Documento contenido en el Periódico Oficial Ordinario 0 del 23 de marzo de 2020

Edición: Ordinario 0
Número: 12
Páginas: 85

Contenido:


Municipio de Pachuca, Hidalgo. – Decreto Número Trienta y Cinco por el que se Adiciona y Reforma el Reglamento para el Funcionamiento de Establecimientos Mercantiles y Espectáculos Públicos.

PRESIDENCIA MUNICIPAL DE

PACHUCA DE SOTO, ESTADO DE HIDALGO.

HONORABLE AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL DEL

MUNICIPIO DE PACHUCA DE SOTO, ESTADO.

La C. Yolanda Tellería Beltrán, en mi carácter de Presidenta Municipal de Pachuca de Soto, Estado de Hidalgo; a sus habitantes hace saber:

Que el Ayuntamiento de Pachuca de Soto, Estado de Hidalgo,  con fundamento en los artículos 115  fracción IV de la Constitución  Política de los Estados Unidos Mexicanos; artículos 115, 122, 123,138 y 141 de la Constitución Política del Estado de Hidalgo; artículos 69 fracción II, 70, 71 fracción I inciso a) y 72 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Hidalgo; artículos 1, 2, 3, 6, 7, 9 fracciones II, VII, VIII, XIII, XIV, XVI, XIX, 10, 11 fracción III, 13, inciso a), 14, 74, 75, 76, 77, 95, 96, 97, 98, 99, 104, 105 fracción IV, 106 fracción I, 110, 121, 128, 130, 131 y 132 del Reglamento Interior del Honorable Ayuntamiento de Pachuca de Soto, Estado de Hidalgo; y demás relativos vigentes y aplicables, exponen el siguiente Dictamen.

 

R E L A T O R I A

 

La C. Yolanda Telleria Beltrán, en su carácter de Presidenta Municipal Constitucional de Pachuca de Soto, Hidalgo, propone la inclusión de un punto al orden del día dentro de la Septuagésima Novena Sesión Ordinaria del Ayuntamiento, con el tema “Iniciativa con proyecto de Decreto por el que se reforma el Reglamento para el Funcionamiento de Establecimientos Mercantiles y Espectáculos Públicos del Municipio de Pachuca de Soto, Hidalgo.”

 

 

El Mtro. Raúl Baños Tinoco, en su carácter de Secretario del Ayuntamiento, propone en la Septuagésima Novena Sesión Ordinaria Pública que dicha propuesta sea turnada a las Comisiones Permanente de Gobernación, Bandos, Reglamentos y Circulares y Especial de Fomento Económico del Honorable Ayuntamiento de Pachuca de Soto, Estado de Hidalgo; para su estudio, análisis y la elaboración del resolutivo correspondiente.

 

Durante el desarrollo de la Septuagésima Novena Sesión Ordinaria Pública, se aprueba por parte de los integrantes del H. Ayuntamiento de Pachuca de Soto, que dicha propuesta se envíe a las Comisiones Permanente de Gobernación, Bandos, Reglamentos y Circulares y Especial de Fomento Económico del Honorable Ayuntamiento de Pachuca de Soto, Estado de Hidalgo, para que de forma conjunta estudien, analicen y emitan el resolutivo correspondiente.

 

Una vez turnada la propuesta respectiva estas Comisiones en comento, procedieron al estudio, análisis y discusión dentro de la Tercera Sesión Conjunta, referente a la propuesta presentada por la C. Yolanda Telleria Beltrán, en su carácter de Presidenta Municipal Constitucional de Pachuca de Soto, Hidalgo, con el tema “Iniciativa con proyecto de Decreto por el que se reforma el Reglamento para el Funcionamiento de Establecimientos Mercantiles y Espectáculos Públicos del Municipio de Pachuca de Soto, Hidalgo,” la cual se plantea de la siguiente forma:

 

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

 

PRIMERO.- En los últimos meses se han registrado en este Municipio de Pachuca de Soto, diversos hechos y conductas antisociales que han tenido como desenlace la pérdida de vidas humanas.

 

SEGUNDO.- El Gobierno Municipal que preside la C. Yolanda Telleria Beltrán así como la sociedad en general, hemos manifestado nuestra profunda indignación dolor y hemos exigido seguridad, igualdad, justicia y compromiso de las autoridades para resolver estos problemas y evitar que continúen presentándose.

 

TERCERO.- Entre otras acciones, al gobierno municipal le corresponde generar condiciones para evitar que estas conductas se puedan presentar y una de ellas es limitar las oportunidades para que bajo el influjo de bebidas alcohólicas se facilite la comisión de estas faltas y delitos.

 

CUARTO.- La reducción del horario para que los establecimientos expendan bebidas alcohólicas en envase abierto, facilitará a las autoridades de seguridad pública el monitoreo y vigilancia necesarios para prevenir la inseguridad.

 

Por lo anteriormente expuesto, hemos tenido a bien expedir el siguiente:

 

DECRETO NÚMERO TRIENTA Y CINCO

 

POR EL QUE SE ADICIONA Y REFORMA EL REGLAMENTO PARA EL FUNCIONAMIENTO DE ESTABLECIMIENTOS MERCANTILES Y ESPECTÁCULOS PÚBLICOS DEL MUNICIPIO DE PACHUCA DE SOTO, HIDALGO.

 

Artículo Único.- Se reforman los artículos 10 y 158 del Reglamento para el Funcionamiento de Establecimientos Mercantiles y Espectáculos Públicos del Municipio de Pachuca de Soto, Hidalgo, para quedar como sigue:

 

Artículo 10.- Los establecimientos con licencia o permiso para la venta o distribución de bebidas alcohólicas en envase abierto, cualquiera que sea su denominación, deberán suspender la venta o distribución de bebidas alcohólicas y cerrar el acceso al público a partir de la 1:00 horas. El establecimiento deberá ser desalojado y cerrado a más tardar a las 2:00 horas.”

 

Artículo 158.- …

 

  1. a la IV. …

 

TABULADOR DE MULTAS POR INFRACCIONES AL REGLAMENTO PARA EL FUNCIONAMIENTO DE ESTABLECIMIENTOS MERCANTILES Y ESPECTÁCULOS PÚBLICOS DEL MUNICIPIO DE PACHUCA DE SOTO, HIDALGO.

 

ARTÍCULO               FRACCIÓN                  TEXTO                              MÍNIMA       MÁXIMO

4 I
4 II
4 III
4 IV
4 V
4 VI
4 VIII
4 IX
4 X
4 XI
4 XII
4 XIII
4 XV
4 XVI
4 XVIII
4 XIX
4 XX
4 XXI
4 XXII
4 XXIII
4 XXXV
4 XXVI
4 XXVII
4 XXVIII
5 II
5 III
5 IV
5 V
5 VI
5 VII
5 XII
5 XIII
5 XIV
5 XV
5 XVIII
5 XIX
5 XX
5 XXI
5 XXII
5 XXIII
5 XXIV
5 XXV
5 XXVII
5 XXVIII
5 XXIX
10   Distribuir bebidas alcohólicas o permitir el acceso del público después de la 1:00 horas; o permitir que personas permanezcan en el interior del establecimiento o mantenerlo abierto después de las 2:00 horas. 300

 

3000
11 I
11 II
11 III
14 I
14 II
14 III
14 IV
14 V
14 VI
14 IX
14 X
14 XI
14 XII
14 XIII
14 XIV
17  
17 BIS  
17 TER,  
17 QUÁTER  
18 BIS  
20 I
20 III
21 Segundo párrafo
21 II
24 I
24 II
24 III
24 IV
24 V
26  
27  
30  
35  
36 I
36 III
39 II
39 III
39 V
39 VII
39 VIII
44  
45  
47 I
47 II
47 III
48  
49  
85  
94  
100 I
100 II
100 II
100 IV
100 V
100 VII
100 VIII
102 I
102 II
102 IV
102 V
103  
104  
110  
112  
114  
128  
134  
140  

 

TRANSITORIOS

 

PRIMERO.- Este Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial del Estado de Hidalgo.

 

SEGUNDO.- Se derogan todas las disposiciones que se opongan al presente Reglamento.

 

Derivado de lo anterior y una vez, discutida y analizada la propuesta presentada, los integrantes de las Comisiones en comento, llegan a los siguientes:

 

A C U E R D O S

 

PRIMERO.- Las Comisiones Permanente de Gobernación, Bandos, Reglamentos y Circulares y Especial de Fomento Económico del Honorable Ayuntamiento de Pachuca de Soto, Estado de Hidalgo, son competentes para recibir, analizar, estudiar y dictaminar respecto a la “Iniciativa con proyecto de Decreto por el que se reforma el Reglamento para el Funcionamiento de Establecimientos Mercantiles y Espectáculos Públicos del Municipio de Pachuca de Soto, Hidalgo.”

 

SEGUNDO.- Se aprueba por unanimidad de votos, la propuesta presentada por la C. Yolanda Telleria Beltrán, en su calidad de Presidenta Municipal Constitucional, de Pachuca de Soto, consistente en la “Iniciativa con proyecto de Decreto por el que se reforma el Reglamento para el Funcionamiento de Establecimientos Mercantiles y Espectáculos Públicos del Municipio de Pachuca de Soto, Hidalgo.”

 

TECERO.- Se somete a la consideración del Honorable Ayuntamiento de Pachuca de Soto el presente Dictamen, por lo que en caso de ser aprobado, remítase al Oficial Mayor del Ayuntamiento, para que realice los trámites pertinentes para su publicación en el Periódico Oficial del Estado de Hidalgo y en la página de Internet Oficial del Municipio de Pachuca de Soto, Hidalgo.

 

CUARTO.- El Presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial del Estado de Hidalgo.

 

Dado en el salón de Sesiones de la Presidencia Municipal de Pachuca de Soto, Estado de Hidalgo, en la Cuadragésima Segunda Sesión Extraordinaria Publica a 07 días del mes de enero del año dos mil veinte.

 

LA PRESIDENTA DEL H. AYUNTAMIENTO

  1. YOLANDA TELLERÍA BELTRÁN

RÚBRICA

 

 

C. ALEJANDRO MORENO

ABUD

 

SÍNDICO PROCURADOR

RÚBRICA

 

 

C. FRANCISCO CARREÑO

ROMERO

 

SÍNDICO PROCURADOR

RÚBRICA

 

 

 

REGIDORES

 

 

C. DIANA LORENA SALINA SILVA

RÚBRICA

 

 

 

C. JOSÉ LUIS ZÚÑIGA HERRERA

RÚBRICA

 

C. RUTH GUADALUPE GARCIA CORDERO

RÚBRICA

 

C. NOÉ ALVARADO ZÚÑIGA

RÚBRICA

 

 

C. MARLEEN ALEJANDRA MONTAÑO

JUÁREZ

RÚBRICA

 

 

C. YUSEB YONG GARCÍA

SÁNCHEZ

RÚBRICA

 

 

 

 

C. AURORA MOHEDANO

ROMERO

RÚBRICA

 

 

 

 

C. RUTH LEÓN CRUZ

RÚBRICA

 

 

C. FERNANDO FLORES PÉREZ

 

 

 

C. JORGE ORTEGA MOREL

 

 

 

C. GLORIA ISABEL VITE CRUZ

RÚBRICA

 

 

C. GÉNESIS MARCELA VÁZQUEZ                                                          GONZÁLEZ

RÚBRICA

 

 

 

C. RAFAEL ADRIÁN MUÑOZ

HERNÁNDEZ

RÚBRICA

 

C. LILIANA VERDE NERI

RÚBRICA

 

 

 

 

C. JUAN ORTEGA GONZÁLEZ

RÚBRICA

 

 

 

 

C. OCTAVIO CASTILLO ACOSTA

RÚBRICA

 

 

 

 

C. NIDIA ANALY CHÁVEZ CERÓN

RÚBRICA

 

 

 

 

C. NAVOR ALBERTO ROJAS MANCERA

RÚBRICA

 

 

 

  1. JAIME HORACIO MEDINA LUGO

RÚBRICA

 

En uso de las facultades que me confiere el artículo 144, fracción I de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Hidalgo y el artículo 60, fracción I inciso a), de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Hidalgo; tengo a bien ordenar la promulgación y publicación en el Periódico Oficial del Estado de Hidalgo del presente Decreto, para su debido cumplimiento.

 

LA PRESIDENTA DEL H. AYUNTAMIENTO

 

  1. YOLANDA TELLERÍA BELTRÁN

RÚBRICA

 

Con fundamento y en uso de las facultades que me son conferidas por lo dispuesto en la fracción V del artículo 98 de la Ley Orgánica Municipal para el Estado de Hidalgo, tengo a bien refrendar el presente Decreto.

 

EL SECRETARIO GENERAL MUNICIPAL

 

  1. RAÚL BAÑOS TINOCO

RÚBRICA

 

Derechos Enterados. 18-03-2020

 

 

 


Periódico Oficial Ordinario 0 del 23 de marzo de 2020

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