Documento contenido en el Periódico Oficial Alcance 5 del 18 de diciembre de 2019

Edición: Alcance 5
Número: 50
Páginas: 49

Contenido:


De conformidad con los Artículos 67 fracción XXI y 68 fracción I y XV del Código Electoral del Estado de Hidalgo y en cumplimiento al Resolutivo Cuarto del Acuerdo IEEH/CG/061/2019 aprobado por el Consejo General del Instituto Estatal Electoral de Hidalgo durante la Segunda Sesión Ordinaria celebrada el día 15 de diciembre de 2019, se hace del conocimiento público la siguiente:

 

CONVOCATORIA

 

EL INSTITUTO ESTATAL ELECTORAL DE HIDALGO TE INVITA A PARTICIPAR COMO: OBSERVADOR/A ELECTORAL PARA EL PROCESO ELECTORAL LOCAL ORDINARIO 2019-2020 ESTADO DE HIDALGO.

 

El Instituto Nacional Electoral, con fundamento en los artículos 1, párrafo segundo, Base V, Apartados A, párrafos primero y segundo y B, inciso a), numeral 5 de la Constitución Política de los estados Unidos Mexicanos; 8, numeral 2; 30, numeral 2; 32, numeral 1, inciso a), fracción V; 42, numeral 1, inciso c); 80, numeral 1, inciso k); 217, numeral 1, incisos a), b), c) y d) de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales  (LGIPE); artículos 7, numeral 1; 187, numeral 1; 188; 189; 201, numerales 1,2 y 3; 204; 206; 211, numerales 1 y 2; y 213; numerales 1 y 2 del Reglamento de Elecciones (RE); artículos 6, fracción I, inciso e); 66, fracción XVI; 79, fracción II, f); 97 del Código Electoral del Estado de Hidalgo (CEEH); y de conformidad con lo establecido en el Acuerdo INE/CG456/2019 y IEEH/CG/056/2019 del Instituto Nacional Electoral y  del Instituto Estatal Electoral de Hidalgo, respectivamente.

CONVOCA:

 

A las y los ciudadanos mexicanos que cumplan los requisitos establecidos en los artículos 217, numeral 1 de la LGIPE y 188, numeral 1 del RE y que deseen participar como Observadoras y Observadores Electorales en el Proceso Electoral Local Ordinario para la elección de Ayuntamientos en el estado de Hidalgo, a solicitar su registro y presentar su documentación conforme a las siguientes:

 

BASES:

 

Las personas que deseen ejercer su derecho a participar como Observadoras y Observadores Electorales, deben sujetarse a lo siguiente:

 

  • Obtener su acreditación ante la autoridad electoral.
  • Señalar en su escrito de solicitud sus datos de identificación personal y manifestación expresa de que se conducirá conforme a los principios de imparcialidad, objetividad, certeza y legalidad y sin vínculos a partido u organización política alguna.
  • Los derechos, obligaciones y sanciones correspondientes a la observación electoral se estipulan en los artículos 217, numeral 1, incisos e), h), i), j) de la LGIPE y 204 del RE. Presentar su solicitud de forma personal o a través de la organización a la que pertenezcan ante las y los Presidentes de los Consejos Locales o Distritales correspondientes del Instituto Nacional Electoral (INE) o en su caso ante el Consejo General o los Consejos Municipales Electorales del Instituto Estatal de Hidalgo (IEEH).

 

REQUISITOS:

 

  1. Ser ciudadano o ciudadana mexicana en pleno goce de sus derechos civiles y políticos.
  2. No ser, ni haber sido miembro de dirigencias nacionales, estatales o municipales de organización o de partido político alguno en los tres años anteriores a la elección.
  • No ser ni haber sido candidata o candidato puesto de elección popular en los tres años anteriores a la elección.
  1. Asistir a los cursos de capacitación, preparación o información que impartan el Instituto o las propias organizaciones a las que pertenezcan las y los observadores electorales.
  2. No encontrarse en los supuestos de los artículos 205 y 206 el RE.

 

DOCUMENTOS:

 

La ciudadanía mexicana interesada en obtener la acreditación como Observadora y Observador Electoral, deberá presentar los documentos qu7e se citan a continuación:

 

  • Solicitud de acreditación en el formato correspondiente.
  • Escrito bajo protesta en el que manifieste que cumple como los requisitos establecidos en el artículo 217, numeral1, inciso d), de la LGIPE y 188 de RE.
  • Dos fotografías recientes tamaño infantil de la o el solicitante.
  • Copia de la credencial para votar.
  • El formato de la solicitud de acreditación y escrito bajo protesta estarán disponibles en el Consejo General y los Consejos Municipales Electorales de IEEH, así como en la página: ieehidalgo.org.mx

 

PLAZOS:

 

  • Las solicitudes de acreditación como Observadoras y Observadores Electorales, se recibirán ante las Juntas Locales y Distritales del INE a partir de la emisión de la presente convocatoria y hasta la fecha de instalación de los consejos Locales y Distritales.
  • Las solicitudes de acreditación como Observadoras y Observadores electorales, se recibirán ante el Consejo General del IEEH a partir de la publicación de la presente convocatoria y hasta el 30 de abril de 2020.
  • Ante los Consejos Municipales Electorales del IEEH, correspondiente a su domicilio a partir de su instalación y hasta el 30 de abril de 2020.
  • Concluida la revisión de las solicitudes, se notificará a la persona para que asista al curso de capacitación respectivo.
  • Una vez que se acredita el curso de capacitación, los Consejos Locales y Distritales del INE, aprobarán y entregarán las acreditaciones correspondientes.

 

Para mayores informes favor de comunicarse:

Al Instituto Estatal Electoral de Hidalgo, ubicado en el Boulevard Everardo Márquez, Numero 115 Colonia Ex Hacienda de Coscotitlán, C.P. 42064 en Pachuca de Soto, Hidalgo.

Teléfonos: (771) 7170207 extensiones: 236, 302 y 303 o consulta la página: www.ieehidalgo.org.mx

 

 

“JUNTOS CONTAMOS TU VOLUNTAD”

Pachuca de Soto, Hidalgo, diciembre 2019.

 

_________________________________

Lic. Uriel Lugo Huerta

Secretario Ejecutivo

Rúbrica

________________________________

Lic. Guillermina Vázquez Benítez

Consejera Presidenta

Rúbrica

 

 

 

 

 

 


Periódico Oficial Alcance 5 del 18 de diciembre de 2019

Esto es un extracto, por lo que en el documento que está visualizando puede haber texto, caracteres, imágenes u objetos que no se muestren debido a la conversión a formato HTML, por lo que le recomendamos tomar siempre como referencia el archivo PDF de la edición.

Idioma »