Documento contenido en el Periódico Oficial Alcance 2 del 23 de septiembre de 2019

Edición: Alcance 2
Número: 38
Páginas: 17
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LCDA. MARGARITA CABRERA ROMÁN, Coordinadora General del Centro de Justicia para Mujeres del Estado de Hidalgo, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 6 de la Ley General de Responsabilidades de los Servidores Públicos, el artículo 15 de la Ley de Entidades Paraestatales del Estado de Hidalgo, el artículo cuarto transitorio del Código de Ética de la Administración Pública del Estado de Hidalgo, los Lineamientos Generales que establecen las Bases para la Integración, Organización y Funcionamiento de los Comités de Ética y Prevención de Conflictos de Interés y la Guía para la elaboración y actualización del Código de Conducta de las Dependencias y Entidades de la Administración Pública del Estado de Hidalgo, expido el siguiente:

 

CÓDIGO DE CONDUCTA DEL CENTRO DE JUSTICIA PARA MUJERES DEL ESTADO DE HIDALGO

 

I.INTRODUCCION

 

El Centro de Justicia para Mujeres del Estado de Hidalgo forma parte de la política pública que el Gobierno del Estado instrumenta para favorecer el acceso de las mujeres a la justicia y a una vida libre de violencia.

 

Para tal efecto, el CJMH tiene por objeto proporcionar servicios integrales y multidisciplinarios, bajo un modelo homologado de atención, en un solo espacio a mujeres en situación de violencia de género, a través de la coordinación, articulación y vinculación interinstitucional de las áreas de procuración e impartición de justicia, seguridad pública, salud, educación, trabajo, desarrollo social, desarrollo económico, mecanismos para el adelanto de las mujeres y otras instituciones cuya finalidad principal sea acorde al objeto del Centro de Justicia para Mujeres del Estado de Hidalgo, en un marco de cooperación y de absoluto respeto a sus facultades establecidas constitucionalmente así como por los ordenamientos legales que regulan sus funciones, a impulsar acciones en los ámbitos jurídico y social que contribuyan a erradicar la violencia contra las mujeres, promoviendo su plena incorporación a la vida productiva, social, cultural, política en la sociedad, el acceso a la justicia y la paz social.

 

En nuestra actividad diaria se destaca una actuación institucional orientada al cumplimiento del Eje I Gobierno, Honesto, Cercano y Moderno, del Plan Estatal de Desarrollo 2016 – 2022, que establece la visión de un Gobierno eficiente, desarrollando acciones encaminadas a eliminar la corrupción, impulsar la participación ciudadana e incentivar la cooperación con los municipios y la federación que permita claros resultados, bajo procesos de desarrollo de la participación y colaboración social.

 

En este contexto es que en Hidalgo se han generado avances jurídico administrativos importantes entre los que se encuentran la publicación del Código de Ética de la Administración Pública (13 de mayo de 2019), el cual contempla los principios constitucionales y legales, los valores y las Reglas de Integridad que fungen como acciones para delimitar la conducta de las y los servidores públicos ante situaciones específicas, absteniéndose de participar en las que pudieran afectar la seguridad, la independencia y la imparcialidad de su actuación pública.

 

Con la convicción de fortalecer una actuación acorde con la legalidad, objetividad, profesionalismo, honradez, lealtad, imparcialidad, eficiencia, eficacia, equidad, transparencia, economía e integridad, contamos con un Manual Operativo que incorpora principios y premisas en la actuación de quienes laboramos en esta institución.

 

Con el mismo objetivo, mediante publicación en el Periódico Oficial del Estado el 12 de noviembre de 2018, se creó el Comité de Ética y Prevención de Conflictos de Interés del CJMH que tiene como antecedente el Comité de Ética, Mérito y Disciplina.

 

Considerando el ejercicio participativo que indica la Guía para la Elaboración y Actualización del Código de Conducta de las Dependencias y Entidades de la Administración Pública del Estado de Hidalgo, y derivado de diversos círculos de reflexión y análisis de información proveniente del Comité de Control y Desempeño Institucional (COCODI), encuestas que contienen información directa de quienes laboran en este institución así como el informe sobre clima y cultura organizacional, es que las y los integrantes del Comité de Ética y Prevención de Conflictos de Interés, con la asesoría y visto bueno del Órgano Interno de Control y los aportes y determinación de la Coordinadora General, formulamos el presente Código de Conducta del Centro de Justicia para Mujeres del Estado de Hidalgo que tiene como objetivo primordial guiar nuestro actuar diario como servidoras y servidores públicos, describiendo situaciones a fin de facilitarnos la decisión que debemos seguir en pleno respeto a los derechos humanos, fortaleciendo nuestro camino para cumplir con la misión, visión y objetivo de la institución.

 

II.Objetivo

 

El presente Código de Conducta tiene como objetivo fortalecer la actuación con integridad de las y los servidores públicos, generando certidumbre en la conducta que deben observar en las actividades diarias y de su interacción con la ciudadanía, apegándose a los principios constitucionales, valores, reglas de integridad y pautas que se deben observar en el ejercicio diario del empleo, cargo o comisión, como elementos fundamentales para mejorar la calidad de los servicios, utilizar de manera adecuada y con perspectiva de género los recursos asignados y avanzar en el cumplimiento de la misión y visión del CJMH.

 

III.Misión del Código de Conducta

 

Fortalecer la ética pública a través de generar certidumbre en la conducta que deben observar las y los servidores públicos en el desempeño de sus funciones y en su interacción con la ciudadanía a través del otorgamiento de servicios interdisciplinarios, integrales y especializados a mujeres en situación de violencia de género, brindando a  la población mayor confianza en su quehacer institucional.

 

IV.Visión del Código de Conducta

 

Ser un elemento que fortalezca la integridad de las y los servidores públicos en el camino a convertir al Centro de Justicia en un espacio que de confianza y contribuya al acceso de mujeres en situación de violencia de género a la justicia.

 

V.Marco Jurídico

 

  1. Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
  2. Constitución Política para el Estado de Hidalgo.
  3. Ley Orgánica de la Administración Pública para el Estado de Hidalgo.
  4. Ley General de Responsabilidades Administrativas.
  5. Ley General del Sistema Nacional Anticorrupción.
  6. Ley del Sistema Estatal Anticorrupción de Hidalgo.
  7. Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos para el Estado de Hidalgo.
  8. Código de Ética de la Administración Pública del Estado de Hidalgo.
  9. Lineamientos Generales para la Administración y Desarrollo de Personal y Profesionalización de los servidores públicos del Poder Ejecutivo del Estado de Hidalgo.
  10. Guía para la Elaboración y Actualización del Código de Conducta de las Dependencias y Entidades de la Administración Pública del Estado de Hidalgo.
  11. Manual Operativo del Centro de Justicia para Mujeres del Estado de Hidalgo.

 

VI.Ámbito de Competencia

 

Las disposiciones de este Código de Conducta son de observancia general y obligatoria para toda persona que desempeñe un empleo, cargo o comisión al interior del Centro de Justicia para Mujeres del Estado de Hidalgo, sin importar su régimen de contratación.

 

VII.Ámbito de Aplicación

Las disposiciones de este Código de Conducta serán observadas en cualquier lugar, situación o contexto en el que las y los servidores públicos ejerzan el empleo, cargo, comisión o función para la atención a mujeres en situación de violencia de género.

 

VIII.Glosario.

 

Para efecto del presente Código se entenderá por:

 

CJMH: Al Centro de Justicia para Mujeres del Estado de Hidalgo.

Código de Ética: Código de Ética de la Administración Pública del Estado de Hidalgo.

Código de Conducta: El instrumento emitido por la persona Titular del CJMH a propuesta del Comité de Ética y Prevención de Conflictos de Interés del CJMH, previa aprobación del Órgano Interno de Control, para regular la actuación de las y los servidores públicos que brindan sus servicios en el CJMH.

Conflicto de Interés: Es aquel en que se actualiza la situación que confronta las obligaciones derivadas del servicio público con intereses privados de las y los servidores públicos que pueden influir indebidamente en la ejecución de sus atribuciones y responsabilidades.

Comité de Ética: Comité de Ética y Prevención de Conflictos de Interés del Centro de Justicia para Mujeres del Estado de Hidalgo.

Cultura: Conjunto de conocimientos que permite a las personas desarrollar su juicio crítico respecto de situaciones específicas.

 

Discriminación: Toda distinción, exclusión, restricción o preferencia que, por acción u omisión, con intención o sin ella, no sea objetiva, racional ni proporcional y tenga por objeto o resultado obstaculizar, restringir, impedir, menoscabar o anular el reconocimiento, goce o ejercicio de los derechos humanos y libertades, cuando se base en uno o más de los siguientes motivos: el origen étnico o nacional, el color de piel, la cultura, el sexo, el género, la edad, las discapacidades, la condición social, económica, de salud o jurídica, la religión, la apariencia física, las características genéticas, la situación migratoria, el embarazo, la lengua, las opiniones, las preferencias sexuales, la identidad o filiación política, el estado civil, la situación familiar, las responsabilidades familiares, el idioma, los antecedentes penales o cualquier otro motivo. También se entenderá como discriminación la homofobia, misoginia, cualquier manifestación de xenofobia, segregación racial, antisemitismo, así como la discriminación racial y otras formas conexas de intolerancia.

 

Ética: Rama filosófica que se ocupa del estudio racional de la moral, la virtud, el deber, la felicidad y el buen vivir.

 

Ética Pública: Disciplina basada en normas de conducta que se fundamentan en el deber público y que busca en toda decisión y acción, la prevalencia del bienestar de la sociedad en coordinación con los objetivos del Estado de Hidalgo, de los entes públicos y de la responsabilidad de la persona ante éstos.

 

Lenguaje Incluyente: Se utiliza para dirigirse a la amplia diversidad de identidades culturales refiriendo con ello a la igualdad, la dignidad y el respeto que merecen todas las personas sin importar su condición humana sin marcar una diferencia en la representación social de las poblaciones históricamente discriminadas evitando definirlas por sus características o condiciones.

 

Lenguaje No Sexista: Es el uso de aquellas expresiones de la comunicación humana tendientes a visibilizar a ambos sexos, particularmente a las mujeres, eliminando la subordinación, la humillación y el uso de estereotipos. Se trata de lenguaje exento de estereotipos, calificativos o expresiones basadas o referidas explícitamente al sexo y la sexualidad.

 

 

Personal del CJMH: Las y los servidores públicos que proporcionan sus servicios al interior del Centro de Justicia para Mujeres del Estado de Hidalgo.

 

Principios Constitucionales: Aquellos que rigen la actuación de los servidores públicos previstos en la fracción III, del artículo 154 de la Constitución Política del Estado de Hidalgo.

 

Reglas de Integridad: Acciones para delimitar las conductas de las y los servidores públicos en situaciones específicas, absteniéndose de participar en estas que pudieran afectar la seguridad, la independencia y la imparcialidad de su actuación pública establecidas en el Código de Ética.

 

Valores: Cualidad o conjunto de atributos por los que una persona es apreciada o bien considerada en el servicio público.

 

IX.Pautas de conducta específicas a observar por el personal del CJMH

 

Con el propósito de dar cumplimiento a la Misión, Visión y Objetivo General del CJMH, el personal que labora en el CJMH en el desempeño de su empleo, cargo, comisión o función, nos comprometemos a:

 

  1. Conocer y atender las disposiciones jurídicas inherentes al empleo, cargo o comisión que desempeñamos en el CJMH.
  2. Cooperar de manera interinstitucional con las autoridades competentes para promover las condiciones propicias que permitan a las mujeres en situación de violencia de género el acceso a la justicia y la posibilidad de ejercer su derecho a una vida libre de violencia.
  3. Contribuir en un marco de cooperación y de respeto a las facultades de las diversas instituciones, a erradicar la violencia contra las mujeres, promoviendo su incorporación a la vida productiva, social, cultural y política en la sociedad.
  4. Conducirse con rectitud, sin utilizar su empleo, cargo o comisión para obtener beneficio indebido, provecho o ventaja personal o para un tercero.
  5. Asumir actitudes de liderazgo dentro de la institución pública en que nos desempeñamos, fomentando aquellas conductas que promuevan una cultura ética y de calidad en el servicio público.
  6. Satisfacer desde la perspectiva de género el interés superior de las necesidades colectivas por encima de intereses particulares, personales o ajenos al interés general y bienestar de la población.
  7. Trabajar con profesionalismo, desde el empleo, cargo o comisión que desempeñamos, en favor de la eliminación de la violencia contra las mujeres.
  8. Actuar atendiendo a los principios de igualdad y no discriminación, evitando cualquier acción u omisión que menoscabe la dignidad humana, derechos o libertades.
  9. Reconocer que a través de nuestra actitud, actuación y desempeño se construye la confianza de las mujeres y la sociedad en la institución.
  10. Proporcionar atención con cordialidad, sencillez y claridad, observando un trato diligente, respetuoso y amable a todas las personas, tanto a quienes brindan servicios como a nuestros compañeros y compañeras, subordinadas y superiores.
  11. Actuar conforme a una cultura de servicio orientada al logro de resultados, procurando la excelencia en el desempeño de sus funciones a fin de alcanzar las metas institucionales según sus responsabilidades.
  12. Utilizar los bienes, recursos y servicios públicos con legalidad y disciplina.
  13. Realizar nuestras funciones con eficiencia, eficacia y calidad, así como a contar permanentemente con la disposición para desarrollar procesos de mejora continua, de modernización y de optimización de recursos públicos.
  14. Realizar el registro responsable, objetivo y veraz de la información que con motivo de nuestras funciones se deban suministrar y/o sistematizar, preservando la integridad de la misma.
  15. Emplear un lenguaje incluyente y no sexista que contribuya a visibilizar las necesidades específicas de la población desde las perspectivas de género, derechos humanos y multiculturalidad.
  16. Mantener una actitud proactiva en el desempeño de las actividades que le son encomendadas contribuyendo a la mejora continua.
  17. Aceptar y aprovechar la actualización, capacitación y profesionalización en materias relacionadas con su labor, así como las técnicas que puedan favorecer el mejor cumplimiento del servicio.
  18. Contribuir, dentro de su empleo, cargo o comisión, a la preservación y restauración de los derechos de las mujeres en situación de violencia de género y en su caso a sus hijas e hijos menores de edad, contenidos en los ordenamientos legales aplicables.
  19. Actuar con lealtad en el servicio público reconociendo que la función que desempeñamos es un privilegio y una responsabilidad.
  20. Promover la atención integral de las usuarias a través de servicios multidisciplinarios.
  21. Procurar una atención individualizada evitando la revictimización, aplicando un enfoque integral y de conformidad con las necesidades del caso en concreto.
  22. Informar, a través de los mecanismos establecidos, la existencia de algún posible conflicto de interés en el desempeño de sus funciones.
  23. Observar y ser promotores de los valores y principios del Código de Ética y de Conducta así como del CJMH.
  24. Actuar con profesionalismo guardando debida confidencialidad de la información a la que tenga acceso con motivo de sus funciones, apegándose a las disposiciones en materia de transparencia, protección de datos personales y acceso a la información pública.
  25. Abstenernos de ocultar información y/o documentación pública en archivos personales, ya sea dentro o fuera de los espacios institucionales.

 

X.Mecanismo de capacitación y difusión

 

El Comité de Ética del CJMH programará actividades de capacitación y divulgación dirigidas al conocimiento y sensibilización sobre los principios, valores, reglas de integridad y pautas que se deben observar en el ejercicio diario del empleo, cargo o comisión.

 

Las personas al servicio público, al incorporarse al CJMH, de manera voluntaria firmarán una carta compromiso a través de la cual manifestarán que conocen el contenido del presente Código de Conducta y se comprometen a su cumplimiento durante el desempeño de sus funciones.

 

XI.Interpretación, consulta y asesoría

El Comité de Ética del CJMH es la instancia encargada de la interpretación y consulta del presente Código de Conducta en caso de dudas respecto a su aplicación u observancia.

Este Código de Conducta es resultado del consenso de las personas servidoras públicas que integran el Comité de Ética y Prevención de Conflictos de Interés del CJMH, quienes representan al personal que desempeña sus labores en el CJMH y está apegado a los Principios y Valores del Código de Ética de la Administración Pública del Estado de Hidalgo, por ello se convierte en un modelo de observancia general para todas las personas servidoras públicas dentro de este Centro de Justicia para Mujeres.

 

 

L.D. Margarita cabrera Román,

Coordinadora General del

Centro de Justicia para Mujeres del Estado de Hidalgo.

Rúbrica


Periódico Oficial Alcance 2 del 23 de septiembre de 2019

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