Documento contenido en el Periódico Oficial Alcance 3 del 20 de octubre de 2020
Edición: Alcance 3
Número: 42
Páginas: 17
Contenido:
Secretaría de Movilidad y Transporte del Estado de Hidalgo. – Convocatoria a las y los profesionistas, personas físicas o morales que deseen formar parte del Registro de Personas Profesionales y Profesionistas con el objeto de elaborar, integrar y suscribir el Estudio de Impacto en la Movilidad.
LICENCIADO JOSÉ LUIS GUEVARA MUÑOZ, SECRETARIO DE MOVILIDAD Y TRANSPORTE, CON FUNDAMENTO EN LO DISPUESTO POR LOS ARTÍCULOS 33, 34 Y 35 DE LA LEY DE MOVILIDAD Y TRANSPORTE PARA EL ESTADO DE HIDALGO, 25, 26, Y 27 DEL REGLAMENTO DE LA LEY DE MOVILIDAD Y TRANSPORTE PARA EL ESTADO DE HIDALGO, ASÍ COMO LOS ARTÍCULOS 5 Y 10 FRACCIÓN I Y VIII DEL REGLAMENTO INTERIOR DE LA SECRETARÍA DE MOVILIDAD Y TRANSPORTE, TENGO A BIEN EMITIR LA SIGUIENTE:
CONVOCATORIA
A las y los profesionistas, personas físicas o morales que deseen formar parte del Registro de Personas Profesionales y Profesionistas con el objeto de elaborar, integrar y suscribir el Estudio de Impacto en la Movilidad; conforme las siguientes:
BASES
PRIMERA
DE SU OBJETO
La presente convocatoria está dirigida a las y los profesionistas, personas físicas o morales, que deseen formar parte del Registro de Personas Profesionales y Profesionistas para expedir el Estudio de Impacto en la Movilidad, entendiéndose este como el padrón de personas autorizadas para la elaboración, integración y suscripción del Estudio de Impacto en la Movilidad, en términos de la Ley, Reglamento y Lineamientos respectivos.
SEGUNDA
DE LOS REQUISITOS DE ELEGIBILIDAD
Las y los interesados en formar parte del Registro de Personas Profesionales y Profesionistas para expedir el Estudio de Impacto en la Movilidad; deberán cumplir con los siguientes requisitos:
- Contar con título profesional en alguna de las siguientes licenciaturas o carreras afines: arquitectura, ingeniería civil, ingeniero arquitecto, diseñador de asentamientos humanos, planificador territorial, urbanista, ingeniería de tránsito, ingeniería en transporte y en medio ambiente;
- Contar con experiencia mínima de tres años en temas relacionados con la movilidad;
- Contar con residencia dentro del Estado de Hidalgo; y
- No contar con sanción o infracción alguna en los diferentes sistemas con los que cuenta la Secretaría de Movilidad y Transporte, del Estado de Hidalgo.
TERCERA
DE LA DOCUMENTACIÓN
Los aspirantes deberán presentar en las oficinas que ocupa la Secretaría de Movilidad y Transporte, ubicadas en Avenida de los Prismas No. 205, Col. La Colonia, C.P. 42083 en Pachuca de Soto, Hidalgo; en un horario de lunes a viernes de las 8:30 a 16:30 horas, a partir del día siguiente de la publicación de esta convocatoria en el Periódico Oficial del Estado de Hidalgo, y hasta el día 30 de septiembre de 2020, la siguiente documentación:
- Solicitud de inscripción, debidamente requisitada, misma que será proporcionada por la Secretaría de Movilidad y Transporte al momento del registro de su solicitud;
- Currículum vitae, con firma autógrafa del aspirante, debiendo adjuntar copia simple de los documentos que acrediten los conocimientos y experiencia señalados en el mismo, y que cuenta con experiencia mínima de tres años en temas relacionados con la movilidad;
- Carta Compromiso, donde señale bajo protesta de decir verdad que conoce lo establecido en la Ley, su Reglamento y demás disposiciones legales y administrativas aplicables, para la emisión del Estudio de Impacto a la Movilidad, así como de la veracidad de la información contenida en el mismo, documento que será proporcionado al momento de la inscripción;
- Título y cédula profesional, de alguna de las licenciaturas o carreras afines, señaladas en la fracción I del artículo anterior;
- Comprobante de domicilio;
- Certificado de No antecedentes Penales;
- Identificación oficial, vigente con fotografía; y
- 2 fotografías, a color tamaño infantil.
Debiendo cada aspirante presentar la documentación en original y copia indicada para su debido cotejo, señalando un domicilio con ubicación dentro del municipio de Pachuca de Soto, Hidalgo, para efectos de oír y recibir todo tipo de documentos y notificaciones, así como una dirección de correo electrónico para los mismos efectos.
CUARTA
DE LAS INCONSISTENCIAS
De encontrarse inconsistencias o falsedad en la documentación presentada por el aspirante, la Dirección General de Movilidad Sustentable de la Secretaría de Movilidad y Transporte prevendrá al aspirante, para que notificado de la misma las subsane dentro de los tres días hábiles siguientes. De resultar falso un documento, se dará vista a la autoridad competente.
QUINTA
DE LA PROCEDENCIA DE LOS DOCUMENTOS
La Dirección General de Movilidad Sustentable, será la responsable de recibir, cotejar y dictaminar la procedencia de los documentos en términos de los Lineamientos respectivos, para que dentro de los diez días hábiles siguientes al cierre de la recepción de los documentos, notifique a los aspirantes vía correo electrónico de que cumplieron satisfactoriamente con los requisitos, por lo que se encontrarán inscritos dentro del padrón del Registro de Personas Profesionales y Profesionistas para expedir el Estudio de Impacto en la Movilidad, el cual será publicado en las oficinas de la Secretaría de Movilidad y Transporte.
SEXTA
DEL PAGO
La Dirección General de Movilidad Sustentable deberá realizar con base a los lineamientos expedidos por la Secretaría de Movilidad y Transporte, por lo que, por esta ocasión no está regulado en la Ley Estatal de Derechos el importe que deberá ser cubierto para proceder a la inscripción del aspirante.
Por lo que, cumplido con lo establecido en la Base QUINTA, el aspirante estará inscrito y en posibilidad de suscribir el Estudio de Impacto en la Movilidad conforme lo establecido en la Ley de Movilidad y Transporte para el Estado de Hidalgo, el Reglamento y Lineamientos respectivos.
SÉPTIMA
DE LA VIGENCIA DEL REGISTRO
Los aspirantes inscritos al Registro de Personas Profesionales y Profesionistas para la suscripción del Estudio de Impacto en la Movilidad, tendrá una vigencia de cuatro años a partir de su inscripción, previo pago de derechos en términos de la presente convocatoria; debiendo observar los lineamientos establecidos por la Secretaría de Movilidad y Transporte, la Ley de Movilidad y Transporte del Estado de Hidalgo y su Reglamento.
OCTAVA
DE LA PRÓRROGA DE LA VIGENCIA DEL REGISTRO
En el caso de no presentarse registro de aspirantes dentro del plazo señalado en la presente convocatoria, el término se prorrogará hasta el día 30 de octubre del presente año o hasta en tanto se realicen las tres primeras inscripciones al Registro de Personas Profesionales y Profesionistas, lo que ocurra primero.
De no presentarse ningún registro de aspirantes y su respectiva inscripción, en cumplimiento a la Ley de Movilidad y Transporte del Estado de Hidalgo, se emitirá nueva convocatoria hasta el año siguiente.
NOVENA
DE LOS CASOS NO PREVISTOS
Los casos no previstos dentro de la presente convocatoria, serán resueltos en uso de sus atribuciones y facultades que conforme a la Ley de Movilidad y Transporte del Estado de Hidalgo y su Reglamento le confieren al Titular de la Secretaría de Movilidad y Transporte.
TRANSITORIO
ÚNICO. La presente convocatoria surtirá sus efectos a partir del día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial del Estado de Hidalgo.
ATENTAMENTE
LIC. JOSÉ LUIS GUEVARA MUÑOZ
SECRETARIO DE MOVILIDAD Y TRANSPORTE
RÚBRICA
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Periódico Oficial Alcance 3 del 20 de octubre de 2020
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