Documento contenido en el Periódico Oficial Alcance 13 del 28 de febrero de 2020
Edición: Alcance 13
Número: 8
Páginas: 84
Contenido:
Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia del Estado de Hidalgo. – Acuerdo que contiene las Reglas de Operación correspondientes al Proyecto hacia una Vida Mejor.
LA JUNTA DE GOBIERNO DEL SISTEMA PARA EL DESARROLLO INTEGRAL DE LA FAMILIA DEL ESTADO DE HIDALGO, EN EJERCICIO DE LA ATRIBUCIÓN QUE NOS CONFIEREN LOS ARTÍCULOS 31, 33 FRACCIÓN IX Y DEMÁS RELATIVOS DE LA LEY DE ASISTENCIA SOCIAL PARA EL ESTADO DE HIDALGO, Y EL ARTICULO 14 DE LA LEY DE ENTIDADES PARAESTATALES DEL ESTADO DE HIDALGO
C O N S I D E R A N D O
PRIMERO. Que las Naciones Unidas en la Asamblea General de 2016, en la que México funge como Estado Parte, se estableció la Agenda “Transformar nuestro mundo: la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible“, que integra 17 Objetivos, cuyo Objetivo 3: Garantizar una vida sana y promover el bienestar para todos en todas las edades, se encuentra en concordancia con lo establecido por la OMS La salud es un estado de completo bienestar físico, mental y social, y no solamente la ausencia de afecciones o enfermedades (1984).
SEGUNDO. Que de acuerdo con la Ley General para la Inclusión de las Personas con Discapacidad, en el Artículo 4, señala que Las personas con discapacidad gozarán de todos los derechos que establece el orden jurídico mexicano, sin distinción de origen étnico, nacional, género, edad, condición social, económica o de salud, religión, opiniones, estado civil, preferencias sexuales, embarazo, identidad política, lengua, situación migratoria o cualquier otra característica propia de la condición humana o que atente contra su dignidad.
TERCERO. Que el Plan Estatal de Desarrollo 2016-2022 con enfoque prospectivo al 2030 ha sido concebido como un instrumento estratégico, con visión de largo plazo y bajo una perspectiva inclusiva y solidaria, en la cual el desarrollo integral y la mejora de las condiciones de bienestar de la población son el centro de las acciones de Gobierno. El documento se compone de cinco grandes ejes, construidos bajo un enfoque integral en el que confluyen las distintas esferas del desarrollo sostenible: social, económica y ambiental, así como la relación existente entre estas y su interacción con el medio físico.
CUARTO. Que la concepción de una política pública transversal para el desarrollo y protección de niñas, niños y adolescentes favorece una serie de factores que inciden en la definición y atención de problemáticas y necesidades sociales, que no son atendidas adecuadamente cuando no se consideran de forma integral los derechos de la infancia. En este contexto, el desarrollo y protección de niñas, niños y adolescentes se emplea para la formulación de cada uno de los diagnósticos y plataforma estratégica de los cinco ejes de este Plan Estatal de Desarrollo 2016-2022.
QUINTO. Que la Discapacidad se define como una deficiencia física, mental o sensorial, de naturaleza permanente o temporal, que limita la capacidad de ejercer una o más actividades esenciales de la vida diaria, y que puede ser causada o agravada por el entorno económico y social; como resultado de esa variedad de deficiencias, existen limitantes sensoriales, intelectuales o motrices que implican dificultades para el acceso a una actividad laboral formal e informal.
SEXTO. Que el Ejecutivo del Estado en coordinación con los Gobiernos Municipales en los términos que establece la Ley Orgánica de la Administración del Estado de Hidalgo, el Gobernador del Estado, de conformidad con lo dispuesto por la legislación aplicable en la materia, fijará, conducirá y supervisará la prestación de los servicios básicos de salud, alimentación, educación, trabajo, participación y asistencia social a las personas con discapacidad, a través de las Dependencias y Entidades de la Administración Pública Estatal, así como la participación de las personas físicas y morales de los sectores público y privado, siempre considerando su integridad, dignidad, preferencia, seguridad y certeza jurídica.
SÉPIMO. Que toda institución pública y privada que brinde servicios a las personas con discapacidad deberá contar con la reglamentación, infraestructura, mobiliario y equipo adecuado, así como con los recursos humanos necesarios para que se realicen procedimientos alternativos en los trámites administrativos, cuando tengan alguna discapacidad.
OCTAVO. Que la familia de las personas con discapacidad, deberá cumplir su función social; de manera constante y permanente, siendo responsables de proporcionarles los satisfactores necesarios para su atención, bienestar y desarrollo integral.
NOVENO. Que cualquier persona física, moral, asociación, sociedad, instituto u organismo público o privado contribuirá denunciando ante la autoridad correspondiente abusos o maltratos para que las personas con discapacidad sean respetadas y obtengan el reconocimiento de su dignidad, como parte integral de la misma.
Por lo anterior, he tenido a bien expedir el siguiente:
ACUERDO QUE CONTIENE LAS REGLAS DE OPERACIÓN CORRESPONDIENTES AL PROYECTO HACIA UNA VIDA MEJOR.
Para efecto de las presentes Reglas de Operación se entenderá como:
La Organización de Estados Americanos define a la discapacidad como una deficiencia física, mental o sensorial, de naturaleza permanente o temporal, que limita la capacidad de ejercer una o más actividades esenciales de la vida diaria, y que puede ser causada o agravada por el entorno económico y social. Como resultado de esa variedad de deficiencias, existen limitantes sensoriales, intelectuales y/o motrices que implican dificultades para el acceso a una actividad laboral formal e informal, hecho que requiere y compromete el planteamiento de estrategias alternas para la incorporación al ámbito productivo de este grupo de personas.
Este proyecto permite la integración productiva de personas con discapacidad, mediante el autoempleo o la inserción laboral formal, permitiendo proveer de recursos económicos para el beneficiario y/o a su familia. Otras vertientes de acción son la orientación, enlace y/o canalización para la inclusión educativa y la sensibilización a la población en general para la prevención y detección de la discapacidad. Estas vertientes facilitan el bienestar y promueven el trato con equidad hacia las personas con discapacidad.
El Sistema DIF Hidalgo, mediante acciones interinstitucionales con los Sistemas DIF Municipales, el beneficiario, y su familia, otorga los insumos, materiales y mobiliario necesarios para iniciar proyectos productivos, adecuados a las habilidades, a la forma de vida y necesidades de las personas solicitantes. Así mismo, en coordinación con instancias federales, estatales, municipales y empresas se contribuye a la integración laboral formal.
El impacto negativo de la discapacidad es una realidad social. Algunos grupos de población con discapacidad soportan niveles de exclusión y discriminación social severa, enfatizándose en algunos sectores poblacionales la pobreza y la ausencia de oportunidades en términos de igualdad, por ello es importante el reconocer las diferencias y buscar alternativas para eliminarlas y consecuencia, otorgar oportunidades a este segmento poblacional para aprovechar e impulsar su integración al mercado laboral y a las formas regulares de vida.
Desde el Proyecto Hacia una Vida Mejor, se promueve generar un entorno social incluyente basado en la igualdad de oportunidades en todos los ámbitos, con especial énfasis en el ámbito laboral, en cumplimiento a lo establecido en el artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, “Toda persona tiene derecho al trabajo digno y socialmente útil”, en ese sentido el acceso al empleo constituye una causa social legítima, prioritaria y un deber para todos sin excepción, independientemente si se tiene o no algún tipo de discapacidad.
El acto de trabajar es tan relevante en la vida, que la persona que no trabaja percibe un distanciamiento de los ideales de la sociedad donde vive, disminución de las posibilidades de una integración adecuada dentro de los grupos sociales a los que pertenece, así como el impedimento para la formación de su núcleo familiar.
El Sistema DIF Hidalgo a través de la Subdirección de Atención a Discapacidades inicia el proyecto “Hacia una Vida Mejor” en el año 1999, para contribuir a la incorporación y al desarrollo de las personas con discapacidad, desde esa fecha el proyecto ha crecido considerablemente, el cual a través de la atención favorable de los solicitantes se ha diversificado la demanda de proyectos productivos.
La principal línea de este programa es la Integración al ámbito laboral de las Personas con Discapacidad Permanente.
3.1 Objetivo General
Población con discapacidad permanente del Estado de Hidalgo que requiere obtener o incrementar su ingreso económico familiar para solventar sus gastos.
3.2 Objetivo Específico
Entregar Proyectos Productivos.
4.1 Cobertura
El componente de Cobertura del Programa “Hacia una Vida mejor”, beneficiará prioritariamente a las Personas con Discapacidad Permanente, que habitan en el Estado de Hidalgo.
4.2 Población Objetivo
Población con discapacidad permanente del Estado de Hidalgo que carece de recursos suficientes para solventar sus gastos.
4.3 Criterios de elegibilidad y Requisitos de beneficiarios:
4.3.1 Focalización
Hombres y mujeres de cualquier edad con discapacidad permanente que carezca de recursos económicos suficientes para solventar sus gastos de tratamiento.
4.3.2 Proceso de selección
El criterio de selección de la población beneficiaria es en base a la aplicación de un estudio socioeconómico que permite valorar la situación económica y social y el dictamen médico que determine que la persona solicitante o su familiar o dependiente económico, cursa con discapacidad permanente.
En caso de que el beneficiario(a) sea menor de edad, con discapacidad visual, intelectual, mental, auditiva o que no sepa leer ni escribir, deberá contar con un tutor para realizar dichos trámites. Cuando el tutor del beneficiario es el esposo(a), o pareja, deberá traer copia legible del acta de matrimonio o constancia de unión libre, expedida por el Registro Civil del Municipio de residencia.
4.3.2.1 Requisitos
La documentación deberá presentarse, en el siguiente el orden:
Las fotografías deberán pegarlas o impresas en hojas blancas donde se encuentre inscrito: Nombre del tutor y beneficiario, Tipo de proyecto que solicita, del Municipio del que proviene y lo que representa la imagen.
4.3.2.2. Restricciones
A los beneficiarios no les será entregado el Proyecto Productivo por las siguientes causas:
4.4 Características de los apoyos
4.4.1 Tipos o modalidades de los beneficios:
El Proyecto Hacia una Vida Mejor, es de tipo correctivo e individual, y se entrega por única vez a la persona beneficiaria.
Los proyectos productivos obedecen a las siguientes modalidades, los que se entregan de acuerdo a la disponibilidad presupuestal:
4.4.2. Cuota de recuperación a cargo de la población beneficiaria
El Sistema DIF Hidalgo cubre el costo total del proyecto productivo, cuyo monto autorizado será de hasta de $30,000.00 (TREINTA MIL PESOS 00/100 M.N.).
4.5 Derechos y Obligaciones beneficiarios(as), de las Instancias normativa, coordinadoras y ejecutoras
4.5.1 Derechos de las personas beneficiarias
Derechos de la instancia ejecutora
Como instancia ejecutora, el Sistema Municipal DIF tiene los siguientes derechos:
Como Sistema DIF Municipal, le corresponden los siguientes deberes:
Derechos de la instancia normativa
Como instancia normativa, el CRIH a través del área Hacia una Vida Mejor, tiene los siguientes derechos:
Obligaciones de la instancia normativa
4.5.3 El padrón de beneficiarios.
La integración del Padrón de beneficiarios se hace conforme a lo establecido en los Lineamientos para la integración del Padrón Único de Beneficiarios, donde señala que su ámbito de aplicación es de observancia general para las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, entidades federativas y municipales. Así mismo, en concordancia con los términos establecidos en el Decreto por el que se crea el Sistema Integral de Información de Padrones de Programas Gubernamentales, como una herramienta de información y análisis que integrará de forma estructurada y sistematizada la información objetiva y fehaciente respecto de los Programas a cargo de las dependencias y entidades de la Administración Pública.
En este antecedente, la instancia operativa o ejecutora del proyecto asistencial (Sistema DIF Hidalgo o Sistema DIF Municipal), alimentará el padrón en la base del Sistema de Información Estadística de Beneficiarios (SIEB) y el Sistema de Información Financiera y Administrativa (SIFAP), mediante la captura permanente con cortes mensuales de los datos de la de la población beneficiada: CURP, Nombre y apellidos, fecha de nacimiento, nombre de la Escuela, localidad, municipio, tipo de apoyo otorgado, a efecto de cumplir en tiempo y forma con la información solicitada por las entidades globalizadoras, conforme a los criterios de eficiencia, eficacia, economía y transparencia establecidos por el Gobierno del Estado.
La información de este padrón se publicará conforme a lo previsto en la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública. Los datos de la población beneficiaria serán protegidos en términos de los principios de protección de datos personales contenidos en la Ley de Protección de Datos Personales en Posesión de los Sujetos Obligados para el Estado de Hidalgo, por lo que la información contenida en el sistema informático será de uso confidencial.
4.6.1 Para el Municipio:
4.6.2. Causas de suspensión y sanciones a la población beneficiaria
A los beneficiarios no les será entregado el proyecto productivo por cualquiera de las siguientes causas:
5.1 Instancias Normativas
Lo es el Sistema DIF Hidalgo a través del Centro de Rehabilitación Integral Hidalgo, y el área de Hacia una Vida Mejor, facultada para normar el Proyecto “Hacia una Vida Mejor”, así como para interpretar las presentes Reglas de Operación.
5.2 Ejecutoras
La instancia ejecutora lo es el Sistema DIF municipal debido a que es la dependencia que tiene contacto con la población en el municipio, la identifica, detecta necesidades y canaliza al Sistema DIF Hidalgo, para solventar la necesidad de la población objetivo.
6.1 COORDINACIÓN INSTITUCIONAL
6.2 Coordinación Interinstitucional
El Sistema DIF Hidalgo promoverá la vinculación de acciones buscando optimizar los recursos asignados, el fortalecimiento y ampliación de la cobertura, aprovechar la complementariedad y reducir los gastos administrativos, así como para evitar acciones que se contrapongan o dupliquen con los propósitos de otros programas sociales de carácter estatal o federal. De esta forma, podrá establecer mecanismos de coordinación con el Gobierno Federal y los Gobiernos Municipales, en el marco de lo señalado en las presentes Reglas de Operación y de la normatividad aplicable.
7.1 Proceso
7.2 Proceso de entrega-recepción
Cuando haya lugar al cambio de la persona responsable del Proyecto, deberá seguir el procedimiento establecido por el Órgano Interno de Control, respecto a la entrega-recepción, haciendo descripción de archivos que se resguardan en el área así, su ubicación física, entrega física de cajas con los archivos, archiveros, equipos de cómputo, discos extraíbles y todo aquello que pertenece al área.
7.2.1 Sistema DIF municipal
Cuando haya lugar al cambio del enlace municipal del Proyecto, deberá seguir el procedimiento establecido por el Órgano Interno de Control del Sistema DIF Hidalgo, respecto a la entrega-recepción, haciendo descripción de archivos que resguarda, su ubicación física, entrega física de cajas con los archivos y los archivos magnéticos relacionados con el proyecto.
7.3 Diagrama de Flujo
8.1 Matriz de indicadores
8.2 Evaluación, Seguimiento y Monitoreo
8.2.1 Evaluación interna
Con el propósito de contar con elementos para el fortalecimiento permanente del Programa “Hacia una Vida Mejor”, así como para contribuir a la transparencia en el ejercicio de los recursos públicos asignados, se llevará a cabo de forma permanente una evaluación interna sobre los procesos, operación y resultados del servicio otorgado, así como el seguimiento de los recursos ejercidos, las metas logradas y las acciones efectuadas. Dicha evaluación quedará a cargo de las instancias ejecutoras que determinarán los mecanismos y medios para su realización.
8.2.2 Externa
Este Proyecto será objeto de cualquier tipo de evaluación, seguimiento y monitoreo interno y/o externo, de acuerdo al Programa anual de Evaluación, y con base en los propósitos y rubros señalados para la evaluación de los programas sociales en la Ley de Asistencia Social para el Estado de Hidalgo y será coordinada por las instancias ejecutoras.
9.1 Control y Auditoria
El Proyecto Hacia una Vida Mejor, está obligado a proporcionar a las instancias de Control y Auditoría la información necesaria para que realicen en el momento que consideren pertinente, las auditorias, revisiones o visitas de inspección, de acuerdo a los Programas Anuales de Auditoría, cuando lo considere necesario; y dará atención a las recomendaciones por dichas instancias.
9.2 Difusión:
La información del proyecto Plan Invernal y las presentes Reglas de Operación serán publicadas en el Periódico Oficial del Estado de Hidalgo, y difundidas a través del portal del gobierno del estado en la dirección electrónica www.hidalgo.gob.mx. Asimismo, estarán disponibles para la población en general en la página del Sistema DIF Hidalgo; a través de esta misma página será publicitado el servicio.
9.3 Rendición de cuentas
Este Proyecto aplica con recurso proveniente de las siguientes fuentes de financiamiento FAMAS que procede de Gobierno Federal, Participaciones Federales de Gobierno Estatal, Ingreso por Venta de Bienes y Servicios y Otros Ingresos, que es recurso propio del CRIH
Las Personas con discapacidad o su familia podrán realizar las quejas, denuncias y sugerencias en los casos en los que se vean afectados los derechos que las presentes Reglas de Operación le otorgan como beneficiarios del Programa “Hacia una Vida Mejor”.
Para tal efecto, el Sistema DIF Hidalgo determinará los mecanismos para su atención oportuna en coordinación con las instancias ejecutoras.
Se recepcionarán las quejas, sugerencias y denuncias en la línea telefónica 01 (771) 717 3100 ext. 3034 o directamente en las oficinas del Órgano de Control Interno del Sistema DIF Hidalgo, Salazar No. 100, Col. Centro, Pachuca de Soto, Hgo.
Las acciones institucionales respecto al uso y operación de los proyecto sociales durante los comicios se apegarán a los mandatos constitucionales y legales, que establece Programa de Blindaje Electoral (PBE), cuya política de blindaje protege la integridad del proceso electoral y busca impedir el uso inadecuado de los programas sociales, con el fin de evitar que los mismos sean utilizados con fines político-electorales y a efecto de no vulnerar el principio de imparcialidad durante los comicios, a través de los siguientes objetivos:
Lo anterior, mediante la aplicación de los principios constitucionales que rigen el servicio público: legalidad, honradez, lealtad, imparcialidad y eficiencia; para así, combatir la corrupción e incentivar la transparencia y la rendición de cuentas.
T R A N S I T O R I O S
PRIMERO. El presente Acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial del Estado de Hidalgo.
SEGUNDO: Se derogan todas las disposiciones que se opongan al presente Acuerdo.
Dado en la ciudad de Pachuca de Soto, Hidalgo, a los veintiséis días del mes de febrero del año dos mil veinte, en la Primera Sesión Extraordinaria de la Junta de Gobierno del Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia del Estado de Hidalgo, mediante Acuerdo S.E./I/2020/17.
POR LA JUNTA DE GOBIERNO DEL SISTEMA DIF HIDALGO
LIC. MARCELO RENÉ ESCAMILLA MARTÍNEZ
PRESIDENTE SUPLENTE SECRETARÍA DE DESARROLLO SOCIAL RÚBRICA |
CONSEJEROS
LIC. JUAN JOSÉ LARA RAMÍREZ
CONSEJERO SUPLENTE DE LA SECRETARÍA EJECUTIVA DE LA POLÍTICA PÚBLICA RÚBRICA |
L.C. IRMA ILIANA HIDALGO LUGO
CONSEJERA SUPLENTE DE LA SECRETARÍA DE FINANZAS PÚBLICAS RÚBRICA |
ING. ANA PILAR RODRÍGUEZ MOEDANO
CONSEJERA SUPLENTE DE LA UNIDAD DE PLANEACIÓN Y PROSPECTIVA RÚBRICA |
MTRA. JUANA PLACENCIA CAMPOS
CONSEJERA SUPLENTE DE LA SECRETARÍA DE EDUCACIÓN PÚBLICA RÚBRICA |
LIC. DIDIER JAQUELINE PÉREZ ALDANA
CONSEJERA SUPLENTE DE LA SECRETARÍA DE DESARROLLO ECONÓMICO RÚBRICA |
C. MÓNICA NALES MICHAUS
CONSEJERA SUPLENTE DE LA SECRETARÍA DE SALUD RÚBRICA |
NOTA: ESTAS FIRMAS CORRESPONDEN A LAS REGLAS DE OPERACIÓN DEL PROYECTO HACIA UNA VIDA MEJOR.
Derechos Enterados.28-02-2020
Periódico Oficial Alcance 13 del 28 de febrero de 2020
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