Documento contenido en el Periódico Oficial Alcance 6 del 03 de mayo de 2020

Edición: Alcance 6
Número: 17
Páginas: 38

Contenido:


Secretaría de Movilidad y Transporte del Estado de Hidalgo. – Acuerdo que modifica y adiciona el diverso acuerdo por el que se declara la suspensión de procedimientos, trámites, términos y plazos para la práctica de actuaciones y diligencias vinculadas con la Secretaría de Movilidad y Transporte de Hidalgo, el Sistema de Transporte Convencional de Hidalgo y el Sistema Integrado de Transporte Masivo de Hidalgo.

LIC. JOSÉ LUIS GUEVARA MUÑOZ, SECRETARIO DE MOVILIDAD Y TRANSPORTE DEL ESTADO DE HIDALGO, CON FUNDAMENTO EN LO ESTABLECIDO POR LOS ARTÍCULOS 73 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO DE HIDALGO; 2 BIS, 3, 4, 13 FRACCIÓN XV, 16, 37 BIS FRACCIONES I, XI, XII, XIII, XIV, XVIII, XIX Y XXIX DE LA LEY ORGÁNICA DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA PARA EL ESTADO DE HIDALGO; 1, 2 FRACCIÓN I, 4, 5, 7 FRACCIONES I, II, V, VII, XVI INCISOS A, B, D Y H, 8 FRACCIONES I Y II, 9 FRACCIONES I Y XXXI, Y 10 DE LA LEY DE MOVILIDAD Y TRANSPORTE PARA EL ESTADO DE HIDALGO; Y 9 FRACCIONES V, X Y XVI DEL REGLAMENTO INTERIOR DE LA SECRETARÍA DE MOVILIDAD Y TRANSPORTE DEL ESTADO DE HIDALGO, Y

 

CONSIDERANDO

 

PRIMERO. Que derivado del brote de enfermedad por coronavirus, detectado por primera vez en el poblado de Wuhan, China, el 31 de diciembre de 2019 y que con fecha 30 de enero del presente año, la Organización Mundial de la Salud declaró la Emergencia de Salud Pública de Importancia Internacional, por el brote de 2019-nCoV, el cual, posteriormente se le otorgó la denominación de COVID-19 y derivado de los altos niveles de propagación y gravedad que representa dicho virus, el 11 de marzo de 2020, dicha organización declaró que el COVID-19, pasaba de ser una epidemia a una pandemia.

 

SEGUNDO. Que con fecha 25 de marzo de 2020, se publicó en el Periódico Oficial del Estado de Hidalgo, en su alcance seis, el Acuerdo por el que se establecen las medidas y acciones que deberán implementar las Dependencias y Entidades de la Administración Pública Estatal derivado de la enfermedad por el virus COVID-19 en el Estado de Hidalgo, a través del cual, se faculta a los titulares de las dependencias y entidades de la Administración Pública Estatal, en el ámbito de su competencia, en estricto ejercicio de su responsabilidad, y atendiendo a las determinaciones de las autoridades sanitarias estatales y federales, emitir los acuerdos y lineamientos que sean necesarios para modificar la suspensión de los plazos y términos de trámites y procedimientos referidos por dicho Acuerdo.

 

TERCERO. Que el 29 de marzo de 2020, Alcance Nueve, se publicó en el Periódico Oficial del Estado de Hidalgo, el Acuerdo por el que se suspenden los plazos, términos relacionados con los trámites, procedimientos y recursos administrativos, que sean competencia de la Secretaría de Movilidad y Transporte de Hidalgo, el Sistema de Transporte Convencional de Hidalgo y el Sistema Integrado de Transporte Masivo de Hidalgo, en el periodo que comprende del día 30 de marzo al 19 de abril del presente año.

 

CUARTO.  Que con fecha 30 de marzo de 2020, se publicó en el Diario Oficial de la Federación, el Acuerdo del Consejo de Salubridad General, declarando como emergencia sanitaria por causa de fuerza mayor, a la epidemia de enfermedad generada por el virus SARS-CoV2 (COVID-19).  

 

QUINTO. Que con fecha 31 de marzo del presente año se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Acuerdo de la Secretaría de Salud del Gobierno de México por el que se establecen acciones extraordinarias para atender la emergencia sanitaria generada por el virus SARS-CoV2, que deberán cumplir cabalmente los sectores público, social y privado dentro del periodo del 30 de marzo al 30 de abril de 2020, con la finalidad de mitigar la dispersión y transmisión del virus SARS-CoV2 en la comunidad, para disminuir la carga de enfermedad, sus complicaciones y la muerte por COVID-19 en la población residente en el territorio nacional.

 

SEXTO. Que el 21 de abril de 2020, se publicó en el Diario Oficial de la Federación, el Acuerdo de la Secretaría de Salud del Gobierno de México, por el cual, modifica y adiciona diversas disposiciones del Acuerdo por el que se establecen acciones extraordinarias para atender la emergencia sanitaria generada por el virus SARS-CoV2, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 31 de marzo de 2020 y del Acuerdo por el que se establecen acciones extraordinarias para atender la emergencia sanitaria generada por el virus SARS-CoV2, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 31 de marzo de 2020, por medio del cual, se amplía el periodo de suspensión de las actividades no esenciales hasta el 30 de mayo de 2020 y dejarán de implementarse a partir del 18 de mayo de 2020, en aquellos municipios del territorio nacional que a esta fecha presenten baja o nula transmisión del virus SARS-CoV2.

 

SÉPTIMO. Que se considera indispensable hacer del conocimiento público la ampliación del periodo de suspensión de plazos y términos legales dentro de la Secretaría de Movilidad y Transporte de Hidalgo, el Sistema de Transporte Convencional de Hidalgo y el Sistema Integrado de Transporte Masivo de Hidalgo, en apego a las medidas establecidas por las autoridades sanitarias, a fin de salvaguardar el derecho de los particulares y brindar certeza jurídica de los trámites seguidos ante esta dependencia y principalmente frente a las actuaciones que son de su competencia así como de las unidades administrativas que la integran, en atención a lo dispuesto en su Reglamento Interior vigente, a efecto de coadyuvar en la prevención y combate de la pandemia por virus SARS-CoV2 (COVID-19), siendo necesario igualmente habilitar trámites administrativos por internet, como una medida segura de aislamiento social para evitar la propagación y contagio del virus SARS-CoV2 (COVID-19).

Por lo antes expuesto y fundado, he tenido a bien a emitir el siguiente:

 

ACUERDO

               

QUE MODIFICA Y ADICIONA EL DIVERSO ACUERDO POR EL QUE SE DECLARA LA SUSPENSIÓN DE PROCEDIMIENTOS, TRÁMITES, TÉRMINOS Y PLAZOS PARA LA PRÁCTICA DE ACTUACIONES Y DILIGENCIAS VINCULADAS CON LA SECRETARÍA DE MOVILIDAD Y TRANSPORTE DE HIDALGO, EL SISTEMA DE TRANSPORTE CONVENCIONAL DE HIDALGO Y EL SISTEMA INTEGRADO DE TRANSPORTE MASIVO DE HIDALGO.

 

ÚNICO. Se modifica y adiciona el punto de acuerdo PRIMERO y del punto de acuerdo TERCERO  se suprime el primer párrafo y se modifica el segundo párrafo del Acuerdo por el que se declara la suspensión de procedimientos, trámites, términos y plazos para la práctica de actuaciones y diligencias vinculadas con la Secretaría de Movilidad y Transporte de Hidalgo, el Sistema de Transporte Convencional de Hidalgo y el Sistema Integrado de Transporte Masivo de Hidalgo, publicado en el Periódico Oficial del Estado de Hidalgo, el 29 de marzo de 2020, para quedar como sigue:

 

PRIMERO. En el periodo que comprende del día 30 de marzo al 30 de mayo del presente año, se suspenden los plazos y términos legales de los actos de recepción, despacho y desahogo de todo tipo de documentación, notificación, requerimiento, diligencia, informe, acto, y trámite en general de la Secretaría de Movilidad y Transporte de Hidalgo, el Sistema de Transporte Convencional de Hidalgo y el Sistema Integrado de Transporte Masivo de Hidalgo, habilitando trámites administrativos para que se substancien a través de medios electrónicos.

 

Por lo anterior, instruye a los titulares de los Organismos Descentralizados del Sistema de Transporte Convencional de Hidalgo y del Sistema Integrado de Transporte Masivo de Hidalgo, para que, en el ámbito de sus respectivas competencias provean lo necesario para que todos los trámites que se puedan implementar o habilitar según sea el caso,  así como los trámites administrativos que tengan la posibilidad de llevarse a cabo mediante medios electrónicos, a fin de evitar la presencia física de usuarios, concesionarios, permisionarios, y todo agente del transporte, y se activen a efecto de facilitar que cumplan con sus obligaciones cuidando observar la jornada de aislamiento social, como una medida segura para evitar la propagación del Virus SARS-CoV2 (COVID-19); quedando facultados para emitir las disposiciones y medidas inmediatas conducentes, tendientes a la materialización y cumplimiento de la presente medida.

 

 

TERCERO. En relación con la suspensión referida, los días que comprenda su vigencia se consideran como inhábiles para todos los efectos legales, por lo que en ese periodo no correrán los plazos de los trámites señalados. Durante dicho periodo, las actuaciones, notificaciones, requerimientos, solicitudes o promociones presentadas ante las unidades administrativas de la Secretaría de Movilidad y Transporte de Hidalgo, el Sistema de Transporte Convencional de Hidalgo y el Sistema Integrado de Transporte Masivo de Hidalgo se entenderán realizadas hasta el 01 de junio de 2020.

 

TRANSITORIO

 

ÚNICO. El presente acuerdo entrará en vigor el día de su publicación en el Periódico Oficial del Estado de Hidalgo.

 

DADO EN LAS INSTALACIONES QUE OCUPA LA SECRETARÍA DE MOVILIDAD Y TRANSPORTE DEL ESTADO DE HIDALGO, EN LA CIUDAD DE PACHUCA DE SOTO, HIDALGO A LOS TREINTA DÍAS DEL MES DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL VEINTE.

 

TITULAR DE LA SECRETARÍA DE MOVILIDAD Y TRANSPORTE

DEL ESTADO DE HIDALGO

 

LICENCIADO JOSÉ LUIS GUEVARA MUÑOZ

RÚBRICA

 


Periódico Oficial Alcance 6 del 03 de mayo de 2020

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