚBRICA

 

 

 


Periódico Oficial Alcance 1 del 24 de abril de 2020

Esto es un extracto, por lo que en el documento que está visualizando puede haber texto, caracteres, imágenes u objetos que no se muestren debido a la conversión a formato HTML, por lo que le recomendamos tomar siempre como referencia el archivo PDF de la edición.

Idioma »