Documento contenido en el Periódico Oficial Alcance 11 del 28 de febrero de 2020

Edición: Alcance 11
Número: 8
Páginas: 99

Contenido:


Secretaría de Desarrollo Agropecuario. – Acuerdo por el que se emiten las Reglas de Operación para el Otorgamiento de Subsidios y Apoyos, que la Secretaría de Desarrollo Agropecuario otorga a través de los Diversos Programas con los que cuenta.

CARLOS MUÑIZ RODRÍGUEZ, SECRETARIO DE DESARROLLO AGROPECUARIO DE HIDALGO, DE CONFORMIDAD CON LO DISPUESTO EN EL ARTÍCULO 51 DEL DECRETO NÚMERO 308 POR EL QUE SE AUTORIZA EN TODAS Y CADA UNA DE SUS PARTES EL PRESUPUESTO DE EGRESOS DEL ESTADO DE HIDALGO PARA EL EJERCICIO 2020, EXPEDIDO POR EL CONGRESO DEL ESTADO; Y CON FUNDAMENTO EN LOS ARTÍCULOS 3,13 Y 31 DE LA LEY ORGÁNICA DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA PARA EL ESTADO DE HIDALGO; ASÍ COMO 5, 7 Y 11 DEL REGLAMENTO INTERIOR DE LA SECRETARÍA DE DESARROLLO AGROPECUARIO; Y

 

CONSIDERANDO

 

PRIMERO.- Que la Secretaría de Desarrollo Agropecuario del Estado de Hidalgo, es una Dependencia del Poder Ejecutivo que está enfocada en lograr el desarrollo económico y social de las familias que dependen de las actividades agropecuarias en el campo hidalguense, mediante la conformación y aplicación de programas y proyectos dirigidos a los productores.

 

SEGUNDO.-  Que conforme al Plan Estatal de Desarrollo 2016-2022, donde se establece en su Eje 2. Hidalgo próspero y dinámico, el apartado de Campo moderno y productivo, se enmarca que un Estado prospero es inconcebible sin el fortalecimiento del sector primario cuya importancia radica no sólo en su aportación económica al ingreso, sino como base para el desarrollo sostenible e igualitario por ser el medio para garantizar la seguridad alimentaria y con ello la erradicación del hambre en Hidalgo.

 

TERCERO.- Que las Reglas de Operación establecen disposiciones a las que deben sujetarse determinados programas y recursos públicos con el objeto de otorgar certeza, imparcialidad, transparencia y asegurar la aplicación eficiente, eficaz, oportuna y equitativa de los fondos del erario público asignados a los mismos.

 

CUARTO.- Que el artículo 51 del Decreto Número 308 por el que la Cámara de Diputados del Estado de Hidalgo autorizó el Presupuesto de Egresos del Estado de Hidalgo para el Ejercicio 2020, publicado el 31 de diciembre de 2019, establece que los programas a través de los cuales se otorguen subsidios o apoyos estarán sujetos a Reglas de Operación publicadas por las Dependencias en el Periódico Oficial, previa autorización de la Secretaría de Finanzas Públicas del Poder Ejecutivo del Estado.

 

Que por lo anteriormente expuesto, he tenido a bien expedir el siguiente:

 

ACUERDO POR EL QUE SE EMITEN LAS REGLAS DE OPERACIÓN PARA EL OTORGAMIENTO DE SUBSIDIOS Y APOYOS, QUE LA SECRETARÍA DE DESARROLLO AGROPECUARIO OTORGA A TRAVÉS DE LOS DIVERSOS PROGRAMAS CON LOS QUE CUENTA.

  1. APLICACIÓN

 

1.1 Las presentes Reglas de Operación son de observancia general y tienen por objeto establecer los criterios de operación que rigen a los programas mediante los cuales son otorgados subsidios y apoyos por la Secretaría de Desarrollo Agropecuario, para los productores del Estado de Hidalgo.

 

  1. GLOSARIO

 

  • Para los efectos de estas Reglas de Operación se entenderá, en singular o plural, por:

 

  1. APOYO: Recurso financiero, material y de servicios que la Secretaría de Desarrollo Agropecuario, otorga como ayuda para fortalecer las actividades desarrolladas por los beneficiarios.
  2. BENEFICIARIO: La o el productor que ejecutará un proyecto otorgado por la Secretaría de Desarrollo Agropecuario.
  • CONVOCATORIA: Instrumento por medio del cual se da a conocer los programas que maneja la Secretaría de Desarrollo Agropecuario, así como los tiempos y requisitos para la operación de los mismos.
  1. DICTAMEN TÉCNICO: Documento elaborado por las Unidades Administrativas donde se dará a conocer a los solicitantes la aprobación o en su caso la negación para acceder a cada programa, emitiendo en el mismo la fundamentación y motivación.
  2. ESTADO: El Poder Ejecutivo del Estado de Hidalgo.
  3. ESTÍMULO: Apoyo económico otorgado por el Estado a través de la Secretaría a los beneficiarios.
  • PROGRAMAS: Son los establecidos por estas Reglas de Operación, en los que se plantea el compromiso del Estado con los beneficiarios.
  • PROYECTOS: Son los implementados entre la Secretaría de Desarrollo Agropecuario y los beneficiarios para otorgarles los subsidios, estímulos y apoyos.
  1. REGLAS: Las presentes Reglas de Operación, así como sus modificaciones o adecuaciones.
  2. SECRETARÍA: Secretaría de Desarrollo Agropecuario.
  3. UNIDADES ADMINISTRATIVAS: Las que se contemplan en el Reglamento Interior como adscritas a la Secretaría de Desarrollo Agropecuario.

 

2.2 Los programas para el cumplimiento de sus fines y la operación de los mismos, se regirá por las presentes Reglas, observándose siempre las demás disposiciones jurídicas aplicables, enunciando sin limitar, las siguientes:

  1. Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos;
  2. Constitución Política del Estado de Hidalgo;
  3. Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público del Estado de Hidalgo;
  4. Ley de Presupuesto y Contabilidad Gubernamental del Estado de Hidalgo;
  5. Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal que Corresponda;
  6. Presupuesto de Egresos del Estado de Hidalgo para el Ejercicio Fiscal Correspondiente; y
  7. La demás legislación aplicable.

 

  1. OBJETIVO GENERAL

 

3.1 Las presentes Reglas de Operación tienen por objeto, lograr el cumplimiento de los objetivos establecidos en el Plan Estatal de Desarrollo 2016-2022, donde se establece en su Eje 2. Hidalgo próspero y dinámico, el apartado de Campo moderno y productivo, donde se enmarca que un Estado prospero es inconcebible sin el fortalecimiento del sector primario cuya importancia radica no sólo en su aportación económica al ingreso, sino como base para el desarrollo sostenible e igualitario por ser el medio para garantizar la seguridad alimentaria y con ello la erradicación del hambre en Hidalgo.

 

  1. DE LOS PROGRAMAS

 

4.1 Los programas con los que cuenta la Secretaría, son:

 4.1.1 KILO POR KILO

 4.1.1.1 Objetivo General: Incrementar la producción de granos básicos y forrajes, en condiciones de temporal y de riego, a través de la entrega física de semilla certificada de alfalfa, avena, cebada, maíz, frijol y pasto forrajero.

 4.1.1.2 Población objetivo: Mujeres, hombres y grupos organizados, que se dedican o quieran dedicarse a la producción de granos básicos y forrajes.

4.1.1.3 Cobertura: Estatal.

4.1.1.4 Requisitos:

  1. Presentar solicitud de apoyo dirigida a la persona titular de la Secretaría, por conducto de la Unidad Administrativa correspondiente.
  2. Identificación Oficial vigente (INE o IFE).
  3. Registro Único de Población (CURP).
  4. Comprobante de domicilio (No mayor a tres meses).
  5. Acreditar la propiedad de la superficie a cultivar (Certificado parcelario, Escritura pública o Contrato de arrendamiento validado por la autoridad competente donde se anexe documento que acredite la propiedad del arrendador y su Credencial de Elector).

 

4.1.1.5 Apoyo: Del 50% sobre el costo de la semilla para el establecimiento de una hectárea, excepto maíz donde se aportarán hasta $2,000/ha; siendo hasta 10 hectáreas por productor.

4.1.1.6 Criterios de elegibilidad: Dictamen técnico por parte de la Dirección de Agricultura y en el caso del pasto forrajero por la Dirección General de Ganadería.

4.1.2 ENTREGA DE FERTILIZANTE

4.1.2.1 Objetivo General: Incrementar la producción de granos básicos a través de la aplicación de fertilizantes que no dañan el medio ambiente.

4.1.2.2 Población objetivo: Mujeres, hombres y grupos organizados, que se dedican a la producción de granos básicos.

4.1.2.3 Cobertura: Estatal.

4.1.2.4 Requisitos:

  1. Presentar solicitud de apoyo dirigida a la persona titular de la Secretaría, por conducto de la Unidad Administrativa correspondiente.
  2. Identificación Oficial vigente (INE o IFE).
  3. Registro Único de Población (CURP).
  4. Comprobante de domicilio (No mayor a tres meses).
  5. Acreditar la propiedad de la superficie cultivada (Certificado parcelario, Escritura pública o Contrato de arrendamiento validado por la autoridad competente donde se anexe documento que acredite la propiedad del arrendador y su Credencial de Elector).

 

4.1.2.5 Apoyo: Hasta 50 kg/ha; siendo hasta 10 hectáreas por productor.

4.1.2.6 Criterios de elegibilidad: Dictamen técnico de la Dirección de Agricultura.

4.1.3 ROLLO POR ROLLO

4.1.3.1 Objetivo General: Apoyo con alambre de púas a productores agropecuarios para delimitar su terreno.

4.1.3.2 Población objetivo: Mujeres, hombres y grupos organizados, que se dedican a la producción agropecuaria.

4.1.3.3 Cobertura: Estatal.

4.1.3.4 Requisitos:

  1. Presentar solicitud de apoyo dirigida a la persona titular de la Secretaría, por conducto de la Unidad Administrativa correspondiente.
  2. Identificación Oficial vigente (INE o IFE).
  3. Registro Único de Población (CURP).
  4. Comprobante de domicilio (No mayor a tres meses).
  5. Acreditar la propiedad de la superficie a delimitar (Certificado parcelario, Escritura pública o Contrato de arrendamiento validado por la autoridad competente donde se anexe documento que acredite la propiedad del arrendador y su Credencial de Elector).

 

4.1.3.5 Apoyo: De 2/ha; siendo hasta 10 hectáreas  por productor.

4.1.3.6 Criterios de elegibilidad: Dictamen técnico de la Dirección General de Ganadería.

4.1.4 INSEMINACIÓN ARTIFICIAL EN OVINOS, BOVINOS LECHE Y BOVINOS CARNE

4.1.4.1 Objetivo General: Lograr alta calidad genética de los rebaños, así como una mayor producción de carne y leche bovina.

4.1.4.2 Población objetivo: Mujeres, hombres y grupos organizados, que se dedican a la producción ganadera.

4.1.4.3 Cobertura: Estatal.

4.1.4.4 Requisitos:

  1. Presentar solicitud de apoyo dirigida a la persona titular de la Secretaría, por conducto de la Unidad Administrativa correspondiente.
  2. Identificación Oficial vigente (INE o IFE).
  3. Registro Único de Población (CURP).
  4. Comprobante de domicilio (No mayor a tres meses).
  5. Documento que acredita su incorporación en el Padrón Ganadero Nacional (UPP), expedido por el Sistema Nacional de Identificación Individual de Ganado (SINIIGA).

 

4.1.4.5 Apoyo: Del 100% consistente en tratamientos hormonales, dosis de semen (sexado o no sexado) y asistencia técnica especializada.

4.1.5.6 Criterios de elegibilidad: Dictamen técnico por la Dirección General de Ganadería para el caso de ovinos y bovinos carne, así como la Dirección General de Fomento Lechero para el caso de bovinos leche.

4.1.5 ENTREGA DE MATERIAL VEGETATIVO

4.1.5.1 Objetivo. Dotar de material vegetativo para la obtención de recursos primarios en el sector agrícola, como árboles frutales, café y maguey.

4.1.5.2 Población objetivo: Mujeres, hombres y grupos organizados, que se dedican a la producción agrícola y frutícola o mixta.

4.1.5.3 Cobertura: Estatal.

4.1.5.4 Requisitos:

  1. Presentar solicitud de apoyo dirigida a la persona titular de la Secretaría, por conducto de la Unidad Administrativa correspondiente.
  2. Identificación Oficial vigente (INE o IFE).
  3. Registro Único de Población (CURP).
  4. Comprobante de domicilio (No mayor a tres meses).
  5. Acreditar la propiedad de la superficie donde se establecerá el material vegetativo (Certificado parcelario, Escritura pública o Contrato que acredite la propiedad a nombre del solicitante).

 

4.1.5.5 Apoyo: A partir de 0.5 hectáreas y hasta 2 hectáreas por productor.

4.1.5.6 Criterios de elegibilidad: Dictamen técnico por la Dirección General de Silvicultura y Acuacultura.

4.1.6 ENTREGA DE VIENTRES OVINOS

4.1.6.1 Objetivo: Incrementar la producción de carne ovina, para mejorar el ingreso de los productores ovinos y sus familias, a través de la obtención de este apoyo.

4.1.6.2 Población objetivo: Pequeños productores pecuarios.

4.1.6.3 Cobertura: Estatal.

4.1.6.4 Requisitos:

  1. Presentar solicitud de apoyo dirigida a la persona titular de la Secretaría, por conducto de la Unidad Administrativa correspondiente.
  2. Identificación Oficial vigente (INE o IFE).
  3. Registro Único de Población (CURP).
  4. Comprobante de domicilio (No mayor a tres meses).
  5. Presentar documento que acredita su incorporación en el Padrón Ganadero Nacional (UPP), expedida por el Sistema Nacional de Identificación Individual de Ganado (SINIIGA).

 

4.1.6.5 Apoyo: Hasta 5 vientres por productor.

4.1.6.6 Criterios de elegibilidad: Dictamen técnico por la Dirección General de Ganadería.

 

4.1.7 ENTREGA DE AVES DE POSTURA

 

4.1.7.1 Objetivo: Reducción de la pobreza alimentaria a través del aporte de proteína de origen animal (huevo y carne) y mejorar los ingresos de los productores y sus familias por la venta de excedentes.

4.1.7.2 Población objetivo: Mujeres, hombres y grupos organizados, que se dedican o quieran dedicarse a la producción de aves.

4.1.7.3 Cobertura: Estatal.

4.1.7.4 Requisitos:

  1. Presentar solicitud de apoyo dirigida a la persona titular de la Secretaría, por conducto de la Unidad Administrativa correspondiente.
  2. Identificación Oficial vigente (INE o IFE).
  3. Registro Único de Población (CURP).
  4. Comprobante de domicilio (No mayor a tres meses).

 

4.1.7.5 Apoyo: Hasta 20 aves por productor.

4.1.7.6 Criterios de elegibilidad: Dictamen técnico por la Dirección General de Ganadería.

 

4.1.8 ENTREGA DE LECHONES

4.1.8.1 Objetivo: Reducción de la pobreza alimentaria a través del aporte de proteína de origen porcino, mejorando los ingresos de los productores y sus familias por la venta de excedentes.

4.1.8.2 Población objetivo: Mujeres, hombres y grupos organizados, que se dedican o quieran dedicarse a la porcicultura.

4.1.8.3 Cobertura: Estatal.

4.1.8.4 Requisitos:

  1. Presentar solicitud de apoyo dirigida a la persona titular de la Secretaría, por conducto de la Unidad Administrativa correspondiente.
  2. Identificación Oficial vigente (INE o IFE).
  3. Registro Único de Población (CURP).
  4. Comprobante de domicilio (No mayor a tres meses).

 

4.1.8.5 Apoyo: 2 lechones por productor.

4.1.8.6 Criterios de elegibilidad: Dictamen técnico por la Dirección General de Ganadería.

 

4.1.9 FOMENTO A LA PRODUCTIVIDAD ACUÍCOLA Y PESQUERA

 

4.1.9.1 Objetivo: Apoyar con infraestructura, equipamiento acuícola y donación de crías de peces, para la producción de alimento de origen acuícola a granjas en operación y de nueva creación.

4.1.9.2 Población objetivo: Mujeres, hombres, grupos organizados e instituciones educativas, que se dedican a la acuacultura o pesca.

4.1.9.3 Cobertura: Estatal.

4.1.9.4 Requisitos:

  1. Presentar solicitud de apoyo dirigida a la persona titular de la Secretaría, por conducto de la Unidad Administrativa correspondiente.
  2. Identificación Oficial vigente (INE o IFE), del Director en caso de institución educativa.
  3. Registro Único de Población (CURP), del director en caso de institución educativa.
  4. Comprobante de domicilio (No mayor a tres meses), de la institución educativa.
  5. Acreditar la propiedad donde se desarrollará la actividad (Certificado parcelario, Escritura pública o Contrato que acredite la propiedad a nombre del solicitante).
  6. Tratándose de instituciones educativas deberán presentar su decreto de creación, así como el nombramiento del Director.
  7. Registro estatal de productor acuícola.

 

4.1.9.5 Apoyo: De lo que se determine con base en las instalaciones, terreno apto y agua disponible y suficiente para el cultivo de peces; para el caso de instituciones educativas que además cuenten con un programa de enseñanza acuícola.

4.1.9.6 Criterios de elegibilidad: Dictamen técnico de la Dirección de Acuacultura.

 

4.1.10 ENTREGA DE CEMENTO PARA MÓDULOS DE RIEGO

 

4.1.10.1 Objetivo: Apoyar con cemento a los Módulos de Riego registrados ante la Comisión Nacional del Agua (CONAGUA) para la rehabilitación de su infraestructura hidroagrícola.

4.1.10.2 Población objetivo: Módulos de Riego registrados ante la Comisión Nacional del Agua (CONAGUA).

4.1.10.3 Cobertura: Estatal.

4.1.10.4 Requisitos:

  1. Presentar solicitud de apoyo dirigida a la persona titular de la Secretaría, por conducto de la Unidad Administrativa correspondiente.
  2. Acta Constitutiva del Módulo de Riego.
  3. Identificación Oficial vigente (INE o IFE) del Representante Legal del Módulo.
  4. Registro Único de Población (CURP) del Representante legal del Módulo.
  5. Comprobante de domicilio (No mayor a tres meses) de las oficinas del Módulo.

 

4.1.10.5 Apoyo: Desde 50 y hasta 607 toneladas de cemento por Módulo de Riego; con base en el número de usuarios: De 0-1000 usuarios serán 60 toneladas, de 1001-3000 usuarios serán 90 toneladas, de 3001-5000 usuarios serán 150 toneladas, de 5001-9000 usuarios serán 200 toneladas y de 9001 usuarios en adelante serán 607 toneladas.

4.1.10.6 Criterios de elegibilidad: Dictamen técnico de la Dirección General de Agricultura e Infraestructura Hidroagrícola.

 

4.1.11 ENTREGA DE MOCHILAS ASPERSORAS

 

4.1.11.1 Objetivo: Apoyar con aspersoras de mano y motor a los productores agropecuarios para lograr una mayor productividad en sus actividades.

4.1.11.2 Población objetivo: Mujeres, hombres y grupos organizados, que se dedican a la producción agrícola.

4.1.11.3 Cobertura: Estatal.

4.1.11.4 Requisitos:

  1. Presentar solicitud de apoyo dirigida a la persona titular de la Secretaría, por conducto de la Unidad Administrativa correspondiente.
  2. Identificación Oficial vigente (INE o IFE).
  3. Registro Único de Población (CURP).
  4. Comprobante de domicilio (No mayor a tres meses).
  5. Acreditar la propiedad donde se desarrollará la actividad (Certificado parcelario, Escritura pública o Contrato que acredite la propiedad a nombre del solicitante).

4.1.11.5 Apoyo: De una aspersora de mano cuando la superficie sea menor a 2 hectáreas y una aspersora de motor cuando la superficie sea de 2 hectáreas o mayor.

4.1.11.6 Criterios de elegibilidad: Dictamen técnico de la Dirección de Proyectos Estratégicos.

 

4.1.12 ENTREGA DE HERRAMIENTAS PARA PRODUCTORES DEL CAMPO

4.1.12.1 Objetivo: Apoyar con paquetes de herramientas (1 zapapico, 1 pala, 1 machete) a los productores agrícolas para dotarlos de estas herramientas y lograr una mayor productividad en sus actividades.

4.1.12.2 Población objetivo: Mujeres, hombres y grupos organizados, que se dedican a la producción agrícola.

4.1.12.3 Cobertura: Estatal.

4.1.12.4 Requisitos:

  1. Presentar solicitud de apoyo dirigida a la persona titular de la Secretaría, por conducto de la Unidad Administrativa correspondiente.
  2. Identificación Oficial vigente (INE o IFE).
  3. Registro Único de Población (CURP).
  4. Comprobante de domicilio (No mayor a tres meses).

 

4.1.12.5 Apoyo: 1 paquete de herramientas por productor.

4.1.12.6 Criterios de elegibilidad: Dictamen técnico de la Dirección de Proyectos Estratégicos.

 

4.1.13 ENTREGA DE REFRACTÓMETROS

 

4.1.13.1 Objetivo: Dotar con refractómetros a los Centros de Acopio de Leche, establecidos para apoyar a los productores lecheros en sus actividades.

4.1.13.2 Población objetivo: Centros de Acopio de Leche.

4.1.13.3 Cobertura: Estatal.

4.1.13.4 Requisitos:

  1. Presentar solicitud de apoyo dirigida a la persona titular de la Secretaría, por conducto de la Unidad Administrativa correspondiente.
  2. Acta Constitutiva del Centro de Acopio.
  3. Identificación Oficial vigente (INE o IFE) del Representante Legal.
  4. Registro Único de Población (CURP) del Representante Legal.
  5. Comprobante de domicilio (No mayor a tres meses) de las oficinas del Centro de Acopio.

 

4.1.13.5 Apoyo: 1 refractómetro por Centro de Acopio de Leche.

4.1.13.6 Criterios de elegibilidad: Dictamen técnico de la Dirección General de Fomento Lechero.

 

4.1.14 EQUIPAMIENTO A PRODUCTORES DE CAFÉ

 

4.1.14.1 Objetivo: Apoyar con paquetes de herramientas (1 aspersora manual de 18 lts., 1 cavahoyos reforzado, 1 barreta de punta, 1 machete huingaro, 1 tijera podadora y 1 pala) a los productores cafetaleros para lograr una mayor productividad en sus actividades.

4.1.14.2 Población objetivo: Mujeres y hombres que se dedican a la producción cafetalera.

4.1.14.3 Cobertura: Regiones cafetaleras del Estado.

4.1.14.4 Requisitos:

  1. Presentar solicitud de apoyo dirigida a la persona titular de la Secretaría, por conducto de la Unidad Administrativa correspondiente.
  2. Identificación Oficial vigente (INE o IFE).
  3. Registro Único de Población (CURP).
  4. Comprobante de domicilio (No mayor a tres meses).
  5. Acreditar la propiedad (En caso de ejido exhibir certificado parcelario o constancia de posesión avalada por la autoridad competente, en caso de propiedad privada escritura pública o contrato que acredite la propiedad a nombre del solicitante).
  6. No se otorgarán apoyos a quienes soliciten el mismo concepto en algún otro programa, ni a funcionarios públicos de los órdenes de gobierno.

 

4.1.14.5 Apoyo: 1 paquete de herramientas por productor.

4.1.14.6 Criterios de elegibilidad: Dictamen técnico de la Dirección General de Silvicultura y Acuacultura.

 

4.1.15 ENTREGA DE MATERIAL PARA REVESTIMIENTO DE CANALES LATERALES

 

4.1.15.1 Objetivo: Apoyar con paquetes de material para construcción (cemento, arena, grava, varilla y tepetate) que se utilizará en el revestimiento de canales laterales a base de concreto simple a productores agrícolas, para la rehabilitación de su infraestructura hidroagrícola y hacer un uso eficiente del agua.

4.1.15.2 Población objetivo: Personas físicas o morales que se dediquen a la producción agrícola bajo riego.

4.1.15.3 Cobertura: Estatal.

4.1.15.4 Requisitos:

Personas Físicas:

  1. Presentar solicitud de apoyo dirigida a la persona titular de la Secretaría, por conducto de la Unidad Administrativa correspondiente.
  2. Identificación Oficial vigente (INE o IFE).
  3. Registro Único de Población (CURP).
  4. Comprobante de domicilio (No mayor a tres meses).

 

Personas Morales:

 

  1. Presentar solicitud de apoyo dirigida a la persona titular de la Secretaría, por conducto de la Unidad Administrativa correspondiente.
  2. Acta Constitutiva de la persona moral.
  3. Identificación Oficial vigente (INE o IFE) del Representante legal.
  4. Registro Único de Población (CURP) del Representante legal.
  5. Comprobante de domicilio (No mayor a tres meses) del domicilio fiscal de la persona moral.

 

4.1.15.5 Apoyo: De 1 paquete para personas físicas y hasta 20 paquetes para personas morales.

4.1.15.6 Criterios de elegibilidad: Dictamen técnico de la Dirección General de Agricultura e Infraestructura Hidroagrícola.

 

  1. DE LOS PROGRAMAS

 

5.1 Los programas que anteceden tendrán seguimiento por las Unidades Administrativas competentes con las que cuenta la Secretaría y que han sido definidas para cada programa, una vez que se hayan recibido las solicitudes en cada una de ellas, las Unidades Administrativas darán aviso a los solicitantes de cualquier omisión a los requisitos para que se subsanen, posterior a ello estarán obligadas a realizar un Dictamen Técnico donde se especificarán plazos y fechas para la entrega de los apoyos o subsidios, mismos que estarán sujetos a la disponibilidad presupuestaría para los mismos, toda vez que las solicitudes se recibirán a partir de la entrada en vigor de las presentes Reglas y durante la vigencia de las mismas; el diagrama de flujo para la operación de los programas, es como se define a continuación:

 

 

  1. MODIFICACIONES Y VIGENCIA

 

6.1 Las presentes Reglas de Operación sólo podrán modificarse, si se adicionan recursos designados para la Secretaría de Desarrollo Agropecuario en el Presupuesto de Egresos 2020 del Estado de Hidalgo.

6.2 Las presentes Reglas de Operación tendrán vigencia al 31 de diciembre de 2020.

6.3 Las modificaciones, adiciones o derogaciones que sufran las presentes Reglas de Operación, no afectarán las solicitudes que se hayan presentado con anterioridad a dichas modificaciones.

 

TRANSITORIOS

 

PRIMERO. Las presentes Reglas de Operación entrarán en vigor el día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial del Estado.

 

SEGUNDO. Se derogan todas las disposiciones que contravengan a las presentes Reglas de Operación.

 

TERCERO. Los casos no previstos en las Reglas de Operación serán resueltos por la persona titular de la Secretaría de Desarrollo Agropecuario.

 

Dadas en la Ciudad de Pachuca de Soto, Estado de Hidalgo; a los 25 días del mes de febrero del dos mil veinte.

 

 

TÍTULAR DE LA SECRETARÍA DE DESARROLLO AGROPECUARIO

 

_____________________________________

LIC. CARLOS MUÑIZ RODRÍGUEZ

RÚBRICA

 

Derechos Enterados.27-02-2020

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 


Periódico Oficial Alcance 11 del 28 de febrero de 2020

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