{"id":65489,"date":"2021-07-02T13:28:04","date_gmt":"2021-07-02T18:28:04","guid":{"rendered":"https:\/\/periodico.hidalgo.gob.mx\/?p=65489"},"modified":"2021-08-21T00:26:01","modified_gmt":"2021-08-21T05:26:01","slug":"procuraduria-general-de-justicia-del-estado-de-hidalgo-acuerdo-por-el-que-se-establecen-las-medidas-con-motivo-de-la-emergencia-sanitaria-por-el-virus-sars-cov2-covid-19-para-la-reanudacion-total","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/periodico.hidalgo.gob.mx\/?p=65489","title":{"rendered":"Procuradur\u00eda General de Justicia del Estado de Hidalgo. &#8211; Acuerdo por el que se establecen las medidas con motivo de la Emergencia Sanitaria por el Virus Sars-Cov2 (Covid-19) para la reanudaci\u00f3n Total de Actividades en la Procuradur\u00eda General de Justicia del Estado de Hidalgo.ACUERDO A\/01\/21"},"content":{"rendered":"<p><span style=\"font-size: 20px; color: #001f2f;\"><strong>Documento contenido en el <a href=\"https:\/\/periodico.hidalgo.gob.mx\/?tribe_events=Periodico-Oficial-Alcance-3-del-02-de-julio-de-2021\">Peri\u00f3dico Oficial Alcance 3 del 02 de julio de 2021<\/a><\/strong><\/span><\/p>\n<p><span style=\"font-size: 16px;\"><strong>Edici\u00f3n:<\/strong> Alcance 3<\/span><br \/>\n<span style=\"font-size: 16px;\"><strong>N\u00famero:<\/strong> 26<\/span><br \/>\n<span style=\"font-size: 16px;\"><strong>P\u00e1ginas:<\/strong> 71<\/span><\/p>\n<p><span style=\"font-size: 20px;\"><strong>Contenido:<\/strong><\/span><\/p>\n<hr \/>\n<p>Procuradur\u00eda General de Justicia del Estado de Hidalgo. &#8211; Acuerdo por el que se establecen las medidas con motivo de la Emergencia Sanitaria por el Virus Sars-Cov2 (Covid-19) para la reanudaci\u00f3n Total de Actividades en la Procuradur\u00eda General de Justicia del Estado de Hidalgo.ACUERDO A\/01\/21<\/p>\n<p><strong>ACUERDO A\/01\/21<\/strong><\/p>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<p><strong>RA\u00daL ARROYO, PROCURADOR GENERAL DE JUSTICIA DEL ESTADO DE HIDALGO, CON FUNDAMENTO EN LO DISPUESTO POR LOS ART\u00cdCULOS 21 DE LA CONSTITUCI\u00d3N POL\u00cdTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS; 89 Y 91 DE LA CONSTITUCI\u00d3N POL\u00cdTICA DEL ESTADO DE HIDALGO; 1, 2, 10, 12, 13 Y 14 FRACCI\u00d3N IX DE LA LEY ORG\u00c1NICA DEL MINISTERIO P\u00daBLICO DEL ESTADO DE HIDALGO; Y 7, 11 Y 24, FRACCI\u00d3N VII DE SU REGLAMENTO, Y;<\/strong><\/p>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<p><strong>C O N S I D E R A N D O<\/strong><\/p>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<p><strong>PRIMERO.- <\/strong>El art\u00edculo 4 de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica de los Estados Unidos Mexicanos, establece el derecho a la protecci\u00f3n de la salud de las personas y a un ambiente sano para su desarrollo y bienestar;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>SEGUNDO.-<\/strong> La Declaraci\u00f3n Universal de los Derechos Humanos consagra el derecho a la salud y establece el derecho de toda persona a un nivel de vida adecuado que le asegure, as\u00ed como a su familia, la salud, el bienestar y en especial, la asistencia m\u00e9dica y los servicios sociales necesarios;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>TERCERO.-<\/strong> La Constituci\u00f3n Pol\u00edtica del estado de Hidalgo establece en su art\u00edculo 8 que todos los habitantes tienen derecho a la protecci\u00f3n de la salud, al bienestar, a la seguridad individual y social y a la accesibilidad, como objetivos de la permanente superaci\u00f3n del nivel de vida de la poblaci\u00f3n;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>CUARTO.-<\/strong> La Organizaci\u00f3n Mundial de la Salud el 30 de enero de 2020, declar\u00f3 la Emergencia de Salud P\u00fablica de Importancia Internacional, por el brote de SARS-CoV2, que posteriormente se denomin\u00f3 COVID-19; y derivado de los altos niveles de propagaci\u00f3n y gravedad que representa dicho virus, el 11 de marzo de 2020, el Director General declar\u00f3 que el COVID-19 puede considerarse como una pandemia;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>QUINTO.-<\/strong> El 19 de marzo de 2020, se public\u00f3 en el Peri\u00f3dico Oficial del estado, el Acuerdo del gobernador Omar Fayad Meneses, por el que se establecen las medidas sanitarias inmediatas para la prevenci\u00f3n y control de la enfermedad infecciosa causada por el COVID-19 en el estado de Hidalgo;<\/p>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<p><strong>SEXTO.-<\/strong> El 23 de marzo de 2020, se public\u00f3 en el Peri\u00f3dico Oficial del estado, el Acuerdo A\/01\/20 por el que se emitieron los lineamientos para el funcionamiento de la Procuradur\u00eda General de Justicia durante la emergencia de salud p\u00fablica con motivo del COVID-19, y el 03 de abril se public\u00f3 el Acuerdo A\/02\/20, por medio del cual se suspendieron en lo general los tr\u00e1mites para la emisi\u00f3n de constancias de no antecedentes penales y las revisiones vehiculares para expedici\u00f3n de constancias de veh\u00edculo no robado;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>S\u00c9PTIMO.-<\/strong> El 30 de marzo de 2020, se public\u00f3 en el Diario Oficial de la Federaci\u00f3n el Acuerdo del Consejo General de Salubridad, por el que se declar\u00f3 como emergencia sanitaria por causa de fuerza mayor, la epidemia de enfermedad generada por el virus SARS-CoV2 (COVID-19); en el cual se instruy\u00f3 a la Secretar\u00eda de Salud federal, emitir las medidas correspondientes;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>OCTAVO.-<\/strong> El 31 de marzo de 2020, se public\u00f3 en el Diario Oficial de la Federaci\u00f3n, el Acuerdo de la Secretar\u00eda de Salud federal por el que se establecen acciones extraordinarias para atender la emergencia sanitaria generada por el virus SARS-CoV2, que establece en su art\u00edculo PRIMERO fracci\u00f3n II, las actividades que se consideran esenciales en el marco de la emergencia sanitaria, dentro de las cuales se ubica la procuraci\u00f3n de justicia;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>NOVENO.-<\/strong> El 14 de mayo de 2020, se public\u00f3 en el Diario Oficial de la Federaci\u00f3n, el Acuerdo de la Secretar\u00eda de Salud federal que establece una estrategia para la reapertura de las actividades sociales, educativas y econ\u00f3micas, as\u00ed como un sistema de sem\u00e1foro por regiones para evaluar semanalmente el riesgo epidemiol\u00f3gico relacionado con la reapertura de actividades en cada entidad federativa, as\u00ed como para establecer acciones extraordinarias;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>D\u00c9CIMO<\/strong>.- El 21 de diciembre de 2020, se public\u00f3 en el Peri\u00f3dico Oficial del estado, el Acuerdo del gobernador Omar Fayad Meneses, que modific\u00f3 el similar por el que se ampl\u00edan las medidas sanitarias inmediatas para la prevenci\u00f3n y control de la enfermedad infecciosa causada por el virus Sars-Cov2 (Covid-19) en el estado de Hidalgo, establecidas en el diverso publicado en el Peri\u00f3dico Oficial del estado del 19 de marzo de 2020;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Por lo anterior, tengo a bien emitir el siguiente::<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>ACUERDO<\/strong> <strong>POR EL QUE SE ESTABLECEN LAS MEDIDAS CON MOTIVO DE <\/strong><strong>LA EMERGENCIA SANITARIA POR EL VIRUS <\/strong><strong>SARS-COV2 (COVID-19) PARA LA REANUDACI\u00d3N TOTAL DE ACTIVIDADES EN LA PROCURADUR\u00cdA GENERAL DE JUSTICIA DEL ESTADO DE HIDALGO <\/strong><\/p>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<p><strong>CAPITULO PRIMERO<\/strong><\/p>\n<p><strong>DISPOSICIONES GENERALES<\/strong><\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<ol>\n<li>Se emiten las medidas de seguridad sanitaria para el cumplimiento de las funciones de la Procuradur\u00eda y los lineamientos para brindar atenci\u00f3n a las personas usuarias y visitantes que ingresen a sus instalaciones, durante el tiempo que persista la emergencia sanitaria, bajo un control de acceso que cumpla con las disposiciones y recomendaciones emitidas por las autoridades de salud, con motivo de la emergencia decretada por la COVID-19 y con el prop\u00f3sito de salvaguardar su integridad y evitar la propagaci\u00f3n del virus.<\/li>\n<\/ol>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<ol start=\"2\">\n<li>Para efectos del presente Acuerdo se entender\u00e1 por:<\/li>\n<\/ol>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<ol>\n<li>Acuerdo<strong> A\/01\/20<\/strong>: \u201c<em>ACUERDO POR EL QUE SE EMITEN LOS LINEAMIENTOS PARA EL FUNCIONAMIENTO DE LA PROCURADUR\u00cdA GENERAL DE JUSTICIA DEL ESTADO DE HIDALGO DURANTE LA EMERGENCIA DE SALUD P\u00daBLICA CON MOTIVO DEL COVID-19\u201d<\/em>, publicado el 23 de marzo de 2020 en el Peri\u00f3dico Oficial del estado de Hidalgo.<\/li>\n<\/ol>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<ol start=\"2\">\n<li><strong>COVID-19<\/strong>: denominaci\u00f3n de la pandemia reconocida internacional y nacionalmente decretada como emergencia sanitaria por el Consejo de Salubridad General, por la enfermedad causada por la propagaci\u00f3n del virus denominado SARS-COV2.<\/li>\n<\/ol>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<ol start=\"19\">\n<li><strong>Medidas de control sanitario<\/strong>: todas aquellas disposiciones y recomendaciones emitidas por las autoridades sanitarias federales y estatales con motivo de la COVID-19.<\/li>\n<\/ol>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<ol>\n<li><strong>Personal sustantivo:<\/strong> personal de la Procuradur\u00eda que desarrolla en forma directa o auxiliar funciones ministeriales, de justicia restaurativa, de polic\u00eda de investigaci\u00f3n y periciales en las \u00e1reas y unidades administrativas de la Procuradur\u00eda General de Justicia del estado de Hidalgo.<\/li>\n<\/ol>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<ol>\n<li><strong>Personal administrativo:<\/strong> Las y los servidores p\u00fablicos de la Procuradur\u00eda que desarrollen funciones distintas a las enunciadas en el inciso anterior.<\/li>\n<\/ol>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<ol start=\"19\">\n<li><strong>Personas en situaci\u00f3n de vulnerabilidad:<\/strong> aquellas personas que debido a determinadas condiciones o caracter\u00edsticas de salud son m\u00e1s propensas a desarrollar una complicaci\u00f3n y\/o morir por la COVID-19. Siendo las siguientes: mujeres embarazadas o lactando, personas con obesidad, personas de 60 a\u00f1os cumplidos o m\u00e1s, personas que viven con diabetes e hipertensi\u00f3n descontroladas, VIH, c\u00e1ncer, con alguna discapacidad, trasplante, enfermedad hep\u00e1tica, pulmonar, as\u00ed como trastornos neurol\u00f3gicos o del neurodesarrollo (epilepsia, accidentes vasculares, distrofia muscular, lesi\u00f3n de m\u00e9dula espinal)<a href=\"#_ftn1\" name=\"_ftnref1\">[1]<\/a>, de conformidad con el Acuerdo por el que se da a conocer el medio de difusi\u00f3n de los criterios para las poblaciones en situaci\u00f3n de vulnerabilidad, publicado en el Diario Oficial de la Federaci\u00f3n el 27 de julio de 2020 y con los criterios para las poblaciones en situaciones de vulnerabilidad que tienen mayor riesgo de desarrollar una complicaci\u00f3n o morir por la COVID-19 en la reapertura de actividades econ\u00f3micas en los centros de trabajo en su versi\u00f3n 3.0 de fecha 01 de junio de 2021, publicado en el sitio web de la Secretar\u00eda de Salud federal.<\/li>\n<\/ol>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<ol>\n<li><strong>Procurador\/a:<\/strong> La persona titular de la Procuradur\u00eda;<\/li>\n<li><strong>Procuradur\u00eda:<\/strong> Procuradur\u00eda General de Justicia del estado de Hidalgo;<\/li>\n<\/ol>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<ol start=\"2020\">\n<li><strong>Reglamento de Seguridad:<\/strong> Reglamento de Seguridad, Control de Acceso y Protecci\u00f3n Civil para los Centros de Servicios Integrales de la Procuradur\u00eda General de Justicia del estado de Hidalgo, publicado mediante Acuerdo A\/06\/20 en el Peri\u00f3dico Oficial del estado de Hidalgo el 26 de octubre de 2020.<\/li>\n<\/ol>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<ol>\n<li><strong>Usuarias:<\/strong> Personas que asisten a las instalaciones para requerir alg\u00fan servicio de la Procuradur\u00eda.<\/li>\n<\/ol>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<ol start=\"3\">\n<li>En todas sus \u00e1reas la Procuradur\u00eda dispondr\u00e1 un control para el ingreso a las instalaciones en apego al Reglamento de Seguridad. Las personas encargadas de controlar el acceso a los inmuebles deber\u00e1n vigilar que se cumplan las medidas sanitarias respecto de las personas que acudan, y solicitar\u00e1n identificaci\u00f3n oficial vigente con fotograf\u00eda, datos m\u00ednimos del asunto a tratar y en su caso, el n\u00famero de cita o referencia que le haya sido asignada por la o el servidor p\u00fablico respectivo.<\/li>\n<\/ol>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<p>Son medidas sanitarias, por lo menos las siguientes:<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<ol>\n<li>Usar cubrebocas limpio y en buen estado;<\/li>\n<li>Tomar la temperatura antes de ingresar a un inmueble;<\/li>\n<li>Aplicar gel antibacterial al 70% de alcohol o lavado de manos y;<\/li>\n<li>Mantener distancia de por lo menos 1.5 metros entre personas<\/li>\n<li><strong>4<\/strong>. Las personas titulares de las unidades administrativas t\u00e9cnicas y operativas, podr\u00e1n establecer esquemas propios en sus espacios de trabajo, para garantizar el cumplimiento de las obligaciones y funciones de su unidad, considerando las necesidades del servicio, la distribuci\u00f3n de los horarios de su personal, y privilegiar el cumplimiento de la jornada laboral en apego al Acuerdo A\/04\/18.<\/li>\n<\/ol>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<ol start=\"5\">\n<li>Se except\u00faa de la obligaci\u00f3n de presentarse en sus unidades administrativas t\u00e9cnicas y\/u operativas a las y los servidores p\u00fablicos que est\u00e9n consideradas como personas diagnosticadas o que se mantengan positivas de la COVID-19, o aquellas en situaci\u00f3n de vulnerabilidad de conformidad con la semaforizaci\u00f3n, las medidas emitidas por las autoridades sanitarias y considerando los avances en la jornada nacional de vacunaci\u00f3n.<\/li>\n<\/ol>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<ol start=\"6\">\n<li>La comunicaci\u00f3n interna y reuniones de trabajo se har\u00e1n preferentemente a trav\u00e9s de medios tecnol\u00f3gicos, salvo en los casos que por la naturaleza del asunto se requiera hacerlo de manera presencial, entre ellas todas las diligencias que se practiquen entre personas agentes del Ministerio P\u00fablico y personal de la Polic\u00eda Investigadora y de los servicios periciales, que est\u00e9n relacionadas con la integraci\u00f3n de carpetas de investigaci\u00f3n, sesiones de justicia restaurativa, dict\u00e1menes periciales, informes de investigaci\u00f3n, desarrollo o atenci\u00f3n del proceso penal y preparaci\u00f3n de audiencias de juicio o desahogo de pruebas anticipadas.<\/li>\n<\/ol>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<ol start=\"7\">\n<li>Se deber\u00e1 mantener una observaci\u00f3n y seguimiento continuos del estado de salud de las y los servidores p\u00fablicos, quienes deber\u00e1n reportar de forma inmediata a la persona superior inmediata sobre el padecimiento de cualquier s\u00edntoma relacionado con la COVID-19, entre otros: tos seca, dolor de cabeza, fiebre, dificultad para respirar, diarrea, conjuntivitis y dem\u00e1s se\u00f1alados por las instituciones de salud p\u00fablica. Las y los titulares de las unidades administrativas t\u00e9cnicas y operativas, deber\u00e1n dar aviso inmediato de ello a la Direcci\u00f3n General de Administraci\u00f3n y Finanzas y al Despacho del Procurador\/a para gestionar la atenci\u00f3n m\u00e9dica que se requiera o en su caso, la vigilancia epidemiol\u00f3gica.<\/li>\n<\/ol>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<ol start=\"8\">\n<li>Todas las unidades administrativas t\u00e9cnicas y operativas deber\u00e1n mantener una continua ventilaci\u00f3n y verificar que de manera constante se realice la limpieza o sanitizaci\u00f3n de los espacios de trabajo y de los veh\u00edculos oficiales. Cualquier incidencia sobre esta disposici\u00f3n se reportar\u00e1 a la Direcci\u00f3n General de Administraci\u00f3n y Finanzas.<\/li>\n<\/ol>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<p><strong>CAPITULO SEGUNDO<\/strong><\/p>\n<p><strong>\u00c1REAS DE ATENCI\u00d3N AL P\u00daBLICO <\/strong><\/p>\n<ol start=\"9\">\n<li>La atenci\u00f3n al p\u00fablico y prestaci\u00f3n del servicio en la Procuradur\u00eda, se realizar\u00e1 conforme a los horarios establecidos en el Acuerdo A\/04\/18 publicado en el Peri\u00f3dico Oficial del estado el 24 de diciembre de 2018. Se privilegiar\u00e1 la asistencia para seguimiento de averiguaciones previas y carpetas de investigaci\u00f3n con cita previa con m\u00ednimo 24 horas de anticipaci\u00f3n, salvo las unidades administrativas t\u00e9cnicas y operativas que por sus funciones brindan atenci\u00f3n permanente al p\u00fablico.<\/li>\n<\/ol>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<ol start=\"10\">\n<li>La atenci\u00f3n al p\u00fablico de forma presencial se realizar\u00e1 en apego a las medidas de control sanitario que resulten necesarias para el evitar el riesgo contagio de la COVID-19, tanto las dictadas por autoridades federales y estatales en materia de salud, como las espec\u00edficas que se delimiten por las personas titulares de las unidades administrativas t\u00e9cnicas y operativas de la Procuradur\u00eda, atendiendo a la condiciones de cada inmueble y la afluencia de personas usuarias.<\/li>\n<\/ol>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>En cualquier lugar y\/o actividad de trabajo es obligatorio:<\/p>\n<ol>\n<li>Usar cubrebocas limpio y en buen estado;<\/li>\n<li>Tomar la temperatura antes de ingresar a un inmueble;<\/li>\n<li>Aplicar gel antibacterial o lavado de manos; y<\/li>\n<li>Mantener distancia de por lo menos 1.5 metros entre personas.<\/li>\n<\/ol>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<ol start=\"11\">\n<li>Los centros de atenci\u00f3n temprana, unidades de investigaci\u00f3n con detenido y las unidades mixtas, as\u00ed como el \u00e1rea de justicia restaurativa, funcionar\u00e1n en su horario habitual y en apego al Acuerdo A\/04\/18. Se privilegiar\u00e1 el ingreso y permanencia ordenados a la Procuradur\u00eda, por lo cual se podr\u00e1n implementar sistemas de atenci\u00f3n por cita, con excepci\u00f3n de la atenci\u00f3n a hechos con caracter\u00edsticas de delito que se consideren de atenci\u00f3n inmediata conforme a los criterios contenidos en el numeral 2 del Acuerdo A\/01\/20 o de impacto extraordinario y\/o alto conforme a la Pol\u00edtica de Persecuci\u00f3n Penal de la Procuradur\u00eda. En cualquier caso deben implantarse esquemas de orden con la finalidad de evitar la aglomeraci\u00f3n de personas, para su seguridad y la de las y los servidores p\u00fablicos.<\/li>\n<\/ol>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Los sistemas de citas o sistemas inform\u00e1ticos que se implementen para cumplir lo dispuesto en el presente, deber\u00e1n contar con la elaboraci\u00f3n conjunta o en su caso, la validaci\u00f3n de la Direcci\u00f3n General de Administraci\u00f3n y Finanzas.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<ol start=\"12\">\n<li>La oficial\u00eda de partes com\u00fan prestar\u00e1 servicio al p\u00fablico en un horario de 9:00 a 17:00 horas.<\/li>\n<\/ol>\n<p>Se privilegiar\u00e1 la recepci\u00f3n de documentos en un espacio abierto, en el que se indiquen lugares de espera para que las personas usuarias sean atendidas en sus tr\u00e1mites de acuerdo a las cargas de trabajo del personal, de manera ordenada y aplicando las medidas de control sanitario m\u00ednimas mencionadas en el numeral 5.<\/p>\n<p><span style=\"text-decoration: line-through;\">\u00a0<\/span><\/p>\n<ol start=\"13\">\n<li>Se deber\u00e1 privilegiar el tiempo de atenci\u00f3n a la poblaci\u00f3n usuaria considerando la capacidad instalada y el personal que se encuentre en funciones, de manera que ante la imposibilidad de atender a las usuarias al mismo tiempo, se les indicar\u00e1 un horario y d\u00eda para el inicio de su carpeta de investigaci\u00f3n en aquellos hechos que por su naturaleza permitan la programaci\u00f3n de esa atenci\u00f3n y no sean de los considerados de atenci\u00f3n inmediata conforme al Acuerdo A\/01\/20.<\/li>\n<\/ol>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<ol start=\"14\">\n<li>La atenci\u00f3n para la emisi\u00f3n de constancias de no antecedentes penales y de las revisiones vehiculares para expedici\u00f3n de constancias de veh\u00edculo no robado, se realizar\u00e1 en un horario de 9:00 a 15:00 horas y se podr\u00e1n implementar sistemas de atenci\u00f3n e ingreso por cita.<\/li>\n<\/ol>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<ol start=\"15\">\n<li>Los Registros de Atenci\u00f3n Ciudadana (RAC) con motivo de extrav\u00edo de documentos oficiales cuya emisi\u00f3n sea competencia del estado de Hidalgo o cualquier otro registro que se inicie sobre hechos que no den lugar al inicio de una carpeta de investigaci\u00f3n, se emitir\u00e1n en los m\u00f3dulos de atenci\u00f3n espec\u00edfica destinados para tal efecto en los centros de Atenci\u00f3n Temprana o en las unidades mixtas en un horario de 9:00 a 15:00 horas.<\/li>\n<\/ol>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<ol start=\"16\">\n<li>El aforo del p\u00fablico usuario en las instalaciones ser\u00e1 reducido y por un acceso \u00fanico, manteni\u00e9ndose las medidas de control sanitario para disminuir el riesgo de contagio y con base en el Reglamento de Seguridad.<\/li>\n<\/ol>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<ol start=\"17\">\n<li>Queda estrictamente prohibido el acceso a las instalaciones a las personas que presenten s\u00edntomas que pudieran estar relacionados con la COVID-19, mencionadas en el numeral 9 del presente, y se deber\u00e1n aplicar medidas espec\u00edficas para su atenci\u00f3n.<\/li>\n<\/ol>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<ol start=\"18\">\n<li>Una vez que las personas servidoras p\u00fablicas ingresen a las instalaciones, se procurar\u00e1 que no salgan de ellas hasta la terminaci\u00f3n de su jornada laboral, salvo cuando resulte estrictamente necesario para el cumplimiento de sus funciones, o por causa de fuerza mayor debidamente justificada ante la persona titular de su \u00e1rea.<\/li>\n<\/ol>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<p><strong>CAPITULO TERCERO<\/strong><\/p>\n<p><strong>SEMAFORIZACI\u00d3N<\/strong><\/p>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<ol start=\"19\">\n<li>Para el desarrollo de las actividades y la prestaci\u00f3n de servicios se tomar\u00e1 como referencia el sem\u00e1foro epidemiol\u00f3gico por regiones comunicado peri\u00f3dicamente por la Secretar\u00eda de Salud del gobierno federal, as\u00ed como el sistema de alerta sanitaria que emita la Secretar\u00eda de Salud del estado de Hidalgo.<\/li>\n<\/ol>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>20.<\/strong>&#8211; La semaforizaci\u00f3n comprende 4 niveles de alerta:<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<ul>\n<li><strong>Riesgo m\u00e1ximo:<\/strong> (Rojo), permite incorporaci\u00f3n a las actividades presenciales al 30% del personal que no se encuentre dentro de los grupos vulnerables para la COVID-19 y aplicar medidas de seguridad sanitaria obligatorias. El aforo en espacios de atenci\u00f3n al p\u00fablico ser\u00e1 del 20%.<\/li>\n<\/ul>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<ul>\n<li><strong>Riesgo alto:<\/strong> (Naranja), permite la incorporaci\u00f3n a las actividades presenciales al 50% del personal que no se encuentre dentro de los grupos vulnerables para la COVID-19 y aplicar medidas de seguridad sanitaria obligatorias. El aforo en espacios de atenci\u00f3n al p\u00fablico ser\u00e1 del 40%.<\/li>\n<\/ul>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<ul>\n<li><strong>Riesgo medio:<\/strong> (Amarillo), permite la incorporaci\u00f3n a las actividades presenciales al 70 % del personal que no se encuentre dentro de los grupos vulnerables para la COVID-19 y aplicar medidas de seguridad sanitaria obligatorias. El aforo en espacios de atenci\u00f3n al p\u00fablico ser\u00e1 del 60%.<\/li>\n<\/ul>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<ul>\n<li><strong>Riesgo bajo:<\/strong> (Verde) permite la incorporaci\u00f3n del 90% del personal y aplicar medidas de seguridad sanitaria obligatorias. El aforo en espacios de atenci\u00f3n al p\u00fablico ser\u00e1 del 90%.<\/li>\n<\/ul>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>T R A N S I T O R I O S<\/strong><\/p>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<p><strong>PRIMERO.<\/strong> El presente Acuerdo entrar\u00e1 en vigor el d\u00eda siguiente de su publicaci\u00f3n.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>SEGUNDO.<\/strong> Las personas titulares de las unidades administrativas t\u00e9cnicas y operativas, har\u00e1n del conocimiento de las y los servidores p\u00fablicos a su cargo, el contenido del presente acuerdo para su debida observancia.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>TERCERO. <\/strong>Una vez que la Procuradur\u00eda emita la Pol\u00edtica de Persecuci\u00f3n Penal se aplicar\u00e1n los criterios respectivos sobre niveles de atenci\u00f3n a hechos delictivos. Hasta antes de su vigencia se utilizar\u00e1n los criterios previstos en el numeral 2 del Acuerdo A\/01\/20.<\/p>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<p><strong>CUARTO.\u00a0 <\/strong>Quedan sin efectos los acuerdos <strong>A\/01\/20<\/strong> y <strong>A\/02\/20 <\/strong>y los oficios circulares PGJH-01\/1065\/2020, PGJH-01\/1100\/2020, PGJH-01\/1189\/2020, con excepci\u00f3n de lo dispuesto en el transitorio anterior.<\/p>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<p><strong>DADO EN PACHUCA DE SOTO, HIDALGO, A LOS DOS D\u00cdAS DEL MES DE JULIO DE DOS MIL VEINTIUNO.<\/strong><\/p>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<p><strong>RA\u00daL ARROYO<\/strong><\/p>\n<p><strong>PROCURADOR GENERAL DE JUSTICIA DEL ESTADO DE HIDALGO<\/strong><\/p>\n<p><strong>R\u00daBRICA<\/strong><\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><a href=\"#_ftnref1\" name=\"_ftn1\">[1]<\/a><strong><em>MEDIDAS\u00a0DE\u00a0PROTECCI\u00d3N\u00a0PARA\u00a0LA\u00a0POBLACI\u00d3N\u00a0VULNERABLE\u00a0EN\u00a0CENTROS\u00a0DE\u00a0TRABAJO\u00a0UBICADOS\u00a0EN\u00a0REGIONES\u00a0DESIGNADAS\u00a0DE\u00a0ALERTA\u00a0ALTA\u00a0E\u00a0INTERMEDIA.- https:\/\/www.dof.gob.mx\/nota_detalle.php?codigo=5594138&amp;fecha=29\/05\/2020&amp;print=true<\/em><\/strong><\/p>\n<hr \/>\n<p style=\"text-align: justify;\"><span style=\"font-size: 16px;\"><a href=\"https:\/\/periodico.hidalgo.gob.mx\/?tribe_events=Periodico-Oficial-Alcance-3-del-02-de-julio-de-2021\">Peri\u00f3dico Oficial Alcance 3 del 02 de julio de 2021<\/a><\/span><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><span style=\"font-size: 16px;\">Esto es un extracto, por lo que en el documento que est\u00e1 visualizando puede haber texto, caracteres, im\u00e1genes u objetos que no se muestren debido a la conversi\u00f3n a formato HTML, por lo que le recomendamos tomar siempre como referencia el archivo PDF de la edici\u00f3n.<\/span><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Documento contenido en el Peri\u00f3dico Oficial Alcance 3 del 02 de julio de 2021 Edici\u00f3n: Alcance 3 N\u00famero: 26 P\u00e1ginas: 71 Contenido: Procuradur\u00eda General de Justicia del Estado de Hidalgo. [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":0,"comment_status":"closed","ping_status":"closed","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[1],"tags":[883,250,1116,521,736,147,112,162,256,868,316,869,279,474,371,77,337,439,388,158,230,584,65,1027,831,80,411,198,127,259,187,57,596,542,66,125,139,274,220,141,129,867,98,159,203,190,99,396,267,391,228,588,289,1113,392,1080,109,1112,63,146,753,600,414,782],"class_list":["post-65489","post","type-post","status-publish","format-standard","hentry","category-uncategorized","tag-autoridades","tag-aviso","tag-cancer","tag-cargo","tag-consejo","tag-consejo-general","tag-constitucion","tag-constitucion-politica","tag-cual","tag-declaracion","tag-del-estado","tag-del-servicio","tag-dentro","tag-derechos","tag-desarrollo","tag-diciembre","tag-direccion","tag-direccion-general","tag-el-periodico-oficial","tag-enero","tag-entidad","tag-entidad-federativa","tag-estado","tag-estados","tag-estados-unidos","tag-estados-unidos-mexicanos","tag-familia","tag-federacion","tag-gob","tag-gobierno","tag-gobierno-federal","tag-hidalgo","tag-horas","tag-integracion","tag-julio","tag-junio","tag-justicia","tag-las","tag-ley","tag-marzo","tag-mayo","tag-necesidades","tag-octubre","tag-oficial","tag-pachuca","tag-periodico","tag-periodico-oficial","tag-periodico-oficial-alcance-3","tag-poblacion","tag-presente","tag-procurador-general","tag-publica","tag-publicos","tag-reanudacion","tag-reglamento","tag-relacionados","tag-salud","tag-sars-cov2","tag-secretaria","tag-servicios","tag-sesiones","tag-trabajo","tag-unidades","tag-vii"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/periodico.hidalgo.gob.mx\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/65489","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/periodico.hidalgo.gob.mx\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/periodico.hidalgo.gob.mx\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/periodico.hidalgo.gob.mx\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/periodico.hidalgo.gob.mx\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fcomments&post=65489"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/periodico.hidalgo.gob.mx\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/65489\/revisions"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/periodico.hidalgo.gob.mx\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fmedia&parent=65489"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/periodico.hidalgo.gob.mx\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fcategories&post=65489"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/periodico.hidalgo.gob.mx\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Ftags&post=65489"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}