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Periódico Oficial Alcance 0 del 18 de noviembre de 2013

18 noviembre 2013

Datos generales

Edición: Alcance 0
Número: 46
Páginas: 32

Sumario

  • Decreto Núm. 7.- Por el que se autoriza al Estado Libre y Soberano de Hidalgo por conducto de la Secretaría de Finanzas y Administración, para contratar financiamiento a través de un crédito simple con el Banco Nacional de Obras y Servicios Públicos, Sociedad Nacional de Crédito, Institución de Banca de Desarrollo, para Inversión Pública Productiva destinada para cubrir las aportaciones a cargo del Estado, para solventar el costo de obras y acciones de reconstrucción de infraestructura Estatal, acordadas con el Ejecutivo Federal en virtud de los daños ocasionados por fenómenos naturales ocurridos en 2013, así como para afectar irrevocablemente el derecho y los ingresos derivados de un porcentaje de las participaciones Federales que corresponden al Estado Libre y Soberano de Hidalgo, sin perjuicio de afectaciones anteriores y en general a utilizar cualquier instrumento para garantizar y realizar el pago oportuno de las obligaciones contraídas, hasta por un monto de $440’000,000.00 (CUATROCIENTOS CUARENTA MILLONES DE PESOS 00/100 M.N.).
  • Decreto Núm. 8.- Por el cual se autoriza al Estado Libre y Soberano de Hidalgo por conducto de la Secretaría de Finanzas y Administración para contratar financiamiento con el Instituto para el Financiamiento del Estado de Hidalgo, hasta por un monto total de $636,000,000.00 (SEISCIENTOS TREINTA Y SEIS MILLONES DE PESOS 00/100 M.N.) a un plazo máximo que no excederá de 15 años, destinada inversión pública productiva consistente en la liquidación de los recursos dispuestos al amparo de la línea de crédito revolvente de corto plazo, contratada con Banco Interacciones, S.A. Institución de Banca Múltiple, Grupo Financiero Interacciones, recursos que fueron transferidos al fondo autónomo que conforma el patrimonio del Fideicomiso Revocable de Inversión y Administración No. 744710 que con el carácter de fideicomitente y fideicomisario el Estado Libre y Soberano de Hidalgo, celebró con Banco Mercantil del Norte S.A., Instituto de Banca Múltiple, Grupo Financiero Banorte como fiduciario y destinados a la adquisición de derechos ejidales y llevadas a propiedad privada de la zona del Altiplano Hidalguense en siete ejidos de los Municipios de Apan y Emiliano Zapata, Estado de Hidalgo, para el desarrollo industrial del Estado, así como para el pago de las fracciones que resulten pendientes de adquirir, con el propósito de permitir el desarrollo de la Zona Industrial del Altiplano; a afectar, comprometer o ceder, irrevocablemente, un porcentaje suficiente y necesario de los derechos al cobro y los ingresos que le corresponden al Estado provenientes de las participaciones Federales presentes y futuras derivadas del Fondo General de Participaciones incluyendo los señalados en Coordinación de Derechos, previstas en la Ley de Coordinación Fiscal, así como cualesquier otro u otros fondos, impuestos, participaciones o derechos que lo sustituyan, complemente o modifiquen, incluyendo sin limitar, los señalados en la Ley de Coordinación Fiscal, la Ley de Coordinación Fiscal para el Estado de Hidalgo o en cualquier otra legislación y, en general, para utilizar cualquier instrumento legal para garantizar o efectuar el pago oportuno de las obligaciones contraídas; para que en tonos los casos constituya los Fideicomisos Irrevocables de Administración y Pago, Inversión o Garantía que sean necesarios, o se adhiera a Fideicomisos previamente constituídos con carácter de fideicomitente o fideicomisario, así como para constituir cualquier otro mecanismo bajo cualquier modalidad o forma para esos efectos; para que en todos los casos suscriba, negocie o celebre os actos jurídicos, títulos de crédito y demás documentos necesarios o pertinentes para la obtención, manejo y gestión del financiamiento a su cargo; para que en todos los casos celebre de acuerdo a lo previsto en la Ley de Deuda Pública para el Estado de Hidalgo, operaciones financieras de cobertura que tiendan a evita o reducir el riesgo económico-financiero derivado de los financiamientos que obtenga; para que con cargo a su presupuesto de egresos del ejercicio fiscal que corresponda, realice al Instituto para el Financiamiento del Estado de Hidalgo las transferencias extraordinarias necesarias y suficientes para que este pueda cubrir el pago de los costos y gastos asociados al mismo, los honorarios, comisiones y gastos de cualesquier prestador de servicios, Asesores, Abogados, Agencias Calificadores, de los Registros y Certificaciones necesarias, de las penalizaciones que resultaren en su caso por pago anticipado y de cualquier otro pago que deba realizarse para concretar las operaciones referidas, mediante la celebración de las operaciones financieras y los actos jurídicos que se establecerán por el financiamiento contratado con este organismo.
  • Asimismo por el que se autoriza al Instituto para el Financiamiento del Estado de Hidalgo para contratar un financiamiento por un monto similar a la suma del monto que el Estado Libre y Soberano de Hidalgo por conducto de la Secretaría de Finanzas y Administración contrate con el propio Instituto por un monto de hasta $636,000,000.00 (SEISCIENTOS TREINTA Y SEIS MILLONES DE PESOS 00/100 M.N.), a un plazo máximo que no excederá de 15 años, mediante la emisión de bonos, valores, certificados u otros títulos de deuda pública en los Mercados Financieros Mexicanos o mediante la celebración de contratos de créditos con Entidades Financieras Mexicanas y acredite por el mismo monto y plazo al Estado Libre y Soberano de Hidalgo por conducto de la Secretaría de Finanzas y Administración, para que dicho crédito sea destinado a inversión pública productiva consistente en la liquidación de los recursos dispuestos al amparo de la Línea de Crédito revolvente de corto plazo contratada con Banco Interacciones, S.A. Institución de Banca Múltiple, Grupo Financiero Interacciones, recursos que fueron transferidos al fondo autónomo que conforma el patrimonio del fideicomiso revocable de inversión y administración No. 744710 que con el carácter de fideicomitente y fideicomisario el Estado Libre y Soberano de Hidalgo celebró con Banco Mercantil del Norte, S.A., Institución de Banca Múltiple, Grupo Financiero Banorte como fiduciario y destinados a la adquisición de derechos ejidales y llevadas a propiedad privada de la zona del Altiplano Hidalguense, en siete ejidos de los Municipios de Apan y Emiliano Zapata, Estado de Hidalgo para el desarrollo industrial del Estado, así como para el pago de las fracciones que resulten pendientes de adquirir, con el propósito de permitir el desarrollo de la Zona Industrial del Altiplano; para que el Instituto para el Financiamiento del Estado de Hidalgo se constituya como acreedor del Estado Libre y Soberano de Hidalgo, para que el financiamiento se contrate mediante la emisión de bonos, valores, certificados u otros títulos de deuda pública en los Mercados Financieros Mexicanos o mediante la celebración de créditos con Entidades Financieras Mexicanas; para afectar, comprometer o ceder, irrevocablemente, el derecho al cobro y cualquier derecho que le asista en relación con el financiamiento que le otorgue al Estado Libre y Soberano de Hidalgo por conducto de la Secretaría de Finanzas y Administración, incluyendo, sin limitar, los derechos de crédito del Instituto para el Financiamiento del Estado de Hidalgo frente al Estado Libre y Soberano de Hidalgo y los derechos a percibir cualquier ingreso que se afecte, como fuente de pago, garantía, o ambas; para constituir uno o más fideicomisos irrevocables de administración, pago, inversión o garantía, o bien que se adhiera a fideicomisos previamente constituídos, en ambos casos con carácter de fideicomitente o fideicomisario, y en general que se utilice y celebre cualquier instrumento o mecanismo, necesario o conveniente, con objeto de garantizar o efectuar el pago del financiamiento que contrate en términos de la contratación de crédito aprobada. Y, en general, para utilizar cualquier instrumento legal para garantizar o efectuar el pago oportuno de las obligaciones contraídas; para suscribir y celebrar los convenios, contratos, títulos de crédito, instrumentos y demás documentos contemplados, así como en las gestiones, negociaciones y acuerdos relativos, con la comparecencia y actuación de su Director General o bien de los servidores públicos legalmente facultados para dichos efectos; para celebrar de acuerdo a los previsto en la Ley de Deuda Pública para el Estado de Hidalgo, operaciones de cobertura que tiendan a evitar o reducir riesgos económicos-financieros derivados del financiamiento obtenido por el Instituto en su carácter de deudor; para contratar los servicios de una o más Instituciones Fiduciarias para la celebración de los fideicomisos necesarios, así como a las Agencias Calificadores, los Agentes Colocadores y los demás Asesores que se consideren necesarios o convenientes en referidas.
  • Decreto Núm. 9.- Que modifica la Ley de Ingresos del Estado Libre y Soberano de Hidalgo para el Ejercicio Fiscal del año 2013.
  • Decreto Núm. 10.- Que modifica el Presupuesto de Egresos del Estado Libre y Soberano de Hidalgo para el Ejercicio Fiscal del año 2013.

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