Documento contenido en el Periódico Oficial Alcance 0 del 15 de junio de 2020

Edición: Alcance 0
Número: 24
Páginas: 6

Contenido:


Consejo de la Judicatura.- Acuerdo general 28/2020 del pleno del Consejo de la Judicatura del Poder Judicial del Estado de Hidalgo, por el cual se modifica el artículo primero del acuerdo 24/2020.

 

Instancia: Pleno del Consejo de la Judicatura

Fecha: 15 de junio de 2020

Acuerdo: 28/2020

 

 

ACUERDO GENERAL 28/2020 DEL PLENO DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA DEL PODER JUDICIAL DEL ESTADO DE HIDALGO, POR EL CUAL SE MODIFICA EL ARTÍCULO PRIMERO DEL ACUERDO 24/2020.

C O N S I D E R A N D O S:

 

  1. El doce de mayo del año en curso, el Gobernador Omar Fayad Meneses, mediante un comunicado al pueblo de Hidalgo, puntualizó que nos encontrábamos en la etapa crítica, en la que estaba en juego la vida de todos, ya que los especialistas habían alertado que estábamos por entrar a una etapa de contagio acelerado que tendría como consecuencia que a mediados de junio se tendrían hasta 3,500 casos, es decir, 4 contagios nuevos por hora en Hidalgo.

 

  1. De igual forma, en conferencia de prensa de fecha veintiocho de mayo de dos mil veinte, el titular del Poder Ejecutivo del Estado de Hidalgo, mencionó que para el quince de junio, entrará la peor etapa de la pandemia en el estado de Hidalgo y que no se levantarían las medidas implementadas para reducir el riesgo de contagio  antes del primero de julio; en ese sentido también dijo que periódicamente se evaluarán las medidas y la temporalidad de las mismas conforme a la estadística arrojada en la gráfica sobre el factor de contagio, y que las actividades económicas que se reactivarían, serían previo control de la Secretaría de Salud, ello para verificar que se cumplan con los protocolos sanitarios.

 

  1. Asimismo, el encargado de la Secretaría de Salud del estado de Hidalgo, Efraín Benítez Herrera, refirió que el estado de Hidalgo, alcanzaría el punto máximo de contagios de Covid-19 entre el quince y el veinte de junio, ya que los contagios iniciaron, un mes después, con respecto a otras entidades de la República, como la Ciudad de México y el estado de México, en donde actualmente se encuentran en sus picos epidémicos.

 

  1. En virtud de lo anterior, mediante el Acuerdo 24/2020 el Pleno del Consejo de la Judicatura del estado de Hidalgo, determinó prorrogar el plazo de suspensión para el regreso a las labores dentro del Poder Judicial del estado de Hidalgo hasta el quince de junio, a efecto de garantizar el derecho a la salud de las personas servidoras públicas del Poder Judicial, así como de los usuarios del mismo.

 

  1. Por su parte, el cinco de junio del año dos mil veinte, el Subsecretario de Prevención y Promoción de la Salud del gobierno de la república, Hugo López Gatell Ramírez, informó que el estado de Hidalgo empezaba a superar la emergencia de salud del virus SARS-CoV2 (COVID-19), al estar solo en uno de los indicadores en color rojo, siendo este el índice de positividad de la enfermedad, sin embargo, precisó que en general, todo el país seguía estando en semáforo rojo.

 

  1. Así también el siete de junio del año dos mil veinte, el Subsecretario de Prevención y Promoción de la Salud del gobierno de la república, Hugo López Gatell Ramírez, informó que los casos de contagio por el virus SARS-CoV2 (COVID-19) aún eran muy altos; así mismo, en dicha conferencia de prensa, se hizo mención que la nueva normalidad, tiene como diferencia de las jornadas de sana distancia, que ahora las acciones e intervenciones, pueden ser regionalizadas en cada entidad federativa, permitiendo así, que las mismas contra la epidemia en México, la cual es asincrónica, es decir, se da de diferentes maneras en diferentes tiempos en las entidades federativas, puedan adaptarse y ajustarse a las necesidades de cada entidad, en función de que las actividades sociales y educativas puedan estarse llevando a cabo en la medida de que el riesgo epidemiológico lo permita.

 

  1. En la conferencia de prensa vespertina del día catorce de junio del presente año, sobre la citada pandemia, se dijo que en México son 146,837 los casos de COVID-19 confirmados acumulados, 22,398 los casos confirmados activos y 17,141 defunciones, es decir cifras que aún son alarmantes y ante ello se deben seguir respetando las medidas establecidas por las autoridades de salud federales y estatales.

 

  1. No obstante que el estado de Hidalgo ha tenido avances considerables por cuanto hace a la pandemia del virus SARS-CoV2 (COVID-19), tan es así que es uno de los pocos estados en los que hay señalamiento de tendencia a la baja de la pandemia, los datos oficiales emitidos, actualizados al catorce de junio del año en curso, informan que en el estado de Hidalgo hay 2,739 casos de COVID-19 confirmados y 464 defunciones, es decir, aún es elevado el número de contagios, tal como lo predijo el ejecutivo estatal, en la referencia que se hace en el considerando primero del presente Acuerdo.

 

  1. Por otra parte, es de reconocerse el esfuerzo que diariamente realizan la sociedad hidalguense y las instituciones públicas, en la lucha contra el virus SARS-CoV2, pues gracias a ello, tal y como lo han dicho las autoridades federales, Hidalgo está superando la pandemia; por lo tanto, después de lo logrado, sería apresurado tomar la decisión de reanudar actividades, cuando el índice de contagio aún es elevado, ya que de no seguir tomando las medidas de salubridad adecuadas, sería en vano todo el esfuerzo que se ha realizado al día de hoy, así como la suspensión de labores que el Poder Judicial del estado realizó desde el diecinueve de marzo de dos mil veinte,  pues como se ha dicho, la prioridad para el Poder Judicial del estado siempre ha sido proteger la salud de sus personas servidoras públicas y de los usuarios del mismo.

 

  1. En ese orden de ideas, el artículo 4 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, establece que toda persona tiene derecho a la protección de la salud  y a un ambiente sano para su desarrollo y bienestar, así como que el Estado garantizará el respeto a este derecho, por su parte el artículo 25 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos, consagra el derecho a la salud y establece que  toda persona tiene derecho a un nivel de vida adecuado, que le asegure, así como a su familia, la salud y el bienestar.

 

  1. Por lo tanto, en atención a las circunstancias y cifras en las que hoy se encuentra el país, en relación al virus SARS-CoV2 (COVID-19), y a la obligación de proteger el derecho a la salud de las personas, resulta necesario ampliar el plazo de vigencia de las medidas adoptadas en el Poder Judicial del estado, para hacer frente a la contingencia sanitaria, establecidas en el Acuerdo 20/2020, dando seguimiento a la evaluación que las autoridades sanitarias realicen con respecto al estado de Hidalgo, garantizando con ello el menor riesgo epidemiológico para las personas servidoras públicas de la institución y para el público en general; es por ello que se estima necesaria una suspensión de plazos y términos del dieciséis al treinta de junio de dos mil veinte, para que, previo a la conclusión de la misma, se realice una evaluación sobre la situación en la que se encuentre la pandemia en el estado de Hidalgo y estar en posibilidad de tomar una nueva decisión.

 

  1. Finalmente, el artículo Décimo Segundo del Acuerdo General 20/2020 publicado en el Periódico Oficial del Estado de Hidalgo el treinta de abril de dos mil veinte, así como el artículo cuarto del Acuerdo General 24/2020, facultan al Consejo de la Judicatura del estado, para interpretar, modificar, ampliar, actualizar o suspender las medidas de actuación inmediata establecidas en los Acuerdos correspondientes, ello de conformidad con las disposiciones oficiales emitidas. En virtud de lo anterior, con el objetivo de seguir dando cumplimiento a la finalidad de los Acuerdos 15/2020,18/2020, 20/2020, 22/2020 y 24/2020, con fundamento en lo dispuesto en el párrafo cuarto del artículo 4º y la fracción III del artículo 116 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; en los artículos 1, 2, 3, 93, párrafo cuarto, y 100 Ter fracciones VI y IX de la Constitución Política del Estado de Hidalgo; en los numerales 2, inciso b, 115 y 118, fracciones XXI y XXVI, de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado de Hidalgo, así como en la fracción  IX  del artículo 129 de su Reglamento; se actualiza y modifica lo siguiente en el:

 

A C U E R D O    G E N E R A L

 

PRIMERO. Se modifica el artículo primero del Acuerdo General 20/2020 del Pleno del Consejo de la Judicatura del estado de Hidalgo, para quedar como sigue:

 

PRIMERO. El presente Acuerdo General tiene como finalidad, contribuir en la prevención del contagio del virus SARS-CoV2, reducir la movilidad y, en su caso, atender con prontitud los problemas de contagio que se presenten, sin descuidar los servicios urgentes de justicia; así como acatar estrictamente las medidas adoptadas por el Consejo General de Salubridad, por lo que, se amplía la suspensión de labores en los órganos jurisdiccionales, no jurisdiccionales, auxiliares y administrativos del Poder Judicial del estado de Hidalgo, hasta el treinta de junio de dos mil veinte.

 

En consecuencia, queda sin efectos el artículo primero del Acuerdo 24/2020 del Pleno del Consejo de la Judicatura del estado de Hidalgo.

 

SEGUNDO. Quedan vigentes las demás disposiciones de los Acuerdos 20/2020, 22/2020 y 24/2020 que establecen las medidas necesarias para el acceso a la justicia y la ampliación de actividades oficiales durante la suspensión de actividades laborales decretadas por el Consejo de la Judicatura.

 

TERCERO. Las presentes medidas son de carácter temporal y podrán ser suspendidas, modificadas, interpretadas, revocadas o ampliadas, por el Consejo de la Judicatura, según las disposiciones emitidas por las autoridades sanitarias competentes.

 

TRANSITORIOS

 

PRIMERO. El presente Acuerdo entrará en vigor a partir de su aprobación.

 

SEGUNDO. Publíquese el presente Acuerdo en el Periódico Oficial del estado de Hidalgo, en las redes sociales oficiales y en la página de internet del Poder Judicial del estado de Hidalgo.

 

Licenciada Ariana Itzel Duarte Martínez, Secretaria Ejecutiva del Consejo de la Judicatura del Poder Judicial del Estado de Hidalgo, RÚBRICA, certifica:

 

Que el Acuerdo General 28/2020 por el cual se modifica el artículo primero del acuerdo 24/2020, fue aprobado por el Pleno del Consejo de la Judicatura, en sesión extraordinaria celebrada el día quince de junio de dos mil veinte, por unanimidad de votos de la Consejera Presidenta Blanca Sánchez Martínez y de los Consejeros: Lidia Noguez Torres, Mario Ernesto Pfeiffer Islas, Hibels José Luis Crespo García y Víctor Juárez González. Pachuca de Soto, Hidalgo, quince de junio de dos mil veinte.

 


Periódico Oficial Alcance 0 del 15 de junio de 2020

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