Documento contenido en el Periódico Oficial Alcance 7 del 27 de diciembre de 2019

Edición: Alcance 7
Número: 51
Páginas: 28

Contenido:


Universidad Tecnológica de Mineral de la Reforma.- Acuerdo que crea el comité de ética y prevención de conflictos de interés

LOS INTEGRANTES DEL CONSEJO DIRECTIVO DE LA UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DE MINERAL DE LA REFORMA, EN EL EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA FRACCIÓN XXIII DEL ARTÍCULO 10 DEL DECRETO QUE REFORMA DIVERSAS DISPOSICIONES DEL DECRETO QUE CREÓ A LA UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DE MINERAL DE LA REFORMA, Y EN APEGO A LO DISPUESTO POR EL NUMERAL 2 DEL ACUERDO DE LINEAMIENTOS GENERALES QUE ESTABLECEN LAS BASES PARA LA INTEGRACIÓN, ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DE LOS COMITÉS DE ÉTICA Y PREVENCIÓN DE CONFLICTOS DE INTERÉS, PUBLICADO EN EL PERIÓDICO OFICIAL DEL ESTADO DE HIDALGO, EL 23 DE NOVIEMBRE DE 2017; Y

 

C O N S I D E R A N D O

 

PRIMERO. Que para fortalecer el combate a la corrupción y el fomento de una mayor rendición de cuentas, el Plan Estatal de Desarrollo 2016– 2022 establece en su eje I Gobierno, Honesto, Cercano y Moderno, la visión de un Gobierno más eficiente, desarrollando acciones encaminadas a eliminar la corrupción, impulsar la participación ciudadana e incentivar la cooperación con los municipios y la federación que permita claros resultados, bajo procesos de desarrollo de la participación y colaboración social.

 

SEGUNDO. Que el Estado de Hidalgo, a través de la Secretaría de Contraloría, expidió en fecha 21 noviembre 2017, el Código de Ética de la Administración Pública del Estado de Hidalgo, publicado en el Periódico Oficial del Estado con fecha 23 de noviembre de 2017, para los servidores públicos de la Administración Pública, que contiene las Reglas de Integridad para el ejercicio de su función y los Lineamientos Generales para el establecimiento de acciones permanentes que aseguren la integridad y el comportamiento ético de los servidores públicos en el desempeño de sus empleos, cargos o comisiones, regulando sus acciones a través de los Comités de Ética y Prevención de Conflictos de Interés; siendo así que, a través de estos instrumentos se busca la homologación a nivel nacional de conceptos, principios, criterios y objetivos para fomentar la cultura de la legalidad y el correcto desempeño del ejercicio del servicio público.

 

TERCERO. Que la Universidad como Organismo Descentralizado de la Administración Pública Estatal debe instalar el Comité de Ética y Prevención de Conflictos de Interés con la finalidad de hacerle frente a los retos en materia de combate a la corrupción y evitar posibles conflictos de interés,

 

CUARTO. Que el Comité de Ética y de Prevención de Conflictos de Interés,  vigilarán el adecuado cumplimiento, de los servidores públicos, en el desempeño de su empleo, cargo o comisión apegando en todo momento su actuar a los principios, valores, acciones y directrices establecidos en el Código de Ética.

 

Por lo anterior, tenemos a bien expedir el siguiente:

 

 

ACUERDO QUE CREA EL COMITÉ DE ÉTICA Y PREVENCIÓN

DE CONFLICTOS DE INTERÉS DE LA

UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DE MINERAL DE LA REFORMA.

 

 

Punto 1. Se crea el Comité de Ética y Prevención de Conflictos de Interés de la Universidad Tecnológica de Mineral de la Reforma, con el objeto de generar una cultura de principios y valores que fortalezcan el buen comportamiento de los servidores públicos así como para fomentar la conducta ética y mejorar el servicio público a través de normas que regulen el comportamiento y la conducta de quienes laboran en la Universidad.

 

Punto 2. El Comité se integra de la siguiente forma:

 

  1. Presidente: La persona titular de la Dirección de Administración y Finanzas
  2. Secretario Ejecutivo: La persona titular de Planeación.
  • Vocales:
  1. Persona Titular de la Dirección Académica.
  2. Persona Titular del Departamento de Asuntos Jurídicos.
  3. Persona Titular de la Dirección Administración y Finanzas.
  4. Persona Titular de la Dirección Académica.
  5. Jefe de la Unidad de Promoción y Desarrollo Estudiantil.

 

Punto 3. El funcionamiento del Comité, se apegará a lo dispuesto en el Capítulo V del Acuerdo de Lineamientos Generales que Establecen las Bases para la Integración, Organización y Funcionamiento de los Comités de Ética y Prevención de Conflictos de Interés, publicado en el Periódico Oficial del Estado de Hidalgo, el 23 de noviembre de 2017.

 

Punto 4. Respecto a las funciones del Presidente y del Secretario Ejecutivo del Comité, se estará a lo dispuesto en el Capítulo VI del Acuerdo de Lineamientos Generales que Establecen las Bases para la Integración, Organización y Funcionamiento de los Comités de Ética y Prevención de Conflictos de Interés, publicado en el Periódico Oficial del Estado de Hidalgo, el 23 de noviembre de 2017.

 

Punto 5. Por cuanto hace a la responsabilidad de los miembros del Comité, las denuncias así como su divulgación y transparencia, se estará a lo dispuesto en los Capítulos VII, VIII y IX, respectivamente, del Acuerdo de los Lineamientos Generales que Establecen las Bases para la Integración, Organización y Funcionamiento de los Comités de Ética y Prevención de Conflictos de Interés, publicado en el Periódico Oficial del Estado de Hidalgo, el 23 de noviembre de 2017.

 

T R A N S I T O R I O S

 

PRIMERO.- El presente Acuerdo entrará en vigor al día siguiente al de su publicación en el Periódico Oficial del Estado de Hidalgo.

 

SEGUNDO.- Quedan sin efecto todas las disposiciones legales que se opongan al presente Acuerdo.

 

TERCERO.- La Dirección de Administración y Finanzas elaborará los procedimientos, manuales, formatos, instructivos, entre otros que se requieran para el óptimo funcionamiento del Comité, de conformidad a lo que establecen las disposiciones aplicables.

 

CUARTO.- El Comité deberá quedar instalado en un plazo no mayor a 15 días hábiles a partir de la entrada en vigor del presente Acuerdo.

 

QUINTO.- En todo lo no previsto por el presente Acuerdo, será aplicable lo señalado en los Lineamientos Generales que Establecen las Bases para la Integración, Organización y Funcionamiento de los Comités de Ética y Prevención de Conflictos de Interés publicados en el Periódico Oficial del Estado de Hidalgo el 23 de noviembre de 2017.

 

 

PRESIDENTE

 

 

 

Lic. Tito Dorantes Castillo

Director de Regulación a Instituciones Particulares de educación Superior.

Presidente Suplente del H. Consejo Directivo

RÚBRICA

 

 

CONSEJEROS ASISTENTES

 

 

 

L.A. Karina López Bolio

Consejera Suplente de la Unidad de Planeación y Prospectiva

RÚBRICA

 

 

 

Lic. Mildreed Leines Noguera

Consejero Suplente de la Secretaría de Finanzas Públicas

RÚBRICA

 

 

     
Mtra. Yndira Castillo del Angel

Consejero Suplente de la Secretaría de Educación Federal.

RÚBRICA

 

 

  Lic. Raúl Camacho Baños

Presidente Municipal Constitucional de  Mineral de la Reforma.

RÚBRICA

 

 

 

 

 

INVITADA

 

 

 

M.G.P. Marlen Ortiz Benítez,

Subdirectora de Normatividad y Marco Jurídico

RÚBRICA

 

 

 

 

COMISARIO PÚBLICO

 

 

 

C.P. Jerónimo Quijano Montoya

Comisario Público

RÚBRICA

 

 

 

TITULAR DEL ORGANISMO

 

 

Mtro. Víctor Manuel Del Villar Delgadillo 

RÚBRICA

 

 

La presente hoja de firmas corresponde al “Acuerdo que crea Comité de Ética y Prevención de Conflictos de Interés de la Universidad Tecnológica de Mineral de la Reforma”.


Periódico Oficial Alcance 7 del 27 de diciembre de 2019

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