Documento contenido en el Periódico Oficial Alcance 3 del 16 de diciembre de 2019

Edición: Alcance 3
Número: 50
Páginas: 72

Contenido:


LOS   INTEGRANTES   DE   LA   JUNTA   DIRECTIVA   DE   LA   UNIVERSIDAD POLITÉCNICA DE FRANCISCO I. MADERO, EN EJERCICIO DE LA FACULTAD QUE NOS CONFIERE  EL  ARTÍCULO  9  FRACCIÓN  XI,  DEL  DECRETO  QUE REFORMA  DIVERSAS  DISPOSICIONES  DEL  DECRETO  QUE  CREÓ  A  LA UNIVERSIDAD POLITÉCNICA DE FRANCISCO I. MADERO DE FECHA 19 DE DICIEMBRE DEL 2016.

 

C O N S I D E R A N D O

 

PRIMERO. Que en apego a lo dispuesto por el Título Cuarto del Comité de Control y Desempeño Institucional, del Acuerdo por el que se Emiten las Disposiciones y el Manual Administrativo de Aplicación Estatal en Materia de Control Interno de Estado de  Hidalgo,  publicado  en  el  Periódico  Oficial  del  Estado  de  Hidalgo,  el  23  de noviembre de 2017, las Instituciones de la Administración Pública Estatal deberán tomar en cuenta estas disposiciones para la supervisión, evaluación, actualización y mejora continua de su Sistema de Control Interno Institucional.

 

SEGUNDO.  Que con el Plan Estatal de Desarrollo del Estado de Hidalgo 2016-2022, se busca contar con  un  gobierno  orientado  a  resultados,  eficiente,  con mecanismos de evaluación que permitan mejorar su desempeño y la calidad de los servicios; que simplifique la normatividad y trámites gubernamentales, rinda cuentas de manera clara y oportuna a la ciudadanía, que optimice el uso de los recursos públicos, y que utilice las nuevas tecnologías de la información y comunicación.

 

TERCERO. Que en este contexto, con el objetivo de mejorar la Gestión Pública Gubernamental de la Administración Pública Estatal (APE), se pretende transformar el funcionamiento de sus dependencias y entidades, a través de la mejora en la prestación de bienes y servicios a la población; el incremento en la eficiencia de su operación   mediante   la   simplificación   de   sus   procesos   y   normas;   el   mejor aprovechamiento  de  los  recursos,  la  eficiencia  de  los  procesos  vinculados  a  las contrataciones que realiza el Estado; así como el incremento en el desempeño de los servidores públicos.

 

CUARTO.  Que la Universidad Politécnica de Francisco  I.  Madero, considera la necesidad de crear un Comité Control Interno y Desempeño Institucional, donde estén plasmadas las  directrices  a  las  que  debe  quedar  sujeta  la  actuación  del personal y alumnos que la conforman.

 

QUINTO. Que el  Comité  de  Control  y Desempeño  Institucional  (COCODI),  tiene entre  otros  objetivos,  agregar  valor  a  la  gestión  Institucional  de  la  Universidad Politécnica de Francisco I. Madero, y apoyar el cumplimiento de metas y objetivos institucionales con enfoque a resultados, así como a la mejora de los programas presupuestarios.

 

SEXTO. Que la Universidad Politécnica de Francisco I. Madero es un Organismo Descentralizado de la Administración Pública del Estado, con personalidad jurídica y patrimonio propio,  creado  mediante  Decreto  Gubernamental  publicado  en  el Periódico Oficial del Estado de Hidalgo el 11 de julio del 2005, con reforma de fecha

4 de febrero del 2008, y última reforma de fecha 19 de diciembre del 2016, el objeto de  la  Universidad  es  Impartir  educación  superior  en  los  niveles  de  licenciatura, especialización,  maestría  y  doctorado,  así  como  cursos  de  actualización;  dicha educación se podrá ofrecer en sus diversas modalidades, incluyendo la Educación a Distancia, para preparar profesionales considerando la perspectiva de género con una sólida formación científica, tecnológica y en valores, conscientes del contexto nacional e internacional, en lo económico, social, del medio ambiente y cultura; y en todo momento pongan en práctica su liderazgo operativo.

 

Por lo anterior, hemos tenido a bien expedir el siguiente:

 

ACUERDO

 

QUE CREA EL COMITÉ DE CONTROL Y DESEMPEÑO INSTITUCIONAL DE LA UNIVERSIDAD POLITÉCNICA DE FRANCISCO I. MADERO.

 

Punto 1. Se crea el Comité de Control y Desempeño Institucional de la Universidad Politécnica de Francisco I. Madero, que tiene por objeto establecer las disposiciones que    deberán    observar    para    el    establecimiento,    supervisión,    evaluación, actualización y mejora continua del Sistema de Control Interno Institucional.

 

Punto  2.  La  persona  titular  de  la  Rectoría  instalará  y  encabezará  el  Comité  de

Control y Desempeño Institucional, el cual tendrá los siguientes objetivos:

 

  1. Contribuir al cumplimiento oportuno de metas y objetivos institucionales con enfoque a   resultados,   así   como   a   la   mejora   de   los   programas presupuestarios;
  2. Contribuir a  la  administración  de  riesgos  institucionales  con  el  análisis  y

seguimiento  de  las  estrategias  y  acciones  de  control  determinadas  en  el Programa de Trabajo de Administración de Riesgos, dando prioridad a los riesgos de atención inmediata y de corrupción;

III.         Analizar  las  variaciones  relevantes,  principalmente  las  negativas,  que  se presenten  en  los  resultados  operativos,  financieros,  presupuestarios  y administrativos   y,   cuando   proceda,   proponer   acuerdos   con   medidas correctivas para subsanarlas, privilegiando el establecimiento y la atención de acuerdos para la prevención o mitigación de situaciones críticas;

  1. Identificar y analizar los riesgos y las acciones preventivas en la ejecución de los  programas,  presupuesto  y  procesos  institucionales  que  puedan afectar el cumplimiento de metas y objetivos;
  2. Impulsar el  establecimiento  y  actualización  del  SCII,  con  el  seguimiento permanente   a   la   implementación   de   sus   componentes,   principios   y elementos de control, así como a las acciones de mejora comprometidas en el  Programa  de  Trabajo  de  Control  Interno  y  acciones  de  control  del

Programa de Trabajo de Administración de Riesgos;

  1. Impulsar la aplicación de medidas preventivas para evitar materialización de riesgos y  la  recurrencia  de  observaciones  de  órganos  fiscalizadores, atendiendo la causa raíz de las mismas;

VII.     Revisar el cumplimiento de programas de la Institución; y

VIII.    Agregar valor  a  la  gestión  Institucional,  contribuyendo  a  la  atención  y solución  de  temas  relevantes,  con  la  aprobación  de  acuerdos  que  se traduzcan  en  compromisos  de  solución  a  los  asuntos  que  se  presenten. Cuando se trate de Instituciones, adoptar acuerdos que sirvan de apoyo al Órgano  de  Gobierno  para  la  toma de  decisiones  o  su equivalente  en  los órganos administrativos descentralizados.

 

Punto 3. El Comité se integra de la forma siguiente:

 

  1. Presidente: La persona titular de Rectoría.
  2. Vocal Ejecutivo:  La  persona  titular  de  la  Dirección  de  Planeación  y

Evaluación; y

III.       Vocales:

  1. Un representante de la Coordinadora Sectorial
  2. El Titular de la Subdirección de Abogado General
  3. El titular de la Subdirección de Sistemas Informáticos
  4. El Coordinador de Control Interno – Secretario Administrativo

 

Punto 4. Del Órgano de Vigilancia.

 

El Contralor Interno o el Comisario Público Propietario o el Suplente participarán en el Comité en calidad de Órgano de Vigilancia del mismo.

 

Punto 5. De los Invitados.

 

Se podrán incorporar al Comité como invitados:

 

  1. Los responsables de las áreas del Organismo competentes de los asuntos a tratar en la sesión;

 

  1. Los servidores públicos de la Administración Pública Estatal, internos o externos al Organismo que por las funciones que realizan, estén relacionados con los asuntos a tratar en la sesión respectiva para apoyar en su atención y solución;

 

III.  Personas  externas  a  la  Administración  Pública  Estatal,  expertas  en  asuntos relativos al Organismo, cuando el caso lo amerite, a propuesta de los miembros del Comité con autorización del Presidente; y

  1. Los Enlaces del Sistema de Control Interno, de Administración de Riesgos y del

Comité.

 

Ejercerán   las   atribuciones   establecidas   en   el   Título   Segundo, Capítulo   II denominado  “Responsabilidades  y  funciones  en  el  Sistema  de  Control  Interno Institucional”,  del  Acuerdo  por  el  que  se  emiten  las  Disposiciones  y  el  Manual Administrativo de Aplicación Estatal en Materia de Control Interno para el Estado de Hidalgo, publicado en el Periódico Oficial del Estado, el 23 de noviembre de 2017.

 

Los invitados, participarán en el Comité con voz, pero sin voto. Punto 6. DE LOS SUPLENTES.

 

Cada  miembro  propietario  integrante  del  Comité  podrá  nombrar  a  su  respectivo suplente, quien deberá ser de nivel jerárquico inmediato inferior e intervendrá en las ausencias de aquél. Excepcionalmente, las suplencias de los Vocales se podrán realizar hasta el nivel de subdirector o equivalente.

 

Para fungir como suplentes, los servidores públicos deberán contar con acreditación por escrito del miembro propietario dirigida al Vocal Ejecutivo, de la que se dejará constancia en el acta y en la carpeta electrónica correspondiente. Los suplentes asumirán en las sesiones a las que asistan las funciones que corresponden a los propietarios.

 

Punto  7.  El  Comité,  ejercerá  las  atribuciones  que  le  confiere  el  Título  Cuarto denominado “Comité de Control y Desempeño Institucional”, del Acuerdo por el que se  emiten  las  Disposiciones  y el  Manual  Administrativo  de  Aplicación  Estatal  en Materia de Control Interno para el Estado de Hidalgo.

 

T R A N S I T O R I O S

 

PRIMERO.-  El  presente  Acuerdo  entrará  en  vigor  al  día  siguiente  al  de  su publicación en el Periódico Oficial del Estado de Hidalgo.

 

SEGUNDO.- Quedan sin efecto todas las disposiciones legales que se opongan al presente Acuerdo.

 

TERCERO.- El Comité deberá quedar instalado en un plazo no mayor a 15 días hábiles a partir de la entrada en vigor del presente Acuerdo.

 

CUARTO.-  En  todo  lo  no  previsto  por  el  presente  Acuerdo,  será  aplicable  lo señalado  en  el  Acuerdo  por  el  que  se  emiten  las  Disposiciones  y  el  Manual Administrativo de Aplicación Estatal en Materia de Control Interno para el Estado de Hidalgo, publicado en el Periódico Oficial del Estado de Hidalgo el 23 de noviembre de 2017.

 

Dado en la Sala de Juntas “Teodomiro Manzano Campero”, localizada en Circuito Ex Hacienda la Concepción, Lote 17, localidad San Juan Tilcualtla, Municipio de San Agustín Tlaxiaca, Hidalgo, a los 16 días del mes de julio del año dos mil diecinueve.

 

 

  1. JUNTA DIRECTIVA DE LA UNIVERSIDAD POLITÉCNICA DE FRANCISCO I. MADERO.

 

PRESIDENTE

 

 

______________________________

Lic. Tito Dorantes Castillo

Presidente Suplente

Rúbrica

 

 

 

Consejeros Asistentes

 

 

____________________________

Lic. Juan Luis García Hernández

Consejero Suplente de la Secretaría de Finanzas Públicas

Rúbrica

 

 

 

  ______________________________

Lic. Jorge Luis Hernández Gómez

Consejero Suplente de la Unidad de Planeación y Prospectiva

Rúbrica

 

_____________________________

Dr. Cliserio González Hernández

Consejero Suplente de la Secretaría de Desarrollo Agropecuario

Rúbrica

 

  ______________________________

Mtra. Yndira Castillo del Ángel

Consejera Suplente de la CGUTyP

Rúbrica

 

 

 

______________________________

Lic. María Cristina Fonseca García

Comisaria Pública de la UPFIM

Rúbrica

 

   

 

_____________________________

Ing. Rubén Salinas Cruz

Consejero Suplente del Sector Social del Municipio de Francisco I. Madero

Rúbrica

 

 

_________________________

Dra. Miriam Yta

Consejera Suplente de El Colegio del Estado de Hidalgo

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Invitados Especiales

 

 

_______________________________

M.E.A.G.E. Pedro Segovia Núñez

Rector de la UPFIM

Rúbrica

 

 

 

  _____________________________

Lic. Olga Lilia Ángeles Arteaga

Consejera Suplente de la Secretaría Ejecutiva de la Política Pública

Rúbrica

 

 

_____________________________

Ing. Jaime Salinas Pérez

Secretario Técnico de Acuerdos

Rúbrica

 

   

Periódico Oficial Alcance 3 del 16 de diciembre de 2019

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