Documento contenido en el Periódico Oficial Alcance 2 del 21 de octubre de 2019
Edición: Alcance 2
Número: 42
Páginas: 06
Código de búsqueda: 2019_oct_21_alc2_42
Contenido:
LICENCIADO JOSÉ LUIS GUEVARA MUÑOZ, SECRETARIO DE MOVILIDAD Y TRANSPORTE, CON FUNDAMENTO EN LO DISPUESTO POR LOS ARTÍCULOS 33, 34 Y 35 DE LA LEY DE MOVILIDAD Y TRANSPORTE PARA EL ESTADO DE HIDALGO, 25, 26, Y 27 DEL REGLAMENTO DE LA LEY DE MOVILIDAD Y TRANSPORTE PARA EL ESTADO DE HIDALGO, ASÍ COMO LOS ARTÍCULOS 4 Y 9 FRACCIÓN I Y VIII DEL REGLAMENTO INTERIOR DE LA SECRETARÍA DE MOVILIDAD Y TRANSPORTE, TENGO A BIEN EMITIR LA SIGUIENTE:
CONVOCA:
A las y los profesionistas, personas físicas o morales que deseen formar parte del Registro de Personas Profesionales y Profesionistas con el objeto de elaborar, integrar y suscribir el Estudio de Impacto en la Movilidad; conforme a las siguientes.
BASES
PRIMERA.
DEL OBJETO
La presente convocatoria está dirigida a las y los profesionistas, personas físicas o morales que deseen formar parte del Registro de Personas Profesionales y Profesionistas, entendiéndose este como el padrón de profesionales y profesionistas autorizados para emitir la opinión técnica con el objeto de elaborar, integrar y suscribir el Estudio de Impacto en la Movilidad, en términos de la Ley y su Reglamento.
SEGUNDA.
DE LOS REQUISITOS DE ELIGIBILIDAD
Las y los interesados en formar parte del Registro de Personas Profesionales y Profesionistas; deberán cumplir con los siguientes requisitos:
- Contar con título profesional en las siguientes licenciaturas o carreras afines: arquitectura, ingeniería civil, ingeniería de tránsito, ingeniería en transporte y en medio ambiente, ingeniero arquitecto, diseñador de asentamientos humanos, planificador territorial, urbanista.
- Contar con experiencia mínima de tres años en temas relacionados con la movilidad.
- Contar con residencia dentro del Estado de Hidalgo.
- No contar con sanción o infracción alguna en los diferentes sistemas con los que cuenta la Secretaría de Movilidad y Transporte, del Estado de Hidalgo.
TERCERA.
DE LA DOCUMENTACIÓN
Los aspirantes deberán presentar en las oficinas que ocupa la Secretaría de Movilidad y Transporte, ubicadas en Avenida de los Prismas No. 205, Col. La Colonia, C.P. 42083 en Pachuca de Soto, Hidalgo, en un horario de lunes a viernes de las 8:30 a 16:30 horas, dentro del plazo de quince días hábiles contados a partir del día siguiente de la publicación de esta convocatoria en el Periódico Oficial del Estado de Hidalgo, la siguiente documentación:
- Solicitud de inscripción debidamente requisitada, misma que será proporcionada por la Secretaría de Movilidad y Transporte al momento del registro de su solicitud.
- Currículum vitae con firma autógrafa del aspirante, debiendo adjuntar copia simple de los documentos que acrediten los conocimientos y experiencia señalados en el currículum vitae y que cuenta con experiencia mínima de 3 años en temas relacionados con la movilidad.
- Carta Compromiso, donde señale bajo protesta de decir verdad que conoce lo establecido en la Ley, su Reglamento y demás disposiciones legales y administrativas aplicables, para la emisión del Estudio de Impacto en la Movilidad, así como de la veracidad de la información contenida en el mismo, documento que será proporcionado al momento de la inscripción.
- Título y cédula profesional de alguna de las licenciaturas o carreras señaladas en el punto 1, de la Base Segunda de la presente convocatoria.
- Comprobante de domicilio.
- Carta de Antecedentes No Penales.
- Identificación oficial vigente con fotografía.
- 2 fotografías a color tamaño infantil.
Adicionalmente, el aspirante deberá señalar correo electrónico así como domicilio para efectos de oír y recibir todo tipo de documentos y notificaciones, el cual deberá estar ubicado en la ciudad de Pachuca, Hidalgo.
Cada aspirante deberá presentar en original y copia simple para cotejo, la documentación establecida en la presente Base. El proceso de registro será de manera personal e intransferible.
CUARTA.
DE LAS INCONSITENCIAS
De encontrarse inconsistencias en la documentación presentada, la Dirección General de Movilidad Sustentable prevendrá al aspirante, dentro de los tres días hábiles siguientes, para que las subsane dentro de los tres días hábiles siguientes.
QUINTA
DE LA PROCENCIA DE LOS DOCUMENTOS
La Dirección General de Movilidad Sustentable será la responsable de recibir, cotejar y dictaminar la procedencia de los documentos, para que dentro de los diez días hábiles siguientes al cierre de la recepción de documentos, notifique a los aspirantes vía correo electrónico que cumplieron satisfactoriamente con los requisitos por lo que se encuentran dentro del listado de los nombres publicado en las oficinas de la Secretaría de Movilidad y Transporte.
Así mismo, si la Dirección General de Movilidad Sustentable dictaminará sobre la no procedencia de los documentos, se determinará inapelable la decisión, por lo que el aspirante podrá volver a participar si es su deseo, hasta la próxima convocatoria que expida la Secretaría de Movilidad y Transporte.
SEXTA
DEL PAGO
La Dirección General de Movilidad Sustentable expedirá al aspirante el recibo de pago de derechos correspondiente, pago que deberá cubrir el aspirante para su inscripción al Registro de Profesionales y Profesionistas.
Una vez registrado el aspirante, este estará en posibilidades de suscribir el Estudio de Impacto en la Movilidad, conforme lo establecido en la Ley de Movilidad y Transporte para el Estado de Hidalgo y su Reglamento.
El pago se hará con base a los lineamientos expedidos por la Secretaría de Movilidad y Transporte, que contienen los tabuladores para tal efecto.
SÉPTIMA.
DE LA VIGENCIA DEL REGISTRO
El Registro de Personas Profesionales y Profesionistas tendrá una vigencia de cuatro años, a partir de su inscripción en el Registro de Profesionales y Profesionistas, previo pago de derechos, siempre y cuando se cumpla con los lineamientos para el Estudio del Impacto a la Movilidad establecidos por la Secretaría de Movilidad y Transporte, la Ley de Movilidad y Transporte para el Estado de Hidalgo y su Reglamento.
OCTAVA
PRÓRROGA DE LA VIGENCIA DEL REGISTRO
En el caso de no se presentarse registro alguno dentro del plazo señalado en esta Convocatoria, el término para el registro de aspirantes se prorrogará hasta el día 13 de diciembre de 2019, dicha prórroga fenecerá en el momento en que se realicen los tres primeros registros.
De no presentarse ningún registro concluyendo el periodo de prórroga, en cumplimiento a la Ley, se emitirá la convocatoria hasta el año siguiente.
NOVENA
CASOS NO PREVISTOS
Los casos no previstos en la presente convocatoria, serán resueltos en uso de las facultades que le confiere la Ley al titular de la Secretaría de Movilidad y Transporte del Estado de Hidalgo.
TRANSITORIO
ÚNICO. La presente convocatoria surtirá sus efectos a partir del día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial del Estado de Hidalgo.
ATENTAMENTE
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LIC. JOSÉ LUIS GUEVARA MUÑOZ
SECRETARIO DE MOVILIDAD Y TRANSPORTE
RÚBRICA
Periódico Oficial Alcance 2 del 21 de octubre de 2019
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