Documento contenido en el Periódico Oficial Alcance 23 del 28 de febrero de 2020
Edición: Alcance 23
Número: 8
Páginas: 67
Contenido:
Secretaría de Educación Pública. – Acuerdo por el que se emiten las Reglas de Operación del Programa de Tabletas Digitales Interactivas en Educación Media Superior y Superior.
ATILANO RODOLFO RODRÍGUEZ PÉREZ, Secretario de Educación Pública de Hidalgo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 51 del Decreto Número 308 por el que autoriza en todas y cada una de sus partes el Presupuesto de Egresos del Estado de Hidalgo para el Ejercicio 2020, expedido por el Congreso del Estado de Hidalgo y con fundamento en los artículos 34 de la Ley Orgánica de la Administración Pública para el Estado de Hidalgo; 1, 3, 11, 12, 13 y 14 de la Ley de Educación para el Estado de Hidalgo; 1, 5 y 6 de la Ley de Entidades Paraestatales del Estado de Hidalgo, 23 de su reglamento; 1, 2, 5, 6, 7, 11 y 12 del Reglamento Interior de la Secretaría de Educación Pública de Hidalgo, y
CONSIDERANDO
Primero. Que el artículo 51 del Decreto Número 308 por el que la Cámara de Diputados del Estado de Hidalgo autorizó el Presupuesto de Egresos del Estado para el Ejercicio Fiscal 2020, publicado el día 31 de diciembre de 2019, establece que los programas a través de los cuales se otorguen subsidios o apoyos estarán sujetos a reglas de operación, las cuales deberán ser publicadas por las Dependencias y Entidades en el Periódico Oficial, previa autorización de la Secretaría de Finanzas Públicas del Estado de Hidalgo y, en su caso, por la Dependencia coordinadora del Sector.
Segundo. Que el Plan Estatal de Desarrollo 2016-2022 prevé como eje transversal, la incorporación de la ciencia, la tecnología y la innovación para consolidar una sociedad y economía del conocimiento en el estado de Hidalgo, haciendo del desarrollo científico y la innovación, la base del progreso económico y social sostenible. Asimismo, establece en su Eje 3. Hidalgo Humano e Igualitario, el objetivo de promover una sociedad estable, próspera e inclusiva, en donde a través de la educación, la salud, la cultura y el deporte, se promuevan acciones conjuntas para superar la pobreza y desigualdad; específicamente en el Sub eje 3.2 Educación de relevancia y equipada, señala en el objetivo estratégico 3.2.4 ofrecer educación incluyente y equitativa en todos los niveles y modalidades, con el establecimiento de planes y programas de estudios o proyectos del sector educativo y; la inclusión con perspectiva de género culturalmente pertinente a fin de asegurar la igualdad de derechos.
Tercero. Que además establece en la política transversal de perspectiva de género ampliar las capacidades de las mujeres y las niñas en todos los ámbitos del desarrollo con la finalidad de garantizar el ejercicio de sus derechos humanos; impulsar su empoderamiento y disminuir la violencia que se ejerce contra ellas, así como contribuir a la igualdad sustantiva entre mujeres y hombres en el estado de Hidalgo, por lo que la Secretaría de Educación Pública de Hidalgo promueve entre las estudiantes su inclusión en la ciencia y la tecnología con el propósito de disminuir las brechas de desigualdad reproducidas en nuestra sociedad por pertenecer al género femenino, con la celebración de la Semana Estatal Femenil de Ciencia y Tecnología.
Cuarto. Que las Reglas de Operación establecen disposiciones a las que deben sujetarse determinados programas y recursos públicos con el objeto de otorgar certeza, imparcialidad, transparencia y asegurar la aplicación eficiente, eficaz, oportuna y equitativa de los fondos del erario público asignados a los mismos.
Por lo anteriormente expuesto, resulta indispensable contar con las reglas y criterios para la entrega de tabletas digitales interactivas en educación media superior y superior, por lo que he tenido a bien expedir el siguiente:
ACUERDO
POR EL QUE SE EMITEN LAS REGLAS DE OPERACIÓN DEL PROGRAMA DE TABLETAS DIGITALES INTERACTIVAS EN EDUCACIÓN MEDIA SUPERIOR Y SUPERIOR
ÚNICO.- Se emiten las Reglas de Operación del Programa de Tabletas Digitales Interactivas en Educación Media Superior y Superior.
ÍNDICE
3.1 Objetivo General
3.2 Objetivos Específicos
4.1 Cobertura y Población Objetivo
4.2 Características y Tipo de apoyo
4.3 Colaboración Institucional
4.4 Temporalidad
5.1 Criterios de selección de beneficiarios
5.2 Criterios de Asignación y Procedimiento de entrega de Apoyos
5.2.1 Criterios de Asignación
5.2.2 Procedimientos de Entrega
5.3 Derechos y Obligaciones de los Beneficiarios, Madres, Padres o Tutores y Responsables de los Centros Educativos
5.3.1 Derechos de los Beneficiarios
5.3.2 Derechos de las Madres, Padres o Tutores
5.3.3 Derechos de los Responsables de los Centros de Trabajo
5.4.4 Obligación de los Beneficiarios
5.4.5 Obligación de las Madres, Padres o Tutores
5.4.6 Obligación de los Responsables de los Centros de Trabajo
5.4.7 Obligación de los Docentes
7.1 De la evaluación presupuestaria
7.1 De la evaluación de satisfacción del programa
Con base en la reforma educativa vigente en el nivel medio superior es importante destacar los aspectos siguientes: la creación de ambientes de aprendizajes con infraestructura digna y equipamiento que permita el acceso a las tecnologías de la información y la comunicación; la implementación de políticas de equidad y calidad para reducir las brechas de acceso a la educación, la cultura y el conocimiento; el abatimiento del rezago educativo que limita la integración de la población al ámbito laboral, la necesidad de un nuevo modelo educativo que proporcione las competencias necesarias para que las y los jóvenes desarrollen todo su potencial y como estrategias transversales la igualdad sustantiva entre mujeres y hombres, la formación integral con el fomento de la cultura y el deporte, y hacer del desarrollo científico, tecnológico y la innovación pilares para el progreso económico y social sostenible.
Para tal fin, es importante que la juventud hidalguense cuente con las mismas condiciones para acceder, permanecer y concluir su educación media superior y a su vez continuar sus estudios del nivel superior. Sin embargo, hay sectores de la población en situación de vulnerabilidad que enfrentan dificultades para desarrollar una trayectoria educativa adecuada, lo que se refleja en el rezago académico y la deserción escolar, debiendo reforzar la igualdad de oportunidades en el nivel medio superior y, en su caso,en el nivel superior.
Dificultades como la desigualdad social que afecta al género femenino, motiva implementar como una política transversal la perspectiva de género para promover la inclusión de las estudiantes del nivel medio superior y superior en diversas actividades y campos de conocimiento, para tal efecto la Secretaría de Educación Pública de Hidalgo incentiva la inclusión en la ciencia y la tecnología de este grupo de población, con el propósito de disminuir las brechas de desigualdad reproducidas en nuestra sociedad por pertenecer a este género, con la celebración de la Semana Estatal Femenil de Ciencia y Tecnología, a través de su participación en el desarrollo de infografías, prototipos, decálogos, divulgación científica y carteles, para favorecer la construcción de un proyecto de vida en el mundo científico y tecnológico.
En la entidad se ha realizado un esfuerzo importante para alcanzar la cobertura, el nivel medio superior ha alcanzado el 88.3%, con presencia en las diferentes regiones del estado. Sin embargo, ante el crecimiento de la población en edad de cursar este nivel educativo, es imprescindible la equidad, por ello, es preciso cuidar las diferencias que pueden darse en términos de infraestructura básica y equipamiento tecnológico entre los centros de educación media superior que se ubican en contextos de mayor desventaja como es el caso de los Telebachilleratos Comunitarios (TBC) y los servicios de Educación Media Superior a Distancia (EMSAD) del Colegio de Bachilleres del Estado de Hidalgo.
En la actualidad en el estado de Hidalgo operan 135 servicios educativos correspondientes al modelo de Telebachillerato Comunitario (TBC) y 79 al de Educación Media Superior a Distancia (EMSAD), modelos que son diseñados para atender a estudiantes que habitan en comunidades de dispersión geográfica, aprovechando la infraestructura instalada de escuelas secundarias generales o técnicas, Telesecundarias, casas ejidales, presidencias municipales, o en su caso en instalaciones propias. Sin embargo, el equipamiento que se utiliza para este fin educativo no incluye medios informáticos propios y suficientes para el desarrollo del perfil de egreso del estudiante, declarado en la Reforma Integral de la Educación Media Superior (RIEMS), así como de las competencias inherentes al dominio de las tecnologías de la información y la comunicación (TICS), lo que implica una sensible desventaja respecto de los alumnos ubicados en las cabeceras municipales o en las zonas urbanas.
Finalmente, destacar que de acuerdo con los resultados 2018 de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE) referentes a la igualdad de género, señala que se ha avanzado en cerrar las brechas de desigualdad entre hombres y mujeres, sin embargo, dicho avance ha ocurrido de forma lenta y con bajo impacto.
Hoy en día las mujeres jóvenes de los países de la OCDE abandonan la escuela con mejores calificaciones que los hombres jóvenes, tienen menos probabilidades de estudiar en los campos de mayor ganancia relacionados con la ciencia, la tecnología, la ingeniería y las matemáticas. Es decir, mujeres que estudian en educación media superior y transitan a educación superior con gran potencial en estos campos, por una u otra razón truncan sus trayectorias académicas y aquellas que logran continuar con su proyecto académico presentan obstáculos para matricularse en la ciencia o la tecnología.
2.1 Objetivo General
2.2 Objetivos Específicos
La Secretaría de Educación Pública de Hidalgo, a través de sus organismos sectorizados serán la instancia encargada del proceso de adquisición, asignación, entrega y evaluación del Programa.
A efecto de cumplir con los objetivos señalados, y de garantizar la pertinencia, entrega y destino final de los beneficios del programa, la operatividad del Programa se sujetará a los siguientes lineamientos:
4.1 Cobertura y Población Objetivo
El programa beneficiará a los Organismos Públicos Descentralizados del Estado de Hidalgo que operen los servicios educativos de Telebachillerato Comunitario (TBC) y Educación Media Superior a Distancia (EMSAD) y presupuestal, a estudiantes ganadores en la Semana Estatal Femenil de Ciencia y Tecnología, en el caso de educación superior, por sus características se beneficiará a Universidad Digital del Estado de Hidalgo (UNIDEH).
La población objetivo se constituye por:
4.2 Características y Tipo de apoyo
El apoyo es en especie, y consistirán en la entrega de una tableta digital interactiva, con licencia de Microsoft Office y accesorios.
4.3 Colaboración Institucional
La Secretaría de Educación Pública de Hidalgo, a través de sus organismos sectorizados, en el ámbito de su competencia, definirán y operaran el proceso correspondiente de asignación y entrega de tabletas interactivas digitales, verificando se cumplan con las normas de calidad y el tiempo de entrega convenidos en el contrato correspondiente.
4.4 Temporalidad
Las metas y presupuesto asignado a este programa tendrán vigencia para el ejercicio fiscal 2020, la entrega puede extenderse al primer bimestre del ejercicio fiscal 2021.
El beneficio puede otorgarse a estudiantes que por trasferencia u otra causa justificable no haya sido beneficiado con anterioridad, siempre que exista suficiencia presupuestal para dar atención, una vez que se haya beneficiado a las y los estudiantes ya inscritos en los Organismos Públicos de Telebachillerato Comunitario, EMSAD y UNIDEH.
El beneficio puede otorgarse a docentes de nuevo ingreso que no haya sido beneficiado con anterioridad, siempre que exista suficiencia presupuestal para dar atención, una vez que se haya beneficiado a los docentes ya adscritos en los Organismos Públicos de Telebachillerato Comunitario, EMSAD y UNIDEH.
5.1 Criterios de selección de beneficiarios
Para ser beneficiario de una tableta digital interactivas, deberá ser estudiantes inscrito o docente adscrito en los servicios educativos de Telebachillerato Comunitario (TBC), Educación Media Superior a Distancia (EMSAD) y Universidad Digital del Estado de Hidalgo (UNIDEH).
Para efecto de lo anterior, la y el estudiante deberá de realizar su inscripción en el periodo establecido por el Organismo Público de Educación Media Superior en el que curse sus estudios del nivel bachillerato.
5.2 Criterios Asignación y Procedimiento de Entrega de Apoyos
5.2.1 Criterios de Asignación
Si de acuerdo a la suficiencia presupuestal y se han cumplido los objetivos generales y específicos del presente programa, existiendo excedente de tabletas digitales interactivas podrán ser consideradas para el avance del proyecto en los centros educativos prioritarios del servicio educativo de Educación Media Superior a Distancia, que no hayan sido beneficiados y cumplan los criterios de la presentes reglas de operación. Así mismo, bajo esta modalidad con relación al inciso C) del presente apartado así como los estudiantes y docentes de la Universidad Digital del Estado de Hidalgo.
5.2.2 Procedimiento de entrega
Los Organismos Públicos Descentralizados del Estado de Hidalgo que operen los servicios educativos de Telebachillerato Comunitario, Educación Media Superior a Distancia (EMSAD), y la Universidad Digital del Estado de Hidalgo, darán seguimiento al proceso de adquisición de tabletas digitales interactivas programadas, solicitadas y necesarias para dar suficiencia al programa.
Realizada la entrega a los Organismos Públicos Descentralizados del Estado de Hidalgo que operen los servicios educativos de Telebachillerato Comunitario, Educación Media Superior a Distancia (EMSAD), y la Universidad Digital del Estado de Hidalgo, se realizará la entrega a los responsable del centro educativo donde se ofertan estos servicios a través del formato “A-EMS” para media superior y A-ES para superior, quienes a su vez procederán a la asignación a los beneficiarios:
El responsable del centro educativo procederá a la distribución de las tabletas digitales interactivas a los estudiantes beneficiados, mediante el llenado de los:
Es requisito que al formato C-EMS y C-ES se acompañe copia simple de identificación oficial del beneficiario, madre, padre o tutor.
El responsable del centro educativo procederá a la distribución de las tabletas digitales interactivas a las y los docentes beneficiados, mediante el llenado de los:
La Dirección General de Educación Media Superior realizará la entrega a las alumnas inscritas y activas, que resulten ganadoras de primer, segundo o tercer lugar en las categorías de la Semana Estatal Femenil de Ciencia y Tecnología, en las instituciones de educación media superior y superior consideradas en la convocatoria.
La asignación se verificara a través de la requisición del formato EMSYS-A en el que se señala el número de serie y los datos de identificación de la tableta digital interactiva, en términos del punto 5.4 de las presentes reglas de operación.
5.3 Derechos y Obligaciones de los Beneficiarios, Madres, Padres o Tutores y Responsables de Centros Educativos
5.3.1 Derechos de los beneficiarios
5.3.2 Derechos de las Madres, Padres o Tutores
5.3.3 Derechos de los Responsables de los Centros de Trabajo
5.4.4 Obligación de los Beneficiarios
5.4.5 Obligación de las Madres, Padres o Tutores
5.4.6 Obligación de los Responsables de los Centros de Trabajo
5.4.7 Obligaciones de los Docentes
Para la ejecución del Programa se aplicará el presupuesto asignado de acuerdo a la suficiencia presupuestal.
7.1 De la evaluación de satisfacción del programa
Con el fin de evaluar la eficiencia y el alcance del Programas de Tabletas Digitales Interactivas, se hace necesario conocer las opiniones de los beneficiarios, madres y padres de familia o tutores que asisten, por lo cual se tomará una muestra aleatoria para aplicar un cuestionario a fin de conocer el nivel de satisfacción de los beneficiarios con respecto a:
7.2 De la evaluación presupuestaria
En la Matriz de Indicadores para Resultados y las metas autorizadas conforme al Presupuesto de Egresos del Estado de Hidalgo, se establecen los indicadores que deberán de medir el cumplimiento del programa.
El beneficiario podrá interponer una queja ante la Secretaría de Educación Pública de Hidalgo cuando considere que se le excluye del Programa de Adquisición y Suministro de Tabletas Digitales Interactivas, siempre y cuando cumpla con los criterios previstos en las presentes reglas de operación, así mismo cuando se condicione la entrega del beneficio a la participación en actividades de índole política u otras que sean distintas a la operación del programas.
Este programa es de carácter público, no es patrocinado ni promovido por partido político alguno y sus recursos provienen de los impuestos que pagan todos los contribuyentes. Está prohibido el uso de este programa con fines políticos, electorales, de lucro y otros distintos a los establecidos, quien haga uso indebido de los recursos que este programa, será sancionado de acuerdo a la ley aplicable y ante la autoridad competente.
TRANSITORIOS
PRIMERO. El presente Acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial del Estado de Hidalgo.
SEGUNDO. Se derogan todas las disposiciones que se opongan al presente acuerdo.
Dado en las oficinas de la Secretaría de Educación Pública de Hidalgo, ubicadas en Boulevard Felipe Ángeles sin número, Colonia Venta Prieta, Pachuca de Soto, Hidalgo a los veintiseis días del mes de febrero de año 2020.
EL SECRETARIO DE EDUCACIÓN PÚBLICA DE HIDALGO
ATILANO RODOLFO RODRÍGUEZ PÉREZ
RUBRICA
Derechos Enterados.28-02-2020
Periódico Oficial Alcance 23 del 28 de febrero de 2020
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