Documento contenido en el Periódico Oficial Alcance 27 del 28 de febrero de 2020

Edición: Alcance 27
Número: 8
Páginas: 79

Contenido:


Secretaría de Desarrollo Social. – Acuerdo que contiene las Reglas de Operación del Programa Fomento Artesanal para el Ejercicio 2020.

GOBIERNO DEL ESTADO DE HIDALGO

PODER EJECUTIVO

 

LICENCIADO DANIEL ROLANDO JIMÉNEZ ROJO, SECRETARIO DE DESARROLLO SOCIAL DEL GOBIERNO DEL ESTADO DE HIDALGO, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE ME CONFIEREN LOS ARTÍCULOS 26 FRACCIÓN II DE LA LEY ORGÁNICA DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA PARA EL ESTADO DE HIDALGO; 27 FRACCIÓN IV DE LA LEY DE DESARROLLO SOCIAL DEL ESTADO DE HIDALGO; Y 2 Y 6 DEL REGLAMENTO INTERIOR DE LA SECRETARÍA DE DESARROLLO SOCIAL; Y

 

CONSIDERANDO

 

PRIMERO. Que la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos garantiza el pleno ejercicio de los derechos sociales, lo cual, refrendado  en la Constitución Política del Estado de Hidalgo se constituye como principio rector de política pública y marco normativo referido en la Ley de Desarrollo Social del Estado de Hidalgo.

 

SEGUNDO. Que la Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación establece en su artículo 1° que sus disposiciones son de orden público y de interés social, y su objeto es prevenir y eliminar todas las formas de discriminación que se ejerzan contra cualquier persona en los términos del artículo 1º de  la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como promover la igualdad de oportunidades y de trato. Derivado de ello, el Programa  promoverá las medidas que estén a su alcance para que toda persona beneficiaria goce, sin discriminación alguna, de los derechos y libertades consagrados en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en las leyes y en los tratados internacionales de los que el Estado Mexicano sea parte, y  eliminar aquellos obstáculos que limiten en los hechos la libertad y la igualdad de las personas e impidan su pleno desarrollo.

 

TERCERO. Que el Programa contribuye para el buen logro de los Objetivos de Desarrollo Sostenible 1: Poner fin a la pobreza en todas sus formas en todo el mundo; 5: Lograr la igualdad entre los géneros y empoderar a todas las mujeres y las niñas; 8: Trabajo Decente y Crecimiento Económico; 10: Reducción de las Desigualdades; 16 Paz, Justicia e Instituciones Sólidas: Promover sociedades pacíficas e inclusivas para el desarrollo sostenible, facilitar el acceso a la justicia para todos y crear instituciones eficaces, responsables e inclusivas a todos los niveles.

 

CUARTO. Que el Programa se alinea con lo establecido en el Plan de Nacional de Desarrollo  2019-2024, en el eje Política Social, en el tema Cultura para la paz, para el bienestar y para todos: Nadie debe ser excluido a las actividades y los circuitos de la cultura, los cuales representan, en la actual circunstancia, factores de paz, cohesión social, convivencia y espiritualidad. Al igual que en otros rubros, el gobierno federal priorizará en éste las necesidades de los sectores más marginados, indefensos y depauperados, e impulsará una vigorosa acción cultural en las zonas más pobres del país.

 

QUINTO. Que de conformidad con la Ley de Desarrollo Social, el Estado garantiza el derecho de toda persona a participar y acceder al beneficio de los programas sociales, de acuerdo con los principios rectores de la Política Social, en los términos que establezca la normatividad de cada programa. Derivado de ello, las y los servidores públicos responsables de la operación del Programa aplicarán criterios de flexibilidad, en casos de excepción, respecto a los requisitos documentales de acreditación que deben presentar las y los solicitantes, para su ingreso al mismo y la obtención de apoyos que éste les confiere.

 

SEXTO. Que de acuerdo con en el artículo 9 fracción IX  de la Ley de Desarrollo Social del Estado de Hidalgo, las personas  que formen parte de algún grupo vulnerable, como los artesanos, y que se encuentren en condiciones de pobreza, tendrán derecho a recibir apoyos para superar su condición de vulnerabilidad, de manera prioritaria.

 

SÉPTIMO. Que con fundamento en el artículo 26 fracción I de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Hidalgo, corresponde a la SEDESO: Coordinar, ejecutar, evaluar y dar seguimiento a la política de desarrollo social y humano, para el combate efectivo a la pobreza y la marginación urbana y rural, diseñando estrategias que promuevan la participación ciudadana y la corresponsabilidad social.

 

OCTAVO. Que la Ley de Fomento Artesanal para el Estado de Hidalgo, de conformidad con los artículos 1° y 4, tiene por objeto, entre otros, el desarrollo, protección y fomento de la actividad artesanal en todas sus modalidades, teniendo en cuenta la representatividad, tradición e identidad, generando con ello conciencia en la población sobre su importancia económica, social y cultural; fomentar el desarrollo de las y los artesanos y de la artesanía en sus diversas modalidades, integrándolos al desarrollo social del Estado; impulsar la organización artesanal, asistencia técnica, la promoción y comercialización, así como promover mecanismos de comunicación y cooperación entre el sector artesanal y las dependencias relacionadas con la artesanía.

 

NOVENO. Que de acuerdo al Plan Estatal de Desarrollo 2016-2022 y consciente de la relación entre las dimensiones social, económica y ambiental del desarrollo sostenible, esta administración busca promover una sociedad estable, próspera e inclusiva, promoviendo acciones conjuntas para superar la pobreza y desigualdad, al impulsar el desarrollo humano e incluyente de todas las personas a través de la articulación de políticas públicas encaminadas al desarrollo integral de las comunidades y las familias, así como la participación social y comunitaria en las estrategias de desarrollo social a través de la educación, la salud, la alimentación nutritiva y de calidad, la generación de empleo e ingreso, autoempleo y capacitación; protección social y programas asistenciales; y el fomento del sector social de la economía.

 

DÉCIMO. Que dicho Plan, en su Eje 3. Hidalgo Humano e Igualitario, plantea un escenario en el que el desarrollo de políticas públicas tenga como centro de acción a las personas para generar mayor bienestar, inclusión e igualdad, fortalecer el combate a la pobreza y el hambre, proporcionar una mejor educación, y facilitar el acceso a una vivienda digna, así como incrementar el fomento a la cultura y el deporte. Dentro del planteamiento estratégico se da la alineación al Objetivo Estratégico 3.5 Arte y Cultura: Fomentar el arte y la cultura bajo una perspectiva incluyente e integradora, que facilite el acceso de la población de todo el territorio estatal en la creación y difusión de las expresiones culturales y artísticas en favor de las generaciones futuras.

 

DÉCIMO PRIMERO. Que derivado de las políticas públicas establecidas en el Plan Estatal de Desarrollo 2016-2022, la Secretaría de Desarrollo Social del Gobierno del Estado, establece el Programa Fomento Artesanal, para que las personas artesanas hidalguenses cuenten con certidumbre legal, financiamiento, capacitación, concursos, espacios, eventos y ferias para la comercialización de sus productos y proyectos artesanales. En congruencia con lo anterior, el Programa plantea contribuir a mejorar la condición productiva de las y los artesanos hidalguenses.

DÉCIMO SEGUNDO. Que en lo referente a las prioridades sectoriales, este Programa se alinea con el Apartado 4 Plataforma Estratégica del Programa Sectorial de Desarrollo Social, cuyo Objetivo General 6 refiere: Apoyar a las personas artesanas hidalguenses para que incrementen sus ingresos mediante la entrega de apoyos para la capacitación, producción y comercialización, que les permitan mejorar sus condiciones de vida. Asimismo, con las estrategias 6.1.Fortalecer la productividad de las y los artesanos, incorporándolos al desarrollo en el Estado con mayor competitividad; 6.2. Incrementar el ingreso de las personas artesanas a través de más y mejores espacios para la comercialización de sus productos; y 6.3. Crear un organismo que diseñe, implemente y coordine las políticas públicas en beneficio de los productores artesanales.

DÉCIMO TERCERO. Que de acuerdo al artículo 25 fracción I del Reglamento Interior de la Secretaría de Desarrollo Social, corresponde a la Dirección General de Fomento Artesanal diseñar, operar e innovar programas para el rescate y preservación de las artesanías del Estado, respetando la tradición, el valor cultura y diseño, basándose en la calidad.

DÉCIMO CUARTO. Que la artesanía representa una actividad cultural que expresa lo más profundo del alma de un pueblo, manifiesta sentimientos y esperanzas conectadas con la identidad nacional. Es tan generosa que, ligada a las bondades históricas y naturales del estado, genera oportunidades laborales y riqueza a quienes se encuentran sin posibilidades de estudios o tradicionalmente excluidos de los mercados formales de trabajo. Ayuda a combatir la pobreza y a impulsar el desarrollo social y económico. Ofrece además posibilidades significativas de desarrollo y formación para las y los jóvenes, aprovechando para tal efecto condiciones preexistentes como conocimientos, recursos o materias primas al alcance de la mano y los bajos costos de la producción. En este contexto, nuestra actividad artesanal, ratifica que el Estado de Hidalgo cuenta en este rubro con un factor fundamental para estimular el desarrollo social, el empleo y el ingreso en miles de familias de la entidad y que por tanto los organismos públicos, privados y sociales deben atender con mayor esmero al impulso y promoción de esta importante fuente generadora de autoempleo, arraigada a la tradición y parte importante de nuestro patrimonio cultural e histórico.

 

DÉCIMO QUINTO. Que en el Padrón de Personas Beneficiarias generado por la SEDESO a través de la Dirección General de Fomento Artesanal se tienen registrados 8,958 personas artesanas en el Estado hasta el 2019, de los cuales 6,742 son mujeres y 2,216 son hombres, con un registro de crecimiento del 5% anual, distribuidos en 83 municipios del Estado. Dependiendo de la región, se utilizan diversos materiales en múltiples ramas artesanales: textiles, alfarería, cestería, metalistería, orfebrería, carpintería y tallado de madera; cantería, talabartería, peletería, cartonería y papel, lapidaria, vidrio, cerería, y fibras vegetales.

DÉCIMO SEXTO. Que de conformidad con lo dispuesto en los artículos 77 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria y 79 de la Ley de Presupuesto y Contabilidad Gubernamental del Estado de Hidalgo, se establece que la Cámara de Diputados, en el Presupuesto de Egresos, podrá señalar los programas, a través de los cuales se otorguen subsidios, que deberán sujetarse a Reglas de Operación con el objeto de asegurar que la aplicación de los recursos públicos se realice con eficiencia, eficacia, economía, honradez y transparencia.

DÉCIMO SÉPTIMO. Que por sus propias dimensiones de cobertura y garantía de transparencia, el Programa requiere de Reglas de Operación específicas; salvaguardando los principios de accesibilidad, confiabilidad, verificabilidad, veracidad y oportunidad, de conformidad a lo establecido en los artículos 13 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, y 14 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública para el Estado de Hidalgo.

 

Por lo anterior, he tenido a bien expedir el siguiente:

 

ACUERDO

 

QUE CONTIENE LAS REGLAS DE OPERACIÓN DEL PROGRAMA FOMENTO ARTESANAL PARA EL EJERCICIO 2020

 

DIAGNOSTICO

Actualmente, el Padrón de Personas Beneficiarias generado por la SEDESO a través de la Dirección General de Fomento Artesanal, tiene registrados 8,958 personas artesanas en diferentes municipios del Estado, de los cuales el 39.96% se encuentran en localidades de alta y muy alta marginación, lo que origina falta de reconocimiento de las artesanías y desconocimiento del origen de las mismas.

En complemento, las personas artesanas carecen de recursos económicos que le originan la dificultad para la adquisición de su materia prima para la elaboración de las artesanías, otro factor importante es la obtención de herramientas y proyectos artesanales que les permita reducir el considerable tiempo empeñado en el quehacer de las mismas. Aunado a lo anterior, el desconocimiento de ciertas técnicas especiales en su giro artesanal, la poca competitividad y difusión de las artesanías para su comercialización, ocasionan la disminución de sus ventas que conlleva un menor ingreso económico, y en su caso, crisis en sus pequeños talleres que influye en el desánimo de lo que podría ser un proyecto o modo de vida.

Es así como la Dirección General de Fomento Artesanal contribuirá a generar mayores y mejores condiciones para acrecentar su producción a través de apoyos económicos para la adquisición de materia prima o herramientas, y proyectos artesanales la motivación de continuar con este tipo de actividades en los artesanos es fundamental, como parte importante de nuestro patrimonio cultural e histórico, y se atenderá por medio de cursos y talleres; a través de ferias o espacios para ventas, se estima la proyección de su mercado, que permita a las y los artesanos un mejor aporte a su economía, teniendo así una real  alternativa de empleo o incluso, como una principal fuente de empleo donde trabajen ya sea de forma individual, en grupo o con los integrantes de su familia. Con la suma de todos estos factores positivos, evitar perder nuestras tradiciones.

Prospectiva

La realización de concursos con la finalidad de fomentar y reconocer las piezas con características propias de la rama artesanal, la Dirección General de Fomento Artesanal través de convocatorias, pretende atender una población de 1,200 artesanos, de los cuales sean beneficiarios, reconociendo 250 ganadores por sus piezas especiales.

Con la vertiente asignación de espacios para comercialización de artesanías se emitirán  convocatorias, para el caso específico de la Feria San Francisco Hidalgo 2020 la selección será por medio de un comité dictaminador de acuerdo a la rama artesanal y proyecta beneficiar a 200 artesanos con espacios para comercializar sus productos.

En la vertiente de apoyos para el fomento artesanal y en respuesta a las solicitudes de parte de diferentes grupos artesanales para adquisición de materia prima o equipamiento para la elaboración de sus artesanías, la Dirección General de Fomento Artesanal pretende beneficiar a 200 artesanos de diferentes técnicas y ramas artesanales.

Para la vertiente de capacitación para el rescate y la preservación, la Dirección General de Fomento Artesanal prevé beneficiar a través de cursos a 200 personas artesanas para incidir en la mejora de sus procesos e innovación de su producto.

Se realizará la visita de talleres artesanales con la finalidad de identificarlos por rama artesanal en seguimiento al padrón de beneficiarios y acciones otorgadas.

En el desarrollo de Proyectos Artesanales se pretende beneficiar a grupos de artesanos en el equipamiento de sus talleres, otorgando herramienta especializada para mejorar y aumentar la producción, realización de capacitaciones especializadas con la intención de rescatar e innovar técnicas, aunado a fortalecer la manera de comercialización de sus productos a nivel municipal, regional, nacional e internacional.

Para el año 2022, la Dirección General de Fomento Artesanal pretende consolidar el número de personas artesanas a través de sus vertientes, proyectando un padrón de beneficiarios de más de 10,000 personas artesanas con mejores oportunidades para difundir y comercializar sus productos.

  1. Objetivos

1.1. Objetivo General

Contribuir a mejorar el ingreso de las personas artesanas hidalguenses o que radiquen en el Estado con un mínimo de 5 años, mediante el impulso y desarrollo de actividades artesanales como son: apoyos para promoción, producción, capacitación y comercialización.

1.2. Objetivo Específico

Mejorar el ingreso de las personas artesanas del Estado de Hidalgo, mediante la consolidación de acciones, fomento de sus actividades y proteger su tradición. El Programa Fomento Artesanal apoya estas acciones y actividades a través de seis vertientes:

  1. Promoción y Registro de Marca.
  2. Apoyos con Financiamiento.
  3. Capacitación para el Rescate y la Preservación.
  4. Entrega de Estímulos Económicos para el Reconocimiento de la Creatividad Artesanal.
  5. Asignación de Espacios para Comercialización de Artesanías.
  6. Proyectos Artesanales.
  7. Glosario

 

  1. Agenda 2030: Instrumento transformativo aprobado en septiembre de 2015 por la Asamblea General de las Naciones Unidas, cuyo enfoque pone al centro la dignidad y la igualdad de las personas, como base de recomendaciones a través de 17 objetivos, con una alineación integrada y coherente de todas las políticas públicas para un desarrollo sostenible para América Latina y el Caribe.

 

  1. Apoyo: Bien o Servicio considerados en los programas sociales, que favorecen el desarrollo de actitudes y valores capaces de mejorar la calidad de vida de las personas, en la comunidad a la que pertenecen.

 

  • Artesanía: Resultado de una actividad realizada manualmente en forma individual, familiar o comunitaria, que tiene por objeto transformar productos o substancias orgánicas e inorgánicas en artículos nuevos, donde la creatividad personal y la mano de obra constituyen factores predominantes que les imprimen características culturales, folklóricas o utilitarias, originarias de una región determinada, mediante la aplicación de técnicas, herramientas o procedimientos transmitidos generacionalmente.

 

  1. Artesano (a): Persona cuya habilidad natural o dominio técnico de un oficio, con capacidades innatas o conocimientos prácticos o teóricos, elabora bienes u objetos de artesanía.

 

  1. Beneficiario (a): Persona que cumple los requisitos considerados en las presentes Reglas de Operación, formando parte de la población atendida por el programa.

 

  1. Comité Dictaminador: Órgano interinstitucional, que se integra por funcionarias y funcionarios de la Administración Pública Estatal.

 

  • CONAPO: Consejo Nacional de Población

 

  • CONEVAL: Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social

 

  1. CIS: Cedula de Información Socioeconómica.

 

  1. CURP: Clave Única de Registro de Población.

 

  1. Discriminación: Toda distinción, exclusión, restricción o preferencia que, por acción u omisión, con intensión o sin ella, no sea objetiva, racional, ni proporcional y tenga por objeto o resultado obstaculizar, restringir, impedir, menoscabar o anular el reconocimiento, goce o ejercicio de los derechos humanos y libertades, cuando se base en uno o más de los siguientes motivos: el origen étnico o nacional, el color de la piel, la cultura, el sexo, el género, la edad, las discapacidades, la condición social, económica, de salud, o jurídica, la religión, la apariencia física, las características genéticas, la situación migratoria, el embarazo, la lengua, las opiniones, las preferencias sexuales, la identidad o filiación política, el estado civil, la situación familiar, las responsabilidades familiares, el idioma, los antecedentes penales o cualquier otro motivo; También se entenderá como discriminación la homofobia, la misoginia, cualquier manifestación de xenofobia, segregación racial, antisemitismo, así como la discriminación racial y otras formas conexas de intolerancia.

 

  • DGFA: Dirección General de Fomento Artesanal.

 

  • Empresa de Actividad Artesanal: Familias, grupos de personas y personas morales compuestas por personas artesanas dedicadas a la producción y comercialización de artesanía.

 

  • Estado: Estado de Hidalgo.

 

  1. FONART: Fondo Nacional para el Fomento de las Artesanías

 

  • Identificación Oficial: Documento emitido por autoridad administrativa competente, mediante el cual se acredita la identidad (credencial para votar con fotografía vigente, cartilla del servicio militar nacional, cédula profesional o pasaporte vigente).

 

  • IMPI: Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial.

 

  • INEGI: Instituto Nacional de Estadística y Geografía

 

  • Instancia Ejecutora: Secretaría de Desarrollo Social del Estado de Hidalgo, a través de la Dirección General de Fomento Artesanal.
  1. Intervención: Acción que despliega la Instancia Ejecutora atendiendo al objetivo del Programa.

 

  • Línea de Bienestar: Línea definida por CONEVAL como el “valor monetario de una canasta de alimentos, bienes y servicios básicos”; que hace posible identificar a la población que no cuenta con los recursos suficientes para adquirir los bienes y servicios que requiere para satisfacer sus necesidades (alimentarias y no alimentarias).

 

  • Manualidad: Objeto o producto que es el resultado de un proceso de transformación manual o semi-industrializado a partir de materia prima procesada o prefabricada. Tanto las técnicas como la actividad misma no tienen una identidad de tradición cultural comunitaria y se pierden en el tiempo, tornándose en una labor temporal marcada por las modas y practicada a nivel individual o familiar.

 

  • Marca Colectiva: Es una marca comercial o marca de servicio utilizada, en el comercio, por un grupo de personas artesanas integrantes de una cooperativa, una asociación, u otro grupo colectivo u organización.

 

  • Matriz DAM: La Matriz de Diferenciación entre Artesanía y Manualidad (Cuestionario Complementario, Matriz DAM) es una herramienta que permite evaluar de manera sencilla las características de un producto (Origen y Obtención de la Materia Prima, Forma y Tiempo de Elaboración, entre otros) en su conjunto para determinar si éste es Artesanía, Manualidad o Híbrido, ello con la finalidad de determinar qué tipo de artesanía se tiene y si es sujeto de apoyo.

 

  • ODS: Objetivos de Desarrollo Sostenible.

 

  • Padrón Único de Personas Beneficiarias: Lista o relación oficial de datos de las personas beneficiarias que reciben utilidad o provecho de un bien o servicio otorgado por un programa social que permite conocer quién, qué, cómo, cuándo y dónde (a nivel de localidad) recibió un determinado beneficio.

 

  • Pertinencia de Género: Es una estrategia que facilita la integración del principio de igualdad en todos los procesos y etapas de la intervención.

 

  • Perspectiva de Género: Se refiere a la metodología y los mecanismos que permiten identificar, cuestionar y valorar la discriminación, desigualdad, y exclusión de las mujeres, que se pretende justificar con base en las diferencias biológicas entre mujeres y hombres, así como las acciones que deben emprenderse para actuar sobre los factores de género y crear las condiciones de cambio que permitan avanzar en la construcción de la igualdad de género.

 

  • Producción Artesanal: Procesos vinculados a las materias primas que se utilicen en las diferentes regiones del estado, existentes y futuras, que expresan la creatividad y habilidad manual de la persona artesana.

 

  • Programa: Programa Fomento Artesanal.

 

  • Registro de Marca: El derecho exclusivo relativo a una marca, se adquiere tradicionalmente mediante el registro en una oficina de propiedad industrial.

 

  • Resiliencia Social: Respuesta del Estado, a través de la Administración Pública, para intervenir ante situaciones imprevistas que impacten desfavorablemente a la población, mediante la provisión de apoyos en el marco de los programas sociales, que permita a las personas beneficiarias afrontar contextos adversos y recuperar las condiciones de normalidad en su vida cotidiana.

 

  • Secretaría de Bienestar. Dependencia de nivel Federal. (Antes SEDESOL)

 

  • SEDESO: Secretaría de Desarrollo Social (Estatal).

 

  • UTED: Unidad Técnica de Evaluación del Desempeño.

 

 

  1. Lineamientos

3.1. Cobertura

El Programa está dirigido a los 84 municipios del Estado que cuenten con actividad en ramas artesanales como alfarería y cerámica, textiles, madera, cerería, metalistería, orfebrería, joyería, fibras vegetales, cartonería y papel, talabartería y peletería, lapidaria y cantería; hueso, concha y caracol; vidrio, dando preferencia a localidades con alto y muy alto grado de marginación, así como con presencia indígena, con base a estadísticas de INEGI, CONEVAL Y CONAPO

3.2. Población

 

3.2.1     Población Potencial: Artesanas y artesanos ubicados en los 84 municipios del Estado.

3.2.2   Población Objetivo: Artesanas y artesanos hidalguenses con radicación mínima de 5 años en el Estado.

3.3. Beneficiarias y Beneficiarios

Persona (s) que cumple (n) los requisitos considerados en las presentes Reglas de Operación, formando parte de la población atendida por los programas sociales.

 3.3.1. Criterios y Requisitos de Elegibilidad

En todos los apoyos se deberá cumplir con lo siguiente:

  1. Presentar solicitud, o escrito libre, dirigido a la persona Titular de la Secretaría de Desarrollo Social o de la Dirección General de Fomento Artesanal

 

  1. Original y copia fotostática, de alguno de los siguientes documentos:
    1. Credencial para votar con fotografía vigente (INE, antes IFE).
    2. Cartilla del Servicio Militar Nacional.
    3. Pasaporte vigente.
    4. Cédula Profesional.
    5. Cédula de Identidad Ciudadana.
    6. Credencial del Instituto Nacional de las Personas Adultas Mayores (INAPAM).

 

  • En caso de no ser de origen hidalguense, presentar constancia de radicación de la persona artesana expedida por una autoridad del municipio que corresponda del Estado de Hidalgo. (mínimo 5 años).
  1. Proporcionar la información para el llenado de la Cedula de Información Socioeconómica (CIS) Anexo 1.
  2. Presentar artesanía, la cual estará sujeta a análisis conforme a la Matriz de Diferenciación entre Artesanía y Manualidad (Cuestionario Complementario, Matriz DAM) Anexo 2 (Presentar con firma autógrafa), aplicada por la Dirección General de Fomento Artesanal.

 

  • Procedimiento de selección

 

  1. Presentar solicitud en atención a las presentes Reglas de Operación del Programa.
  2. Selección de artesanías que obtienen un mínimo de 280 puntos, con base a la Matriz de Diferenciación entre Artesanía y Manualidad (DAM Anexo 2), y al Manual de Diferenciación entre Artesanía y Manualidad de FONART.
  3. Ser identificados como elegibles por medio de la Cedula de Información Socioeconómica
  4. Se integren y organicen en grupos, dando prioridad a los grupos conformados por mujeres de todas las edades y a personas indígenas o personas con discapacidad, de zonas rurales o urbanas, solo para el caso de las vertientes de Promoción y Registro de Marca, Apoyos para el Fomento Artesanal, y Capacitación para el Rescate y la Preservación, y Proyectos Artesanales.
  5. Requieran atender una problemática específica asociada al proceso de producción o comercialización artesanal, la cual pueda ser resuelta por el programa a través de un diagnostico que justifique la atención del apoyo.
  6. No haber recibido apoyos de otros programas federales y estatales por los mismos conceptos que otorga este programa en el presente ejercicio fiscal.
  7. Permitir a la Instancia Ejecutora verificar la veracidad de los datos socioeconómicos proporcionados por la o el solicitante, mediante visitas aleatorias en
  8. Para participar en la Entrega de Estímulos Económicos para el Reconocimiento de la Creatividad Artesanal, sólo se podrán registrar piezas de manera personal, si cumple con los requisitos de la convocatoria, y si resulta ganador de algún premio solamente podrá recibirlo a nombre de quien esta registrada la pieza.

3.3.2.1  Promoción y Registro de Marca

La vertiente podrá otorgar acompañamiento, derivado de un diagnostico en el cual definirá la factibilidad de proteger legalmente sus artesanías.

3.3.2.2 Apoyos con financiamiento (Programa sujeto a disponibilidad presupuestal):

 

Los apoyos se otorgarán de acuerdo al orden de prelación en que fueron presentados teniendo en cuenta la disponibilidad presupuestal, y con base en el siguiente criterio:

 

  • Ingresos por debajo de la línea de bienestar (que mide el CONEVAL).

 

  • Se dará prioridad a las personas que no hayan recibido apoyo por este concepto en el año anterior.

3.3.2.3 Capacitación para el Rescate y la Preservación (Programa sujeto a disponibilidad presupuestal):

La vertiente a través de un previo diagnóstico, tiene como objeto el mejorar la condición productiva y comercial por medio de una capacitación integral.

  1. Se dará preferencia a las personas que no hayan recibido apoyo por este concepto en el año anterior;

 

  1. Se dará prioridad a las personas que:
  2. Se organicen en grupos de más de 20 personas artesanas para recibir la capacitación;
  3. Se detecte que quieran atender una problemática específica del proceso de producción artesanal.

3.3.2.4 Entrega de Estímulos Económicos para el Reconocimiento de la Creatividad Artesanal

Cumplir con los requisitos establecidos en las convocatorias de los concursos emitidas por la Dirección General de Fomento Artesanal y en su caso del FONART, en los tiempos que así lo designe cada instancia. Haber elaborado una pieza reciente o con una antigüedad no mayor a un año y que esta no haya participado en otro concurso. La pieza debe contener características propias de la rama artesanal en la que se participa y ser una pieza especial diferente a las de uso común.

3.3.2.5  Asignación de Espacios para Comercialización de Artesanías.

  1. Con respecto al espacio para venta en la tienda Hidarte, se recibirán las artesanías de las personas artesanas que lo soliciten, para dejarlas a consignación y fijen ellos mismos sus precios.
  2. Para participar en encuentros de negocios (acopio), ferias y eventos se realizará la selección de acuerdo a la rama artesanal y al evento que, podrá ser municipal, regional, estatal o nacional, acorde a su capacidad productiva y económica, y según sea el caso de las convocatorias emitidas para cada evento y espacio. Los apoyos se otorgarán con el orden de prelación que fueron presentados para su gestión.
  3. Para el caso específico de la Feria San Francisco Hidalgo 2020, la Dirección General de Fomento Artesanal emitirá una convocatoria y el proceso de selección se realizará a través de un comité dictaminador.

3.3.2.6. Proyectos Artesanales (Programa sujeto a disponibilidad presupuestal):

Los apoyos se otorgarán de acuerdo al orden de prelación en que fueron presentados, y podrán ser de manera individual o grupal, con base en el siguiente criterio deberán estar agrupados por lo menos con 10 artesanos que formen el grupo.

 

  • Deberán tener un taller en operación.

 

  • Se dará prioridad a las personas que no hayan recibido apoyo por este concepto en el año anterior.

3.4. Características de los apoyos

3.4.1 Promoción y Registro de Marca: A través de esta vertiente se otorga el apoyo para la contratación de una consultaría o despacho que realice los documentos y manuales que requiere el IMPI además de los trámites del registro de marcas colectivas para grupos de personas artesanas ante las instancias correspondientes como el IMPI, Secretaría de Economía y Notarías Públicas. Una vez que el grupo de artesanos ha presentado su solicitud para ser beneficiario, se hará la revisión de la misma y se dará contestación de su aceptación o negación en un plazo máximo de 15 días hábiles.

CONCEPTO BENEFICIO OTORGADO MONTOS TIPO DE APOYO
Manuales Apoyo para la contratación  de los servicios de una consultaría o despacho, persona  física o moral que realice estos trabajos.

 

Se otorga apoyo económico de $1,000.00 M. N. hasta un máximo de $50,000.00 M.N. para el 100% del total del costo de los manuales Apoyo Económico para grupos de personas artesanas
Registro de Marca Registro de su marca y la constitución legal del colectivo artesanal; y registro por clase y categoría de la marca ante el IMPI. Se otorga apoyo económico de $1,000.00 M. N. hasta un máximo de $25,000.00 M.N. para el 100% del total del costo de los trámites del registro de la marca Apoyo Económico para grupos de personas artesanas
Promoción de Marca Difusión e Imagen Publicitaria; (tarjetas de presentación, páginas web, trípticos, volantes, entre otros) Se otorga  apoyo económico de $1,000.00 M. N. hasta un máximo de $25,000.00 M.N. para el 100% del costo de la difusión Apoyo Económico para grupos de personas artesanas

 

 

3.4.2.  Apoyos con financiamiento  (Programa sujeto a disponibilidad presupuestal):

 Apoyo económico para la adquisición de materia prima, herramientas y equipo destinado a la producción artesanal. Una vez que el artesano ha presentado su solicitud para ser beneficiario, se hará la revisión de la misma y se dará contestación de su aceptación o negación en un plazo máximo de 90 días hábiles.

 

CONCEPTO BENEFICIO OTORGADO MONTOS TIPO DE APOYO
 Apoyos con financiamiento Financiamientos individuales o grupales a artesanos. De $750.00 M. N. hasta un máximo de $15,000.00 M.N. Apoyo económico individuales o hasta de 10 personas

 

3.4.3. Capacitación para el Rescate y la Preservación (Programa sujeto a disponibilidad presupuestal): La vertiente otorgará la capacitación a través de la contratación de instructores, para el rescate de técnicas tradicionales en la elaboración de artesanías, desarrollo, innovación y diseño de nuevos productos, así como mejoras en el proceso productivo, enfocado al mejoramiento de la condición productiva y comercial de las y los artesanos. Una vez que el grupo de artesanos ha presentado su solicitud para ser beneficiarios, se hará la revisión de la misma y se dará contestación de su aceptación o negación en un plazo máximo de 90 días hábiles.

 

CONCEPTO BENEFICIO OTORGADO MONTOS TIPO DE APOYO
Capacitación para el Rescate y la Preservación Capacitación a grupos para el rescate de técnicas tradicionales y mejoramiento de su condición productiva y comercial Capacitación hasta por $25,000.00 M.N. para pago del instructor por curso Capacitación a grupos de hasta 25 personas

 

3.4.4. Entrega de Estímulos Económicos para el Reconocimiento de la Creatividad Artesanal: Este apoyo pretende acciones de reconocimiento de las personas artesanas, los recursos de esta vertiente pueden ser complementados con recurso de los gobiernos federal y municipal si es el caso, premiando a las y los artesanos ganadores de los primeros lugares en las distintas categorías. Una vez que el artesano ha presentado su solicitud para participar en los concursos, se hará la revisión de la misma y se dará contestación de manera inmediata conforme a la convocatoria correspondiente.

CONCEPTO BENEFICIO OTORGADO MONTOS TIPO DE APOYO
Entrega de Estímulos Económicos para el Reconocimiento de la Creatividad Artesanal Premios en efectivo De $750.00 a $10,000.00 M.N.  por premio Apoyo económico para personas artesanas ganadoras

3.4.5. Asignación de Espacios para Comercialización de Artesanías: Gestión de espacios para venta, encuentro de negocios, ferias y encuentros para la comercialización de artesanías del Estado. Autorización sujeta a disponibilidad presupuestal. Una vez que el artesano ha presentado su solicitud para ser beneficiario, se hará la revisión de la misma y se dará contestación de su aceptación o negación en un plazo máximo de 30 días hábiles.

 

CONCEPTO BENEFICIO OTORGADO MONTOS TIPO DE APOYO
Asignación de Espacios para Comercialización de Artesanías Espacios para la comercialización de artesanías Se otorgan sin costo Individual

(Sujeto a disponibilidad de espacios)

Asignación de Espacios para Comercialización de Artesanías. Vínculo para venta Se otorga sin costo Individual

(Sujeto a disponibilidad de espacios)

Asignación de Espacios para Comercialización de Artesanías. Espacios en ferias y eventos para comercialización de artesanías Se otorgan sin costo Individual

(Sujeto a disponibilidad de espacios)

 

 

3.4.6. Proyectos Artesanales (Programa sujeto a disponibilidad presupuestal): Apoyo individual o grupal para la realización de proyectos dirigidos hacia la mejora de la capacidad productiva, comercial, y de difusión orientados a la producción artesanal de los integrantes de talleres en operación. Una vez que se haya presentado la solicitud para ser beneficiario, se hará la revisión de la misma y se dará contestación de su aceptación o negación en un plazo máximo de 90 días hábiles.

 

CONCEPTO BENEFICIO OTORGADO MONTOS TIPO DE APOYO
Proyectos Artesanales Apoyo individual o grupal económico o en especie para la realización de proyectos (materia prima, herramienta, equipo, capacitación, salud y seguridad en el trabajo, campañas de difusión y comercialización asistencia a eventos de carácter artesanal , compra directa de artesanías, espacios para venta, rehabilitación de talleres, certificación de artesanos y talleres) De $1,000.00 M. N. hasta un máximo de $900,000.00 M.N. Apoyo económico o en especie, individual o grupal

 

3.5 Derechos, Obligaciones y Sanciones

 

  • Derechos
  1. Solicitar y recibir información sobre el estado que guardan las gestiones que hubieren realizado;
  2. Recibir los apoyos conforme a las disposiciones del Programa, en caso de resultar beneficiario;
  3. Recibir un trato respetuoso, oportuno y con calidad, equitativo y sin discriminación alguna;
  4. Tener la reserva y privacidad de la información personal y en algunos ceder el uso de esta información;
  5. Presentar denuncias y quejas ante las instancias correspondientes por el incumplimiento de estas Reglas de Operación;

 

3.5.2 Obligaciones

 

  1. Proporcionar, bajo protesta de decir verdad, la información que se les requiera de acuerdo a estas Reglas de Operación;
  2. Permitir a la Instancia Ejecutora verificar la veracidad de los datos socioeconómicos proporcionados por la o el solicitante, mediante visitas aleatorias en campo;
  3. Entregar en tiempo y forma la documentación comprobatoria en original de los apoyos otorgados y elementos que comprueben la correcta aplicación de los recursos a la instancia ejecutora;
  4. Permitir a la Instancia Ejecutora efectuar visitas de acompañamiento consideradas por los operadores de las vertientes, previamente programadas y concertadas con los beneficiarios a las instalaciones o lugares donde se lleven a cabo las acciones, para verificar la aplicación de recursos.

 

3.5.3 Sanciones

 

Ante el incumplimiento de las presentes Reglas de Operación, la instancia ejecutora y según sea el caso la instancia normativa derivada de la Coordinación Institucional, determinarán las sanciones correspondientes.

 

3.5.4 Cancelación del Apoyo

 

Cuando las personas beneficiarias incurran en:

 

  1. Faltas a las obligaciones señaladas en estas Reglas de Operación;
  2. Cuando renuncien expresamente por escrito a los apoyos;
  3. Cuando los recursos que les fueron otorgados, sean utilizados para usos distintos a los fines del programa.
  4. Cuando haya diferencias o discrecionalidad en la entrega de los apoyos en los grupos de artesanos beneficiarios.

 

3.5 Participantes

 

  • Instancia Ejecutora

La Secretaría de Desarrollo Social a través de la Dirección General de Fomento Artesanal, conforme a lo dispuesto en las presentes Reglas de Operación, así como todas aquellas instancias que determine dicha Secretaría para la ejecución y operación del Programa.

 

3.6.2 Instancia Normativa

 

La Secretaría de Desarrollo Social fungirá como la instancia Normativa del Programa.

 

3.7 Coordinación Institucional

 

La Secretaría de Desarrollo Social promoverá la coordinación institucional y la vinculación de acciones, buscando optimizar los recursos asignados; el fortalecimiento y ampliación de la cobertura; aprovechar la complementariedad, así como evitar acciones que se contrapongan o dupliquen con los propósitos de otros programas sociales de carácter estatal o federal.

De esta forma, podrá establecer mecanismos de coordinación con la Federación y los Municipios, en el marco de las presentes Reglas de Operación y la Normatividad aplicable.

  1. Operación

4.1. Proceso

De acuerdo a lo dispuesto en las presentes Reglas de Operación en sus apartados de Elegibilidad y Requisitos, las y los interesados en obtener el apoyo, deberán solicitarlo a través de la Secretaría de Desarrollo Social o la Dirección General de Fomento Artesanal, ubicadas en el Blvd. Felipe Ángeles, Km. 93.50, Centro Minero, Edificio 1B, Col, Venta Prieta, 42080 Pachuca de Soto y Av. Juárez s/n esquina Vicente Segura Col. Periodistas respectivamente, durante el periodo que comprende de enero a diciembre.

 

Las y los solicitantes deberán presentar su producto, el cual estará sujeto a un análisis conforme a la Matriz de Diferenciación entre Artesanía y Manualidad (Cuestionario Complementario, Matriz DAM) y otorgar la información necesaria para el llenado de la Cédula de Información socioeconómica (CIS) que será aplicado por la Instancia Ejecutora.

 

La Secretaría de Desarrollo Social recibirá las solicitudes de apoyo y procederá a seleccionarlas con base en lo establecido en las presentes Reglas de Operación e informará a las instituciones y a las y los aspirantes, sobre los apoyos otorgados.

 

La Instancia Ejecutora verificará la veracidad de los datos socioeconómicos proporcionados por la o el solicitante, mediante visitas aleatorias en campo; y se deberá presentar la comprobación requerida por la vertiente, en caso de ser beneficiado con algún apoyo económico por la Dirección General de Fomento Artesanal.

 

La Instancia Ejecutora efectuará las visitas de acompañamiento que sean consideradas por los operadores de las vertientes, previamente programadas y concertadas con los beneficiarios a las instalaciones o lugares donde se lleven a cabo las acciones, para verificar la aplicación de recursos.

4.2. Ejecución

4.2.1. Avances Físicos Financieros

 

La Instancia Ejecutora deberá formular reportes trimestrales sobre el avance físico y financiero del Programa, según lo establezca la normativa emitida por la Secretaría de Finanzas Públicas del Gobierno del Estado. Esta información permitirá conocer la eficiencia de operación, así como la derrama de recursos, y los alcances de metas entre la población beneficiaria; así mismo, será utilizada para integrar los informes institucionales correspondientes.

4.2.2. Cierre de Ejercicio

Conforme a las normas aplicables al cierre del ejercicio fiscal 2020, la Secretaría de Desarrollo Social, una vez determinado el avance físico financiero logrado, elaborará un informe de resultados del ejercicio para su evaluación.

4.2.3. Comprobación de Recursos

 

Presentar ante la Secretaría de Finanzas Públicas del Gobierno del Estado, los estados financieros del Programa de acuerdo a la normatividad aplicable.

 

La documentación comprobatoria a entregar a la Secretaría de Finanzas Públicas, será definida por esta Institución con base al Manual de Normas y Lineamientos para el Ejercicio de los Recursos, de los proyectos y acciones de los programas contemplados en el ejercicio del gasto de operación y gasto de inversión 2020.

 

4.2.4. Gastos de Operación 

 

Para el desarrollo de las diversas acciones de planeación, operación, supervisión, seguimiento, contraloría y evaluación, se podrán destinar recursos del presupuesto asignado al Programa.

 

Del presupuesto total autorizado, se destinará el 5% para gastos de operación, los cuales se distribuirán y ejercerán de conformidad con los lineamientos que para este efecto emita la Instancia Normativa.

 

4.2.5 Recursos No Devengados

 

Los recursos no devengados al cierre del ejercicio, deberán ser reintegrados a la instancia correspondiente del Gobierno del Estado, en los términos de la normatividad aplicable.

  1. Auditoría, Control y Seguimiento

Las Instancias Ejecutoras serán responsables de la supervisión directa de las acciones, así como de verificar que en su ejecución se cumpla con la normatividad aplicable.

 

La Instancia Ejecutora dará todas las facilidades a las instancias fiscalizadoras para realizar, en el momento que lo juzguen pertinente, las auditorías que consideren necesarias; asimismo, efectuará el seguimiento y la solvencia de las observaciones planteadas por los órganos de control.

 

La inobservancia de esta disposición, independientemente de las sanciones a que hubiere lugar, limitará la ministración de los recursos en el siguiente ejercicio presupuestal.

5.1. Auditoría

La Instancia Ejecutora ejercerá los recursos exclusivamente para los fines del cumplimiento de los objetivos de este Programa. Los lineamientos para el ejercicio de los recursos, están normados por el Manual de Normas y Lineamientos para el Ejercicio de los Recursos, de Gasto de Operación y Gasto de Inversión 2020 emitido por la Secretaría de Finanzas Públicas del Gobierno del Estado de Hidalgo.

5.2. Control y Seguimiento

Con el propósito de mejorar la operación del Programa, la Secretaría de Desarrollo Social llevará a cabo el seguimiento al ejercicio de los recursos asignados, las acciones ejecutadas, sus resultados y metas alcanzadas. De igual forma, conducirá las acciones de seguimiento físico para verificar el cumplimiento del Programa.

La información con respecto a avances de metas (montos de apoyos y de recuperación), se rendirá por parte de la Instancia Ejecutora de manera trimestral y anual.

  1. Monitoreo y Evaluación

6.1. Monitoreo

Este Programa está diseñado conforme a la Metodología del Marco Lógico y cuenta con una Matriz de Indicadores para Resultados (MIR), que será referente para el monitoreo y evaluación, elaborada a partir de la información señalada en los Lineamientos específicos de Evaluación del Desempeño que emite la Secretaría de Finanzas Públicas del Gobierno del Estado.

 

Así mismo, se reportará el avance y resultados de los indicadores de la MIR a la Unidad Técnica de Evaluación del Desempeño de la Secretaría de Finanzas Públicas, los cuales permitirán verificar el grado de cumplimiento de los objetivos del Programa, estos resultados podrán ser consultados en: http://s-finanzas.hidalgo.gob.mx/?p=3197

 

Los indicadores de resultados establecidos son:

 

INDICADORES
NOMBRE DEL INDICADOR FÓRMULA VARIABLES FRECUENCIA DE MEDICIÓN DIMENSIÓN
PORCENTAJE DE ARTESANOS INTEGRADOS EN EL PADRÓN POR RAMA ARTESANAL EN FOMENTO A LA CULTURA ARTESANAL PAPRA=(TAIRA/TARP)*100 TAIRA= TOTAL DE ARTESANOS REGISTRADOS EN EL PADRÓN

 

TOTAL DE ARTESANOS INTEGRADOS POR RAMA ARTESANAL

TRIMESTRAL EFICACIA
PORCENTAJE DE ARTESANOS Y ARTESANAS CON PARTICIPACIÓN ACTIVA QUE MEJORAN SU CONDICIÓN PRODUCTIVA ABIV=(AMCP/ARP)*100 AMCP=ARTESANOS (AS) QUE MEJORAN SU CONDICIÓN PRODUCTIVA

 

ARP=ARTESANOS (AS) REGISTRADOS (AS) EN

EL PADRÓN

TRIMESTRAL EFICACIA
PORCENTAJE DE ARTESANOS BENEFICIADOS CON PROMOCIÓN Y REGISTRO DE MARCA PABPM=(ABPM/SPM)*100 ABPM=ARTESANOS BENEFICIADOS CON

PROMOCIÓN Y MARCA

 

SPM=SOLICITUDES DE PROMOCIÓN Y MARCA

TRIMESTRAL EFICACIA
PORCENTAJE DE ARTESANOS APOYADOS CON FINANCIAMIENTO PAAF=(AAF/SFA)*100 AAF=ARTESANOS (AS) APOYADOS (AS) CON FINANCIAMIENTO

 

SFA=SOLICITUDES DE FINANCIAMIENTO PARA ARTESANOS

TRIMESTRAL EFICACIA
PORCENTAJE DE ARTESANOS (AS) CAPACITADOS (AS) PARA EL RESCATE DE TECNICAS PACPRT=(NAC/SCA)*100 NAC=NUMERO DE ARTESANOS CAPACITADOS

 

SCA= SOLICITUDES DE CAPACITACIÓN DE

ARTESANOS

TRIMESTRAL EFICACIA
PORCENTAJE DE ARTESANOS RECONOCIDOS EN CONCURSOS PAPC=(ARC/APC)*100 ARC=ARTESANOS RECONOCIDOS EN CONCURSOS

 

APC=ARTESANOS PARTICIPANTES EN CONCURSOS

 

TRIMESTRAL EFICACIA
PORCENTAJE DE ARTESANOS BENEFICIADOS CON LA ASIGNACIÓN DE ESPACIOS PABE=(ABE/NAP)*100 ABE=ARTESANOS BENEFICIADOS CONESPACIOS

 

NAP=NUMERO DE ARTESANOS PARTICIPANTES

 

TRIMESTRAL

EFICACIA
PORCENTAJE DE ARTESANOS BENEFICIADOS CON PROYECTOS ARTESANALES PABPA=(AAPA/AENOE)*100 AAPA=ARTESANOS ATENDIDOS CON PROYECTOS ARTESANALES

 

AENOE=NUMERO DE ARTESANOS DEL ENOE

TRIMESTRAL EFICACIA

 

 

6.2. Evaluación

De conformidad con el artículo 93 de la Ley de Presupuesto y Contabilidad Gubernamental del Estado de Hidalgo, la Secretaría de Finanzas Públicas y la Secretaría de Contraloría podrá realizar, por sí misma o a través de terceros, evaluaciones de los programas e incluirlos en el Programa Anual de Evaluación. La Unidad Técnica de Evaluación del Desempeño deberá revisar los resultados, así como verificar el cumplimiento de los términos de referencia estatales o a falta de éstos se verificarán con base a los emitidos por la Federación. Los resultados de las evaluaciones serán publicados en términos del Capítulo VII de los Lineamientos Generales del Sistema Estatal de Evaluación del Desempeño.

Para los efectos de seguimiento en la evaluación del Programa, la Instancia Ejecutora requisitará debidamente los formatos de evaluación interna que para tal fin establezca la Secretaría de Desarrollo Social, y en los tiempos que ésta determine.

  1. Transparencia

7.1. Difusión

Estas Reglas de Operación, además de su publicación en el Periódico Oficial y toda la información relativa al Programa, estará disponible en la página electrónica de la Secretaría de Desarrollo Social del Gobierno del Estado de Hidalgo, www.hidalgo.gob.mx y la liga http://intranet.e-hidalgo.gob.mx/NormatecaE/Inicio.taf

 

La Instancia Ejecutora será la encargada de realizar la promoción, difusión y ejecución del Programa, a través de las instancias correspondientes.

 

La papelería, documentación oficial, la publicidad y promoción del servicio contendrá la imagen institucional del Gobierno del Estado y se llevará a cabo en los términos señalados por la Ley de Desarrollo Social del Estado de Hidalgo.

 

Conforme a lo dispuesto en el Artículo 76 de la Ley de Desarrollo Social del Estado de Hidalgo, la publicidad y la información relativa a este Programa, deberá identificarse con el escudo o logotipo del Estado de Hidalgo y deberá contener la leyenda: “Este Programa es de carácter público, no es patrocinado ni promovido por partido político alguno y sus recursos provienen de los impuestos que pagan los contribuyentes. Está prohibido el uso de este Programa con fines políticos, electorales, de lucro y otros distintos a los establecidos. Quien haga uso indebido de los recursos de este Programa deberá ser denunciado y sancionado de acuerdo a la Ley aplicable”.

Los datos personales recabados de beneficiarios (as) serán protegidos de conformidad con lo dispuesto en los Artículos 68, 69 y tercero transitorio de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información; Artículos 20 y 21 Capítulo IV Protección de datos personales, de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental; Artículos 42,43 y 44 del Título Cuarto de los Datos Personales Capítulo I de la Protección de Datos Personales de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental para el Estado de Hidalgo y las demás disposiciones aplicables.

7.2. Integración del Padrón Único de Personas Beneficiarias

El padrón del Programa se conforma por personas que hayan cumplido con los requisitos de elegibilidad y criterios establecidos en estas Reglas de Operación, conforme a lo establecido en el marco de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental para el Estado de Hidalgo y estará disponible en:

http://seproa.hidalgo.gob.mx/Padrones/PUB/Selecciona.php

7.3. Contraloría Social

Con base en la normatividad de la Secretaría de Contraloría, se propiciará la participación de las y los beneficiarios del Programa en el ejercicio de la contraloría social, cuyo principal objetivo será supervisar, dar seguimiento y vigilancia a la aplicación y cumplimiento estricto de las acciones consideradas en estas Reglas de Operación.

7.4. Acciones de Blindaje Electoral

En la operación y ejecución de los recursos y proyectos de este Programa sujetos a las presentes Reglas de Operación se deberán observar y atender las medidas de carácter permanente contenidas en las leyes locales y o federales aplicables, los acuerdos emitidos por las autoridades administrativas electorales tanto de carácter federal como local, así como aquellas específicas que sean emitidas de forma previa para los procesos electorales, federales, estatales y municipales, con la finalidad de prevenir el uso de recursos públicos y programas sociales con fines particulares, partidistas o político–electorales. Con estas acciones se fomenta la cultura de la transparencia, la legalidad y la rendición de cuentas.

  1. Enfoque de Derechos

Con el objeto de generar las condiciones necesarias para el acceso equitativo e igualitario en términos de disponibilidad, accesibilidad y calidad en las acciones que se realizan en el Programa, se implementarán mecanismos que hagan efectivos el acceso a la información gubernamental y se asegurará que el acceso a los apoyos y servicios se otorguen únicamente con base a lo establecido en las Reglas de Operación, sin discriminación o distinción alguna.

 

De igual manera, se fomentará que las mujeres y hombres servidores públicos involucrados en la operación del Programa, promuevan, respeten, protejan y garanticen el ejercicio efectivo de los derechos humanos de las personas beneficiarias, acorde a los principios de universalidad, interdependencia, indivisibilidad y progresividad, establecidos en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, brindando en todo momento un trato digno y de respeto a la población objetivo, con apego a los criterios de igualdad y no discriminación, referidos en nuestra Carta Magna.

El Programa fomentará la vigencia efectiva y respeto irrestricto de los derechos de la población en situación de vulnerabilidad, como lo son personas con discapacidad, adultas mayores, mujeres víctimas de violencia, jefas de familia, y de los pueblos indígenas, tomando en consideración sus circunstancias, para contribuir a la generación de conocimiento y acciones que potencien su desarrollo integral e inclusión plena.

  1. Pertinencia de Género

El Programa prevé la pertinencia de género para identificar si las acciones contenidas y los apoyos otorgados tienen repercusiones negativas o positivas, directas o indirectas, para el logro de la igualdad entre mujeres y hombres, y si tiene efectos sobre el aumento o disminución de las brechas de desigualdad por orden de género, en el acceso a derechos, oportunidades y recursos.

  1. Perspectiva de Género

El Programa incorpora la perspectiva de género que coadyuva en la identificación de las necesidades e intereses diferenciados de mujeres y hombres en función de su sexo, pertenencia étnica, el momento de su ciclo de vida, condición migratoria, marginación y violencia de género, para contribuir al acceso, control y aprovechamiento de los recursos y beneficios sociales, impulsando la igualdad de oportunidades y la flexibilidad de criterios para un acceso equitativo.

  1. Participación Social

Con el objeto de promover la participación social en zonas donde opera el Programa, la Secretaría de Desarrollo Social en coordinación con las instancias coadyuvantes apoyará la integración, operación y seguimiento de comités sociales, con funciones de validación de las y los beneficiarios, así como verificación de las acciones financiadas con recursos del Programa.

 

Los comités sociales estarán integrados por mujeres y hombres que residan en las zonas de atención y reciban el beneficio del Programa, quienes participarán de manera organizada, voluntaria y honorífica.

 

El ejercicio de la contraloría social, formará parte de las funciones de los comités sociales y establecerán prácticas de corresponsabilidad de las personas beneficiarias, para involucrarse en actividades propias del Programa.

 

El comité social estará integrado por mujeres y hombres beneficiarios para desempeñar los cargos de Presidente (a), Secretario (a) Técnico (a), Tesorero (a) (en el caso de que haya aportaciones comunitarias), Vocal de Contraloría Social y Vocalías Auxiliares que pueden realizar funciones de organización; todos ellos deberán recibir una capacitación básica sobre las funciones y obligaciones inherentes al desempeño de sus cargos.

 

Los comités sociales se integrarán y funcionarán de acuerdo a lo establecido por la Subsecretaría de Participación Social y Fomento Artesanal.

  1. Interculturalidad

Se favorecerá un modo de convivencia en el que las personas grupos e instituciones con características culturales y posiciones diversas convivan y se relacionen de manera abierta horizontal, incluyente, respetuosa y sinérgica en un contexto compartido.

 

Para tal efecto, se aplicarán los principios de universalidad, en reconocimiento al marco internacional de los derechos humanos; Inclusión, igualdad y no discriminación, bajo los criterios de equidad social, igualdad de género, hospitalidad, justicia distributiva e interdependencia; participación, para impulsar el empoderamiento ciudadano, la transparencia y la rendición de cuentas; exigibilidad, como compromiso de responsabilidad institucional y para posibilitar las quejas y denuncias de la población beneficiaria y la aplicación de las sanciones correspondientes; efectividad, considerando la intersectorialidad a fin de establecer mecanismos de diálogo y colaboración y la capacitación a funcionarios (as) en materia de derechos humanos, así como realización progresiva, al evitar la reducción de recursos, máximo uso de recursos disponibles, y cumplimiento de objetivos e indicadores que den cuenta de la inclusión de las personas incorporadas al Programa.

  1. Corresponsabilidad, Productividad y Sustentabilidad

El Programa impulsará prácticas de responsabilidad compartida, productividad y sustentabilidad, a efecto de que las y los beneficiarios estén en condición de desarrollar sus capacidades y habilidades, participando activamente en sus comunidades para el logro de los propósitos que establece la política social del Estado de Hidalgo.

 

Como complemento de las acciones del Programa, se considera llevar a cabo acciones de colaboración para el impulso a programas de salud, educación, deporte, derechos humanos, combate a la fármaco-dependencia y a la violencia familiar, entre otras, en coordinación con las dependencias y entidades de los tres órdenes de gobierno.

 

  1. Alineación con la Agenda de Desarrollo Sostenible 2030

 

La Agenda para el Desarrollo Sostenible que contiene los 17 Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS), proclamada por la Organización de las Naciones Unidas (ONU), establece las más apremiantes primacías a las que los Estados de todo el mundo deben comprometerse para transformar la realidad y el potencial de los pueblos.

 

El Gobierno del Estado de Hidalgo comparte y hace propia esta visión, como una de las guías que permitan llevar a la población hidalguense a mejores condiciones de vida, principalmente a ese importante y mayoritario sector que vive con carencias. Bajo este contexto, el Programa de Fomento Artesanal identifica de forma clara 4 de los 17 Objetivos de Desarrollo Sostenible a los cuales se alinea su núcleo de atención, siendo estos: 1  Poner fin a la pobreza en todas sus formas en todo el mundo, donde enfatiza que el crecimiento económico debe ser inclusivo con el fin de crear empleos sostenibles y promover la igualdad y cuya meta 1.4 refiere garantizar que todos los hombres y mujeres, en particular los pobres y los vulnerables, tengan los mismos derechos a los recursos económicos y acceso a los servicios básicos, la propiedad y el control de la tierra y otros bienes, la herencia, los recursos naturales, las nuevas tecnologías apropiadas y los servicios financieros, incluida la microfinanciación.

 

Asimismo, se alinea con el objetivo 5 enfocado a: Lograr la igualdad de géneros y empoderar a todas las mujeres y las niñas, donde se destaca que al facilitar a las mujeres y niñas igualdad en el acceso a la educación, atención médica, un trabajo decente y representación en los procesos de adopción de decisiones políticas y económicas, se impulsarán las economías sostenibles y se beneficiará a las sociedades y a la humanidad en su conjunto y cuyas metas 5.4,5.a, y 5.c. refieren: Reconocer y valorar los cuidados y el trabajo doméstico no remunerados mediante servicios públicos, infraestructuras y políticas de protección social, y promoviendo la responsabilidad compartida en el hogar y la familia, según proceda en cada país; Emprender reformas que otorguen a las mujeres igualdad de derechos a los recursos económicos, así como acceso a la propiedad y al control de la tierra y otros tipos de bienes, los servicios financieros, la herencia y los recursos naturales, de conformidad con las leyes nacionales; y Aprobar y fortalecer políticas acertadas y leyes aplicables para promover la igualdad de género y el empoderamiento de todas las mujeres y las niñas a todos los niveles.

 

De igual manera el Programa tiene correspondencia con el objetivo 10 Reducir la desigualdad en y entre los países, cuya meta 10.2 establece potenciar y promover la inclusión social, económica y política de todas las personas, independientemente de su edad, sexo, discapacidad, raza, etnia, origen, religión o situación económica u otra condición; así como con el objetivo 16 Promover sociedades pacíficas e inclusivas para el desarrollo sostenible, facilitar el acceso a la justicia para todos y crear instituciones eficaces, responsables e inclusivas a todos los niveles, cuya meta 16.b refiere promover y aplicar leyes y políticas no discriminatorias en favor del desarrollo sostenible.

 

  1. Reconocimiento de Niñas, Niños y Adolescentes como titulares de derechos.

 

El Programa asume el cambio institucional y de políticas públicas desde la perspectiva de infancia y adolescencia al considerar la observancia de los objetivos nacionales para promover y garantizar los derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes, que se corresponden con los Objetivos de Desarrollo Sostenible de la Agenda 2030, a fin de dar cumplimiento a lo que establece la Ley General en la materia, a los tratados internacionales de los que el Estado Mexicano es parte, e impactar positivamente las condiciones y calidad de vida de la Niñas, Niños y Adolescentes, reducir las brechas de desigualdad; prevenir y reducir la violencia; así como combatir el trabajo infantil y la discriminación, como también lo establece la  política transversal para el desarrollo y protección de niñas, niños y adolescentes establecida en el Plan Estatal de Desarrollo 2016-2022.

En este sentido, las acciones del Programa retoman la obligación de garantizar la aplicación de la perspectiva de derechos de la niñez y la adolescencia en corresponsabilidad con los miembros de la familia y la sociedad, considerando aquellos aspectos fundamentales de atención que han sido establecidos en el marco de la política pública dirigida a Niñas, Niños y Adolescentes, siendo estos: Vida, supervivencia y existencia; Desarrollo Integral y Vida Digna; Protección Especial y Restitución de Derechos y; Participación y Ejercicio de Ciudadanía.

En este contexto, el Programa Fomento Artesanal tiene alineación directa con los dominios de Supervivencia; Desarrollo; Protección; y Participación en los que se encuentran agrupados los Objetivos Nacionales de Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, y específicamente vincula sus acciones con los objetivos: 5. Embarazo adolescente; 6. Igualdad y no discriminación; 7. Pobreza y carencias sociales; 9. Población Indígena; 10. Población con Discapacidad; 17. Emergencias; 19. Trabajo Infantil; y 21. Participación de niños, niñas y adolescentes.

 

  1. Perspectiva de Prevención y Eliminación de la Discriminación

 

El Programa evitará toda práctica discriminatoria que tenga como efecto impedir o anular el reconocimiento o ejercicio de los derechos y la igualdad real de oportunidades, entendiéndose por discriminación toda distinción, exclusión, restricción o preferencia que, por acción u omisión, con intención o sin ella, no sea objetiva, racional, ni proporcional y tenga por objeto o resultado, obstaculizar, restringir, impedir, menoscabar o anular el reconocimiento, goce o ejercicio de los derechos humanos y libertades, cuando se base en uno o más de los siguientes motivos: el origen étnico o nacional, el color de piel, la cultura, el sexo, el género, la edad, las discapacidades, la condición social, económica, de salud o jurídica, la religión, la apariencia física, las características genéticas, la situación migratoria, el embarazo, la lengua, las opiniones, las preferencias sexuales, la identidad o filiación política, el estado civil, la situación familiar, las responsabilidades familiares, el idioma, y los antecedentes penales.

También se entenderá como discriminación la homofobia, misoginia, cualquier manifestación de xenofobia, segregación racial, antisemitismo, así como la discriminación racial y otras formas conexas de intolerancia.

  1. Quejas y Denuncias

Las personas beneficiarias del Programa, pueden presentar quejas y denuncias ante las instancias correspondientes sobre cualquier hecho, acto u omisión que produzca o pueda producir daños al ejercicio de sus derechos establecidos en las presentes Reglas de Operación, o contravengan sus disposiciones y de la demás normatividad aplicable.

17.1. Mecanismos e Instancias

Se recibirán las quejas, sugerencias y denuncias en el portal del Gobierno del Estado en la dirección electrónica por internet http://scontraloriaytg.hidalgo.gob.mx/setac/, a través del sistema electrónico-telefónico de atención ciudadana (SETAC), o en la línea de atención telefónica 01 771 71 76000 Ext. 2908, y en los buzones establecidos para este propósito en las presidencias municipales.

 

Así mismo en la Contraloría Interna de la Secretaría de Desarrollo Social ubicada en Blvd. Felipe Ángeles, Km. 93.50, Centro Minero, Edificio 1B, Col, Venta Prieta, 42080 Tel. 71 7 60 00 ext. 8959 Pachuca Hidalgo.

 

TRANSITORIO

 

ÚNICO. El presente Acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial del Estado de Hidalgo.

 

Dado en la residencia del Poder Ejecutivo del Estado, en la ciudad de Pachuca de Soto, Estado de Hidalgo a los 24 días del mes de febrero del dos mil veinte.

 

 

SECRETARIO DE DESARROLLO SOCIAL

 

 

LIC. DANIEL ROLANDO JIMÉNEZ ROJO

RÚBRICA

 

 

 

 

 

 

SECRETARIA DE DESARROLLO SOCIAL
SUBSECRETARIA DE PARTICIPACIÓN SOCIAL Y FOMENTO ARTESANAL
DIRECCIÓN GENERAL DE FOMENTO ARTESANAL
CÉDULA DE INFORMACIÓN SOCIOECONÓMICA
DATOS PERSONALES
NOMBRE (S):          
APELLIDO PATERNO:          
APELLIDO MATERNO:          
EDAD:   SEXO:       (   H   )     /     (   M   ) R.F.C.:
FECHA DE NACIMIENTO:         CURP:
LUGAR DE NACIMIENTO       NIVEL ESCOLAR:  
DOMICILIO
CALLE:         NÚMERO:
COLONIA:         TELÉFONO 10 DÍGITOS
LOCALIDAD:       MUNICIPIO:  
DATOS DEL CÓNYUGE
NOMBRE (S):          
APELLIDO PATERNO:          
APELLIDO MATERNO:          
EDAD:   SEXO:       (   H   )     /     (   M   ) R.F.C.:
FECHA DE NACIMIENTO:         CURP:
LUGAR DE NACIMIENTO       NIVEL ESCOLAR:  
OCUPACIÓN:          
DEPENDIENTES ECONÓMICOS
CUÁNTAS PERSONAS DEPENDEN DE USTED?       ESPECIFIQUE:
NOMBRE (S):       EDAD: SEXO:       (  H  )    /     (  M  )
OCUPACIÓN:          
NOMBRE (S):       EDAD: SEXO:       (  H  )    /     (  M  )
OCUPACIÓN:       0  
NOMBRE (S):       EDAD: SEXO:       (  H  )    /     (  M  )
OCUPACIÓN:          
NOMBRE (S):       EDAD: SEXO:       (  H  )    /     (  M  )
OCUPACIÓN:          
NOMBRE (S):       EDAD: SEXO:       (  H  )    /     (  M  )
OCUPACIÓN:  
¿ALGÚN MIEMBRO DE LA FAMILIA SUFRE DISCAPACIDAD?   SI                                  NO  
AUDITIVA VISUAL MOTRIZ MENTAL LENGUAJE
¿ALGÚN MIEMBRO DE LA FAMILIA HA EMIGRADO AL EXTRANJERO A TRABAJAR?  
PARENTESCO: ENVÍA ALGUNA APORTACIÓN ECONÓMICA: SI                                  NO
¿SABE SU LUGAR DE RESIDENCIA? NO SI ¿CUÁL?  
¿TIENE EL JEFE(A) DE FAMILIA DEL HOGAR O ALGUNO DE SUS DEPENDIENTES ECONÓMICOS ACCESO A SERVICIOS DE SALUD?
SI (          )  IMSS (          )  SSA (          )  OTRO(S)
NO (          )  ISSSTE (          )  INSTITUCIÓN ESTATAL  
APOYO SOLICITADO
APOYO SOLICITADO:          
           
¿PERTENECE ALGUNA ORGANIZACIÓN?   ¿CUÁL?    
¿TIENE USTED ALGUNA REPRESENTATIVIDAD:        
SE HA SOLICITADO A OTRA(S) DEPENDENCIA(S) ESTATALES O MUNICIPALES:    
   
           
¿HA SIDO BENEFICIADO CON ALGÚN PROGRAMA FEDERAL?   SI NO
   
(          )  SAGARPA (          ) OPORTUNIDADES (          ) EMPLEO TEMPORAL
(          )  PROMUSAG (          ) MICRO REGIONES (          )  INICIATIVA CIUDADANA 3X1
(          )  FAPPA (          ) INSTITUTO NACIONAL DE LOS PUEBLOS INDÍGENAS (          )  FONART
(          )  RECONVERSIÓN PRODUCTIVA (          ) HÁBITAT (          )  INAPAM
(          )  JORNALEROS AGRÍCOLAS (          ) INCENTIVOS ESTATALES (          )  TU CASA
(          )  JÓVENES POR MÉXICO (          ) APOYO ALIMENTARIO (          )  LICONSA
(          )  OTROS (          ) VIVIENDA RURAL (          )  ADULTOS MAYORES RURALES
   
DATOS SOBRE INGRESOS
ACTIVIDAD ECONÓMICA:        
INGRESOS MENSUALES NETOS:        
GASTOS MENSUALES APROXIMADOS:        
DATOS FÍSICOS DEL DOMICILIO
CASA: (          )   PROPIA   (          )   RENTADA (          )   PRESTADA
PISO: (          )   TIERRA (          )   CEMENTO (          )   MOSAICO
AGUA (          )   SI LUZ (          )   SI DRENAJE Y           (          )   SI
POTABLE: (          )   NO ELÉC. (          )   NO ALCANT.           (          )   NO
CUENTA CON LOS BIENES SIGUIENTES:        
(          )  REFRIGERADOR (          ) ESTUFA DE GAS (          )  VIDEOCASETERA
(          )  LAVADORA (          ) TELEVISIÓN (          )  LICUADORA
(          )  AUTOMÓVIL MODELO:   TIPO:    
LUGAR Y FECHA:
BAJO PROTESTA DE DECIR LA VERDAD, DECLARO QUE LOS DATOS AQUÍ ASENTADOS SON VERDADEROS
FIRMA Y NOMBRE  DEL ENCUESTADO

 

Anexo 2

 

 

 

Diagrama de flujo Concursos, Ferias y Proyectos Artesanales
Dir. Gral. Fomento Artesanal Artesano
ACTA DE CALIFICACIÓN ACTA DE DICTAMINACIÓN
REALIZA CALIFICACIÓN O DICTAMINACIÓN

 

FIN
A
ENTREGA PREMIO U OTORGA ESPACIO
CUMPLE REQUISITOSS
 
INTEGRA LISTA DE PARTICIPANTES
A
NO
SI
SOLICITUD

CEDULA Y

MATRIZ DAM

INICIO
RECIBE
REGISTRA

APLICA

SOLICITUD

DOCUMENTOS

CONVOCATORIA
ELABORA

PUBLICA

CONSULTA
SI
A
NO
PARTICIPA
 
LISTA DE GANADORES O LISTA DE PARTICIPANTES
COMPROBACIÓN  O REGLAMENTO
GANADOR

Y PARTICIPANTE EN FERIA

CONOCE
 
A
FIRMA
REALIZA

ENTREGA

SOLICITUD

DOCUMENTOS

CONVOCATORIA

 

 

Diagrama de flujo Capacitaciones, Marca Colectiva, Apoyos con Financiamiento
Dir. Gral. Fomento Artesanal Artesano
A
FIN
RECIBE

ARCHIVA

DOCUMENTOS
ENTREGA

COMPRUEBA

RECIBE
SI
INFORMA

SOLICITA

DOCUMENTOS
NO
A
DOCUMENTOS
CONOCE

ENTREGA

CUMPLE REQUISITOSS
 
REGISTRA

APLICA

SOLICITUD

CEDULA Y

MATRIZ DAM

SOLICITUD
INICIO
RECIBE
COMPROBACIÓN

APOYO

RECIBE

FIRMA

COMPROBACIÓN

APOYO

 

Derechos Enterados.28-02-2020

 


Periódico Oficial Alcance 27 del 28 de febrero de 2020

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