Documento contenido en el Periódico Oficial Alcance 19 del 28 de febrero de 2020

Edición: Alcance 19
Número: 8
Páginas: 75

Contenido:


Secretaría de Educación Pública. – Acuerdopor el que se emiten las Reglas de Operación de los Programas de Becas Institucionales de la Universidad Politécnica de Tulancingo para el Ejercicio Fiscal 2020.

LOS INTEGRANTES DE LA JUNTA DIRECTIVA DE LA UNIVERSIDAD POLITÉCNICA DE TULANCINGO CON FUNDAMENTO EN EL ARTÍCULO 14 FRACCIONES I Y II DE LA LEY DE ENTIDADES PARAESTATALES PARA EL ESTADO DE HIDALGO; ASÍ COMO LOS ARTÍCULOS 1, 2, 3 FRACCIONES I Y VIII, 4 FRACCIONES XVIII Y XIX Y 9 FRACCIÓN III INCISO F) DEL DECRETO GUBERNAMENTAL MEDIANTE EL CUAL SE MODIFICA AL DIVERSO QUE CREO A LA UNIVERSIDAD POLITÉCNICA DE TULANCINGO DE FECHA 07 DE NOVIEMBRE DE 2016 CON LAS FACULTADES QUE LE HAN SIDO CONFERIDAS; Y

 

CONSIDERANDO

 

Primero.- Que el artículo 51 del Decreto Número 308 por el que la Cámara de Diputados del Estado de Hidalgo autorizó el Presupuesto de Egresos del Estado para el Ejercicio Fiscal 2020, publicado el día 31 de diciembre de 2019, establece que los programas a través de los cuales se otorguen subsidios o apoyos estarán sujetos a Reglas de Operación publicadas por las Dependencias y Entidades en el Periódico Oficial, previa autorización de la Secretaría de Finanzas Públicas del Estado así como de la Secretaría de Educación Pública como Dependencia Coordinadora de Sector.

 

Segundo.- Que el Plan Estatal de Desarrollo 2016-2022 con enfoque prospectivo al 2030, ha sido concebido como un instrumento estratégico, con visión de largo plazo y bajo una perspectiva inclusiva y solidaria, en la cual el desarrollo integral y la mejora de las condiciones de bienestar de la población son el centro de las acciones de Gobierno, cuyo tercer eje establece, “Hidalgo Humano e Igualitario, 3.2 Educación de relevancia equipada; 3.2.4 ofrecer educación incluyente y equitativa en todos los niveles y modalidades; 3.2.4.3.4 Instrumentar más becas para tus hijos”.

 

Tercero.- Que con estas acciones Hidalgo se suma a la estrategia del Gobierno Federal para impulsar la educación superior en el país a través de la entrega de apoyos económicos a los estudiantes y sus familias.

 

Cuarto.- Que la Universidad cuenta ejercicio de las facultades que le confieren el artículo 9 fracción III inciso f) del Decreto Gubernamental mediante el cual se modifica al diverso que creo a la Universidad Politécnica de Tulancingo de fecha 07 de noviembre de 2016 con los cuales son sustento también de las presentes Reglas de Operación que en el presente Acuerdo se publican.

 

Quinto.- Esto conlleva a regular el proceso de selección y asignación de becas institucionales se realice con base en criterios de legalidad, honestidad, eficiencia, eficacia, economía, racionalidad, transparencia, control, rendición de cuentas y equidad de género, como lo establecen los estatus del Comité de Becas de la Universidad Politécnica de Tulancingo.

 

Sexto.- Que las Reglas de Operación establecen disposiciones a las que deben sujetarse determinados programas y recursos públicos con el objeto de otorgar certeza, imparcialidad, transparencia y asegurar la aplicación eficiente, eficaz, oportuna y equitativa de los fondos del erario público asignados a los mismos.

 

Septimo.- Misma que se desprende de la Acta de Sesión Extraordinaria II del ejercicio fiscal 2020 de la Junta Directiva de la Universidad Politécnica de Tulancingo de fecha 21 de febrero de 2020, donde se aprueban las presentes Reglas de Operación de Becas Institucionales 2020.

 

En cumplimiento a lo anterior hemos tenido a bien expedir el siguiente:

 

ACUERDO

 

POR EL QUE SE EMITEN LAS REGLAS DE OPERACIÓN DE LOS PROGRAMAS DE BECAS INSTITUCIONALES DE LA UNIVERSIDAD POLITÉCNICA DE TULANCINGO PARA EL EJERCICIO FISCAL 2020.

 

UNICO. Se emiten las Reglas de Operación de los Programas de Becas Institucionales: Becas académicas (de Aprovechamiento, de Excelencia, de Posgrado), Beca alimenticia.

 

INDICE

 

  1. Introducción.

 

  1. Objetivos.

2.1 General.

  • Específicos.

 

  1. Aspectos generales

3.1. Población objetivo

3.2. Requisitos

3.3. Procedimiento de selección

3.4 Características de los apoyos (tipo y monto)

 

  1. Aspectos financieros.

 

  1. Derechos, obligaciones, causas de incumplimiento y cancelaciones generales.

5.1 Derechos generales aplicables a todos los beneficiarios de una Beca Institucional.

5.2  Obligaciones generales de todos los beneficiarios de las becas.

5.3 Causales generales de cancelación.

 

  1. Auditoría, control y seguimiento.

 

  1. Transparencia.

7.1. Difusión.

7.2. Contraloría social.

 

  1. Quejas y denuncias

 

  1. Tipos de becas

9.1 Becas académicas (de Aprovechamiento, de Excelencia, de Posgrado)

 

9.2 Beca alimenticia

 

  1. INTRODUCCIÓN

 

Para el actual gobierno del Estado de Hidalgo, la educación es un tema  estratégico, la inversión en educación es la mejor acción que se pueda realizar para mejorar las condiciones de vida de las familias y generar desarrollo económico y social.

 

Estos ideales se rescatan en el Plan Estatal de Desarrollo que establece:

 

“Eje 3. Hidalgo Humano e Igualitario 3.2 Educación de relevancia y equipada.

Impartir servicios educativos con suficiencia, calidad y relevancia, que garanticen el acceso a los niveles educativos en igualdad y con recursos destinados a programas de impacto que incidan en la mejora de las condiciones de bienestar de las personas.”… además establece como un compromiso otorgar “más becas para tus hijos”.

 

Los  recursos económicos que se entregan son una ayuda para subsanar los gastos correspondientes al desempeño escolar, sin embargo una parte importante de la población de bajos ingresos no tiene acceso a la educación de nivel superior, aun cuando posean las capacidades cognitivas para iniciar y concluir con éxito estos estudios, la falta de recursos económicos en los hogares de los estudiantes de educación superior es una condición que impacta negativamente en la permanencia y aprovechamiento de sus estudios.

 

Sobre todo es importante apoyar a quienes con un esfuerzo mayor realizan estudios superiores y que tienen un origen indígena, alguna discapacidad, o viven en una situación de pobreza o son madres o padres solteros, pero también es justo reconocer el talento y sacrificio de quienes obtienen los mejores promedios de sus carreras.

 

El gobernador impulsa la creación de oportunidades en todos los niveles escolares y avanza en el mejoramiento de los apoyos que se entregan a los estudiantes para que logren el objetivo superior de concluir una carrera profesional.

 

Los Programas de Becas Institucionales de Educación Superior, es una iniciativa del Gobierno del Estado de Hidalgo, y en la Universidad Politécnica de Tulancingo, estamos convencidos de que es fundamental apoyar a los estudiantes, por ello contamos con becas que fortalecen el desarrollo de los estudios de educación superior como Becas  Institucionales: Becas académicas (de Aprovechamiento, de Excelencia, de Posgrado), Beca alimenticia, dirigidas a estudiantes inscritos que presenten alguna característica específica,  tales como: estudiantes con aprovechamiento académico destacado o de excelencia, que representen a su institución en un ámbito de competencia cultural y/o deportiva, que se encuentren en condición socioeconómica vulnerable, entre otras.

 

 

2.1 General.

 

Beneficiar a estudiantes inscritos en la Universidad Politécnica de Tulancingo con una beca institucional que les permita fortalecer el desarrollo de sus estudios de nivel superior.

 

2.2 Específicos.

 

Los objetivos específicos de las Becas Institucionales de la Universidad Politécnica de Tulancingo son:

 

  • Otorgar Becas Institucionales a estudiantes con aprovechamiento académico destacado o de excelencia.
  • Otorgar Becas Institucionales a estudiantes que se encuentren en condición socioeconómica vulnerable.
  • Otorgar Becas Institucionales a estudiantes que determine el Comité de Becas de esta casa de estudios.

 

  1. Aspectos generales.

 

3.1. Población objetivo.

 

Estudiantes de nivel Licenciatura o Posgrado,  que se encuentren realizando estudios en la Universidad Politécnica de Tulancingo, y que cumplan las especificaciones se encuentran en cada apartado por tipo de beca de estas Reglas de Operación.

 

3.2. Requisitos.

 

Los requisitos para participar en las distintas becas otorgadas por la Universidad Politécnica de Tulancingo, se especifican de manera clara y son los mínimos indispensables en beneficio de los estudiantes que se encuentren realizando estudios, por tipo de beca en estas Reglas de Operación.

 

3.3 Procedimiento de selección

 

Con el fin de garantizar la transparencia, imparcialidad, objetividad e igualdad de oportunidades en los procesos de selección de los beneficiarios y de la asignación de  becas, institucionales que ofrece la Universidad Politécnica de Tulancingo, se cuenta con un Comité de Becas Institucional, que es el responsable de controlar y vigilar la operación del Programa con el fin de maximizar sus resultados y logros.

 

El Comité de Becas Institucional es el órgano encargado de realizar el procedimiento correspondiente y aplicar los mecanismos necesarios para poder otorgar las becas institucionales según sea el tipo de solicitud del aspirante becario, de acuerdo a las facultades y obligaciones en las presentes Reglas de Operación, así como en el Reglamento de Becas de la Universidad Politécnica de Tulancingo.

 

El Comité de Beca Institucional de la Universidad Politécnica de Tulancingo actuará conforme a los principios de equidad de género y derechos humanos, para prevenir la discriminación de personas o grupos de personas por origen étnico, preferencia sexual o por discapacidad. Además, podrá implementar acciones con el objeto de reducir las brechas de género.

 

Los procedimientos a seguir por cada tipo de beca, se encuentran en el numeral 9 de las presentes reglas y contiene toda la información referente a Convocatoria, Documentos a entregar, Recepción de solicitudes y validación de expediente, Criterio de Compatibilidad y restricciones, Criterios de priorización y Publicación de resultados por tipo de beca.

3.4 Características de los apoyos (tipo y monto).

 

Los apoyos consistirán en la entrega de recursos económicos, apoyo al pago de inscripción y reinscripción según corresponda, otorgamiento de alimentos y se encuentran especificados en cada uno de los Tipos de becas señalados en las presentes reglas y éstos tendrán que utilizarse para los fines que fueron establecidos.

 

Los tipos de apoyo son los siguientes:

 

Cuatrimestre enero-abril 2020 (Aplican los montos de acuerdo al Periódico oficial del Estado de Hidalgo, Cuotas y Tarifas del Organismo Público Descentralizado de la Administración Pública Estatal denominado “Universidad Politécnica de Tulancingo”, para el ejercicio fiscal del año 2019):

 

Tipo de Beca Monto o Beneficio
Excelencia de Nuevo Ingreso $1,363.00
Excelencia $1,206.00
Aprovechamiento $1,206.00
Posgrado Maestría: $2,726.00 y Doctorado: $6,080.00
Alimenticia Una comida diaria de lunes a viernes durante el cuatrimestre para el que fue otorgada la beca.

 

Cuatrimestre mayo-agosto y septiembre-diciembre 2020: (Aplican los montos de acuerdo al Periódico oficial del Estado de Hidalgo, Cuotas y Tarifas del Organismo Público Descentralizado de la Administración Pública Estatal denominado “Universidad Politécnica de Tulancingo”, para el ejercicio fiscal del año 2020, autorizado en el mes de febrero del presente año):

 

Tipo de Beca Monto o Beneficio
Excelencia de Nuevo Ingreso $1,401.00
Excelencia $1,240.00
Aprovechamiento $1,240.00
Posgrado Maestría: $2,803.00 y Doctorado: $6,252.00
Alimenticia Una comida diaria de lunes a viernes durante el cuatrimestre para el que fue otorgada la beca.

 

  1. Aspectos financieros.

 

Los recursos para la operación e implementación de las Becas Institucionales corresponderán al presupuesto autorizado para el ejercicio fiscal 2020.

 

Las becas otorgadas durante el ejercicio 2020, serán aplicables única y exclusivamente al ejercicio fiscal correspondiente, siempre y cuando la suficiencia presupuestal de la Universidad Politécnica de Tulancingo lo permita y el estudiante cumpla con los requisitos especificados en el apartado de Requisitos de cada uno de los Tipos de becas de las presentes Reglas de Operación correspondiente al apartado 9.

 

Cuando la beca sea en especie, las características de los apoyos se precisarán en las convocatorias  o instrumentos jurídicos aplicables.

 

En ningún caso se podrán utilizar los recursos financieros asignados para el pago de prestaciones de carácter económico, compensaciones, sueldos o sobresueldos a personal directivo, docente o empleadas/os, que laboren en la Universidad Politécnica de Tulancingo.

 

De acuerdo a la disponibilidad presupuestal de la Institución del ejercicio correspondiente 2020, se destinan recursos para las diversos Tipos de becas, lo cual queda establecido y calendarizado en la Actividad 1.7 “Becas” del Programa Operativo Anual de la Universidad Politécnica de Tulancingo, conforme a las metas proyectadas.

 

Paso seguido, se realiza la asignación del recurso de acuerdo a la naturaleza de la beca; en el caso de otorgar un apoyo en el pago de la colegiatura, se realiza mediante la entrega de un cheque a los estudiantes que servirá como evidencia a esta Institución ante instancias auditorias del correcto uso para el recurso, y en el caso de las alimenticias, se realiza mediante acuerdo con el responsable de la Cafetería de la Institución para que proporcione a los estudiantes beneficiados con lo establecido en el apartado 9 de las presentes reglas de operación; por lo que todo el recurso ejercido es devengado.

 

  1. Derechos, obligaciones, causas de incumplimiento y cancelaciones generales.

 

Los Derechos, obligaciones, causas de incumplimiento y cancelaciones generales, establecidos por la Universidad Politécnica de Tulancingo garantizarán el respeto a los derechos humanos y a la equidad de género, así como la salvaguarda de los derechos civiles, políticos, económicos, sociales y culturales de los beneficiarios, estos aplican para todos los Tipos de becas.

 

5.1 Derechos Generales aplicables a todos los beneficiarios de una Beca Institucional.

 

  1. Recibir un trato digno y respetuoso, sin discriminación alguna por parte de los servidores públicos adscritos a las áreas responsables de la ejecución de las Becas Institucionales.
  2. Tener acceso a la información necesaria, de manera clara y oportuna, para resolver sus dudas respecto de las bases de las convocatorias o instrumentos jurídicos aplicables publicados.
  • Que las áreas responsables de la ejecución de las Becas Institucionales respeten la confidencialidad de sus datos personales en los términos establecidos en la normatividad aplicable.
  1. Presentar ante la Contraloría Social las quejas o sugerencias cuando considere haber sido objeto de algún trato discriminatorio o de mala atención por parte de los/as servidores públicos durante el proceso para obtener la Beca Institucional.
  2. Recibir atención personalizada por parte de los Enlaces de Becas de sus Instituciones sobre las dudas, quejas o sugerencias que deseen presentar.

 

5.2  Obligaciones Generales de todos los beneficiarios de las becas.

 

  1. Cumplir con cada uno de los procesos que marquen las convocatorias o instrumentos jurídicos aplicables en tiempo y forma.
  2. Entregar la documentación que sea requerida y en los términos que fue solicitada en las convocatorias o instrumentos jurídicos aplicables y conducirse con veracidad.
  • Acatar las fechas establecidas en cada proceso, así como estar al pendiente de la publicación de resultados.
  1. Dar trato digno y respetuoso a todas las autoridades y representantes de la Universidad Politécnica de Tulancingo.
  2. Asistir a clases y cumplir con el plan de estudios, reglamentos y legislación de la Universidad Politécnica de Tulancingo.
  3. Observar una buena conducta dentro y fuera de la Universidad Politécnica de Tulancingo.
  • Acudir a las reuniones informativas sobre asesorías y pagos de las Becas Institucionales.
  • Participar en las encuestas, cuestionario y demás instrumentos de evaluación que le sean requeridos.
  1. Asistir a los llamados que la Institución educativa determine.
  2. Informar al Comité de Becas de cualquier cambio en su situación económica o académica

 

5.3 Causales Generales de cancelación.

 

  1. Presentar documentación apócrifa durante el proceso de selección.
  2. Cuando el beneficiario presente “Carta Renuncia” a la beca.
  • Fallecimiento del beneficiario.
  1. Que se detecte que el beneficiario cuente con otra Beca.
  2. Cuando el beneficiario cause baja escolar.
  3. Cuando el beneficiario incumpla en alguno de los supuestos del Código de Ética de la Universidad Politécnica de Tulancingo, así como cualquier conducta que sea considerada como falta académica.
  • Cuando en beneficiario de la beca incumpla con alguna de las obligaciones que establece la presente Reglas de Operación.

 

Estos casos son enunciativos mas no limitativos, por lo que en los casos no previstos se someterán a consideración del Comité de Becas Institucional y éste especificará el procedimiento que deberá seguir el beneficiario.

 

 

  1. Auditoría, control y seguimiento.

 

Para efectos de  fiscalización y transparencia de los recursos asignados al programa, podrán ser revisados por la instancia correspondiente que para tal efecto se determine por el Órgano Interno de Control de la SEPH o por la Secretaría de Educación Pública de Hidalgo o por el Órgano Interno de Control de la Universidad Politécnica de Tulancingo.

 

La Universidad Politécnica de Tulancingo dará todas las facilidades e información que le sea solicitada por los auditores en los procesos de revisión a los que sea sometidas las Becas Institucionales.

 

La Universidad Politécnica de Tulancingo llevará un registro y control de todos los documentos y actas generadas por cada proceso del Programa, archivadas de manera cronológica observando la Ley de Archivos para el Estado de Hidalgo.

 

La Universidad Politécnica de Tulancingo, a través de su enlace de becas, deberá reportar y actualizar mensualmente (primeros 5 días de cada mes), en el Sistema de Registro y Seguimiento de Becas de Educación Media Superior y Superior, coordinado por la Dirección de Becas de Educación Media Superior y Superior, toda la información relativa a las becas que se otorgan.

 

  1. Transparencia.

 

7.1. Difusión.

 

Para garantizar la transparencia en el ejercicio de los recursos, se dará amplia difusión de las Becas Institucionales.

 

La papelería, documentación oficial, así como la publicidad y promoción de estas, deberán incluir la siguiente leyenda: “Este programa es Público, ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines distintos al desarrollo Social”.

 

Además, se deberán difundir todas aquellas medidas para garantizar los derechos humanos y la igualdad entre mujeres y hombres en la aplicación de las Becas Institucionales.

 

De acuerdo a lo establecido en el artículo 70, fracción XV de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, se publicará y mantendrá actualizada la información relativa a las presentes becas.

 

7.2. Contraloría social.

 

Se promoverá la participación de la población beneficiaria de las Becas Institucionales a través de la integración y operación de contralorías sociales, para el seguimiento, supervisión y vigilancia del cumplimiento de las metas y acciones comprometidas, así como de la correcta aplicación de los recursos públicos asignados al mismo.

 

Para lograr lo anterior, la Universidad Politécnica de Tulancingo deberá sujetarse a lo establecido en los Lineamientos emitidos para este fin por la Secretaría de Contraloría del Estado; para la integración de los Comités de Contraloría Social se promoverá la participación igualitaria de hombres y mujeres.

 

  1. Quejas y denuncias.

 

En caso de que surja alguna duda, queja o aclaración relacionado con el procedimiento que regula el presente acuerdo, se podrá acudir a las oficinas la Dirección de Servicios Educativos de la Universidad Politécnica de Tulancingo ubicadas en la calle de Ingenierías número 100, Colonia Huapalcalco Tulancingo de Bravo, Hidalgo o al teléfono 775-75-58202 extensión 1106 o al correo electrónico servicios.escolares@upt.edu.mx.

 

  1. Tipos de becas.

 

La Universidad Politécnica de Tulancingo, dependiendo de la suficiencia presupuestal para el ejercicio fiscal 2020, podrá ofrecer diversas becas Institucionales mencionadas en el punto 3.4, para ello publicará la convocatoria correspondiente observando lo estipulado en las presentes Reglas de Operación:

 

9.1 Becas académicas.

 

Son las Becas Institucionales otorgadas por la Universidad Politécnica de Tulancingo, las cuales podrán beneficiar a los estudiantes con el apoyo total o parcial de las cuotas de acuerdo a las tarifas establecidas; correspondientes al concepto de Inscripción o reinscripción.

 

9.1.1 Población Objetivo.

 

Estudiantes de nivel Licenciatura o posgrado, que se encuentren realizando estudios en la Universidad Politécnica de Tulancingo, y que tengan el siguiente perfil, según corresponda al tipo de beca:

 

De Aprovechamiento y de Excelencia.- Beca de Excelencia de Nuevo Ingreso dirigida a los estudiantes de Nuevo Ingreso con el mejor promedio de su generación que obtuvieron al concluir su bachillerato, Beca de Excelencia: para los estudiantes con un promedio general mayor o igual a ocho y estatus académico de regular, Beca de Aprovechamiento: dirigida  para  alumnos con un promedio general mayor o igual a siete y menor que ocho, con estatus académico de regular.

 

De Posgrado.-  beneficia a estudiantes inscritos en un programa de estudios de posgrado con un promedio mayor o igual a ocho y estatus académico de regular.

 

9.1.2 Características de la Beca.

 

La beca académica consiste en el apoyo total o parcial del pago de inscripción o reinscripción, que cubrirán un periodo comprendido en el cuatrimestre en que se encuentra inscrito, de acuerdo al Punto 3.4 del presente documento.

 

Los apoyos se realizarán según quede establecido en los plazos definidos en las convocatorias correspondientes.

 

El Comité de Becas de la Universidad Politécnica de Tulancingo, es la instancia responsable de autorizar e instruir las autorizaciones de apoyo de los pagos que correspondan a los alumnos beneficiados con la beca, conforme a la disponibilidad presupuestal para el ejercicio fiscal 2020.

 

Para ello, al momento de publicar los resultados se definirá el proceso y los periodos del beneficio. En caso de que los alumnos beneficiados incumplan con algún requisito establecido en estas Reglas de Operación o Reglamento de Becas, no se les otorgara la beca.

 

9.1.3 Requisitos:

 

Para todas las modalidades el aspirante deberá acreditar y presentar con documento idóneo:

 

  1. Nacionalidad mexicana o su residencia legal en el país.
  2. Ser Estudiante inscrito en un programa educativo de licenciatura, maestría o doctorado en la Universidad Politécnica de Tulancingo dependiendo la naturaleza de la beca.
  3. Que justifiquen a juicio del Comité de Becas, la situación económica que los obligue a solicitarla.
  4. No contar con alguna otra beca.

 

Requisitos Específicos:

 

Beca de Excelencia y la Beca de Posgrado:

  • Contar con promedio general, igual o mayor a 8.0.
  • Ser estudiante con el estatus académico de regular.

 

Beca de Aprovechamiento:

  • Contar con promedio general, igual o mayor a siete y menor a ocho.
  • Ser estudiante con el estatus académico de regular.

 

Beca de Excelencia de Nuevo Ingreso:

  • Contar con el mejor promedio de su generación del Bachillerato de egreso.

9.1.4 Convocatoria:

 

Se emitirán tres convocatorias durante el ejercicio fiscal 2020, previamente autorizadas por el Comité de Becas de la Universidad Politécnica de Tulancingo y esta deberá contener de manera clara y específica lo siguiente:

 

Dirigido a los estudiantes de la Universidad Politécnica de Tulancingo con el objeto de Otorgar el beneficio de una beca, de acuerdo a las siguientes:

 

BASES.

 

PRIMERA.- REQUISITOS:

SEGUNDA.- DOCUMENTOS A ENTREGAR:

TERCERA.- REGISTRO Y RECEPCIÓN DE EXPEDIENTES:

CUARTA.- CARACTERÍSTICAS DE LA BECA:

QUINTA.- CRITERIO DE COMPATIBILIDAD:

SEXTA.- CRITERIOS DE PRIORIZACIÓN:

SÉPTIMA.- PROCEDIMIENTO:

OCTAVA.- PUBLICACIÓN DE RESULTADOS:

NOVENA.- DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LOS BECARIOS:

Derechos

Obligaciones

 

DÉCIMA.- CALENDARIO GENERAL:

 

PRIMERA CONVOCATORIA

ACTIVIDAD FECHAS
Registro de la solicitud Del 23 al 31 de enero
Recepción de Documentos Del 23 al 31 de enero
Publicación de Resultados Primera semana del mes de febrero

 

 

 

 

 

 

SEGUNDA CONVOCATORIA

ACTIVIDAD FECHAS
Registro de la solicitud Del 18 al 29 de mayo
Recepción de Documentos Del 18 al 29 de mayo
Publicación de Resultados Primera semana del mes de junio

 

 

 

 

 

 

 

TERCERA CONVOCATORIA

ACTIVIDAD FECHAS
Registro de la solicitud Del 17 al 30 de septiembre
Recepción de Documentos Del 17 al 30 de septiembre
Publicación de Resultados Primera Semana del mes de octubre

 

 

 

 

 

 

Los casos no previstos en la presente convocatoria, serán resueltos por el Comité de Becas de la Universidad Politécnica de Tulancingo.

 

Para cualquier duda, queja o sugerencia sobre esta convocatoria y los procesos de pago, comunicarse a la oficina de al teléfono  775-75-58202 extensión 1106 o al correo electrónico servicios.escolares@upt.edu.mx.

 

Dr. Arturo Gil Borja

Rector de la Universidad Politécnica de Tulancingo

 

“Este programa es Público, ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines distintos al desarrollo Social”

 

9.1.5 Documentos a Entregar:

 

Los estudiantes deberán entregar la siguiente documentación en Departamento de Servicios Escolares de la Universidad Politécnica de Tulancingo, conforme a los periodos establecidos en la convocatoria correspondiente, atendiendo a lo especificado en la sección de “Procedimientos” y por lo menos deberá contener:

 

  1. Solicitud de Beca.
  2. Una fotografía tamaño infantil.
  3. Carta de entrega de beca de excelencia, la cual es proporcionada por la Universidad Politécnica de Tulancingo (Aplica solamente en la Beca de Excelencia de Nuevo Ingreso).

 

9.1.6 Registro y Recepción de Solicitudes:

 

  1. El trámite de registro y solicitud de la beca es gratuito y quedarán especificados en las convocatorias respectivas, las fechas y lugares de recepción.

 

9.1.7 Criterio de Compatibilidad:

 

El alumno beneficiado con alguna de las Becas Institucionales de Educación Superior otorgadas por la Universidad Politécnica de Tulancingo, no puede recibir beca en 2 o más modalidades, sin embargo, este criterio queda exento con algunas de las becas que otorgan el Gobierno Estatal y/o Federal; siempre y cuando el comité de becas así lo determine, de conformidad con las normatividad y disposición presupuestaria vigente.

 

9.1.8 Criterios de Priorización:

 

El cumplimiento de los requisitos y/o criterios de priorización no garantizan el otorgamiento de la beca debido a que está sujeta a la suficiencia presupuestaria del ejercicio fiscal 2020.

 

En ningún caso, los criterios de selección y priorización resultarán discriminatorios en materia de género y de derechos humanos. Cuando los recursos disponibles sean insuficientes para otorgar una Beca Institucional a todos los estudiantes aspirantes, los beneficiarios serán seleccionados, en función del orden de los siguientes criterios:

 

  1. Aspirantes con algún tipo de discapacidad motriz, visual, auditiva o alguna enfermedad grave que comprometa la vida.
  2. Estudiantes con un mejor desempeño académico obtenido en el periodo escolar inmediato anterior en estricto orden de prelación atendiendo un orden de mayor a menor, garantizando el acceso en equidad de género a la Beca; para los estudiantes de nuevo ingreso se considerará el promedio general obtenido en el certificado de egreso de Educación Media Superior.
  3. Madres o padres de familia y mujeres en periodo de gestación.
  4. Aspirantes provenientes de municipios y localidades rurales y/o con presencia de más del 40% de población indígenas establecidos en los catálogos del:
    • Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI).
    • Instituto Nacional de Pueblos Indígenas (INPI).
    • Su equivalente estatal en contextos urbanos marginados.
  5. Víctimas directas e indirectas del delito y que puedan acreditar la investigación de los hechos mediante documento oficial.

 

9.1.9 Procedimiento:

 

El procedimiento estará definido de la siguiente manera:

 

  1. Se publicará la convocatoria de becas institucionales en todos los medios de comunicación institucionales.
  2. Los alumnos entregan la solicitud de beca o requisitos según la naturaleza de la beca a solicitar en el Departamento de Servicios Escolares de la Universidad Politécnica de Tulancingo.
  3. El Departamento de Servicios Escolares elabora y presenta el listado de aspirantes de beca al Comité de Becas de la Universidad Politécnica de Tulancingo.
  4. El Comité de Becas de la Universidad Politécnica de Tulancingo efectuará una evaluación del listado y expediente del solicitante y emitirá las resoluciones correspondientes.
  5. El Departamento de Servicios Escolares solicitará la publicación de los resultados de los beneficiados de beca a la Dirección de Comunicación Social, en las fechas establecidas en la convocatoria.
  6. Los alumnos beneficiados con algún tipo de beca deberán cumplir con lo establecido en la convocatoria.

El presente procedimiento se visualiza en el siguiente diagrama de flujo.

 

 

9.1.10 Publicación de Resultados:

 

El Comité de Becas institucionales de la Universidad Politécnica de Tulancingo deberán emitir y publicar los resultados de la asignación de becas, en su página electrónica oficial y de manera impresa al interior de la Institución.

 

El Comité de Becas de la Universidad Politécnica de Tulancingo, publicará los resultados de los beneficiados de las becas por programa educativo en la primera semana del segundo mes de cada cuatrimestre en turno.

 

 

  • Derechos y Obligaciones Específicos de los Becarios:

 

Los derechos y obligaciones de los becarios son los siguientes:

 

  • Derechos específicos
  1. Recibir los beneficios de la beca de acuerdo con lo señalado en el dictamen correspondiente.
  2. Recibir cualquier información relativa a circunstancias que afecten su condición de becario.

 

  • Obligaciones específicas
  1. Asistir a las reuniones de becarios a las que sean convocados;
  2. Informar al Comité de Becas de cualquier cambio en su situación económica o académica; y
  3. Las demás que establezca este Reglamento y/o que resulten de convenios específicos.

 

9.2 Becas alimenticias.

 

Son las Becas Institucionales otorgadas por la Universidad Politécnica de Tulancingo las cuales podrán beneficiar a los estudiantes inscritos con el otorgamiento de una comida al día durante el periodo estipulado en la convocatoria o en el instrumento jurídico aplicable.

 

9.2.1 Población Objetivo.

 

Estudiantes de nivel Licenciatura, que se encuentren realizando estudios en la Universidad Politécnica de Tulancingo, así como alumnos que representen a la institución en competencias culturales y deportivas de manera destacada.

 

9.2.2 Características de la Beca:

 

La beca Alimenticia consiste en otorgar una comida de lunes a viernes, en el transcurso del cuatrimestre en el que está inscrito el estudiante.

 

Los alimentos se entregarán según quede establecido en los plazos definidos en las convocatorias correspondientes.

 

El Comité de Becas de la Universidad Politécnica de Tulancingo, es la instancia responsable de autorizar e instruir las autorizaciones de alimentos correspondientes a los alumnos beneficiados con la beca, conforme a la disponibilidad presupuestal para el ejercicio fiscal 2020.

 

Para ello, al momento de publicar los resultados se definirá el proceso y los periodos de entrega de beneficios. En caso de que los estudiantes beneficiados incumplan con algún requisito establecido en estas Reglas de Operación o Reglamento de Becas de dicho beneficio.

 

9.2.3 Requisitos.

 

Para todas las modalidades el aspirante deberá presentar:

 

  1. Nacionalidad mexicana o acreditar su residencia legal en el país.
  2. Ser Estudiante inscrito en un programa educativo de nivel licenciatura.
  3. Que justifiquen a juicio del Comité de Becas, la situación económica que los obligue a solicitarla.
  4. No contar con alguna otra beca.

 

9.2.4 Convocatoria:

 

Se emitirán tres convocatoria(s) durante el 2020, previamente autorizadas por el Comité de Becas de la Universidad Politécnica de Tulancingo y esta deberá contener de manera clara y específica lo siguiente:

 

Dirigido a los estudiantes de la Universidad Politécnica de Tulancingo con el objeto de Otorgar el beneficio de una beca, de acuerdo a las siguientes:

 

BASES.

PRIMERA.- REQUISITOS:

SEGUNDA.- DOCUMENTOS A ENTREGAR:

TERCERA.- REGISTRO Y RECEPCIÓN DE EXPEDIENTES:

CUARTA.- CARACTERÍSTICAS DE LA BECA:

QUINTA.- CRITERIO DE COMPATIBILIDAD:

SEXTA.- CRITERIOS DE PRIORIZACIÓN:

SÉPTIMA.- PROCEDIMIENTO:

OCTAVA.- PUBLICACIÓN DE RESULTADOS:

NOVENA.- DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LOS BECARIOS:

Derechos

Obligaciones

 

DÉCIMA.- CALENDARIO GENERAL:

 

PRIMERA CONVOCATORIA

ACTIVIDAD FECHAS
Registro de la solicitud Del 23 al 31 de enero
Recepción de Documentos Del 23 al 31 de enero
Publicación de Resultados Primera semana del mes de febrero

 

 

 

 

 

 

SEGUNDA CONVOCATORIA

ACTIVIDAD FECHAS
Registro de la solicitud Del 18 al 29 de mayo
Recepción de Documentos Del 18 al 29 de mayo
Publicación de Resultados Primera semana del mes de junio

 

 

 

 

 

 

TERCERA CONVOCATORIA

ACTIVIDAD FECHAS
Registro de la solicitud Del 17 al 30 de septiembre
Recepción de Documentos Del 17 al 30 de septiembre
Publicación de Resultados Primera Semana del mes de octubre

 

 

 

 

 

 

Los casos no previstos en la presente convocatoria, serán resueltos por el Comité de Becas de la Universidad Politécnica de Tulancingo.

 

Para cualquier duda, queja o sugerencia sobre esta convocatoria y los procesos de pago, comunicarse a la oficina de al teléfono  775-75-58202 extensión 1106 o al correo electrónico servicios.escolares@upt.edu.mx.

 

 

Dr. Arturo Gil Borja

Rector de la Universidad Politécnica de Tulancingo

 

“Este programa es Público, ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines distintos al desarrollo Social”

 

9.2.5 Documentos a Entregar:

 

Los estudiantes deberán entregar la siguiente documentación en Departamento de Servicios Escolares de la Universidad Politécnica de Tulancingo, conforme a los periodos establecidos en la convocatoria correspondiente, atendiendo a lo especificado en la sección de “Procedimientos” y por lo menos deberá contener:

 

  1. Solicitud de Beca.
  2. Una fotografía tamaño infantil.

 

  • Registro y Recepción de Solicitudes:

 

  1. El trámite de registro y solicitud de la beca es gratuito y quedarán especificados en las convocatorias respectivas, las fechas y lugares de recepción.

 

9.2.7 Criterio de Compatibilidad:

 

El alumno beneficiado con alguna de las Becas Institucionales de Educación Superior otorgadas por la Universidad Politécnica de Tulancingo, no puede recibir el beneficiado en 2 o más modalidades, sin embargo, este criterio queda exento con algunas de las becas que otorgan el Gobierno Estatal y/o Federal; siempre y cuando el comité de becas así lo determine, de conformidad con las normatividad y disposición presupuestaria vigente.

 

9.2.8 Criterios de Priorización.

 

El cumplimiento de los requisitos y/o criterios de priorización no garantizan el otorgamiento de la beca debido a que está sujeta a la suficiencia presupuestaria del ejercicio fiscal 2020.

 

En ningún caso, los criterios de selección y priorización resultarán discriminatorios en materia de género y de derechos humanos. Cuando los recursos disponibles sean insuficientes para otorgar una Beca Institucional a todos los estudiantes aspirantes, los beneficiarios serán seleccionados, en función del orden de los siguientes criterios:

 

  1. Aspirantes con algún tipo de discapacidad motriz, visual, auditiva o alguna enfermedad grave que comprometa la vida.
  2. Estudiantes con un mejor desempeño académico obtenido en el periodo escolar inmediato anterior en estricto orden de prelación atendiendo un orden de mayor a menor, garantizando el acceso en equidad de género a la Beca; para los estudiantes de nuevo ingreso se considerará el promedio general obtenido en el certificado de egreso de Educación Media Superior.
  3. Madres o padres de familia y mujeres en periodo de gestación.
  4. Aspirantes provenientes de municipios y localidades rurales y/o con presencia de más del 40% de población indígenas establecidos en los catálogos del:
    • Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI).
    • Instituto Nacional de Pueblos Indígenas (INPI).
    • Su equivalente estatal en contextos urbanos marginados.
  5. Víctimas directas e indirectas del delito y que puedan acreditar la investigación de los hechos mediante documento oficial.

 

9.2.9 Procedimiento.

 

El procedimiento estará definido de la siguiente manera:

 

  1. Se publicará la convocatoria de becas institucionales en todos los medios de comunicación institucionales.
  2. Los alumnos entregan la solicitud de beca o requisitos según la naturaleza de la beca a solicitar en el Departamento de Servicios Escolares de la Universidad Politécnica de Tulancingo.
  3. El Departamento de Servicios Escolares elabora y presenta el listado de aspirantes de beca al Comité de Becas de la Universidad Politécnica de Tulancingo.
  4. El Comité de Becas de la Universidad Politécnica de Tulancingo efectuará una evaluación del listado y expediente del solicitante y emitirá las resoluciones correspondientes.
  5. El Departamento de Servicios Escolares solicitara la publicación de los resultados de los beneficiados de beca a la Dirección de Comunicación Social, en las fechas establecidas en la convocatoria.
  6. Los alumnos beneficiados con algún tipo de beca deberán cumplir con lo establecido en la convocatoria.

 

El presente procedimiento se visualiza en el siguiente diagrama de flujo.

 

9.2.10 Publicación de Resultados:

 

El Comité de Becas institucionales de la Universidad Politécnica de Tulancingo deberán emitir y publicar los resultados de  la asignación de becas, en su página electrónica oficial y de manera impresa al interior de la Institución.

 

El Comité de Becas de la Universidad Politécnica de Tulancingo, publicará los resultados de los beneficiados de las becas por programa educativo en la primera semana del segundo mes de cada cuatrimestre en turno.

 

  • Derechos y Obligaciones Específicos de los Becarios.

 

Los derechos y obligaciones de los becarios son los siguientes:

 

  • Derechos específicos.
  1. Recibir los beneficios de la beca de acuerdo con lo señalado en el dictamen correspondiente.
  2. Recibir cualquier información relativa a circunstancias que afecten su condición de becario.

 

 

  • Obligaciones específicas.
  1. Asistir a las reuniones de becarios a las que sean convocados;
  2. Informar al Comité de Becas de cualquier cambio en su situación económica o académica; y
  3. Las demás que establezca este Reglamento y/o que resulten de convenios específicos.

 

TRANSITORIOS.

 

PRIMERO. El presente Acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial del Estado de Hidalgo.

 

SEGUNDO. Se derogan todas las disposiciones que se opongan al presente acuerdo, excepto los reglamentos de Becas Institucionales vigentes.

 

Dado en las oficinas de la Universidad Politécnica de Tulancingo, a los 27 veintisiete días de febrero del año dos mil veinte, en la Ciudad de Tulancingo, Estado de Hidalgo.

 

INTEGRANTES DE LA JUNTA DIRECTIVA
PRESIDENTE SUPLENTE
 

 

_______________________________

ING. MIGUEL ÁNGEL MÁRQUEZ CUÉLLAR

DIRECTOR DE VINCULACIÓN Y FORTALECIMIENTO DE LA

SECRETARÍA DE EDUCACIÓN PÚBLICA DEL ESTADO DE HIDALGO

RÚBRICA

 

CONSEJEROS ASISTENTES

 

 

   
      __________________________________      __________________________________
M.I.E.F. MINERVA CORONADO TREJO

COORDINADORA DE PLANEACIÓN FINANCIERA DE LA SECRETARIA DE
FINANZAS PÚBLICAS.
RÚBRICA

 

 

L.C. JORGE LUIS HERNÁNDEZ GÓMEZ
ENLACE INSTITUCIONAL DE LA UNIDAD DE
PLANEACIÓN Y PROSPECTIVA DEL ESTADO DE
HIDALGO

RÚBRICA

 

   
      __________________________________    __________________________________
LIC. ROBERTO ROMERO DAMIÁN
MIEMBRO DISTINGUIDO DE LA VIDA SOCIAL DEL MUNICIPIO DE TULANCINGO

RÚBRICA

 

 

ARQ. ALFREDO RESÉNDIZ BENÍTEZ

JEFE DEL DEPARTAMENTO DE INFRAESTRUCTURA DE LA CGUTyP

RÚBRICA

 

   
        _____________________________ ________________________________
DR. ARTURO GIL BORJA

RECTOR DE LA UNIVERSIDAD POLITÉCNICA DE TULANCINGO

RÚBRICA

 

L.C. JORGE ANTONIO IBARRA RODRÍGUEZ
COMISARIO PÚBLICO PROPIETARIO,
SECRETARÍA DE CONTRALORÍA
RÚBRICA

 

 

 

 
   
   
________________________________ _______________________________
Mtro. JESÚS LÓPEZ SERRANO

SUBDELEGACIÓN FEDERAL DE SEP EN EL ESTADO

RÚBRICA

 

M.G.P. CARLOS FRANCISCO MIRANDA GARCÍA
ENCARGADO DE DEPARTAMENTO DE LA DIRECCIÓN DE NORMATIVIDAD Y ENLACE INSTITUCIONAL.

RÚBRICA

 

   

 

Esta hoja de firmas corresponde a los Integrantes de la Junta Directiva de la Universidad Politécnica de Tulancingo, de fecha 27 de febrero de 2020, por medio del cual se aprobó el acuerdo por el que se emiten las Reglas de Operación de los Programas de Becas Institucionales de la Universidad Politécnica de Tulancingo para el Ejercicio Fiscal 2020.

 

Derechos Enterados.28-02-2020

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 


Periódico Oficial Alcance 19 del 28 de febrero de 2020

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