Documento contenido en el Periódico Oficial Alcance 0 del 21 de octubre de 2019

Edición: Alcance 0
Número: 42
Páginas: 58
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MTRO. JOSÉ LUIS ROMO CRUZ, EN MI CARÁCTER DE TITULAR DE LA SECRETARÍA EJECUTIVA DE LA POLÍTICA PÚBLICA ESTATAL, DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN LA LEY ORGÁNICA DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA PARA EL ESTADO DE HIDALGO, ARTÍCULOS 17 Y 24 BIS FRACCIONES XVIII Y XX;  ASÍ COMO EN EL EJERCICIO DE LAS FACULTADES CONFERIDAS EN EL REGLAMENTO INTERIOR DE LA SECRETARÍA EJECUTIVA DE LA POLÍTICA PÚBLICA,  ARTÍCULOS 6 Y 10, FRACCIONES XVIII Y XLVII; Y EN APEGO A LO DISPUESTO EN EL ACUERDO GUBERNAMENTAL POR EL QUE SE EMITEN LAS DISPOSICIONES Y EL MANUAL ADMINISTRATIVO DE APLICACIÓN  ESTATAL EN MATERIA DE CONTROL INTERNO PARA EL ESTADO DE HIDALGO.

 

C O N S I D E R A N D O

 

PRIMERO. De acuerdo a la establecido por el Título Cuarto del Comité de Control y Desempeño Institucional, del Acuerdo por el que se Emiten las Disposiciones y el Manual Administrativo de Aplicación Estatal en Materia de Control Interno para el Estado de Hidalgo, publicado en el Periódico Oficial del Estado de Hidalgo, el 23 de noviembre de 2017, las Instituciones de la Administración Pública Estatal deberán tomar en cuenta estas disposiciones para la supervisión, evaluación, actualización y mejora continua de su Sistema de Control Interno Institucional.

 

SEGUNDO. Que con el Plan Estatal de Desarrollo del Estado de Hidalgo 2016-2022, se busca contar con un gobierno orientado a resultados, eficiente, con mecanismos de evaluación que permitan mejorar su desempeño y la calidad de los servicios; que simplifique la normatividad y trámites gubernamentales, rinda cuentas de manera clara y oportuna a la ciudadanía, que optimice el uso de los recursos públicos, y que utilice las nuevas tecnologías de la información y comunicación.

 

TERCERO. Que la Secretaría Ejecutiva de la Política Pública, es una Dependencia del Poder Ejecutivo Estatal, en términos de lo dispuesto           por el artículo 13 fracción I Bis, de la Ley Orgánica de la Administración Pública para el Estado de Hidalgo.

 

CUARTO. Que con fecha 29 de Julio de 2019, el Lic. Omar Fayad Meneses, Gobernador Constitucional del Estado de Hidalgo, nombró al Mtro. José Luis Romo Cruz, como Titular de la Secretaría Ejecutiva de la Política Pública Estatal.

 

QUINTO. Que en este contexto, con el objetivo de mejorar la Gestión Pública Gubernamental de la Administración Pública Estatal (APE), se pretende transformar el funcionamiento de sus dependencias y entidades, a través de la mejora en la prestación de bienes y servicios a la población; el incremento en la eficiencia de su operación mediante la simplificación de sus procesos y normas; el mejor aprovechamiento de los recursos, la eficiencia de los procesos vinculados a las contrataciones que realiza el Estado; así como el incremento en el desempeño de los servidores públicos.

 

SEXTO. Que el Comité de Control y Desempeño Institucional (COCODI), tiene entre otros objetivos, agregar valor a la gestión Institucional de la Secretaría Ejecutiva de la Política Pública Estatal y conducir las relaciones del Poder Ejecutivo con los otros Poderes del Estado, con enfoque a resultados, así como a la mejora de los programas presupuestarios.

 

SÉPTIMO.- Que contar con un sistema de control interno efectivo en las instituciones de la administración pública promueve el cumplimiento de las metas y objetivos, así como tener mejores prácticas, en el desempeño integral y del marco estatal integrado en materia de control interno, fortalecer  la cultura del autocontrol, autoevaluación, sistematización y evitar actos de corrupción, eficiencia y eficacia en la operación de los programas y proyectos, confiabilidad y veracidad de la información, cumplimiento del marco legal, reglamentario y normativo, protección de los recursos públicos, promover y ejercer la responsabilidad de vigilancia, mejora continua, asignación de responsabilidades y segregación de funciones, elaboración de planes y preparativos sobre contingencias, administración de riesgos, análisis y respuesta al cambio, así como evaluar problemas y corregir las deficiencias.

 

OCTAVO.-  Que para el cumplimiento de su objeto, la Secretaría Ejecutiva de la Política Pública Estatal instrumenta la creación de un Comité de Control Interno y Desempeño Institucional, que permita garantizar que la administración de recursos se realice de manera eficiente y racional, a través de un ambiente de control que permita  disminuir los riesgos, fortalecer los procesos, sistemas de información, corrección de deficiencias y promover la mejora continua.

 

Por lo anterior, he tenido a bien expedir el siguiente:

 

ACUERDO

QUE CREA EL COMITÉ DE CONTROL Y DESEMPEÑO INSTITUCIONAL DE LA SECRETARÍA EJECUTIVA DE LA POLÍTICA PÚBLICA ESTATAL.

 

Punto 1. Se crea el Comité de Control y Desempeño Institucional de la Secretaría Ejecutiva de la Política Pública Estatal, que tiene por objeto establecer las disposiciones que deberán observar para el establecimiento, supervisión, evaluación, actualización y mejora continua del Sistema de Control Interno Institucional.

 

Punto 2. La persona titular de la Secretaría Ejecutiva de la Política Pública Estatal, instalará y encabezará el Comité de Control y Desempeño Institucional, el cual tendrá los siguientes objetivos:

 

  1. Contribuir al cumplimiento oportuno de metas y objetivos institucionales con enfoque a resultados, así como a la mejora de los programas presupuestarios;
  2. Contribuir a la administración de riesgos institucionales con el análisis y seguimiento de las estrategias y acciones de control determinadas en el Programa de Trabajo de Administración de Riesgos, dando prioridad a los riesgos de atención inmediata y de corrupción;
  • Analizar las variaciones relevantes, principalmente las negativas, que se presenten en los resultados operativos, financieros, presupuestarios y administrativos y, cuando proceda, proponer acuerdos con medidas correctivas para subsanarlas, privilegiando el establecimiento y la atención de acuerdos para la prevención o mitigación de situaciones críticas;
  1. Identificar y analizar los riesgos y las acciones preventivas en la ejecución de los programas, presupuesto y procesos institucionales que puedan afectar el cumplimiento de metas y objetivos;
  2. Impulsar el establecimiento y actualización del Sistema de Control Interno Institucional (SCII), con el seguimiento permanente a la implementación de sus componentes, principios y elementos de control, así como a las acciones de mejora comprometidas en el Programa de Trabajo de Control (PTCI) Interno y acciones de control del Programa de Trabajo de Administración de Riesgos (PTAR);
  3. Impulsar la aplicación de medidas preventivas para evitar materialización de riesgos y la recurrencia de observaciones de órganos fiscalizadores, atendiendo la causa raíz de las mismas;
  • Revisar el cumplimiento de programas de la Institución; y
  • Agregar valor a la gestión Institucional, contribuyendo a la atención y solución de temas relevantes, con la aprobación de acuerdos que se traduzcan en compromisos de solución a los asuntos que se presenten. Cuando se trate de Instituciones, adoptar acuerdos que sirvan de apoyo al Órgano de Gobierno para la toma de decisiones o su equivalente en los órganos administrativos descentralizados.

 

Punto 3. El Comité se integra de la forma siguiente:

 

  1. Presidente: La persona titular de la Secretaría Ejecutiva de la Política Pública Estatal.
  2. Vocal Ejecutivo: La persona titular de la Dirección General de Administración.
  • Vocales:

 

  1. La persona titular de la Dirección de Recursos Financieros;
  2. La persona titular de la Dirección de Recursos Humanos, Informática y Transparencia;
  3. La persona titular de la Dirección de Normatividad y Representación Institucional;
  4. La persona titular de la Dirección General de Innovación Gubernamental y Mejora Regulatoria; y
  5. La persona titular de la Secretaría Técnica de la Comisión Interna de Seguimiento y Cumplimiento de las Medidas de Racionalidad, Disciplina y Eficiencia del Gasto Público, en su carácter de Coordinador de Control Interno.

 

Ejercerán las atribuciones establecidas en el Título Cuarto, Capítulo III del Acuerdo por el que se emiten las Disposiciones y el Manual Administrativo de Aplicación Estatal en Materia de Control Interno para el Estado de Hidalgo, publicado en el Periódico Oficial del Estado, el 23 de noviembre de 2017.

 

Punto 4. Del Órgano de Vigilancia.

 

La persona Titular del Órgano Interno de Control en la Secretaría Ejecutiva de la Política Pública Estatal, participará en el Comité en calidad de Órgano de Vigilancia del mismo.

 

Punto 5. De los Invitados.

 

Se podrán incorporar al Comité como invitados:

 

  1. Los responsables de las áreas de la Secretaría Ejecutiva de la Política Pública Estatal competentes de los asuntos a tratar en la sesión;
  2. Los servidores públicos de la Administración Pública Estatal, internos o externos a la Secretaría Ejecutiva de la Política Pública Estatal, que por las funciones que realizan, estén relacionados con los asuntos a tratar en la sesión respectiva para apoyar en su atención y solución;
  • Personas externas a la Administración Pública Estatal, expertas en asuntos relativos a la Secretaría Ejecutiva de la Política Pública Estatal, cuando el caso lo amerite, a propuesta de los miembros del Comité con autorización del Presidente; y
  1. Los Enlaces del Sistema de Control Interno, de Administración de Riesgos y del Comité.

 

Los invitados, participarán en el Comité con voz, pero sin voto.

 

Punto 6. De los Suplentes

 

Cada miembro propietario integrante del Comité podrá nombrar a su respectivo suplente, quien deberá ser de nivel jerárquico inmediato inferior e intervendrá en las ausencias de aquél. Excepcionalmente, las suplencias de los Vocales se podrán realizar hasta el nivel de subdirector o equivalente.

 

Para fungir como suplentes, los servidores públicos deberán contar con acreditación por escrito del miembro propietario dirigida al Vocal Ejecutivo, de la que se dejará constancia en el acta y en la carpeta electrónica correspondiente. Los suplentes asumirán en las sesiones a las que asistan las funciones que corresponden a los propietarios.

 

Punto 7.  De las Atribuciones

 

El Comité, ejercerá las atribuciones que le confiere el Título Cuarto, Capítulo III del Acuerdo por el que se emiten las Disposiciones y el Manual Administrativo de Aplicación Estatal en Materia de Control Interno para el Estado de Hidalgo, publicado en el Periódico Oficial del Estado, el 23 de noviembre de 2017.

 

 

T R A N S I T O R I O S

 

PRIMERO.- El presente Acuerdo entrará en vigor al día siguiente al de su publicación en el Periódico Oficial del Estado de Hidalgo.

 

SEGUNDO.- Quedan sin efecto todas las disposiciones legales que se opongan al presente Acuerdo.

 

TERCERO.- El Comité deberá quedar instalado en un plazo no mayor a 15 días hábiles a partir de la entrada en vigor del presente Acuerdo.

 

CUARTO.- En todo lo no previsto por el presente Acuerdo, será aplicable lo señalado en el Acuerdo por el que se emiten las Disposiciones y el Manual Administrativo de Aplicación Estatal en Materia de Control Interno para el Estado de Hidalgo, publicado en el Periódico Oficial del Estado de Hidalgo el 23 de noviembre de 2017.

 

DADO EN LA OFICINA QUE OCUPA EL DESPACHO DE LA SECRETARÍA EJECUTIVA DE LA POLÍTICA PÚBLICA ,UBICADA EN PLAZA JUAREZ, SIN NÚMERO, CUARTO PISO,  PALACIO DE GOBIERNO  COLONIA CENTRO, CODIGO POSTAL 42000, EN LA CIUDAD DE PACHUCA DE SOTO, HIDALGO; A LOS VEINTIDOS DÍAS, DEL MES DE AGOSTO, DEL AÑO DOS MIL DIECINUEVE.

 

 

EL SECRETARIO EJECUTIVO DE LA POLÍTICA PÚBLICA ESTATAL

DEL PODER EJECUTIVO DEL ESTADO DE HIDALGO

 

MTRO. JOSÉ LUIS ROMO CRUZ

 RÚBRICA

 

COMITÉ DE CONTROL Y DESEMPEÑO INSTITUCIONAL

 

 

La presente firma, forma parte del ACUERDO QUE CREA EL COMITÉ DE CONTROL Y DESEMPEÑO INSTITUCIONAL DE LA SECRETARÍA EJECUTIVA DE LA POLÍTICA PÚBLICA ESTATAL del 22 de agosto de 2019, en la sala de juntas de la Secretaría Ejecutiva de la Política Pública Estatal del Poder Ejecutivo del Estado de Hidalgo


Periódico Oficial Alcance 0 del 21 de octubre de 2019

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