Documento contenido en el Periódico Oficial Alcance 17 del 28 de febrero de 2020
Edición: Alcance 17
Número: 8
Páginas: 101
Contenido:
Secretaría de Educación Pública. – Acuerdo por el que se emiten las Reglas de Operación de los Programas de Becas Institucionales de “El Colegio del Estado de Hidalgo” para el Ejercicio Fiscal 2020.
SECRETARÍA DE EDUCACIÓN PÚBLICA
SUBSECRETARÍA DE EDUCACIÓN MEDIA SUPERIOR Y SUPERIOR
EL COLEGIO DEL ESTADO DE HIDALGO
LOS INTEGRANTES DE LA H. JUNTA DE GOBIERNO DE EL COLEGIO DEL ESTADO DE HIDALGO CON FUNDAMENTO EN EL ARTÍCULO 14 FRACCIONES I Y II DE LA LEY DE ENTIDADES PARAESTATALES PARA EL ESTADO DE HIDALGO; ASÍ COMO EL ARTÍCULO 9 DEL DECRETO QUE REFORMA DIVERSAS DISPOSICIONES DEL DECRETO QUE CREO EL COLEGIO DEL ESTADO DE HIDALGO. PUBLICADO EN EL ALCANCE 0 DEL PERIÓDICO OFICIAL DEL ESTADO DE HIDALGO DE FECHA 11 DE AGOSTO DE 2014 CON LAS FACULTADES QUE LE HAN SIDO CONFERIDAS; Y
CONSIDERANDO
Primero.- Que el artículo 51 del Decreto Número 308 por el que la Cámara de Diputados del Estado de Hidalgo autorizó el Presupuesto de Egresos del Estado para el Ejercicio Fiscal 2020, publicado el día 31 de diciembre de 2019, establece que los programas a través de los cuales se otorguen subsidios o apoyos estarán sujetos a Reglas de Operación publicadas por las Dependencias y Entidades en el Periódico Oficial, previa autorización de la Secretaría de Finanzas Públicas del Estado así como de la Secretaría de Educación Pública como Dependencia Coordinadora de Sector.
Segundo.- Que el Plan Estatal de Desarrollo 2016-2022 con enfoque prospectivo al 2030, ha sido concebido como un instrumento estratégico, con visión de largo plazo y bajo una perspectiva inclusiva y solidaria, en la cual el desarrollo integral y la mejora de las condiciones de bienestar de la población son el centro de las acciones de Gobierno, cuyo tercer eje establece, “Hidalgo Humano e Igualitario, 3.2 Educación de relevancia equipada; 3.2.4 ofrecer educación incluyente y equitativa en todos los niveles y modalidades; 3.2.4.3.4 Instrumentar más becas para tus hijos”.
Tercero. – Que con estas acciones Hidalgo se suma a la estrategia del Gobierno Federal para impulsar la educación superior en el país a través de la entrega de apoyos económicos a los estudiantes y sus familias.
Cuarto. – Que El Colegio de El Estado de Hidalgo cuenta con su Reglamento de Becas de Posgrado, debidamente aprobado por su Junta de Gobierno el 30 de julio de 2013 y publicado en el Periódico Oficial del Estado de Hidalgo el 11 de noviembre de 2013, el cual da sustento a las presentes Reglas de Operación.
Quinto. – Que las presentes Reglas de Operación contienen los alcances y estructuras que resultan necesarias para la adecuada instrumentación de los objetivos de El Colegio del Estado de Hidalgo, por lo que este instrumento es el mecanismo normativo en el que se determinarán los elementos formales para la ejecución de los recursos asignados a esta entidad, siendo su contenido enunciativo, más no limitativo.
Sexto. – Que las Reglas de Operación establecen disposiciones a las que deben sujetarse determinados programas y recursos públicos con el objeto de otorgar certeza, imparcialidad, transparencia y asegurar la aplicación eficiente, eficaz, oportuna y equitativa de los fondos del erario público asignados a los mismos.
En cumplimiento a lo anterior hemos tenido a bien expedir el siguiente:
ACUERDO
POR EL QUE SE EMITEN LAS REGLAS DE OPERACIÓN DE LOS PROGRAMAS DE BECAS INSTITUCIONALES DE “EL COLEGIO DEL ESTADO DE HIDALGO” PARA EL EJERCICIO FISCAL 2020.
UNICO. Se emiten las Reglas de Operación de los programas de becas institucionales de El Colegio del Estado de Hidalgo (ColHgo).
INDICE
2.1 General
3.1. Población objetivo
3.2. Requisitos
3.3. Procedimiento de selección
3.4 Características de los apoyos (tipo y monto)
5.1 Derechos generales aplicables a todos los beneficiarios de una Beca Institucional
5.2 Obligaciones generales de todos los beneficiarios de las becas
5.3 Causales generales de cancelación
7.1. Difusión.
7.2. Cumplimiento de Obligaciones
9.1 Becas económicas
9.1.1 Población objetivo
9.1.2 Características de la beca
9.1.3 Requisitos
9.1.4 Convocatoria
9.1.5 Documentos a entregar
9.1.6 Registro y recepción de solicitudes documentadas
9.1.7 Criterio de compatibilidad
9.1.8 Criterios de priorización
9.1.9 Procedimiento
9.1.9 Publicación de resultados
9.1.10 Derechos y obligaciones específicos de los becarios
Para el actual gobierno del Estado de Hidalgo, la Educación es un tema estratégico, la inversión en educación es la mejor acción que se pueda realizar para mejorar las condiciones de vida de las familias y generar desarrollo económico y social.
Estos ideales se rescatan en el Plan Estatal de Desarrollo que establece:
“Eje 3. Hidalgo Humano e Igualitario 3.2 Educación de relevancia y equipada.
Impartir servicios educativos con suficiencia, calidad y relevancia, que garanticen el acceso a los niveles educativos en igualdad y con recursos destinados a programas de impacto que incidan en la mejora de las condiciones de bienestar de las personas.”… además, establece como un compromiso otorgar “más becas para tus hijos”.
Los recursos económicos que se entregan son una ayuda para subsanar los gastos correspondientes al desempeño escolar, sin embargo una parte importante de la población de bajos ingresos no tiene acceso a la educación de nivel superior, aun cuando posean las capacidades cognitivas para iniciar y concluir con éxito estos estudios, la falta de recursos económicos en los hogares de los estudiantes de educación superior es una condición que impacta negativamente en la permanencia y aprovechamiento de sus estudios.
Sobre todo, es importante apoyar a quienes con un esfuerzo mayor realizan estudios superiores y que tienen un origen indígena, alguna discapacidad, o viven en una situación de pobreza o son madres o padres solteros, pero también es justo reconocer el talento y sacrificio de quienes obtienen los mejores promedios de sus carreras.
El gobernador impulsa la creación de oportunidades en todos los niveles escolares y avanza en el mejoramiento de los apoyos que se entregan a los estudiantes para que logren el objetivo superior de concluir una carrera profesional.
Los Programas de Becas Institucionales de Educación Superior son una iniciativa del Gobierno del Estado de Hidalgo, y en ColHgo estamos convencidos de que es fundamental apoyar a los estudiantes, por ello contamos con becas que fortalecen el desarrollo de los estudios de educación superior como a) Becas de Posgrado dirigidas a estudiantes y tesistas de ColHgo que se encuentren en condición socioeconómica vulnerable, egresados de otra institución nacional de educación superior interesados en participar en proyectos de investigación multidisciplinaria para el desarrollo regional y urbano sustentable así como en materia de gestión, gerencia y política públicas y b) Becas al Desempeño Académico y a la Trayectoria en la Gestión Académica e Investigación dirigidas a integrantes de la planta académica de tiempo completo y exclusivo que prestan sus servicios en El Colegio del Estado de Hidalgo como estímulo a la docencia, investigación, extensión y gestión académica.
2.1 General
Beneficiar con una beca institucional de ColHgo a:
Otorgar becas institucionales de ColHgo como mecanismo para contribuir a generar una sociedad y economía del conocimiento en dos vertientes:
3.1. Población objetivo
Los aspirantes deberán cumplir las especificaciones en cada apartado por tipo de beca de estas Reglas de Operación.
3.2. Requisitos
Los requisitos para participar en las distintas becas otorgadas por ColHgo se especifican de manera clara y son los mínimos indispensables en beneficio de la población objetivo desglosado en el punto anterior Reglas de Operación por tipo de beca en estas Reglas de Operación.
3.3 Procedimiento de selección
Con el fin de garantizar la transparencia, imparcialidad, objetividad e igualdad de oportunidades en los procesos de selección de los beneficiarios y de la asignación de becas, institucionales que ofrece ColHgo, se conformará un cuerpo colegiado en número impar que se constituirá en comisión evaluadora y será responsable de controlar y vigilar la operación de los programas de becas de ColHgo con el fin de maximizar sus resultados y logros.
La comisión evaluadora actuará conforme a los principios de equidad de género y derechos humanos, para prevenir la discriminación de personas o grupos de personas por origen étnico, preferencia sexual o por discapacidad. Además, podrá implementar acciones con el objeto de reducir las brechas de género.
Los procedimientos a seguir por cada tipo de beca, se encuentran en el numeral 9 de las presentes reglas y contiene toda la información referente a características de la beca, requisitos, convocatoria, documentos a entregar, recepción de solicitudes y validación de expediente, criterio de compatibilidad y restricciones, criterios de priorización, procedimiento y publicación de resultados por tipo de beca.
3.4 Características de los apoyos (tipo y monto)
Los apoyos consistirán en la entrega de recursos económicos y se encuentran especificados en cada uno de los tipos de becas señalados en las presentes reglas y éstos tendrán que utilizarse para los fines que fueron establecidos.
Los recursos para la operación e implementación de las becas institucionales corresponderán al presupuesto autorizado para el ejercicio fiscal 2020.
Las becas otorgadas durante el ejercicio 2020, podrán renovarse siempre y cuando la suficiencia presupuestal de ColHgo lo permita y el estudiante cumpla con los requisitos especificados en el apartado de Requisitos de cada uno de los tipos de becas de las presentes Reglas de Operación.
En el caso de las Becas de Posgrado para ningún beneficiario se podrán utilizar los recursos financieros asignados para el pago de prestaciones de carácter económico, compensaciones, sueldos o sobresueldos a personal directivo, docente o empleadas/os que laboren o presten sus servicios en ColHgo.
Y CANCELACIONES GENERALES
Los derechos, obligaciones, causas de incumplimiento y cancelaciones generales, establecidos por ColHgo garantizarán el respeto a los derechos humanos y a la equidad de género, así como la salvaguarda de los derechos civiles, políticos, económicos, sociales y culturales de los beneficiarios en todos los tipos de becas.
5.1 Derechos generales, aplicables a todos los beneficiarios de una beca institucional
5.2 Obligaciones generales de todos los beneficiarios de las becas
5.3 Causales generales de cancelación
Los casos no previstos se someterán a consideración de la comisión evaluadora y ésta especificará el procedimiento que deberá seguir el beneficiario.
Para efectos de fiscalización y transparencia de los recursos asignados al programa, podrán ser revisados por la instancia correspondiente que para tal efecto se determine por el Órgano Interno de Control de la Secretaría de Educación Pública de Hidalgo.
ColHgo dará todas las facilidades e información que le sea solicitada por los auditores en los procesos de revisión a los que sean sometidas las becas institucionales.
ColHgo llevará un registro y control de todos los documentos y actas generadas por cada proceso del Programa, archivadas de manera cronológica observando la Ley de Archivos para el Estado de Hidalgo.
ColHgo, a través de su enlace de becas, deberá reportar y actualizar mensualmente (en los primeros 5 días de cada mes), en el Sistema de Registro y Seguimiento de Becas de Educación Media Superior y Superior, coordinado por la Dirección de Becas de Educación Media Superior y Superior, toda la información relativa a las becas que se otorgan.
7.1. Difusión
Para garantizar la transparencia en el ejercicio de los recursos, se dará amplia difusión de las becas institucionales. La papelería, documentación oficial, así como la publicidad y promoción de éstas, deberán incluir la siguiente leyenda: “Este programa es público, ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines distintos al desarrollo social”.
Además, se deberán difundir todas aquellas medidas para garantizar los derechos humanos y la igualdad entre mujeres y hombres en la aplicación de las becas institucionales.
De acuerdo a lo establecido en el artículo 70, fracción XV de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, se publicará y mantendrá actualizada la información relativa a las presentes becas.
7.2. Cumplimiento de obligaciones
Se atenderán las disposiciones de a) la Ley General de Contabilidad Gubernamental a fin de publicar en la página web de ColHgo www.elcolegiodehidalgo.edu.mx la información sobre los montos pagados a los beneficiarios por concepto de becas o ayudas sociales para actividades académicas y b) la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública para el Estado de Hidalgo a fin de poner a disposición del público la información actualizada sobre los beneficiarios de becas o ayudas sociales para actividades académicas en la página web de ColHgo así como en la plataforma electrónica www.transparencia.org.mx, previa validación de la Secretaría de Contraloría del estado de Hidalgo.
Los aspirantes que no queden conformes con el dictamen de la comisión evaluadora, tendrán cinco días hábiles después de la publicación oficial para interponer su recurso de inconformidad, la cual será resuelta en un lapso de 10 días, de conformidad con la normatividad vigente.
Las inconformidades, quejas, dudas, aclaraciones, comentarios y denuncias de los beneficiarios de los programas de becas institucionales se atenderán de acuerdo a las disposiciones establecidas para ello previa recepción escrita, telefónica, personal o electrónica. Aspirantes o beneficiarios de las Becas de Posgrado deberán dirigirse a la Oficina de Becas de ColHgo o al correo becas@elcolegiodehidalgo.edu.mx y en tanto los aspirantes o beneficia de Becas de Desempeño Académico deberán dirigirse la Dirección General de ColHgo o al correo electrónico direcciongeneral@elcolegiodehidalgo.edu.mx
ColHgo se ubica en Blvd. Circuito de la Concepción, No. 3, Ex Hacienda de la Concepción, San Agustín Tlaxiaca, C. P. 42162; Tels. (771) 138 3079 y 138 3080.
9.1 Becas económicas
Son las otorgadas por ColHgo a estudiantes y tesistas de ColHgo y a egresados de licenciatura y posgrado de instituciones nacionales de educación superior, con un monto en efectivo mensual y que se encuentren en una condición que determine la convocatoria o instrumento jurídico aplicable, e incluye los siguientes conceptos:
9.1.1 Población objetivo
9.1.2 Características de la beca
El monto mensual de la beca se determinará en función del nivel de estudios concluido por el beneficiario, equivalente a los niveles del Tabulador Salarial del Poder Ejecutivo del estado de Hidalgo que a continuación se desglosan:
Licenciatura | Maestría | Doctorado |
Nivel 7 | Nivel 8A | Nivel 8B |
NIVEL “B”
Este nivel obtendrá el 40% mensual de su sueldo en beca al desempeño durante 12 meses a partir del 1ro. de septiembre de cada año.
NIVEL “C”
Este nivel obtendrá el 60% mensual de su sueldo en beca al desempeño y a la trayectoria en la gestión académica e investigación, bajo dos alternativas:
La Dirección General de ColHgo es la instancia responsable de autorizar e instruir las transferencias de los recursos correspondientes a los beneficiarios con base en los resultados de la evaluación académica de la comisión evaluadora, y de la disponibilidad presupuestal.
La fecha de pago de las Becas de Posgrado será el día 30 de cada mes a partir del mes en el cual inicie el beneficio en función del ciclo escolar o el cronograma del proyecto presentado, y la fecha de pago de la Becas al Desempeño Académico y a la Trayectoria en la Gestión Académica e Investigación será el día 30 de cada mes a partir del mes de septiembre de 2020.
En caso de que los beneficiarios incumplan con algún requisito establecido en estas Reglas de Operación, se cancelarán los depósitos subsecuentes.
La convocatoria para ambas becas deberá especificar:
2.1 Requisitos
2.2 Documentos a entregar
2.3 Recepción de solicitudes y documentos, incluido el periodo
2.4 Características de la beca
2.5 Vigencia
2.6 Criterio de compatibilidad y restricciones
2.7 Criterios de priorización
2.8 Procedimiento de recepción de solicitudes incluido el periodo y de evaluación de las mismas
2.9 Publicación de resultados especificando la fecha
Los interesados deberán entregar en una carpeta de argollas tamaño carta de media pulgada la documentación impresa y/o digitalizada, según se indique en cada uno de los siguientes incisos dentro de protectores de hojas translúcidos para archivar.
9.1.6 Registro y recepción de solicitudes documentadas
Se llevará a cabo, en la fecha que establezca la convocatoria:
9.1.7 Criterio de compatibilidad
La Beca Institucional de Educación Superior otorgada por ColHgo, son compatibles con todas las becas que otorgan el Gobierno Estatal y Federal; y de carácter restrictivo entre ellas mismas.
El cumplimiento de los requisitos y/o criterios de priorización no garantizan el otorgamiento de la beca debido a que está sujeta a la suficiencia presupuestaria.
En ningún caso, los criterios de selección y priorización resultarán discriminatorios en materia de género y derechos humanos.
9.1.9 Procedimiento
Dicho procedimiento se describe en el siguiente diagrama de flujo:
Aplicación de criterios de priorización |
Recepción de solicitudes |
Evaluación de solicitudes |
No cumple |
Asignación de becas |
Si cumple |
Publicación de resultados |
Formalización de estímulos |
Aplicación del recurso |
Fin |
Becas de posgrado para
Estudiantes y Tesistas de El Colegio del Estado de Hidalgo |
Dicho procedimiento se describe en el siguiente diagrama de flujo:
Publicación de convocatoria |
Aplicación de criterios de priorización |
Recepción de solicitudes |
Evaluación de solicitudes |
No cumple |
Asignación de becas |
Si cumple |
Publicación de resultados |
Formalización de estímulos |
Aplicación del recurso |
Fin |
Becas de posgrado para egresados de licenciatura y posgrado de otra institución nacional de educación superior |
Dicho procedimiento se describe en el siguiente diagrama de flujo:
Publicación convocatoria |
Aplicación de criterios de priorización |
Recepción de solicitudes |
Evaluación de solicitudes |
No cumple |
Asignación de becas |
Si cumple |
Publicación de resultados |
Formalización de estímulos |
Aplicación del recurso |
Fin |
Becas al desempeño académico y a la trayectoria en la gestión académica e investigación |
9.1.9 Publicación de resultados
La comisión evaluadora de ColHgo deberá establecer en el acta que suscriba que los resultados de la asignación de becas deberán ser publicados en la página electrónica oficial, medios físicos y/o electrónicos oficiales a los cuales tengan acceso los aspirantes y/o por cualquier otro medio de difusión que autorice su comisión evaluadora; asimismo deberá solicitar la publicación de los resultados en el micrositio de la Dirección de Becas de Educación Media Superior y Superior.
Para los aspirantes de este inciso los resultados de la asignación de becas deberán ser publicados en primera instancia en el Periódico Oficial del Estado de Hidalgo antes que concluya la segunda quincena de septiembre de 2020, publicación que se deberá difundir en los medios citados en el primer párrafo del inciso 9.1.9.
9.1.10 Derechos y obligaciones específicos de los becarios
El (la) beneficiario(a) tiene derecho a recibir su beca puntualmente siempre y cuando cumpla con los resultados y productos de su plan de trabajo a satisfacción de ColHgo y con base en la disponibilidad presupuestal.
El (la) beneficiario(a) tiene derecho a recibir su beca puntualmente siempre y cuando preste sus servicios a ColHgo, cumpla con los resultados y productos de su Plan de Trabajo y cuente con un mínimo de asistencia de 90%, de conformidad con el artículo 20 del Reglamento de Becas al Desempeño Académico y a la Trayectoria en la Gestión Académica e Investigación.
TRANSITORIOS
PRIMERO. El presente Acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial del Estado de Hidalgo.
SEGUNDO. Se derogan todas las disposiciones que se opongan al presente acuerdo.
Dado en las oficinas de El Colegio del Estado de Hidalgo, a los 27 días de febrero del año dos mil veinte, en la Ciudad San Agustín Tlaxiaca, Estado de Hidalgo.
INTEGRANTES DE LA H. JUNTA DE GOBIERNO
Consejero Presidente
Ing. Miguel Ángel Márquez Cuellar
Presidente Suplente de la Secretaría de Educación Pública Rúbrica |
Consejeros Asistentes
P.T. Ernesto Gil Elorduy
Consejero Suplente de la Secretaria de Desarrollo Social Rúbrica |
|
Mtra. Margarita Chávez Hernández
Consejera Suplente de la Secretaría de Finanzas Públicas Rúbrica |
L.A.P. José Jesús Sánchez Rosas
Consejero Suplente de la Unidad de Planeación y Prospectiva Rúbrica |
Lic. Alejandro Olvera Guerrero
Consejera Suplente de la Secretaria de Desarrollo Económico Rúbrica |
Lic. Elizabeth Rodríguez Jiménez
Consejera Suplente de la Secretaría Ejecutiva de la Política Pública Rúbrica |
Mtro. Aníbal Alejandro Gallegos Macías
Consejero Suplente del Consejo de Ciencia, Tecnología e Innovación de Hidalgo Rúbrica |
L.C. Cristina Fonseca García
Comisario Público de El Colegio del Estado de Hidalgo Rúbrica
|
Dra. Rocío Ruiz de la Barrera
Directora General de El Colegio del Estado de Hidalgo Rúbrica |
|||
Estas firmas corresponden al Acuerdo por el que emiten los Integrantes de la H. Junta de Gobierno de El Colegio del Estado de Hidalgo, las Reglas de Operación de los Programa de Becas Institucionales de El Colegio del Estado de Hidalgo para el Ejercicio Fiscal 2020.
Derechos Enterados.27-02-2020
Periódico Oficial Alcance 17 del 28 de febrero de 2020
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