Documento contenido en el Periódico Oficial Alcance 2 del 19 de abril de 2020

Edición: Alcance 2
Número: 15
Páginas: 35

Contenido:


Secretaría de Movilidad y Transporte. – Acuerdo por el que se modifica el diverso publicado en el periódico oficial del estado de hidalgo del 29 de marzo de 2020 que establece la suspensión de procedimientos, trámites, términos y plazos para la práctica de actuaciones y diligencias vinculadas con la Secretaría de Movilidad y Transporte de Hidalgo, el Sistema de Transporte Convencional de Hidalgo y el Sistema Integrado de Transporte Masivo de Hidalgo.

JOSÉ LUIS GUEVARA MUÑOZ, EN MI CARÁCTER DE SECRETARIO DE MOVILIDAD Y TRANSPORTE DEL ESTADO DE HIDALGO, CON FUNDAMENTO EN LO ESTABLECIDO POR LOS ARTÍCULOS 3 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO DE HIDALGO; 1, 2, 3, 4, 9, 13 FRACCIÓN XV, 16, 37 BIS FRACCIONES I, XI, XII, XIII, XIV, XVIII, XIX Y XXIX DE LA LEY ORGÁNICA DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA PARA EL ESTADO DE HIDALGO; 1, 2 FRACCIÓN I, 4, 5, 7 FRACCIONES I, II, V, VII, XVI INCISOS A, B, D Y H, 8 FRACCIONES I Y II, 9 FRACCIONES I Y XXXI, Y 10 DE LA LEY DE MOVILIDAD Y TRANSPORTE PARA EL ESTADO DE HIDALGO; Y 9 FRACCIONES V, X Y XVI DEL REGLAMENTO INTERIOR DE LA SECRETARÍA DE MOVILIDAD Y TRANSPORTE DEL ESTADO DE HIDALGO, Y

 

CONSIDERANDO

 

PRIMERO. Que el 29 de marzo del año en curso, fue publicado en el Periódico Oficial del Estado de Hidalgo el Acuerdo por el que se declara la suspensión de procedimientos, trámites, términos y plazos para la práctica de actuaciones y diligencias vinculadas con la Secretaría de Movilidad y Transporte de Hidalgo, el Sistema de Transporte Convencional de Hidalgo y el Sistema Integrado de Transporte Masivo de Hidalgo, por el periodo comprendido del día 30 de marzo de 2020, hasta el día 19 de abril de 2020.

 

SEGUNDO. Que el día 30 de marzo de 2020 se publicó en el Diario Oficial de la Federación, el Acuerdo del Consejo de Salubridad General, por virtud del cual se declara como emergencia sanitaria por causa de fuerza mayor, a la epidemia de enfermedad generada por el virus SARS-CoV2 (COVID-19).

 

TERCERO. Que con fecha 31 de marzo del presente año se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Acuerdo de la Secretaría de Salud del Gobierno de México por el que se establecen acciones extraordinarias para atender la emergencia sanitaria generada por el virus SARS-CoV2, que deberán cumplir cabalmente los sectores público, social y privado dentro del periodo del 30 de marzo al 30 de abril de 2020, con la finalidad de mitigar la dispersión y transmisión del virus SARS-CoV2 en la comunidad, para disminuir la carga de enfermedad, sus complicaciones y la muerte por COVID-19 en la población residente en el territorio nacional.

 

CUARTO. Que el Gobernador Constitucional del Estado de Hidalgo, Licenciado Omar Fayad Meneses, tuvo a bien expedir el Acuerdo publicado en el Periódico Oficial del Estado de Hidalgo con fecha 03 de abril del año en curso, a través del cual se amplían las medidas sanitarias inmediatas para la prevención y control de la enfermedad infecciosa causada por el virus SARS-COV2 (COVID-19) en el Estado de Hidalgo, el cual, en el punto Tercero, fracción II inciso c establece al servicio de transporte de pasajeros y de carga como una actividad esencial, en donde se deberá aplicar de manera obligatoria diversas prácticas de higiene, con la finalidad de mitigar la dispersión y transmisión del virus SARS-CoV2 (COVID-19) en la comunidad, para disminuir la carga de enfermedad, sus complicaciones y la muerte por COVID-19 en la población residente en el territorio del Estado de Hidalgo.

 

QUINTO. Que el objeto del presente Acuerdo es modificar el diverso publicado en el Periódico Oficial del Estado de Hidalgo del 29 de marzo de 2020, y prorrogar la suspensión que dicho acuerdo establece de procedimientos, trámites, términos y plazos para la práctica de actuaciones y diligencias vinculadas con la Secretaría de Movilidad y Transporte de Hidalgo, el Sistema de Transporte Convencional de Hidalgo y el Sistema Integrado de Transporte Masivo de Hidalgo.

SEXTO. Que con fundamento en lo dispuesto por los artículos 3 de la Constitución Política del Estado de Hidalgo; 1, 2, 3, 4, 9, 13 fracción XV, 16, 37 Bis fracciones I, XI, XII, XIII, XIV, XVIII, XIX y XXIX de la Ley Orgánica de la Administración Pública para el Estado de Hidalgo; 1, 2 fracción I, 4, 5, 7 fracciones I, II, V, VII, XVI incisos a, b, d y h, 8 fracciones I y II, 9 fracciones I y XXXI, y 10 de la Ley de Movilidad y Transporte para el Estado de Hidalgo; 9 fracciones V, X y XVI del Reglamento Interior de la Secretaría de Movilidad y Transporte del Estado de Hidalgo, y atendiendo a la gravedad con la que se ha venido evolucionando la pandemia denominada COVID-19, esta Secretaría emite medidas de actuación inmediata a implementarse en la propia Secretaría de Movilidad y Transporte de Hidalgo, así como en los organismos descentralizados, Sistema de Transporte Convencional de Hidalgo y Sistema Integrado de Transporte Masivo de Hidalgo.

Por lo antes expuesto, he tenido a bien a emitir el siguiente:

 

ACUERDO

 

POR EL QUE SE MODIFICA EL DIVERSO PUBLICADO EN EL PERIÓDICO OFICIAL DEL ESTADO DE HIDALGO DEL 29 DE MARZO DE 2020 QUE ESTABLECE LA SUSPENSIÓN DE PROCEDIMIENTOS, TRÁMITES, TÉRMINOS Y PLAZOS PARA LA PRÁCTICA DE ACTUACIONES Y DILIGENCIAS VINCULADAS CON LA SECRETARÍA DE MOVILIDAD Y TRANSPORTE DE HIDALGO, EL SISTEMA DE TRANSPORTE CONVENCIONAL DE HIDALGO Y EL SISTEMA INTEGRADO DE TRANSPORTE MASIVO DE HIDALGO.

 

ÚNICO. Se modifican los puntos TERCERO primer párrafo y QUINTO del Acuerdo por el que se declara la suspensión de procedimientos, trámites, términos y plazos para la práctica de actuaciones y diligencias vinculadas con la Secretaría de Movilidad y Transporte de Hidalgo, el Sistema de Transporte Convencional de Hidalgo y el Sistema Integrado de Transporte Masivo de Hidalgo, publicado en el Periódico Oficial del Estado de Hidalgo el día 29 de marzo de 2020, para quedar como sigue:

 

TERCERO. La suspensión a que hacen referencia los puntos Primero y Segundo del presente Acuerdo, serán por el periodo comprendido del día 20 al 30 de abril de 2020, y se aplicará de igual forma a todos aquellos que se realicen a través de las plataformas en internet. Lo anterior para los efectos legales y administrativos a que haya lugar.

QUINTO. Se suspende la atención al público en general que brinda la Secretaría de Movilidad y Transporte de Hidalgo, el Sistema de Transporte Convencional de Hidalgo y el Sistema Integrado de Transporte Masivo de Hidalgo, durante el período que comprende del día 20 al 30 de abril de 2020.

 

 

TRANSITORIO

 

ÚNICO. El presente acuerdo entrará en vigor el día de su publicación en el Periódico Oficial del Estado de Hidalgo.

 

DADO EN LAS INSTALACIONES QUE OCUPA LA SECRETARÍA DE MOVILIDAD Y TRANSPORTE DEL ESTADO DE HIDALGO, EN LA CIUDAD DE PACHUCA DE SOTO, HIDALGO A LOS DIECISIETE DÍAS DEL MES DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL VEINTE.

 

 

EL SECRETARIO DE MOVILIDAD Y TRANSPORTE

DEL ESTADO DE HIDALGO

LICENCIADO JOSÉ LUIS GUEVARA MUÑOZ

RÚBRICA

 

 

 

 

 


Periódico Oficial Alcance 2 del 19 de abril de 2020

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