{"id":78814,"date":"2022-01-02T23:10:11","date_gmt":"2022-01-03T05:10:11","guid":{"rendered":"https:\/\/periodico.hidalgo.gob.mx\/?p=78814"},"modified":"2023-02-13T12:10:59","modified_gmt":"2023-02-13T18:10:59","slug":"sistema-de-transporte-convencional-de-hidalgo-acuerdo-por-el-que-se-establece-la-actualizacion-a-las-tarifas-en-vehiculos-destinados-a-la-prestacion-del-servicio-publico-de-transporte-de-pasajeros-e","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/periodico.hidalgo.gob.mx\/?p=78814","title":{"rendered":"Sistema de Transporte Convencional de Hidalgo.- Acuerdo por el que se establece la actualizaci\u00f3n a las tarifas en veh\u00edculos destinados a la prestaci\u00f3n del servicio p\u00fablico de transporte de pasajeros en la modalidad colectivo."},"content":{"rendered":"<p><span style=\"font-size: 20px; color: #001f2f;\"><strong>Documento contenido en el <a href=\"https:\/\/periodico.hidalgo.gob.mx\/?tribe_events=Periodico-Oficial-Bis-6-del-31-de-diciembre-de-2021\">Peri\u00f3dico Oficial Bis 6 del 31 de diciembre de 2021<\/a><\/strong><\/span><\/p>\n<p><span style=\"font-size: 16px;\"><strong>Edici\u00f3n:<\/strong> Bis 6<\/span><br \/>\n<span style=\"font-size: 16px;\"><strong>N\u00famero:<\/strong> 52<\/span><br \/>\n<span style=\"font-size: 16px;\"><strong>P\u00e1ginas:<\/strong> 11<\/span><\/p>\n<p><span style=\"font-size: 20px;\"><strong>Contenido:<\/strong><\/span><\/p>\n<hr \/>\n<p><a name=\"_Toc91877314\"><\/a>Sistema de Transporte Convencional de Hidalgo.- Acuerdo por el que se establece la actualizaci\u00f3n a las tarifas en veh\u00edculos destinados a la prestaci\u00f3n del servicio p\u00fablico de transporte de pasajeros en la modalidad colectivo.<\/p>\n<p><strong>LIC. ALEXANDRO XAVIER AQUINO ORTEGA, DIRECTOR GENERAL DEL SISTEMA DE TRANSPORTE CONVENCIONAL DE HIDALGO, CON FUNDAMENTO EN LO ESTABLECIDO POR LOS ART\u00cdCULOS 4 PEN\u00daLTIMO P\u00c1RRAFO, 73, FRACCI\u00d3N XXIX-C, 115, FRACCI\u00d3N V, INCISO A) DE LA CONSTITUCI\u00d3N POL\u00cdTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS; 2, 3 P\u00c1RRAFO PRIMERO, DE LA CONSTITUCI\u00d3N POL\u00cdTICA DEL ESTADO DE HIDALGO; 15 Y 39 DE LA LEY ORG\u00c1NICA DE LA ADMINISTRACI\u00d3N P\u00daBLICA PARA EL ESTADO DE HIDALGO; 1, 2 FRACCI\u00d3N I, 3, FRACCI\u00d3N I, INCISO C, 4, 5, 8, 9, FRACCIONES I, VI, IX, XX, XXVII, Y XXXI, 126 AL 135, 150, FRACCI\u00d3N XI, 151, FRACCIONES I, II Y III, 152, FRACCIONES VIII Y XIV, 155, 156, FRACCIONES I Y X, Y 289, FRACCI\u00d3N VIII DE LEY DE MOVILIDAD Y TRANSPORTE PARA EL ESTADO DE HIDALGO; 1, 2, 3, 4, 5, 6 FRACCI\u00d3N LXXII, 75 FRACCI\u00d3N II, 157, 229, FRACCI\u00d3N I, 232, 236, Y 240, FRACCIONES I Y II, DEL REGLAMENTO DE LA LEY DE MOVILIDAD Y TRANSPORTE PARA EL ESTADO DE HIDALGO; 1, 5, FRACCI\u00d3N IX, Y 13 DEL DECRETO QUE REFORMA DIVERSAS DISPOSICIONES DEL DECRETO QUE CRE\u00d3 AL SISTEMA DE TRANSPORTE CONVENCIONAL DE HIDALGO Y 25, 27, 28, Y 29 DEL ESTATUTO ORG\u00c1NICO DEL SISTEMA DE TRANSPORTE CONVENCIONAL DE HIDALGO; Y<\/strong><\/p>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<p><strong>C O N S I D E R A N D O<\/strong><\/p>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<p><strong>PRIMERO.<\/strong> Que con fecha 18 de diciembre de 2020, se public\u00f3 en el Diario Oficial de la Federaci\u00f3n, el Decreto por el que se declaran reformadas diversas disposiciones de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica de los Estados Unidos Mexicanos, como son los art\u00edculos 4 \u00faltimo p\u00e1rrafo, 73, fracci\u00f3n XXIX-C, 115 fracci\u00f3n V, inciso a), elevando a rango constitucional el derecho humano a la movilidad, en condiciones de seguridad vial, accesibilidad, eficiencia, sostenibilidad, calidad, inclusi\u00f3n e igualdad, bajo este paradigma es necesario implementar las acciones necesarias para brindar un transporte seguro siendo sustentable, es decir, aquella capaz de satisfacer las necesidades de la sociedad de moverse libremente, acceder, comunicar, comercializar o establecer relaciones en un tiempo y con un costo razonable y que minimice los efectos sobre el entorno y la calidad de vida de las personas.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>SEGUNDO.<\/strong> Que el 05 de diciembre de 2017, se public\u00f3 en el Peri\u00f3dico Oficial del Estado de Hidalgo el \u201cAcuerdo que establece las bases generales de regulaci\u00f3n tarifaria de los servicios de transporte p\u00fablico en el estado de Hidalgo\u201d, a trav\u00e9s del cual instruy\u00f3 la Secretar\u00eda de Movilidad y Transporte en el Estado de Hidalgo, para que en el \u00e1mbito de sus facultades y atribuciones implemente el procedimiento y acciones necesarias para la emisi\u00f3n, actualizaci\u00f3n y establecimiento de las tarifas, matrices y pir\u00e1mides tarifarias del transporte p\u00fablico.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>TERCERO. <\/strong>Que el Gobierno de Hidalgo promueve un entorno adecuado para la dignificaci\u00f3n de la persona humana, a trav\u00e9s de un marco normativo suficiente, eficaz y de gran visi\u00f3n, que privilegia el derecho a la movilidad, conforme al Objetivo 5.2 \u201cMovilidad y Transporte Sostenible\u201d de la actualizaci\u00f3n del Plan Estatal de Desarrollo 2016-2022 incluido en el gabinete sectorial 6, con impacto al objetivo 11.2 de la Agenda 2030, en lo medular, proporcionar acceso a sistemas de transporte seguros, asequibles, accesibles y sostenibles para la poblaci\u00f3n Hidalguense, prestando especial atenci\u00f3n a las necesidades de las personas en situaci\u00f3n de vulnerabilidad.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>CUARTO. <\/strong>Que corresponde a la Secretar\u00eda de Movilidad y Transporte del Estado de Hidalgo, estructurar y dirigir los programas y pol\u00edticas p\u00fablicas para el desarrollo de la movilidad, tomando al derecho social el desplazamiento como referente para preservar el desarrollo social, la integraci\u00f3n econ\u00f3mica, el uso de v\u00edas p\u00fablicas y el transporte como detonante de otros derechos, propiciando la accesibilidad universal y la seguridad en el desplazamiento de las personas, aplicando criterios de sostenibilidad; as\u00ed como instrumentar programas y campa\u00f1as permanentes de cultura de movilidad, encaminados a mejorar las condiciones en que se realizan los desplazamientos, fomentar cambios de h\u00e1bitos de movilidad y la sana convivencia entre los distintos usuarios de la v\u00eda.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>QUINTO. <\/strong>Que al Sistema de Transporte Convencional de Hidalgo, le corresponde ejercer, otorgar, registrar, regular, vigilar y sancionar la prestaci\u00f3n de los Servicios P\u00fablicos de Transporte Colectivo e Individual, Privado y Complementario, los Servicios Auxiliares y Conexos que operan en las v\u00edas p\u00fablicas de competencia Estatal, garantizando el cumplimiento de los principios de orden, crecimiento cuantitativo y cualitativo y a la oferta existente, privilegiando la satisfacci\u00f3n social.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>SEXTO. <\/strong>Que las pol\u00edticas de movilidad, deben preservar el derecho humano de los habitantes del Estado al desarrollo social, a la integraci\u00f3n econ\u00f3mica, al uso de las v\u00edas p\u00fablicas y al transporte, propiciando la seguridad y accesibilidad de las personas, as\u00ed como el flujo adecuado de los bienes en todo el territorio estatal, de forma equitativa, enfatizando en la lucha contra la pobreza, en virtud del papel que juega en el crecimiento econ\u00f3mico de la entidad.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>S\u00c9PTIMO. <\/strong>Que derivado del brote de enfermedad por coronavirus, detectado por primera vez en el poblado de Wuhan, China, el 31 de diciembre de 2019 y que con fecha 30 de enero de 2020, la Organizaci\u00f3n Mundial de la Salud declar\u00f3 la Emergencia de Salud P\u00fablica de Importancia Internacional, por el brote de 2019-nCoV, el cual, posteriormente se le otorg\u00f3 la denominaci\u00f3n de COVID-19 y derivado de los altos niveles de propagaci\u00f3n y gravedad que representa dicho virus, el 11 de marzo de 2020, dicha organizaci\u00f3n declar\u00f3 que el COVID-19, pasaba de ser una epidemia a una pandemia.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>OCTAVO. <\/strong>Que el 29 de marzo de 2020, se public\u00f3 en el Peri\u00f3dico Oficial del Estado de Hidalgo, el Acuerdo por el que se suspenden los plazos, t\u00e9rminos relacionados con los tr\u00e1mites, procedimientos y recursos administrativos, que sean competencia de la Secretar\u00eda de Movilidad y Transporte, en el periodo que comprende del d\u00eda 30 de marzo al 19 de abril del 2020 y sus actualizaciones.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>NOVENO. <\/strong>Que con fecha 30 de marzo de 2020, se public\u00f3 en el Diario Oficial de la Federaci\u00f3n, el Acuerdo del Consejo de Salubridad General, declarando como emergencia sanitaria por causa de fuerza mayor, a la epidemia de enfermedad generada por el virus SARS-CoV2 (COVID-19), de igual forma, el 31 de marzo de 2020, se public\u00f3 en el referido \u00f3rgano de difusi\u00f3n, el Acuerdo de la Secretar\u00eda de Salud del Gobierno de M\u00e9xico por el que se establecen acciones extraordinarias para atender la emergencia sanitaria generada por el virus SARS-CoV2, que deber\u00e1n cumplir cabalmente los sectores p\u00fablico, social y privado dentro del periodo del 30 de marzo al 30 de abril de 2020, con la finalidad de mitigar la dispersi\u00f3n y transmisi\u00f3n del virus SARS-CoV2 en la comunidad, para disminuir la carga de enfermedad, sus complicaciones y la muerte por COVID-19 en la poblaci\u00f3n residente en el territorio nacional.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>D\u00c9CIMO. <\/strong>Que el 14 de mayo de 2020, la Secretar\u00eda de Salud del Gobierno de M\u00e9xico, expidi\u00f3 el Acuerdo por el que se establece un sistema de sem\u00e1foro por regiones para evaluar semanalmente el riesgo epidemiol\u00f3gico relacionado con la reapertura de actividades en cada entidad federativa.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>D\u00c9CIMO PRIMERO. <\/strong>Que el 19 de mayo de 2020, mediante publicaci\u00f3n en el Peri\u00f3dico Oficial del Estado de Hidalgo, el Titular del Ejecutivo del Estado expidi\u00f3 el Acuerdo por el que se ampl\u00edan las medidas sanitarias inmediatas para la prevenci\u00f3n y control de la enfermedad infecciosa causada por el virus SARS-CoV2 (COVID-19) en el Estado de Hidalgo, adem\u00e1s, se instruye a la Secretar\u00eda de Salud y a las dem\u00e1s dependencias de la administraci\u00f3n p\u00fablica estatal, y se requiere la participaci\u00f3n de las entidades a establecer y ejecutar los mecanismos conducentes a la reducci\u00f3n de la movilidad de los habitantes entre municipios con distinto grado de propagaci\u00f3n, de acuerdo con los criterios que disponga la Secretar\u00eda de Salud del Gobierno de M\u00e9xico.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>D\u00c9CIMO SEGUNDO. <\/strong>Que, derivado de la ampliaci\u00f3n de las medidas sanitarias inmediatas para la prevenci\u00f3n y control de la enfermedad infecciosa causada por el virus SARS-CoV2 (COVID-19) en el Estado de Hidalgo que imperan al d\u00eda de hoy, lo que ha redundado en un sensible detrimento en los ingresos econ\u00f3micos de los concesionarios y operadores del transporte p\u00fablico, por ende, de sus familias, con la finalidad de garantizar la continuidad y calidad en las diferentes modalidades de transporte, pese a esta sensible situaci\u00f3n econ\u00f3mica por la que atraviesa el pa\u00eds, el Gobierno del Estado de Hidalgo busca la implementaci\u00f3n de una tarifa acorde para el servicio p\u00fablico de transporte<strong>. <\/strong><\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>D\u00c9CIMO TERCERO. <\/strong>Que mediante publicaci\u00f3n en el Peri\u00f3dico Oficial del Estado de Hidalgo de fecha 08 de junio de 2020, el titular del Sistema de Transporte Convencional de Hidalgo expidi\u00f3 el Acuerdo por el que se establecen las medidas y acciones de atenci\u00f3n a concesionarios del servicio p\u00fablico del transporte convencional del Estado de Hidalgo, para el acceso a servicios electr\u00f3nicos por internet como el pago anual por refrendo e inspecci\u00f3n vehicular, como una medida segura de aislamiento social para evitar la propagaci\u00f3n y contagio del virus SARS-COV2 (COVID-19).<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>D\u00c9CIMO CUARTO. <\/strong>Que se debe garantizar la protecci\u00f3n de los derechos de los usuarios, tendiendo al logro de mayores est\u00e1ndares de calidad, eficiencia y eficacia en la prestaci\u00f3n de los servicios de transporte p\u00fablico, a trav\u00e9s de la implementaci\u00f3n de pol\u00edticas de transporte que concurran a una progresiva coordinaci\u00f3n f\u00edsica y operacional en toda la entidad, por lo que se modifican las tarifas destinadas a la prestaci\u00f3n del servicio p\u00fablico de transporte colectivo de pasajeros en el Estado de Hidalgo, de acuerdo a la base tarifaria que se autoriza.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>D\u00c9CIMO QUINTO.<\/strong> Que el 25 de octubre y el 16 de noviembre del 2021, el sector transportista solicit\u00f3 el incremento de tarifas.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>DECIMO SEXTO.<\/strong> Que el 1\u00ba de diciembre del 2021, en atenci\u00f3n a las solicitudes referidas en el considerando anterior, se llev\u00f3 a cabo una mesa de trabajo con el sector transportista.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>D\u00c9CIMO S\u00c9PTIMO.<\/strong> Que con base en los estudios t\u00e9cnicos realizados por este Organismo de Transporte Convencional de Hidalgo, se emite el dictamen t\u00e9cnico n\u00famero STCH\/DMI\/DT\/TARIFA\/2021, de fecha 06 de diciembre de 2021, el cual determina la factibilidad a la modificaci\u00f3n de la tarifa vigente para la prestaci\u00f3n del servicio p\u00fablico de Transporte en la modalidad de Colectivo en el Estado de Hidalgo.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Por lo anterior, tengo a bien emitir el siguiente:<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>A C U E R D O<\/strong><\/p>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<p><strong>POR EL QUE SE ESTABLECE LA ACTUALIZACI\u00d3N A LAS TARIFAS EN VEH\u00cdCULOS DESTINADOS A LA PRESTACI\u00d3N DEL SERVICIO P\u00daBLICO DE TRANSPORTE DE PASAJEROS EN LA MODALIDAD COLECTIVO.<\/strong><\/p>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<p><strong>ART\u00cdCULO 1.- <\/strong>El presente Acuerdo, es de observancia obligatoria para los concesionarios que en esta modalidad intervienen.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>ART\u00cdCULO 2.- <\/strong>La tarifa para los servicios de transporte p\u00fablico en su modalidad de colectivo presentar\u00e1 actualizaci\u00f3n del 11.1% sobre la tarifa vigente<strong>.<\/strong><\/p>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<p><strong>ART\u00cdCULO <\/strong><strong>3.<\/strong> Todas las unidades que presten el servicio p\u00fablico de Transporte en la modalidad de Colectivo en el Estado de Hidalgo, deber\u00e1n realizar descuento del 50% a dos personas adultas mayores o dos personas discapacitadas abordo; as\u00ed como el no cobro de pasaje a ni\u00f1as y ni\u00f1os menores de tres a\u00f1os.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>ART\u00cdCULO 4. <\/strong>El incumplimiento de las tarifas autorizadas, la modificaci\u00f3n o alteraci\u00f3n de las mismas a que se refiere el presente Acuerdo, por parte de los concesionarios y permisionarios del servicio p\u00fablico de transporte o sus trabajadores, dar\u00e1 lugar a la aplicaci\u00f3n de las sanciones correspondientes y dem\u00e1s disposiciones aplicables, contempladas en la Ley de Movilidad y Transporte para el Estado de Hidalgo y su Reglamento.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>ART\u00cdCULO 5.<\/strong> El Sistema de Transporte Convencional de Hidalgo ser\u00e1 la Autoridad Competente para conocer sobre la interpretaci\u00f3n, tramitaci\u00f3n y resoluci\u00f3n de los asuntos alusivos al presente Acuerdo, as\u00ed como lo no previsto en el mismo, mediante circular que al efecto se emita, y aquellos que se planteen formalmente por escrito y que le sean inherentes las resolver\u00e1 en el \u00e1mbito de su competencia y atribuciones. Toda Resoluci\u00f3n o acuerdo que recaiga deber\u00e1 ser comunicado oportunamente a los interesados de conformidad con los procedimientos y en los plazos y t\u00e9rminos seg\u00fan corresponda.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Respecto de los asuntos que se encuentren fuera de su jurisdicci\u00f3n, se estar\u00e1 a lo dispuesto en la Ley Estatal del Procedimiento Administrativo para el Estado de Hidalgo y supletoriamente se aplicar\u00e1, en lo procedente, el C\u00f3digo de Procedimientos Civiles para el Estado de Hidalgo.<\/p>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<p><strong>T R A N S I T O R I O S<\/strong><\/p>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<p><strong>PRIMERO. \u2013 <\/strong>El presente Acuerdo entrar\u00e1 en vigor al d\u00eda siguiente de su publicaci\u00f3n.<\/p>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<p><strong>SEGUNDO. \u2013<\/strong> Las disposiciones contenidas en el presente Acuerdo continuar\u00e1n vigentes a\u00fan y cuando se llegase a levantar la contingencia causada por la emergencia sanitaria.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>TERCERO. &#8211; <\/strong>\u00a0Los concesionarios del Servicio P\u00fablico de Transporte en la Modalidad de Colectivo deber\u00e1n iniciar el tr\u00e1mite correspondiente ante las Unidades Administrativas del Sistema de Transporte Convencional de Hidalgo competentes, a efecto de obtener su correspondiente tarifa actualizada, de acuerdo al Municipio y Ruta a la que pertenezca.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>CUARTO. &#8211; <\/strong>El presente Acuerdo deber\u00e1 publicarse en el Peri\u00f3dico Oficial del Estado de Hidalgo y a trav\u00e9s de la p\u00e1gina oficial de internet: stch.hidalgo.gob.mx<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>DADO EN LA EN LA CIUDAD DE PACHUCA DE SOTO, HIDALGO, EN LA SEDE DEL SISTEMA DE TRANSPORTE CONVENCIONAL DE HIDALGO; A LOS DIECISEIS D\u00cdAS DEL MES DE DICIEMBRE DEL A\u00d1O DOS MIL VEINTIUNO.<\/strong><\/p>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<p><strong>EL DIRECTOR GENERAL DEL SISTEMA DE TRANSPORTE <\/strong><\/p>\n<p><strong>CONVENCIONAL DE HIDALGO<\/strong><\/p>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<p><strong>LIC. ALEXANDRO XAVIER AQUINO ORTEGA<\/strong><\/p>\n<p><strong>R\u00daBRICA<\/strong><\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<hr \/>\n<p style=\"text-align: justify;\"><span style=\"font-size: 16px;\"><a href=\"https:\/\/periodico.hidalgo.gob.mx\/?tribe_events=Periodico-Oficial-Bis-6-del-31-de-diciembre-de-2021\">Peri\u00f3dico Oficial Bis 6 del 31 de diciembre de 2021<\/a><\/span><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><span style=\"font-size: 16px;\">Esto es un extracto, por lo que en el documento que est\u00e1 visualizando puede haber texto, caracteres, im\u00e1genes u objetos que no se muestren debido a la conversi\u00f3n a formato HTML, por lo que le recomendamos tomar siempre como referencia el archivo PDF de la edici\u00f3n.<\/span><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Documento contenido en el Peri\u00f3dico Oficial Bis 6 del 31 de diciembre de 2021 Edici\u00f3n: Bis 6 N\u00famero: 52 P\u00e1ginas: 11 Contenido: Sistema de Transporte Convencional de Hidalgo.- Acuerdo por [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":0,"comment_status":"closed","ping_status":"closed","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[1],"tags":[149,261,56,736,112,162,1165,256,326,316,869,279,371,204,77,520,158,65,1027,831,259,57,125,274,220,141,129,1161,821,85,166,98,159,794,190,99,52,588,392,429,109,63,481,146,441,1077,395,414,223],"class_list":["post-78814","post","type-post","status-publish","format-standard","hentry","category-uncategorized","tag-atribuciones","tag-bis","tag-codigo","tag-consejo","tag-constitucion","tag-constitucion-politica","tag-covid-19","tag-cual","tag-decreto","tag-del-estado","tag-del-servicio","tag-dentro","tag-desarrollo","tag-determina","tag-diciembre","tag-ejecutivo","tag-enero","tag-estado","tag-estados","tag-estados-unidos","tag-gobierno","tag-hidalgo","tag-junio","tag-las","tag-ley","tag-marzo","tag-mayo","tag-medidas-sanitarias","tag-mexico","tag-municipio","tag-noviembre","tag-octubre","tag-oficial","tag-participacion","tag-periodico","tag-periodico-oficial","tag-procedimientos-civiles","tag-publica","tag-reglamento","tag-resolucion","tag-salud","tag-secretaria","tag-servicio-publico","tag-servicios","tag-servicios-publicos","tag-tarifas","tag-terminos","tag-unidades","tag-viii"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/periodico.hidalgo.gob.mx\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/78814","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/periodico.hidalgo.gob.mx\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/periodico.hidalgo.gob.mx\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/periodico.hidalgo.gob.mx\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/periodico.hidalgo.gob.mx\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fcomments&post=78814"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/periodico.hidalgo.gob.mx\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/78814\/revisions"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/periodico.hidalgo.gob.mx\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fmedia&parent=78814"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/periodico.hidalgo.gob.mx\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fcategories&post=78814"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/periodico.hidalgo.gob.mx\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Ftags&post=78814"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}