Documento contenido en el Periódico Oficial Alcance 6 del 03 de mayo de 2020

Edición: Alcance 6
Número: 17
Páginas: 38

Contenido:


Secretaría del Trabajo y Previsión Social. – Acuerdo que modifica al diverso por el que se que establece la suspensión de plazos y términos legales en la Secretaría del Trabajo y Previsión Social del Estado de Hidalgo.

MAESTRA MARÍA DE LOS ÁNGELES EGUILUZ TAPIA, SECRETARIA DEL TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL, CON FUNDAMENTO EN LO ESTABLECIDO POR LOS ARTÍCULOS 73 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO DE HIDALGO, 2 BIS, 3, 4, 13 FRACCIÓN XIV Y 37 DE LA LEY ORGÁNICA DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA PARA EL ESTADO DE HIDALGO; 5 DE LEY ESTATAL DEL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO PARA EL ESTADO DE HIDALGO, 10 FRACCIÓN II DEL REGLAMENTO INTERIOR DE LA SECRETARÍA DEL TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL; Y

 

CONSIDERANDO

 

PRIMERO. Que el 19 de abril de la anualidad que transcurre, se publicó en el Periódico Oficial del Estado de Hidalgo el ACUERDO QUE MODIFICA AL DIVERSO POR EL QUE SE QUE ESTABLECE LA SUSPENSIÓN DE PLAZOS Y TÉRMINOS LEGALES EN LA SECRETARÍA DEL TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL DEL ESTADO DE HIDALGO, determinando que durante el periodo que comprende del día 30 de marzo al 30 de abril del presente año, la suspensión de los plazos y términos legales de los actos, recursos y procedimientos administrativos, recepción, despacho y desahogo de todo tipo de documentación, notificación, requerimiento, diligencia, informe, acto, y trámite en general cuya competencia y substanciación corresponda a la Secretaría del Trabajo y Previsión Social de Hidalgo, incluyendo a su organismo estatal desconcentrado, la Procuraduría Estatal de la Defensa del Trabajo, incluso aquellos que se substancien a través de medios electrónicos. Lo anterior con motivos de la declaratoria del Consejo de Salubridad General que establece la emergencia sanitaria por causa de fuerza mayor, a la epidemia de enfermedad generada por el virus SARS-CoV2 (COVID-19) en todo el país.

 

SEGUNDO. Que con fecha 21 de abril del presente año, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Acuerdo del Secretario de Salud del Gobierno de México por el que se establecieron acciones extraordinarias para atender la emergencia sanitaria generada por el virus SARS-CoV2 y se determinó necesario mantener y extender la Jornada Nacional de Sana Distancia, así como asegurar la adecuada implementación y cumplimiento de las medidas de seguridad sanitaria, por lo que se ordenó la suspensión inmediata, del 30 de marzo al 30 de mayo de 2020, de las actividades no esenciales.

 

TERCERO. Que el Gobernador Constitucional del Estado de Hidalgo, Licenciado Omar Fayad Meneses, tuvo a bien expedir el Acuerdo publicado en el Periódico Oficial del Estado de Hidalgo con fecha 03 de abril del año en curso, a través del cual se amplían las medidas sanitarias inmediatas para la prevención y control de la enfermedad infecciosa causada por el virus SARS-COV2 (COVID-19) en el Estado de Hidalgo.

 

CUARTO. Que se considera indispensable hacer del conocimiento público la ampliación del periodo de suspensión de plazos y términos legales dentro de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social del Estado de Hidalgo, en apego a las medidas establecidas por las autoridades sanitarias, a fin de salvaguardar el derecho de los particulares y brindar certeza jurídica de los trámites seguidos ante esta dependencia y principalmente frente a las actuaciones que son de su competencia así como de las unidades administrativas que la integran, en atención a lo dispuesto en su Reglamento Interior Vigente, a efecto de coadyuvar en la prevención y combate de la pandemia por virus SARS-CoV2 (COVID-19).

 

Por lo antes expuesto y fundado, he tenido a bien a emitir el siguiente:

 

ACUERDO

 

QUE MODIFICA AL DIVERSO POR EL QUE SE QUE ESTABLECE LA SUSPENSIÓN DE PLAZOS Y TÉRMINOS LEGALES EN LA SECRETARÍA DEL TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL DEL ESTADO DE HIDALGO.

 

ÚNICO. – Se modifican el punto Primero y el punto Segundo, del Acuerdo por el que se Establece la suspensión de Plazos y Términos Legales en la Secretaria del Trabajo y Previsión Social del Estado de Hidalgo, publicado en el Periódico Oficial del Estado de Hidalgo el 19 de abril de 2020, para quedar como sigue:

 

PRIMERO. En el periodo que comprende del día 30 de marzo al 30 de mayo del presente año, se suspenden los plazos y términos legales de los actos, recursos y procedimientos administrativos, recepción, despacho y desahogo de todo tipo de documentación, notificación, requerimiento, diligencia, informe, acto, y trámite en general cuya competencia y substanciación corresponda a la Secretaría del Trabajo y Previsión Social de Hidalgo, incluyendo a su organismo estatal desconcentrado, la Procuraduría Estatal de la Defensa del Trabajo, incluso aquellos que se substancien a través de medios electrónicos.

 

SEGUNDO. Se declaran como inhábiles para todos los efectos legales, los días comprendidos en el artículo anterior. Durante dicho periodo, las actuaciones, notificaciones, requerimientos, solicitudes o promociones presentadas ante las unidades administrativas de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social se entenderán realizadas hasta el 01 de junio de 2020.

 

TRANSITORIO

 

Único. El presente acuerdo entrará en vigor el día de su publicación en el Periódico Oficial del Estado de Hidalgo

 

DADO EN LAS INSTALACIONES QUE OCUPA LA SECRETARÍA DEL TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL DE HIDALGO, EN LA CIUDAD DE PACHUCA DE SOTO, HIDALGO A LOS TREINTA DÍAS DEL MES DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL VEINTE.

 

LA SECRETARIA DEL TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL DE HIDALGO

 

MTRA. MARÍA DE LOS ÁNGELES EGUILUZ TAPIA

RÚBRICA

 

 

 

 

 

 

 

 

 


Periódico Oficial Alcance 6 del 03 de mayo de 2020

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