Documento contenido en el Periódico Oficial Alcance 3 del 16 de diciembre de 2019

Edición: Alcance 3
Número: 50
Páginas: 72

Contenido:


EL LIC. RODRIGO LEÓN CERÓN, DIRECTOR GENERAL DEL ORGANISMO DESCENTRALIZADO DENOMINADO POLICÍA INDUSTRIAL BANCARIA DEL ESTADO DE HIDALGO, CON FUNDAMENTO EN LO ESTABLECIDO EN LOS ARTÍCULOS 20 FRACCIONES I Y XVIII DEL DECRETO DE CREACIÓN, 3, 12 Y 26 DEL COMITÉ DE ÉTICA Y PREVENCIÓN DE CONFLICTOS DE INTERÉS DE LA POLICÍA INDUSTRIAL BANCARIA DEL ESTADO DE HIDALGO, ASÍ COMO EL PUNTO III DEL ACUERDO QUE CONTINE LA GUÍA PARA LA ELABORACIÓN Y ACTUALIZACIÓN DEL CÓDIGO DE CONDUCTA DE LAS DEPENDENCIAS Y ENTIDADES DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DE HIDALGO Y:

 

C O N S I D E R A N D O

 

PRIMERO. El presente Código, es un documento que recoge los principios y valores emanados del Código de Ética de la Administración Pública de Estado de Hidalgo, mismo que señala los principios y valores que debe salvaguardar toda persona que ostente un empleo, cargo y/o comisiones dentro de la Administración Pública, en el desempeño de sus funciones; en la misma tesitura y cumpliendo con las disposiciones Gubernamentales el presente instrumento surge de la reflexión y el esfuerzo por aplicar los valores humanos; lo anterior con el fin de incorporar principios y valores en el ámbito profesional y social en el que se desenvuelven, a fin de combatir la corrupción, fomentar la transparencia y rendición de cuentas; así como los principios éticos que guíen su desempeño laboral; todo esto como resultado de tener un clima de confianza y transparencia en el Organismo.

 

SEGUNDO. Que el Plan Estatal de Desarrollo 2016 – 2022 establece en su Eje Rector 1. “Gobierno honesto, cercano y moderno”, particularmente en el 1.2 relativo a “Cero Tolerancia a la Corrupción”, el compromiso de esta Administración a sumarse y apegarse a los Lineamientos del Sistema Nacional Anticorrupción a fin de prever, detectar y sancionar todas las res­ponsabilidades administrativas; todos aquellos hechos de corrupción y asimismo, fiscalizar, transparentar y controlar los recursos públicos.

 

TERCERO. Que mediante Decreto publicado en el Periódico Oficial del Estado de Hidalgo con fecha 10 de julio de 2017 se emitió la Ley del Sistema Estatal Anticorrupción de Hidalgo, cuyo objeto es establecer las bases de coordinación entre las autoridades estatales y municipales competentes para la prevención, detección, investigación y sanción de faltas administrativas y hechos de corrupción, para la fiscalización y control de los recursos públicos, así como para la integración, organización y funcionamiento del Sistema Estatal Anticorrupción, de conformidad con lo que establece la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la Ley General del Sistema Nacional Anticorrupción y la Constitución Política del Estado de Hidalgo, derivado de lo anterior, con fecha 13 del mes de mayo del año 2019, se publicó en el Periódico Oficial del Estado de Hidalgo, el Decreto que contiene el Código de Ética de la Administración Pública del Estado de Hidalgo, el cual tiene por objeto concentrar los principios, valores y reglas de integridad que establecen y delimitan el actuar de los servidores públicos en su puesto, cargo o comisión dentro de la Administración Pública.

 

CUARTO. Que en términos del artículo 25, en relación con el cuarto transitorio del Código de Ética de la Administración Pública para el Estado de Hidalgo, cada dependencia o entidad debe emitir su respectivo Código de Conducta, en un plazo no mayor a 120 días naturales siguientes a la publicación de la Guía para la Elaboración y Actualización del Código de Conducta de las Dependencias y Entidades de la Administración Pública del Estado de Hidalgo que al efecto emitió la Unidad Especializada en Ética y Prevención de Conflictos de Interés, dependiente de la Secretaría con fecha 27 de mayo de 2019.

 

Por lo que he tenido a bien emitir el siguiente:

 

ACUERDO

 

QUE CONTIENE EL CÓDIGO DE CONDUCTA

DE LA POLICÍA INDUSTRIAL BANCARIA DEL ESTADO DE HIDALGO

 

Capítulo I

De las Disposiciones Generales

 

  1. Objetivo.

El objetivo del presente Código de Conducta de la Policía Industrial Bancaria del Estado de Hidalgo es establecer los principios, procedimientos, requisitos, responsabilidades y obligaciones del personal del Organismo, impulsando un comportamiento ejemplar en función de los valores universales, para que la toma de decisiones, se haga desde un punto de vista ético, garantizando a la sociedad el correcto, honorable y adecuado desempeño en la función pública.

 

Por lo que el Organismo en este contexto y con el objetivo de mejorar la Gestión Pública Gubernamental, quiere fomentar, a su vez, la cultura de la legalidad en el desempeño del servicio público, lo que se logrará asumiendo una efectiva convicción ética y de servicio a la ciudadanía, a través de la prevención de conflictos de interés, la implementación de reglas de integridad y el establecimiento de directrices para lograr un comportamiento ético por parte de todos los servidores públicos del Organismo, fortaleciendo la transparencia, la rendición de cuentas, la legalidad y de esta forma estar en posibilidad de hacer frente a los nuevos retos que se presentan en materia del combate a la corrupción.

 

Los principios, valores y demás disposiciones previstas, son de observancia general para todo el Personal de la Policía Industrial Bancaria del Estado de Hidalgo.

 

  1. Misión.

El compromiso de la Policía Industrial Bancaria del Estado de Hidalgo, es mantener en alto grado de competitividad, responsabilidad y eficiencia el servicio que se otorga a la iniciativa privada y sector público, con un equipo humano profesional y certificado, respaldado con tecnología de vanguardia, generando rentabilidad para un beneficio común.

 

III. Visión.

Ofrecer a nuestros usuarios la seguridad que requieren, con presencia y coordinación institucional, con un equipo de trabajo competitivo y el compromiso de una mejora continua, consolidándonos como una Corporación Policial líder en el mercado de la Seguridad Intramuros.

 

  1. Marco Jurídico
  2. Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos;
  3. Constitución Política del Estado de Hidalgo;
  4. Ley General de las Responsabilidades Administrativas;
  5. Ley Orgánica de la Administración Pública para el Estado de Hidalgo;
  6. Código de Ética de la Administración Pública del Estado de Hidalgo;
  7. Acuerdo que crea el Comité de Control Interno y Desempeño Institucional de la Policía Industrial Bancaria del Estado de Hidalgo, y
  8. Acuerdo que crea el Comité de Ética y Prevención de Conflictos de Interés de la Policía Industrial Bancaria del Estado de Hidalgo y los lineamientos que establecen las bases para su integración, organización y funcionamiento.

 

  1. Ámbito de Competencia.

El presente Código de Conducta es de observación general y obligatoria para todos el Personal que integra la Policía Industrial Bancaria del Estado de Hidalgo.

 

  1. Aplicación.

Lo dispuesto en este Código de Conducta será observado y aplicado en cualquier lugar, situación o contexto en que el Personal de este Organismo ejerzan algún empleo, cargo o comisión.

 

VII. Glosario.

A demás de las definiciones previstas en el Código de Ética de la Administración Pública del Estado de Hidalgo, para efectos de este Código, se entenderá por:

 

  1. Código de Conducta: El instrumento normativo emitido por el Comité de Ética y Prevención de Conflictos de Interés de la Policía Industrial Bancaria del Estado de Hidalgo, para regular la actuación de los servidores públicos adscritos a la misma, en el desempeño de su empleo, cargo o comisión;
  2. Código de Ética: El Código de Ética de la Administración Pública del Estado de Hidalgo;
  3. Comité de Ética: El Comité de Ética y Prevención de Conflictos de Interés de la Policía Industrial Bancaria del Estado de Hidalgo;
  4. Ética: El conjunto de valores y principios que rigen la actuación de quienes conforman el Organismo, así como las normas y criterios que guían y establecen las conductas correctas y aceptadas dentro del mismo;
  5. Lineamientos: Lineamientos que establecen las bases para la integración, organización y funcionamiento del Comité de Ética;
  6. Organismo: Policía Industrial Bancaria del Estado de Hidalgo;
  7. Órgano Interno de Control: Órgano Interno de Control de la Policía Industrial Bancaria del Estado de Hidalgo, dependiente de la Secretaría de la Contraloría;
  8. Principios: Los principios rectores del servicio público en el Organismo;
  9. Valores: Valores institucionales que todo el personal debe anteponer en el desempeño de su empleo, cargo o comisión, de tal modo que le permita enfrentar dilemas éticos ante una situación determinada, vinculados en todo momento con la misión, visión, objetivos y atribuciones del Organismo, en su ámbito de competencia, y
  10. Reglas de Integridad: Acciones para delimitar las conductas de los servidores públicos en situaciones específicas, absteniéndose de participar en las que pudieran afectar la seguridad, la independencia y la imparcialidad de su actuación pública.

 

Capítulo II

De los Principios, Valores y Reglas de Integridad

 

Principios.

  1. Competencia por mérito: Contratar al personal idóneo para el Organismo, procurando el mejor desempeño del empleo, cargo o comisión, tomando en cuenta sus conocimientos, aptitudes y habilidades. Las personas que deseen ingresar a este Organismo deberán ser seleccionadas de acuerdo a su habilidad profesional, capacidad y experiencia, garantizando la igualdad de oportunidades; atrayendo a los mejores candidatos para ocupar los puestos mediante procedimientos transparentes, objetivos y equitativos;
  2. Confidencialidad: Proteger y resguardar adecuadamente los datos personales contenidos en la información y documentación, así como aquella cuya titularidad corresponda a particulares o entes públicos, cuando no involucren el ejercicio de recursos públicos; a la que tenga acceso el personal del Organismo en el ejercicio de sus funciones;

 

  1. Disciplina: Hacer prevalecer el orden entre el personal del Organismo, así como la observancia y cumplimiento de las normas establecidas;
  2. Economía: Hacer uso racional de los bienes y servicios, a los que accede el personal del Organismo, en razón o con motivo del ejercicio de sus funciones, utilizándolos sólo para el fin que fueron destinados;
  3. Eficacia: Cumplir con los objetivos específicos de su empleo, cargo o comisión, en el tiempo establecido para ello;
  4. Eficiencia: Actuar conforme a una cultura de servicio orientada al logro de resultados, procurando en todo momento un mejor desempeño de su empleo, cargo o comisión, a fin de alcanzar las metas institucionales según sus responsabilidades a través del uso responsable y claro de los recursos, eliminando cualquier ostentación y discrecionalidad indebida en su aplicación;
  5. Equidad: Ejercer su empleo, cargo o comisión, conforme a la normatividad aplicable, garantizando a las personas el trato sin distinción y bajo las mismas condiciones, con estricto apego a los Derechos Humanos;
  6. Honradez: Conducirse con rectitud, sin utilizar su empleo, cargo o comisión para obtener o pretender obtener algún beneficio, provecho, ventaja personal o a favor de terceros; sin buscar o aceptar compensaciones, prestaciones, dádivas, obsequios o regalos de cualquier persona u organización; ya que cualquier cargo público implica un alto sentido de austeridad y vocación de servicio;
  7. Imparcialidad: El Personal del Organismo debe dar a los ciudadanos y a la población en general el mismo trato, sin conceder privilegios o preferencias a organizaciones o personas, ni permiten que influencias, intereses o prejuicios indebidos afecten su compromiso para tomar decisiones o ejercer su empleo, cargo o comisión de manera objetiva;
  8. Integridad: Actuar de manera congruente con los principios que se deben observar en el desempeño de un empleo, cargo o comisión, con la convicción y el compromiso de ajustar su conducta para que impere en su desempeño una ética que responda al interés público, generando certeza plena frente a todas las personas con las que se vincule u observen su actuar;
  9. Objetividad: Actuar de acuerdo a la Ley, sin inclinarse por alguna postura en razón de situaciones personales;
  10. Rendición de Cuentas: Informar, explicar y justificar la toma de decisiones y acciones, sujetándose a un sistema de sanciones, así como a la evaluación y al escrutinio público del desempeño sus funciones por parte de la ciudadanía;
  11. Solidaridad: Apoyo que se brinda a otra persona, en el cumplimiento de los objetivos o consecución de metas sin esperar retribución alguna;

 

  1. Transparencia: Garantizar a toda persona el derecho fundamental de acceso a la información pública, en los términos establecidos por la normatividad aplicable, y
  2. Conocer, cumplir y respetar la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la Constitución Política del Estado de Hidalgo, así como las demás leyes y reglamentos que regulan su empleo, cargo o comisión, debiendo actuar con estricto apego y cumplimiento de las leyes, reglamentos, acuerdos, decretos y otras disposiciones aplicables, respetando siempre el estado de derecho.
  3. Comprometerse plenamente, asumiendo las responsabilidades inherentes a su empleo, cargo o comisión, demostrando respeto y compromiso a los principios, valores y reglas de integridad, vigilando los intereses públicos, con decisión inquebrantable a favor de la ciudadanía.

 

Valores.

 

  1. Responsabilidad: Los servidores públicos deberán cumplir con eficiencia, cuidado y atención su empleo, cargo o comisión, reconociendo y aceptando las consecuencias de sus actos;
  2. Fortaleza: Capacidad humana para afrontar los problemas, las dificultades y superarlas, sin desistir en el esfuerzo por mantener los objetivos logrados, así como de ser perseverante y vencer el temor ante situaciones determinadas;
  3. Compromiso: Deberán regirse conforme a las normas, principios, valores y reglas de integridad establecidos para el ejercicio de su empleo, cargo o comisión.
  4. Cooperación: Deberán colaborar de forma participativa propiciando el trabajo en equipo para alcanzar los objetivos comunes, previstos en los planes y programas del Organismo, en beneficio de la colectividad y confianza de los ciudadanos en el Organismo;
  5. Entorno Cultural y Ecológico: Abstenerse de afectar el patrimonio cultural y de los ecosistemas, asumiendo una férrea voluntad de respeto, defensa y preservación de la cultura y del medio ambiente, en razón o con motivo del desempeño de sus funciones y conforme a sus atribuciones;
  6. Vocación de servicio: Desempeñar su empleo, cargo o comisión en estricto cumplimiento del deber, de manera profesional, diligente y amable;
  7. Honor: Deberán enaltecer el nombre del Organismo, así como el desempeño de su empleo, cargo o comisión, obrando siempre en forma recta e irreprochable;
  8. Igualdad y no discriminación: Deberán dar un trato digno a todas las personas sin distinción, exclusión, restricción, o preferencia;

 

  1. Interés Público: Ponderar la máxima atención de las necesidades y demandas de la sociedad, por encima de intereses y beneficios particulares ajenos a la satisfacción colectiva;
  2. Liderazgo: Animar, inspirar y encausar al cumplimiento de los principios contenidos en la normatividad adjetiva, así como aquellos valores que por su importancia son intrínsecos al servicio público, generando que cada integrante trabaje con entusiasmo hacia el logro de las metas y objetivos del Organismo;
  3. Prudencia: Actuar con mesura y de forma razonable en la toma de decisiones, en el ejercicio de su empleo, cargo o comisión, y
  4. Respeto: Otorgar un trato digno y cordial a las personas en general y a sus compañeros de trabajo, superiores y subordinados, con respeto a sus derechos fundamentales, de tal manera que propician el diálogo cortés y la aplicación armónica de instrumentos que conduzcan al entendimiento, a través de la eficacia y el interés público.
  5. Respeto de los derechos humanos. Promover, conocer y aplicar los derechos humanos, la igualdad y no discriminación, la equidad de género y los derechos laborales entre sus compañeros de trabajo.
  6. Equidad de género: Garantizar que tanto mujeres como hombres accedan con las mismas condiciones, posibilidades y oportunidades a los bienes y servicios públicos, a los programas y beneficios institucionales y a los empleos, cargos y comisiones gubernamentales.

 

Reglas de Integridad.

 

Actuación Pública:

  1. Conocer la normatividad que regula el empleo, cargo o comisión que tengo asignado en el Organismo;
  2. Realizar el trabajo con estricto apego al principio de legalidad;
  3. Denunciar los actos u omisiones contrarios a las normas que rigen el actuar del personal, las normas y procedimientos aplicados en la Policía Industrial Bancaria del Estado de Hidalgo;
  4. Actuar bajo los principios establecidos en este Código de Conducta;
  5. Contribuir en el cumplimiento de las metas y objetivos del Organismo;
  6. Desarrollar las funciones asignadas en el Organismo, con la debida diligencia y evitar obtener algún beneficio personal;
  7. Prestar sus servicios en cualquier punto donde se requiera o designe con base en las necesidades del Organismo y por el tiempo que sea necesario;
  8. Respetar los derechos humanos, así como los principios y valores descritos en este Código de Conducta;
  9. Evitar realizar actividades diferentes a las asignadas y no propias a su empleo, cargo o comisión, durante su servicio y que sean contrarias al objeto del Organismo.

 

Información Pública:

 

  1. Resguardar la información que esté bajo la responsabilidad del personal, así como proporcionar la documentación que sea solicitada conforme a la normatividad aplicable, observando la protección de datos personales y confidencialidad, para ello deberá:
  2. Generar y mantener actualizada de manera permanente, las bases de datos, documentos y archivos que están bajo su responsabilidad;
  3. Emprender, dentro del ámbito de sus atribuciones legales, las acciones necesarias para transparentar las actuaciones del personal y fortaleceré la rendición de cuentas del Organismo;
  4. Gestionar la clasificación de la información que tenga bajo su resguardo, cuando por motivo de su naturaleza deba ser reservada o confidencial, y
  5. Evitar el uso indebido para obtener un beneficio personal, de la información a la que tenga acceso.

 

Contrataciones públicas, licencias, permisos, autorización y concesiones:

  1. Actuar siempre con objetividad e imparcialidad de acuerdo con los intereses del Organismo buscando el bien común;
  2. Evitar tomar decisiones cuando exista o pueda existir algún conflicto de interés y hacerlo del conocimiento a la instancia correspondiente;
  3. Cumplir cabalmente con las obligaciones de su puesto sin realizar ningún tipo de discriminación y respetando los Derechos Humanos de las personas;
  4. Evitar recibir cualquier beneficio personal, económico o en especie; y
  5. Evitar beneficiarse de los servicios contratados por el Organismo para fines personales;

Programas Gubernamentales:

  1. Aplicar correctamente el marco jurídico que rige su actuar en el servicio público;
  2. Evitar elaborar, promover o emitir políticas públicas y estrategias tendientes a favorecer indebidamente a personas, grupos o sectores en detrimento del interés público; y
  3. Evitar elaborar, impulsar y aplicar normas para beneficio personal, familiar o de tercera persona, o bien, para perjudicar a terceros.

 

Trámites y servicios. Atender a la ciudadanía de manera respetuosa, imparcial y sin distinción de ningún tipo, en los trámites y servicios que ofrece el Organismo, debiendo además:

  1. Conducirse con respeto e igualdad para las personas en el desempeño del empleo, cargo o comisión;
  2. Ser diligente en los trámites y servicios que ofrece el Organismo, y
  3. Procurar la simplificación administrativa en los trámites y servicios que ofrece el Organismo.

 

Recursos humanos:

  1. Actuar con honestidad, congruencia y transparencia, anteponiendo el interés público a sus intereses particulares y siempre buscando evitar cualquier acto de corrupción;
  2. Actuar conforme a criterios de justicia y equidad;
  3. Elegir siempre la mejor opción que favorezca el cumplimiento de la misión y objetivos del Organismo;
  4. Agilizar la toma de decisiones, evitando postergar los asuntos que se encuentren bajo su responsabilidad;
  5. Evitar tomar decisiones si no tiene la facultad o autorizaciones correspondientes;
  6. Evitar conceder preferencias o privilegios a personas, empresas o institución alguna;
  7. Evitar obstaculizar los asuntos que se encuentran bajo su responsabilidad; y
  8. Evitar seleccionar, contratar, nombrar o designar a personas que no cuenten con el perfil del puesto, con los requisitos y documentos establecidos, o que no cumplan con las obligaciones que el marco normativo impone a todo ciudadano.

 

Administración de bienes muebles e inmuebles: Utilizar los recursos humanos, materiales y financieros asignados en el ejercicio de las funciones legalmente conferidas en el Organismo y fuera de él, de manera racional y únicamente para cumplir con los fines para los que fueron destinados; por lo que deberá:

  1. Aplicar criterios de ahorro y austeridad de los recursos, sin menoscabo del desempeño de las funciones asignadas;
  2. Aprovechar adecuadamente los recursos asignados;
  3. Ocupar las herramientas de trabajo exclusivamente para los fines laborales;
  4. Actuar bajo los principios de objetividad e imparcialidad, para el caso de licitaciones, permisos y concesiones;

 

Procesos de evaluación:

  1. Conducirse de manera objetiva, imparcial e independiente respecto del desempeño de la gestión de las instituciones públicas sujetas al control y evaluación, respetando sus dictámenes u opiniones;
  2. Señalar los incumplimientos o violaciones a las disposiciones jurídicas y áreas de oportunidad que hubiere detectado; y
  3. Atender las recomendaciones formuladas por cualquier instancia de evaluación, ya sea interna o externa.

Control Interno:

  1. Determinar y difundir las medidas de control para el desarrollo oportuno de su empleo, cargo o comisión;
  2. Dar a conocer a la instancia correspondiente los asuntos en los que puede existir un conflicto de interés; y
  3. Establecer mecanismos que le ayuden a prevenir la corrupción y cualquier conflicto de interés.

 

 

Desempeño permanente con Integridad:

  1. Actuar con estricto apego al respeto de los derechos humanos reconocidos en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos;
  2. Incluir acciones afirmativas que favorezcan el respeto de los derechos humanos, la equidad entre mujeres y hombres en las políticas y acciones del servicio público, además de asumir la igualdad de trato y de oportunidades e impulsar el trabajo en equipo; y
  3. Evitar aceptar regalos o estímulos de cualquier tipo que pretendan influir en las decisiones como servidor público.

 

Cooperación con Integridad:

  1. Utilizar lenguaje incluyente en cualquier forma de expresión para comunicarse con los demás al exterior y al interior de la institución; y
  2. Fomentar el acceso a oportunidades de desarrollo sin discriminación de género.

 

Comportamiento digno:

  1. Evitar generar beneficios por cuestiones de género;
  2. Evitar discriminar por razones de género, grupo étnico, religión, creencias, raza, nacionalidad, edad, orientación sexual, estado civil, estructura familiar, capacidades diferentes, condición social, ideologías políticas, o cualquier otra característica que diferencie a una persona de otra y que, con ello, atente contra la dignidad humana;
  3. Evitar utilizar lenguaje sexista que fomente estereotipos o prejuicios que favorezcan las desigualdades entre hombres y mujeres;
  4. Evitar ejercer algún tipo de violencia laboral hacia sus compañeros de trabajo, aludiendo a su género o alguna otra característica inherente a su persona;
  5. Evitar condicionar los derechos o prestaciones con las que se cuenta para el personal; y
  6. Evitar realizar cualquier acto que acose u hostigue sexual o laboralmente a las compañeras o compañeros de trabajo.

 

Uso del uniforme. En caso de que el ejercicio del empleo, cargo o comisión, así lo requiera el servidor público deberá portar de manera responsable el uniforme y utilizar el equipo policial asignado para los fines a los que fue destinado, además de las obligaciones contenidas en la Ley de Seguridad Pública para el Estado de Hidalgo, deberá observar los siguiente:

 

  1. Usar con decoro los uniformes e insignias del Organismo; entendiéndose por decoro a la dignidad, respeto o consideración en el ejercicio del empleo, cargo o comisión;
  2. Abstenerse e impedir que se utilicen indebidamente los vehículos, armamento, uniformes, insignias, identificaciones, chalecos, equipos de radiocomunicación, equipo táctico-policial y demás bienes institucionales, proporcionados para el desempeño de sus funciones;
  3. Respetar en todo momento el uniforme e insignias de la Policía Industrial Bancaria, evitando conductas contrarias a sus valores y principios;
  4. Portar el uniforme y equipo policial únicamente en el desempeño del cargo y funciones y para los efectos de dar cumplimiento a las mismas;
  5. Mantener el uniforme y equipo policial en buenas condiciones de uso y aseo;
  6. Evitar realizar modificaciones o alteraciones a los uniformes;
  7. Evitar usar prendas ajenas al uniforme, y
  8. Evitar difundir en medios electrónicos y redes sociales fotografías portando el uniforme o equipo policial de manera indebida o indecorosa.

 

Relación del superior jerárquico y subalternos. Conducirse con respeto hacia el personal del Organismo, con equidad sin influencia de los niveles jerárquicos, debiendo:

 

  1. Fomentar un clima de cordialidad y respeto en las relaciones que se deriven del empleo, cargo o comisión;
  2. Respetar las opiniones y aportaciones emitidas por el personal del Organismo;
  3. Impulsar el trabajo en equipo en un ambiente de amabilidad y confianza;
  4. Evitar en el trato cotidiano conductas, palabras y actitudes ofensivas;
  5. Evitar coaccionar al personal del Organismo para realizar acciones que signifiquen beneficios propios;
  6. Respetar el lugar de adscripción y a sus compañeros, evitando actos de molestia en los espacios de uso común;
  7. Desempeñar sus funciones en apego a una cultura institucional de equidad de género, y

 

Relación con la sociedad. El personal del Organismo deberá atender a los usuarios de los servicios donde se encuentren asignados, así como en general a la ciudadanía y entre sus compañeros de manera amable, respetuosa y con cordialidad en el ejercicio del empleo, cargo o comisión, debiendo también:

 

  1. Atender a la población con equidad, evitando cualquier forma de discriminación;
  2. Fomentar entre la sociedad un ambiente de confianza y credibilidad, a través de un trato justo, cordial, imparcial y eficiente hacia la ciudadanía;
  3. Evitar recibir y solicitar dádivas por el desempeño de las funciones, y
  4. Cumplir con máxima diligencia los principios que rigen el servicio público.

 

Capítulo III

De las Sanciones

 

Cualquier Incumplimiento a lo dispuesto en este Código de Conducta, será sometido a consideración del Comité de Ética, el cual determinará si la falta correspondiente queda registrada en el expediente laboral o, en su caso, se turnará al Órgano Interno de Control, para la investigación correspondiente por la posible comisión de una responsabilidad administrativa.

 

Transitorios

 

Primero. El presente Acuerdo, entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial del estado de Hidalgo.

 

Segundo. Dentro de un plazo no mayor a ciento veinte días naturales siguientes a la entrada en vigor del presente Acuerdo, el Comité de Ética, deberá emitir los mecanismos o procedimientos para darlo a conocer, así como para su evaluación y verificación de cumplimiento.

 

Dado en la Ciudad de Pachuca de Soto, Hidalgo a los 26 días del mes de noviembre del dos mil diecinueve.

 

DIRECTOR GENERAL

DEL ORGANISMO DESCENTRALIZADO DENOMINADO

POLICÍA INDUSTRIAL BANCARIA DEL ESTADO DE HIDALGO

 

LIC. RODRIGO LEÓN CERÓN

RÚBRICA


Periódico Oficial Alcance 3 del 16 de diciembre de 2019

Esto es un extracto, por lo que en el documento que está visualizando puede haber texto, caracteres, imágenes u objetos que no se muestren debido a la conversión a formato HTML, por lo que le recomendamos tomar siempre como referencia el archivo PDF de la edición.

Idioma »