Documento contenido en el Periódico Oficial Alcance 2 del 10 de agosto de 2020

Edición: Alcance 2
Número: 32
Páginas: 28

Contenido:


Colegio de Bachilleres del Estado de Hidalgo. – Acuerdo que crea el Comité de Ética y Prevención de Conflictos de Interés.

LOS INTEGRANTES DE LA JUNTA DE GOBIERNO DEL COLEGIO DE BACHILLERES DEL ESTADO DE HIDALGO, EN EJERCICIO DE LA FACULTAD QUE NOS CONFIERE LOS ARTÍCULOS 14 FRACCIÓN X DE LA LEY DE ENTIDADES PARAESTATALES DEL ESTADO DE HIDALGO Y 14, FRACCIÓN X DE LA LEY DEL COLEGIO DE BACHILLERES DEL ESTADO DE HIDALGO Y EN APEGO A LO DISPUESTO POR EL NUMERAL 2 DEL ACUERDO QUE CONTIENE LOS LINEAMIENTOS GENERALES QUE ESTABLECEN LAS BASES PARA LA INTEGRACIÓN, ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DE LOS COMITÉS DE ÉTICA Y PREVENCIÓN DE CONFLICTOS DE INTERESES, PUBLICADO EN EL PERIÓDICO OFICIAL DEL ESTADO DE HIDALGO, EL 23 DE NOVIEMBRE DE 2017; ASÍ COMO LOS ARTÍCULOS 17 FRACCIONES IV Y XXX DEL DECRETO NUMERO 461, QUE REFORMA LA LEY DEL COLEGIO DE BACHILLERES DEL ESTADO DE HIDALGO, PUBLICADO EN ALCANCE UNO DEL PERIÓDICO OFICIAL DEL ESTADO EN FECHA 4 DE JULIO DEL AÑO 2016 Y 15 FRACCIÓN XXII Y 16 DE LA LEY DE ENTIDADES PARAESTATALES DEL ESTADO DE HIDALGO; Y

 

C O N S I D E R A N D O

 

PRIMERO. Que, para fortalecer el combate a la corrupción y el fomento de una mayor rendición de cuentas, el Plan Estatal de Desarrollo 2016-2022 establece en su eje I Gobierno, Honesto, Cercano y Moderno, la visión de un Gobierno más eficiente, desarrollando acciones encaminadas a eliminar la corrupción, impulsar la participación ciudadana e incentivar la cooperación con los municipios y a la federación que permita claros resultados, bajo procesos de desarrollo de la participación y colaboración social.

 

SEGUNDO. Que el Estado de Hidalgo, a través de la Secretaría de Contraloría, expidió en fecha 26 de abril de 2019, el Código de Ética de la Administración Publica del Estado de Hidalgo, publicado en Alcance diecinueve del Periódico Oficial del Estado de Hidalgo con fecha 13 de mayo de 2019, para los servidores públicos de la Administración Pública, que contiene las Reglas de Integridad para el ejercicio de su función y los Lineamientos Generales para el establecimiento de acciones  permanentes que aseguren la integridad y el comportamiento ético de los servidores públicos en el desempeño de sus empleos, cargos o comisiones regulando sus acciones a través de los Comités de Ética y Prevención de Conflictos de Intereses; siendo así que, a través de esos instrumentos buscan la homologación a nivel nacional  de conceptos, principios, criterios y objetivos para fomentar la cultura de la legalidad  y el correcto desempeño del ejercicio  del servicio público.

 

TERCERO. Que, el Colegio de Bachilleres del Estado de Hidalgo, es un Organismo Público Descentralizado de la Administración Pública del Estado, con su personalidad jurídica y patrimonio propios, creado por Decreto No. 16, expedido por el Congreso del Estado Libre y Soberano de Hidalgo, publicado en el Periódico Oficial del Estado, en fecha 24 de septiembre de 1984, regido en su vida jurídica por la Ley del Colegio de Bachilleres del Estado de Hidalgo, publicada en el Periódico Oficial del Estado, en fecha 2 de julio de 2007, así como el Decreto Número 461, que expidió la LXII, Legislatura del H. Congreso Constitucional del Estado de Hidalgo, publicado en el Alcance Uno del Periódico Oficial del Estado de Hidalgo, el 4 de julio de 2016, por el cual se reformo la Ley del Colegio de Bachilleres del Estado de Hidalgo.

 

Por lo anterior, tenemos a bien expedir el siguiente:

 

ACUERDO

 

QUE CREA EL COMITÉ DE ÉTICA Y PREVENCIÓN DE CONFLICTOS DE INTERÉS DEL COLEGIO DE BACHILLERES DEL ESTADO DE HIDALGO

 

Punto 1. Se crea el Comité de Ética y Prevención de Conflictos de Interés del Colegio de Bachilleres del Estado de Hidalgo, con el objeto de generar una cultura de principios y valores que fortalezcan el buen comportamiento de los servidores públicos, así como para fomentar la conducta ética y mejorar el servicio público a través de normas que regulen el comportamiento y la conducta de quienes labora en el Colegio de Bachilleres del Estado de Hidalgo.

 

Punto 2. El Comité se integrará de la siguiente forma:

 

  1. Presidente: Director General

 

  1. Secretario Ejecutivo.
  • Vocales, cinco vocales.

 

El representante del Órgano Interno de Control del Organismo, los Departamentos de Asuntos Jurídicos y de Recursos Humanos, asistirán a las sesiones del Comité en calidad de asesores cuando éste así lo acuerde, contarán sólo con voz durante su intervención o para el desahogo de los asuntos del Orden del Día para los que fueron convocados y se les proporcionará previamente la documentación soporte necesaria.

 

Punto 3. El funcionamiento del Comité, se apegará a lo dispuesto en el Capítulo V del Acuerdo de los Lineamientos Generales que Establecen las Bases para la Integración, Organización y Funcionamiento de los Comités de Ética y Prevención de Conflictos de Interés, publicado en Alcance Uno del Periódico Oficial del Estado de Hidalgo, el 23 de noviembre de 2017.

 

Punto 4. Respecto de las funciones del Presidente y Secretario Ejecutivo del Comité, se estará a lo dispuesto en el Capítulo VI del Acuerdo de Lineamientos Generales que Establecen las Bases para la Integración, Organización y Funcionamiento de los Comités de Ética y Prevención de Conflictos de Interés, publicado en Alcance Uno del Periódico Oficial del Estado de Hidalgo, el 23 de noviembre de 2017.

 

Punto 5. Por cuanto hace a la responsabilidad de los miembros del Comité, las denuncias, así como su divulgación y transparencia, se estará a lo dispuesto en los Capítulos VII, VIII y IX, respectivamente, del Acuerdo de Lineamientos Generales que Establecen las Bases para la Integración, Organización y Funcionamiento de los Comités de Ética y Prevención de Conflictos de Interés, publicado en Alcance Uno del Periódico Oficial del Estado de Hidalgo, el 23 de noviembre de 2017.

 

T R A N S I T O R I O S

 

PRIMERO. El presente Acuerdo entrara en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial del Estado de Hidalgo.

 

SEGUNDO. Quedan sin efecto todas las disposiciones legales que se opongan al presente Acuerdo.

 

TERCERO. La Dirección de Administración y Finanzas del Colegio de Bachilleres del Estado de Hidalgo, elaborará los procedimientos, manuales, formatos, instructivos, entre otros que se requieran para el óptimo funcionamiento del Comité, de conformidad a lo que establecen las disposiciones aplicables.

 

CUARTO. El Comité deberá quedar instalado en un plazo no mayor a 15 día hábiles a partir de la entrada en vigor del presente Acuerdo.

 

QUINTO. En todo lo no previsto en el presente Acuerdo, será aplicable lo señalado en los Lineamientos Generales que Establecen las Bases para la Integración, Organización y Funcionamiento de los Comités de Ética y Prevención de Conflictos de Interés publicados en Alcance Uno del Periódico Oficial del Estado de Hidalgo, el 23 de noviembre de 2017.

 

DADO EN LAS OFICINAS QUE OCUPA EL COLEGIO DE BACHILLERES DEL ESTADO DE HIDALGO, UBICADO EN SAN JUAN TILCUAUTLA MUNICIPIO DE SAN AGUSTÍN TLAXIACA, HIDALGO, EL DÍA 29 DEL MES MAYO DEL AÑO 2020.

 

 

LA JUNTA DE GOBIERNO

 

_________________________________________________

LIC. LILIANA LÓPEZ REYES

DIRECTORA GENERAL DE EDUCACIÓN MEDIA SUPERIOR DE

LA SECRETARÍA DE EDUCACIÓN PÚBLICA DEL ESTADO DE HIDALGO Y, SUPLENTE

 DEL LICENCIADO ATILANO RODOLFO RODRÍGUEZ PÉREZ,

SECRETARIO DE EDUCACIÓN PÚBLICA DEL ESTADO DE HIDALGO

Y PRESIDENTE DE ESTE ÓRGANO DE GOBIERNO.

RÚBRICA

 

____________________________________

MTRO. JESÚS LÓPEZ SERRANO

SUBDELEGADO DE LA SECRETARIA DE EDUCACIÓN PUBLICA EN EL ESTADO DE HIDALGO, CONSEJERO PROPIETARIO

RÚBRICA

______________________________________

L.C. MARCELA HERNÁNDEZ OLGUÍN

DIRECTORA DE ÁREA DE ACUERDOS Y COORDINACIÓN TÉCNICA DE LA   SUBSECRETARIA DE EGRESOS, SUPLENTE DE LA CONSEJERA PROPIETARIA. DRA. DELIA JESSICA BLANCAS HIDALGO, SECRETARIA DE FINANZAS PÚBLICAS DEL ESTADO DE HIDALGO.

RÚBRICA

 

 

 

 

_____________________________________

L.C. JORGE LUIS HERNÁNDEZ GÓMEZ

ENCARGADO DE DEPARTAMENTO DE CONTROL Y SEGUIMIENTO A ENTIDADES PARAESTATALES, SUPLENTE DEL LIC. LAMAN CARRANZA RAMÍREZ, TITULAR DE LA UNIDAD DE PLANEACIÓN Y PROSPECTIVA DE GOBIERNO DEL ESTADO.

RÚBRICA

 

 

 

 

 

 

_______________________________

LIC. LORENA GARCÍA CÁZARES

VICEPRESIDENTA DEL CONSEJO COORDINADOR EMPRESARIAL DEL ESTADO DE HIDALGO A.C., SUPLENTE DEL ARQ. EDGAR ESPÍNOLA LICONA, PRESIDENTE DEL CONSEJO COORDINADOR EMPRESARIAL DEL ESTADO DE HIDALGO A.C.

RÚBRICA

 

 

________________________________________

L.C. JORGE ANTONIO IBARRA RODRÍGUEZ

COMISARIO PÚBLICO PROPIETARIO DEL COBAEH

DE LA SECRETARÍA DE CONTRALORÍA 

RÚBRICA

 

 

 

LAS PRESENTES FIRMAS, FORMAN PARTE DEL ACUERDO QUE MODIFICA EL REGLAMENTO DE CONTROL ESCOLAR DEL COLEGIO DE BACHILLERES DEL ESTADO DE HIDALGO, AUTORIZADO EN LA SEGUNDA SESIÓN EXTRAORDINARIA DEL AÑO DOS MIL VEINTE DE LA JUNTA DE GOBIERNO DEL COLEGIO DE BACHILLERES DEL ESTADO DE HIDALGO, CELEBRADA EL DÍA 29 DEL MES DE MAYO DEL AÑO 2020.

 

 

Derechos Enterados. 04-08-2020

 


Periódico Oficial Alcance 2 del 10 de agosto de 2020

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