Documento contenido en el Periódico Oficial Alcance 19 del 28 de febrero de 2020

Edición: Alcance 19
Número: 8
Páginas: 75

Contenido:


Secretaría de Educación Pública. – Acuerdo por el que se emiten las Reglas de Operación de los Programas de Becas Institucionales de la Universidad Tecnológica de Tula-Tepeji para el Ejercicio Fiscal 2020.

SECRETARÍA DE EDUCACIÓN PÚBLICA

SUBSECRETARÍA DE EDUCACIÓN MEDIA SUPERIOR Y SUPERIOR

LA UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DE TULA-TEPEJI

 

LOS INTEGRANTES DEL H. CONSEJO DIRECTIVO DE LA UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DE TULA-TEPEJI, CON FUNDAMENTO EN EL ARTÍCULO 14 FRACCIONES I Y II DE LA LEY DE ENTIDADES PARA ESTATALES PARA EL ESTADO DE HIDALGO; ASÍ COMO EN EL ARTÍCULO 10, FRACCIÓN XXIII, DEL DECRETO QUE MODIFICA LA DIVERSO QUE CREÓ A LA UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DE TULA-TEPEJI, PUBLICADO EN EL PERIÓDICO OFICIAL DEL ESTADO DE HIDALGO DE FECHA 15 DE AGOSTO 2016, CON LAS FACULTADES QUE LE HAN SIDO CONFERIDAS; Y

 

CONSIDERANDO

 

Primero.- Que el artículo 51 del Decreto Número 308 por el que la Cámara de Diputados del Estado de Hidalgo autorizó el Presupuesto de Egresos del Estado para el Ejercicio Fiscal 2020, publicado el día 31 de diciembre de 2019, establece que los programas a través de los cuales se otorguen subsidios o apoyos estarán sujetos a Reglas de Operación publicadas por las Dependencias y Entidades en el Periódico Oficial, previa autorización de la Secretaría de Finanzas Públicas del Estado así como de la Secretaría de Educación Pública como Dependencia Coordinadora de Sector.  |

 

Segundo.- Que el Plan Estatal de Desarrollo 2016-2022 con enfoque prospectivo al 2030, ha sido concebido como un instrumento estratégico, con visión de largo plazo y bajo una perspectiva inclusiva y solidaria, en la cual el desarrollo integral y la mejora de las condiciones de bienestar de la población son el centro de las acciones de Gobierno, cuyo tercer eje establece, “Hidalgo Humano e Igualitario, 3.2 Educación de relevancia equipada; 3.2.4 ofrecer educación incluyente y equitativa en todos los niveles y modalidades; 3.2.4.3.4 Instrumentar más becas para tus hijos”.

 

Tercero.- Que con estas acciones Hidalgo se suma a la estrategia del Gobierno Federal para impulsar la educación superior en el país a través de la entrega de apoyos económicos a los estudiantes y sus familias.

 

Cuarto.- Considerando que los Artículos 5, Fracción XIV, 14 y 17 de última reforma de la Ley Orgánica de la Universidad Tecnológica de Tula-Tepeji, publicada en el Periódico Oficial del Estado en fecha 15 de agosto de 2016, que modificó  que Modifica del decreto que creó a dicho Organismo publicado en el Periódico Oficial del estado el 20 de octubre de 2008, relativos a al deber que tiene el Organismo de mantener actualizado su marco normativo y que es facultad de la Rectora proponer al H. Consejo Directivo de la Universidad el Programa de Becas, para su autorización.

 

Quinto.- Que las Reglas de Operación establecen disposiciones a las que deben sujetarse determinados programas y recursos públicos con el objeto de otorgar certeza, imparcialidad, transparencia y asegurar la aplicación eficiente, eficaz, oportuna y equitativa de los fondos del erario público asignados a los mismos.

 

En cumplimiento a lo anterior hemos tenido a bien expedir el siguiente:

 

ACUERDO

 

POR EL QUE SE EMITEN LAS REGLAS DE OPERACIÓN DE LOS PROGRAMAS DE BECAS INSTITUCIONALES DE LA UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DE TULA-TEPEJI PARA EL EJERCICIO FISCAL 2020.

 

UNICO. Se emiten las Reglas de Operación de los Programas de Becas Institucionales de la Universidad Tecnológica de Tula-Tepeji (UTTT).

 

INDICE

  1. Introducción.
  2. Objetivos.

2.1 General.

  • Específicos.

 

  1. Aspectos Generales

3.1. Población objetivo

3.2. Requisitos

3.3. Procedimiento de selección

3.4 Características de los apoyos (tipo y monto)

 

  1. Aspectos Financieros.

 

  1. Derechos, obligaciones, causas de incumplimiento y cancelaciones generales.

5.1 Derechos generales aplicables a todos los beneficiarios de una Beca Institucional.

5.2 Obligaciones generales de todos los beneficiarios de las becas.

5.3 Causales generales de cancelación.

 

  1. Auditoría, control y seguimiento.

 

  1. Transparencia.

7.1. Difusión.

7.2. Contraloría social.

 

  1. Quejas y denuncias

 

  1. Tipos de Becas

 

9.1 Beca alimenticia

 

  1. INTRODUCCIÓN

 

Para el actual gobierno del Estado de Hidalgo, la Educación es un tema estratégico, la inversión en educación es la mejor acción que se pueda realizar para mejorar las condiciones de vida de las familias y generar desarrollo económico y social.

 

Estos ideales se rescatan en el Plan Estatal de Desarrollo 2016-2022 que establece:

 

Eje 3. Hidalgo Humano e Igualitario 3.2 Educación de relevancia y equipada.

Impartir servicios educativos con suficiencia, calidad y relevancia, que garanticen el acceso a los niveles educativos en igualdad y con recursos destinados a programas de impacto que incidan en la mejora de las condiciones de bienestar de las personas, además establece como un compromiso otorgar “más becas para tus hijos”.

 

Los recursos económicos que se entregan son una ayuda para subsanar los gastos correspondientes al desempeño escolar, sin embargo una parte importante de la población de bajos ingresos no tiene acceso a la educación de nivel superior, aun cuando posean las capacidades cognitivas para iniciar y concluir con éxito estos estudios, la falta de recursos económicos en los hogares de los estudiantes de educación superior es una condición que impacta negativamente en la permanencia y aprovechamiento de sus estudios.

 

Sobre todo, es importante apoyar a quienes con un esfuerzo mayor realizan estudios superiores y que tienen un origen indígena, alguna discapacidad, o viven en una situación de pobreza o son madres o padres solteros, pero también es justo reconocer el talento y sacrificio de quienes obtienen los mejores promedios de sus carreras.

 

El gobernador impulsa la creación de oportunidades en todos los niveles escolares y avanza en el mejoramiento de los apoyos que se entregan a los estudiantes para que logren el objetivo superior de concluir una carrera profesional.

 

Los Programas de Becas Institucionales de Educación Superior, es una iniciativa del Gobierno del Estado de Hidalgo, y en Universidad Tecnológica de Tul-Tepeji, estamos convencidos de que es fundamental apoyar a los estudiantes, por ello contamos con becas que fortalecen el desarrollo de los estudios de educación superior como la Beca Alimenticia, dirigida a estudiantes regulares en situación socioeconómica vulnerable.

 

  1. OBJETIVOS

 

2.1 General

Beneficiar a estudiantes inscritos en la Universidad Tecnológica de Tula-Tepeji con una beca institucional que les permita fortalecer el desarrollo de sus estudios de nivel superior.

 

2.2 Específicos

 

El objetivo específico de la Beca Alimenticia de la Universidad Tecnológica de Tula-Tepeji es:

 

  1. Otorgar una Beca Alimenticia a los estudiantes que se encuentren en condición socioeconómica vulnerable

 

  1. ASPECTOS GENERALES

 

3.1. Población objetivo

 

Estudiantes de nivel Licenciatura o nivel Técnico Superior Universitario (TSU), que se encuentren realizando estudios en la Universidad Tecnológica de Tula-Tepeji, y que cumplan las especificaciones se encuentran en cada apartado por tipo de beca de estas Reglas de Operación.

 

3.2. Requisitos

 

Los requisitos para participar para la obtención de Beca Alimenticia que la Universidad Tecnológica de Tula-Tepeji, se especifican de manera clara y precisa, serán los mínimos indispensables en beneficio de los estudiantes que se encuentren realizando estudios en la Universidad, en estas Reglas de Operación.

 

3.3 Procedimiento de selección

 

Con el fin de garantizar la transparencia, imparcialidad, objetividad e igualdad de oportunidades en los procesos de selección de los beneficiarios y de la asignación de la Beca Alimenticia que ofrece la Universidad Tecnológica de Tula-Tepeji, se cuenta con un Comité de Becas de la UTTT, que es el responsable de controlar y vigilar la operación del Programa con el fin de maximizar sus resultados y logros.

 

El Comité de Becas de la UTTT actuará conforme a los principios de equidad de género y derechos humanos, para prevenir la discriminación de personas o grupos de personas por origen étnico, preferencia sexual o por discapacidad. Además, podrá implementar acciones con el objeto de reducir las brechas de género.

 

Los procedimientos a seguir se encuentran en el numeral 9 de las presentes reglas y contiene toda la información referente a Convocatoria, Documentos a entregar, Recepción de solicitudes y validación de expediente, Criterio de Compatibilidad y restricciones, Criterios de priorización y Publicación de resultados.

 

3.4 Características de los apoyos

 

Los apoyos consistirán en el otorgamiento de alimentos y se encuentran especificados en el Tipo de Beca señalado en las presentes reglas y éstos tendrán que utilizarse para los fines que fueron establecidos.

 

  1. ASPECTOS FINANCIEROS.

 

Los recursos para la operación e implementación de las Becas Alimenticias corresponderán al presupuesto autorizado para el ejercicio fiscal 2020.

 

Las becas otorgadas durante el ejercicio 2020, podrán renovarse siempre y cuando la suficiencia presupuestal de la Universidad Tecnológica de Tula-Tepeji lo permita y el estudiante cumpla con los requisitos especificados en el apartado de Requisitos establecidos en las presentes Reglas de Operación.

 

En ningún caso se podrán utilizar los recursos financieros asignados para el pago de prestaciones de carácter económico, compensaciones, sueldos o sobresueldos a personal directivo, docente o empleadas/os, que laboren en la Universidad Tecnológica de Tula-Tepeji.

  1. DERECHOS, OBLIGACIONES, CAUSAS DE INCUMPLIMIENTO Y CANCELACIONES GENERALES.

 

Los Derechos, obligaciones, causas de incumplimiento y cancelaciones generales, establecidos por la Universidad Tecnológica de Tula-Tepeji garantizarán el respeto a los derechos humanos y a la equidad de género, así como la salvaguarda de los derechos civiles, políticos, económicos, sociales y culturales de los beneficiarios

 

5.1 Derechos Generales aplicables a todos los beneficiarios de una Beca Alimenticia.

 

  1. Recibir un trato digno y respetuoso, sin discriminación alguna por parte de los servidores públicos adscritos a las áreas responsables de la ejecución de las Becas.
  2. Tener acceso a la información necesaria, de manera clara y oportuna, para resolver sus dudas respecto de las bases de las convocatorias o instrumentos jurídicos aplicables publicados.
  3. Que las áreas responsables de la ejecución de las Becas respeten la confidencialidad de sus datos personales en los términos establecidos en la normatividad aplicable.
  4. Presentar ante la Contraloría Social las quejas o sugerencias cuando considere haber sido objeto de algún trato discriminatorio o de mala atención por parte de los/as servidores públicos durante el proceso para obtener la Beca.
  5. Recibir atención personalizada por parte del Responsable de Becas de la Universidad sobre las dudas, quejas o sugerencias que deseen presentar.

 

5.2 Obligaciones Generales de todos los beneficiarios de las becas.

 

  1. Cumplir, con cada uno de los procesos que marquen las convocatorias o instrumentos jurídicos aplicables en tiempo y forma.
  2. Entregar la documentación que sea requerida y en los términos que fue solicitada en las convocatorias o instrumentos jurídicos aplicables y conducirse con veracidad.
  3. Acatar las fechas establecidas en cada proceso, así como estar al pendiente de la publicación de resultados.
  4. Dar trato digno y respetuoso a todas las autoridades y representantes de la Universidad Tecnológica de Tula-Tepeji.
  5. Asistir a clases y cumplir con el plan de estudios, reglamentos y legislación de la Universidad Tecnológica de Tula-Tepeji.
  6. Observar buena conducta dentro y fuera de la Universidad Tecnológica de Tula-Tepeji.
  7. Acudir a las reuniones informativas sobre asesorías y otorgamiento de la Beca Alimenticia.
  8. Participar en las encuestas, cuestionarios y demás instrumentos de evaluación que le sean requeridos.

 

5.3 Causales Generales de cancelación.

 

  1. Presentar documentación apócrifa durante el proceso de selección.
  2. Cuando el beneficiario presente “Carta Renuncia” a la beca.
  3. Fallecimiento del beneficiario.
  4. Que se detecte que el beneficiario cuente con otra Beca que excluya la Beca Alimenticia.
  5. Cuando el beneficiario cause baja escolar

 

Los casos no previstos se someterán a consideración del Comité de Becas de la UTTT y éste especificará el procedimiento que deberá seguir el beneficiario.

 

  1. AUDITORÍA, CONTROL Y SEGUIMIENTO.

 

Para efectos de fiscalización y transparencia de los recursos asignados al programa, podrán ser revisados por la instancia correspondiente que para tal efecto se determine por el Órgano Interno de Control de la SEPH o por la Secretaría de Educación Pública de Hidalgo o por el Órgano Interno de Control de la Universidad Tecnológica de Tula-Tepeji.

 

La Universidad Tecnológica de Tula-Tepeji dará todas las facilidades e información que le sea solicitada por los auditores en los procesos de revisión a los que sea sometida la Beca Alimenticia.

 

La Universidad Tecnológica de Tula-Tepeji llevará un registro y control de todos los documentos y actas generadas por cada proceso del Programa, archivadas de manera cronológica observando la Ley de Archivos para el Estado de Hidalgo.

 

La Universidad Tecnológica de Tula-Tepeji a través de su enlace de becas, deberá reportar y actualizar mensualmente (primeros 5 días de cada mes), en el Sistema de Registro y Seguimiento de Becas de Educación Media Superior y Superior, coordinado por la Dirección de Becas de Educación Media Superior y Superior, toda la información relativa a las becas que se otorgan.

 

  1. TRANSPARENCIA.

 

7.1. Difusión

 

Para garantizar la transparencia en el ejercicio de los recursos, se dará amplia difusión de la Beca Alimenticia, la papelería, documentación oficial, así como la publicidad y promoción de estas, deberán incluir la siguiente leyenda: “Este programa es Público, ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines distintos al desarrollo Social”.

 

Además, se deberán difundir todas aquellas medidas para garantizar los derechos humanos y la igualdad entre mujeres y hombres en la aplicación de las Becas.

 

De acuerdo a lo establecido en el artículo 70, fracción XV de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, se publicará y mantendrá actualizada la información relativa a las becas.

 

7.2. Comité de Contraloría Social de Becas

 

Se promoverá la participación de la población beneficiaria de la Beca Alimenticia a través de la integración y operación de contralorías sociales, para el seguimiento, supervisión y vigilancia del cumplimiento de las metas y acciones comprometidas, así como de la correcta aplicación de los recursos públicos asignados al mismo.

 

Para lograr lo anterior, la Universidad Tecnológica de Tula-Tepeji deberá sujetarse a lo establecido en los Lineamientos emitidos para este fin por la Secretaría de Contraloría del Estado; Para la integración de los Comités de Contraloría Social. Se promoverá la participación igualitaria de hombres y mujeres.

 

  1. QUEJAS Y DENUNCIAS.

 

Las quejas, dudas, aclaraciones, comentarios y denuncias de los estudiantes beneficiarios en general se atenderán de acuerdo a las disposiciones establecidas para ello, y se podrán recibir vía escrita, por correo electrónico, vía telefónica, por internet o directamente en las oficinas del Departamento de Servicios Estudiantiles de la Universidad Tecnológica de Tula-Tepeji.

 

  1. TIPOS DE BECAS

9.1 Beca Alimenticia.

 

La Beca Alimenticia otorgada por la Universidad Tecnológica de Tula Tepeji, podrá beneficiar a los estudiantes inscritos con el otorgamiento de una comida, durante el periodo estipulado en la convocatoria o en el instrumento jurídico aplicable.

 

9.1.1 Población Objetivo

 

Estudiantes de nivel Licenciatura o nivel Técnico Superior Universitario (TSU), que realicen estudios en la Universidad Tecnológica de Tula-Tepeji y que se encuentran en situación de vulnerabilidad económica.

 

9.1.2 Características de la Beca:

 

La Beca Alimenticia consiste en otorgar alimentos diariamente, de lunes a viernes, y que cubrirá el periodo comprendido de un ciclo escolar (cuatrimestre), de 2020.

 

Los alimentos se entregarán según quede establecido en los plazos definidos en las convocatorias correspondientes.

 

El Comité de Becas de la Universidad Tecnológica de Tula-Tepeji, es la instancia responsable de autorizar e instruir las autorizaciones de alimentos correspondientes a los alumnos beneficiados con la beca, conforme a la disponibilidad presupuestal para el ejercicio fiscal 2020.

 

Para ello, al momento de publicar los resultados se definirá el proceso y los periodos de entrega de beneficios. En caso de que los alumnos beneficiados incumplan con algún requisito establecido en estas Reglas de Operación, se cancelarán las ministraciones subsecuentes.

 

9.1.3 Requisitos:

  1. Presentar estudio socioeconómico para valoración.
  2. Ser alumnos de bajos recursos económicos o en estado de vulnerabilidad.
  3. Ser alumno regular y no tener adeudos con la Institución.
  4. No contar con beca alimenticia o apoyos similares a ésta, que brinden otras instituciones u organismos externos

 

9.1.4 Convocatoria:

Se emitirá la convocatoria, previamente autorizada por el Comité de Beca de la Universidad Tecnológica de Tula-Tepeji, ésta deberá contener de manera clara y específica lo siguiente:

 

  1. Número de Convocatoria
  2. Nombre de la Convocatoria
  3. Población objetivo
  4. Objetivo específico de la beca
  5. Bases

 

Primera.- Requisitos:

Segunda.- Documentos a entregar:

Tercera.- Registro y recepción de expedientes:

Cuarta.- Características de la beca:

Quinta.- Criterio de compatibilidad:

Sexta.- Criterios de priorización:

Séptima.- Procedimiento:

Octava.- Publicación de resultados:

Novena.- Derechos y obligaciones de los becarios:

Derechos

Obligaciones

Décima.-  Calendario general:

 

ACTIVIDAD FECHAS
Publicación de Convocatoria (recepción y revisión de solicitudes) Primer semana de inicio de cada cuatrimestre
Publicación de resultados y otorgamiento de la beca Segunda semana de inicio de cada cuatrimestre

 

 

 

 

 

 

 

 

Los casos no previstos en la presente convocatoria, serán resueltos por el Comité de Becas de la Universidad Tecnológica de Tula-Tepeji

 

Para cualquier duda, queja o sugerencia sobre esta convocatoria y los procesos de pago, comunicarse a la oficina de Servicios Estudiantiles al teléfono 7737329100, Ext 456 o al correo electrónico veronica.cruz@uttt.edu.mx, o bien acudir a Avenida Universidad Tecnológica # 1000, Col. El 61, El Carmen, Tula de Allende, Hgo.

 

 

 

9.1.5 Documentos a Entregar:

 

Los estudiantes deberán entregar la siguiente documentación en sus Direcciones de Carrera, mismos que a través de un memorándum harán llegar al Departamento de Servicios Estudiantiles de la Universidad Tecnológica de Tula-Tepeji, conforme a los periodos establecidos en la convocatoria.

 

  1. El Estudio socieconómico, que deberá estar avalado por la Dirección de Carrera a la que pertenezca el estudiante.

 

9.1.6 Registro y Recepción de Solicitudes:

 

  1. El trámite de registro y solicitud de la beca es gratuito y quedarán especificados en las convocatorias respectivas, las fechas y lugares de recepción.

 

9.1.7 Criterio de Compatibilidad:

 

La Beca Alimenticia otorgada por la Universidad Tecnológica de Tula-Tepeji, es compatible con todas las becas que otorgan el Gobierno Estatal y Federal; y de carácter restrictivo entre ellas mismas, así como los que especifique la propia Convocatoria

 

9.1.8 Criterios de Priorización:

El cumplimiento de los requisitos y/o criterios de priorización no garantizan el otorgamiento de la beca debido a que está sujeta a la suficiencia presupuestaria del ejercicio fiscal 2020.

 

En ningún caso, los criterios de selección y priorización resultarán discriminatorios en materia de género y de derechos humanos. Cuando los recursos disponibles sean insuficientes para otorgar una Beca Alimenticia a todos los estudiantes aspirantes. los beneficiarios serán seleccionados, en función del orden de los siguientes criterios:

 

  1. Se otorgarán a estudiantes que a través del estudio socioeconómico se demuestre que es de escasos recursos económicos.
  2. Que sea alumno en situación de vulnerabilidad.
  3. Que radique en comunidades alejadas a la Institución.

 

Estos criterios podrán ser adicionados y/o reordenados siempre y cuando el Comité de Becas de la Universidad Tecnológica de Tula-Tepeji lo autorice.

 

9.1.9 Procedimiento:

El procedimiento estará definido de la siguiente manera:

  1. El estudiante solicita en la Dirección de Carrera el formato “Solicitud para Beca Alimenticia”
  2. El estudiante requisita y entrega el formato a su tutor
  3. El Director de la Carrera envían memorándum al Departamento de Servicios Estudiantiles de las solicitudes de beca recibidas.
  4. El Departamento de Servicios Estudiantiles junto con el Comité de Becas evalúa las solicitudes de acuerdo a los criterios y bases establecidos en la convocatoria.
  5. El Comité de Becas autoriza el otorgamiento de la beca con base en las solicitudes recibidas y notifica al Departamento de Servicios Estudiantiles.
  6. El Departamento de Servicios Estudiantiles publica los resultados de las solicitudes recibidas
  7. El estudiante recibe el apoyo.

 

Para el otorgamiento de la beca alimenticia de deberá ajustar al siguiente procedimiento:

 

 

INICIO

DIAGRAMA DE FLUJO DEL PROCESO DE SELECCIÓN:

 

 

 

 

El estudiante solicita en la Dirección de Carrera el formato “Solicitud para Beca Alimenticia”

 

 

 

Solicitud entregada
NO

 

1
El estudiante requisita y entrega el formato a su tutor

 

 

 

El Tutor junto con el Director de la Carrera envían memorándum a servicios estudiantiles con las solicitudes recibidas.
SI

 

 

 

 

 

A
A
Se Autoriza
NO
El Departamento de servicios estudiantiles evalúa las solicitudes de acuerdo a los criterios establecidos.

 

1
En lista de espera
SI

 

 

 

 

 

La Subdirección de Servicios Escolares emitirá y publicará los resultados oficiales
El estudiante recibe el apoyo
FIN

 

 

 

 

 

9.1.10 Publicación de Resultados:

 

El Departamento de Servicios Estudiantiles de la Universidad Tecnológica de Tula-Tepeji deberán emitir y publicar los resultados de la asignación de becas, en su página electrónica oficial, medios físicos y/o electrónicos oficiales a los cuales tengan acceso los estudiantes inscritos, y/o por cualquier otro medio de difusión que autorice el Comité de Becas de la UTTT; asimismo, deberá solicitar la publicación de los resultados en el micro sitio de la Dirección de Becas de Educación Media Superior y Superior.

 

9.1.11 Derechos y Obligaciones Específicos de los Becarios:

9.1.11.1 Derechos específicos

 

  1. El estudiante recibirá una comida o desayuno diario, de lunes a viernes en la cafetería escolar durante el cuatrimestre cursado.

 

9.1.11.2 Obligaciones específicas

  1. Al recibir el apoyo, el estudiante mostrará su credencial escolar.
  2. El apoyo no podrá ser transferible a otro estudiante.
  3. Tres faltas injustificadas a recibir la Beca, causará baja del programa.
  4. Falta al reglamento escolar, causará baja del programa.
  5. No contar con adeudos a la Institución

TRANSITORIOS

 

PRIMERO. El presente Acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial del Estado de Hidalgo.

 

SEGUNDO. Se derogan todas las disposiciones que se opongan al presente acuerdo.

 

Dado en las oficinas de la Universidad Tecnológica de Tula-Tepeji, a los 27 días de febrero del año dos mil veinte, en la Ciudad de Tula de Allende, estado de Hidalgo.

 

 

INTEGRANTES DEL H. CONSEJO DIRECTIVO DE LA

UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DE TULA-TEPEJI

PRESIDENTE SUPLENTE

 

 

 Lic. Tito Dorantes Castillo

Encargado de la Dirección General de Educación Superior

Secretaría de Educación Pública del Estado de Hidalgo.

Rúbrica

 

CONSEJEROS ASISTENTES

 

 

 

L.A. Karina López Bolio

Representante de la Unidad de Planeación y Prospectiva.

Rúbrica

 

 

    L.A. Mildreed Leines Noguera                                  

Representante de la Secretaría de Finanzas Públicas.

Rúbrica

 

 Lic. Porfirio Maldonado Mouthan

Representante de la Secretaría de Educación Pública Federal

Rúbrica

 

   Arq. Alfredo Reséndiz Benítez            

Representante de la Coordinación General de Universidades Tecnológicas y Politécnicas

Rúbrica

 

 Lic. Ulises Luis Armando Arellano Miranda

 Representante de la Presidencia Municipal Constitucional de Tula de Allende, Hidalgo

Rúbrica

 

  Mtro. Sergio Barragán Pulido

Representante de Secretaría Ejecutiva de la Política Pública Estatal

Rúbrica

 

 

 

          Lic. Berenice Saucedo Zavala 

Representante de Manufacturas Kaltex, S.A de C.V.

Rúbrica

 

 

 

Comisario Público Propietario

de la Universidad Tecnológica de Tula Tepeji.

 

 

L.C. Matilde Vite Olivares

Rúbrica

 

 

Titular del Organismo.

 

 

Dra. Irasema Ernestina Linares Medina

Rectora

Rúbrica

 

 

Estas firmas corresponden al acuerdo por el que se emiten las reglas de operación del programa de Becas Institucionales de la Universidad Tecnológica de Tula-Tepeji para el Ejercicio Fiscal 2020.

 

 

Derechos Enterados.28-02-2020

 


Periódico Oficial Alcance 19 del 28 de febrero de 2020

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