{"id":44435,"date":"2020-10-12T13:35:24","date_gmt":"2020-10-12T18:35:24","guid":{"rendered":"https:\/\/periodico.hidalgo.gob.mx\/?p=44435"},"modified":"2020-10-12T13:35:24","modified_gmt":"2020-10-12T18:35:24","slug":"secretaria-de-educacion-publica-acuerdo-que-contiene-los-lineamientos-para-el-regreso-seguro-a-clases-en-los-centros-educativos-en-el-marco-de-la-pandemia-covid-19-como-parte-del-operativo-escudo","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/periodico.hidalgo.gob.mx\/?p=44435","title":{"rendered":"Secretar\u00eda de Educaci\u00f3n P\u00fablica. &#8211; Acuerdo que contiene los Lineamientos para el Regreso Seguro a Clases en los Centros Educativos en el Marco de la Pandemia Covid-19, como parte del Operativo Escudo, Hidalgo Seguro."},"content":{"rendered":"<p><span style=\"font-size: 20px; color: #001f2f;\"><strong>Documento contenido en el Peri\u00f3dico Oficial Ordinario 0 del 12 de octubre de 2020<\/strong><\/span><\/p>\n<p><span style=\"font-size: 16px;\"><strong>Edici\u00f3n:<\/strong> Ordinario 0<\/span><br \/>\n<span style=\"font-size: 16px;\"><strong>N\u00famero:<\/strong> 41<\/span><br \/>\n<span style=\"font-size: 16px;\"><strong>P\u00e1ginas:<\/strong> 75<\/span><\/p>\n<p><span style=\"font-size: 20px;\"><strong>Contenido:<\/strong><\/span><\/p>\n<hr \/>\n<p><a name=\"_Toc53399315\"><\/a>Secretar\u00eda de Educaci\u00f3n P\u00fablica. &#8211; Acuerdo que contiene los Lineamientos para el Regreso Seguro a Clases en los Centros Educativos en el Marco de la Pandemia Covid-19, como parte del Operativo Escudo, Hidalgo Seguro.<\/p>\n<p><strong>ATILANO RODOLFO RODR\u00cdGUEZ P\u00c9REZ, SECRETARIO DE EDUCACI\u00d3N P\u00daBLICA DE HIDALGO, CON FUNDAMENTO EN LO ESTABLECIDO POR LOS ART\u00cdCULOS 73 DE LA CONSTITUCI\u00d3N POL\u00cdTICA DEL ESTADO DE HIDALGO, 2 Bis, 3, 4, 13, FRACCI\u00d3N XI Y 34 FRACCI\u00d3N I, II, III, IV DE LA LEY ORG\u00c1NICA DE LA ADMINISTRACI\u00d3N P\u00daBLICA PARA EL ESTADO DE HIDALGO; 2, 10, 11 DEL REGLAMENTO INTERIOR DE LA SECRETAR\u00cdA DE EDUCACI\u00d3N P\u00daBLICA y 13 FRACCI\u00d3N I Y II DE LA LEY DE EDUCACI\u00d3N PARA EL ESTADO DE HIDALGO; Y <\/strong><\/p>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<p><strong>CONSIDERANDO<\/strong><\/p>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<p><strong>PRIMERO.<\/strong> Que el Plan Estatal de Desarrollo 2016-2022, con prospectiva al 2030, particularmente en su eje 4, denominado \u201cHidalgo Seguro, con Justicia y en Paz\u201d, contempla garantizar el pleno ejercicio de los intereses particulares en lo individual y colectivo, en un marco de respeto a las leyes que impulsen la cultura de su cumplimiento y as\u00ed, enaltecer los derechos humanos de la poblaci\u00f3n del estado.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>SEGUNDO.<\/strong> Que de conformidad con lo establecido en el art\u00edculo 1 de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica de los Estados Unidos Mexicanos en su Tercer P\u00e1rrafo, el deber de cuidado del Estado se intensifica para promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos de conformidad con los principios de universalidad, interdependencia, indivisibilidad y progresividad. En consecuencia, el Estado deber\u00e1 prevenir, investigar, sancionar y reparar las violaciones a los derechos humanos, en los t\u00e9rminos que establezca la ley. En este sentido, la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica, como legislaci\u00f3n fundamental, consagra una serie de medidas axiol\u00f3gicas y formales, las cuales engloban al bloque de derechos humanos.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>TERCERO<\/strong>. Que derivado del brote de enfermedad por coronavirus, detectado por primera vez en el poblado de Wuhan, China, el 31 de diciembre de 2019, con fecha 30 de enero del presente a\u00f1o, la Organizaci\u00f3n Mundial de la Salud declar\u00f3 la Emergencia de Salud P\u00fablica de Importancia Internacional, por el brote de 2019- COVID, al cual, posteriormente se le otorg\u00f3 la denominaci\u00f3n de COVID-19 y que, producto de los altos niveles de propagaci\u00f3n y gravedad que representa el virus, el 11 de marzo de 2020, dicha organizaci\u00f3n declar\u00f3 que el COVID-19 pasaba de ser una epidemia a una pandemia.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>CUARTO.<\/strong> Que el 19 de marzo del a\u00f1o en curso, se public\u00f3 en el Peri\u00f3dico Oficial del Estado de Hidalgo el Acuerdo del Ejecutivo por medio del cual se establecen las medidas sanitarias inmediatas para la prevenci\u00f3n y control de la enfermedad infecciosa causada por el coronavirus COVID-19 en el estado de Hidalgo, y en su punto Cuarto se instruye a las dependencias y entidades de la administraci\u00f3n p\u00fablica estatal para que, dentro del \u00e1mbito de sus atribuciones, coordinen acciones con la Secretar\u00eda de Salud del Estado, para implementar las medidas de prevenci\u00f3n y control necesarias para mitigar el impacto del COVID-19 en la salud de la poblaci\u00f3n del Estado, as\u00ed como coadyuvar con las dependencias y entidades de la Administraci\u00f3n P\u00fablica Federal en el contexto del Sistema Nacional de Salud.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>QUINTO<\/strong>.\u00a0 Que el 25 de marzo del a\u00f1o en curso, se public\u00f3 en el Peri\u00f3dico Oficial del Estado de Hidalgo el Acuerdo del Ejecutivo por el que se establecen las medidas y acciones que deber\u00e1n implementar las dependencias y entidades de la administraci\u00f3n p\u00fablica estatal derivado de la enfermedad por el virus COVID19 en el estado de Hidalgo, y se instruye a las dependencias y entidades de la administraci\u00f3n p\u00fablica estatal, para en el \u00e1mbito de sus atribuciones, emitan los lineamientos, acuerdos y dem\u00e1s instrumentos normativos necesarios para dar cumplimiento al referido Acuerdo.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>SEXTO.<\/strong> Que con fecha 24 de marzo de 2020, se public\u00f3 en el Diario Oficial de la Federaci\u00f3n el Acuerdo por el que se establecen las medidas preventivas que se deber\u00e1n implementar para la mitigaci\u00f3n y control de los riesgos para la salud que implica la enfermedad por el virus SARS-CoV2 (Covid-19), emitido por la Secretar\u00eda de Salud del Gobierno de M\u00e9xico, dentro de las medidas preventivas que deben implementar los sectores p\u00fablico, privado y social, entre otras, se encuentra la suspensi\u00f3n temporalmente las actividades escolares en todos los niveles, hasta el 17 de abril del\u00a02020.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>S\u00c9PTIMO<\/strong>. Que el 29 de marzo del a\u00f1o en curso, se public\u00f3 en el Peri\u00f3dico Oficial del Estado de Hidalgo el Acuerdo por el que se suspenden los plazos, t\u00e9rminos relacionados con los tr\u00e1mites, procedimientos y recursos administrativos que sean competencia de la Secretar\u00eda de Educaci\u00f3n P\u00fablica de Hidalgo, as\u00ed como sus acuerdos modificatorios para ampliar dicha suspensi\u00f3n.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>OCTAVO. <\/strong>Con fecha 30 de marzo de 2020, se public\u00f3 en el Diario Oficial de la Federaci\u00f3n el Acuerdo por el que se declara como emergencia sanitaria por causa de fuerza mayor, a la epidemia de enfermedad generada por el virus SARS-CoV2 (COVID-19), fue emitido por el Consejo de Salubridad General, estableciendo que, la Secretar\u00eda de Salud determinar\u00e1 todas las acciones que resulten necesarias para atender la\u00a0emergencia.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>NOVENO. <\/strong>Que con fecha 5 de junio de 2020,\u00a0 la Secretar\u00eda de Educaci\u00f3n public\u00f3 en el Diario Oficial de la Federaci\u00f3n el Acuerdo n\u00famero 12\/06\/20 por el que se establecen diversas disposiciones para evaluar el ciclo escolar 2019-2020 y cumplir con los planes y programas de estudio de Educaci\u00f3n B\u00e1sica (preescolar, primaria y secundaria), Normal y dem\u00e1s para la formaci\u00f3n de maestros de Educaci\u00f3n B\u00e1sica aplicables a toda la Rep\u00fablica, al igual que aquellos planes y programas de estudio del tipo Medio Superior que la Secretar\u00eda de Educaci\u00f3n P\u00fablica haya emitido en beneficio de los educandos,\u00a0 los presentes lineamientos derivan y se emiten de conformidad con el Acuerdo de la Secretar\u00eda de Educaci\u00f3n P\u00fablica del Gobierno de M\u00e9xico, dirigidos a la comunidad escolar como lo son los alumnos, docentes, administrativos y personal de apoyo a la educaci\u00f3n para el regreso seguro a las actividades en los Centros Educativos del Estado de Hidalgo.<\/p>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<p><strong>DECIMO.<\/strong> Que ante la obligaci\u00f3n del Estado Mexicano de brindar educaci\u00f3n conforme al derecho establecido en el art\u00edculo 3 de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica de los Estados Unidos Mexicanos se dan a conocer a la sociedad los presentes lineamientos para el regreso seguro a clases.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Por lo antes expuesto y fundado, he tenido a bien a emitir el presente:<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>ACUERDO<\/strong><\/p>\n<p><strong>QUE CONTIENE LOS LINEAMIENTOS PARA EL REGRESO SEGURO A CLASES EN LOS CENTROS EDUCATIVOS EN EL MARCO DE LA PANDEMIA COVID-19, COMO PARTE DEL OPERATIVO ESCUDO, HIDALGO SEGURO.<\/strong><\/p>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<p><strong>APLICACI\u00d3N:<\/strong><\/p>\n<p>Este documento ser\u00e1 de aplicaci\u00f3n general para todos los centros educativos y de trabajo de todos los niveles educativos bajo la supervisi\u00f3n de la Secretar\u00eda de Educaci\u00f3n P\u00fablica.<\/p>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<ol>\n<li><strong> GENERALIDADES<\/strong><\/li>\n<li>El objeto de estos lineamientos en conjunto con sus anexos 1 y 2, de conformidad con el Acuerdo emitido por la Secretar\u00eda de Educaci\u00f3n P\u00fablica del Gobierno de M\u00e9xico, publicado en el Diario Oficial de la Federaci\u00f3n en fecha 05 de junio de 2020, n\u00famero 12\/06\/20 por el que se establecen diversas disposiciones para evaluar el ciclo escolar 2019-2020 y cumplir con los planes y programas de estudio de Educaci\u00f3n B\u00e1sica (preescolar, primaria y secundaria), Normal y dem\u00e1s para la formaci\u00f3n de maestros de Educaci\u00f3n B\u00e1sica aplicables a toda la Rep\u00fablica, al igual que aquellos planes y programas de estudio del tipo Medio Superior que la Secretar\u00eda de Educaci\u00f3n P\u00fablica haya emitido, en beneficio de los educandos, emitido por la Secretar\u00eda de Educaci\u00f3n P\u00fablica, mediante el cual se establecen las caracter\u00edsticas, la organizaci\u00f3n y procesos para el trabajo de las Instituciones Educativas que, en coordinaci\u00f3n con las Secretar\u00edas de Salud Federal y Estatal y en su caso con las Autoridades Municipales competentes, deber\u00e1n adoptar las medidas descritas en este documento sobre el regreso a clases, derivadas de la pandemia provocada por el COVID-19.<\/li>\n<li>Cada centro educativo deber\u00e1 establecer su propio Comit\u00e9 Participativo de Salud Escolar (CPSE) que en lo subsecuente se denominar\u00e1 Comit\u00e9.<\/li>\n<\/ol>\n<p>El Comit\u00e9 estar\u00e1 conformado por madres, padres de familia o tutores, personal docente y directivo, as\u00ed como alumnos de la instituci\u00f3n educativa que de conformidad a su disponibilidad, habilidades y grado acad\u00e9mico, puedan integrarse desde educaci\u00f3n b\u00e1sica hasta educaci\u00f3n superior,\u00a0 teniendo como finalidad vigilar el cumplimiento de los presentes lineamientos, organizar las jornadas de limpieza durante el ciclo escolar, as\u00ed como promover y ejecutar las acciones dirigidas al cuidado de la salud y bienestar de la comunidad escolar. La cantidad de miembros depender\u00e1 de las caracter\u00edsticas de cada Instituci\u00f3n.<\/p>\n<ol start=\"3\">\n<li>El retorno a clases se realizar\u00e1 de conformidad a las disposiciones que emita la Autoridad Sanitaria y Educativa para tal efecto.<\/li>\n<li>Antes del ingreso a las instalaciones, la Instituci\u00f3n Educativa debe garantizar la limpieza, desinfecci\u00f3n y sanitizaci\u00f3n de todos los espacios, equipos y mobiliarios del centro educativo de manera permanente, por lo que la jornada de limpieza escolar se llevar\u00e1 a cabo durante los tres primeros d\u00edas h\u00e1biles a partir de que se autorice el regreso para el personal docente.<\/li>\n<li>Cada centro educativo, a trav\u00e9s del Comit\u00e9, deber\u00e1 realizar un diagn\u00f3stico situacional para determinar sus necesidades operativas, a fin de cumplir las medidas sanitarias necesarias para el regreso a clases, que garanticen las condiciones m\u00ednimas de seguridad a la comunidad escolar.<\/li>\n<li>El Comit\u00e9 de cada instituci\u00f3n educativa, deber\u00e1 al momento del reingreso a actividades levantar un censo, el cual deber\u00e1 ser a trav\u00e9s de los medios disponibles y a partir de ello generar de forma mensual una base de datos (bit\u00e1cora o registro) del alumnado, personal docente y administrativo que permita simplificar la identificaci\u00f3n de los casos de riesgo o de contagio de COVID-19, con el objeto de obtener una estad\u00edstica adem\u00e1s de canalizarlos de forma inmediata a las autoridades sanitarias correspondientes y evitar la propagaci\u00f3n del virus.<\/li>\n<li>El centro educativo a trav\u00e9s de su Comit\u00e9, deber\u00e1 construir un plan de acci\u00f3n, un plan de contingencia y llevar un registro detallado diario de las principales actividades realizadas con la comunidad escolar, referente a las medidas de prevenci\u00f3n y protecci\u00f3n.<\/li>\n<\/ol>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<ol>\n<li><strong> FILTRO ESCOLAR <\/strong><\/li>\n<\/ol>\n<p>1.- Durante el regreso a clases, se continuar\u00e1 con los filtros escolares, de conformidad con la estrategia Federal de mitigaci\u00f3n y control de los riesgos para la salud que implica la enfermedad por el virus SARS-CoV2 (Covid-19) y con la corresponsabilidad de los filtros casa-ingreso, escuela-sal\u00f3n de clases que indica el Protocolo de Regreso a Clases en la Nueva Normalidad,\u00a0 cada centro educativo adoptar\u00e1 el mejor esquema posible para el control del ingreso de estudiantes y personal a sus instalaciones.<\/p>\n<p>2.- El Comit\u00e9 deber\u00e1 ser el encargado de instalar, organizar y coordinar los filtros en los accesos del centro educativo, para identificar aquellos posibles casos que pudieran considerarse sospechosos de conformidad con el anexo 1 del presente lineamiento.<\/p>\n<p>3.- Dentro de las aulas deber\u00e1 continuar el filtro escolar, donde el personal docente deber\u00e1 detectar casos susceptibles de revisi\u00f3n por presentar s\u00edntomas relacionados con la enfermedad COVID-19 (Ver anexo 1). En los casos de sospecha, \u00e9stos deber\u00e1n ser canalizados inmediatamente al Comit\u00e9 y estos a su vez a la autoridad sanitaria correspondiente para su evaluaci\u00f3n.<\/p>\n<p>4.- Como medida preventiva se suspende temporalmente el registro de entrada y salida de toda la comunidad educativa (alumnos, docentes, personal administrativo y personal de apoyo a la educaci\u00f3n, as\u00ed como al p\u00fablico en general) que conlleve el empleo de instrumentos compartidos, como el uso del mismo lapicero, uso de dispositivo biom\u00e9trico, listas de registro, etc.; por lo que cada instituci\u00f3n educativa definir\u00e1 el mecanismo que mejor le beneficie para llevar el control de asistencia laboral, as\u00ed como el acceso y salida del alumnado y p\u00fablico en general.<\/p>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<p><strong>III.\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 INSTALACIONES<\/strong><\/p>\n<ol>\n<li>La instituci\u00f3n deber\u00e1 garantizar la limpieza intensiva desinfecci\u00f3n continua de todas las \u00e1reas del centro educativo, con productos desinfectantes (ver anexo 2), as\u00ed como de todas las superficies que pudieran estar en contacto con el personal o alumnado como son de forma enunciativa m\u00e1s no limitativas las siguientes: manijas, barandillas, escritorios, mesas, equipos de c\u00f3mputo, tel\u00e9fonos, herramientas de trabajo, etc.<\/li>\n<li>El centro educativo a trav\u00e9s del Comit\u00e9, debe tener en cuenta que en todo momento deber\u00e1 existir el abasto de productos de limpieza en todos los espacios de la instituci\u00f3n.<\/li>\n<li>Es importante que todas las \u00e1reas permanezcan con buena ventilaci\u00f3n, por lo que las ventanas y puertas deber\u00e1n mantenerse abiertas; adem\u00e1s de contar con buena iluminaci\u00f3n (preferentemente natural). El personal deber\u00e1 procurar que se apliquen en lo posible estas consideraciones.<\/li>\n<li>El Comit\u00e9 del centro educativo deber\u00e1 de realizar campa\u00f1as de comunicaci\u00f3n dirigidas a la comunidad escolar, explicando todas las medidas que se tomar\u00e1n en el regreso a clases, esto deber\u00e1 realizarse a trav\u00e9s de los medios disponibles, por lo menos una semana antes de la fecha de regreso.<\/li>\n<\/ol>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<ol>\n<li><strong> RETORNO GRADUAL<\/strong><\/li>\n<\/ol>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<p><strong>Acciones preventivas:<\/strong><\/p>\n<ol>\n<li>Como parte de la corresponsabilidad familia-escuela, se solicita a los padres de familia o tutores de las y los estudiantes, proveer los siguientes elementos b\u00e1sicos para la protecci\u00f3n individual para el ingreso a la instituci\u00f3n educativa que incluyen: una botella de agua, toalla (preferentemente toallas de papel desechable), jab\u00f3n, material sanitizante y cubrebocas.<\/li>\n<li>Las anteriores acciones preventivas aplican a todo el personal que labora dentro de la instituci\u00f3n educativa.<\/li>\n<\/ol>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<p><strong>Poblaci\u00f3n en riesgo: <\/strong><\/p>\n<ol>\n<li>Debido al riesgo de personas con factores de comorbilidad, es necesario identificar e implementar medidas preventivas a fin de evitar la asistencia a centros de trabajo, espacios p\u00fablicos y otros lugares concurridos, a los adultos mayores de 65 a\u00f1os o m\u00e1s y grupos de personas con riesgo a desarrollar enfermedad grave y\/o morir a causa de ella, quienes en todo momento, en su caso, y a manera de permiso con goce de sueldo, gozar\u00e1n de su salario y dem\u00e1s prestaciones establecidas de conformidad a los contratos individuales, colectivos, contratos ley o Condiciones Generales de Trabajo que correspondan, durante el plazo al que se refiere el presente Acuerdo y al amparo de la Ley Federal del Trabajo y la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado reglamentaria del Apartado B del Art\u00edculo 123 Constitucional. Estos grupos incluyen mujeres embarazadas o en periodo de lactancia, menores de 5 a\u00f1os, personas con discapacidad, personas con enfermedades cr\u00f3nicas no transmisibles (personas con hipertensi\u00f3n arterial, pulmonar, insuficiencia renal, lupus, c\u00e1ncer, diabetes mellitus, obesidad, insuficiencia hep\u00e1tica o metab\u00f3lica, enfermedad cardiaca), o con alg\u00fan padecimiento o tratamiento farmacol\u00f3gico que les genere supresi\u00f3n del sistema inmunol\u00f3gico; lo anterior con el objetivo de retrasar lo m\u00e1s posible la incorporaci\u00f3n de estos grupos de personas a las actividades presenciales.<\/li>\n<\/ol>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<ol start=\"2\">\n<li>En caso de que el tama\u00f1o de los grupos o la reducida disponibilidad de espacios as\u00ed lo amerite, la instituci\u00f3n educativa deber\u00e1 contar con una programaci\u00f3n que contemple la posibilidad de un regreso escalonado por grados o grupos y la divisi\u00f3n de grupos numerosos, atendiendo oportunamente a las disposiciones que emitan las autoridades Sanitarias y Educativas del \u00e1mbito Federal.<\/li>\n<\/ol>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<ol>\n<li><strong> DIN\u00c1MICA LABORAL Y ESTUDIANTIL<\/strong><\/li>\n<\/ol>\n<p>1.- Establecer el programa, planeaci\u00f3n o estrategia que m\u00e1s le convenga al centro educativo para obtener un buen flujo de entrada y salida del alumnado al centro educativo, tomando como ejemplo el horario escalonado.<\/p>\n<p>2.- El centro educativo deber\u00e1 realizar una planeaci\u00f3n log\u00edstica que considere las medidas de seguridad en la movilidad estudiantil interna, en cuanto a la distribuci\u00f3n de horarios, para recesos, recreos y otras actividades escolares.<\/p>\n<p>3.- Deber\u00e1n suspenderse, hasta que se tengan las condiciones de salud adecuadas, todas las actividades deportivas, c\u00edvicas y sociales que impliquen la aglomeraci\u00f3n de personas.<\/p>\n<p>4.- Con el objetivo de aplicar las medidas de sana distancia y privilegiando en todo momento el respeto y trato digno, se procurar\u00e1 evitar la movilidad innecesaria de estudiantes dentro del centro educativo. Es importante tambi\u00e9n, que el personal permanezca la mayor cantidad de tiempo posible en su espacio de trabajo y se promueva la utilizaci\u00f3n de los medios electr\u00f3nicos para la comunicaci\u00f3n con las dem\u00e1s \u00e1reas. Los profesores deber\u00e1n ser quienes realicen los cambios de sal\u00f3n.<\/p>\n<p>5.- El sano distanciamiento es parte fundamental para evitar contagios en esta pandemia, por lo que deber\u00e1n redistribuirse los espacios en las aulas, asegurando una adecuada distancia entre estudiantes durante el horario de clase.<\/p>\n<p>6.- Durante el periodo de emergencia sanitaria, se establecer\u00e1 el uso obligatorio y correcto de cubrebocas, en todo momento durante la permanencia\u00a0\u00a0 de cualquier persona en las instalaciones del centro educativo. \u00c9ste deber\u00e1 cubrir nariz y boca, as\u00ed como manipularse lo menos posible.<\/p>\n<p>7.- Dentro de las \u00e1reas escolares comunes es importante continuar aplicando las medidas de distanciamiento, particularmente donde se dispensan alimentos.<\/p>\n<ol>\n<li>Los establecimientos de consumo de comida escolar (cooperativa, tienda escolar o cafeter\u00eda) s\u00f3lo vender\u00e1n alimentos y \u00e9stos no se podr\u00e1n consumir en el sitio donde se preparan.<\/li>\n<li>Los establecimientos de consumo de comida escolar, s\u00f3lo vender\u00e1n alimentos que se encuentren autorizados por la Secretar\u00eda de Educaci\u00f3n P\u00fablica y\/o Secretar\u00eda de Salud, es decir, men\u00fas con un alto est\u00e1ndar ben\u00e9fico para la salud de los alumnos, docentes, administrativos y personal de apoyo a la educaci\u00f3n.<\/li>\n<li>La distancia m\u00ednima necesaria entre personas deber\u00e1 ser se\u00f1alada por los responsables del establecimiento conforme a lo indicado por la Secretar\u00eda de Salud, dicha distancia obligatoriamente deber\u00e1 ser respetada por todos aquellos que asistan al establecimiento, la distancia m\u00ednima recomendada ser\u00e1 de 1.5 metros entre cada marca.<\/li>\n<li>El personal del establecimiento de consumo de comida escolar deber\u00e1, brindar seguimiento oportuno a los protocolos implementados por la Secretar\u00eda de Salud, asimismo, el due\u00f1o del establecimiento deber\u00e1 proporcionar al p\u00fablico en general alcohol en gel, y tapetes sanitizantes en las entradas y salidas del establecimiento.<\/li>\n<\/ol>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<p><strong>FACULTADES DE LOS COMIT\u00c9S PARTICIPATIVOS DE SALUD ESCOLAR (CPSE) DE LAS INSTITUCIONES EDUCATIVAS <\/strong><\/p>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<ol>\n<li>Los integrantes de los Comit\u00e9s tendr\u00e1n las siguientes facultades y obligaciones:<\/li>\n<li>Podr\u00e1n solicitar a estudiantes, docentes, administrativos y personal de apoyo a difundir los presentes lineamientos;<\/li>\n<li>Podr\u00e1n solicitar a estudiantes, docentes, administrativos y personal de apoyo a la educaci\u00f3n a cumplir con los presentes lineamientos;<\/li>\n<\/ol>\n<ul>\n<li>Podr\u00e1n solicitar a estudiantes, docentes, administrativos y personal de apoyo contribuir a concientizar sobre la importancia del cumplimiento los presentes lineamientos;<\/li>\n<\/ul>\n<ol>\n<li>Podr\u00e1n solicitar a las instituciones de educaci\u00f3n media-superior y superior, capacitaci\u00f3n e informaci\u00f3n respecto a sustancias sanitizantes y mejores pr\u00e1cticas de limpieza;<\/li>\n<li>Podr\u00e1n canalizar a las autoridades sanitarias correspondientes a estudiantes, docentes, administrativos y personal de apoyo de la instituci\u00f3n educativa que presenten s\u00edntomas del virus se denomina SARS-CoV-2 o sean sospechosos, para su atenci\u00f3n;<\/li>\n<li>Participar y evaluar en el desarrollo de la jornada de limpieza escolar; y<\/li>\n<\/ol>\n<ul>\n<li>Las dem\u00e1s que determine la autoridad educativa estatal.<\/li>\n<\/ul>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<ol start=\"2\">\n<li>En caso de detectar el incumplimiento de los presentes lineamientos, los miembros del comit\u00e9 podr\u00e1n aplicar cualquiera de las siguientes medidas:<\/li>\n<li>Informar a la o el responsable del centro educativo para que proceda a comunicarse con los padres o tutores y hacer de su conocimiento el incumplimiento.<\/li>\n<li>Solicitar a la o el responsable del centro educativo pida a estudiantes, docentes, administrativos y personal de apoyo que incumplan los presentes lineamientos, se retiren de la instituci\u00f3n educativa.<\/li>\n<\/ol>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<p><strong>ART\u00cdCULOS<\/strong> <strong>TRANSITORIOS<\/strong><\/p>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<p><strong>PRIMERO.<\/strong> El presente acuerdo entrar\u00e1 en vigor al d\u00eda siguiente de su publicaci\u00f3n en el Peri\u00f3dico Oficial del Estado de Hidalgo y tendr\u00e1 vigencia en tanto prevalezca la situaci\u00f3n de contingencia que motiv\u00f3 su emisi\u00f3n, de conformidad con las disposiciones que emita la autoridad sanitaria competente.<\/p>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<p><strong>SEGUNDO.<\/strong> A falta de disposici\u00f3n expresa se aplicar\u00e1n supletoriamente el ACUERDO n\u00famero 12\/06\/20 por el que se establecen diversas disposiciones para evaluar el ciclo escolar 2019-2020 y cumplir con los planes y programas de estudio de Educaci\u00f3n B\u00e1sica (preescolar, primaria y secundaria), Normal y dem\u00e1s para la formaci\u00f3n de maestros de Educaci\u00f3n B\u00e1sica aplicables a toda la Rep\u00fablica, al igual que aquellos planes y programas de estudio del tipo Medio Superior que la Secretar\u00eda de Educaci\u00f3n P\u00fablica haya emitido, en beneficio de los educandos, as\u00ed como el Bolet\u00edn No. 139 Presenta SEP acciones de salud e higiene para garantizar un regreso seguro a las aulas para el ciclo escolar 20-21.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>DADO EN LAS INSTALACIONES QUE OCUPA LA SECRETAR\u00cdA DE EDUCACI\u00d3N P\u00daBLICA DE HIDALGO, EN LA CIUDAD DE PACHUCA DE SOTO, HIDALGO A LOS VEINTISIETE D\u00cdAS DEL MES DE MAYO DEL A\u00d1O DOS MIL VEINTE. <\/strong><\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>EL SECRETARIO DE EDUCACI\u00d3N P\u00daBLICA<\/strong><\/p>\n<p><strong>ATILANO RODOLFO RODR\u00cdGUEZ P\u00c9REZ<\/strong><\/p>\n<p><strong>R\u00daBRICA<\/strong><\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Derechos Enterados. 06-10-2020<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">\n<p>&nbsp;<\/p>\n<hr \/>\n<p style=\"text-align: justify;\"><span style=\"font-size: 16px;\"><a href=\"https:\/\/periodico.hidalgo.gob.mx\/?tribe_events=Periodico-Oficial-Ordinario-0-del-12-de-octubre-de-2020\">Peri\u00f3dico Oficial Ordinario 0 del 12 de octubre de 2020<\/a><\/span><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><span style=\"font-size: 16px;\">Esto es un extracto, por lo que en el documento que est\u00e1 visualizando puede haber texto, caracteres, im\u00e1genes u objetos que no se muestren debido a la conversi\u00f3n a formato HTML, por lo que le recomendamos tomar siempre como referencia el archivo PDF de la edici\u00f3n.<\/span><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Documento contenido en el Peri\u00f3dico Oficial Ordinario 0 del 12 de octubre de 2020 Edici\u00f3n: Ordinario 0 N\u00famero: 41 P\u00e1ginas: 75 Contenido: Secretar\u00eda de Educaci\u00f3n P\u00fablica. &#8211; 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