Documento contenido en el Periódico Oficial Alcance 19 del 28 de febrero de 2020

Edición: Alcance 19
Número: 8
Páginas: 75

Contenido:


Secretaría de Educación Pública. -Acuerdo por el que se emiten las Reglas de Operación de los Programas de Becas Institucionales de la Universidad Politécnica de Pachuca, para el Ejercicio Fiscal 2020.

SECRETARÍA DE EDUCACIÓN PÚBLICA

SUBSECRETARÍA DE EDUCACIÓN MEDIA SUPERIOR Y SUPERIOR

UNIVERSIDAD POLITÉCNICA DE PACHUCA

 

LOS INTEGRANTES DE LA JUNTA DIRECTIVA DE LA UNIVERSIDAD POLITÉCNICA DE PACHUCA CON FUNDAMENTO EN EL ARTÍCULO 14 FRACCIONES I Y II DE LA LEY DE ENTIDADES PARAESTATALES PARA EL ESTADO DE HIDALGO; ASÍ COMO EN ARTÍCULO 12 FRACCIONES I Y XVIII, DEL DECRETO QUE MODIFICA DIVERSAS DISPOSICIONES DEL DIVERSO QUE ABROGÓ AL QUE CREÓ A LA UNIVERSIDAD POLITÉCNICA DE PACHUCA PUBLICADO EN EL PERIÓDICO OFICIAL DEL ESTADO DE HIDALGO DE FECHA 15 DE MARZO DE 2004; PUBLICADO EN EL MISMO ÓRGANO DE DIFUSIÓN EL DÍA 4 DE FEBRERO DE 2008 CON LAS FACULTADES QUE LE HAN SIDO CONFERIDAS; Y

 

CONSIDERANDO

 

Primero.- Que el artículo 51 del Decreto Número 308 por el H. Congreso Constitucional del Estado libre y soberano de Hidalgo autorizó el Presupuesto de Egresos del Estado para el Ejercicio Fiscal 2020, publicado el día 31 de diciembre de 2019, establece que los programas a través de los cuales se otorguen subsidios o apoyos estarán sujetos a Reglas de Operación publicadas por las Dependencias y Entidades en el Periódico Oficial, previa autorización de la Secretaría de Finanzas Públicas del Estado así como de la Secretaría de Educación Pública como Dependencia Coordinadora de Sector.

 

Segundo.- Que el Plan Estatal de Desarrollo 2016-2022 con enfoque prospectivo al 2030, ha sido concebido como un instrumento estratégico, con visión de largo plazo y bajo una perspectiva inclusiva y solidaria, en la cual el desarrollo integral y la mejora de las condiciones de bienestar de la población son el centro de las acciones de Gobierno, cuyo tercer eje establece, “Hidalgo Humano e Igualitario, 3.2 Educación de relevancia equipada; 3.2.4 ofrecer educación incluyente y equitativa en todos los niveles y modalidades; 3.2.4.3.4 Instrumentar más becas para tus hijos”.

 

Tercero.- Que con estas acciones Hidalgo se suma a la estrategia del Gobierno Federal para impulsar la educación superior en el país a través de la entrega de apoyos económicos a los estudiantes y sus familias.

 

Cuarto.- Que con fecha 10 de diciembre del 2003, la federación y el estado de Hidalgo firmaron el convenio de coordinación para la creación, operación y apoyo financiero de la UNIVERSIDAD POLITÉCNICA DE PACHUCA, misma que fue instituida mediante el decreto que crea la UNIVERSIDAD POLITÉCNICA DE PACHUCA publicada en el periódico oficial del estado el día 15 de marzo de 2004.

 

Quinto.- Conforme al Reglamento de Becas Institucionales en su artículo 42 fracción I, atribuciones del Comité de Becas para coordinar, organizar y controlar los procesos asociados a la asignación de becas, siendo sustento también de las presentes Reglas de Operación que en el presente acuerdo se publican.

 

Sexto.- Que las Reglas de Operación establecen disposiciones a las que deben sujetarse determinados programas y recursos públicos con el objeto de otorgar certeza, imparcialidad, transparencia y asegurar la aplicación eficiente, eficaz, oportuna y equitativa de los fondos del erario público asignados a los mismos.

 

En cumplimiento a lo anterior hemos tenido a bien expedir el siguiente:

 

ACUERDO

POR EL QUE SE EMITEN LAS REGLAS DE OPERACIÓN DE LOS PROGRAMAS DE BECAS INSTITUCIONALES DE LA UNIVERSIDAD POLITÉCNICA DE PACHUCA, PARA EL EJERCICIO FISCAL 2020.

 

UNICO. Se emiten las Reglas de Operación de los Programas de Becas Institucionales de la Universidad Politécnica de Pachuca, para el ejercicio fiscal 2020.

 

INDICE

  1. Introducción.
  2. Objetivos.

2.1 General.

  • Específicos.
  1. Aspectos Generales

3.1. Población objetivo

3.2. Requisitos

3.3. Procedimiento de selección

3.4. Características de los apoyos (tipo y monto)

  1. Aspectos Financieros.
  2. Derechos, obligaciones, causas de incumplimiento y cancelaciones generales.

5.1 Derechos generales aplicables a todos los beneficiarios de una Beca Institucional.

5.2 Obligaciones generales de todos los beneficiarios de las becas.

5.3 Causales generales de cancelación.

  1. Auditoría, control y seguimiento.
  2. Transparencia.

7.1. Difusión.

7.2. Contraloría social.

  1. Quejas y denuncias
  2. Tipos de Becas

9.1 Becas Académicas (De aprovechamiento, mejor promedio de cada programa educativo de licenciatura).

9.2 Beca de Excelencia (De aprovechamiento, con promedio mínimo de 9.0 al ingreso al primer cuatrimestre o semestre de cualquier programa educativo de licenciatura).

9.3 Beca Alimenticia

9.4 Beca de Representación Institucional (cultural, deportiva y/o académica).

 

  1. INTRODUCCIÓN

 

Para el actual gobierno del Estado de Hidalgo, la Educación es un tema estratégico, la inversión en educación es la mejor acción que se pueda realizar para mejorar las condiciones de vida de las familias y generar desarrollo económico y social.

 

Estos ideales se rescatan en el Plan Estatal de Desarrollo que establece:

 

“Eje 3. Hidalgo Humano e Igualitario 3.2 Educación de relevancia y equipada.

Impartir servicios educativos con suficiencia, calidad y relevancia, que garanticen el acceso a los niveles educativos en igualdad y con recursos destinados a programas de impacto que incidan en la mejora de las condiciones de bienestar de las personas.”… además establece como un compromiso otorgar “más becas para tus hijos”.

 

Los recursos económicos que se entregan son una ayuda para subsanar los gastos correspondientes al desempeño escolar, sin embargo una parte importante de la población de bajos ingresos no tiene acceso a la educación de nivel superior, aun cuando posean las capacidades cognitivas para iniciar y concluir con éxito estos estudios, la falta de recursos económicos en los hogares de los estudiantes de educación superior es una condición que impacta negativamente en la permanencia y aprovechamiento de sus estudios.

 

Sobre todo es importante apoyar a quienes con un esfuerzo mayor realizan estudios superiores y que tienen un origen indígena, alguna discapacidad, o viven en una situación de pobreza o son madres o padres solteros, pero también es justo reconocer el talento y sacrificio de quienes obtienen los mejores promedios de sus carreras.

 

El gobernador impulsa la creación de oportunidades en todos los niveles escolares y avanza en el mejoramiento de los apoyos que se entregan a los estudiantes para que logren el objetivo superior de concluir una carrera profesional.

 

Los Programas de Becas Institucionales de Educación Superior, es una iniciativa del Gobierno del Estado de Hidalgo, y en la Universidad Politécnica de Pachuca, estamos convencidos de que es fundamental apoyar a los estudiantes, por ello contamos con becas que fortalecen el desarrollo de los estudios de educación superior como Becas Académicas, Excelencia, Alimenticia y Representación Institucional dirigidas a estudiantes inscritos que presenten alguna característica específica, tales como: estudiantes con aprovechamiento académico destacado o de excelencia; que representen a su institución en un ámbito de competencia cultural, deportiva y académica; de aprovechamiento, con promedio mínimo de 9.0 al ingreso al primer cuatrimestre o semestre de cualquier programa educativo de licenciatura;, que hayan sido aceptados en algún programa de intercambio tanto nacional como internacional así como estudiantes que se encuentren realizando su estadía/prácticas profesionales dentro o fuera del país, entre otras;

 

  1. Objetivos

2.1 General

Beneficiar a estudiantes inscritos en la Universidad Politécnica de Pachuca con una beca institucional que les permita fortalecer el desarrollo de sus estudios de nivel superior.

 

2.2 Específicos

Los objetivos específicos de las Becas Institucionales en la Universidad Politécnica de Pachuca son:

 

  • Otorgar Becas Institucionales a estudiantes con mayor aprovechamiento académico en el ciclo escolar inmediato anterior.
  • Otorgar Becas Institucionales a estudiantes con promedio mínimo de 9.0 al ingreso al primer cuatrimestre o semestre de cualquier programa educativo de licenciatura.
  • Otorgar Becas Institucionales a estudiantes inscritos con el apoyo de un desayuno o comida al día, durante el periodo estipulado en la convocatoria o el instrumento jurídico aplicable.
  • Otorgar Becas Institucionales a estudiantes que representen a la institución en un ámbito competitivo cultural, deportivo y/o académico.

 

  1. Aspectos generales

3.1. Población objetivo

Estudiantes de nivel Licenciatura, que se encuentren realizando estudios en la Universidad Politécnica de Pachuca, y que cumplan las especificaciones que se encuentran en cada apartado por tipo de beca de estas Reglas de Operación.

 

3.2. Requisitos

Los requisitos para participar en las distintas becas otorgados por la Universidad Politécnica de Pachuca se especifican de manera clara y son los mínimos indispensables en beneficio de los estudiantes/docentes que se encuentren realizando estudios, por tipo de beca en estas Reglas de Operación.

 

3.3 Procedimiento de selección

Con el fin de garantizar la transparencia, imparcialidad, objetividad e igualdad de oportunidades en los procesos de selección de los beneficiarios y de la asignación de becas, institucionales que ofrece la Universidad Politécnica de Pachuca, se cuenta con un Comité de Becas Institucionales, que es el responsable de controlar y vigilar la operación del Programa con el fin de maximizar sus resultados y logros.

 

El Comité de Becas Institucionales actuará conforme a los principios de equidad de género y derechos humanos, para prevenir la discriminación de personas o grupos de personas por origen étnico, preferencia sexual o por discapacidad. Además, podrá implementar acciones con el objeto de reducir las brechas de género.

 

Los procedimientos a seguir por cada tipo de beca, se encuentran en el numeral 9 de las presentes reglas y contiene toda la información referente a Convocatoria, Documentos a entregar, Recepción de solicitudes y validación de expediente, Criterio de Compatibilidad y restricciones, Criterios de priorización y Publicación de resultados por tipo de beca.

 

3.4 Características de los apoyos (tipo y monto)

Los apoyos consistirán en la entrega de recursos económicos, reintegro de pago de inscripción, pago de servicios en eventos de representación, otorgamiento de alimentos y se encuentran especificados en cada uno de los Tipos de Becas señalados en las presentes reglas y éstos tendrán que utilizarse para los fines que fueron establecidos.

 

  1. Aspectos Financieros

 

Los recursos para la operación e implementación de las Becas Institucionales corresponderán al presupuesto autorizado para el ejercicio fiscal 2020, en ingresos propios.

 

Las becas otorgadas durante el ejercicio 2020, podrán renovarse siempre y cuando la suficiencia presupuestal de la Universidad Politécnica de Pachuca lo permita y el estudiante cumpla con los requisitos especificados en el apartado de Requisitos de cada uno de los tipos de becas de las presentes Reglas de Operación.

 

Cuando la beca sea en especie, las características de los apoyos se precisarán en las convocatorias o instrumentos jurídicos aplicables.

 

En ningún caso se podrán utilizar los recursos financieros asignados, para el pago de prestaciones de carácter económico, compensaciones, sueldos o sobresueldos a personal directivo, docente o empleadas/os, que laboren en la Universidad Politécnica de Pachuca.

 

  1. Derechos, obligaciones, causas de incumplimiento y cancelaciones generales

 

Los Derechos, obligaciones, causas de incumplimiento y cancelaciones generales, establecidos por la Universidad Politécnica de Pachuca, garantizarán el respeto a los derechos humanos y a la equidad de género, así como la salvaguarda de los derechos civiles, políticos, económicos, sociales y culturales de los beneficiarios, estos aplican para todos los tipos de becas.

 

5.1 Derechos Generales aplicables a todos los beneficiarios de una Beca Institucional.

  1. Recibir un trato digno y respetuoso, sin discriminación alguna por parte de los servidores públicos adscritos a las áreas responsables de la ejecución de las Becas Institucionales;
  2. Tener acceso a la información necesaria, de manera clara y oportuna, para resolver sus dudas respecto de las bases de las convocatorias o instrumentos jurídicos aplicables publicados;
  • Que las áreas responsables de la ejecución de las Becas Institucionales respeten la confidencialidad de sus datos personales en los términos establecidos en la normatividad aplicable;
  1. Presentar ante la Contraloría Social las quejas o sugerencias cuando considere haber sido objeto de algún trato discriminatorio o de mala atención por parte de los/as servidores públicos durante el proceso para obtener la Beca Institucional; y
  2. Recibir atención personalizada por parte de los Enlaces de Becas de sus Instituciones sobre las dudas, quejas o sugerencias que deseen presentar.

 

5.2  Obligaciones Generales de todos los beneficiarios de las becas.

  1. Cumplir, con cada uno de los procesos que marque las convocatorias o instrumentos jurídicos aplicables en tiempo y forma;
  2. Entregar la documentación que sea requerida y en los términos que fue solicitada en las convocatorias o instrumentos jurídicos aplicables y conducirse con veracidad;
  • Acatar las fechas establecidas en cada proceso, así como estar al pendiente de la publicación de resultados;
  1. Dar trato digno y respetuoso a todas las autoridades y representantes de la Universidad Politécnica de Pachuca;
  2. Asistir a clases y cumplir con el plan de estudios, reglamentos y legislación la Universidad Politécnica de Pachuca;
  3. Observar una buena conducta dentro y fuera de la Universidad Politécnica de Pachuca;
  • Acudir a las reuniones informativas sobre asesorías y pagos de las Becas Institucionales; y
  • Participar en las encuestas, cuestionario y demás instrumentos de evaluación que le sean requeridos.

 

5.3 Causales Generales de cancelación.

  1. Presentar documentación apócrifa durante el proceso de selección;
  2. Cuando el beneficiario presente “Carta Renuncia” a la beca;
  • Fallecimiento del beneficiario;
  1. Que se detecte que el beneficiario cuente con otra Beca Institucional; y
  2. Cuando el beneficiario cause baja escolar.

 

Los casos no previstos se someterán a consideración del Comité de Becas Institucional y éste especificará el procedimiento que deberá seguir el beneficiario.

 

 

  1. Auditoría, control y seguimiento

 

Para efectos de fiscalización y transparencia de los recursos asignados al programa, podrán ser revisados por la instancia correspondiente, que para tal efecto se determine por el Órgano Interno de Control de la SEPH, por la Secretaría de Educación Pública de Hidalgo o por el Órgano Interno de Control de la Universidad Politécnica de Pachuca.

 

La Universidad Politécnica de Pachuca dará todas las facilidades e información que le sea solicitada por los auditores en los procesos de revisión a los que sea sometidas las Becas Institucionales.

 

La Universidad Politécnica de Pachuca llevará un registro y control de todos los documentos y actas generadas por cada proceso del Programa, archivadas de manera cronológica observando la Ley de Archivos para el Estado de Hidalgo.

 

La Universidad Politécnica de Pachuca, a través de su enlace de becas, deberá reportar y actualizar mensualmente (primeros 5 días de cada mes), en el Sistema de Registro y Seguimiento de Becas de Educación Media Superior y Superior, coordinado por la Dirección de Becas de Educación Media Superior y Superior, toda la información relativa a las becas que se otorgan.

 

  1. Transparencia

 

7.1. Difusión

Para garantizar la transparencia en el ejercicio de los recursos, se dará amplia difusión de las Becas Institucionales. La papelería, documentación oficial, así como la publicidad y promoción de estas, deberán incluir la siguiente leyenda: “Este programa es Público, ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines distintos al desarrollo Social”.

 

Además, se deberán difundir todas aquellas medidas para garantizar los derechos humanos y la igualdad entre mujeres y hombres en la aplicación de las Becas Institucionales.

 

De acuerdo a lo establecido en el artículo 70, fracción XV de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, se publicará y mantendrá actualizada la información relativa a las presentes becas.

 

7.2. Contraloría social

Se promoverá la participación de la población beneficiaria de las Becas Institucionales a través de la integración y operación de contralorías sociales, para el seguimiento, supervisión y vigilancia del cumplimiento de las metas y acciones comprometidas, así como de la correcta aplicación de los recursos públicos asignados al mismo.

 

Para lograr lo anterior, la Universidad Politécnica de Pachuca deberá sujetarse a lo establecido en los Lineamientos emitidos para este fin por la Secretaría de Contraloría del Estado; Para la integración de los Comités de Contraloría Social se promoverá la participación igualitaria de hombres y mujeres.

 

  1. Quejas y denuncias

 

Las quejas, dudas, aclaraciones, comentarios y denuncias de los estudiantes beneficiarios en general se atenderán de acuerdo a las disposiciones establecidas para ello, y se podrán recibir vía escrita, telefónica, por internet o directamente en las oficinas de la Dirección de Planeación de la Universidad Politécnica de Pachuca.

 

  1. Tipos de Becas

 

9.1 Becas académicas.

Son las Becas Institucionales otorgadas por la Universidad Politécnica de Pachuca las cuales podrán beneficiar a los estudiantes con la devolución total o parcial de las pago de acuerdo a las tarifas establecidas, correspondientes al concepto de Inscripción o reinscripción e incluye los siguientes tipos:

 

Académica.- Dirigida a los estudiantes con situación académica regular, con el mejor promedio en el programa educativo y tener al menos, un promedio general de 9.0 tomando como base una carga de asignaturas mínima de cinco.

 

Excelencia. – Dirigida a los estudiantes de Nuevo Ingreso en el primer cuatrimestre o semestre, deberá comprobar por medio de documentación oficial un promedio mayor o igual a 9.0.

 

9.1.1 Población Objetivo de la Beca Académica:

Estudiantes de nivel Licenciatura, que se encuentren realizando estudios en la Universidad Politécnica de Pachuca, que cumplen con ser alumnos regulares con promedio mayor a 9.0 y/o el mejor promedio de cada programa educativo de licenciatura de la institución.

 

9.1.2 Características de la Beca Académica:

La beca Académica consiste en la devolución total o parcial del pago de inscripción o reinscripción, que cubrirán un periodo comprendido en los meses de febrero, junio, julio y septiembre de 2020; el monto máximo de esta beca es el siguiente:

Los pagos se realizarán según quede establecido en los plazos definidos en las convocatorias correspondientes.

 

El Comité de Becas de la Universidad Politécnica de Pachuca, es la instancia responsable de autorizar e instruir las autorizaciones de devolución de los pagos que correspondan a los alumnos beneficiados con la beca, conforme a la disponibilidad presupuestal para el ejercicio fiscal 2020.

 

Para ello, al momento de publicar los resultados se definirá el proceso de entrega del beneficio.

 

9.1.3 Requisitos de la Beca Académica:

Para todas las modalidades el aspirante deberá presentar:

  1. Nacionalidad mexicana o acreditar su residencia legal en el país;
  2. Ser Estudiante inscrito en un programa de licenciatura en la Universidad Politécnica de Pachuca;
  3. El Director del Programa Educativo deberá presentar ante el Comité de Becas por escrito la propuesta de los candidatos que obtuvieron el mejor promedio de calificaciones durante el período inmediato anterior, anexando el historial académico a fin de comprobar que es la o el estudiante regular;
  4. La candidata o el candidato deberá ser el mejor promedio de cada uno de los programas educativos con que cuente la institución y tener al menos, un promedio general de 9.0 tomando como base una carga de asignaturas mínima de cinco;
  5. No tener ningún tipo de adeudo con la Universidad Politécnica de Pachuca; y
  6. Cubrir todos los requisitos de reinscripción que establezca la Normatividad aplicable de la Universidad Politécnica de Pachuca.

 

9.1.4 Convocatoria de la Beca Académica:

Se emitirán 4 convocatorias (Anexo 1), previamente autorizadas por el Comité de Becas de la Universidad Politécnica de Pachuca y esta deberá contener de manera clara y específica lo siguiente:

 

(001/Beca Académica 2020)

 

Dirigido a Estudiantes de nivel Licenciatura, que se encuentren realizando estudios en la Universidad Politécnica de Pachuca, que cumplen con ser alumnos regulares con promedio mayor a 9.0 y/o el mejor promedio de cada programa educativo de licenciatura de la institución. Con el objeto de con el objeto de apoyar su continuidad y/o concluir sus estudios, estimular e impulsar de forma significativa el desarrollo de los jóvenes con brechas de desigualdad económicas y/o con un satisfactorio rendimiento académico, evitando el rezago y la deserción por motivos de vulnerabilidad económica, de acuerdo a las siguientes:

 

BASES

 

PRIMERA.-       REQUISITOS:

SEGUNDA.-      DOCUMENTOS A ENTREGAR:

TERCERA.-       REGISTRO Y RECEPCIÓN DE EXPEDIENTES:

CUARTA.-         CARACTERÍSTICAS DE LA BECA:

QUINTA.-          CRITERIO DE COMPATIBILIDAD:

SEXTA.-           CRITERIOS DE PRIORIZACIÓN:

SÉPTIMA.-        PROCEDIMIENTO:

OCTAVA.-         PUBLICACIÓN DE RESULTADOS:

NOVENA.-        DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LOS BECARIOS:

Derechos

Obligaciones

 

DÉCIMA.-         CALENDARIO GENERAL:

 

ACTIVIDAD FECHAS
Registro de la solicitud Febrero, Junio, Julio y Septiembre
Recepción de Documentos Febrero, Junio, Julio y Septiembre
Publicación de Resultados Febrero, Junio, Julio y Septiembre

 

 

 

 

 

 

Los casos no previstos en la presente convocatoria, serán resueltos por el Comité de Becas de la Universidad Politécnica de Pachuca.

 

Para cualquier duda, queja o sugerencia sobre esta convocatoria y los procesos de pago, comunicarse a la oficina de Becas al teléfono 771 247 4113 ext 2273 o al correo electrónico becas@upp.edu.mx , Carretera Pachuca- Cd. Sahagún km 20, Ex Hacienda de Santa Bárbara, Zempoala, Hgo., C.P. 43830.

 

9.1.5 Documentos a Entregar de la Beca Académica:

Los estudiantes deberán entregar la siguiente documentación en la oficina de Becas de la Universidad Politécnica de Pachuca, conforme a los periodos establecidos en la convocatoria correspondiente, atendiendo a lo especificado en la sección de “Procedimientos” y por lo menos deberá contener:

  1. Copia legible de identificación oficial con fotografía vigente: credencial de elector, licencia de conducir, cartilla militar, pasaporte, constancia de identidad con domicilio o credencial escolar expedida por la institución;
  2. Postulación del Coordinador de Programa; e
  3. Historial Académico.

 

9.1.6 Registro y Recepción de Solicitudes de la Beca Académica:

  1. El trámite de registro y solicitud de la beca es gratuito y quedarán especificados en las convocatorias respectivas, las fechas y lugares de recepción.

 

9.1.7 Criterio de Compatibilidad de la Beca Académica:

La beca académica NO es compatible con ningún otro tipo de beca o apoyo federal o estatal, a excepción de la Beca de Representación Institucional.

 

Ninguna persona podrá beneficiarse con más de una beca simultáneamente para el mismo fin por el periodo de ejecución de la beca, o alguna otra cuyo objetivo sea diferente, pero bajo el principio de temporalidad no sea compatible, al amparo de las otorgadas por las dependencias de la administración pública federal, estatal, municipal y la Universidad Politécnica de Pachuca, con excepción de la Beca Institucional de Representación de que es manera temporal.

 

En caso de que se detecte que una persona recibe dos becas para el mismo fin, la institución y/o área responsable de los recursos, así como el Comité de Becas de la Universidad Politécnica de Pachuca, cancelarán la segunda beca otorgada.

 

9.1.8 Criterios de Priorización de la Beca Académica:

El cumplimiento de los requisitos y/o criterios de priorización no garantizan el otorgamiento de la beca debido a que está sujeta a la suficiencia presupuestaria del ejercicio fiscal 2020.

 

En ningún caso, los criterios de selección y priorización resultarán discriminatorios en materia de género y de derechos humanos. Cuando los recursos disponibles sean insuficientes para otorgar una Beca Institucional a todos los estudiantes aspirantes, los beneficiarios serán seleccionados, en función del orden de los siguientes criterios:

 

  1. Aspirantes con algún tipo de discapacidad motriz, visual, auditiva o alguna enfermedad grave que comprometa la vida;
  2. La candidata o el candidato deberá ser el mejor promedio de cada uno de los programas educativos con que cuente la institución y tener al menos, un promedio general de 9.0 tomando como base una carga de asignaturas mínima de cinco;
  3. Madres o padres de familia y mujeres en periodo de gestación;
  4. Aspirantes provenientes de municipios y localidades rurales y/o con presencia de más del 40% de población indígenas establecidos en los catálogos del:
    • Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI).
    • Instituto Nacional de Pueblos Indígenas (INPI).
    • Su equivalente estatal en contextos urbanos marginados.
  5. Víctimas directas e indirectas del delito y que puedan acreditar la investigación de los hechos mediante documento oficial.

 

Estos criterios podrán ser adicionados y/o reordenados siempre y cuando el Comité de Becas institucionales de la Universidad Politécnica de Pachuca lo autorice.

 

9.1.9 Procedimiento de la Beca Académica:

El procedimiento estará definido de la siguiente manera:

  1. Previo al inicio del periodo de registro de postulaciones, se propone, aprueba y da a conocer la convocatoria de la beca académica;
  2. Los Coordinadores de Programas Educativos postularán al estudiante con mayor promedio en el periodo anterior, anexando el historial académico;
  3. El Comité de Becas de la Universidad Politécnica de Pachuca, en sesión ordinaria determina por orden de criterios de priorización a las y los beneficiarios a seleccionar;
  4. El Área de Becas de la Universidad Politécnica de Pachuca da a conocer los resultados de la beca académica a través de la publicación de los mismos;
  5. El Comité de Becas a través del Área de Becas publicará los resultados en el Portal Institucional y Página Oficial de Becas de la Universidad;
  6. Las decisiones del Comité de Becas no constituirán instancia y tendrán carácter de definitivas e inapelables; y
  7. En la publicación de resultados se especificará el procedimiento para la entrega de los apoyos.

 

Y se describe en el siguiente flujograma:

 

 

 

 

9.1.10 Publicación de Resultados de la Beca Académica:

El Comité de Becas institucionales de la Universidad Politécnica de Pachuca deberán emitir y publicar los resultados de la asignación de becas, en su página electrónica oficial y electrónicos oficiales a los cuales tengan acceso los estudiantes inscritos, y/o por cualquier otro medio de difusión que autorice su Comité de Becas Institucionales; así mismo deberá solicitar la publicación de los resultados en el micrositio de la Dirección de Becas de Educación Media Superior y Superior.

 

9.1.11 Derechos y Obligaciones Específicos de los Becarios de beca Académica:

9.1.11.1 Derechos específicos

  1. Recibir de la Universidad Politécnica de Pachuca, en forma oportuna la Beca que le haya sido otorgada;
  2. Otorgar carta poder simple a favor de otra persona para efectuar el cobro cuando exista causa fundada para ello; y
  3. Recibir en forma oportuna de la Universidad Politécnica de Pachuca, cualquier información relativa a su condición de Becaria o Becario.

 

9.1.11.2 Obligaciones específicas

  1. Asistir con puntualidad en día y hora a todas sus clases, debiendo justificar fehacientemente y con oportunidad, en su caso, las ausencias a las mismas;
  2. Concluir satisfactoriamente el período escolar para el cual fue becado;
  3. Observar buena conducta dentro y fuera de la Universidad Politécnica de Pachuca;
  4. Informar al Comité sobre cualquier cambio que se produzca en su situación económica o la de su familia, o la información que le sea requerida;
  5. Someterse a los estudios socioeconómicos que determine el Comité; y
  6. Participar en actividades académicas, de vinculación y extensión, a las que sea convocado por la Universidad Politécnica de Pachuca.

 

Las ausencias a clase, solo pueden justificarse por enfermedad y deberá constar en un certificado la incapacidad médica por la cual se ausenta, dicho certificado de incapacidad será entregado al Comité.

 

9.2.1 Población Objetivo de la Beca de Excelencia

Estudiantes inscritas/os en la Universidad Politécnica de Pachuca, activos en el periodo de emisión de la convocatoria de beca de excelencia en un programa educativo con el objeto de apoyar su continuidad y/o concluir sus estudios con promedio mayor a 9.0. en el nivel Medio Superior inmediato anterior.

 

9.2.2 Características de la Beca de Excelencia:

La beca Excelencia consiste en la devolución total o parcial del pago de inscripción o reinscripción, que cubrirán un periodo comprendido en los meses de febrero, julio y septiembre de 2020; el monto máximo de esta beca es el siguiente:

Los pagos se realizarán según quede establecido en los plazos definidos en las convocatorias correspondientes.

 

El Comité de Becas de la Universidad Politécnica de Pachuca, es la instancia responsable de autorizar e instruir las autorizaciones de devolución de los pagos que correspondan a los alumnos beneficiados con la beca, conforme a la disponibilidad presupuestal para el ejercicio fiscal 2020.

 

Para ello, al momento de publicar los resultados se definirá el proceso de entrega del beneficio.

 

9.2.3 Requisitos de la Beca de Excelencia:

Para todas las modalidades el aspirante deberá presentar:

  1. Nacionalidad mexicana o acreditar su residencia legal en el país;
  2. Ser Estudiante inscrito en un programa de licenciatura en la Universidad Politécnica de Pachuca;
  3. Presentar la solicitud de Beca por escrito;
  4. Comprobar un promedio general de aprovechamiento mínimo de 9.0; y
  5. Cubrir todos los requisitos de admisión e Inscripción que establezca la Reglamentación aplicable de la Universidad Politécnica de Pachuca.

9.2.4 Convocatoria de la Beca de Excelencia:

Se emitirán 3 convocatorias (Anexo 1), previamente autorizadas por el Comité de Becas de la Universidad Politécnica de Pachuca y esta deberá contener de manera clara y específica lo siguiente:

(001/Beca de Excelencia 2020)

Estudiantes inscritas/os en la Universidad Politécnica de Pachuca, activos en el periodo de emisión de la convocatoria de la beca de excelencia en un programa educativo con el objeto de apoyar su continuidad y/o concluir sus estudios con promedio mayor a 9.0. En el nivel Medio Superior, de acuerdo a las siguientes:

 

 

BASES

PRIMERA.-       REQUISITOS:

SEGUNDA.-      DOCUMENTOS A ENTREGAR:

TERCERA.-       REGISTRO Y RECEPCIÓN DE EXPEDIENTES:

CUARTA.-         CARACTERÍSTICAS DE LA BECA:

QUINTA.-          CRITERIO DE COMPATIBILIDAD:

SEXTA.-           CRITERIOS DE PRIORIZACIÓN:

SÉPTIMA.-        PROCEDIMIENTO:

OCTAVA.-         PUBLICACIÓN DE RESULTADOS:

NOVENA.-        DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LOS BECARIOS:

Derechos

Obligaciones

DÉCIMA.-         CALENDARIO GENERAL:

 

ACTIVIDAD FECHAS
Registro de la solicitud Febrero, Julio y Septiembre
Recepción de Documentos Febrero, Julio y Septiembre
Publicación de Resultados Febrero, Julio y Septiembre

 

 

 

 

 

Los casos no previstos en la presente convocatoria, serán resueltos por el Comité de Becas de la Universidad Politécnica de Pachuca.

 

Para cualquier duda, queja o sugerencia sobre esta convocatoria y los procesos de pago, comunicarse a la oficina de Becas al teléfono 771 247 4113 ext 2273 o al correo electrónico becas@upp.edu.mx, Carretera Pachuca- Cd. Sahagún km 20, Ex Hacienda de Santa Bárbara, Zempoala, Hgo., C.P. 43830.

 

9.2.5 Documentos a Entregar de la Beca de Excelencia:

Los estudiantes deberán entregar la siguiente documentación en la oficina de Becas de la Universidad Politécnica de Pachuca, conforme a los periodos establecidos en la convocatoria correspondiente, atendiendo a lo especificado en la sección de “Procedimientos” y por lo menos deberá contener:

  1. Copia legible de identificación oficial con fotografía vigente: credencial de elector, licencia de conducir, cartilla militar, pasaporte, constancia de identidad con domicilio o credencial escolar expedida por la institución;
  2. Solicitud de Beca por escrito;
  3. Copia Certificado de Bachillerato; y
  4. Comprobante de pago de inscripción

 

9.2.6 Registro y Recepción de Solicitudes de la Beca de Excelencia:

  1. El trámite de registro y solicitud de la beca es gratuito y quedarán especificados en las convocatorias respectivas, las fechas y lugares de recepción.

 

9.2.7 Criterio de Compatibilidad de la Beca de Excelencia:

La beca excelencia NO es compatible con ningún otro tipo de beca o apoyo federal o estatal, a excepción de la Beca de Representación Institucional.

 

Ninguna persona podrá beneficiarse con más de una beca simultáneamente para el mismo fin por el periodo de ejecución de la beca, o alguna otra cuyo objetivo sea diferente, pero bajo el principio de temporalidad no sea compatible, al amparo de las otorgadas por las dependencias de la administración pública federal, estatal, municipal y la Universidad Politécnica de Pachuca, con excepción de la Beca Institucional de Representación de que es manera temporal.

 

En caso de que se detecte que una persona recibe dos becas para el mismo fin, la institución y/o área responsable de los recursos, así como el Comité de Becas de la Universidad Politécnica de Pachuca, cancelarán la segunda beca otorgada.

 

9.2.8 Criterios de Priorización de la Beca de Excelencia:

El cumplimiento de los requisitos y/o criterios de priorización no garantizan el otorgamiento de la beca debido a que está sujeta a la suficiencia presupuestaria del ejercicio fiscal 2020.

 

En ningún caso, los criterios de selección y priorización resultarán discriminatorios en materia de género y de derechos humanos. Cuando los recursos disponibles sean insuficientes para otorgar una Beca Institucional a todos los estudiantes aspirantes, los beneficiarios serán seleccionados, en función del orden de los siguientes criterios:

 

  1. Aspirantes con algún tipo de discapacidad motriz, visual, auditiva o alguna enfermedad grave que comprometa la vida.
  2. La candidata o el candidato deberá tener al menos un promedio general de 9.0 del Nivel Medio Superior.
  3. Madres o padres de familia y mujeres en periodo de gestación.
  4. Aspirantes provenientes de municipios y localidades rurales y/o con presencia de más del 40% de población indígenas establecidos en los catálogos del:
    1. Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI).
    2. Instituto Nacional de Pueblos Indígenas (INPI).
  • Su equivalente estatal en contextos urbanos marginados.
  1. Víctimas directas e indirectas del delito y que puedan acreditar la investigación de los hechos mediante documento oficial.

 

Estos criterios podrán ser adicionados y/o reordenados siempre y cuando el Comité de Becas institucionales de la Universidad Politécnica de Pachuca lo autorice.

 

9.2.9 Procedimiento de la Beca de Excelencia:

El procedimiento estará definido de la siguiente manera:

  1. Previo al inicio del periodo de registro de solicitudes, se propone, aprueba y da a conocer la convocatoria de la beca de excelencia;
  2. Las y los estudiantes que se quieran postular deben reunir y cumplir con los requisitos que marque la convocatoria vigente;
  3. Una vez que el/la estudiante reúne su documentación y realiza su postulación, queda en espera de los resultados;
  4. El Comité de Becas de la Universidad Politécnica de Pachuca, en sesión ordinaria determina por orden de criterios de priorización a las y los beneficiarios de las convocatorias vigentes;
  5. El Área de Becas de la Universidad Politécnica de Pachuca da a conocer los resultados de la beca de excelencia a través de la publicación de los mismos;
  6. El Comité de Becas a través del Área de Becas publicará los resultados mediante la página institucional, página de becas y redes sociales de la Universidad;
  7. Las decisiones del Comité de Becas no constituirán instancia y tendrán carácter de definitivas e inapelables; y
  8. En la publicación de resultados se especificará el procedimiento para la entrega de los apoyos.

 

Y se describe en el siguiente flujograma:

 

 

9.2.10 Publicación de Resultados de la Beca de Excelencia:

El Comité de Becas institucionales de la Universidad Politécnica de Pachuca deberán emitir y publicar los resultados de la asignación de becas, en su página electrónica oficial y electrónicos oficiales a los cuales tengan acceso los estudiantes inscritos, y/o por cualquier otro medio de difusión que autorice su Comité de Becas Institucionales; así mismo deberá solicitar la publicación de los resultados en el micrositio de la Dirección de Becas de Educación Media Superior y Superior.

 

9.2.11 Derechos y Obligaciones Específicos de los Becarios de la Beca de Excelencia:

 

9.2.11.1 Derechos específicos

  1. Recibir de la Universidad Politécnica de Pachuca, en forma oportuna la Beca que le haya sido otorgada;
  2. Otorgar carta poder simple a favor de otra persona para efectuar el cobro cuando exista causa fundada para ello; y
  3. Recibir en forma oportuna de la Universidad Politécnica de Pachuca, cualquier información relativa a su condición de Becaria o Becario.

 

9.2.11.2 Obligaciones específicas

  1. Asistir con puntualidad en día y hora a todas sus clases, debiendo justificar fehacientemente y con oportunidad, en su caso, las ausencias a las mismas;
  2. Concluir satisfactoriamente el período escolar para el cual fue becado;
  3. Observar buena conducta dentro y fuera de la Universidad Politécnica de Pachuca;
  4. Informar al Comité sobre cualquier cambio que se produzca en su situación económica o la de su familia, o la información que le sea requerida;
  5. Someterse a los estudios socioeconómicos que determine el Comité; y
  6. Participar en actividades académicas, de vinculación y extensión, a las que sea convocado por la Universidad Politécnica de Pachuca.

 

Las ausencias a clase, solo pueden justificarse por enfermedad y deberá constar en un certificado la incapacidad médica por la cual se ausenta, dicho certificado de incapacidad será entregado al Comité.

 

9.3 Beca Alimenticia.

Son las Becas Institucionales otorgadas por Universidad Politécnica de Pachuca las cuales podrán beneficiar a los estudiantes inscritos con el otorgamiento de una comida al día durante el periodo estipulado en la convocatoria o en el instrumento jurídico aplicable.

 

9.3.1 Población Objetivo de la Beca Alimenticia

Estudiantes de nivel Licenciatura, que se encuentren realizando estudios en la Universidad Politécnica de Pachuca.

 

9.3.2 Características de la Beca Alimenticia:

Consiste en otorgar un beneficio a los estudiantes que solicitaron la beca, otorgándoseles un apoyo alimenticio en la cafetería de la Universidad Politécnica de Pachuca, ya sea un desayuno o una comida diaria, durante el periodo que marque la misma convocatoria.

 

El Comité de Becas de la Universidad Politécnica de Pachuca, es la instancia responsable de autorizar e instruir las autorizaciones de alimentos correspondientes a los alumnos beneficiados con la beca, conforme a la disponibilidad presupuestal para el ejercicio fiscal 2020.

 

Para ello, al momento de publicar los resultados se definirá el proceso y los periodos de entrega de beneficios. En caso de que los alumnos beneficiados incumplan con algún requisito establecido en estas Reglas de Operación, se cancelarán los apoyos alimenticios subsecuentes.

 

9.3.3 Requisitos de la Beca Alimenticia:

  1. Nacionalidad mexicana o acreditar su residencia legal en el país.
  2. Presentar la solicitud de Beca por escrito, con una breve exposición de motivos, avalando su buena conducta y necesidad económica por su Docente tutora o docente tutor; para las o los estudiantes de nuevo ingreso será suficiente con la solicitud de beca con exposición de motivos;
  3. Presentar constancia de no tener ningún tipo de adeudo con la Universidad Politécnica de Pachuca, este requisito se exime para las y los estudiantes de nuevo ingreso;
  4. Presentar comprobante de domicilio actual en copia y original, una vez cotejado dicho documento le será devuelto el original;
  5. Presentar registro de datos socioeconómicos en el formato para tal efecto establecido por la Universidad Politécnica de Pachuca;
  6. Aceptar sujetarse a una posible visita domiciliaria por parte de integrantes del Comité de Becas quienes definirán su procedencia; y
  7. Cubrir los demás requisitos de reinscripción que establezca la normatividad aplicable de la Universidad Politécnica de Pachuca.

 

9.3.4 Convocatoria de la Beca Alimenticia:

Se emitirán 3 convocatorias (Anexo 1), previamente autorizadas por el Comité de Becas de la Universidad Politécnica de Pachuca y esta deberá contener de manera clara y específica lo siguiente:

 

(001/Beca Alimenticia 2020)

Estudiantes inscritos/as en la Universidad Politécnica de Pachuca, activos en el periodo de emisión de la convocatoria de Beca Alimenticia en un programa educativo con el objeto de apoyar su continuidad y/o concluir sus estudios, estimular e impulsar de forma significativa el desarrollo de los jóvenes con brechas de desigualdad económicas y/o con un satisfactorio rendimiento académico, evitando el rezago y la deserción por motivos de vulnerabilidad económica:

 

BASES

PRIMERA.-       REQUISITOS:

SEGUNDA.-     DOCUMENTOS A ENTREGAR:

TERCERA.-      REGISTRO Y RECEPCIÓN DE EXPEDIENTES:

CUARTA.-        CARACTERÍSTICAS DE LA BECA:

QUINTA.-         CRITERIO DE COMPATIBILIDAD:

SEXTA.-           CRITERIOS DE PRIORIZACIÓN:

SÉPTIMA.-       PROCEDIMIENTO:

OCTAVA.-        PUBLICACIÓN DE RESULTADOS:

NOVENA.-        DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LOS BECARIOS:

Derechos

Obligaciones

DÉCIMA.-         CALENDARIO GENERAL:

ACTIVIDAD FECHAS
Registro de la solicitud Febrero, Mayo y Septiembre
Recepción de Documentos Febrero, Mayo y Septiembre
Publicación de Resultados Febrero, Mayo y Septiembre

 

 

 

 

 

 

Los casos no previstos en la presente convocatoria, serán resueltos por el Comité de Becas de la Universidad Politécnica de Pachuca.

 

Para cualquier duda, queja o sugerencia sobre esta convocatoria y los procesos de pago, comunicarse a la oficina de Becas al teléfono 771 247 4113 ext 2273 o al correo electrónico becas@upp.edu.mx, Carretera Pachuca- Cd. Sahagún km 20, Ex Hacienda de Santa Bárbara, Zempoala, Hgo., C.P. 43830.

 

9.3.5 Documentos a Entregar de la Beca Alimenticia:

Los estudiantes deberán entregar la siguiente documentación en el Área de Becas de la Universidad Politécnica de Pachuca, conforme a los periodos establecidos en la convocatoria correspondiente, atendiendo a lo especificado en la sección de “Procedimientos” y por lo menos deberá contener:

 

  1. Solicitud de Beca por escrito;
  2. Constancia de No adeudo con la Universidad Politécnica de Pachuca;
  3. Comprobante de Domicilio actual en copia y original para su cotejo; y
  4. Estudio socioeconómico.

 

 

9.3.6 Registro y Recepción de Solicitudes de la Beca Alimenticia:

  1. El trámite de registro y solicitud de la beca es gratuito y quedarán especificados en las convocatorias respectivas, las fechas y lugares de recepción.

 

9.3.7 Criterio de Compatibilidad de la Beca Alimenticia:

La beca alimenticia NO es compatible con ningún otro tipo de beca o apoyo federal o estatal a excepción de la Beca de Representación Institucional.

 

Ninguna persona podrá beneficiarse con más de una beca simultáneamente para el mismo fin por el periodo de ejecución de la beca, o alguna otra cuyo objetivo sea diferente, pero bajo el principio de temporalidad no sea compatible, al amparo de las otorgadas por las dependencias de la administración pública federal, estatal, municipal y la Universidad Politécnica de Pachuca, con excepción de la Beca de Representación Institucional de que es manera temporal.

 

En caso de que se detecte que una persona recibe dos becas para el mismo fin, la institución y/o área responsable de los recursos, así como el Comité de Becas de la Universidad Politécnica de Pachuca, cancelarán la segunda beca otorgada.

 

9.3.8 Criterios de Priorización de la Beca Alimenticia:

El cumplimiento de los requisitos y/o criterios de priorización no garantizan el otorgamiento de la beca debido a que está sujeta a la suficiencia presupuestaria del ejercicio fiscal 2020.

 

En ningún caso, los criterios de selección y priorización resultarán discriminatorios en materia de género y de derechos humanos. Cuando los recursos disponibles sean insuficientes para otorgar una Beca Institucional a todos los estudiantes aspirantes, los beneficiarios serán seleccionados, en función del orden de los siguientes criterios:

  1. Aspirantes con algún tipo de discapacidad motriz, visual o auditiva, madres o padres de familia y mujeres en periodo de gestación que cumplan con el requisito del promedio mínimo;
  2. Promedio mínimo de 8.0 en estricto orden de prelación atendiendo un orden de mayor a menor; y
  3. Aspirantes provenientes de municipios rurales, indígenas de alto y muy alto índice de marginación establecidos por el Consejo Nacional de Población (CONAPO) y/o su equivalente estatal en contextos urbanos marginados.

 

Los alumnos que se encuentren en el estatus de prelación podrán ser considerados en el programa con base a la disponibilidad presupuestal de la Universidad Politécnica de Pachuca.

 

9.3.9 Procedimiento de la Beca Alimenticia:

El procedimiento estará definido de la siguiente manera:

  1. Previo al inicio del periodo de registro de solicitudes, se propone, aprueba y da a conocer la convocatoria de la beca alimenticia;
  2. Las y los estudiantes que se quieran postular deben reunir y cumplir con los requisitos que marque la convocatoria vigente;
  3. Una vez que el/la estudiante reúne su documentación y realiza su postulación, queda en espera de los resultados;
  4. El Comité de Becas de la Universidad Politécnica de Pachuca, en sesión ordinaria determina por orden de criterios de priorización a las y los beneficiarios de las convocatorias vigentes;
  5. El Área de Becas de la Universidad Politécnica de Pachuca da a conocer los resultados de la beca alimenticia a través de la publicación de los mismos;
  6. El Comité de Becas a través del Área de Becas publicará los resultados en el Portal Institucional, Portal de Becas de la Universidad Politécnica de Pachuca y en tableros distribuidos en el perímetro de la institución.
  7. Las decisiones del Comité de Becas no constituirán instancia y tendrán carácter de definitivas e inapelables; y
  8. En la publicación de resultados se especificará el procedimiento para la entrega de los apoyos.

 

 

Y se describe en el siguiente flujograma:

 

 

9.3.10 Publicación de Resultados de la Beca Alimenticia:

El Comité de Becas Institucionales de Universidad Politécnica de Pachuca deberán emitir y publicar los resultados de la asignación de becas, en su página electrónica oficial, medios físicos y/o electrónicos oficiales a los cuales tengan acceso los estudiantes inscritos, y/o por cualquier otro medio de difusión que autorice su Comité de Becas Institucionales; así mismo deberá solicitar la publicación de los resultados en el micrositio de la Dirección de Becas de Educación Media Superior y Superior.

 

9.3.11 Derechos y Obligaciones Específicos de los Becarios de la Beca Alimenticia:

9.3.11.1 Derechos específicos

  1. Recibir de la Universidad Politécnica de Pachuca, en forma oportuna la Beca que le haya sido otorgada; y
  2. Recibir en forma oportuna de la Universidad Politécnica de Pachuca, cualquier información relativa a su condición de Becaria o Becario.

9.3.11.2 Obligaciones específicas

  1. Asistir con puntualidad en día y hora a todas sus clases, debiendo justificar fehacientemente y con oportunidad, en su caso, las ausencias a las mismas;
  2. Concluir satisfactoriamente el período escolar para el cual fue becado;
  3. Observar buena conducta dentro y fuera de la Universidad Politécnica de Pachuca;
  4. Informar al Comité de Becas Institucionales de la Universidad Politécnica de Pachuca sobre cualquier cambio que se produzca en su situación económica o la de su familia, o la información que le sea requerida;
  5. Someterse a los estudios socioeconómicos que determine el Comité; y
  6. Participar en actividades académicas, de vinculación y extensión, a las que sea convocado por la Universidad Politécnica de Pachuca.
  7. La institución educativa definirá en este apartado las obligaciones específicas aplicables al tipo de beca.

 

Las ausencias a clase, solo pueden justificarse por enfermedad y deberá constar en un certificado la incapacidad médica por la cual se ausenta, dicho certificado de incapacidad será entregado al Comité de Becas Institucionales de la Universidad Politécnica de Pachuca.

 

9.4 Becas de Representación Institucional Cultural, Deportiva y/o Académica.

Son las Becas Institucionales otorgadas por la Universidad Politécnica de Pachuca, las cuales podrán beneficiar a los estudiantes inscritos que representen a la institución en el ámbito competitivo cultural, deportivo y/o académica, con el otorgamiento del pago de los gastos que genere el acudir a algún evento representativo.

 

9.4.1 Población Objetivo de la Beca de Representación Institucional Cultural, Deportiva y/o Académica.

Estudiantes inscritos/as en la Universidad Politécnica de Pachuca, activos en el periodo de emisión de la convocatoria del Programa Institucional de Becas de Representación Institucional en un programa educativo con el objeto de brindar un apoyo económico total o parcial de los gastos derivados de su participación en eventos regionales, estatales, nacionales e internacionales en representación de la Universidad Politécnica de Pachuca, de tipo cultural, deportivo y/o académico, que será determinada en función de la disponibilidad presupuestal del proyecto en la Universidad Politécnica de Pachuca y con estricto cumplimiento de los requisitos fiscales y administrativos aplicables.

 

9.4.2 Características de la Beca de Representación Institucional Cultural, Deportiva y/o Académica:

La beca de representación institucional cultural, deportiva y/o académica consiste en el pago de los gastos parcial o total  generados en eventos donde estudiantes participan a favor de la institución, mismas que se otorgan cinco veces al año.

 

Los pagos se depositarán/entregarán según quede establecido en los plazos definidos en las convocatorias correspondientes.

 

El Comité de Becas Universidad Politécnica de Pachuca, es la instancia responsable de autorizar e instruir las transferencias de pagos correspondientes a los proveedores de servicios correspondientes con la beca, conforme a la disponibilidad presupuestal para el ejercicio fiscal 2020.

 

Para ello, al momento de publicar los resultados se definirá el proceso y los periodos de pago. En caso de que los alumnos beneficiados incumplan con algún requisito establecido en estas Reglas de Operación, se cancelarán los apoyos.

 

9.4.3 Requisitos:

  1. Nacionalidad mexicana o acreditar su residencia legal en el país.
  2. El Secretario Académico deberá presentar por escrito ante el Comité de Becas el listado de las y/o los estudiantes que participaran en eventos regionales, estatales, nacionales e internacionales en los ámbitos académicos, culturales, deportivos o de participación comunitaria, en representación de la Universidad;
  3. Presentar constancia de no tener ningún tipo de adeudo con la Universidad, este requisito se exime para las y los estudiantes de nuevo ingreso;
  4. Será determinada en función de la disponibilidad presupuestal del proyecto en la Universidad y con estricto cumplimiento de los requisitos fiscales y administrativos aplicables; y
  5. Presentar constancia de que ha sido seleccionado para representar a la Universidad en un evento estatal, regional, nacional o internacional, en los ámbitos académicos, culturales, deportivos o de participación comunitaria; firmado por el responsable o asesor de la actividad, y donde se comprometa a:
  6. Asistencia mínima del 80% a los entrenamientos, prácticas o reuniones de planeación y organización de las actividades;
  7. Asistencia del 100% a los juegos, presentaciones o actividades de participación comunitaria que se hayan programado;
  • Tener una conducta intachable como miembro de los equipos representativos de la Universidad, dentro y fuera de la Institución; y
  1. Usar adecuadamente el equipo y/o material institucional que se le haya asignado en calidad de préstamo para el desarrollo de las actividades académicas, deportivas, artístico-culturales o de participación comunitaria.

 

9.4.4 Convocatoria:

 

NO APLICA

 

9.4.5 Documentos a Entregar:

Los estudiantes deberán entregar la siguiente documentación en la oficina de Becas de la Universidad Politécnica de Pachuca, conforme a los periodos establecidos en la convocatoria correspondiente, atendiendo a lo especificado en la sección de “Procedimientos” y por lo menos deberá contener:

 

  1. Copia legible de identificación oficial con fotografía vigente: credencial de elector, licencia de conducir, cartilla militar, pasaporte, constancia de identidad con domicilio o credencial escolar expedida por la institución.
  2. Listado de las y/o los estudiantes que participaran en eventos regionales, estatales, nacionales e internacionales en los ámbitos académicos, culturales, deportivos o de participación comunitaria;
  3. Constancia de No adeudo con la Universidad; y
  4. Constancia de selección.

 

9.4.6 Registro y Recepción de Solicitudes:

  1. El trámite de registro y solicitud de la beca es gratuito y quedarán especificado en las convocatorias respectivas, las fechas y lugares de recepción.

 

9.4.7 Criterio de Compatibilidad:

Las Becas Institucionales de Educación Superior otorgadas por Universidad Politécnica de Pachuca, son compatibles con todas las becas que otorgan el Gobierno Estatal y Federal; y de carácter restrictivo entre ellas mismas.

 

9.4.8 Criterios de Priorización:

El cumplimiento de los requisitos y/o criterios de priorización no garantizan el otorgamiento de la beca debido a que está sujeta a la suficiencia presupuestaria del ejercicio fiscal 2020.

 

En ningún caso, los criterios de selección y priorización resultarán discriminatorios en materia de género y de derechos humanos. Cuando los recursos disponibles sean insuficientes para otorgar una Beca Institucional a todos los estudiantes aspirantes, los beneficiarios serán seleccionados, en función del orden de los siguientes criterios:

  1. Aspirantes con algún tipo de discapacidad motriz, visual, auditiva o alguna enfermedad grave que comprometa la vida.
  2. Madres o padres de familia y mujeres en periodo de gestación.
  3. Aspirantes provenientes de municipios y localidades rurales y/o con presencia de más del 40% de población indígenas establecidos en los catálogos del:
    1. Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI).
    2. Instituto Nacional de Pueblos Indígenas (INPI).
  • Su equivalente estatal en contextos urbanos marginados.
  1. Víctimas directas e indirectas del delito y que puedan acreditar la investigación de los hechos mediante documento oficial.
  2. De acuerdo a la priorización de la actividad motivo de esta beca; y

 

Los alumnos que se encuentren en el estatus de prelación podrán ser considerados en el programa con base a la disponibilidad presupuestal de la Universidad Politécnica de Pachuca.

 

9.4.9 Procedimiento:

El procedimiento estará definido de la siguiente manera:

  1. El Secretario Académico deberá presentar por escrito ante el Comité de Becas el listado de las y/o los estudiantes que participaran en eventos regionales, estatales, nacionales e internacionales en los ámbitos académicos, culturales, deportivos o de participación comunitaria, en representación de la Universidad;
  2. Presentar constancia de no tener ningún tipo de adeudo con la Universidad, este requisito se exime para las y los estudiantes de nuevo ingreso;
  3. Será determinada en función de la disponibilidad presupuestal del proyecto en la Universidad y con estricto cumplimiento de los requisitos fiscales y administrativos aplicables; y
  4. Presentar constancia de que ha sido seleccionado para representar a la Universidad en un evento estatal, regional, nacional o internacional, en los ámbitos académicos, culturales, deportivos o de participación comunitaria; firmado por el responsable o asesor de la actividad, y donde se comprometa a:
  5. Asistencia mínima del 80% a los entrenamientos, prácticas o reuniones de planeación y organización de las actividades;
  6. Asistencia del 100% a los juegos, presentaciones o actividades de participación comunitaria que se hayan programado;
  • Tener una conducta intachable como miembro de los equipos representativos de la Universidad, dentro y fuera de la Institución; y
  1. Usar adecuadamente el equipo y/o material institucional que se le haya asignado en calidad de préstamo para el desarrollo de las actividades académicas, deportivas, artístico-culturales o de participación comunitaria.

 

Y se describe en el siguiente flujograma:

 

 

9.4.10 Publicación de Resultados:

El Comité de Becas Institucionales de la Universidad Politécnica de Pachuca deberán emitir y publicar los resultados  de  la asignación de becas, en su página electrónica oficial o electrónicos oficiales a los cuales tengan acceso los estudiantes inscritos, y/o por cualquier otro medio de difusión que autorice su Comité de Becas Institucionales; así mismo deberá solicitar la publicación de los resultados en el micrositio de la Dirección de Becas de Educación Media Superior y Superior.

 

9.4.11 Derechos y Obligaciones Específicos de los Becarios:

9.4.11.1 Derechos específicos

  1. Recibir de la Universidad, en forma oportuna la Beca que le haya sido otorgada;
  2. Otorgar carta poder simple a favor de otra persona para efectuar el cobro cuando exista causa fundada para ello; y
  3. Recibir en forma oportuna de la Universidad, cualquier información relativa a su condición de Becaria o Becario.

 

9.4.11.2 Obligaciones específicas

  1. Asistir con puntualidad en día y hora a todas sus clases, debiendo justificar fehacientemente y con oportunidad, en su caso, las ausencias a las mismas;
  2. Concluir satisfactoriamente el período escolar para el cual fue becado;
  3. Observar buena conducta dentro y fuera de la Universidad;
  4. Informar al Comité sobre cualquier cambio que se produzca en su situación económica o la de su familia, o la información que le sea requerida;
  5. Someterse a los estudios socioeconómicos que determine el Comité; y
  6. Participar en actividades académicas, de vinculación y extensión, a las que sea convocado por la Universidad.

 

Las ausencias a clase, solo pueden justificarse por enfermedad y deberá constar en un certificado la incapacidad médica por la cual se ausenta, dicho certificado de incapacidad será entregado al Comité.

 

TRANSITORIOS

 

PRIMERO: El presente Acuerdo entrara en vigor al siguiente día de su publicación en el Periódico Oficial del Estado de Hidalgo.

 

SEGUNDO: Se derogan todas las disposiciones que se opongan al presente acuerdo.

 

Dado en la Sala de Juntas “Prof. Teodomiro Manzano Campero” de la SEPH, ubicada en Circuito Ex Hacienda La Concepción, Lote 17, San Juan Tilcuautla, Municipio de San Agustín Tlaxiaca, Estado de Hidalgo, a los veintisiete días del mes de febrero del año dos mil veinte.

 

 

INTEGRANTES DE LA H. JUNTA DIRECTIVA

Presidente

 

Lic. Tito Dorantes Castillo

Director de Regulación a Instituciones Particulares de Educación Superior

Secretaría de Educación Pública del Estado de Hidalgo

Rúbrica

 

Consejeros Asistentes

 

  L.A. José Gilberto Gómez Cabrera,

Representante suplente de la

Dra. Delia Jessica Blancas Hidalgo, Secretaria de Finanzas Públicas del Estado de Hidalgo

Rúbrica

  Arq. Alfredo Reséndiz Benítez,

Representante suplente del

Mtro. Herminio Baltazar Cisneros,

Coordinador General de Universidades Tecnológicas y Politécnicas de la Secretaría de Educación Pública

Rúbrica

L.C. Jorge Luis Hernández Gómez,

Representante suplente del

Lic. Laman Carranza Ramírez,

Titular de la Unidad de Planeación y Prospectiva

Rúbrica

 

 

  L.C. Víctor Alfonso Castro Lara,

Comisario Público de la Universidad

Politécnica de Pachuca

Rúbrica

 
 

C. Alejandro Olvera Guerrero,

Representante suplente del

Lic. Sergio Vargas Téllez,

Secretario de Desarrollo Económico del Estado de Hidalgo.

Rúbrica

 

 

 

Mtro. Jesús López Serrano,

Subdelegado Federal de la Secretaría de Educación Pública

Rúbrica

 
Las presentes firmas forman parte del acuerdo por el que se emiten las reglas de operación del Programa de Becas Institucionales, para el ejercicio fiscal 2020.
   
 

Dr. José Aguilar y Castillo,

Vicepresidente del Club Rotario

Pachuca San Javier

Rúbrica

 

Ing. Salvador Jiménez Morales,

Tesorero del Consejo Coordinador Empresarial del Estado de Hidalgo

Rúbrica

 

 
 

Lic. Elvia Noriega Hernández,

Presidenta de la CANACINTRA Pachuca.

Rúbrica

   

Lic. Jaqueline Hernández Herrera,

Representante suplente del

Ing. Héctor Meneses Arrieta,

Presidente Constitucional del

Municipio de Zempoala, Hidalgo.

Rúbrica

 

 

 
 

Invitados Especiales

 

Dr. Marco Antonio Flores González,

Rector de la Universidad

Politécnica de Pachuca

Rúbrica

   

 

MGP. Carlos Francisco Miranda García,

Representante suplente del

Mtro. José Luis Romo Cruz ,

Secretario Ejecutivo de la

Política Pública Estatal

Rúbrica

Las presentes firmas forman parte del acuerdo por el que se emiten las reglas de operación del Programa de Becas Institucionales, para el ejercicio fiscal 2020.

 

 

Derechos Enterados.28-02-2020

 

 


Periódico Oficial Alcance 19 del 28 de febrero de 2020

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