Documento contenido en el Periódico Oficial Alcance 0 del 27 de enero de 2020

Edición: Alcance 0
Número: 4
Páginas: 30

Contenido:


Secretaría de Educación Pública de Hidalgo. – Acuerdo que crea el Comité de Control y Desempeño Institucional.

L.A.I. ATILANO RODOLFO RODRÍGUEZ PÉREZ, SECRETARIO DE EDUCACIÓN PÚBLICA DE HIDALGO, CON FUNDAMENTO EN LO DISPUESTO POR LOS ARTÍCULOS 1, 13 FRACCIÓN XI, 15, 17, 19, 21 Y 34 DE LA DE LA LEY ORGÁNICA DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA PARA EL ESTADO DE HIDALGO, 1, 2, 10, 11 FRACCIONES II, XIV Y XV, 12 FRACCIÓN II DEL REGLAMENTO INTERIOR DE LA SECRETARÍA DE EDUCACIÓN PÚBLICA DE HIDALGO; Y

 

C O N S I D E R A N D O

 

PRIMERO.- Que en apego a lo dispuesto por el Título Cuarto del Comité de Control y Desempeño Institucional, del Acuerdo por el que se Emiten las Disposiciones y el Manual Administrativo de Aplicación Estatal en Materia de Control Interno del Estado de Hidalgo, publicado en el Periódico Oficial del Estado de Hidalgo el 23 de noviembre de 2017, las Instituciones de la Administración Pública Estatal deberán tomar en cuenta estas disposiciones para la supervisión, evaluación, actualización y mejora continua de su Sistema de Control Interno Institucional.

 

SEGUNDO.- Que en este contexto, con el objetivo de mejorar la Gestión Pública Gubernamental de la Administración Pública Estatal (APE), se pretende transformar el funcionamiento de sus dependencias y entidades, a través de la mejora en la prestación de bienes y servicios a la población; el incremento en la eficiencia de su operación mediante la simplificación de sus procesos y normas; el mejor aprovechamiento de los recursos, la eficiencia de los procesos vinculados a las contrataciones que realiza el Estado; así como el incremento en el desempeño de los servidores públicos.

 

TERCERO.- Que contar con un Sistema de Control Interno efectivo en la Secretaria de Educación Publica de Hidalgo, promueve la consecución de las metas y objetivos institucionales determinados como parte de la planeación estratégica, así como una eficiente administración de sus riesgos y su seguimiento a través de un Comité de Control y Desempeño Institucional, constituido como un órgano colegiado de apoyo en la toma de decisiones relacionadas con el seguimiento al desempeño institucional y control interno, teniendo como objetivo fomentar las buenas conductas, asegurando el comportamiento ético de los servidores públicos, considerando la integración de las tecnologías de información en el Control Interno y consolidar los procesos de rendición de cuentas y de transparencia gubernamental.

 

CUARTO.- Que para atender con eficiencia la diversidad y magnitud de programas, procesos y operaciones que se realizan en la Secretaría de Educación Pública de Hidalgo, es necesario instrumentar un sistema de Control Interno y Desempeño Institucional, que permita bajo una visión integral consolidar los puntos de control y lograr una administración de riesgos en los procesos administrativos y sustantivos, con enfoque a resultados, así como a la mejora de los programas presupuestarios.

 

Por lo anterior, he tenido a bien expedir el siguiente:

 

ACUERDO


QUE CREA EL COMITÉ DE CONTROL Y DESEMPEÑO INSTITUCIONAL DE LA SECRETARÍA DE EDUCACIÓN PÚBLICA DE HIDALGO

 

PUNTO 1. Se crea el Comité de Control y Desempeño Institucional de la Secretaria de Educación Pública de Hidalgo, que tiene por objeto establecer las disposiciones que deberán observar para el establecimiento, supervisión, evaluación, actualización y mejora continua del Sistema de Control Interno Institucional.

 

PUNTO 2. La persona titular de la Secretaría de Educación Pública de Hidalgo, instalará y encabezará el Comité de Control y Desempeño Institucional, el cual tendrá los siguientes objetivos:

 

  1. Contribuir al cumplimiento oportuno de metas y objetivos institucionales con enfoque a resultados, así como a la mejora de los programas presupuestarios;
  2. Contribuir a la administración de riesgos institucionales con el análisis y seguimiento de las estrategias y acciones de control determinadas en el Programa de Trabajo de Administración de Riesgos, dando prioridad a los riesgos de atención inmediata y de corrupción;
  • Analizar las variaciones relevantes, principalmente las negativas, que se presenten en los resultados operativos, financieros, presupuestarios y administrativos y, cuando proceda, proponer acuerdos con medidas correctivas para subsanarlas, privilegiando el establecimiento y la atención de acuerdos para la prevención o mitigación de situaciones críticas;
  1. Identificar y analizar los riesgos y las acciones preventivas en la ejecución de los programas, presupuesto y procesos institucionales que puedan afectar el cumplimiento de metas y objetivos;
  2. Impulsar el establecimiento y actualización del SCII, con el seguimiento permanente a la implementación de sus componentes, principios y elementos de control, así como a las acciones de mejora comprometidas en el Programa de Trabajo de Control Interno y acciones de control del Programa de Trabajo de Administración de Riesgos;
  3. Impulsar la aplicación de medidas preventivas para evitar materialización de riesgos y la recurrencia de observaciones de órganos fiscalizadores, atendiendo la causa raíz de las mismas;
  • Revisar el cumplimiento de programas de la Secretaria de Educación Publica de Hidalgo, y
  • Agregar valor a la gestión Institucional, contribuyendo a la atención y solución de temas relevantes, con la aprobación de acuerdos que se traduzcan en compromisos de solución a los asuntos que se presenten.

 

PUNTO 3. El Comité se integra de la forma siguiente:

 

  1. Presidente: Que será la persona titular de la Secretaría de Educación Pública de Hidalgo;

 

  1. Vocal Ejecutivo: Que será la persona titular de la Subsecretaría de Administración y Finanzas.

 

  • Vocales:
  1. La persona titular de la Subsecretaría de Planeación y Evaluación;
  2. La persona titular de la Dirección General de Recursos Financieros;
  3. La persona titular de la Dirección General de Asuntos Jurídicos;
  4. La persona titular de la Dirección General de Tecnologías de la Información, y
  5. La persona titular de la Dirección General de Innovación, Calidad y Organización, quien fungirá como Coordinador de Control Interno del Comité.

 

PUNTO 4. La persona titular del Órgano Interno de Control de la Secretaria de Educación Pública de Hidalgo, participará en el Comité en calidad de Órgano de Vigilancia.

 

PUNTO 5. Se podrán incorporar al Comité como invitados:

 

  1. Los responsables de las áreas de la Secretaría competentes de los asuntos a tratar en la sesión;
  2. Los servidores públicos de cualquier Área, Entidad o Dependencia del Poder Ejecutivo del Estado, que por las funciones que realizan, están relacionados con los asuntos a tratar en la sesión respectiva para apoyar en su atención, desarrollo y final resolución;
  • Personas físicas o morales ajenas a la Administración Pública del Estado de Hidalgo expertas en asuntos relativos a la Secretaría, cuando el caso lo amerite, a propuesta de los miembros del Comité con autorización del Presidente;
  1. A los Enlaces del Sistema de Control Interno de Administración de Riesgos y del Comité, y
  2. La persona titular del Centro Estatal de Lenguas y Culturas Indígenas, en las sesiones del Comité, cuando los asuntos a tratar estén directamente relacionados a la competencia de éste.

 

Los invitados, participaran en el Comité con derecho a voz, pero sin voto.

 

PUNTO 6. Cada miembro propietario integrante del Comité podrá nombrar a su respectivo suplente, quien deberá ser de nivel jerárquico inmediato inferior e intervendrá en las ausencias de aquel. Excepcionalmente, las suplencias de los Vocales se podrán realizar hasta el nivel de Subdirector. Para fungir como suplentes, los servidores públicos deberán contar con acreditación por escrito del miembro propietario dirigida al Vocal Ejecutivo, de la que se dejará constancia en el acta y en la carpeta electrónica correspondiente. Los suplentes asumirán en las sesiones a las que asistan las funciones que corresponden a los propietarios.

 

PUNTO 7. El Comité ejercerá́ las atribuciones que le confiere el Título Cuarto denominado “Comité de Control y Desempeño Institucional”, del Acuerdo por el que se emiten las Disposiciones y el Manual Administrativo de Aplicación Estatal en Materia de Control Interno para el Estado de Hidalgo.

 

PUNTO 8. El Comité́ celebrará cuatro sesiones al año de manera ordinaria y en forma extraordinaria las veces que sea necesario, dependiendo de la importancia, urgencia o falta de atención de asuntos específicos relativos al desempeño Institucional.

 

T R A N S I T O R I O S

 

PRIMERO.- El presente Acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su Publicación en el Periódico Oficial del Estado de Hidalgo.

 

SEGUNDO.- Quedan sin efecto todas las disposiciones legales que se opongan al presente Acuerdo ya sea de forma general y/o particular.

 

TERCERO.- El Comité deberá quedar instalado en un plazo de quince días hábiles a partir de la entrada en vigor del presente Acuerdo.

 

CUARTO.- En todo lo no previsto por el presente Acuerdo, será́ aplicable lo señalado en el Acuerdo por el que se emiten las Disposiciones y el Manual Administrativo de Aplicación Estatal en Materia de Control Interno para el Estado de Hidalgo, publicado en el Periódico Oficial del Estado de Hidalgo el 23 de noviembre de 2017 y demás legislación, normatividad y/o disposiciones vigentes y aplicable.

 

 

DADO EN LAS OFICINAS CENTRALES DE LA SECRETARÍA DE EDUCACIÓN PÚBLICA DE HIDALGO, UBICADAS EN BOULEVARD FELIPE ÁNGELES, S/N, COLONIA VENTA PRIETA, MUNICIPIO DE PACHUCA DE SOTO, HIDALGO A LOS VEINTIÚN DÍAS DEL MES DE ENERO DEL AÑO DOS MIL VEINTE.

 

 

L.A.I. ATILANO RODOLFO RODRÍGUEZ PÉREZ

               SECRETARIO DE EDUCACIÓN PÚBLICA DE HIDALGO

RÚBRICA

 

 

Derechos Enterados. 23-01-2020

 

 

 

 

 

 

 

 

 


Periódico Oficial Alcance 0 del 27 de enero de 2020

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