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Periódico Oficial Ordinario 0 del 26 de agosto de 2013

26 agosto 2013

Datos generales

Edición: Ordinario 0
Número: 34
Páginas: 123

Sumario

  • Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano.- Aviso de deslinde del predio presunta propiedad Nacional, denominado “LA PRESA”, ubicado en las inmediaciones del Municipio de Santiago de Anaya, Estado de Hidalgo.
  • Decreto Núm. 523.- Por el cual se autoriza a los Municipios de Almoloya, Mineral de la Reforma, Tlahuelilpan y Tlanalapa para contratar financiamientos por un monto, que en su conjunto, no excederá de $57,388,448.71 (CINCUENTA Y SIETE MILLONES TRESCIENTOS OCHENTA Y OCHO MIL CUATROCIENTOS CUARENTA Y OCHO PESOS 71/100 M.N.), por un plazo que no excederá del 31 de julio de 2016, que se destinará a operaciones de inversión pública productiva para instalar o reemplazar luminarias de alumbrado público que permitan ahorros en el consumo de energía; para que dichos financiamientos se contraten con el Instituto para el Financiamiento del Estado e Hidalgo; o de manera directa mediante la emisión de bonos, valores, certificados u otros títulos de deuda pública en los Mercados Financieros Mexicanos; o de manera directa mediante la celebración de créditos con Entidades Financieras Mexicanas; para afectar, comprometer, o ceder irrevocablemente el derecho al cobro y los ingresos derivados de un porcentaje suficiente y necesario de las participaciones Federales que correspondan a los Municipios que se señalan en el presente Decreto, y en general, para utilizar cualquier instrumento legal para garantizar y efectuar el pago oportuno de las obligaciones contraídas; para constituir los Fideicomisos irrevocables de administración y pago, inversión o garantía que sean necesarios, o adherirse a Fideicomisos previamente constituidos con carácter de Fideicomitente y/ Fideicomisario, así como para constituir cualquier otro mecanismo bajo cualquier modalidad o forma para esos efectos: para suscribir , negociar o celebrar los actos jurídicos, títulos de crédito y demás documentos necesarios o pertinentes para la obtención, manejo y gestión de los financiamientos a su cargo; para celebrar de acuerdo a lo previsto en la Ley de Deuda Pública para el Estado de Hidalgo, operaciones financieras de cobertura que tiendan a evitar o reducir el riesgo económico –financiero derivado de los financiamientos que obtenga; para celebrar convenios con otros Municipios, con el Estado Libre y Soberano de Hidalgo y/o con el Instituto para el Financiamiento del Estado de Hidalgo, en relación alas afectaciones irrevocables objeto del presente instrumento; y para realizar los pagos de las cantidades necesarias para cubrir los costos y gastos asociados a dichos financiamientos incluyendo los pagos de los honorarios de los proveedores de servicios necesarios para efectuar dichos operaciones de las penalizaciones que resultaren en su caso por pago anticipado, de los registros y certificaciones necesarias, y de cualquier otro pago que deba realizarse para concretar las referidas operaciones, modificando tasas de interés, formas de pago, plazos y demás términos y condiciones. Por el que se autoriza al Instituto para el Financiamiento del Estado de Hidalgo, para contratar financiamiento por un monto similar al de los financiamientos de los Municipios señalados en el presente Decreto contraten con el propio Instituto por un monto en su conjunto, de hasta $57,388,448.71 (CINCUENTA Y SIETE MILLONES TRESCIENTOS OCHENTA Y OCHO MIL CUATROCIENTOS CUARENTA Y OCHO PESOS 71/100 M.N.) a un plazo que no excederá del 31 de julio de 2016, que se destinará a inversión pública productiva consistente en la instalación o reemplazo de luminarias de alumbrado público en los Municipios señalados por el presente Decreto; para que en todos los casos los financiamientos se contraten mediante la emisión de bonos, valores, certificados u otros títulos de deuda pública en los Mercados Financieros Mexicanos, o mediante la celebración de créditos con Entidades financieras Mexicanas, para que en todos los caso afecte, comprometa, o ceda irrevocablemente el derecho al cobro y los ingresos derivados de un porcentaje suficiente y necesario de su ingresos propios, y en general, para utilizar cualquier instrumento legal para garantizar y efectuar el pago oportuno de las obligaciones contraídas; para que en todos los casos constituya los fideicomisos irrevocables de administración y pago, inversión o garantía que sean pertinentes, o se adhiera a fidecomiso previamente constituidos con carácter de fideicomitente y/o fideicomisario así como para constituir cualquier otro mecanismo, bajo cualquier modalidad o forma para esos efectos; para que en los todos los casos suscriba, negocie o celebre los actos jurídicos, títulos de crédito y demás documentos necesarios o pertinentes para la obtención, manejo y gestión de los financiamientos a su cargo; para que en todos los casos celebren de acuerdo a lo previsto en la Ley de Deuda Pública para el Estado de Hidalgo, operaciones financieras de cobertura que tiendan a evitar o reducir el riegos económico-financiero derivado de los financiamientos que obtenga; para que todos los casos celebre los convenios que sean necesarios o pertinentes, con el Estado Libre y Soberano de Hidalgo y con los Municipios señalados en el presente Decreto, en relación a las afectaciones irrevocables objeto del presente instrumento; y para realizar los pagos de las cantidades necesarias para cubrir los costos y gastos asociados a dichos financiamientos incluyendo los pagos de los honorarios de los proveedores de servicios necesarios para efectuar dichas operaciones, de las penalizaciones que resultaren en su caso por pago anticipado, de los registros y certificaciones necesarias, y de cualquier otro pago que deba realizarse para concretar las referidas operaciones, modificando tasa de interés, formas de pago, plazos y demás términos y condiciones.
  • Y por el cual se autoriza al Estado Libre y Soberano de Hidalgo, para que por conducto de la Secretaría de Finanzas y Administración del Gobierno del Estado de Hidalgo, se constituya como obligado solidario o garante de los financiamientos que el Instituto para el financiamiento del Estado de Hidalgo, otorgue a los Municipios o bien de los financiamientos que se otorguen al Instituto para el financiamiento del Estado de Hidalgo, en términos del presente Decreto hasta por un monto de $57,388,448.71 (CINCUENTA Y SIETE MILLONES TRESCIENTOS OCHENTA Y OCHO MIL CUATROCIENTOS CUARENTA Y OCHO PESOS 71/100 M.N.) destinados a inversión pública productiva; para que en todos los casos afecte, comprometa, o ceda irrevocablemente el derecho al cobro y los ingresos derivados de un porcentaje suficiente necesario de las participaciones Federales que correspondan al Estado Libre y Soberano de Hidalgo y en general, para utilizar cualquier instrumento legal para garantizar y efectuar el pago oportuno de las obligaciones contraídas en su calidad de obligado solidario o garante, a constituir los fideicomisos irrevocables de administración y pago, inversión o garantía que sean necesarios, o se adhiera a fideicomisos previamente constituidos con carácter de Fideicomitente y/o fideicomisario, así como para constituir cualquier otro mecanismo bajo cualquier modalidad o forma para esos efectos; para celebrar convenios que sean necesarios o pertinentes, con los Municipios y/o con el Instituto para el Financiamiento del Estado de Hidalgo en relación a las afectaciones irrevocables objeto del presente instrumento; y para que en todos los casos suscriba, negocie o celebre los actos jurídicos, títulos de crédito y demás documentos necesarios o pertinentes para la obtención, manejo y gestión de los financiamientos en que se constituya como obligado solidario o garante; de conformidad con el presente Decreto.
  • Decreto Núm. 526.- Que contiene la Ley de Mitigación y Adaptación ante los Efectos del Campo Climático para el Estado de Hidalgo.
  • Decreto Gubernamental.- Mediante el cual se autoriza al Secretario de Finanzas y Administración para donar gratuitamente a favor de los Servicios de Salud de Hidalgo, los inmuebles que se refieren en el Considerando Séptimo del presente Decreto, para el fin de que se construyan el Hospital de Especialidades y el Banco de Sangre de Hidalgo.
  • Decreto Gubernamental.- Por el que se crea la Administradora del Teatro de la Ciudad San Francisco y del Parque David Ben Gurión.
  • Acuerdo Gubernamental.- Que establece los requisitos específicos implementados para la movilización de ganado bovino, procedente y hacia la región considerada de baja prevalencia en tuberculosos bovina.
    Aviso General mediante el cual se dá a conocer el cambio de domicilio de la Auditoría Superior del Estado de Hidalgo.
  • Secretaría de Finanzas y Administración.- Convenio de Colaboración Administrativa en Materia Fiscal que celebran el Estado Libre y Soberano de Hidalgo, representado por el Titular de la Secretaría de Finanzas y Administración el L.A.E. Aunard Agustín de la Rocha Waite, y por la otra parte el Municipio de Huautla, Hidalgo, representado por el C. Felipe Juárez Ramírez, en su carácter de Presidente Municipal Constitucional.
    Secretaría de Finanzas y Administración.- Convenio de Colaboración Administrativa en Materia Fiscal que celebran el Estado Libre y Soberano de Hidalgo, representado por el Titular de la Secretaría de Finanzas y Administración el L.A.E. Aunard Agustín de la Rocha Waite, y por la otra parte el Municipio de Lolotla, Hidalgo, representado por el Ing. Sabulón Melo Vargas, en su carácter de Presidente Municipal Constitucional.
    Secretaría de Finanzas y Administración.- Convenio de Colaboración Administrativa en Materia Fiscal que celebran el Estado Libre y Soberano de Hidalgo, representado por el Titular de la Secretaría de Finanzas y Administración el L.A.E. Aunard Agustín de la Rocha Waite, y por la otra parte el Municipio de Pacula, Hidalgo, representado por el T.S.U. Francisco Casas Chávez, en su carácter de Presidente Municipal Constitucional.
  • Fé de Erratas al Punto Tercero Transitorio del Acuerdo que contiene las Reglas de Operación del Programa Beneficio Alimentario (PROBEA) para el Ejercicio Fiscal 2013, Publicado en el Alcance al Periódico Oficial del Estado de Hidalgo, el 23 de julio del año 2013.

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