Documento contenido en el Periódico Oficial Alcance 7 del 06 de agosto de 2020

Edición: Alcance 7
Número: 31
Páginas: 10

Contenido:


Instituto Estatal Electoral de Hidalgo.- Acuerdo IEEH/CG/030/2020 que propone la Presidencia al Pleno del Consejo General por el que se reanudan las Acciones, Actividades y Etapas Competencia del Instituto Estatal Electoral de Hidalgo suspendidas con motivo de la Emergencia Sanitaria ocasionada por la Covid-19, así como la aprobación de la Modificación del Calendario Electoral relativo al Proceso Electoral Local 2019 – 2020.

En atención a lo establecido en los Artículos 67 fracción XXI, 68 fracción XV del Código Electoral del Estado de Hidalgo y en cumplimiento al Resolutivo Decimo del Acuerdo IEEH/CG/030/2020 aprobado en la primer Sesión virtual Extraordinaria celebrada el día 01 de agosto de 2020, se hace de conocimiento público la siguiente información:

 

ACUERDO IEEH/CG/030/2020 QUE PROPONE LA PRESIDENCIA AL PLENO DEL CONSEJO GENERAL POR EL QUE SE REANUDAN LAS ACCIONES, ACTIVIDADES Y ETAPAS COMPETENCIA DEL INSTITUTO ESTATAL ELECTORAL DE HIDALGO SUSPENDIDAS CON MOTIVO DE LA EMERGENCIA SANITARIA OCASIONADA POR LA COVID-19, ASÍ COMO LA APROBACIÓN DE LA MODIFICACIÓN DEL CALENDARIO ELECTORAL RELATIVO AL PROCESO ELECTORAL LOCAL 2019 – 2020.

 

GLOSARIO

 

Código Electoral: Código Electoral del Estado de Hidalgo.

 

Constitución: Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

 

Constitución Local: Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Hidalgo.

 

Consejo General: Consejo General del Instituto Estatal Electoral de Hidalgo.

 

INE: Instituto Nacional Electoral.

 

Instituto Electoral: Instituto Estatal Electoral de Hidalgo.

 

Junta Estatal: Junta Estatal Ejecutiva del Instituto Estatal Electoral de Hidalgo.

 

Resolución INE/CG83/2020: Resolución del Consejo General del Instituto Nacional Electoral, por el cual se aprueba ejercer la facultad de atracción, para efecto de suspender temporalmente el desarrollo de los Procesos Electorales Locales, en Coahuila e Hidalgo, con motivo de la emergencia sanitaria generada por el virus Sars-Cov2.

 

Acuerdo IEEH/CG/026/2020: Acuerdo por el que se declararon suspendidas las acciones, actividades y etapas competencia del Instituto Estatal Electoral de Hidalgo, derivado de la Resolución del Consejo General del Instituto Nacional Electoral de suspender temporalmente el desarrollo del Proceso Electoral Local 2019 – 2020, con motivo de la emergencia sanitaria generada por el virus Sars-Cov2, conocido como coronavirus que causa la enfermedad denominada Covid-19.

 

Acuerdo IEEH/CG/027/2020: Acuerdo por el cual el Pleno del Consejo General modificó el acuerdo IEEH/CG/026/2020, en cumplimiento a la resolución del expediente TEEH-JDC-044/2020 y SUS ACUMULADOS, aprobada por el Tribunal Electoral del Estado de Hidalgo.

 

Acuerdo INE/CG1702020: Acuerdo del Consejo General del Instituto Nacional Electoral por el que se establece la fecha de la Jornada Electoral de los Procesos Electorales Locales en Coahuila e Hidalgo y aprueba reanudar las actividades inherentes a su desarrollo.

 

JUSTIFICACIÓN

  1. El Consejo General como órgano máximo de dirección del Instituto Electoral es el encargado de velar por el adecuado desarrollo de todas las actividades inherentes al Proceso Electoral Local 2019-2020, asegurando que éstas se lleven y realicen no sólo conforme a lo señalado en la norma sino de acuerdo al propósito principal de todo proceso electoral que es la contribución de estas actividades al incremento de la participación de la sociedad y la ciudadanía en los asuntos públicos, así como al desarrollo y consolidación de la democracia del país y sobre todo de nuestra entidad.

 

  1. En ese orden de ideas en fecha cuatro de abril del año en curso, el Consejo General aprobó el Acuerdo identificado como IEEH/CG/026/2020 por el que se declararon suspendidas las acciones, actividades y etapas competencia del Instituto Electoral, derivado de la resolución INE/CG83/2020 del Consejo General del INE y por la cual suspendió temporalmente el desarrollo del Proceso Electoral Local 2019- 2020, con motivo de la emergencia sanitaria generada por el Virus SARSCOV2, conocido como Coronavirus que causa la enfermedad denominada COVID-19.

 

  1. En el referido Acuerdo IEEH/CG/026/2020 se declaró de manera general la suspensión de las siguientes acciones, actividades y etapas más trascendentes, inherentes al Proceso Electoral Local 2019 – 2020:

 

Respecto de los Órganos Centrales del Instituto Electoral.

 

  1. Aprobación del informe relativo a la verificación de la validez y porcentajes de apoyo ciudadano que se requiere para el registro de Candidaturas Independientes a cargos de Presidenta o Presidente Municipal;
  2. Periodo de revisión de la documentación, así como en su caso la aprobación de aquellas Organizaciones Ciudadanas que cumplieran con lo señalado en la Convocatoria correspondiente para la promoción del voto;
  3. La recepción de las solicitudes de acreditación como Observadoras y Observadores Electorales ante el Consejo General o los Órganos Desconcentrados de este Instituto Electoral, derivado de la Convocatoria correspondiente;
  4. Segunda y Tercera Capacitación dirigida a las y los integrantes de los 84 Órganos Desconcentrados del Instituto Electoral;
  5. Adecuación, impresión y/o entrega de diversos Materiales Didácticos y Documentos y Materiales muestra para los Simulacros de la Jornada Electoral para la capacitación de funcionarias y funcionarios de mesas directivas de casilla;
  6. Presentación, revisión documental y en su caso aprobación de las solicitudes de registro de las planillas de candidatas y candidatos de Partidos Políticos, Candidaturas Comunes y Candidaturas Independientes;
  7. Determinación antes del inicio de las campañas electorales, respecto del financiamiento público para gastos de campaña de las candidaturas independientes;
  8. Entrega de Lista Nominal Definitiva a Partidos Políticos y Candidaturas Independientes.
  9. Implementación y seguimiento al plan de acción institucional para atender los casos de violencia política contra la mujer por razón de género dentro del período de campañas del Proceso Electoral Local 2019-2020;
  10. Aprobación de los Lineamientos de Cómputo Municipal por el Consejo General, una vez validados por la autoridad nacional;
  11. Rendición de informes del Consejo General sobre las condiciones de equipamiento que guardan las 84 bodegas electorales y sobre todos los escenarios de cómputo de los Consejos Municipales;
  12. Aprobación de las especificaciones técnicas de la documentación de la urna electrónica por parte del Consejo General;
  13. Procedimiento de verificación de las medidas de seguridad en la documentación electoral y el líquido indeleble, a utilizarse en la Jornada Electoral;
  14. Desarrollo del Monitoreo de los Espacios Noticiosos donde se difunden las notas de las y los candidatos a Presidencias Municipales durante la campaña;
  15. Definición de la sede para desarrollar los debates y mostrar el mecanismo para la selección de temas de interés ciudadano para el desarrollo de los debates;
  16. Organización y Desarrollo en su caso, de los 84 Debates entre las y los Candidatos a Presidencias Municipales del Estado de Hidalgo.
  17. Envío de órdenes de trasmisión al INE con material relacionado al Proceso Electoral Local 2019-2020;
  18. Aprobación del Plan de Seguridad y Continuidad del PREP;
  19. Modificación del Proceso Técnico Operativo del PREP, derivado de la implementación de la Urna Electrónica;
  20. Acuerdo de la Comisión Especial del PREP para determinar la contratación de personal para los Centros de acopio y transmisión de datos y para los Centro de Captura y Verificación;
  21. La fecha y hora de inicio del PREP, así como las de las fechas de sus simulacros;
  22. Invitación a los difusores PREP, lo cual deberá realizarse un mes antes del día de la Jornada Electoral;
  23. Las sesiones ordinarias y extraordinarias del Consejo General, Junta Estatal, Órganos Desconcentrados, Comisiones Permanentes, Especiales y Temporales, así como los Comités del Instituto Electoral que tengan relación directa con el Proceso Electoral Local 2019 – 2020;
  24. Monitoreo de encuestas o sondeos de opinión de empresas autorizadas en medios de comunicación impresos;
  25. La expedición de certificaciones, diligencias de oficialía electoral que supongan un despliegue de campo, con excepción de oficialías electorales a medios electrónicos y solicitadas en la misma vía a la Secretaría Ejecutiva, así como los términos, plazos, diligencias, audiencias, notificaciones y sustanciación de los Procedimientos Administrativos Sancionadores, salvo aquellos asuntos que, por su urgencia, gravedad o posible impacto a los principios rectores de la función electoral, ameriten su atención y resolución inmediata;
  26. El trámite, sustanciación y en su caso resolución de los Medios de Impugnación señalados en el Libro Segundo del Código Electoral, así como el cumplimiento de la ejecución de sentencias que correspondan a este Instituto Electoral;
  27. La atención y tramitación a solicitudes de información o consultas formuladas por los partidos políticos, aspirantes a candidatas y/o candidatos independientes, actores políticos, entidades públicas, personas morales y ciudadanía en general;
  28. Las actividades inherentes a la Campaña de Promoción del Voto contemplada para el Proceso Electoral Local 2019-2020 así como lo considerado para la promoción y difusión de la misma en todas sus etapas.

 

Respecto de los Órganos Desconcentrados del Instituto Electoral.

 

  1. Determinación de los lugares que ocuparán las bodegas electorales;
  2. Aprobación de la designación del personal autorizado para el acceso a la bodega electoral y personas que llevarán el control de los folios de las boletas electorales;
  3. Aprobación del modelo operativo para la recepción de los paquetes electorales;
  4. Informe de las y los Consejeros Presidentes sobre las condiciones de equipamiento, mecanismos de operación y medidas de seguridad de las bodegas electorales;
  5. Procedimiento para llevar a cabo el sorteo de los lugares de uso común susceptibles de ser utilizados por los Partidos Políticos, Candidaturas Comunes o Candidaturas Independientes para la colocación y fijación de la propaganda electoral;
  6. Aprobación de las figuras que apoyarán en la tarea de conteo, sellado y agrupamiento de las boletas electorales;
  7. Aprobación de los distintos escenarios de los cómputos municipales;
  8. Remisión de las observaciones de las propuestas de los mecanismos de recolección a la Dirección Ejecutiva de Organización Electoral de este Instituto Electoral, para su entrega a la Junta Local Ejecutiva del INE en la entidad.
  1. Ahora bien, en fecha 01 de mayo de 2020 en acatamiento a la sentencia emitida por el Tribunal Electoral del Estado de Hidalgo en el expediente TEEH-JDC-044/2020 Y SUS ACUMULADOS, el Consejo General emitió el Acuerdo IEEH/CG/027/2020, mismo que entre otras cosas estableció los términos de la reanudación de los procesos de selección interna de los partidos políticos.

 

  1. En fecha 30 de julio de 2020 el Consejo General del INE, en sesión extraordinaria, aprobó el Acuerdo INE/CG170/2020, por el que se estableció la fecha de la Jornada Electoral de los Procesos Electorales Locales en Coahuila e Hidalgo y aprobó reanudar las actividades inherentes a su desarrollo.

 

ESTUDIO DE FONDO

 

Competencia.

 

  1. Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 24, fracción III de la Constitución Local, 17, 18, 55 y 66 del Código Electoral, este Instituto Electoral a través del Consejo General es competente para aprobar el presente Acuerdo y determinar la reanudación de las actividades y etapas del Proceso Electoral Local 2019-2020 suspendidas como medida temporal con motivo de la emergencia sanitaria generada por el virus Sars-Cov2, toda vez que es el responsable de vigilar el cumplimiento de las disposiciones constitucionales y legales en materia electoral y, dentro de sus atribuciones, cuenta con la de dictar los acuerdos que sean necesarios para hacer efectivos los fines señalados en el artículo 48 del Código Electoral.

 

 

 

Motivación.

 

  1. Los artículos 41, Base V, apartado C, de la Constitución, 24, fracción III de la Constitución Local, 46, 47 y 48 del Código Electoral, establecen que el Instituto Electoral, como depositario de la función electoral, es un organismo público autónomo, autoridad en la materia, independiente en sus decisiones y funcionamiento, y profesional en su desempeño, dotado de personalidad jurídica y patrimonio propio, y que en el desempeño de sus funciones se regirá por los principios de: certeza, imparcialidad, independencia, legalidad, máxima publicidad y objetividad.

 

  1. Conforme al artículo 48 del Código Electoral, son fines del Instituto entre otros contribuir al desarrollo de la vida democrática; garantizar en el ámbito de su competencia, la celebración periódica de las elecciones locales para renovar a los integrantes de los Ayuntamientos y velar por la autenticidad y efectividad del sufragio.

 

  1. Por su parte el artículo 66 del Código Electoral, establece que es atribución del Consejo General vigilar el cumplimiento de las disposiciones constitucionales y las establecidas en el Código Electoral, sus reglamentos y los acuerdos que se aprueben, así como de la aplicación de las disposiciones generales, reglas, lineamientos, criterios y formatos que establezca el Instituto Nacional Electoral; además de aprobar y expedir los reglamentos, programas, lineamientos y demás disposiciones para la consecución de sus fines y atender lo relativo a la preparación, desarrollo, vigilancia, cómputo y declaración de validez de los procesos electorales locales.

 

Proceso Electoral Local 2019-2020.

 

  1. De conformidad con lo previsto por los artículos 98, 99, 100 y 101, del Código Electoral, el Proceso Electoral está constituido por el conjunto de actos previstos en la Constitución, la legislación general aplicable, la Constitución Local, el Código Electoral y demás disposiciones legales, mismos en que participan las autoridades electorales, los partidos políticos, las y los candidatos independientes, y la ciudadanía, con el objeto de elegir periódicamente a la o el titular del Poder Ejecutivo, a las y los integrantes del Poder Legislativo y de los Ayuntamientos de la Entidad.

 

  1. Así mismo, es importante recalcar que, en Hidalgo, las elecciones de ayuntamientos se celebran cada cuatro años en cumplimiento a los artículos 127 de la Constitución Local y 17 del Código Electoral, que para el caso de quienes actualmente integran los 84 Ayuntamientos en el Estado, estos fueron electos durante las jornadas comiciales celebradas el 05 de junio del año 2016 y el 4 de diciembre de 2016 debiendo durar en su en cargo del 05 de septiembre de 2016 al 04 de septiembre de 2020.

 

  1. En ese contexto, el actual Proceso Electoral Local 2019-2020 contemplaba la realización de la Jornada Electoral el 07 de junio de 2020, permitiendo con ello que las personas electas tomaran protesta de su encargo el 05 de septiembre de 2020, sin embargo, dicha situación no aconteció derivado de la suspensión del temporal del Proceso Electoral Local por parte del Instituto Nacional Electoral a consecuencia de la emergencia sanitaria generada la enfermedad denominada COVID-19.

 

  1. Por lo anterior y como ya se refirió, en fecha 30 de julio de 2020 el Consejo General del Instituto Nacional Electoral aprobó el Acuerdo INE/CG170/2020 por el cual estableció la fecha de la Jornada Electoral de los Procesos Electorales Locales en Coahuila e Hidalgo y la reanudación de las actividades inherentes a su desarrollo, determinando en ese sentido que la elección para renovar a los integrantes de los 84 ayuntamientos hidalguenses se celebrará el tercer domingo del mes de octubre del presente año, es decir, el domingo 18 de octubre del año 2020.

 

  1. Por tal motivo y una vez que el INE mediante este último Acuerdo ha determinado la fecha en que habrá de celebrarse la Jornada Electoral, es necesario que este Instituto Electoral determine las actividades, etapas, plazos y procesos que habrán de reanudarse en los términos del Calendario Electoral anexo al presente Acuerdo, bajo la consideración de que el Instituto Electoral es la autoridad facultada para convocar y organizar las elecciones locales, entre ellas la elección mediante la cual se renuevan los ayuntamientos hidalguenses.

 

 

  1. Cabe aclarar que desde que se declaró la emergencia sanitaria, el Instituto Electoral continuó laborando a distancia durante los meses de abril, mayo, junio y julio para dar continuidad a las actividades preparatorias del Proceso Electoral Local, mediante la realización de reuniones de trabajo, sesiones de las diferentes Comisiones, sesiones de la Junta Estatal Ejecutiva, así como sesiones del Consejo General en las que se aprobaron diversos Acuerdos relativos al desarrollo del Proceso Electoral, aún y cuando éste se encontrara suspendido.

 

  1. Por lo anterior, el presente Acuerdo tiene como finalidad dar cumplimiento a las obligaciones que tiene el Instituto Electoral y garantizar el ejercicio de sus atribuciones, mediante la determinación de la reanudación de actividades inherentes al Proceso Electoral Local 2019-2020, en términos del Calendario Electoral anexo al presente Acuerdo.

 

  1. Ahora bien, resulta importante señalar que de conformidad con el artículo 78, fracción VI del Código Electoral, el diseño y planeación del Calendario Electoral es atribución de la Junta Estatal, quien una vez elaborado debe ponerlo a consideración del Consejo General para su aprobación.

 

  1. En ese sentido la Junta Estatal llevó a cabo la realización de diversas reuniones de trabajo con el objetivo de elaborar y diseñar el Calendario Electoral ajustando las fechas de las actividades que quedaron suspendidas por la Resolución INE/CG83/2020 y los Acuerdos IEEH/CG/026/2020 e IEEH/CG/027/2020 y considerando lo establecido en el Acuerdo INE/CG170/2020 que estableció como fecha para la realización de la Jornada Electoral el domingo 18 de octubre del presente año.

 

  1. En ese orden de ideas, y una vez hecha la propuesta de Calendario Electoral por parte de la Junta Estatal, es atribución de este Consejo General aprobar el Calendario Electoral mismo que forma parte integral del presente Acuerdo como anexo único, con la finalidad de que partidos políticos y ciudadanía conozcan las actividades, áreas responsables, fundamento jurídico y periodo de realización para que se cuente con toda la certeza para poder participar en las elecciones que permitirán renovar pacíficamente a las y los integrantes de los 84 ayuntamientos hidalguenses.

 

  1. Aunado a la reanudación de las actividades que se señalen en el Calendario Electoral y tomando en cuenta la situación extraordinaria de emergencia sanitaria, el carácter dinámico de la pandemia (posibilidad de repuntes o agravamiento del riesgo epidemiológico) y la reducción del tiempo con el que se cuenta, se reanudan los plazos de trámite y sustanciación, respecto de los procedimientos sancionadores que, a la fecha han sido registrados, así como las actividades inherentes a estos como son audiencias, diligencias y notificaciones, entre otros, a partir del día 3 de agosto del año en curso.

 

  1. Sin embargo y con la finalidad de velar por el derecho a la salud del personal del Instituto Electoral y la ciudadanía en general, así como la observancia del derecho al acceso a la justicia de las partes en los procedimientos sancionadores, así como de las oficialías electorales que sustancie y/o en su caso resuelva el Instituto Electoral, deberán observarse las siguientes disposiciones:

 

    1. El trámite y sustanciación de los procedimientos administrativos sancionadores, así como la realización de oficialías electorales deberán limitarse a la realización de las diligencias, investigaciones y notificaciones estrictamente necesarias, idóneas, proporcionales y justificadas;
    2. Se procurará en todo momento las recomendaciones que emitan las autoridades sanitarias. y para tal efecto, lo establecido en el Acuerdo IEEH/CG/025/2020;
    3. Respecto de las diligencias de notificaciones, y de las audiencias de pruebas y alegatos de los procedimientos sancionadores, así como de las diligencias de oficialías electorales, se deberá restringir al mínimo la aglomeración de personas, observar la política de sana distancia y de reducción de la movilidad, ponderando aquellos asuntos que por su urgencia, gravedad o posible impacto a los principios rectores de la función electoral, ameriten su atención en las condiciones que imperen en el caso específico.
    4. Para lo referido en la fracción anterior, se deberá privilegiar la utilización de tecnologías de información y de comunicaciones, siempre y cuando no vulneren los principios constitucionales del debido proceso y acceso a la justicia, por tal motivo, se pone a disposición el correo secretariaejecutivaieeh@gmail.com.

 

Las anteriores disposiciones son de aplicación para el personal de los Órganos Centrales del Instituto Electoral como del personal que integra los Órganos Desconcentrados y que coadyuvan en el trámite y sustanciación de los procedimientos administrativos sancionadores, de oficialías electorales, así como de las responsabilidades y funciones inherentes a la competencia de la Oficialía de Partes, adscrita a la Secretaría Ejecutiva.

 

  1. De igual manera y ante la reanudación del Proceso Electoral Local 2019-2020, en la realización de las Sesiones del Consejo General, Sesiones de la Junta Estatal Ejecutiva, Sesiones de Comisiones del Consejo General y Sesiones de Órganos Desconcentrados, así como el trabajo en las oficinas, se deberá observar lo siguiente:

 

    1. Se privilegiarán las reuniones y sesiones de los Órganos Centrales y Desconcentrados, así como de las Comisiones Permanentes, Temporales y Especiales del Consejo General de manera virtual y no presencial, lo anterior en la medida de lo materialmente posible;
    2. Se deberán observar en todo momento las recomendaciones que emitan las autoridades sanitarias, en el sentido de evitar las diligencias e campo, hasta que las condiciones sanitarias permitan un despliegue seguro del funcionariado de este Instituto Electoral;
    3. Se deberá restringir al mínimo la aglomeración de personas, debiendo observar la política de sana distancia y de reducción de la movilidad en la medida de lo posible; y
    4. Se deberá privilegiar la utilización de tecnologías de información y de comunicaciones en las actividades que así lo permitan.

 

  1. Con la finalidad de salvaguardar el derecho a la salud contemplado en el artículo 4 de la Constitución y garantizar la continuidad de las actividades que realizan los Órganos Desconcentrados del Instituto Electoral entre las que se destaca la celebración de las Sesiones Ordinarias, se deberá privilegiar que las mismas se realicen de manera virtual y no presencial, lo anterior en la medida de lo materialmente posible, es decir tomando en consideración las condiciones de conectividad a internet con que pueden contar las y los integrantes de los Consejos Municipales en sus respectivos domicilios, por lo que en ese sentido, si bien el Código Electoral señala que los Órganos Desconcentrados celebren dos sesiones por mes durante el Proceso Electoral, derivado de las condiciones sanitarias actuales derivadas de la Pandemia de Covid-19, también es cierto que debemos ponderar la integridad y salvaguarda de la salud de las y los integrantes de estos Órganos, por lo que, este Consejo General estima pertinente la realización de una sola sesión ordinaria virtual por mes por parte de los Consejos Electorales Municipales.

 

  1. No pasa desapercibido que la suspensión temporal del desarrollo del Procesos Electoral Local 2019-2020, generó un impacto en el presupuesto aprobado para el desarrollo del mencionado proceso, bajo la consideración que en todo momento desde la suspensión no se dejaron de cumplir con las obligaciones contractuales, procedimentales y administrativas inherentes a las responsabilidades y facultades del Instituto Electoral tanto el que se refiere a la actividad ordinaria como a la actividad electoral.

 

  1. Por lo anterior y a fin de garantizar la continuidad de las actividades del Instituto Electoral respecto del Proceso Electoral Local 2019 – 2020 y en observancia de lo establecido en punto Tercero del Acuerdo IEEH/CG/026/2020, se instruye a la Dirección Ejecutiva de Administración realice los análisis técnicos y administrativos necesarios que permitan proponer a la Presidencia de este Consejo General y en su momento, la Presidencia al Pleno del Consejo las ampliaciones presupuestales que resulten necesarias derivado de la aprobación del presente acuerdo.

 

  1. Ahora bien, respecto de los Procesos de Selección Interna de los partidos políticos y derivado de lo acordado en el párrafo 9 del Acuerdo IEEH/CG/027/2020, éstos se reanudarán 2 días antes del inicio del plazo de registros de candidaturas.

 

  1. En ese sentido, robustece la decisión, lo establecido en el Acuerdo INE/CG170/2020 en su punto resolutivo 4 en el sentido de que:

 

 

 

4. Los OPLE de Coahuila e Hidalgo podrán determinar ajustes de los plazos y términos relacionados con los procesos internos de los partidos políticos que se encuentren vinculados con el registro de sus candidaturas, siempre y cuando sean acordes a la fecha de la Jornada Electoral establecida en el presente acuerdo, así como a los Planes Integrales y Calendarios de Coordinación, para lo cual deberán informar de ello en su oportunidad al INE, por conducto de la UTVOPL”,

 

Por lo que, en ese sentido, los procesos internos de selección de candidaturas deberán reanudarse el día 12 de agosto de 2020, esto es así considerando lo referido en el Calendario Electoral Modificado, mismo que forma parte integral del presente Acuerdo como Anexo Único y en el que se establece que el inicio de Registros de Candidaturas para el presente Proceso Electoral será el día 14 de agosto de 2020.

 

Por las consideraciones vertidas, el Consejo General en ejercicio de sus atribuciones, tiene a bien emitir el siguiente:

 

ACUERDO

 

PRIMERO. En observancia al Acuerdo INE/CG170/2020 del Consejo General del Instituto Nacional Electoral, se declaran reanudadas las acciones, actividades y etapas competencia del Instituto Estatal Electoral de Hidalgo en los términos señalados en el Estudio de Fondo y del Calendario Electoral que forma parte integral del presente Acuerdo como Anexo Único.

 

SEGUNDO. En todo momento aquellas actividades presenciales o que impliquen un despliegue de campo no deberán contravenir las disposiciones de seguridad sanitaria que pudieren poner en peligro al funcionariado de este Instituto Electoral, así como la población.

 

TERCERO. Se aprueba la modificación al Calendario Electoral para el Proceso Electoral Local 2019 – 2020 del Instituto Estatal Electoral, con los ajustes a las fechas de las actividades que quedaron suspendidas por la Resolución INE/CG83/2020 y los Acuerdos IEEH/CG/026/2020 e IEEH/CG/027/2020 y considerando lo establecido en el Acuerdo INE/CG170/2020 que establece como fecha para la realización de la Jornada Electoral el 18 de octubre del presente año y mismo que forma parte integral del presente Acuerdo como Anexo Único.

 

CUARTO. Se reanudan los plazos y actividades para el trámite y sustanciación respecto de los procedimientos sancionadores que, a la fecha, han sido radicados y aquellos que quedaron suspendidos, así como de las oficialías electorales que se presenten ante este Instituto Estatal Electoral de Hidalgo a partir de la aprobación del presente Acuerdo, tomando en consideración las medidas establecidas en el Acuerdo IEEH/CG/025/2020, conforme con lo establecido en el párrafo 21 del presente Acuerdo.

 

QUINTO. Se reanudan las actividades que correspondan a los Órganos Desconcentrados del Instituto Estatal Electoral en los términos contemplados en el Calendario Electoral Modificado, mismo que forma parte integral del presente Acuerdo como Anexo Único

 

SEXTO. Se instruye a la Dirección Ejecutiva de Administración realice los análisis técnicos y administrativos necesarios que permitan proponer a la Presidencia de este Consejo General, las ampliaciones presupuestales que resulten necesarias derivado de la aprobación del presente Acuerdo, para que, a su vez la Presidencia lo pueda poner a consideración de este Pleno.

 

SÉPTIMO. Se aprueba que durante lo que resta del Proceso Electoral Local 2019-2020, los Órganos Desconcentrados del Instituto Estatal Electoral de Hidalgo celebren una sola sesión ordinaria por mes, bajo las consideraciones vertidas en el estudio de fondo del presente Acuerdo y derivado de las condiciones sanitarias que imperan en la Entidad.

 

OCTAVO. Se instruye a la Secretaría Ejecutiva para que haga del conocimiento vía electrónica el contenido del presente Acuerdo al Titular del Poder Ejecutivo y a la Diputada Presidenta de la Junta de Gobierno del Poder Legislativo, ambos del Estado de Hidalgo, al Consejo General, así como al Consejo Local y a la Junta Local Ejecutiva en el estado de Hidalgo, todos del Instituto Nacional Electoral, al Tribunal Electoral del Estado de Hidalgo, a la Procuraduría General de Justicia del Estado de Hidalgo a través de la Fiscalía Especializada en Delitos Electorales, a las y los dirigentes estatales de los partidos políticos acreditados ante este Consejo General, a las y los aspirantes a una candidatura independiente, a la Sala Superior y a la Sala Regional correspondiente a la Quinta Circunscripción Plurinominal con sede en Toluca, ambas del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, al Órgano Interno de Control del Instituto Estatal Electoral de Hidalgo y a los 84 Órganos Desconcentrados del Instituto Estatal Electoral de Hidalgo.

 

NOVENO. Difúndase y hágase del conocimiento público lo aprobado en el presente acuerdo a través de las plataformas digitales del Instituto Estatal Electoral de Hidalgo.

 

DECIMO. Notifíquese por estrados el presente Acuerdo y publíquese en el Periódico Oficial del Estado de Hidalgo, en dos medios de comunicación impresos de mayor circulación en la Entidad, así como en la página web institucional.

 

Pachuca de Soto, Hidalgo a 01 de agosto de 2020

 

ASÍ LO APROBARON, POR UNANIMIDAD DE VOTOS LA CONSEJERA PRESIDENTA DEL INSTITUTO ESTATAL ELECTORAL DE HIDALGO, LICENCIADA GUILLERMINA VÁZQUEZ BENÍTEZ Y LAS CONSEJERAS Y CONSEJEROS ELECTORALES LICENCIADA MIRIAM SARAY PACHECO MARTÍNEZ, LICENCIADA BLANCA ESTELA TOLENTINO SOTO, MAESTRO SALVADOR DOMINGO FRANCO ASSAD, MAESTRO CHRISTIAN UZIEL GARCÍA REYES, MAESTRO AUGUSTO HERNÁNDEZ ABOGADO (VOTO CONCURRENTE) Y LICENCIADO FRANCISCO MARTÍNEZ BALLESTEROS, QUIENES ACTÚAN CON SECRETARIO EJECUTIVO LICENCIADO URIEL LUGO HUERTA, QUE DA FE.

           ________________________________

Lic. Uriel Lugo Huerta

Secretario Ejecutivo

Rúbrica

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

              _________________________________

Mtra. Guillermina Vázquez Benítez

Consejera Presidenta

Rúbrica

 

 

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Periódico Oficial Alcance 7 del 06 de agosto de 2020

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