Documento contenido en el Periódico Oficial Alcance 3 del 16 de diciembre de 2019

Edición: Alcance 3
Número: 50
Páginas: 72

Contenido:


M.M.T. CITLALI JARAMILLO RAMÍREZ, DIRECTORA GENERAL DE LA COMISIÓN ESTATAL DE VIVIENDA, CON FUNDAMENTO EN LO DISPUESTO EN EL CAPÍTULO II, NUMERAL 8 DE LOS LINEAMIENTOS GENERALES QUE ESTABLECEN LAS BASES PARA LA INTEGRACIÓN, ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DE LOS COMITÉS DE ÉTICA Y PREVENCIÓN DE CONFLICTOS DE INTERÉS Y FRACCIÓN I DEL CÓDIGO DE ÉTICA DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL ESTADO DE HIDALGO; Y

 

CONSIDERANDO

 

PRIMERO.-  Que la actual administración ha encaminado las políticas públicas del Gobierno del Estado de Hidalgo, a ser más honesto, cercano y moderno en donde se  promueva la participación ciudadana y que se norme el actuar del servidor público en beneficio de la sociedad, y se han establecido bases en el Sistema Nacional Anticorrupción, para la promoción de políticas integrales en materia de fiscalización y control de recursos públicos de prevención, de control y disuasión de faltas administrativas y hechos de corrupción.

 

SEGUNDO.- Que concordancia con el Plan Estatal de Desarrollo 2016-2022, que tiene como eje directriz un Gobierno Honesto, Cercano y Moderno para eficientar los recursos del gasto público, es necesario crear y mantener condiciones estructurales y normativas que permitan el adecuado funcionamiento del Estado, sobre una base ética, responsable de cada servidor público. Conforme a lo que dispone el artículo 16, de la Ley General de Responsabilidades Administrativas que establece que los servidores públicos deberán observar el Código de Ética que sea emitido conforme a los  lineamientos que emita el Sistema Nacional Anticorrupción, con la finalidad de que en el servidor público impere una conducta de servicio a favor de la sociedad y la transparencia que se vera reflejada en  la correcta aplicación de los recursos públicos.

 

TERCERO.- Que por lo que hace a los Organismos Descentralizados; mediante decreto publicado en el Periódico Oficial del Estado de Hidalgo, el día 10 de Julio del 2017, dentro del cual se promulgó la Ley del Sistema Estatal Anticorrupción de Hidalgo; la Comisión Estatal de Vivienda, tiene que contar con las herramientas legales necesarias para la prevención, detección, investigación y sanción de faltas de administrativas y hechos de corrupción, para la fiscalización adecuada de recursos públicos, y con ello integrarse al Sistema Estatal Anticorrupción,  de acuerdo a las legislaciones Federales y  Estatales, con el objetivo de concentrar los principios, valores y reglas de integridad que establecen y delimitan el actuar de los servidores públicos en su puesto, cargo o comisión dentro de la Administración Pública.

 

CUARTO.- Que con la finalidad de contar con un cuerpo normativo propio que contenga los principios, valores y reglas de integridad, se elabora un Código de Conducta  que traerá como resultado que el servidor público cuente con una efectiva convicción ética y de servicio a la ciudadanía, a través de la prevención de conflictos de interés, reglas de integridad y directrices que logren un comportamiento ético que fomente la transparencia, rendición de cuentas y la erradicación de la corrupción.

 

Por lo anterior expuesto, he tenido a bien expedir el siguiente:

 

ACUERDO

 

QUE CONTIENE EL CÓDIGO DE CONDUCTA DE LA COMISIÓN ESTATAL DE VIVIENDA

 

CAPÍTULO I

De las Disposiciones Generales

 

Artículo 1.-  Para efectos del presente Código, se entenderá por:

 

  1. CEVI: Comisión Estatal de Vivienda.

 

  1. Código de Conducta.- El Instrumento deontológico emitido por la titular de la CEVI, a propuesta del Comité de Ética y Prevención de Conflictos de Interés, previa aprobación del Órgano Interno de Control, en el que se especifica de manera puntual y concreta la forma en que las personas servidoras públicas aplicarán los principios, valores y reglas de integridad contenidas en el Código de Ética.

 

  • Código de Ética.- El Instrumento deontológico al que refiere el artículo 16 de la Ley General de Responsabilidades Administrativas, que establece los parámetros generales de valoración y actuación respecto al comportamiento al que aspira una persona servidora pública, en el ejercicio de su empleo, cargo o comisión, a fin de promover un gobierno transparente, íntegro y cercano a la ciudadanía.

 

  1. Comité.- El Comité de Ética y Prevención de Conflictos de Interés de la Comisión Estatal de Vivienda, como órgano integrado que tiene a su cargo el fomento de la ética e integridad en el servicio público y la prevención de conflictos de interés a través de acciones de orientación, capacitación y difusión en la Comisión Estatal de Vivienda.

 

  1. DOF.- Diario Oficial de la Federación.

 

  1. LGRA.- Ley General de Responsabilidades Administrativas.

 

  • POE.- Periódico Oficial del Estado de Hidalgo.

 

  • Riesgos Éticos: Situaciones en las que potencialmente pudieran transgredirse principios, valores o reglas de integridad.

 

Artículo 2.- EL presente Código de Conducta tiene como objetivo, establecer directrices de conducta aplicando los principios, valores y reglas de integridad que guíen nuestro actuar en el desarrollo de nuestras funciones como servidores públicos, a través de un instrumento que establezca las bases de una cultura de Integridad, cultura organizacional;  clima laboral y combate a la corrupción.

 

Artículo 3.- Misión: Fortalecer los principios, valores y reglas de integridad de las y los servidores públicos  a través de conductas éticas que propicien credibilidad y confianza en la sociedad hidalguense.

 

Artículo 4.- Visión: Crear un  ambiente de participación y confianza entre ciudadanos y servidores públicos.

 

Artículo 5.- El Código de Conducta será aplicable en cualquier lugar, situación o contexto, por todas las personas que desempeñen un empleo, cargo o comisión en la CEVI.

 

Artículo 6.- Las y los servidores públicos de la CEVI deberán observar el Código de Conducta, el cual deberá hacerse del conocimiento de los mismos, así como darle publicidad.

 

Artículo 7.-  Como base de una conducta que tienda a la excelencia en el desempeño de sus empleos, cargos o comisiones, todos las y los servidores públicos de la CEVI deberán observar y aplicar los siguientes principios, valores y reglas de integridad:

 

  1. Principios Legales y Constitucionales: Son aquellos que rigen la actuación de los servidores públicos de la CEVI: Legalidad, Honradez, Lealtad, Imparcialidad, Eficiencia, Economía, Disciplina, Profesionalismo, Objetividad, Transparencia, Rendición de Cuentas, Competencia por Mérito, Eficacia, Integridad y Equidad.

 

  1. Valores: Son los valores que orientan el servicio público en la CEVI: Cooperación Entorno Cultural y Ecológico, Equidad de Género, Igualdad y No Discriminación, Interés Público, Liderazgo, Respeto y Respeto a los Derechos Humanos.

 

  • Reglas de Integridad: Son acciones para delimitar las conductas de los servidores públicos en situaciones específicas, absteniéndose de participar en las que pudieran afectar la seguridad, la independencia y la imparcialidad de su actuación pública, entendidas las siguientes: Contrataciones Públicas; Actuación Pública; Información Pública; Licencias, Permisos, Autorización y Concesiones; Programas Gubernamentales; Trámites y Servicios; Recursos Humanos; Administración de Bienes Muebles e Inmuebles; Proceso de Evaluación; Procedimiento Administrativo; Desempeño Permanente con Integridad; Cooperación con la Integridad y Comportamiento Digno.

 

CAPÍTULO II

De las Conductas de las y los Servidores Públicos

 

 COMPROMISOS CON LA SOCIEDAD

 

Artículo 8.- Vocación de servicio.

 

Formar parte de un Organismo con una vocación absoluta de servicio a la sociedad, brindar un trato  digno, de respeto y cordialidad a las personas en general,  sin conceder privilegios o  preferencias, sin  discriminación y respetando los derechos humanos, actuando con un compromiso de servicio orientado al logro de resultados óptimos en el mejor desempeño de las funciones y buscando en todo momento la máxima atención a las necesidades y demandas de la sociedad.

 

Vinculada con:

  • Principios: Honradez, Lealtad, Imparcialidad, Eficiencia, Profesionalismo, Objetividad y Eficacia.
  • Valores: Cooperación, Interés Público, Liderazgo, Respeto y Respeto a los Derechos Humanos.
  • Reglas de Integridad.– Actuación Pública y Trámites y Servicios.
  • Art. 7, fracciones III, IV, V, VII y VIII de la LGRA.

 

Artículo 9.- Asesora, orienta y tramita.

 

Atender a la sociedad de manera imparcial con profesionalismo de acuerdo a las atribuciones y facultades que confieran los ordenamientos legales y normativos correspondientes al empleo, cargo o comisión, sin ocultar, retrasar o entregar engañosa o privilegiada  la información o trámite del que se trate, actuando de manera respetuosa, eficiente, oportuna, responsable e imparcial.

 

Vinculada con:

  • Principios: Legalidad, Honradez, Lealtad, Imparcialidad, Eficiencia, Profesionalismo, Rendición de Cuentas, Eficacia y Equidad.
  • Valores: Interés Público, Liderazgo, Respeto
  • Reglas de Integridad.– Actuación Pública, Programas Gubernamentales y Trámites y Servicios.
  • Art. 7, fracciones I y VIII de la LGRA.

 

Artículo 10.-  Participar en el combate a la corrupción.

 

Tener un comportamiento ejemplar de rectitud y compromiso firme en el combate a la corrupción, apoyando las prácticas y procesos que se implementen para evitar los actos de corrupción y cualquier conflicto de interés, denunciando ante la instancia correspondiente las posibles faltas administrativas, conductas contrarías a la ética y hechos de corrupción.

 

Vinculada con:

  • Principios: Legalidad, Honradez, Rendición de Cuentas e Integridad.
  • Valores: Interés Público y Liderazgo
  • Reglas de Integridad.– Control Interno y Cooperación con Integridad.
  • Art. 7, fracciones I y IX de la LGRA.

 

 

COMPROMISOS CON LAS COMPAÑERAS Y COMPAÑEROS

 

Artículo 11.- Actuar con respeto.

 

Mantener un ambiente laboral de respeto, cortesía e igualdad, evitando actitudes y conductas ofensivas como hostigamiento, agresión, acoso, intimidación, abuso y cualquier acción u omisión que afecte la dignidad de las y los  compañeros de trabajo.

 

Vinculada con:

  • Principios: Honradez y Profesionalismo.
  • Valores: Cooperación, Liderazgo, Igualdad y No Discriminación y Respeto.
  • Reglas de Integridad.– Actuación Pública, Desempeño Permanente con Integridad y Cooperación con la Integridad.
  • Art. 7, fracción IV de la LGRA.

 

Artículo 12.- Actuar con empatía.

 

Actuar con sensibilidad humana hacia los compañeros y compañeras, que ante una situación en particular,  que requieran de apoyo, consideración o comprensión; promoviendo en todo momento los principios, valores y reglas de integridad establecidas en el Código de Ética.

 

Vinculada con:

  • Principios: Honradez e Integridad.
  • Valores: Liderazgo, Respeto y Respeto a los Derechos Humanos.
  • Reglas de Integridad.– Comportamiento Digno.
  • Art. 7, fracción VII.

 

Artículo 13.-  Fomentar la Igualdad de Género y la no discriminación.

 

Brindar un trato igualitario con todos los compañeros y compañeras de trabajo, así como a cualquier persona, fomentando la igualdad entre hombres y mujeres, respetando la identidad y orientación sexual; así mismo, apoyar la institucionalización de la perspectiva de género en el servicio público y  evitar cualquier  acción u omisión que menoscabe la dignidad humana o alguna forma de discriminación.

 

Vinculada con:

  • Principios: Imparcialidad, Profesionalismo, Integridad y equidad.
  • Valores: Cooperación Equidad de Género, Igualdad y No Discriminación, Respeto a los Derechos Humanos.
  • Reglas de Integridad.– Desempeño Permanente con Integridad y Comportamiento Digno.
  • Art. 7, fracciones IV y VII de la LGRA.

 

COMPROMISOS EN EL TRABAJO

Generales

 

Artículo 14.-  Conocer  las atribuciones.

 

Actuar conforme a las facultades que las leyes, reglamentos y demás disposiciones jurídicas atribuyen al empleo, cargo o comisión, por lo que se deberá conocer y cumplir con las disposiciones que regulan las funciones, facultades y atribuciones,  actuando en todo momento con disciplina, integridad, profesionalismo y respeto.

 

Vinculada con:

  • Principios: Honradez, Legalidad, Disciplina, Profesionalismo e Integridad.
  • Valores: Liderazgo e Interés Público.
  • Reglas de Integridad.– Actuación Pública, Programas Gubernamentales, Recursos Humanos y Procedimiento Administrativo.
  • Art. 7, fracción I de la LGRA.

 

Artículo 15.- Ejercer adecuadamente el cargo público.

 

Conducir con rectitud sin utilizar el empleo, cargo o comisión para obtener o pretender obtener algún beneficio, provecho o ventaja personal a favor de terceros con los que se tengan relaciones personales, profesionales, laborales o de negocios, o para socios o sociedades de las que forme o formen parte, ni buscar o aceptar compensaciones, prestaciones, dádivas, obsequios o regalos de cualquier persona u organización; teniendo una vocación absoluta de servicio a la sociedad.

 

Vinculada con:

  • Principios: Honradez, Legalidad, Lealtad, Imparcialidad, Disciplina, Profesionalismo, Objetividad, Competencia por Mérito e Integridad.
  • Valores: Interés Público y Liderazgo.
  • Reglas de Integridad.- Programas Gubernamentales y Recursos Humanos.
  • Directriz: 7, fracciones I, II, VIII, IX y X de la LGRA.

 

Artículo 16.- Manejar apropiadamente la información.

 

Comunicar la información que se genera de forma oportuna, confiable y de calidad, custodiando la documentación e información a la que se tenga acceso y la que se tenga bajo responsabilidad, impidiendo y evitando el uso, la sustracción, destrucción, ocultamiento o inutilización indebida de los mismos; observando el principio de máxima publicidad, así como,  las disposiciones específicas en la materia de acceso a la información pública y protección de datos personales.

 

Vinculada con:

  • Principios: Honradez, Legalidad, Imparcialidad, Transparencia, Rendición de Cuentas.
  • Valores: Liderazgo y Interés Público.
  • Reglas de Integridad.– Información Pública , Administración de Bienes Muebles e Inmuebles y Control Interno
  • Art. 7, fracción VI de la LGRA.

 

Artículo 17.- Usar adecuadamente los recursos informáticos, materiales y financieros.

 

Administrar los recursos asignados durante el empleo, cargo o comisión exclusivamente para los fines a los que están destinados, actuando sobre ellos con austeridad, eficiencia, eficacia, economía, transparencia y honradez; asimismo, con responsabilidad, respeto y cuidado de todos los recursos materiales, informáticos y financieros del Organismo.

 

Vinculada con:

  • Principios: Honradez, Eficiencia, Económica, Profesionalismo y Eficacia.
  • Valores: Liderazgo, Interés Público y Entorno Cultural Ecológico.
  • Reglas de Integridad.– Contrataciones Públicas, Licencias, Permisos, Autorizaciones y Concesiones y Administración de Bienes Muebles e Inmuebles.
  • Art. 7, fracciones II y VI de la LGRA.

 

Artículo 18.- Cumplir en tiempo y forma.

 

Responder de manera pronta y expedita a los trámites, servicios y actividades administrativas, absteniéndose de realizar actos u omisiones que los entorpezcan.

 

Vinculada con:

  • Principios: Honradez, Disciplina y Profesionalismo.
  • Valores:
  • Reglas de Integridad.– Actuación Pública, Información Pública y Trámites y Servicios.
  • Art. 7, fracción I de la LGRA.

 

Artículo 19.- Identificar y gestionar los conflictos de interés.

 

Colaborar con integridad para prevenir faltas administrativas o actos de corrupción,  compartiendo la responsabilidad de mantener al Organismo libre de parcialidad y falta de objetividad que provocan los conflictos de interés, por lo que se evita y da cuenta por escrito de los intereses en que se puede entrar en conflicto en el desempeño responsable y objetivo de las facultades y obligaciones.

Vinculada con:

  • Principios: Honradez, Imparcialidad, Profesionalismo, Objetividad e Integridad.
  • Valores: Liderazgo, Interés Público.
  • Reglas de Integridad.– Desempeño Permanente con Integridad y Cooperación con la Integridad.
  • Art. 7, fracción IX de la LGRA.

 

Artículo 20.-  Registrar la información adecuadamente.

 

Registrar de manera correcta, completa y sin alteraciones, la información contable, financiera, presupuestaria  y de operación con el respaldo suficiente y en apego a la normatividad vigente.

 

Vinculada con:

  • Principios: Legalidad, Honradez, Transparencia, Rendición de Cuentas e Integridad.
  • Valores:
  • Reglas de Integridad.– Actuación Pública y Control Interno.
  • Art. 7, fracciones I, II, V y VI  de la LGRA.

 

Específicos

 

Artículo 21.-  Durante el proceso de gestión, elaboración y entrega de escrituras, jurisdicciones voluntarias, contratos, convenios, cesiones de derechos y demás documentos de carácter legal, actuar conforme a  las leyes, reglamentos y demás disposiciones jurídicas que atribuyan al empleo, cargo o comisión, sin privilegios o preferencias a organizaciones o personas y sin obtener a cambio o bajo promesa, dinero, dádivas, obsequios, regalos o beneficios personales o para terceros.

 

Vinculada con:

  • Principios: Legalidad, Honradez, Imparcialidad, Profesionalismo.
  • Valores: Interés Público y
  • Reglas de Integridad.– Actuación Pública
  • Art. 7, fracción IV de la LGRA.

 

Artículo 22.-  Participar en procedimientos de licitación de adquisiciones, arrendamientos, obra y servicios en cualquiera de sus modalidades, actuando en apego a los ordenamientos legales y normativos que correspondan, con imparcialidad en la selección, designación y contratación;  conduciéndose  con trasparencia, legalidad y equidad, y orientando las decisiones a las necesidades del Organismo.

 

Vinculada con:

  • Principios: Legalidad, Honradez, Imparcialidad, Profesionalismo y Equidad.
  • Valores: Equidad de Género y Liderazgo.
  • Reglas de Integridad.– Actuación Pública, Contrataciones Públicas, Licencias, Permisos, Autorización y Concesiones, y Administración de Bienes Muebles e Inmuebles.
  • Art. 7, fracciones I, II, IV, VI Y IX de la LGRA.

 

Artículo 23.-  Actuar en apego  las leyes, reglamentos, reglas de operación correspondientes y demás disposiciones jurídicas  aplicables, durante la gestión y ejecución de los programas  y acciones de vivienda que se lleven a cabo en el Organismo,  administrando los recursos públicos bajo los principios de austeridad, eficiencia, eficacia, economía, transparencia y honradez; procurando en todo momento un mejor desempeño de las funciones, a fin de alcanzar las metas institucionales.

 

Vinculada con:

  • Principios: Legalidad, Eficiencia, Económica,  Disciplina, Honradez, Transparencia y
  • Valores: Cooperación y Liderazgo.
  • Reglas de Integridad.– Actuación Pública y Programas Gubernamentales
  • Art. 7, fracciones I, II, V y VI  de la LGRA.

 

Artículo 24.-  Actuar con responsabilidad asegurándose de contar con  el mobiliario, equipo de oficina, software, hardware, equipo de medición topográfica y demás herramienta necesaria para el desarrollo de las actividades asignadas, asimismo,  reportar oportunamente la falta o deterioro de alguno de ellos.

 

Vinculada con:

  • Principios: Honradez, Legalidad, Disciplina, Eficiencia y Eficacia.
  • Valores:
  • Reglas de Integridad.– Actuación Pública y Control Interno.
  • Art. 7, fracciones I, II, V y VI  de la LGRA.

Artículo 25.-  Ejecutar el proceso de supervisión de obra en cualquiera de sus modalidades, actuando con base a las especificaciones legales y técnicas del proyecto autorizado, generando información verídica,  oportuna y de calidad.

 

Vinculada con:

  • Principios: Legalidad, Honradez, Lealtad, Imparcialidad, Economía, Disciplina, Profesionalismo, Objetividad e Integridad.
  • Valores: Interés Público y Liderazgo.
  • Reglas de Integridad.– Actuación Pública y Control Interno.
  • Art. 7, fracción I.

 

Artículo 26.-  Llevar a cabo la administración, registro  y control  de la reserva territorial propiedad del Organismo, de manera ordenada, metódica, verídica, sin omisiones y en apego a la normatividad que le aplique.

 

Vinculada con:

  • Principios: Honradez, Legalidad y Disciplina.
  • Valores: Interés público y Liderazgo.
  • Reglas de Integridad.– Actuación Pública, Procedimiento Administrativo, Control Interno y Cooperación con la Integridad.
  • Art. 7, fracción I.

 

Artículo 27.-  Promover de forma imparcial, el seguimiento, atención y respuesta de todas las peticiones de quejas y denuncias presentadas a través de los  buzones establecidos para tal fin.

 

Vinculada con:

  • Principios: Honradez e Integridad.
  • Valores: Respeto y Liderazgo.
  • Reglas de Integridad.– Actuación Pública, Procedimiento Administrativo, Control Interno y Cooperación con la Integridad.
  • Art. 7, fracción I.

 

CAPÍTULO III

De los Juicios Éticos

 

Artículo 28.-  El Código de Conducta se constituyó como Guía de comportamiento que complementa el criterio juicioso y de sentido común, para ayudar a adoptar conductas éticas y de justicia que regule el actuar de las y los  servidores públicos al servicio de la CEVI  en la toma de decisiones ante situaciones que se les presenten durante su jornada laboral y que deriven del ejercicio de su empleo, cargo o comisión. Este Código fomentará la observancia de principios, valores y reglas de integridad de forma correcta y responsable; para lo cual se deberá evitar una conducta: que afecte negativamente a la CEVI; que vaya en contra de los principios, valores y reglas de integridad  establecidos en el Código de Ética o que beneficie de manera personal o general el conflicto de interés

 

CAPÍTULO IV

 De la Denuncia

 

Artículo 29.-  Cualquier persona que observe, conozca e identifique actos contrarios al Código de Ética, Reglas de Integridad y al presente Código de Conducta, podrá acudir ante el Comité a  presentar su denuncia.

  1. Del seguimiento a la denuncia:

 

Una vez presentada la denuncia ante el Comité y que se cumpla con los elementos previstos para su procedencia; el Comité se apegará a lo establecido en Lineamientos Generales que Establecen las Bases para la Integración, Organización y Funcionamiento de los Comités de Ética y Prevención de Conflictos de Interés publicados en el POE y demás normativa aplicable.

  1. De los medios para presentar denuncias:

 

  1. Llamada telefónica al Comité: 71 76000 extensión 3426;
  2. Por escrito, a través del buzón “Denuncias”, ubicado dentro de las instalaciones de la CEVI.
  3. Por escrito, a través de Oficialía de Partes.
  4. De manera presencial, ante el Comité.
  5. Vía correo electrónico: quejasdenuncias_cevi@hidalgo.gob.mx

 

CAPÍTULO V

De las Sanciones

 

Artículo 30.-  Las y los servidores públicos que incumplan con lo establecido en el presente Código,  darán lugar a una investigación y en su caso, al procedimiento administrativo correspondiente, de conformidad con lo establecido en la Ley General de Responsabilidades Administrativas y  sancionados por la autoridad competente.

 

CAPÍTULO VI

De las Instancias de Interpretación, Consulta y Asesoría:

 

Artículo 31.-  El Comité de Ética y Prevención de Conflictos de Interés y el Órgano de Control Interno en la CEVI, son las instancias encargadas de asesorar sobre el contenido del presente documento.

 

En los casos no previstos por este Código de Conducta, serán resueltos por el Comité, a propuesta del Presidente o Presidenta.

 

TRANSITORIOS

 

PRIMERO.- El presente Acuerdo entrara en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial del Estado de Hidalgo.

 

SEGUNDO.- El presente Acuerdo será publicado en la página web de la Comisión Estatal de Vivienda al día siguiente de su publicación oficial.

 

 

DADO EN LA SALA DE JUNTAS DEL DESPACHO DE LA COMISIÓN ESTATAL DE VIVIENDA DEL ESTADO DE HIDALGO, UBICADA EN BOULEVARD LUIS DONALDO COLOSIO, NÚMERO CIENTO DIECISIETE LOTE NUEVE PRIMO, FRACCIÓN L-SEIS, COLONIA EL PALMAR FRACCIÓN UNO, PACHUCA DE SOTO HIDALGO; A LOS  VEINTE DÍAS DEL DEL MES DE SEPTIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECINUEVE.

 

 

DIRECTORA GENERAL DE LA COMISIÓN ESTATAL DE VIVIENDA

M.M.T. CITLALI JARAMILLO RAMÍREZ

RÚBRICA


Periódico Oficial Alcance 3 del 16 de diciembre de 2019

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