Documento contenido en el Periódico Oficial Alcance 0 del 02 de junio de 2020

Edición: Alcance 0
Número: 22
Páginas: 8

Contenido:


Poder Ejecutivo. – Acuerdo por el que se modifica el diverso por el que se establecen las medidas y acciones que deberán implementar las Dependencias y Entidades de la Administración Pública Estatal derivado de la enfermedad por el virus covid-19 en el Estado de Hidalgo.

GOBIERNO DEL ESTADO DE HIDALGO

PODER EJECUTIVO

 

LICENCIADO OMAR FAYAD MENESES, GOBERNADOR CONSTITUCIONAL DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE HIDALGO, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE ME CONFIEREN LOS ARTÍCULOS 71 FRACCIONES I, XLIII Y L DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO DE HIDALGO, 2, 3, 4 Y 5 DE LA LEY ORGÁNICA DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA PARA EL ESTADO DE HIDALGO, Y:

 

C O N S I D E R A N D O

 

PRIMERO. Que de conformidad con el artículo 82 de la Constitución Política del Estado de Hidalgo, corresponde al Gobierno Estatal la rectoría del desarrollo de la Entidad, para garantizar que sea integral, fortalezca su economía, su régimen democrático, la ocupación y una más justa distribución del ingreso, permitiendo el ejercicio de la libertad y la dignidad de los individuos, grupos y clases sociales, así como el ejercicio efectivo de los derechos humanos y la rendición de cuentas, bajo los principios de transparencia y austeridad, dentro de lo que prescribe la Constitución General de la República, la particular del Estado y las Leyes que de ellas emanen.

 

SEGUNDO. Que de conformidad con el artículo 71, fracciones XLIII y L, de dicha Constitución, es facultad y obligación del Gobernador, promover el desarrollo económico del Estado, además de tomar las medidas necesarias en los casos de desastre y situaciones económicas difíciles o urgentes.

 

TERECERO. Que la Ley de Fomento y Desarrollo Económico para el Estado de Hidalgo constituye el ordenamiento jurídico en la materia de desarrollo económico, misma que en su artículo 7 se dispone que la coordinación y concertación de acciones son los medios para llevar a cabo el fomento y el impulso del desarrollo económico del Estado de Hidalgo, debiendo establecerse los mecanismos institucionales pertinentes para regular y ordenar el proceso de desarrollo económico de la Entidad.

 

CUARTO. Que por otro lado y derivado del brote de enfermedad por coronavirus, notificado por primera vez en el poblado de Wuhan (China) el 31 de diciembre de 2019 y que con fecha 30 de enero del presente año, la Organización Mundial de la Salud declaró la Emergencia de Salud Pública de Importancia Internacional, por el brote de 2019-nCoV, el cual, posteriormente se le otorgó la denominación de COVID-19; y derivado de los altos niveles de propagación y gravedad que representa dicho virus, el 11 de marzo de 2020, dicha organización declaró que el COVID-19, pasaba de ser una epidemia a una pandemia.

 

Asimismo, que con fecha 30 de marzo de 2020, se publicó en el Diario Oficial de la Federación, el Acuerdo del Consejo de Salubridad General, declarando como emergencia sanitaria por causa de fuerza mayor, a la epidemia de enfermedad generada por el virus SARS-CoV2 (COVID-19).  

 

QUINTO. Que en tal tenor, con fecha 19 de marzo de 2020, fue publicado en el Periódico Oficial del Estado, el Acuerdo por el que se establecen las medidas sanitarias inmediatas para la prevención y control de la enfermedad infecciosa causada por el coronavirus COVID-19 en el Estado de Hidalgo; las cuales fueron ampliadas mediante diverso Acuerdo publicado en dicho órgano informativo con fecha 3 de abril del presente año, por lo que, en concordancia con las disposiciones de la Secretaría de Salud Federal, se determinó, entre otras, la suspensión inmediata de actividades no esenciales en los sectores público, privado y social, y se exhortó a la población del Estado a cumplir con el resguardo domiciliario corresponsable.

 

SEXTO. Que de igual manera, el 25 de marzo de 2020 se publicó en el Periódico Oficial del Estado de Hidalgo, el Acuerdo por el que se establecen las medidas y acciones que deberán implementar las dependencias y entidades de la Administración Pública Estatal derivado de la enfermedad por el virus COVID-19 en el Estado de Hidalgo, el cual, precisa las acciones, los programas emergentes, de financiamiento e incentivos fiscales que se deberán implementar en el Estado en beneficio de los hidalguenses y como resultado de la situación de emergencia sanitaria en la Entidad. Sin embargo, derivado que la incidencia de contagios del referido virus en el Estado continúa en aumento, de conformidad con las estimaciones realizadas por las autoridades sanitarias, resulta necesario mantener tales medidas durante el mes de junio del presente año.

 

SÉPTIMO. Que el artículo 3 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Hidalgo permite que el Titular del Ejecutivo podrá auxiliarse de las dependencias y Entidades de la Administración Pública para el despacho de los asuntos. Asimismo, el numeral 4 dispone que, además se auxiliara de las Entidades de la Administración Pública Paraestatal, que consistirán en Organismos Descentralizados, empresas de participación Estatal y fideicomisos.

 

OCTAVO. Que, en tal tenor, se considera indispensable hacer del conocimiento público que se mantienen las medidas y acciones en materia de desarrollo durante el mes de junio del año en curso para hacer frente a la emergencia sanitaria que impera, en apego la incidencia del virus SARS-Cov2 y a la situación en materia de salud que impera en el Estado de Hidalgo.

 

Por lo antes expuesto, he tenido a bien expedir el siguiente:

 

A C U E R D O

 

POR EL QUE SE MODIFICA EL DIVERSO POR EL QUE SE ESTABLECEN LAS MEDIDAS Y ACCIONES QUE DEBERÁN IMPLEMENTAR LAS DEPENDENCIAS Y ENTIDADES DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA ESTATAL DERIVADO DE LA ENFERMEDAD POR EL VIRUS COVID-19 EN EL ESTADO DE HIDALGO.

 

ÚNICO. Se modifica el punto Décimo Sexto del Acuerdo por el que se establecen las medidas y acciones que deberán implementar las dependencias y entidades de la Administración Pública Estatal derivado de la enfermedad por el virus COVID-19 en el Estado de Hidalgo, publicado en el Periódico Oficial del Estado de Hidalgo el 25 de marzo de 2020, para quedar como sigue:

 

DÉCIMO SEXTO. Se instruye a las dependencias y entidades de la administración pública del Estado de Hidalgo para que los programas emergentes, de financiamiento, incentivos fiscales y demás medidas y acciones señaladas en el presente Acuerdo y las que se deriven del mismo, se extiendan y estén vigentes durante el mes de junio del presente año, con independencia de que los procedimientos derivados de las mismas se sigan hasta su conclusión, para lo cual, en el ámbito de sus atribuciones, realizarán los actos y emitirán los lineamientos, acuerdos y demás instrumentos normativos necesarios.

 

TRANSITORIO

 

ÚNICO. El presente acuerdo entrará en vigor a partir del día de su publicación en el Periódico Oficial del Estado de Hidalgo.

 

DADO EN LA RESIDENCIA DEL PODER EJECUTIVO DEL ESTADO DE HIDALGO, EN LA CIUDAD DE PACHUCA DE SOTO, HIDALGO, A LOS TREINTA DÍAS DEL MES DE MAYO DEL AÑO DOS MIL VEINTE.

 

 

 

LIC. OMAR FAYAD MENESES

GOBERNADOR CONSTITUCIONAL DEL ESTADO DE HIDALGO

RÚBRICA

 

LIC. SIMÓN VARGAS AGUILAR

SECRETARIO DE GOBIERNO

RÚBRICA

 

DRA. DELIA JESSICA BLANCAS HIDALGO

SECRETARIA DE FINANZAS PÚBLICAS

RÚBRICA

MTRO. SERGIO VARGAS TÉLLEZ

SECRETARIO DE DESARROLLO ECONÓMICO

RÚBRICA

LIC. JOSÉ LUIS GUEVARA MUÑOZ

SECRETARIO DE MOVILIDAD Y TRANSPORTE

RÚBRICA

 

 

ING. JOSÉ VENTURA MENESES ARRIETA

SECRETARIO DE OBRAS PÚBLICAS Y ORDENAMIENTO TERRITORIAL

RÚBRICA

 

 

LAI. ATILANO RODOLFO RODRÍGUEZ PÉREZ

SECRETARIO DE EDUCACIÓN PÚBLICA

RÚBRICA

 

 

 

LIC. DANIEL ROLANDO JIMÉNEZ ROJO

SECRETARIO DE DESARROLLO SOCIAL

RÚBRICA

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Periódico Oficial Alcance 0 del 02 de junio de 2020

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