Documento contenido en el Periódico Oficial Alcance 21 del 28 de febrero de 2020

Edición: Alcance 21
Número: 8
Páginas: 50

Contenido:


Instituto Hidalguense del Deporte.- Acuerdo que contiene las reglas de operación para el otorgamiento de apoyos, becas, estímulos, subsidios y aportaciones que el Instituto Hidalguense del Deporte otorga a través de los diversos programas con los que cuenta.

LA JUNTA DE GOBIERNO DEL INSTITUTO HIDALGUENSE DEL DEPORTE, EN EL EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LOS ARTÍCULOS 7 y 9 FRACCIÓN X DEL DECRETO QUE MODIFICA DIVERSAS DISPOSICIONES DEL DIVERSO QUE REFORMÓ DIVERSAS DISPOSICIONES DEL DECRETO QUE CREÓ AL INSTITUTO HIDALGUENSE DEL DEPORTE, PUBLICADO EN EL PERIÓDICO OFICIAL DEL ESTADO EL 2 DE FEBRERO DE 2020, Y DE CONFORMIDAD CON LOS SIGUIENTES:

 

CONSIDERANDO

 

PRIMERO. Que el Instituto Hidalguense del Deporte, es un Organismo Descentralizado de la Administración Pública del Estado de Hidalgo con personalidad jurídica y patrimonio propio, de conformidad con el artículo 1° del Decreto Gubernamental emitido por el Ejecutivo Estatal el 14 de julio de 2005 y publicado en el Periódico Oficial del Estado Número 30 Bis. Uno, del 18 de julio de 2005.

 

SEGUNDO. Que en el Alcance al número 10 del Tomo CLII, del Periódico Oficial del Estado de Hidalgo de fecha 31 de diciembre de 2019, salió publicado el Decreto Número 308, que autoriza en todas y cada una de sus partes el Presupuesto de Egresos del Estado de Hidalgo para el ejercicio 2020.

 

TERCERO. Que el Artículo 51 del Decreto mencionado establece que los programas a través de los cuales se otorguen subsidios o apoyos estarán sujetos a reglas de operación, las cuales deberán ser publicadas por las Dependencias y Entidades en el Periódico Oficial a más tardar el último día hábil de febrero de 2020 y deberán ser autorizadas por la Secretaría en el ámbito de sus facultades y, en su caso, por la Dependencia coordinadora.

 

CUARTO. En el mismo artículo 51 del Decreto mencionado, se establece también que las reglas de operación deberán ser simples y precisas con el objeto de facilitar la eficiencia y la eficacia en la aplicación de los recursos y en la operación de los programas.

 

Por lo anteriormente expuesto, hemos tenido a bien emitir el siguiente:

 

ACUERDO

 

QUE CONTIENE LAS REGLAS DE OPERACIÓN PARA EL OTORGAMIENTO DE APOYOS, BECAS, ESTÍMULOS, SUBSIDIOS Y APORTACIONES QUE EL INSTITUTO HIDALGUENSE DEL DEPORTE OTORGA A TRAVÉS DE LOS DIVERSOS PROGRAMAS CON LOS QUE CUENTA

 

  1. OBJETO DE LAS REGLAS DE OPERACIÓN

 

1.1. El objeto de las presentes Reglas de Operación, es transparentar los recursos fiscales asignados al Instituto Hidalguense del Deporte para la operación de proyectos y actividades destinados al apoyo de deportistas, asociaciones deportivas, entrenadores, presidencias municipales a través de su área representativa del deporte, sociedad en general e instituciones del sector público, social y privado; con la finalidad de fomentar hábitos de cultura física, deporte social y desarrollo de talentos deportivos en la población hidalguense de manera incluyente.

 

  1. DEFINICIONES DE LAS REGLAS DE OPERACIÓN

 

2.1. Para efectos de las presentes Reglas de Operación se establecen las definiciones siguientes, que en cada caso tendrán el significado que se les atribuye:

 

  1. APOYO: Recursos financieros, materiales y de servicios que el Instituto Hidalguense del Deporte otorga como ayuda para fortalecer las actividades propias de los proyectos en materia deportiva.
  2. ÁRBITRO: Persona encargada de hacer cumplir el reglamento en competencias deportivas.
  • ASOCIACIÓN DEPORTIVA: Persona moral de carácter estatal, que se encuentre debidamente protocolizada ante el Notario Público e inscrita en el Registro Público de la Propiedad y el Comercio y la Federación Nacional Deportiva correspondiente.
  1. APORTACIONES: Recurso económico derivado del fondo de aportaciones del INHIDE, otorgado únicamente a los deportistas de Alto Rendimiento que acudan a competencias internacionales.
  2. AUTORIDADES: La Junta de Gobierno y la persona titular de la Dirección General;

 

  1. BECAS: La ayuda o apoyo económico que se otorga a deportistas y entrenadores que demuestren tener un alto nivel de desempeño dentro de una disciplina deportiva en la que puedan representar al Estado de Hidalgo en los Programas Deportivos avalados por la CONADE, en eventos nacionales e internacionales oficiales;
  • CDHAR: Al Centro Deportivo Hidalguense y de Alto Rendimiento;
  • CONADE: La Comisión Nacional de Cultura Física y Deporte;
  1. DECRETO: Decreto Número 308 emitido por el Ejecutivo Estatal publicado en el Alcance al número 10 del Tomo CLII, del Periódico Oficial del Estado de Hidalgo de fecha 31 de diciembre de 2019;
  2. DEPENDENCIA: A la Secretaría de Educación Pública como cabeza de sector;
  3. DEPORTISTA: Persona con o sin discapacidad que practica algún deporte de alto rendimiento o social;
  • ESTÍMULO: Apoyo económico otorgado por el Estado en una sola emisión, conforme al monto que se determine en base a los criterios que se fijen en el Reglamento para el otorgamiento de apoyos, becas, estímulos, subsidios y aportaciones a deportistas y entrenadores del Instituto Hidalguense del Deporte, con el objeto de reconocer e incentivar los resultados dentro del Sistema Deportivo establecido por la CONADE;
  • ENTRENADORES: Persona certificada y con experiencia en el ámbito deportivo de su especialidad, encargada de la dirección, instrucción y entrenamiento de un deportista individual o de un colectivo de deportistas;
  • INHIDE: Al Instituto Hidalguense del Deporte;
  1. PROYECTOS: A los autorizados al INHIDE por la Secretaría de Finanzas Públicas;
  • PROSPECTO DEPORTIVO: deportista con talento, habilidades y capacidades para el desarrollo del Alto Rendimiento que participe y obtenga resultados en eventos oficiales.
  • REGLAS: Las presentes Reglas de Operación, así como sus modificaciones o adecuaciones; y
  • SECRETARÍA: A la Secretaría de Finanzas Públicas;
  • SISTEMA DEPORTIVO: Proceso Deportivo a Nivel Nacional que determine la Comisión Nacional de Cultura Física y Deporte.
  1. SUBSIDIO: Las asignaciones de recursos públicos previstas en el Presupuesto de Egresos del INHIDE que se otorgan a los diferentes sectores de la sociedad, a los municipios para el desarrollo de actividades que fomenten la Cultura Física y el Deporte en el Estado.

 

  1. DISPOSICIONES GENERALES

 

3.1. Las disposiciones de las presentes Reglas son de observancia obligatoria para los deportistas, árbitros y entrenadores deportivos, asociaciones deportivas, instituciones públicas o privadas y sociedad en general que dentro de sus funciones promuevan el deporte y la cultura física, y que soliciten apoyos, estímulos o subsidios al INHIDE.

 

3.2. Para el logro de sus objetivos, el INHIDE, cuenta con las siguientes áreas:

 

  1. I. Dirección de Planeación, Administración y Finanzas;
  2. II. Dirección de Cultura Física y Deporte;

III.      Dirección de Deporte Social; y

 

  1. IV. Dirección del CDHAR.

 

  1. PROYECTOS

 

4.1. Los proyectos con los que cuenta el INHIDE que contemplan el otorgamiento de apoyos, becas, estímulos, subsidios y aportaciones son:

 

  1. I. Programa de Cultura Física y Deporte Social Impartido; y

 

  1. II. Talentos Deportivos con habilidades y capacidades para la práctica del deporte competitivo e incluyente desarrollados.

 

 

 

4.2. Para poder estar en condiciones de otorgar los apoyos, becas, estímulos, subsidios y aportaciones, mencionados en la regla anterior, es necesario que se ingrese por oficialía de partes del Instituto, la solicitud dirigida a la persona titular de la Dirección General, para su registro se asignará un número de folio para el trámite correspondiente, dicha solicitud deberá contener los siguientes requisitos;

 

a). Datos personales del solicitante (nombre, dirección y teléfono);

 

b). Nombre y fecha del evento o justificación del apoyo;

c). En el caso de una beca deportiva el área técnica metodológica del Instituto en coordinación  con las Asociaciones Deportivas deberán presentar las propuestas de los deportistas acreedores a las becas, dichas propuestas serán sometidas a consideración del Comité de Becas después de concluido el ciclo olímpico, en caso de otorgar la beca, el deportista deberá acreditar mediante documento idóneo que le otorgue su Asociación Deportiva que obtuvo medalla de oro, plata o bronce, Prospectos Deportivos y Seleccionados Nacionales en competencias regionales, nacionales o internacionales a nivel oficial, agregar Currícula Deportiva;

 

En caso de Prospectos Deportivos, el deportista tendrá que haber obtenido el cuarto lugar en el Sistema Deportivo.

 

En caso de Seleccionados Nacionales deberán acreditar su integración y  participación en eventos oficiales de Selección Nacional mediante oficio de la Federación Mexicana correspondiente y la Comisión Nacional de Cultura Física y Deporte.

 

d). Para solicitar apoyos que deriven del fondo de aportaciones la solicitud deberá ser presentada por la Asociación Estatal y avalada por la CONADE Y Federación Nacional correspondiente a su disciplina, la cual será turnada al Comité del Fondo de Aportaciones para su análisis, estos apoyos estarán sujetos a la disponibilidad financiera y presupuestal del Fondo.

 

e). Para material deportivo la solicitud por presidencias municipales e instituciones del sector público, social y privado deberá contener descripción técnica del material, cantidad, tipo de evento, lugar y fecha del evento, anexar lista de beneficiarios, copia de identificación oficial del solicitante, así como contar con el aval del responsable de la promoción de la Cultura física y Deporte.

 

f). Para transporte aéreo o terrestre, nombre, lugar, fecha, número de personas que asistirán al evento, itinerario de salida y regreso del evento oficial avalado por la Asociación Deportiva. Como parte de la comprobación deberán presentar pase de abordar o comprobante digital.

 

  1. g) Las solicitudes que realicen las asociaciones deportivas, deberán ser firmadas por el Presidente de la Asociación o Representante Legal, debiendo estar forzosamente regularizadas ante el Instituto Hidalguense del Deporte al momento de presentar la solicitud.

 

  1. h) Para el caso de apoyos destinados al fomento del deporte social, las solicitudes deberán ser firmadas por los responsables de los equipos deportivos participantes y avaladas por los representantes de la estructura social de los barrios, colonias, comunidades o municipios.
  2. II. El solicitante deberá realizar su trámite dentro de un plazo no mayor a 15 quince días hábiles de anticipación y deberán anexar:

 

a). Identificación oficial (credencial de elector, pasaporte o cédula profesional);

 

b). Padrón de beneficiarios;

 

c). Convocatoria o invitación del evento;

 

d). En caso de apoyo económico acompañar el Comprobante Fiscal Digital (CFDI); y

 

f). Un número de cuenta bancaria para realizar el depósito mediante transferencia electrónica.

 

III.      En caso de faltar cualquiera de los requisitos enunciados en las fracciones I y II, no será tomada en cuenta la solicitud y se tendrá por no interpuesta, teniendo que iniciar nuevamente el trámite correspondiente.

 

Se dará respuesta a las solicitudes presentadas en un plazo máximo de 3 días hábiles.

 

4.3 Para el otorgamiento de estímulos, apoyos, y aportaciones, se dará prioridad a eventos clasificatorios del Sistema Deportivo que establezca la CONADE, eventos nacionales e internacionales, así como las contempladas en los planes de trabajo de las asociaciones (corto, mediano y largo plazo), debidamente constituidas y regularizadas ante el INHIDE.

 

4.5 Todos los estímulos, apoyos y aportaciones estarán sujetos a la disponibilidad presupuestal y financiera del Instituto.

 

  1. QUEJAS Y DENUNCIAS

 

 5.1 Para cualquier duda, aclaración, sugerencia, quejas y denuncias, de posibles faltas a las presentes reglas de operación, se podrá hacer uso de los buzones ubicados en el Instituto, comunicarse al teléfono 7140920 en un horario de 8:30 a 16:30 hrs de lunes a viernes, acudir personalmente en las oficinas ubicadas en calle Profesor. Antonio Chávez Ibarra, Número 104, Colonia Carlos Rovirosa, C.P. 42082, en Pachuca de Soto, Hgo., o ingresar a la página del Instituto deporte.hidalgo.gob.mx la cual proporciona los pasos para presentar su denuncia vía buzón ciudadano.

 

  1. VIGILANCIA

 

6.1. La vigilancia en la aplicación de las presentes Reglas de Operación corresponde a las personas titulares de la Dirección General y de la Dirección de Planeación, Administración y Finanzas.

 

  1. TRANSPARENCIA

 

7.1. Las presentes reglas de operación estarán sujetas a lo dispuesto por el Art. 69 fracción XV de la Ley de Transparencia y Acceso a la información pública para el Estado de Hidalgo.

 

  1. MODIFICACIONES Y VIGENCIA

 

8.1. Las presentes Reglas de Operación sólo podrán modificarse, si se modifica o adiciona el Presupuesto de Egresos 2020 del Estado de Hidalgo publicado en el Periódico Oficial del Estado de Hidalgo el 31 de diciembre de 2019.

 

8.2. Las presentes Reglas de Operación, tendrán vigencia al 31 de diciembre de 2020.

 

8.3. Las modificaciones, adiciones o derogaciones que sufran las presentes Reglas de Operación, no afectarán las solicitudes que se hayan presentado con anterioridad a dichas modificaciones.

 

TRANSITORIOS

 

PRIMERO. Las presentes Reglas de Operación entrarán en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial del Estado.

 

SEGUNDO. Se derogan todas las disposiciones que contravengan a las presentes Reglas de Operación.

 

TERCERO. Los casos no previstos en las presentes Reglas de Operación, serán resueltos por la persona titular de la Dirección General.

 

LAS PRESENTES REGLAS DE OPERACIÓN, SE SIGNAN POR LOS INTEGRANTES DE LA JUNTA DE GOBIERNO PARA SU CONSTANCIA Y VALIDEZ EN LA CIUDAD DE PACHUCA EN EL ESTADO DE HIDALGO, EL DIA 28 DE FEBRERO DEL 2020.

 

 

RUBRICAS

 

LA JUNTA DE GOBIERNO

 

POR LA SECRETARÍA DE

EDUCACIÓN PÚBLICA

 

 

Mtra. Juana Placencia Campos

Encargada de la Unidad de Coordinación de Administración y Finanzas

Rúbrica

 

 

 

POR LA SECRETARÍA EJECUTIVA

DE POLÍTICAS PÚBLICAS

  POR LA SECRETARÍA

DE GOBIERNO

 

 

Lic. Comp.  Montserrat Hernández Aguilar 

   

    Lic. Lizbeth Yazmín Soto Olguín

Subdirectora de Representación Institucional                                       Directora de Área

Rúbrica                                                                             Rúbrica

 

 

 

POR LA SECRETARÍA DE

FINANZAS PÚBLICAS

  POR LA SECRETARÍA DE

DESARROLLO SOCIAL

 

 

Lic. Jorge Eduardo Daniel Escamilla

   

Lic. Virginia Ávila Montes         

Director General de Recaudación                                          Subdirectora de Área

Rúbrica                                                                             Rúbrica

 

 

POR LA UNIDAD DE PLANEACIÓN

Y PROSPECTIVA

  POR LA SECRETARÍA DE SALUD

 

L.A.P. José Jesús Sánchez Rosas

Encargado de Departamento

Rúbrica

 

  Lic. Lilia Elisa Alvarado Pérez

Asesora del Despacho del C. Secretario

Rúbrica

 

 

POR LA DIRECCIÓN GENERAL DEL SISTEMA PARA EL DESARROLLO INTEGRAL DE LA FAMILIA

(DIF HIDALGO)

  POR LA SECRETARÍA DE CONTRALORÍA

 

Lic. Tatiana Deschamps Rubio

Directora de Protección a la Niñez y la Adolescencia

Rúbrica

 

  L.C. María Cristina Fonseca García

Comisario Público Propietario

Rúbrica

 

 

 

 

 

Derechos Enterados.28-02-2020

 


Periódico Oficial Alcance 21 del 28 de febrero de 2020

Esto es un extracto, por lo que en el documento que está visualizando puede haber texto, caracteres, imágenes u objetos que no se muestren debido a la conversión a formato HTML, por lo que le recomendamos tomar siempre como referencia el archivo PDF de la edición.

Idioma »