Documento contenido en el Periódico Oficial Alcance 3 del 02 de diciembre de 2019
Edición: Alcance 3
Número: 48
Páginas: 35
Código de búsqueda: 2019_dic_02_alc3_48
Contenido:
DGCES-CETR-HGO-G005-2019
CONVENIO ESPECÍFICO DE COLABORACIÓN EN MATERIA DE TRANSFERENCIA DE RECURSOS PRESUPUESTARIOS FEDERALES CON EL CARÁCTER DE SUBSIDIOS PARA EL PROGRAMA REGULACIÓN Y VIGILANCIA DE ESTABLECIMIENTOS Y SERVICIOS DE ATENCIÓN MÉDICA G005, QUE CELEBRAN POR UNA PARTE, EL EJECUTIVO FEDERAL, POR CONDUCTO DE LA SECRETARÍA DE SALUD, A LA QUE EN ADELANTE SE LE DENOMINARÁ “LA SECRETARÍA”, A TRAVÉS DE LA DRA. ASA EBBA CHRISTINA LAURELL, SUBSECRETARIA DE INTEGRACIÓN Y DESARROLLO DEL SECTOR SALUD, ASISTIDA POR EL MTRO. RICARDO OCTAVIO MORALES CARMONA, DIRECTOR DE EDUCACIÓN EN SALUD DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE CALIDAD Y EDUCACIÓN EN SALUD, AL QUE EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ “LA DGCES” Y, POR LA OTRA, EL EJECUTIVO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE HIDALGO, AL QUE EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ “LA ENTIDAD”, REPRESENTADA POR LA DRA. DELIA JESSICA BLANCAS HIDALGO, EN SU CARÁCTER DE SECRETARIA DE FINANZAS PÚBLICAS DEL ESTADO DE HIDALGO, Y EL DR. MARCO ANTONIO ESCAMILLA ACOSTA, EN SU CARÁCTER DE SECRETARIO DE SALUD Y DIRECTOR GENERAL DE LOS SERVICIOS DE SALUD DE HIDALGO A LA QUE EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ “UNIDAD EJECUTORA”, A QUIENES CUANDO ACTÚEN DE MANERA CONJUNTA SE LES DENOMINARÁ “LAS PARTES”, CONFORME A LOS ANTECEDENTES, DECLARACIONES Y CLÁUSULAS SIGUIENTES:
ANTECEDENTES
DECLARACIONES
Una vez expuesto lo anterior y toda vez que la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, dispone en sus artículos 74 y 75, que el Ejecutivo Federal, por conducto de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, autorizará la ministración de los subsidios y transferencias que con cargo a los presupuestos de las Dependencias se aprueben en el Presupuesto de Egresos de la Federación, mismos que se otorgarán y ejercerán conforme a las disposiciones generales aplicables, y que dichos subsidios y transferencias deberán sujetarse a los criterios de objetividad, equidad, transparencia, publicidad, selectividad y temporalidad que en dicho ordenamiento se señalan, “LAS PARTES” celebran el presente Convenio, al tenor de las siguientes:
CLÁUSULAS
PRIMERA. OBJETO.- El presente Convenio y sus anexos 1, 2, 3 y 4, que firmados por “LAS PARTES” forman parte integrante del mismo, tienen por objeto transferir recursos presupuestarios federales a “LA ENTIDAD”, con el carácter de subsidios, que le permitan, conforme a los artículos 9 y 13, de la Ley General de Salud, coordinar su participación con “LA SECRETARÍA” durante el ejercicio fiscal 2019, a fin de dar cumplimiento al objetivo prioritario del programa presupuestario “Regulación y Vigilancia de Establecimientos y Servicios de Atención Médica G005”, de conformidad con los Anexos del presente instrumento jurídico.
Para efecto de lo anterior, “LAS PARTES” convienen en sujetarse expresamente a las estipulaciones de “EL ACUERDO MARCO”, cuyo contenido se tiene por reproducido en el presente Convenio como si a la letra se insertasen, así como a las demás disposiciones jurídicas aplicables.
SEGUNDA. TRANSFERENCIA.- Para la realización de las acciones objeto del presente Convenio, “LA SECRETARÍA”, por conducto de “LA DGCES”, con sujeción a su disponibilidad presupuestaria y a que se cuente con las autorizaciones que, en su caso, correspondan, transferirá a “LA ENTIDAD”, con el carácter de subsidios, recursos presupuestarios federales hasta por la cantidad de $1’300,000.00 (Un Millón Trescientos Mil pesos 00/100 M.N.), mismos que, para la consecución del objetivo prioritario del programa presupuestario “Regulación y Vigilancia de Establecimientos y Servicios de Atención Médica G005”, se aplicarán exclusivamente al proyecto estratégico y líneas de acción que se detallan en el Anexo 1 del presente Convenio.
La transferencia a que se refiere la presente Cláusula, se efectuará de conformidad con el calendario de ministración de recursos contenido en el Anexo 2 del presente Convenio.
Para tal efecto, “LA ENTIDAD”, a través de la Secretaría de Finanzas Públicas, procederá a abrir, en forma previa a su radicación, una cuenta bancaria productiva, única y específica para este Convenio, en la institución de crédito bancaria que determine, con la finalidad de que los recursos a transferir y sus rendimientos financieros estén debidamente identificados, debiendo informar por escrito a la “LA SECRETARÍA” a través de “LA DGCES”, los datos de identificación de dicha cuenta.
Una vez radicados los recursos presupuestarios federales en la Secretaría de Finanzas Públicas de “LA ENTIDAD”, ésta se obliga a ministrarlos íntegramente, junto con los rendimientos financieros que se generen, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a su recepción, a la Secretaría de Salud a través de su Organismo Descentralizado Servicios de Salud de Hidalgo, que tendrá el carácter de “UNIDAD EJECUTORA” para efectos del presente Convenio. La “UNIDAD EJECUTORA”, deberá informar a “LA SECRETARÍA”, a través de “LA DGCES”, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a aquél en que le sean ministrados los recursos presupuestarios federales antes mencionados, el monto, la fecha y el importe de los rendimientos generados que le hayan sido ministrados, debiendo remitir documento en el que se haga constar el acuse de recibo respectivo, al que deberá anexarse copia del estado de cuenta bancario que así lo acredite. Para tal efecto, “LA SECRETARÍA”, a través de “LA DGCES”, dará aviso a la “UNIDAD EJECUTORA” de esta transferencia.
La “UNIDAD EJECUTORA” deberá, previamente a la ministración de los recursos por parte de la Secretaría de Finanzas Públicas, abrir una cuenta bancaria productiva, única y específica para este Convenio.
La no ministración de los recursos por parte de la Secretaría de Finanzas Públicas de “LA ENTIDAD” a la “UNIDAD EJECUTORA” en el plazo establecido en el párrafo cuarto de esta Cláusula, se considerará incumplimiento del presente instrumento jurídico y será causa para solicitar el reintegro de los recursos transferidos, así como el de los rendimientos financieros obtenidos, a la Tesorería de la Federación.
Los recursos federales que se transfieran en los términos de este Convenio no pierden su carácter federal, por lo que su asignación, ejercicio, ejecución y comprobación deberán sujetarse a las disposiciones jurídicas federales aplicables.
Queda expresamente estipulado, que la transferencia de recursos otorgada en el presente Convenio no es susceptible de presupuestarse en los ejercicios fiscales siguientes, por lo que no implica el compromiso de transferencias posteriores ni en ejercicios fiscales subsecuentes con cargo al Ejecutivo Federal, para el pago de cualquier gasto que pudiera derivar del objeto del mismo.
TERCERA. VERIFICACIÓN DEL DESTINO DE LOS RECURSOS FEDERALES.- Para asegurar la transparencia en la aplicación y comprobación de los recursos federales ministrados, “LAS PARTES” convienen en sujetarse a lo siguiente:
Adicionalmente, “LA SECRETARÍA” a través de “LA DGCES”, podrá en todo momento, verificar en coordinación con “LA ENTIDAD”, la documentación que permita observar el ejercicio de los recursos federales transferidos a “LA ENTIDAD”, así como sus rendimientos financieros generados, así como solicitar a esta última, los documentos que justifiquen y comprueben el ejercicio de dichos recursos.
CUARTA. OBJETIVOS, INDICADORES Y METAS.- “LAS PARTES” convienen en que los objetivos, indicadores y metas de las acciones que se realicen para el cumplimiento del objeto del presente instrumento jurídico. El cual se establece en el Anexo 4 y se detalla en el Documento Operativo.
QUINTA. APLICACIÓN DE LOS RECURSOS.- Los recursos presupuestarios federales a los que alude la Cláusula Segunda de este instrumento jurídico y los rendimientos financieros que éstos generen, se destinarán en forma exclusiva para fortalecer la ejecución y desarrollo del Programa Regulación y Vigilancia de Establecimientos y Servicios de Atención Médica G005, en los términos previstos en el presente Convenio y sus anexos.
Dichos recursos no podrán traspasarse a otros conceptos de gasto diversos al objeto del presente instrumento jurídico y se registrarán conforme a su naturaleza como gasto corriente o de capital, en términos del “Clasificador por Objeto del Gasto para la Administración Pública Federal” vigente.
Los recursos federales que se transfieren, se devengarán conforme a lo establecido en el artículo 175 del Reglamento de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; se registrarán por “LA ENTIDAD” en su contabilidad de acuerdo con las disposiciones jurídicas aplicables y se rendirán en su Cuenta Pública.
Los recursos federales transferidos a “LA ENTIDAD”, así como los rendimientos financieros generados, que al 31 de diciembre de 2019 no hayan sido devengados, deberán ser reintegrados a la Tesorería de la Federación, en términos del artículo 17, de la Ley de Disciplina Financiera de las Entidades Federativas y los Municipios, debiendo informarlo a “LA SECRETARÍA”, a través de la “LA DGCES”, de manera escrita y con la documentación soporte correspondiente.
SEXTA. GASTOS ADMINISTRATIVOS.- “LAS PARTES” convienen en que los gastos administrativos, así como cualquier otro, no comprendido en el presente Convenio y sus anexos, deberán ser realizados por “LA ENTIDAD” con cargo a sus recursos propios.
SÉPTIMA. OBLIGACIONES DE “LA ENTIDAD”.- Adicionalmente a los compromisos estipulados en “EL ACUERDO MARCO” y en otras cláusulas del presente Convenio, “LA ENTIDAD” se obliga a:
Así mismo, la “UNIDAD EJECUTORA” deberá remitir a “LA SECRETARÍA” a través de “LA DGCES”, en un plazo no mayor a cinco (5) días hábiles posteriores a la recepción de las ministraciones realizadas por parte de la Secretaría de Finanzas Públicas, los comprobantes que acrediten la recepción de dichas ministraciones, conforme a la normativa aplicable.
La documentación comprobatoria a que se refiere los párrafos anteriores deberá ser expedida a nombre de la Secretaría de Salud/ Dirección General de Calidad y Educación en Salud; precisar el monto de los recursos transferidos; señalar las fechas de emisión y de recepción de los recursos; precisar el nombre del programa institucional y los conceptos relativos a los recursos federales recibidos. Dicha documentación deberá remitirse en archivo electrónico Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI), junto con los estados de cuenta bancarios que acrediten la recepción de dichos recursos.
En consecuencia, la autenticidad de la documentación justificatoria y comprobatoria de los recursos presupuestarios federales erogados, será responsabilidad de la “UNIDAD EJECUTORA”.
OCTAVA. OBLIGACIONES DE “LA SECRETARÍA”.- Adicionalmente a los compromisos establecidos en “EL ACUERDO MARCO”, “LA SECRETARÍA”, a través de “LA DGCES”, se obliga a:
NOVENA. CONTRALORÍA SOCIAL.- Con el propósito de que la ciudadanía, de manera organizada, participe en la verificación del cumplimiento de las metas y la correcta aplicación de los recursos del Programa Regulación y Vigilancia de Establecimientos y Servicios de Atención Médica G005, “LA SECRETARÍA” y “LA ENTIDAD” promoverán su participación, la cual se deberá realizar de conformidad con los “Lineamientos para la promoción y operación de la Contraloría Social en los programas federales de desarrollo social”, publicados en el Diario Oficial de la Federación con fecha 28 de octubre de 2016, y demás disposiciones aplicables.
DÉCIMA. ACCIONES DE VERIFICACIÓN, SEGUIMIENTO, EVALUACIÓN, CONTROL Y FISCALIZACIÓN.- La verificación, seguimiento y evaluación de los recursos presupuestarios federales transferidos por “LA SECRETARÍA” a “LA ENTIDAD” con motivo del presente instrumento jurídico, corresponderá a “LA SECRETARÍA”, a través de “LA DGCES”.
Cuando los servidores públicos que participen en la ejecución del presente Convenio, detecten que los recursos federales transferidos han permanecido ociosos o han sido utilizados para fines distintos a los que se señalan en el presente Convenio, deberán hacerlo del conocimiento, en forma inmediata, de la Auditoría Superior de la Federación y de la Secretaría de la Función Pública y, en su caso, del Ministerio Público de la Federación.
DÉCIMA PRIMERA. MANEJO DE LA INFORMACIÓN.- El manejo de la información que se presente, obtenga o produzca en virtud del cumplimiento de este instrumento jurídico, será clasificada por “LAS PARTES”, atendiendo a los principios de confidencialidad, reserva y protección de datos personales que se desprenden de las disposiciones aplicables en la materia, por lo que “LAS PARTES” se obligan a utilizarla o aprovecharla únicamente para el cumplimiento del objeto del presente Convenio.
Asimismo, “LAS PARTES” se obligan a no revelar, copiar, reproducir, explotar, comercializar, modificar, duplicar, divulgar o difundir a terceros, la información que tenga carácter de confidencial, sin la autorización previa y por escrito del titular de la misma y de “LAS PARTES”.
DÉCIMA SEGUNDA. AVISOS, COMUNICACIONES Y NOTIFICACIONES.- “LAS PARTES” convienen en que todos los avisos, comunicaciones y notificaciones que se realicen con motivo del presente instrumento jurídico, se llevarán a cabo por escrito en los domicilios señalados en el apartado de Declaraciones.
Cualquier cambio de domicilio de “LAS PARTES” deberá ser notificado por escrito a la otra, con al menos diez (10) días naturales de anticipación a la fecha en que se pretenda que surta efectos ese cambio. Sin este aviso, todas las comunicaciones se entenderán válidamente hechas en los domicilios señalados por “LAS PARTES”.
DÉCIMA TERCERA. RELACIÓN LABORAL.- Queda expresamente estipulado por “LAS PARTES”, que el personal contratado, empleado o comisionado por cada una de ellas para dar cumplimiento al presente instrumento jurídico, guardará relación laboral únicamente con aquélla que lo contrató, empleó o comisionó, por lo que asumen plena responsabilidad por este concepto, sin que en ningún caso, la otra parte pueda ser considerada como patrón sustituto o solidario, obligándose en consecuencia, cada una de ellas, a sacar a la otra, en paz y a salvo, frente a cualquier reclamación o demanda que su personal pretendiese fincar o entablar en su contra, deslindándose desde ahora de cualquier responsabilidad de carácter laboral, civil, penal, administrativa o de cualquier otra naturaleza jurídica, que en ese sentido se les quiera fincar.
DÉCIMA CUARTA. VIGENCIA.- El presente Convenio comenzará a surtir sus efectos a partir de la fecha de su suscripción y se mantendrá en vigor hasta el 31 de diciembre de 2019.
DÉCIMA QUINTA. MODIFICACIONES AL CONVENIO ESPECÍFICO.- “LAS PARTES” acuerdan que el presente Convenio podrá modificarse de común acuerdo por escrito, sin alterar su estructura y en estricto apego a las disposiciones jurídicas aplicables. Las modificaciones al Convenio obligarán a sus signatarios a partir de la fecha de su firma y deberán publicarse en el Diario Oficial de la Federación y en el órgano de difusión oficial de “LA ENTIDAD”.
En circunstancias especiales, caso fortuito o de fuerza mayor, para la realización del objeto previsto en este instrumento jurídico, “LAS PARTES” acuerdan tomar las medidas o mecanismos que permitan afrontar dichas eventualidades. En todo caso, las medidas y mecanismos acordados serán formalizados mediante la suscripción del Convenio modificatorio correspondiente.
DÉCIMA SEXTA. CAUSAS DE TERMINACIÓN.- El presente Convenio podrá darse por terminado de manera anticipada en los supuestos estipulados en “EL ACUERDO MARCO”.
DÉCIMA SÉPTIMA. CAUSAS DE RESCISIÓN.- El presente Convenio podrá rescindirse por las causas que señala “EL ACUERDO MARCO”.
DÉCIMA OCTAVA. INTERPRETACIÓN, JURISDICCIÓN Y COMPETENCIA.- “LAS PARTES” manifiestan su conformidad para interpretar y resolver, de común acuerdo, todo lo relativo a la ejecución y cumplimiento del presente Convenio, así como en sujetar todo lo no previsto en el mismo a lo dispuesto en las disposiciones jurídicas aplicables.
Asimismo, convienen en que de las controversias que surjan con motivo de la ejecución y cumplimiento del presente Convenio, conocerán los tribunales federales competentes en la Ciudad de México, renunciando “LAS PARTES” a cualquier otra jurisdicción que pudiera corresponderles en razón de su domicilio presente o futuro.
Estando enteradas “LAS PARTES” del contenido y alcance legal del presente Convenio, lo firman por cuadruplicado a los 31 días del mes de julio del año dos mil diecinueve.
POR “LA SECRETARÍA”
_______________________________ DRA. ASA EBBA CHRISTINA LAURELL SUBSECRETARIA DE INTEGRACIÓN Y DESARROLLO DEL SECTOR SALUD RÚBRICA |
POR “LA ENTIDAD”
_______________________________ DR. MARCO ANTONIO ESCAMILLA ACOSTA SECRETARIO DE SALUD Y DIRECTOR GENERAL DE LOS SERVICIOS DE SALUD DE HIDALGO (UNIDAD EJECUTORA) RÚBRICA |
_______________________________ MTRO. RICARDO OCTAVIO MORALES CARMONA DIRECTOR DE EDUCACIÓN EN SALUD DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE CALIDAD Y EDUCACIÓN EN SALUD RÚBRICA |
_______________________________ DRA. DELIA JESSICA BLANCAS HIDALGO SECRETARIA DE FINANZAS PÚBLICAS DEL ESTADO DE HIDALGO RÚBRICA |
ÚLTIMA HOJA DE FIRMAS DEL CONVENIO ESPECÍFICO DE COLABORACIÓN EN MATERIA DE TRANSFERENCIA DE RECURSOS PRESUPUESTARIOS FEDERALES CON EL CARÁCTER DE SUBSIDIOS PARA EL PROGRAMA REGULACIÓN Y VIGILANCIA DE ESTABLECIMIENTOS Y SERVICIOS DE ATENCIÓN MÉDICA G005, QUE CELEBRAN POR UNA PARTE, EL EJECUTIVO FEDERAL, POR CONDUCTO DE LA SECRETARÍA DE SALUD, Y POR LA OTRA, EL EJECUTIVO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE HIDALGO, REPRESENTADO POR LA SECRETARÍA DE FINANZAS PÚBLICAS DEL ESTADO DE HIDALGO, LA SECRETARÍA DE SALUD Y EL ORGANISMO DESCENTRALIZADO DENOMINADO SERVICIOS DE SALUD DE HIDALGO, SUSCRITO EL 31 DE JULIO DE 2019.
“Este programa es de carácter público, no es patrocinado ni promovido por partido político alguno y sus recursos provienen de los impuestos que pagan todos los contribuyentes. Está prohibido el uso de este programa con fines políticos, electorales, de lucro y otros distintos a los establecidos. Quien haga uso indebido de los recursos de este programa deberá ser denunciado y sancionado de acuerdo con la ley aplicable y ante la autoridad competente”.
MODELO
ANEXO 1
DESCRIPCIÓN DE LAS LÍNEAS DE ACCIÓN
Línea de acción | Objetivo | Alcance | ||
I. Apoyo en la ejecución de las evaluaciones en los establecimientos para la atención médica durante el ejercicio 2019. | Apoyo en la ejecución de las visitas de Acreditación y/o Reacreditación en los establecimientos para la atención médica de las entidades federativas incluidos en el Programa Anual de Acreditación 2019 (PAA 2019) durante el último cuatrimestre, en cumplimiento a la normatividad vigente, a fin de garantizar que la prestación de los servicios de atención médica se otorgue con los mínimos de Capacidad, Seguridad y Calidad. | Establecimientos incluidos en el Programa Anual de Acreditación 2019, durante el último cuatrimestre que serán financiados con el “Programa G005”.
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Breve descripción | Entregables a “LA DGCES” | Monto Asignado | ||
Para la realización de la línea de acción I: Apoyo en la ejecución de las evaluaciones en los establecimientos para la atención médica durante el ejercicio 2019.
“LA DGCES”, a través de la Dirección de Evaluación de la Calidad, solicitará mediante oficio a los titulares de las Secretarías de Salud y/o Servicios de Salud o su equivalente, beneficiarias del “Programa de Regulación y Vigilancia de Establecimientos y Servicios de Atención Médica G005”, el personal evaluador estatal, en el que indicará el número de evaluadores, perfil solicitado, fecha y entidad programada a visitar.
Las Secretarías de Salud y/o Servicios de Salud o su equivalente, según corresponda en la entidad federativa de que se trate, designarán al personal evaluador incluido en el padrón de evaluadores 2019, y notificará a “LA DGCES “mediante oficio dirigido al titular de la misma, los nombres y logística del personal evaluador que acudirá a la visita (ver Formato 1 del Documento Operativo 2019.)
Las Secretarías de Salud y/o Servicios de Salud o su equivalente, según corresponda en la entidad federativa de que se trate, realizarán las gestiones administrativas conducentes para cubrir los gastos por concepto de transporte aéreo y terrestre, viáticos (alimentos y hospedaje) del personal evaluador que participará en la ejecución de las visitas de acreditación y/o reacreditación solicitadas por la “LA DGCES”, financiadas con el “Programa Regulación y Vigilancia de Establecimientos y Servicios de Atención Médica G005” de conformidad con los Lineamientos por los que se establecen las medidas de austeridad en el gasto de operación en las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, emitidos por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, publicados en el Diario Oficial de la Federación el día 22 de febrero de 2016 y demás disposiciones federales aplicables.
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Para la comprobación de los recursos ejercidos por las Secretarías de Salud y/o Servicios de Salud o su equivalente, según corresponda en la entidad federativa de que se trate, deberán entregar a “ LA DGCES” mediante oficio suscrito por el Secretario de Salud de la entidad federativa, al cierre del último trimestre del ejercicio fiscal 2019, una carpeta administrativa en formato físico y en medio magnético con la siguiente documentación:
a. Lista de evaluadores participantes, en la que se identifique: Nombre; Perfil del evaluador; Establecimiento o lugar de adscripción; Lugar y Fecha de visita en que participó. Dicho listado deberá acompañarse con la copia de identificación institucional vigente de cada uno de los evaluadores. Para cada visita y por cada evaluador participante, se conformará lo siguiente: b. Un formato con los montos totales devengados en: pasajes aéreos nacionales, pasajes terrestres nacionales y viáticos; así como la relación de facturas que justifican los montos de los tres conceptos antes mencionados c. Un juego de las copias simples de las facturas que sustentan el formato antes descrito, las cuales deberán estar previamente canceladas con la leyenda “Operado con recursos federales, para el Programa de Regulación y Vigilancia de Establecimientos y Servicios de Atención Médica G005 del Ejercicio Fiscal 2019”: · Copia simple de factura de transportación aérea, en caso de que el traslado sea mayor a 450 km, o terrestre en los que el traslado sea menor a la distancia señalada; · Copia simple de facturas de viáticos (hospedaje y consumo de alimentos); · Copia simple de facturas de pasajes terrestres, correspondientes a los traslados en la entidad federativa visitada. d. Los demás que le requiera la DGCES para el cumplimiento del objeto del convenio específico |
$1’300,000.00 (Un Millón Trescientos Mil pesos 00/100 M.N.) | ||
Número de evaluaciones en los establecimientos para la atención médica ejecutadas con recurso del Programa Presupuestario G005 en relación con el monto asignado, 140 Evaluaciones. | ||||
“LA SECRETARÍA” a través de “LA DGCES” enviará los formatos con las especificaciones de cada proyecto estratégico a “LA ENTIDAD” mediante oficio.
“LA SECRETARÍA” a través de “LA DGCES” enviará los formatos de seguimiento trimestral mediante oficio a “LA ENTIDAD” a los cinco días hábiles de haberse suscrito el presente instrumento legal.
EL PRESENTE ANEXO FORMA PARTE INTEGRANTE DEL CONVENIO ESPECÍFICO DE COLABORACIÓN EN MATERIA DE TRANSFERENCIA DE RECURSOS PRESUPUESTARIOS FEDERALES CON EL CARÁCTER DE SUBSIDIOS PARA EL PROGRAMA REGULACIÓN Y VIGILANCIA DE ESTABLECIMIENTOS Y SERVICIOS DE ATENCIÓN MÉDICA G005, QUE CELEBRAN POR UNA PARTE, EL EJECUTIVO FEDERAL, POR CONDUCTO DE LA SECRETARÍA DE SALUD, Y POR LA OTRA, EL EJECUTIVO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE HIDALGO, REPRESENTADO POR LA SECRETARÍA DE FINANZAS PÚBLICAS DEL ESTADO DE HIDALGO, LA SECRETARÍA DE SALUD Y EL ORGANISMO DESCENTRALIZADO DENOMINADO SERVICIOS DE SALUD DE HIDALGO, SUSCRITO EL 31 DE JULIO DE 2019.
MODELO
ANEXO 2
TRANSFERENCIA DE RECURSOS
CAPÍTULO DE GASTO | APORTACIÓN FEDERAL | APORTACIÓN ESTATAL | TOTAL |
4000 “Transferencias, Asignaciones, Subsidios y Otras Ayudas” | $1’300,000.00 | $0.00 | $1’300,000.00 |
TOTAL | $1’300,000.00 | $0.00 | $1’300,000.00 |
CALENDARIO DE MINISTRACIÓN DE RECURSOS
CONCEPTO | ENE. | FEB. | MAR. | ABR. | MAY. | JUN. | JUL. | AGO. | SEPT. | OCT. | NOV. | DIC. | TOTAL |
4000 “Transferencias, Asignaciones, Subsidios y Otras Ayudas”
43801 “Subsidios a las Entidades Federativas y Municipios. |
$1’300,000.00 | $1’300,000.00 | |||||||||||
ACUMULADO
|
$1’300,000.00 | $1’300,000.00 |
EL PRESENTE ANEXO FORMA PARTE INTEGRANTE DEL CONVENIO ESPECÍFICO DE COLABORACIÓN EN MATERIA DE TRANSFERENCIA DE RECURSOS PRESUPUESTARIOS FEDERALES CON EL CARÁCTER DE SUBSIDIOS PARA EL PROGRAMA REGULACIÓN Y VIGILANCIA DE ESTABLECIMIENTOS Y SERVICIOS DE ATENCIÓN MÉDICA G005, QUE CELEBRAN POR UNA PARTE, EL EJECUTIVO FEDERAL, POR CONDUCTO DE LA SECRETARÍA DE SALUD, Y POR LA OTRA, EL EJECUTIVO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE HIDALGO, REPRESENTADO POR LA SECRETARÍA DE FINANZAS PÚBLICAS DEL ESTADO DE HIDALGO, LA SECRETARÍA DE SALUD Y EL ORGANISMO DESCENTRALIZADO DENOMINADO SERVICIOS DE SALUD DE HIDALGO, SUSCRITO EL 31 DE JULIO DE 2019.
MODELO
ANEXO 3
CIERRE PRESUPUESTAL EJERCICIO 2019
Capítulo de gasto | Presupuesto autorizado | Presupuesto modificado | Presupuesto ejercido | Reintegro TESOFE (1) | No. Cuenta | Rendimientos generados | Rendimientos ejercidos | Rendimientos reintegrados a TESOFE (2) | |
4000
|
No. Cuenta Secretaría de Finanzas | ||||||||
No. Cuenta Servicios de Salud | |||||||||
Total | Total |
LA DOCUMENTACIÓN ORIGINAL COMPROBATORIA CORRESPONDIENTE CUMPLE CON LOS REQUISITOS FISCALES, ADMINISTRATIVOS Y NORMATIVOS VIGENTES VINCULADOS AL PROGRAMA, ASIMISMO, SU EJECUCIÓN CUMPLE CON LOS LINEAMIENTOS PARA INFORMAR SOBRE LOS RECURSOS FEDERALES TRANSFERIDOS A LAS ENTIDADES FEDERATIVAS, MUNICIPIOS Y DEMARCACIONES TERRITORIALES DEL DISTRITO FEDERAL, Y DE OPERACIÓN DE LOS RECURSOS DEL RAMO GENERAL 33, PUBLICADOS EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN EL 25 DE ABRIL DE 2013.Y LA DOCUMENTACIÓN SOPORTE SE ENCUENTRA PARA SU GUARDA Y CUSTODIA EN LA UNIDAD EJECUTORA, SECRETARÍA DE FINANZAS O SU EQUIVALENTE EN ESTA ENTIDAD FEDERATIVA, CONFORME A LO ESTABLECIDO EN EL CONVENIO ESPECÍFICO DE COLABORACIÓN EN MATERIA DE TRANSFERENCIA DE RECURSOS.
(NOMBRE Y FIRMA) (DIRECTOR ADMINISTRATIVO DE LOS SERVICIOS ESTATALES DE SALUD O SU EQUIVALENTE) |
(NOMBRE Y FIRMA) (SECRETARIO DE SALUD Y/O DIRECTOR GENERAL TITULAR DE LOS SERVICIOS ESTATALES DE SALUD O SU EQUIVALENTE, SEGÚN CORRESPONDA EN LA ENTIDAD FEDERATIVA) |
(NOMBRE Y FIRMA) (SECRETARIO DE FINANZAS O SU EQUIVALENTE SEGÚN CORRESPONDA EN LA ENTIDAD FEDERATIVA)
|
NOTAS:
(1) Deberá especificar el número de línea de captura TESOFE de reintegro presupuestal, y anexar copia del recibo de pago correspondiente al monto reintegrado.
(2) Deberá especificar el número de línea de captura TESOFE de reintegro de rendimientos financieros, y anexar copia del recibo de pago correspondiente al monto reintegrado.
EL PRESENTE ANEXO FORMA PARTE INTEGRANTE DEL CONVENIO ESPECÍFICO DE COLABORACIÓN EN MATERIA DE TRANSFERENCIA DE RECURSOS PRESUPUESTARIOS FEDERALES CON EL CARÁCTER DE SUBSIDIOS PARA EL PROGRAMA REGULACIÓN Y VIGILANCIA DE ESTABLECIMIENTOS Y SERVICIOS DE ATENCIÓN MÉDICA G005, QUE CELEBRAN POR UNA PARTE, EL EJECUTIVO FEDERAL, POR CONDUCTO DE LA SECRETARÍA DE SALUD, Y POR LA OTRA, EL EJECUTIVO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE HIDALGO, REPRESENTADO POR LA SECRETARÍA DE FINANZAS PÚBLICAS DEL ESTADO DE HIDALGO, LA SECRETARÍA DE SALUD Y EL ORGANISMO DESCENTRALIZADO DENOMINADO SERVICIOS DE SALUD DE HIDALGO, SUSCRITO EL 31 DE JULIO DE 2019.
MODELO
ANEXO 4
AVANCE FINANCIERO EJERCICIO 2019
Capítulo de Gasto (2) | Indicador (3) | Meta (4) | Resultado (5) | (1) TRIMESTRE | |||||||
Autorizado (6) | % (7 ) | Modificado (8) | % (9) | Ejercido (10) | % (11) | Acumulado (12) | % (13) | ||||
4000 | Número de evaluaciones en CAUSES ejecutadas durante el último cuatrimestre financiadas con el “Programa G005”. | ||||||||||
Número de personas capacitadas en la Reunión Regional. | |||||||||||
TOTAL (13) |
LOS OBJETIVOS DE CADA INDICADOR Y METAS QUE SE ENUNCIAN EN ESTE ANEXO ESTAN VINCULADOS CON LO ESTABLECIDO EN EL ANEXO 1 DE ESTE CONVENIO, PARA SU DETERMINACIÓN, “LA DGCES” SEÑALÓ CLARAMENTE EN EL DOCUMENTO OPERATIVO EL PROCESO QUE SE SEGUIRÁ PARA ACREDITAR EL CUMPLIMIENTO DE LOS INDICADORES Y METAS, ASIMISMO LA DOCUMENTACIÓN ORIGINAL COMPROBATORIA CORRESPONDIENTE DEBERÁ CUMPLIR CON LOS REQUISITOS FISCALES, ADMINISTRATIVOS VIGENTES VINCULADOS AL PROGRAMA; SU EJECUCIÓN DEBERÁ CUMPLIR CON LOS LINEAMIENTOS PARA INFORMAR SOBRE LOS RECURSOS FEDERALES TRANSFERIDOS A LAS ENTIDADES FEDERATIVAS, MUNICIPIOS Y DEMARCACIONES TERRITORIALES DEL DISTRITO FEDERAL, Y DE OPERACIÓN DE LOS RECURSOS DEL RAMO GENERAL 33, PUBLICADOS EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN EL 25 DE ABRIL DE 2013.Y LA DOCUMENTACIÓN SOPORTE SE ENCONTRARÁ PARA SU GUARDA Y CUSTODIA EN LA UNIDAD EJECUTORA, SECRETARÍA DE FINANZAS O SU EQUIVALENTE EN ESTA ENTIDAD FEDERATIVA, CONFORME A LO ESTABLECIDO EN EL CONVENIO ESPECÍFICO DE COLABORACIÓN EN MATERIA DE TRANSFERENCIA DE RECURSOS.
(NOMBRE Y FIRMA) RESPONSABLE ESTATAL DE CALIDAD |
(NOMBRE Y FIRMA) DIRECTOR ADMINISTRATIVO DE LOS SERVICIOS ESTATALES DE SALUD |
(NOMBRE Y FIRMA) SECRETARIO DE SALUD Y DIRECTOR GENERAL TITULAR DE LOS SERVICIOS ESTATALES DE SALUD O SU EQUIVALENTE SEGÚN CORRESPONDA EN LA ENTIDAD FEDERATIVA |
Instructivo de llenado:
EL PRESENTE ANEXO FORMA PARTE INTEGRANTE DEL CONVENIO ESPECÍFICO DE COLABORACIÓN EN MATERIA DE TRANSFERENCIA DE RECURSOS PRESUPUESTARIOS FEDERALES CON EL CARÁCTER DE SUBSIDIOS PARA EL PROGRAMA REGULACIÓN Y VIGILANCIA DE ESTABLECIMIENTOS Y SERVICIOS DE ATENCIÓN MÉDICA G005, QUE CELEBRAN POR UNA PARTE, EL EJECUTIVO FEDERAL, POR CONDUCTO DE LA SECRETARÍA DE SALUD, Y POR LA OTRA, EL EJECUTIVO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE HIDALGO, REPRESENTADO POR LA SECRETARÍA DE FINANZAS PÚBLICAS DEL ESTADO DE HIDALGO, LA SECRETARÍA DE SALUD Y EL ORGANISMO DESCENTRALIZADO DENOMINADO SERVICIOS DE SALUD DE HIDALGO, SUSCRITO EL 31 DE JULIO DE 2019.
Periódico Oficial Alcance 3 del 02 de diciembre de 2019
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