Documento contenido en el Periódico Oficial Alcance 7 del 27 de diciembre de 2019

Edición: Alcance 7
Número: 51
Páginas: 28

Contenido:


Universidad Tecnológica de Tula-Tepeji. – Acuerdo que crea el Comité de Control y Desempeño Institucional.

LOS INTEGRANTES DEL CONSEJO DIRECTIVO DE LA UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DE TULA-TEPEJI, EN EJERCICIO DE LA FACULTAD QUE NOS CONFIERE EL ARTÍCULO 14; FRACCIÓN II, DEL DECRETO QUE MODIFICA DIVERSAS DISPOSICIONES DEL DECRETO QUE CREÓ A LA UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DE TULA – TEPEJI, PUBLICADO EN EL PERIODICO OFICIAL DEL ESTADO EL 15 DE AGOSTO DEL 2016, Y

 

C O N S I D E R A N D O

 

PRIMERO. Que en apego a lo dispuesto por el Título Cuarto del Comité de Control y Desempeño Institucional, del Acuerdo por el que se Emiten las Disposiciones y el Manual Administrativo de Aplicación General en Materia de Control Interno de Estado de Hidalgo, publicado en el Periódico Oficial del Estado de Hidalgo, el 23 de noviembre de 2017, las Instituciones de la Administración Pública Estatal deberán tomar en cuenta estas disposiciones para la supervisión, evaluación, actualización y mejora continua de su Sistema de Control Interno Institucional.

 

SEGUNDO. Que con el Plan Estatal de Desarrollo del Estado de Hidalgo 2016-2022, se busca contar con un gobierno orientado a resultados, eficiente, con mecanismos de evaluación que permitan mejorar su desempeño y la calidad de los servicios; que simplifique la normatividad y trámites gubernamentales, rinda cuentas de manera clara y oportuna a la ciudadanía, que optimice el uso de los recursos públicos, y que utilice las nuevas tecnologías de la información y comunicación.

 

TERCERO. Que en este contexto, con el objetivo de mejorar la Gestión Pública Gubernamental de la Administración Pública Estatal (APE), se pretende transformar el funcionamiento de sus dependencias y entidades, a través de la mejora en la prestación de bienes y servicios a la población; el incremento en la eficiencia de su operación mediante la simplificación de sus procesos y normas; el mejor aprovechamiento de los recursos, la eficiencia de los procesos vinculados a las contrataciones que realiza el Estado; así como el incremento en el desempeño de los servidores públicos.

 

CUARTO. Que con fecha 6 de julio de 1992 se publicó el Decreto No. 230 que crea a la Universidad Tecnológica de Tula-Tepeji; mismo que ha sufrido modificaciones mediante reformas Decreto No. 16, con fecha 22 de septiembre de 2008; reforma del Decreto No. 8, con fecha 13 de junio de 2011; reforma del Decreto No. 187, con fecha 19 de mayo del 2014; reforma al Decreto No. 16, con fecha 15 de agosto de 2016, publicados en el Periódico Oficial del Estado. Última reforma que modifica diversas disposiciones del Decreto que creó a la Universidad Tecnológica de Tula Tepeji como Organismo Descentralizado con personalidad jurídica y patrimonio propio.

 

QUINTA. Que el Comité de Control y Desempeño Institucional (COCODI), tiene entre otros objetivos, agregar valor a la gestión Institucional de la Universidad Tecnológica de Tula-Tepeji y apoyar el cumplimiento de metas y objetivos institucionales con enfoque a resultados, así como a la mejora de los programas presupuestarios.

Por lo anterior, hemos tenido a bien expedir el siguiente:

 

 

ACUERDO

QUE CREA EL COMITÉ DE CONTROL Y DESEMPEÑO INSTITUCIONAL DE LA UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DE TULA-TEPEJI.

 

  1. Se crea el Comité de Control y Desempeño Institucional de la Universidad Tecnológica de Tula-Tepeji, que tiene por objeto establecer las disposiciones que deberán observar para el establecimiento, supervisión, evaluación, actualización y mejora continua del Sistema de Control Interno Institucional.

 

  1. La persona titular de la Universidad Tecnológica de Tula-Tepeji instalará y encabezara el Comité de Control y Desempeño Institucional, el cual tendrá los siguientes objetivos:

 

  1. Contribuir al cumplimiento oportuno de metas y objetivos de la Universidad con enfoque a resultados, así como a la mejora de los programas presupuestarios;
  2. Contribuir a la administración de riesgos de la Universidad con el análisis y seguimiento de las estrategias y acciones de control determinadas en el Programa de Trabajo de Administración de Riesgos (PTAR), dando prioridad a los riesgos de atención inmediata y de corrupción;
  • Analizar las variaciones relevantes, principalmente las negativas, que se presenten en los resultados operativos, financieros, presupuestarios y administrativos y, cuando proceda, proponer acuerdos con medidas correctivas para subsanar, privilegiando el establecimiento y la atención de acuerdos para la prevención o mitigación de situaciones críticas;
  1. Identificar y analizar los riesgos y las acciones preventivas en la ejecución de los programas, presupuesto y procesos Institucionales que puedan afectar el cumplimiento de metas y objetivos;
  2. Impulsar el establecimiento y actualización del Sistema de Control Interno Institucional (SCII), con el seguimiento permanente a la implementación de sus componentes, principios y elementos de control, así como a las acciones de mejora comprometidas en el Programa de Trabajo de Control Interno y acciones de control del Programa de Trabajo de Administración de Riesgos;
  3. Impulsar la aplicación de medidas preventivas para evitar materialización de riesgos y la recurrencia de observaciones de órganos fiscalizadores, atendiendo la causa raíz de las mismas;
  • Revisar el cumplimiento del programa de la Institución; y
  • Agregar valor a la gestión Institucional, contribuyendo a la atención y solución de temas relevantes, con la aprobación de acuerdos que se traduzcan en compromisos de solución a los asuntos que se presenten. Cuando se trate de Instituciones adoptar acuerdos que sirvan de apoyo al Órgano de Gobierno para la toma de decisiones o su equivalente en los órganos Administrativos Descentralizados.

 

  1. El Comité se integrará de la forma siguiente:

 

  1. El presidente: La persona titular de la Rectoría.
  2. El vocal Ejecutivo: La persona titular de la Dirección de Administración y Finanzas.
  • Vocales:
  1. Un representante de la Secretaria de Educación Pública de Hidalgo.
  2. La persona titular del Área de Abogado General.
  3. La persona titular del Área de la Subdirección de Sistemas.
  4. El Coordinador de Control Interno

 

  1. Del Órgano de Vigilancia.

 

El Contralor Interno o el Comisario Público Propietario o el Suplente participarán en el Comité en calidad de Órgano de Vigilancia del Organismo.

 

  1. De los invitados.

 

Se podrán incorporar al Comité como invitados:

  1. Los responsables de las áreas del Organismo competentes de los asuntos a tratar en la sesión;
  2. Los servidores públicos de la Administración Pública Estatal, internos o externos al Organismo que por las funciones que realizan, estén relacionados con los asuntos a tratar en la sesión respectiva para apoyar en su atención y solución;
  • Personas externas a la Administración Pública Estatal, expertas en asuntos relativos a la Organismo, cuando el caso lo amerite, a propuesta de los miembros del Comité con autorización del Presidente; y
  1. Los Enlaces del Sistema de Control Interno, de Administración de Riesgos y del Comité.

 

El Comité ejercerá las atribuciones establecidas en el Título Segundo, Capítulo II denominado “Responsabilidades y funciones en el Sistema de Control Interno Institucional”, del Acuerdo por el que se emiten las Disposiciones y el Manual Administrativo de Aplicación Estatal en Materia de Control Interno del Estado de Hidalgo, publicado en el Periódico Oficial del Estado, el 23 de noviembre del 2017.

 

Los invitados, participarán en el Comité con voz, pero sin voto.

 

  1. De los suplentes.

 

Cada miembro propietario integrante del Comité podrá nombrar a su respectivo suplente, quien deberá ser de nivel jerárquico inmediato inferior e intervendrá en las ausencias de aquél. Excepcionalmente, las suplencias de los Vocales se podrán realizar hasta el nivel de subdirector o equivalente.

 

Para fungir como suplentes, los servidores públicos deberán contar con acreditación por escrito del miembro propietario dirigida al Vocal Ejecutivo, de la que se dejará constancia en el acta y en la carpeta electrónica correspondiente. Los suplentes asumirán en las sesiones a las que asistan las funciones que corresponden a los propietarios.

 

 

TRANSITORIOS

 

 

PRIMERO.- El presente Acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial del Estado de Hidalgo.

 

SEGUNDO.- Quedan sin efecto todas las disposiciones legales que se opongan al presente Acuerdo.

 

TERCERO.- El Comité deberá quedar instalado en un plazo no mayor a 15 días hábiles a partir de la entrada en vigor del presente Acuerdo.

 

CUARTO.- En todo lo no previsto por el presente Acuerdo, será aplicable lo señalado en el Acuerdo por el que se emiten las Disposiciones y el Manual Administrativo de Aplicación Estatal en Materia de Control Interno para el Estado de Hidalgo, publicado en el Periódico Oficial del Estado de Hidalgo el 23 de noviembre de 2017.

 

 

DADO EN LA SALA DE JUNTAS “PROF. TEODOMIRO MANZANO CAMPERO” DE LA SEPH, UBICADA EN CIRCUITO EX. HACIENDA LA CONCEPCIÓN, LOTE 17, SAN JUAN TILCUAUTLA, MUNICIPIO SAN AGUSTIN TLAXIACA, HIDALGO; A LOS 21 DÍAS, DEL MES DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL DIECINUEVE.

 

 

CONSEJERO PRESIDENTE.

 

 

 Ing. Miguel Ángel Márquez Cuellar,

Director General de Vinculación y Fortalecimiento Institucional

y Presidente Suplente

Rúbrica

 

 

CONSEJEROS ASISTENTES

 

 

L.A. Karina López Bolio

Representante de la Unidad de Planeación y Prospectiva.

Rúbrica

 

   

Lic. José Luis Matia Sandoval Representante de la Secretaría de Finanzas Públicas.

Rúbrica

 

 
 

 

  Lic. Mildred Toledo Antúnez

Representante de la Coordinación General de Universidades Tecnológicas y Politécnicas.

Rúbrica

 

   

 

Mtro. Sergio Barragán Pulido Representante Ejecutivo de la Política Pública.

Rúbrica

 

 

 

 

Lic. Ulises Luis Armando Arellano Miranda

Representante de la Presidencia Municipal Constitucional de Tula de Allende, Hidalgo.

Rúbrica

 

   

Lic. Berenice Saucedo Zavala                                   Representante de Manufacturas Kaltex, S.A de C.V.

Rúbrica

 

 

Comisario Público Propietario

de la Universidad Tecnológica de Tula Tepeji.

 

 

L.C. Matilde Vite Olivares

Rúbrica

 

 

 

Titular del Organismo.

 

 

Mtro. Héctor Escobedo Corral

Dir. de Planeación y Evaluación de la UTTT

Rúbrica

 

 

 

Las presentes firmas, forman parte del acta de la VI Sesión Extraordinaria del año dos mil diecinueve, de la Universidad Tecnológica de Tula-Tepeji, celebrada el día 21 de Octubre de 2019, en la Sala de Juntas “Prof. Teodomiro Manzano Campero” de la SEPH, ubicada en Circuito Ex. Hacienda la Concepción, Lote 17, San Juan Tilcuautla, Municipio San Agustín Tlaxiaca, Hidalgo.


Periódico Oficial Alcance 7 del 27 de diciembre de 2019

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