{"id":40091,"date":"2020-06-18T22:13:37","date_gmt":"2020-06-19T03:13:37","guid":{"rendered":"https:\/\/periodico.hidalgo.gob.mx\/?p=40091"},"modified":"2020-07-19T15:41:19","modified_gmt":"2020-07-19T20:41:19","slug":"secretaria-de-medio-ambiente-y-recursos-naturales-del-estado-de-hidalgo-acuerdo-por-el-que-se-emiten-los-lineamientos-normativos-para-el-funcionamiento-de-la-red-estatal-de-centros-de-verificacion","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/periodico.hidalgo.gob.mx\/?p=40091","title":{"rendered":"Secretar\u00eda de Medio Ambiente y Recursos Naturales del Estado de Hidalgo. &#8211; Acuerdo por el que se emiten los Lineamientos Normativos para el Funcionamiento de la Red Estatal de Centros de Verificaci\u00f3n Vehicular o Unidades de Verificaci\u00f3n Vehicular para el a\u00f1o 2020, Segundo Semestre."},"content":{"rendered":"<p><span style=\"font-size: 20px; color: #001f2f;\"><strong>Documento contenido en el Peri\u00f3dico Oficial Alcance 1 del 18 de junio de 2020<\/strong><\/span><\/p>\n<p><span style=\"font-size: 16px;\"><strong>Edici\u00f3n:<\/strong> Alcance 1<\/span><br \/>\n<span style=\"font-size: 16px;\"><strong>N\u00famero:<\/strong> 24<\/span><br \/>\n<span style=\"font-size: 16px;\"><strong>P\u00e1ginas:<\/strong> 57<\/span><\/p>\n<p><span style=\"font-size: 20px;\"><strong>Contenido:<\/strong><\/span><\/p>\n<hr \/>\n<p><a name=\"_Toc43143945\"><\/a>Secretar\u00eda de Medio Ambiente y Recursos Naturales del Estado de Hidalgo. &#8211; Acuerdo por el que se emiten los Lineamientos Normativos para el Funcionamiento de la Red Estatal de Centros de Verificaci\u00f3n Vehicular o Unidades de Verificaci\u00f3n Vehicular para el a\u00f1o 2020, Segundo Semestre.<\/p>\n<p>Ing. Benjam\u00edn Pilar Rico Moreno con fundamento en lo dispuesto en los art\u00edculos 5 p\u00e1rrafo vig\u00e9simo y 73 de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica del Estado de Hidalgo; art\u00edculo 13 fracci\u00f3n VII y 30 de la Ley Org\u00e1nica de la Administraci\u00f3n P\u00fablica del Estado de Hidalgo; art\u00edculos 1 fracciones I, II, V y XI, 2, 4 fracci\u00f3n II, 6 fracci\u00f3n XII, 10 fracci\u00f3n III, 184 y 187 de la Ley para la Protecci\u00f3n al Ambiente del Estado de Hidalgo y Normas Oficiales Mexicanas, y;<\/p>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<p><strong>C O N S I D E R A N D O<\/strong><\/p>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<p><strong>PRIMERO.-<\/strong> Que la emisi\u00f3n de los presentes Lineamientos se fundan en t\u00e9rminos de lo que dispone el art\u00edculo 4\u00b0 p\u00e1rrafo quinto de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica de los Estados Unidos Mexicanos; art\u00edculos 5\u00b0 p\u00e1rrafo vig\u00e9simo y 73 de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica del Estado de Hidalgo; art\u00edculo 3, 13 fracci\u00f3n VII y 30 de la Ley Org\u00e1nica de la Administraci\u00f3n P\u00fablica del Estado de Hidalgo; art\u00edculos 1 fracciones I, II, V, VII, 4, 6 fracci\u00f3n XII, del 135 al 145, del 183 al 189, 214, 221, 222, 225, 226 y 227, de la Ley para la Protecci\u00f3n al Ambiente del Estado de Hidalgo; art\u00edculo 22 del Reglamento Interno de la Secretar\u00eda de Medio Ambiente y Recursos Naturales del Estado de Hidalgo, Normas Oficiales Mexicanas y Normas T\u00e9cnicas Ecol\u00f3gicas.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>SEGUNDO.-<\/strong> Que la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica del Estado de Hidalgo, en su art\u00edculo 5\u00b0 p\u00e1rrafo vig\u00e9simo, establece el derecho fundamental de toda persona a un medio ambiente adecuado para su bienestar, as\u00ed como el deber de conservarlo. Por lo anterior se emiti\u00f3 la Ley para la Protecci\u00f3n al Ambiente del Estado de Hidalgo, la cual dispone que el objeto de los Centros de Verificaci\u00f3n Vehicular o Unidades de Verificaci\u00f3n Vehicular es llevar a cabo la medici\u00f3n de las emisiones provenientes de los veh\u00edculos automotores en circulaci\u00f3n con equipo autorizado, que dichas emisiones no excedan los niveles m\u00e1ximos permisibles establecidos en las Normas Oficiales Mexicanas y Normas T\u00e9cnicas Ecol\u00f3gicas respectivas.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>TERCERO.-<\/strong> Que en la actualizaci\u00f3n del\u00a0 Plan Estatal de Desarrollo,\u00a0 establece las\u00a0 directrices que tutelan\u00a0 el cuidado\u00a0 y la protecci\u00f3n al ambiente en la Entidad, las cuales son una prioridad, en este orden de ideas la Secretar\u00eda de Medio Ambiente y Recursos Naturales del Estado de Hidalgo, siendo la responsable de dise\u00f1ar y operar las estrategias y acciones tendientes a controlar y en su caso mitigar los efectos adversos de la contaminaci\u00f3n del aire y con el prop\u00f3sito esencial de regular las emisiones a la atm\u00f3sfera que emiten los veh\u00edculos automotores, es que se expiden los Lineamientos Normativos para el Funcionamiento de la Red Estatal de Centros de Verificaci\u00f3n Vehicular o Unidades de Verificaci\u00f3n Vehicular.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>CUARTO.- <\/strong>Que las regiones de nuestro Estado, son muy diferentes unas de otras en aspectos econ\u00f3micos, sociales, culturales y ambientales, pero la mayor\u00eda de ellas tiene algo en com\u00fan: la contaminaci\u00f3n provocada por la circulaci\u00f3n de los veh\u00edculos automotores que representan un posible riesgo al ambiente y por lo tanto a las personas.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>QUINTO. &#8211; <\/strong>Que el Gobierno del Estado de Hidalgo, atendiendo la problem\u00e1tica ambiental y de salud p\u00fablica que generan los m\u00e1s de 681,636 veh\u00edculos automotores registrados y circulando en la Entidad, opera el Programa de Verificaci\u00f3n Vehicular Obligatorio para el Estado de Hidalgo, como una Pol\u00edtica P\u00fablica de car\u00e1cter preventivo que contribuye a regular la contaminaci\u00f3n del aire.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>SEXTO.-<\/strong> Que la Comisi\u00f3n Ambiental de la Megal\u00f3polis (CAMe), se constituy\u00f3 mediante un Convenio de Coordinaci\u00f3n firmado el 23 de agosto de 2013 y publicado en el Diario Oficial de la Federaci\u00f3n el 3 de octubre de 2013, con el objetivo de llevar a cabo la planeaci\u00f3n y ejecuci\u00f3n de acciones en materia de protecci\u00f3n al ambiente, de preservaci\u00f3n y restauraci\u00f3n del equilibrio ecol\u00f3gico en la regi\u00f3n, que se extiende al Distrito Federal (ahora Ciudad de M\u00e9xico) y los Estados de M\u00e9xico, Hidalgo, Morelos, Puebla, Tlaxcala y actualmente se incluy\u00f3 a Quer\u00e9taro. Entre sus actividades, incluir\u00e1 la homologaci\u00f3n de sistemas de verificaci\u00f3n vehicular, as\u00ed como la estandarizaci\u00f3n de equipos y rangos para decretar contingencias ambientales.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>S\u00c9PTIMO.-<\/strong> Que de acuerdo a la Norma Oficial Mexicana NOM-047-SEMARNAT-2014, que establece las caracter\u00edsticas del equipo y el procedimiento de medici\u00f3n para la verificaci\u00f3n de los l\u00edmites de emisi\u00f3n de contaminantes, provenientes de los veh\u00edculos automotores en circulaci\u00f3n que usan gasolina, gas licuado de petr\u00f3leo, gas natural u otros combustibles alternos; los Centros de Verificaci\u00f3n Vehicular autorizados adquirieren la figura jur\u00eddica de Unidades de Verificaci\u00f3n Vehicular, una vez que han sido acreditados por la Entidad Mexicana de Acreditaci\u00f3n, A.C., de acuerdo al manual de procedimientos de aplicaci\u00f3n de la norma NMX-EC-17020-IMNC-2014 para Unidades de Verificaci\u00f3n (Organismos de Inspecci\u00f3n) para los Centros de Verificaci\u00f3n Vehicular del Estado de Hidalgo, establecido por la Secretar\u00eda de Medio Ambiente y Recursos Naturales del Estado de Hidalgo.<\/p>\n<p><strong>OCTAVO.- <\/strong>Que las medidas que se adoptaron a trav\u00e9s de la Norma Oficial Mexicana de Emergencia NOM- EM-167-SEMARNAT-2016, y que se fortalecen a trav\u00e9s de la Norma Oficial Mexicana NOM-167-SEMARNAT-2017, tienen como campo de aplicaci\u00f3n la totalidad del territorio de los Estados de M\u00e9xico, Hidalgo, Morelos, Puebla, Tlaxcala y la Ciudad de M\u00e9xico, pues debido a su tama\u00f1o y cercan\u00eda geogr\u00e1fica, dichas entidades federativas comparten poblaci\u00f3n, parque vehicular y actividades econ\u00f3micas que, entre otras consecuencias, ha propiciado la circulaci\u00f3n continua y constante de veh\u00edculos que aportan emisiones que deterioran la calidad del aire y afectan a la poblaci\u00f3n.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>NOVENO.-<\/strong> Que de acuerdo al Plan Estatal de Desarrollo 2016-2022, se contempla un Gobierno digital, el que implica el uso de las Tecnolog\u00edas de la Informaci\u00f3n, que apoyen una mejora en la gesti\u00f3n p\u00fablica, en la implementaci\u00f3n de nuevas herramientas de gesti\u00f3n, adquiriendo una relevancia como un instrumento que favorece el acceso a la informaci\u00f3n p\u00fablica, la transparencia y la rendici\u00f3n de cuentas, en el logro de un Gobierno honesto, moderno y cercano a la gente.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>D\u00c9CIMO.- <\/strong>Que bajo el Gobierno digital, se ha creado la Plataforma de la Secretar\u00eda de Medio Ambiente y Recursos Naturales de Hidalgo denominada \u201cDigitalizando Tus Tr\u00e1mites Nos Acercamos a Ti\u201d, la cual tiene por objeto alcanzar una mayor eficiencia y eficacia en la prestaci\u00f3n de servicios, transparentando en todo momento el proceso del tr\u00e1mite.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Por lo anteriormente expuesto, he tenido a bien expedir el siguiente:<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>ACUERDO<\/strong><\/p>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<p><strong>POR EL QUE SE EMITEN LOS LINEAMIENTOS NORMATIVOS PARA EL FUNCIONAMIENTO DE LA RED ESTATAL DE CENTROS DE VERIFICACI\u00d3N VEHICULAR O UNIDADES DE VERIFICACI\u00d3N VEHICULAR PARA EL A\u00d1O 2020, SEGUNDO SEMESTRE.<\/strong><\/p>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<p><strong>T\u00cdTULO PRIMERO<\/strong><\/p>\n<p><strong>DISPOSICIONES GENERALES<\/strong><\/p>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<p><strong>1.- <\/strong>Los presentes Lineamientos son reglamentarios del art\u00edculo 184 de la Ley para la Protecci\u00f3n al Ambiente del Estado de Hidalgo, siendo de aplicaci\u00f3n jur\u00eddica en el territorio del Estado de Hidalgo y obligatorios para los Centros de Verificaci\u00f3n Vehicular o Unidades de Verificaci\u00f3n Vehicular en la Entidad, quienes deber\u00e1n apegarse a las normas contenidas en los Lineamientos.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>2.- <\/strong>Las disposiciones de los presentes Lineamientos tienen por objeto determinar la autorizaci\u00f3n, vigilancia, sistemas, procedimientos, instalaciones, equipos, plazos y condiciones con los que debe de operar la Red Estatal de Centros de Verificaci\u00f3n Vehicular o Unidades de Verificaci\u00f3n Vehicular en el Estado de Hidalgo, y en su caso las sanciones que se impongan derivado del incumplimiento de los mismos.<\/p>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<p><strong>T\u00cdTULO SEGUNDO<\/strong><\/p>\n<p><strong>DE LAS AUTORIZACIONES<\/strong><\/p>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<p><strong>CAP\u00cdTULO I<\/strong><\/p>\n<p><strong>DE LAS NUEVAS AUTORIZACIONES<\/strong><\/p>\n<p><strong>3.- <\/strong>Atendiendo a las necesidades de cobertura en el Estado y considerando el incremento del parque vehicular, conforme a los requerimientos del Programa de Verificaci\u00f3n Vehicular Obligatorio, se considerar\u00e1 la apertura de nuevos Centros de Verificaci\u00f3n Vehicular o Unidades de Verificaci\u00f3n Vehicular, a trav\u00e9s de convocatoria p\u00fablica, misma que ser\u00e1 publicada en el Peri\u00f3dico Oficial del Estado de Hidalgo y en el Diario de mayor circulaci\u00f3n Estatal, en donde se dar\u00e1n a conocer las bases a las que se sujetar\u00e1n los interesados en obtener una Autorizaci\u00f3n para operar un Centro de Verificaci\u00f3n Vehicular o Unidad de Verificaci\u00f3n Vehicular en la Entidad. En la convocatoria deber\u00e1 considerarse para cada apertura la prestaci\u00f3n de servicio a veh\u00edculos automotores a gasolina, gas natural, gas licuado de petr\u00f3leo y di\u00e9sel, es decir, dos l\u00edneas, una l\u00ednea a gasolina, gas natural y gas licuado de petr\u00f3leo y una l\u00ednea a di\u00e9sel, con equipos y aditamentos totalmente independientes y nuevos.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>4.- Posteriormente a la publicaci\u00f3n de la convocatoria los interesados deber\u00e1n ingresar a la Plataforma Digital de la Secretar\u00eda de Medio Ambiente y Recursos Naturales de Hidalgo denominada \u201cDigitalizando tus tr\u00e1mites nos acercamos a ti\u201d la siguiente documentaci\u00f3n:<\/p>\n<ol>\n<li>Solicitud de autorizaci\u00f3n para operar un Centro de Verificaci\u00f3n Vehicular o Unidad de Verificaci\u00f3n Vehicular, dirigida al Secretario de Medio Ambiente y Recursos Naturales del Estado de Hidalgo, dicha solicitud deber\u00e1 ser firmada por el interesado. Para el caso de ser persona moral, lo suscribir\u00e1 la persona que tenga facultades de representaci\u00f3n de acuerdo con su acta constitutiva, o alg\u00fan otro instrumento notarial, conteniendo los siguientes datos:<\/li>\n<\/ol>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<ol>\n<li>Nombre, denominaci\u00f3n o raz\u00f3n social;<\/li>\n<li>Domicilio para o\u00edr y recibir notificaciones en la Ciudad de Pachuca de Soto, Hidalgo;<\/li>\n<li>Correo electr\u00f3nico; y<\/li>\n<li>Tel\u00e9fono de contacto.<\/li>\n<\/ol>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<ol>\n<li>En el caso de ser persona f\u00edsica, identificaci\u00f3n oficial vigente. Para el caso de ser persona moral, el poder notarial de acuerdo con el acta constitutiva y la respectiva identificaci\u00f3n oficial vigente de quien le represente;<\/li>\n<\/ol>\n<ul>\n<li>Croquis de ubicaci\u00f3n del predio seleccionado, donde se establezca de manera espec\u00edfica la distancia con respecto al Centro de Verificaci\u00f3n Vehicular o Unidad de Verificaci\u00f3n Vehicular m\u00e1s cercana;<\/li>\n<\/ul>\n<ol>\n<li>Plano arquitect\u00f3nico de 90 x 60 cm, en el que se refieran las \u00e1reas que integrar\u00e1n el Centro de Verificaci\u00f3n Vehicular o la Unidad de Verificaci\u00f3n Vehicular, las cuales cumplir\u00e1n con lo establecido en los presentes Lineamientos, especificando medidas del terreno y superficie total, la cual no podr\u00e1 ser menor a 500 metros cuadrados, para albergar dos l\u00edneas de verificaci\u00f3n una a gasolina y gas licuado de petr\u00f3leo y otra a di\u00e9sel de manera independiente;<\/li>\n<li>Fotograf\u00edas a color de la ubicaci\u00f3n del inmueble propuesto para instalar el Centro de Verificaci\u00f3n Vehicular o la Unidad de Verificaci\u00f3n Vehicular, con pie de foto en la que de manera clara se describa la imagen impresa;<\/li>\n<li>Escritura del inmueble en donde se ubicar\u00e1 el Centro de Verificaci\u00f3n Vehicular o la Unidad de Verificaci\u00f3n Vehicular, o en su caso, contrato de arrendamiento donde se especifique el uso como unidad de verificaci\u00f3n vehicular;<\/li>\n<\/ol>\n<ul>\n<li>C\u00e9dula de identificaci\u00f3n fiscal (persona f\u00edsica con actividad empresarial o persona moral en su caso);<\/li>\n<li>Escrito en el que proponga el nombre y cargo del personal que operar\u00e1 el Centro de Verificaci\u00f3n Vehicular o Unidad de Verificaci\u00f3n Vehicular, para tal efecto observar\u00e1 lo establecido en los presentes Lineamientos, en lo que a personal se refiere; y<\/li>\n<\/ul>\n<ol>\n<li>Cubrir el pago de derechos correspondiente, para tal efecto exhibir\u00e1 el recibo de pago y formato de pago F7 gestionado ante la Secretar\u00eda, por concepto de revisi\u00f3n y evaluaci\u00f3n del tr\u00e1mite de solicitud para operar una nueva unidad de verificaci\u00f3n vehicular. La erogaci\u00f3n a la solicitud por revisi\u00f3n y evaluaci\u00f3n en ning\u00fan caso ser\u00e1 reembolsable.<\/li>\n<\/ol>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>El \u00e1rea t\u00e9cnica (Direcci\u00f3n de Emisiones Vehiculares) y jur\u00eddica (Direcci\u00f3n Jur\u00eddica), realizar\u00e1 la revisi\u00f3n, evaluaci\u00f3n de la solicitud y documentos ingresados y se emitir\u00e1 un acuerdo para informar al interesado el resultado. De ser aprobatorio se continuar\u00e1 el proceso.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>5<\/strong>.- La solicitud y documentos ser\u00e1n remitidos a la Direcci\u00f3n Jur\u00eddica de esta Secretar\u00eda, quien acordar\u00e1 la recepci\u00f3n de la solicitud, y ordenar\u00e1 a la Direcci\u00f3n de Emisiones Vehiculares realice visita t\u00e9cnica la cual revisar\u00e1, entre otros puntos, que el predio este ubicado a:<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<ol>\n<li>2 kil\u00f3metros m\u00ednimo de distancia de otro Centro de Verificaci\u00f3n Vehicular o Unidad de Verificaci\u00f3n Vehicular estatal; y<\/li>\n<li>200 metros m\u00ednimos de distancia de un taller mec\u00e1nico.<\/li>\n<\/ol>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Del resultado de la visita, la Direcci\u00f3n Jur\u00eddica emitir\u00e1 el acuerdo respectivo en el que determinar\u00e1 la procedencia o no de la solicitud, por encontrarse apegada a lo establecido en los presentes Lineamientos<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>6.- <\/strong>De ser procedente la solicitud, se le dar\u00e1 un plazo, el cual no podr\u00e1 exceder de 120 d\u00edas naturales para la etapa de construcci\u00f3n que contar\u00e1 a partir del d\u00eda h\u00e1bil siguiente a la notificaci\u00f3n del acuerdo, de no ser construido dentro del plazo se\u00f1alado por la Secretar\u00eda de Medio Ambiente y Recursos Naturales del Estado de Hidalgo notificar\u00e1 la cancelaci\u00f3n de la aprobaci\u00f3n al interesado.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>7.- <\/strong>Concluida la construcci\u00f3n del Centro de Verificaci\u00f3n Vehicular o Unidad de Verificaci\u00f3n Vehicular, los interesados deber\u00e1n ingresar a la Secretar\u00eda de Medio Ambiente y Recursos Naturales del Estado de Hidalgo, la siguiente documentaci\u00f3n cotejada, para continuar con el tr\u00e1mite:<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<ol>\n<li>Factura o contrato de compra venta del total del equipo a nombre del Titular, el cual deber\u00e1 ser nuevo de f\u00e1brica, especificando la garant\u00eda de origen y la vida \u00fatil del equipo. \u00c9ste deber\u00e1 de ser adquirido con un proveedor que cumpla con el certificado de aprobaci\u00f3n de modelo de los equipos emitido por el Centro Nacional de Metrolog\u00eda (CENAM) y los requerimientos de la plataforma digital de verificaci\u00f3n vehicular y software centralizado, y autorizado por la Secretar\u00eda de Medio Ambiente y Recursos Naturales del Estado de Hidalgo;<\/li>\n<li>Comprobante de capacitaci\u00f3n t\u00e9cnica del personal que operar\u00e1 en el Centro de Verificaci\u00f3n Vehicular o en la Unidad de Verificaci\u00f3n Vehicular, emitida por el proveedor del equipo;<\/li>\n<li>Uso de suelo, emitido por el Municipio, exclusivamente por concepto de Centro de Verificaci\u00f3n Vehicular o Unidad de Verificaci\u00f3n Vehicular;<\/li>\n<li>Licencia o placa de funcionamiento vigente, emitida por el Municipio, exclusivamente por concepto de Centro de Verificaci\u00f3n Vehicular o Unidad de Verificaci\u00f3n Vehicular;<\/li>\n<li>Recibo o contrato telef\u00f3nico vigente, de al menos dos l\u00edneas telef\u00f3nicas, con domicilio del Centro de Verificaci\u00f3n Vehicular o Unidad de Verificaci\u00f3n Vehicular propuesto a nombre del Titular;<\/li>\n<li>Recibo y contrato vigente del servicio de internet para la plataforma digital de verificaci\u00f3n vehicular. Tomando en cuenta que la velocidad de carga del internet con el que cuente la plataforma digital de verificaci\u00f3n y el sistema de video deber\u00e1 ser de por lo menos a 8 Mbps, pudiendo tener un servicio de internet adicional para servicios administrativos en caso de ser necesario, todos ellos a nombre del Titular del Centro de Verificaci\u00f3n Vehicular o Unidad de Verificaci\u00f3n Vehicular;<\/li>\n<li>Contrato o \u00faltimo recibo de pago vigente de agua potable y alcantarillado, con domicilio del Centro de Verificaci\u00f3n Vehicular o Unidad de Verificaci\u00f3n Vehicular a nombre del Titular;<\/li>\n<li>Contrato o \u00faltimo recibo de pago vigente de energ\u00eda el\u00e9ctrica, con domicilio del Centro de Verificaci\u00f3n Vehicular o Unidad de Verificaci\u00f3n Vehicular y a nombre del Titular;<\/li>\n<\/ol>\n<ol>\n<li>Fotograf\u00edas a color del establecimiento, donde se observe el cumplimiento a las especificaciones del manual de imagen interior y exterior que incluya fachada y sus colindancias, interior del inmueble, \u00e1rea de verificaci\u00f3n, sala de espera, \u00e1reas verdes, oficina de servicios administrativos, sanitarios, acceso, salida, \u00e1rea de gases, otros de inter\u00e9s;<\/li>\n<\/ol>\n<ol>\n<li>Aprobaci\u00f3n de modelo del m\u00f3dulo analizador de gases, expedido por el Centro Nacional de Metrolog\u00eda (CENAM) en 2019; y<\/li>\n<li>Informe de calibraci\u00f3n de los equipos expedido por laboratorio autorizado ante la Entidad Mexicana de Acreditaci\u00f3n A.C. (EMA), tales como la estaci\u00f3n meteorol\u00f3gica.<\/li>\n<\/ol>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<p><strong>8.- <\/strong>Integrada la documentaci\u00f3n la Direcci\u00f3n Jur\u00eddica solicitar\u00e1 a la Direcci\u00f3n de Emisiones Vehiculares realice la visita t\u00e9cnica o de supervisi\u00f3n a fin de verificar el cumplimiento a lo establecido en el art\u00edculo anterior y dem\u00e1s disposiciones contenidas en los presentes Lineamientos, Programa de Verificaci\u00f3n Vehicular vigente, Manual de Imagen interior y exterior y Normas Oficiales Mexicanas, as\u00ed como que la instalaci\u00f3n de los equipos y en general el establecimiento preste el servicio de verificaci\u00f3n vehicular, cumpliendo con las especificaciones, medidas, \u00e1reas y zonas, referidas en el numeral 5 y\u00a0 20 del presente instrumento, emitiendo ficha t\u00e9cnica para el acuerdo correspondiente, a cargo de la Direcci\u00f3n Jur\u00eddica.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<ol>\n<li>Dicho acuerdo establecer\u00e1 el periodo para acreditarse como Unidad de Verificaci\u00f3n Vehicular, la cual <strong>no exceder\u00e1 de un plazo de 60 d\u00edas naturales<\/strong>. Para tal efecto, el interesado o titular actual de la autorizaci\u00f3n, exhibir\u00e1 ante la Secretar\u00eda de Medio Ambiente y Recursos Naturales del Estado de Hidalgo al tercer d\u00eda h\u00e1bil siguiente la solicitud presentada ante la Entidad Mexicana de Acreditaci\u00f3n (EMA, A.C.), as\u00ed como cronograma de trabajo, y una vez agotado dicho plazo, deber\u00e1 presentar el comprobante que lo acredite como Unidad de Verificaci\u00f3n Vehicular a efecto de que la misma resuelva conforme a derecho;<\/li>\n<\/ol>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<ol>\n<li>Emitida la autorizaci\u00f3n para operar como Centro de Verificaci\u00f3n Vehicular y antes de iniciar operaciones, el Titular exhibir\u00e1 el comprobante de pago por concepto de autorizaci\u00f3n para operar un nuevo Centro de Verificaci\u00f3n Vehicular o Unidad de Verificaci\u00f3n Vehicular, de acuerdo a lo establecido en la Ley Estatal de Derechos vigente, la P\u00f3liza de Fianza original con vigencia por el mismo periodo de la autorizaci\u00f3n, y en los t\u00e9rminos del numeral <strong>20 fracci\u00f3n VI <\/strong>de estos Lineamientos; este acto no podr\u00e1 exceder de 15 d\u00edas h\u00e1biles contados a partir del d\u00eda siguiente a la notificaci\u00f3n de la Resoluci\u00f3n. De no cumplir en el t\u00e9rmino establecido, se proceder\u00e1 a la sanci\u00f3n administrativa correspondiente; y<\/li>\n<\/ol>\n<ul>\n<li>La Autorizaci\u00f3n, tendr\u00e1n una vigencia por tres a\u00f1os y se entregar\u00e1 exclusivamente al Titular o Representante Legal del Centro de Verificaci\u00f3n Vehicular o Unidad de Verificaci\u00f3n Vehicular.<\/li>\n<\/ul>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>CAP\u00cdTULO II<\/strong><\/p>\n<p><strong>DE LA RENOVACI\u00d3N DE AUTORIZACIONES<\/strong><\/p>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<p>9.- La solicitud para la Renovaci\u00f3n de la Autorizaci\u00f3n, para la operaci\u00f3n de los Centros de Verificaci\u00f3n Vehicular o Unidades de Verificaci\u00f3n Vehicular, deber\u00e1 ser firmada \u00fanicamente por el Titular (sea persona f\u00edsica) o Representante Legal (sea persona moral), especificando el n\u00famero de l\u00edneas y el servicio que est\u00e1 autorizado (doble cero, cero, uno y\u00a0 dos),\u00a0 ingres\u00e1ndola a trav\u00e9s\u00a0 de\u00a0 la\u00a0 Plataforma Digital de la Secretar\u00eda de Medio Ambiente y Recursos Naturales de Hidalgo denominada \u201cDigitalizando tus tramites nos acercamos a ti\u201d, con 30 d\u00edas naturales\u00a0 previos\u00a0 e\u00a0 improrrogables\u00a0 al\u00a0 vencimiento\u00a0 de\u00a0 la\u00a0 autorizaci\u00f3n\u00a0 vigente, misma que ser\u00e1 atendida de primera instancia por la Direcci\u00f3n Jur\u00eddica a efecto de valorar los documentos que se adjunten a su solicitud, tomando en cuenta que:<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<ol>\n<li>Los formatos que permite ingresar la plataforma para su documentaci\u00f3n son:<\/li>\n<li>Zip;<\/li>\n<li>Winrar;<\/li>\n<li>Pdf;<\/li>\n<li>Jpg; y<\/li>\n<li>Jpeg<\/li>\n<\/ol>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<ol>\n<li>La capacidad de la plataforma para subir documentos es:<\/li>\n<li>150 MB por documento; y<\/li>\n<li>350 MB por todo el documento<\/li>\n<\/ol>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Deber\u00e1 adjuntar la documentaci\u00f3n siguiente:<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<ol>\n<li>Identificaci\u00f3n oficial del Titular o Representante Legal en caso de ser persona moral;<\/li>\n<li>Autorizaci\u00f3n vigente;<\/li>\n<\/ol>\n<ul>\n<li>C\u00e9dula de Identificaci\u00f3n fiscal del Titular;<\/li>\n<\/ul>\n<ol>\n<li>\u00daltima Orden de servicio o constancia actualizada del respaldo t\u00e9cnico de la empresa, con la que opera el equipo analizador de gases. El mantenimiento a los equipos de verificaci\u00f3n deber\u00e1 ser por lo menos cada dos meses;<\/li>\n<li>P\u00f3liza de fianza vigente;<\/li>\n<li>Seguro de Responsabilidad vigente;<\/li>\n<\/ol>\n<ul>\n<li>Licencia o dictamen de uso de suelo emitido por el Municipio;<\/li>\n<li>Licencia o placa de funcionamiento vigente emitida por el Municipio correspondiente, donde se especifique que es, exclusivamente para el Centro de Verificaci\u00f3n Vehicular o Unidad de Verificaci\u00f3n Vehicular;<\/li>\n<\/ul>\n<ol>\n<li>\u00daltimos recibos de pago o contrato telef\u00f3nico vigentes, con domicilio del Centro de Verificaci\u00f3n Vehicular o Unidad de Verificaci\u00f3n Vehicular a nombre del Titular;<\/li>\n<li>Recibo y contrato de servicio de internet para poder operar bajo la plataforma de verificaci\u00f3n vehicular, por lo menos a 8 Mbps, pudiendo tener un servicio adicional de internet para servicios administrativos en caso de requerirlo, todos ellos a nombre del Titular del Centro de Verificaci\u00f3n Vehicular o Unidad de Verificaci\u00f3n Vehicular;<\/li>\n<li>\u00daltimo recibo de pago vigente del Servicio de Agua potable y alcantarillado, o en su caso, de adquisici\u00f3n de agua a trav\u00e9s de pipas con domicilio del Centro de Verificaci\u00f3n Vehicular o Unidad de Verificaci\u00f3n Vehicular;<\/li>\n<\/ol>\n<ul>\n<li>Acreditar estar al corriente en el pago de sus obligaciones fiscales, ante el IMSS (Instituto Mexicano del Seguro Social) e INFONAVIT (Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores), de todos los trabajadores registrados en su Centro de Verificaci\u00f3n Vehicular o Unidad de Verificaci\u00f3n Vehicular;<\/li>\n<li>Constancias de capacitaci\u00f3n del personal operativo otorgadas por la Secretar\u00eda de Medio Ambiente y Recursos Naturales del Estado de Hidalgo y Proveedor del equipo;<\/li>\n<li>Autorizaci\u00f3n y \u00faltimo sello de revisi\u00f3n de la bit\u00e1cora, sin observaciones, conforme al punto 3, \u201cAspectos Administrativos\u201d del numeral 20 fracci\u00f3n III del presente Instrumento;<\/li>\n<\/ul>\n<ol>\n<li>Plano arquitect\u00f3nico del inmueble, firmado por el profesionista que lo realiz\u00f3, donde se asiente la superficie total del Centro de Verificaci\u00f3n Vehicular o Unidad, el cual no podr\u00e1 tener una superficie menor a 500 metros cuadrados;<\/li>\n<\/ol>\n<ul>\n<li>Escritura del inmueble donde se ubica el Centro de Verificaci\u00f3n Vehicular o Unidad de Verificaci\u00f3n Vehicular o en su caso el contrato de arrendamiento o compraventa vigente con las formalidades de ley;<\/li>\n<li>Factura o contrato de compraventa del equipo analizador de gases, el cual deber\u00e1 contar con la garant\u00eda de origen;<\/li>\n<li>Escrito en el que se especifique el personal que opera en el Centro de Verificaci\u00f3n Vehicular o Unidad de Verificaci\u00f3n Vehicular;<\/li>\n<li>Acreditaci\u00f3n como Unidad de Verificaci\u00f3n Vehicular ante la Entidad Mexicana de Acreditaci\u00f3n (EMA, A.C.), de acuerdo a lo que establece la Norma Oficial Mexicana NOM-047-SEMARNAT-2014;<\/li>\n<\/ul>\n<ol>\n<li>Informe de la calibraci\u00f3n din\u00e1mica del o los dinam\u00f3metros. La Secretar\u00eda de Medio Ambiente y Recursos Naturales del Estado de Hidalgo, establecer\u00e1 los requerimientos adicionales.<\/li>\n<\/ol>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Una vez que se haya cumplido con los documentos anteriormente listados, deber\u00e1 aprobar la visita t\u00e9cnica de verificaci\u00f3n, solicitada por la Direcci\u00f3n Jur\u00eddica a la Direcci\u00f3n de Emisiones Vehiculares, a fin de que sea ordenada y realizada por personal adscrito a su Direcci\u00f3n, cuyo objetivo es corroborar el cumplimiento de las Normas Oficiales Mexicanas, Ley para la Protecci\u00f3n al Ambiente del Estado de Hidalgo, los presentes Lineamientos, Programa de Verificaci\u00f3n Vehicular Obligatorio y Manual de Imagen Institucional, ambos vigentes .<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>En caso de que el Titular del Centro de Verificaci\u00f3n Vehicular o Unidad de Verificaci\u00f3n Vehicular sea persona moral, se deber\u00e1 adjuntar copia cotejada de los documentos siguientes:<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<ol>\n<li>Acta Constitutiva, debidamente inscrita en el Registro P\u00fablico de la Propiedad y del Comercio correspondiente.<\/li>\n<li>Poder Notarial donde se acredite la personalidad del Representante Legal, en caso de no estar asentado en el acta constitutiva.<\/li>\n<\/ol>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>10.- <\/strong>Por solicitud de renovaci\u00f3n de autorizaci\u00f3n extempor\u00e1nea se aplicar\u00e1 multa de dos unidades de medida de actualizaci\u00f3n por cada d\u00eda h\u00e1bil de retraso conforme a la Ley para la Protecci\u00f3n al Ambiente del Estado de Hidalgo vigente, dicha solicitud ser\u00e1 presentada por \u00fanica ocasi\u00f3n y no podr\u00e1 exceder de 15 d\u00edas naturales posteriores a la fecha de vencimiento, sin embargo, dentro del plazo otorgado para poder solicitar la renovaci\u00f3n de autorizaci\u00f3n extempor\u00e1nea, no podr\u00e1 prestar servicio de verificaci\u00f3n a raz\u00f3n de que la autorizaci\u00f3n otorgada se encuentra vencida, y en caso de no solicitar la renovaci\u00f3n de autorizaci\u00f3n extempor\u00e1nea dentro del l\u00edmite estipulado, se apegar\u00e1 a lo establecido en el numeral 21 de los presentes Lineamientos.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>11.-<\/strong> No se dar\u00e1 tr\u00e1mite a la Renovaci\u00f3n de Autorizaci\u00f3n, en caso de que el Centro de Verificaci\u00f3n Vehicular o Unidad de Verificaci\u00f3n Vehicular, incumpla con alg\u00fan requerimiento, o tenga un procedimiento administrativo y\/o judicial abierto en la Secretar\u00eda de Medio Ambiente y Recursos Naturales del Estado de Hidalgo, en otra Instancia o Dependencia.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>12.-<\/strong> La Renovaci\u00f3n de la Autorizaci\u00f3n comprender\u00e1, exclusivamente las l\u00edneas que s\u00ed se mantuvieron en operaci\u00f3n. Las l\u00edneas que no operaron durante la vigencia, ser\u00e1n cerradas y dadas de baja de manera definitiva en el registro de la Secretar\u00eda de Medio Ambiente y Recursos Naturales del Estado de Hidalgo y el Titular del Centro de Verificaci\u00f3n Vehicular o Unidad de Verificaci\u00f3n Vehicular, contar\u00e1 con un plazo de 30 d\u00edas h\u00e1biles contados a partir de recibida la nueva renovaci\u00f3n de la autorizaci\u00f3n, para desmantelar la o las l\u00edneas que no se autorizaron, de ser omiso a esta disposici\u00f3n el Titular se har\u00e1 acreedor a un acta administrativa por desacato.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>13.-<\/strong> De ser procedente la Renovaci\u00f3n de la Autorizaci\u00f3n para la operaci\u00f3n del Centro de Verificaci\u00f3n Vehicular o Unidad de Verificaci\u00f3n Vehicular, la Secretar\u00eda de Medio Ambiente y Recursos Naturales del Estado de Hidalgo, emitir\u00e1 la resoluci\u00f3n conducente y lo har\u00e1 del conocimiento exclusivamente al Titular o Representante Legal. Previa notificaci\u00f3n de la Renovaci\u00f3n de la Autorizaci\u00f3n, el Titular deber\u00e1 pagar la cantidad que establece la Ley Estatal de Derechos vigente, y posteriormente, exhibir en original ante esta Secretar\u00eda el pago referido.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>La Autorizaci\u00f3n de Renovaci\u00f3n, tendr\u00e1n una vigencia por tres a\u00f1os y se entregar\u00e1 exclusivamente al Titular o Representante Legal del Centro de Verificaci\u00f3n Vehicular o Unidad de Verificaci\u00f3n Vehicular.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>T\u00cdTULO TERCERO<\/strong><\/p>\n<p><strong>DE LAS MODIFICACIONES A LA AUTORIZACI\u00d3N<\/strong><\/p>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<p><strong>CAP\u00cdTULO I<\/strong><\/p>\n<p><strong>DE LA AUTORIZACI\u00d3N DE NUEVAS DE L\u00cdNEAS.<\/strong><\/p>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<p><strong>14.- <\/strong>El Titular del Centro de Verificaci\u00f3n Vehicular o Unidad de Verificaci\u00f3n Vehicular, interesado en obtener Autorizaci\u00f3n para operar una o m\u00e1s l\u00edneas, lo solicitar\u00e1 a la Secretar\u00eda de Medio Ambiente y Recursos Naturales del Estado de Hidalgo por escrito, firmado por el Titular y\/o Representante Legal, de la cual conocer\u00e1 como primera instancia la Direcci\u00f3n Jur\u00eddica de la Secretar\u00eda de Medio Ambiente y Recursos Naturales del Estado de Hidalgo, y a fin de valorar la solicitud deber\u00e1 adjuntar la documentaci\u00f3n en copia cotejada o en original dependiendo a la naturaleza del mismo lo siguiente:<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<ol>\n<li>Promesa de compraventa o cotizaci\u00f3n del equipo por parte de proveedor autorizado con fecha de emisi\u00f3n no mayor a 30 d\u00edas previos a la presentaci\u00f3n de la solicitud, que tendr\u00e1 que ser <strong>nuevo<\/strong>, y con aprobaci\u00f3n de modelo por el Centro Nacional de Metrolog\u00eda (CENAM) tales como: analizador de gases, OBD, opac\u00edmetro y dinam\u00f3metro; y<\/li>\n<\/ol>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<ol>\n<li>Plano arquitect\u00f3nico de 90 cm por 60 cm de las instalaciones del Centro de Verificaci\u00f3n Vehicular o Unidad de Verificaci\u00f3n Vehicular actualizado, a escala y con acotaciones, acreditado con firma y c\u00e9dula del profesionista que lo elabor\u00f3, en el que se observe que el inmueble donde se encuentra operando la Unidad de Verificaci\u00f3n Vehicular, cuente con la superficie para prestar el servicio con una l\u00ednea adicional o m\u00e1s, identificando el \u00e1rea donde se pretende instalar la nueva l\u00ednea o l\u00edneas, seg\u00fan escrito de solicitud, por lo que deber\u00e1 destinar 60m2 m\u00e1s por cada l\u00ednea nueva, sin sacrificar los espacios destinados para \u00e1rea verde y veh\u00edculos en espera. No deber\u00e1 el Centro de Verificaci\u00f3n Vehicular o Unidad de Verificaci\u00f3n Vehicular tener veh\u00edculos en espera fuera de sus instalaciones, invadiendo u obstaculizando las vialidades, motivo por el cual deber\u00e1 arrendar un estacionamiento o predio que permita a los automovilistas y veh\u00edculos estar en espera de su turno para realizar la verificaci\u00f3n.<\/li>\n<\/ol>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Adem\u00e1s de lo anterior deber\u00e1 aprobar la visita t\u00e9cnica de verificaci\u00f3n o visita de supervisi\u00f3n, ordenada y realizada por personal t\u00e9cnico adscrito a la Direcci\u00f3n de Emisiones Vehiculares de la Secretar\u00eda de Medio Ambiente y Recursos Naturales del Estado de Hidalgo, para corroborar el cumplimiento de las Normas Oficiales Mexicanas, Ley para la Protecci\u00f3n al Ambiente del Estado de Hidalgo, los presentes Lineamientos, Programa de Verificaci\u00f3n Vehicular Obligatorio y Manual de Imagen Institucional, la cual ser\u00e1 solicitada por la Direcci\u00f3n Jur\u00eddica mediante el acuerdo correspondiente.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Hecho lo anterior, se emitir\u00e1 resoluci\u00f3n por parte de la Direcci\u00f3n Jur\u00eddica en la que se otorgar\u00e1 o no la autorizaci\u00f3n; de ser procedente, se otorgar\u00e1 la autorizaci\u00f3n que en derecho corresponda modificando \u00fanica y exclusivamente la l\u00ednea que ha sido autorizada; debiendo pagar la cantidad establecida en la Ley Estatal de Derechos vigente por tal concepto.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Una vez autorizada la nueva l\u00ednea o l\u00edneas de verificaci\u00f3n vehicular, el Centro de Verificaci\u00f3n Vehicular o Unidad de Verificaci\u00f3n Vehicular, cuenta con treinta d\u00edas h\u00e1biles (tomando en cuenta que se tiene que acreditar ante la Entidad Mexicana de Acreditaci\u00f3n EMA y aprobar ante PROFEPA) para iniciar operaciones en la o las nuevas l\u00edneas, de lo contrario ser\u00e1 revocada la autorizaci\u00f3n de la l\u00ednea que no se encuentre operando.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>No es procedente la separaci\u00f3n de l\u00ednea dual (gasolina y gas licuado de petr\u00f3leo &#8211; di\u00e9sel) instalada o en operaci\u00f3n, ni la baja de un servicio que corresponda a una l\u00ednea dual, debido a que \u00e9sta comprende \u00fanicamente una l\u00ednea autorizada, en todo caso deber\u00e1 darse de baja la l\u00ednea completa, as\u00ed mismo no se autorizar\u00e1n l\u00edneas duales.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>15.- <\/strong>En caso de baja de l\u00ednea, el titular o representante legal del Centro de Verificaci\u00f3n Vehicular o Unidad de Verificaci\u00f3n Vehicular, deber\u00e1 ingresar mediante escrito firmado, la justificaci\u00f3n de la raz\u00f3n de su solicitud, mediante la cual posterior a la evaluaci\u00f3n t\u00e9cnica y jur\u00eddica se emitir\u00e1 el documento correspondiente, respetando la vigencia del periodo que va corriendo como del Centro de Verificaci\u00f3n Vehicular o Unidad de Verificaci\u00f3n Vehicular.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>CAP\u00cdTULO II<\/strong><\/p>\n<p><strong>CAMBIO DE TITULARIDAD<\/strong><\/p>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<p><strong>16.- <\/strong>Para cambio de titularidad de la Autorizaci\u00f3n del Centro de Verificaci\u00f3n Vehicular o Unidad de Verificaci\u00f3n Vehicular, el Titular deber\u00e1 estar al corriente con sus obligaciones ante la Direcci\u00f3n General de Administraci\u00f3n y Gesti\u00f3n P\u00fablica, no tener pendiente de cumplir requerimiento o sanci\u00f3n, as\u00ed como no contar con un procedimiento administrativo y\/o judicial abierto en la Secretar\u00eda de Medio Ambiente y Recursos Naturales del Estado de Hidalgo u otra Autoridad; su solicitud podr\u00e1 ser otorgada o negada de acuerdo a la evaluaci\u00f3n t\u00e9cnica, administrativa y legal correspondiente.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>La solicitud ser\u00e1 presentada por el Titular del Centro de Verificaci\u00f3n Vehicular o Unidad de Verificaci\u00f3n Vehicular, a trav\u00e9s de la Plataforma Digital de la Secretar\u00eda de Medio Ambiente y Recursos Naturales de Hidalgo \u201cDigitalizando tus tr\u00e1mites nos acercamos a ti\u201d, siendo atendida de primera instancia por la Direcci\u00f3n Jur\u00eddica a efecto de valorar los documentos, tomando en cuenta que:<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<ol>\n<li>Los formatos que permite ingresar la plataforma para su documentaci\u00f3n son:<\/li>\n<li>Zip;<\/li>\n<li>Winrar;<\/li>\n<li>Pdf;<\/li>\n<li>Jpg; y<\/li>\n<li><\/li>\n<\/ol>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<ol>\n<li>La capacidad de la plataforma para subir documentos es:<\/li>\n<li>150 MB por documento; y<\/li>\n<li>350 MB por todo el documento.<\/li>\n<\/ol>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Adjuntando la documentaci\u00f3n siguiente:<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<ol>\n<li>Identificaci\u00f3n del que pretenda ser el nuevo Titular, el cual no deber\u00e1 estar vinculado a la Red Estatal de Centros de Verificaci\u00f3n Vehicular o Unidades de Verificaci\u00f3n Vehicular o ser Titular;<\/li>\n<li>C\u00e9dula de Identificaci\u00f3n Fiscal de la persona f\u00edsica o moral que se pretenda sea el nuevo Titular; y<\/li>\n<\/ol>\n<ul>\n<li>Escrito en el que la persona f\u00edsica o moral se compromete al cumplimiento de todas y cada una de las disposiciones que establecen las Normas Oficiales Mexicanas, Ley para la Protecci\u00f3n al Ambiente del Estado de Hidalgo, Lineamientos Normativos y Programa de Verificaci\u00f3n Vehicular Obligatorio en original o copia cotejada seg\u00fan corresponda.<\/li>\n<\/ul>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Una vez ingresada su solicitud se acordar\u00e1 su recepci\u00f3n por parte de la Direcci\u00f3n Jur\u00eddica, quien solicitar\u00e1 los respectivos informes a fin de llevar a cabo la evaluaci\u00f3n\u00a0 t\u00e9cnica por parte de la Direcci\u00f3n de Emisiones Vehiculares y en caso de ser procedente se emitir\u00e1 una Carta de Visto Bueno y la evaluaci\u00f3n administrativa la cual estar\u00e1 a cargo de la Direcci\u00f3n General de Administraci\u00f3n y Gesti\u00f3n P\u00fablica, emitido el resultado la Direcci\u00f3n Jur\u00eddica de la Secretar\u00eda de Medio Ambiente y Recursos Naturales del Estado de Hidalgo, en concordancia con lo anterior expedir\u00e1 Carta de Visto Bueno, y con posterioridad los interesados, deber\u00e1n realizar la cesi\u00f3n de derechos correspondiente ante fedatario p\u00fablico, mediante Instrumento Notarial respectivo.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Cumplida la cesi\u00f3n de derechos ante Notario P\u00fablico, ingresar\u00e1 a trav\u00e9s\u00a0 de\u00a0 la\u00a0 Plataforma Digital de la Secretar\u00eda de Medio Ambiente y Recursos Naturales de Hidalgo\u00a0 \u201cDigitalizando tus tr\u00e1mites nos acercamos a ti\u201d el Instrumento Notarial, en un plazo no mayor a 5 (cinco) d\u00edas h\u00e1biles contados a partir de la notificaci\u00f3n de la Carta de visto bueno, para que se emita la Resoluci\u00f3n y se expida la Autorizaci\u00f3n correspondiente a nombre del nuevo Titular, previo pago establecido en la Ley Estatal de Derechos vigente. La vigencia de la Autorizaci\u00f3n con el nuevo titular quedar\u00e1 sin cambios respecto a la originalmente otorgada.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>CAP\u00cdTULO III<\/strong><\/p>\n<p><strong>CAMBIO DE DOMICILIO<\/strong><\/p>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<p><strong>17.- <\/strong>Cuando el Titular pretenda cambiar de domicilio el Centro de Verificaci\u00f3n Vehicular o Unidad de Verificaci\u00f3n Vehicular, deber\u00e1 solicitarlo a trav\u00e9s de la Plataforma Digital de la Secretar\u00eda de Medio Ambiente y Recursos Naturales de Hidalgo \u201cDigitalizando tus tramites nos acercamos a ti\u201d, siendo atendida de primera instancia por la Direcci\u00f3n Jur\u00eddica a efecto de valorar los documentos que deber\u00e1 adjuntar a su solicitud, tomando en cuenta que:<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<ol>\n<li>Los formatos que permite ingresar la plataforma para su documentaci\u00f3n son:<\/li>\n<li>Zip;<\/li>\n<li>Winrar;<\/li>\n<li>Pdf;<\/li>\n<li>Jpg; y<\/li>\n<li><\/li>\n<\/ol>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<ol>\n<li>La capacidad de la plataforma para subir documentos es:<\/li>\n<li>150 MB por documento; y<\/li>\n<li>350 MB por todo el documento.<\/li>\n<\/ol>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Adjuntando la documentaci\u00f3n siguiente:<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<ol>\n<li>Croquis de ubicaci\u00f3n del predio seleccionado, donde se establezca de manera espec\u00edfica la distancia con respecto al Centro de Verificaci\u00f3n Vehicular o la Unidad de Verificaci\u00f3n Vehicular m\u00e1s cercano, debiendo ser no menor a dos kil\u00f3metros de distancia. Las anteriores autorizaciones otorgadas y operando se respetar\u00e1n aun teniendo menos kil\u00f3metros de distancia la una de la otra; y<\/li>\n<\/ol>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<ol>\n<li>Plano arquitect\u00f3nico, en el que se refieran las \u00e1reas que integrar\u00e1n el Centro de Verificaci\u00f3n Vehicular o la Unidad de Verificaci\u00f3n Vehicular, las cuales cumplir\u00e1n con lo establecido en los presentes Lineamientos, especificando medidas del terreno y superficie total, la cual no podr\u00e1 ser menor a 500 metros cuadrados, para albergar las l\u00edneas de verificaci\u00f3n que previamente han sido autorizadas por esta Secretar\u00eda.<\/li>\n<\/ol>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<p>La Direcci\u00f3n Jur\u00eddica de la Secretar\u00eda de Medio Ambiente y Recursos Naturales del Estado de Hidalgo, acordar\u00e1 la recepci\u00f3n de la petici\u00f3n y solicitar\u00e1 a la Direcci\u00f3n de Emisiones Vehiculares ordene y realice la visita t\u00e9cnica, la cual se deber\u00e1 llevar a cabo de acuerdo al numeral 5 de los presentes Lineamientos.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Tomando en cuenta que esta Secretar\u00eda, realizar\u00e1 la evaluaci\u00f3n correspondiente en torno a la viabilidad del cambio de domicilio, en raz\u00f3n al parque vehicular existente y de los Centros de Verificaci\u00f3n Vehicular o Unidades de Verificaci\u00f3n Vehicular que se encuentren autorizados y operando en el Municipio correspondiente. Por lo tanto, la Secretar\u00eda de Medio Ambiente y Recursos Naturales del Estado de Hidalgo se reserva el derecho de otorgar el cambio o negarlo.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>En caso de resultar viable el predio propuesto para la instalaci\u00f3n del nuevo Centro de Verificaci\u00f3n Vehicular o Unidad de Verificaci\u00f3n Vehicular, mediante acuerdo emitido por la Direcci\u00f3n Jur\u00eddica se autorizar\u00e1 la construcci\u00f3n del mismo, cumpliendo con los requisitos establecidos para operar el Centro de Verificaci\u00f3n Vehicular o Unidad de Verificaci\u00f3n Vehicular, se\u00f1alados en el numeral 20, la construcci\u00f3n del inmueble para reubicar el Centro de Verificaci\u00f3n Vehicular o Unidad de Verificaci\u00f3n Vehicular, no podr\u00e1 exceder de un t\u00e9rmino de 120 d\u00edas naturales a partir de la notificaci\u00f3n del acuerdo por el que se autorice, en caso de no ser construido dentro del plazo, la Secretar\u00eda de Medio Ambiente y Recursos Naturales del Estado de Hidalgo, notificar\u00e1 la cancelaci\u00f3n del tr\u00e1mite al interesado, y ordenar\u00e1 la continuaci\u00f3n de la prestaci\u00f3n del servicio en el domicilio reconocido.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>18.- <\/strong>Concluida la construcci\u00f3n del Centro de Verificaci\u00f3n Vehicular o Unidad de Verificaci\u00f3n Vehicular en el nuevo domicilio, el Titular o Representante Legal, deber\u00e1 ingresar a la Plataforma Digital de la Secretar\u00eda de Medio Ambiente y Recursos Naturales de Hidalgo \u201cDigitalizando tus tramites nos acercamos a ti\u201d, la documentaci\u00f3n se\u00f1alada en el numeral 7 de estos lineamientos, previo al acuerdo dictado por la Direcci\u00f3n Jur\u00eddica de la Secretar\u00eda.<\/p>\n<p><strong>19.- <\/strong>Integrada la documentaci\u00f3n, y realizada la visita de inspecci\u00f3n por el personal de la Secretar\u00eda de Medio Ambiente y Recursos Naturales del Estado de Hidalgo, al lugar propuesto para validar el cumplimiento y de aprobarse, se emitir\u00e1 resoluci\u00f3n que otorgue el cambio de domicilio y ordene la emisi\u00f3n de la Autorizaci\u00f3n al Centro de Verificaci\u00f3n Vehicular o Unidad de Verificaci\u00f3n Vehicular, respet\u00e1ndose los datos con los que cuenta la autorizaci\u00f3n original, salvo lo autorizado en el tr\u00e1mite de cambio de domicilio, misma que ser\u00e1 entregada una vez cubierto el pago de los derechos, conforme lo establecido en la Ley Estatal de Derechos vigente.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>T\u00cdTULO CUARTO<\/strong><\/p>\n<p><strong>OPERACI\u00d3N DE CENTROS DE VERIFICACI\u00d3N VEHICULAR O UNIDADES DE VERIFICACI\u00d3N VEHICULAR<\/strong><\/p>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<p><strong>CAP\u00cdTULO I<\/strong><\/p>\n<p><strong>REQUISITOS PARA OPERAR<\/strong><\/p>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<p><strong>20<\/strong>.- Los Centros de Verificaci\u00f3n Vehicular o Unidades de Verificaci\u00f3n Vehicular, en operaci\u00f3n y los de nueva apertura, deber\u00e1n cumplir con los siguientes requisitos:<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<ol>\n<li><strong>EQUIPO DE VERIFICACI\u00d3N VEHICULAR.- <\/strong>Contar con equipos analizadores de gases de prueba din\u00e1mica, sistema OBD y prueba est\u00e1tica, as\u00ed como prueba de opacidad, de acuerdo a lo establecido en las Normas Oficiales Mexicanas NOM-047-SEMARNAT-2014 o la que la sustituya, NOM-045-SEMARNAT-2017 o la que la sustituya y NOM-167-SEMARNAT-2017 o la que la sustituya, dispuesto para operar con el software \u00fanico y centralizado de la Secretar\u00eda de Medio Ambiente y Recursos Naturales del Estado de Hidalgo, ajust\u00e1ndose a las especificaciones establecidas por la misma y con las cuales funcionar\u00e1 la Red Estatal de Centros de Verificaci\u00f3n Vehicular o Unidades de Verificaci\u00f3n Vehicular.<\/li>\n<\/ol>\n<p>En caso de no operar de acuerdo a lo dispuesto en las Normas Oficiales Mexicanas se suspender\u00e1 la operaci\u00f3n del Centro de Verificaci\u00f3n Vehicular o Unidad de Verificaci\u00f3n Vehicular, hasta en tanto cuente con el equipo necesario para operar de acuerdo a la Normatividad vigente y de ser reincidente en dicha conducta al Centro de Verificaci\u00f3n Vehicular o Unidad de Verificaci\u00f3n Vehicular ser\u00e1 sujeto al procedimiento de revocaci\u00f3n de la autorizaci\u00f3n, previo al acuerdo correspondiente.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>En caso de modificaciones al software, \u00e9stas las realizar\u00e1 la Secretar\u00eda de Medio Ambiente y Recursos Naturales del Estado de Hidalgo. Los Centros de Verificaci\u00f3n Vehicular o Unidades de Verificaci\u00f3n Vehicular operar\u00e1n con las versiones de software autorizados.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Los Centros de Verificaci\u00f3n Vehicular o Unidades de Verificaci\u00f3n Vehicular, se obligan a dar mantenimiento permanente de su equipo e instalaciones, y a cubrir los costos que impliquen las actualizaciones, mediante contrato de mantenimiento preventivo correctivo con la empresa proveedora del equipo, contrato que habr\u00e1 de detallar los servicios de proveedur\u00eda y los equipos, accesorios o aditamentos que atender\u00e1; el contrato detallado lo exhibir\u00e1 a la Secretar\u00eda en los primeros treinta d\u00edas del inicio del semestre, el cual deber\u00e1 ser ingresado por oficial\u00eda de partes.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>El mantenimiento a los equipos de verificaci\u00f3n, deber\u00e1 ser cada dos meses, acredit\u00e1ndolo con la hoja de servicio de proveedor autorizado, de no contar con la hoja de servicio durante una visita de supervisi\u00f3n, se har\u00e1 acreedor al cierre de l\u00edneas por 15 d\u00edas, as\u00ed como la suspensi\u00f3n de la venta de papeler\u00eda hasta en tanto no presente su hoja de mantenimiento preventivo ante esta Secretar\u00eda.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<ol>\n<li><strong>INFRAESTRUCTURA. &#8211; <\/strong>El Centro de Verificaci\u00f3n Vehicular o la Unidad de Verificaci\u00f3n Vehicular, deber\u00e1 establecerse para su funcionamiento y operaci\u00f3n como m\u00ednimo en una superficie de 500 m2, <strong>exclusivamente para la prestaci\u00f3n del servicio de verificaci\u00f3n vehicular.<\/strong> El Centro de Verificaci\u00f3n Vehicular o Unidad de Verificaci\u00f3n Vehicular, deber\u00e1 estar total y obligadamente delimitada con barda perimetral, de block y cemento con aplanados, de una altura m\u00ednima de dos metros.<\/li>\n<\/ol>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<p>As\u00ed mismo contar\u00e1 de forma exclusiva y permanente con los servicios p\u00fablicos de agua potable y alcantarillado o servicio de pipas; energ\u00eda el\u00e9ctrica; l\u00edneas telef\u00f3nicas e internet funcionando; portones para acceso y salida con un ancho de 4 a 5 metros exclusivamente del Centro de Verificaci\u00f3n Vehicular o Unidad de Verificaci\u00f3n Vehicular, los cuales ser\u00e1n independientes (acceso y salida).<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<ol>\n<li><strong>\u00c1REA DE VERIFICACI\u00d3N. &#8211; <\/strong>Deber\u00e1 medir como m\u00ednimo 40 m2por l\u00ednea de verificaci\u00f3n, con el prop\u00f3sito de garantizar el acceso y salida de veh\u00edculos en forma fluida, evitando de este modo problemas de vialidad.<\/li>\n<\/ol>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>El \u00e1rea de verificaci\u00f3n deber\u00e1 delimitarse con l\u00ednea perimetral color amarillo, esta \u00e1rea no deber\u00e1 tener objetos, veh\u00edculos o ning\u00fan otro elemento que obstaculice la visibilidad del proceso, el incumplimiento a esta disposici\u00f3n se sancionar\u00e1 con cierre de l\u00edneas por cinco d\u00edas h\u00e1biles, en caso de ser reincidente se documentar\u00e1 levantando acta administrativa correspondiente.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Es este el lugar exclusivo en el que estar\u00e1 colocado el veh\u00edculo para ser sometido a la inspecci\u00f3n visual, prueba de OBD, prueba din\u00e1mica, prueba est\u00e1tica o prueba de opacidad, seg\u00fan corresponda.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Deber\u00e1 estar techada, con iluminaci\u00f3n natural y artificial suficiente, ventilaci\u00f3n adecuada e instalaciones el\u00e9ctricas que cumplan la normativa de aplicaci\u00f3n y permitan el correcto funcionamiento del equipo, el incumplimiento a esta disposici\u00f3n se sancionar\u00e1 con cierre de l\u00edneas hasta que cumpla con las condiciones.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Contar con piso de concreto hidr\u00e1ulico para la adecuada circulaci\u00f3n de veh\u00edculos, tanto en el acceso de entrada y de salida, como en el \u00e1rea de verificaci\u00f3n, el \u00e1rea restante del Centro de Verificaci\u00f3n Vehicular o Unidad de Verificaci\u00f3n deber\u00e1 estar cubierta de pasto y contar con un mantenimiento permanente.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>El gabinete que contiene el sistema analizador de gases deber\u00e1 estar herm\u00e9ticamente cerrado y \u00fanicamente abrir\u00e1 el proveedor autorizado en el caso de mantenimiento preventivo o correctivo.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>En caso de que la Plataforma Digital de Verificaci\u00f3n Vehicular, reporte que el Centro de Verificaci\u00f3n Vehicular o Unidad de Verificaci\u00f3n Vehicular presenta apertura de gabinete de microbanca, sin motivo o sin informar con cinco d\u00edas h\u00e1biles previos sobre su mantenimiento a la Secretaria de Medio Ambiente y Recursos Naturales del Estado de Hidalgo, no proceder\u00e1 la reapertura de la l\u00ednea hasta en tanto el Titular o Representante Legal, documente por escrito, el motivo de la apertura del gabinete, debiendo anexar la orden de servicio expedida por el proveedor autorizado, detallando el motivo y resultado del servicio.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>De no acreditar el motivo de la apertura del gabinete se le suspender\u00e1 la venta de papeler\u00eda oficial por treinta d\u00edas naturales. La reincidencia de esta conducta motivar\u00e1 a la aplicaci\u00f3n de una sanci\u00f3n al proveedor autorizado por 5000 (cinco mil) unidades de medida y actualizaci\u00f3n, y al Titular o Representante legal del Centro de Verificaci\u00f3n Vehicular o Unidad de Verificaci\u00f3n Vehicular, se le impondr\u00e1 una sanci\u00f3n de 1000 (mil) unidades de medida y actualizaci\u00f3n.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<ol>\n<li><strong>\u00c1REA ADMINISTRATIVA. &#8211; <\/strong>El Centro de Verificaci\u00f3n Vehicular o la Unidad de Verificaci\u00f3n Vehicular, deber\u00e1 contar con oficinas administrativas construidas con muros y aplanados y techo de concreto, para el manejo y resguardo de la documentaci\u00f3n oficial del Programa de Verificaci\u00f3n Vehicular Obligatorio.<\/li>\n<\/ol>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<ol>\n<li><strong>\u00c1REA DE ESPERA. &#8211; <\/strong>Superficie totalmente cubierta contra la intemperie, con muro de block y aplanado, y techo de concreto, en uno de sus cuatro lados podr\u00e1 tener ventana o ventanal con vista al \u00e1rea de verificaci\u00f3n, con los suficientes sillones para que los usuarios del servicio aguarden c\u00f3modamente y con seguridad, protegidos contra cualquier incidente en la estaci\u00f3n de prueba (dinam\u00f3metro).<\/li>\n<\/ol>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<ol>\n<li><strong>\u00c1REA <\/strong> &#8211; La superficie del Centro de Verificaci\u00f3n Vehicular o Unidad de Verificaci\u00f3n Vehicular, que no est\u00e1 recubierta de concreto hidr\u00e1ulico por no ser utilizada para el tr\u00e1nsito de los veh\u00edculos (acceso, salida, \u00e1rea de verificaci\u00f3n vehicular), deber\u00e1 ser recubierta de pasto y contar con mantenimiento permanente. La superficie m\u00ednima que deber\u00e1 ser destinada para \u00e1rea verde es el 10 por ciento del total de la superficie del suelo del predio, para lo cual utilizar\u00e1 \u00fanicamente especies naturales. No se admite como \u00e1rea verde plantas en macetas o macetones o plantas colgantes.<\/li>\n<\/ol>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<ol>\n<li><strong>INSTALACIONES SANITARIAS. &#8211; <\/strong>Contar con servicios sanitarios construidos con muros de block, aplanados y techo de concreto exclusivos para el personal de la unidad y otros independientes para el p\u00fablico usuario (sanitarios para hombres y mujeres) debidamente aseados, equipados y funcionando, con puertas y accesorios (taza, lavabo, otro) en excelente estado y con servicio de agua permanente.<\/li>\n<\/ol>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<ol>\n<li><strong>SERVICIO TELEF\u00d3NICO Y DE INTERNET. &#8211; <\/strong>Deber\u00e1 contar con una l\u00ednea telef\u00f3nica y un servicio de internet exclusivo para la plataforma digital de verificaci\u00f3n vehicular. La velocidad de carga del internet con el que cuente la plataforma digital de verificaci\u00f3n y el sistema de video deber\u00e1 ser de por lo menos a 10 Mbps, pudiendo tener un servicio adicional de internet para servicios administrativos en caso de requerirlo, todos ellos a nombre del Titular del Centro de Verificaci\u00f3n Vehicular o Unidad de Verificaci\u00f3n<\/li>\n<\/ol>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Contar con una direcci\u00f3n exclusiva de correo electr\u00f3nico del Centro de Verificaci\u00f3n Vehicular o Unidad de Verificaci\u00f3n Vehicular. No se admiten correos particulares del personal operativo.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>La Secretar\u00eda de Medio Ambiente y Recursos Naturales del Estado de Hidalgo, podr\u00e1 solicitar la ampliaci\u00f3n en la velocidad de la transmisi\u00f3n de datos del servicio de internet, de acuerdo a las necesidades t\u00e9cnicas y administrativas. Este servicio ser\u00e1 exclusivo para la transmisi\u00f3n de datos y monitoreo en tiempo real, evitando la conexi\u00f3n a la red de otros dispositivos que saturen el ancho de banda. El servicio de internet adicional ser\u00e1 para uso administrativo y\/o el sistema de facturaci\u00f3n electr\u00f3nica.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<ol>\n<li><strong>SISTEMA DE MONITOREO EN TIEMPO REAL. \u2013 <\/strong>El Centro de Verificaci\u00f3n Vehicular o Unidad de Verificaci\u00f3n Vehicular, deber\u00e1 contar con equipo electr\u00f3nico en operaci\u00f3n permanente para visualizar las l\u00edneas (c\u00e1maras), con un servidor para respaldo de la informaci\u00f3n y transmisi\u00f3n al servidor central de la Secretar\u00eda de Medio Ambiente y Recursos Naturales del Estado de Hidalgo, de acuerdo a las especificaciones t\u00e9cnicas y equipos establecidos por \u00e9sta, las cuales deber\u00e1n estar operando y transmitiendo en el horario establecido para laborar, de no ser as\u00ed las l\u00edneas se bloquearan de manera autom\u00e1tica.<\/li>\n<\/ol>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Tambi\u00e9n deber\u00e1 contar con equipo de monitoreo en tiempo real, dentro de un gabinete que ser\u00e1 abierto y manipulado \u00fanica y exclusivamente por personal de la Secretar\u00eda de Medio Ambiente y Recursos Naturales del Estado de Hidalgo.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<ol>\n<li><strong> &#8211; <\/strong>La imagen interior y exterior del Centro de Verificaci\u00f3n Vehicular o Unidad de Verificaci\u00f3n Vehicular, deber\u00e1 ajustarse al Manual de Imagen institucional, que para tal efecto expide la Secretar\u00eda de Medio Ambiente y Recursos Naturales del Estado de Hidalgo, en colores, tonalidades, tipo y tama\u00f1o de letra, distribuci\u00f3n de palabras, logotipos y en leyendas. La informaci\u00f3n deber\u00e1 ser rotulada en las paredes del interior de los Centros de Verificaci\u00f3n Vehicular o Unidades de Verificaci\u00f3n Vehicular, no se admite el uso de lonas o vinilonas u otro material para plasmar la informaci\u00f3n.<\/li>\n<\/ol>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<p>Los Centros de Verificaci\u00f3n Vehicular o Unidades de Verificaci\u00f3n Vehicular, deber\u00e1n rotular a la vista del p\u00fablico la direcci\u00f3n electr\u00f3nica <a href=\"mailto:medio.ambiente@hidalgo.gob.mx%20\">medio.ambiente@hidalgo.gob.mx <\/a>para recibir las quejas y sugerencias de los usuarios, a fin de tomar las medidas pertinentes para optimizar el servicio.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Los Centros de Verificaci\u00f3n Vehicular o Unidades de Verificaci\u00f3n Vehicular, deber\u00e1n rotular a la vista del p\u00fablico la leyenda \u201cSE INVITA A LOS USUARIOS A REVISAR CON DETALLE LOS DATOS REGISTRADOS EN EL CERTIFICADO QUE RECIBEN AL T\u00c9RMINO DE LA VERIFICACI\u00d3N\u201d.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Los Centros de Verificaci\u00f3n Vehicular o Unidades de Verificaci\u00f3n Vehicular, deber\u00e1n rotular a la vista del p\u00fablico el listado de documentos necesarios para realizar la verificaci\u00f3n vehicular. Asimismo, el Centro o Unidad requerir\u00e1 al usuario previo a que se retire del establecimiento, que firme de conformidad que sus datos plasmados en el certificado de verificaci\u00f3n que obtuvo son correctos; el nombre y firma de conformidad ser\u00e1n colocados al reverso del tanto del certificado de verificaci\u00f3n que corresponde al Centro o Unidad<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>El Centro de Verificaci\u00f3n Vehicular o Unidad de Verificaci\u00f3n Vehicular, que no cuenten con las se\u00f1alizaciones antes descritas, se har\u00e1n acreedores a una sanci\u00f3n de 10 unidades de medida y actualizaci\u00f3n, sanci\u00f3n que se duplicar\u00e1 en el caso de continuar omitiendo el cumplimiento.<\/p>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<p><strong>III.\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 ASPECTOS ADMINISTRATIVOS. &#8211;<\/strong> Los documentos dirigidos a la Secretar\u00eda de Medio Ambiente y Recursos Naturales del Estado de Hidalgo, ser\u00e1n \u00fanicamente firmados por el Titular o Representante Legal del Centro de Verificaci\u00f3n Vehicular o Unidad de Verificaci\u00f3n Vehicular, aquellos que no cumplan con esta especificaci\u00f3n no se les dar\u00e1 tr\u00e1mite alguno y se les tendr\u00e1 como no admitidos, pudiendo generar las sanciones correspondientes por el retraso de la informaci\u00f3n.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>El Centro de Verificaci\u00f3n Vehicular o Unidad de Verificaci\u00f3n Vehicular, contar\u00e1 con un registro diario de la operaci\u00f3n por cada l\u00ednea de servicio e incidentes presentados en el Centro de Verificaci\u00f3n Vehicular o Unidad, los cuales deber\u00e1n ser anotados en la Bit\u00e1cora de Operaci\u00f3n y Mantenimiento.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Deber\u00e1n iniciar el a\u00f1o 2020 con una bit\u00e1cora nueva la cual deber\u00e1n ingresar a la Plataforma Digital de la Secretar\u00eda de Medio Ambiente y Recursos Naturales de Hidalgo \u201cDigitalizando tus tramites nos acercamos a ti\u201d, en los primeros 05 d\u00edas h\u00e1biles de enero para el tr\u00e1mite de autorizaci\u00f3n.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Este cuaderno deber\u00e1 presentarse empastado, foliado desde cien hasta doscientas fojas, con car\u00e1tula de presentaci\u00f3n en pasta color negro, con letras may\u00fasculas en color gris, que deber\u00e1 contar con los siguientes datos: n\u00famero del Centro de Verificaci\u00f3n Vehicular o Unidad y n\u00famero de l\u00ednea de verificaci\u00f3n; en la contraportada deber\u00e1 contar con datos generales del Centro de Verificaci\u00f3n Vehicular o Unidad de Verificaci\u00f3n Vehicular (nombre del titular, domicilio, n\u00famero de tel\u00e9fono, n\u00famero de l\u00ednea de verificaci\u00f3n, marca y modelo del analizador de gases); y deber\u00e1 de contener los siguientes campos de manera impresa:<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<ol>\n<li>Fecha de operaci\u00f3n;<\/li>\n<li>Folios adquiridos por tipo y numeraci\u00f3n que comprende;<\/li>\n<li>Total, de Veh\u00edculos verificados por tipo de holograma;<\/li>\n<li>Placas;<\/li>\n<li>Veh\u00edculos sancionados con folio y monto;<\/li>\n<li>Veh\u00edculos rechazados por tipo de verificaci\u00f3n, modelo y motivo; y<\/li>\n<li>N\u00famero de folio cancelado y motivo del mismo.<\/li>\n<\/ol>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Una vez dado cumplimiento a lo anterior ser\u00e1 autorizada por la Secretar\u00eda de Medio Ambiente y Recursos Naturales del Estado de Hidalgo, debi\u00e9ndose presentar peri\u00f3dicamente para su revisi\u00f3n ante el m\u00f3dulo que disponga la Direcci\u00f3n de Emisiones Vehiculares, la cual examinar\u00e1 que se utilicen todas las l\u00edneas y hojas \u00fatiles y se realicen los registros exclusivamente con tinta color azul; no se aceptar\u00e1n bit\u00e1coras con hojas sin foliar, pegadas, engargoladas o sobrepuestas; registros con tachaduras y\/o enmendaduras (quitar, arreglar o corregir alg\u00fan defecto o tacha de escritura), con corrector; el registro ser\u00e1 diariamente conforme se realicen las verificaciones, calibraciones o sucesos, lo que ser\u00e1 corroborado al momento de realizar una visita de supervisi\u00f3n o visita t\u00e9cnica, en caso de incumplimiento se ordenar\u00e1 la suspensi\u00f3n de la venta de papeler\u00eda por quince d\u00edas naturales contados a partir del d\u00eda siguiente a la notificaci\u00f3n, lo anterior de manera independiente a la valoraci\u00f3n que realice la Direcci\u00f3n de Emisiones Vehiculares sobre la existencia de un da\u00f1o mayor.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>Para hacer uso de la bit\u00e1cora deber\u00e1 contener:<\/strong><\/p>\n<p>Documento de Autorizaci\u00f3n, el cual es expedido por la Secretar\u00eda de Medio Ambiente y Recursos Naturales del Estado de Hidalgo a trav\u00e9s de la Plataforma Digital de la Secretar\u00eda de Medio Ambiente y Recursos Naturales de Hidalgo \u201cDigitalizando tus tramites nos acercamos a ti\u201d, que incluir\u00e1 la fecha de inicio de operaci\u00f3n, datos generales de la l\u00ednea y el n\u00famero del Centro de Verificaci\u00f3n Vehicular o Unidad de Verificaci\u00f3n Vehicular, el cual estar\u00e1 adherido a la contraportada de la bit\u00e1cora.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>En la Bit\u00e1cora se registrar\u00e1:<\/p>\n<ol>\n<li>Fecha de operaci\u00f3n;<\/li>\n<li>Folios adquiridos por tipo y numeraci\u00f3n que comprende;<\/li>\n<li>Total, de Veh\u00edculos verificados por tipo de holograma;<\/li>\n<li>Placas;<\/li>\n<li>Veh\u00edculos sancionados con folio y monto;<\/li>\n<li>Veh\u00edculos rechazados por tipo de verificaci\u00f3n, modelo y motivo;<\/li>\n<li>N\u00famero de folio cancelado y motivo del mismo, adem\u00e1s remitir el certificado con el holograma correspondiente;<\/li>\n<li>Ingreso de sanciones por periodos semanales (n\u00famero de folios y dep\u00f3sito bancario);<\/li>\n<li>Balance mensual de lo solicitado en los puntos anteriores;<\/li>\n<li>Registrar fallas en el equipo, fecha de auditor\u00eda, mantenimiento y proveedor responsable;<\/li>\n<li>Registro de suspensi\u00f3n de actividades y motivo;<\/li>\n<li>Registrar visitas de verificaci\u00f3n, medidas recomendadas y ejecutadas; y<\/li>\n<li>Registrar el folio de boleta en caso de que el veh\u00edculo haya sido amonestado a trav\u00e9s de los Operativos \u201cAire Limpio\u201d.<\/li>\n<\/ol>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>En caso de falla en el equipo de verificaci\u00f3n vehicular o de sus componentes, el Centro de Verificaci\u00f3n Vehicular o Unidad de Verificaci\u00f3n Vehicular, deber\u00e1 registrarlo en la bit\u00e1cora de operaci\u00f3n y mantenimiento, notificando inmediatamente por oficio la falla presentada a trav\u00e9s de la Unidad Central de Correspondencia de la Secretar\u00eda de Medio Ambiente y Recursos Naturales del Estado de Hidalgo. Una vez realizado el servicio correctivo por parte de la empresa proveedora del equipo, deber\u00e1 ingresar oficio anexando copia de la orden de servicio a la Secretar\u00eda, exhibiendo la documentaci\u00f3n que sea necesaria para acreditar la compostura de la falla y que se encuentra en condiciones de reactivar sus operaciones. No se admiten servicios de mantenimiento preventivo correctivo al equipo de verificaci\u00f3n vehicular o sus componentes por parte de empresas no autorizadas ni por parte del personal del Centro de Verificaci\u00f3n Vehicular o Unidad de Verificaci\u00f3n Vehicular.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<ol>\n<li><strong> PERMISOS<\/strong><strong>, LICENCIAS Y NOTIFICACIONES. &#8211; <\/strong>Es obligaci\u00f3n del Titular del Centro de Verificaci\u00f3n Vehicular o Unidad de Verificaci\u00f3n Vehicular contar con la licencia o dictamen de uso de suelo, licencia o placa de funcionamiento exclusivamente como Centro de Verificaci\u00f3n Vehicular o Unidad de Verificaci\u00f3n Vehicular, recibo de sus pagos de agua potable y alcantarillado o compra de agua de pipa, recibo de sus pagos de energ\u00eda el\u00e9ctrica, telefon\u00eda y servicio de internet, todos ellos vigentes.<\/li>\n<\/ol>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Presentar a la Secretar\u00eda de Medio Ambiente y Recursos Naturales del Estado de Hidalgo la acreditaci\u00f3n como Unidad de Verificaci\u00f3n Vehicular ante la Entidad Mexicana de Acreditaci\u00f3n (EMA, A.C.), de acuerdo a lo que establece la Norma Oficial Mexicana NOM-047-SEMARNAT-2014.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Exhibir el informe de la calibraci\u00f3n din\u00e1mica del o los dinam\u00f3metros ante la Direcci\u00f3n de Emisiones Vehiculares, ingresado mediante oficio por la Unidad Central de Correspondencia. La Secretar\u00eda de Medio Ambiente y Recursos Naturales del Estado de Hidalgo, establecer\u00e1 los requerimientos adicionales.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>En caso de no presentar alguno de los documentos mencionados en los p\u00e1rrafos anteriores en la visita t\u00e9cnica de verificaci\u00f3n, visita de supervisi\u00f3n, visita de revisi\u00f3n documental o al momento de ser requeridos por la Secretar\u00eda de Medio Ambiente y Recursos Naturales del Estado de Hidalgo, se suspender\u00e1 la operaci\u00f3n de la o las l\u00edneas autorizadas hasta en tanto se ingrese mediante oficio el documento que corresponda para subsanar la observaci\u00f3n.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<ol>\n<li><strong> PERSONAL<\/strong><strong>. <\/strong>Contar con un organigrama operativo, que contenga los nombres, fotograf\u00edas y puesto de las personas que prestan sus servicios en el Centro de Verificaci\u00f3n Vehicular o Unidad de Verificaci\u00f3n Vehicular, impreso en color, emitido por la Secretar\u00eda de Medio Ambiente y Recursos Naturales del Estado de Hidalgo, el cual ser\u00e1 solicitado por correo electr\u00f3nico a la direcci\u00f3n <a href=\"mailto:emisiones.semarnath@gmail.com\">emisiones.semarnath@gmail.com<\/a> una vez que todo el personal cuente con el gafete de identificaci\u00f3n vigente, haciendo menci\u00f3n en el cuerpo del correo, el nombre completo y el puesto de las personas que son parte del organigrama.<\/li>\n<\/ol>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>El Titular o Representante Legal, vigilar\u00e1 que el personal propuesto no se encuentre adscrito o sugerido para su adscripci\u00f3n a otro Centro de Verificaci\u00f3n Vehicular o Unidad de Verificaci\u00f3n Vehicular o bien no se encuentre asignado a otro puesto o cargo dentro del Centro de Verificaci\u00f3n Vehicular o Unidad de Verificaci\u00f3n Vehicular, en cuyo caso la Secretar\u00eda de Medio Ambiente y Recursos Naturales del Estado de Hidalgo, le requerir\u00e1 para que nombre a otra persona. El organigrama ser\u00e1 exhibido, siempre y cuando lo requiera la Secretar\u00eda de Medio Ambiente y Recursos Naturales del Estado de Hidalgo o bien alguna autoridad competente, previamente identificada.<\/p>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<p>El personal que labora en el Centro de Verificaci\u00f3n Vehicular o Unidad de Verificaci\u00f3n Vehicular y que est\u00e1 referido en el organigrama operativo estar\u00e1 conformado de la siguiente manera, incluido en este el Titular del Centro de Verificaci\u00f3n Vehicular o Unidad de Verificaci\u00f3n Vehicular:<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<ol>\n<li><strong>Representante Legal. &#8211; <\/strong>Persona que acreditar\u00e1 el mandato otorgado a su favor mediante el instrumento notarial correspondiente, teniendo en esos t\u00e9rminos la representaci\u00f3n legal del Titular, con el objeto de atender las diligencias y actos jur\u00eddicos y\/o administrativos con la Secretar\u00eda de Medio Ambiente y Recursos Naturales del Estado de Hidalgo o su \u00f3rgano desconcentrado;<\/li>\n<\/ol>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<ol>\n<li><strong>Responsable T\u00e9cnico: <\/strong>Ser\u00e1 propuesto por el Titular y\/o Representante Legal del Centro de Verificaci\u00f3n Vehicular o Unidad de Verificaci\u00f3n Vehicular, para ser evaluado y autorizado por la Secretar\u00eda de Medio Ambiente y Recursos Naturales del Estado de Las funciones a realizar son las planteadas en el Manual de Procedimientos de aplicaci\u00f3n de la Norma NMX-EC-17020-IMNC-2014 para Hidalgo, siendo esta la persona responsable de que la operaci\u00f3n del Centro de Verificaci\u00f3n Vehicular o Unidad de Verificaci\u00f3n Vehicular, se realice en estricto apego al Programa de Verificaci\u00f3n Vehicular Obligatorio vigente y funcione de conformidad con la normatividad aplicable, podr\u00e1 ser la persona que atienda las visitas t\u00e9cnicas, de supervisi\u00f3n o de revisi\u00f3n documental en ausencia del Titular o Representante legal, siempre y cuando cuente con el documento que lo faculte, expedido por el titular e ingresado a esta Secretar\u00eda;<\/li>\n<\/ol>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<ol>\n<li><strong>T\u00e9cnico verificador: <\/strong>Deber\u00e1 contar con las constancias (expedidas por la Secretar\u00eda de Medio Ambiente y Recursos Naturales del Estado de Hidalgo y la empresa proveedora del equipo), que acrediten que cuenta con la capacidad t\u00e9cnica necesaria para operar el equipo y los conocimientos m\u00ednimos sobre el programa de verificaci\u00f3n y aprobar las evaluaciones que se le apliquen;<\/li>\n<\/ol>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Contar con conocimientos b\u00e1sicos de mec\u00e1nica automotriz para poder detectar las fallas mec\u00e1nicas de la unidad a verificar, y llevar a cabo el procedimiento de verificaci\u00f3n vehicular con estricto apego a la normatividad vigente, es decir, que el veh\u00edculo cuyas caracter\u00edsticas refiere la tarjeta de circulaci\u00f3n se encuentre presente en las pruebas de verificaci\u00f3n y sea al veh\u00edculo al cual le aplique todas y cada una de las pruebas que correspondan, siendo la informaci\u00f3n veraz la que se suba al sistema, as\u00ed como supervisar la documentaci\u00f3n del usuario y orientarlo sobre los objetivos del programa.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Las funciones a realizar por el personal, ser\u00e1n adem\u00e1s las planteadas en el Manual de Procedimientos de aplicaci\u00f3n de la Norma NMX-EC-17020-IMNC-2014 para Hidalgo, mismo que fue publicado en la p\u00e1gina de la Entidad Mexicana de Acreditaci\u00f3n, A.C. <a href=\"http:\/\/www.ema.org.mx\/portal_v3\/\">http:\/\/www.ema.org.mx\/portal_v3\/<\/a>, en acuerdo a la fecha de emisi\u00f3n y entrada en vigor el d\u00eda 02 de octubre de 2017, bajo motivo de revisi\u00f3n DOCTO No. MP-HE022-00 a fin de adquirir la figura jur\u00eddica de Unidades de Verificaci\u00f3n Vehicular;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<ol>\n<li><strong>Secretaria(o): <\/strong>Quien tendr\u00e1 los conocimientos necesarios sobre el funcionamiento de sistemas automatizados para el correcto manejo de los certificados oficiales, as\u00ed como la elaboraci\u00f3n de la documentaci\u00f3n necesaria y el control del archivo; y<\/li>\n<\/ol>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<ol>\n<li><strong>Auxiliar Administrativo: <\/strong>Quien tendr\u00e1 los conocimientos necesarios para la emisi\u00f3n de facturas electr\u00f3nicas, realizar\u00e1 el llenado de la bit\u00e1cora y la elaboraci\u00f3n de los informes correspondientes, as\u00ed como apoyar en las actividades establecidas para el adecuado funcionamiento del Centro de Verificaci\u00f3n Vehicular o Unidad de Verificaci\u00f3n Vehicular, de acuerdo al Manual de Procedimientos de aplicaci\u00f3n de la Norma NMX-EC-17020-IMNC-2014 para Hidalgo.<\/li>\n<\/ol>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<p>Todo el Centro de Verificaci\u00f3n Vehicular o Unidad de Verificaci\u00f3n Vehicular para su operaci\u00f3n en todo momento deber\u00e1 funcionar por lo menos con el personal descrito en el numeral anterior a excepci\u00f3n del Representante Legal, tomando en cuenta que por cada l\u00ednea de verificaci\u00f3n deber\u00e1 contar con un T\u00e9cnico Verificador.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>El personal deber\u00e1 cumplir el horario laboral establecido en los presentes lineamientos, sin realizar medios turnos y\/o ausentarse para otras actividades fuera de las que realiza en el Centro de Verificaci\u00f3n Vehicular o Unidad de Verificaci\u00f3n Vehicular, con excepci\u00f3n de que cuenten con m\u00e1s de una persona dentro del organigrama con el mismo puesto de la personal que se ausenta. Si el personal tiene que ausentarse por cuestiones \u00fanicamente relacionadas al Centro de Verificaci\u00f3n Vehicular o Unidad de Verificaci\u00f3n Vehicular, dentro del horario laboral, se deber\u00e1 enviar el PASE ADMINISTRATIVO DE SALIDA, de igual manera, si se ausentan por cuestiones de incapacidad o vacaciones, en estos casos, se deber\u00e1 enviar el formato correspondiente, al correo electr\u00f3nico <a href=\"mailto:emisiones.semarnath@gmail.com\">emisiones.semarnath@gmail.com<\/a><\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Lo anterior con la finalidad de observar que se encuentren prestando el servicio las personas que laboran en el Centro de Verificaci\u00f3n Vehicular o Unidad de Verificaci\u00f3n Vehicular.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>En el caso de que el Centro de Verificaci\u00f3n Vehicular o Unidad de Verificaci\u00f3n Vehicular, cuente con personal administrativo y operativo cuyas funciones no se encuentren descritas en este apartado, el titular deber\u00e1 darlo a conocer a la Secretar\u00eda de Medio Ambiente y Recursos Naturales del Estado de Hidalgo de manera inmediata, informando sobre las funciones espec\u00edficas que desarrollar\u00e1n, as\u00ed como la ubicaci\u00f3n en el organigrama, de no informarlo, las personas no podr\u00e1n permanecer en el Centro de Verificaci\u00f3n Vehicular o Unidad de Verificaci\u00f3n Vehicular.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Todo el personal que labore en el Centro de Verificaci\u00f3n Vehicular o Unidad de Verificaci\u00f3n Vehicular, deber\u00e1 contar con credencial vigente (gafete), debidamente sellada y firmada, por el Secretario de Medio Ambiente y Recursos Naturales, as\u00ed como por el titular y\/o el Representante Legal de la Unidad, el cual es solicitado por medio de la Plataforma Digital de la Secretar\u00eda de Medio Ambiente y Recursos Naturales de Hidalgo \u201cDigitalizando tus tramites nos acercamos a ti\u201d.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>El Centro de Verificaci\u00f3n Vehicular o Unidad de Verificaci\u00f3n Vehicular, deber\u00e1 cubrir a trav\u00e9s de la Secretar\u00eda de Medio Ambiente y Recursos Naturales del Estado de Hidalgo, el pago enunciado en la Ley Estatal de Derechos vigente, por la emisi\u00f3n de gafetes.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>En caso de requerir gafete para nuevo personal o cambio de puesto del personal que labora en el Centro de Verificaci\u00f3n Vehicular o Unidad de Verificaci\u00f3n Vehicular, se deber\u00e1 realizar el tr\u00e1mite correspondiente de Alta\/ Baja de personal, a trav\u00e9s de la Plataforma Digital de la Secretar\u00eda de Medio Ambiente y Recursos Naturales de Hidalgo \u201cDigitalizando tus tr\u00e1mites nos acercamos a ti\u201d, aunado a ello asistir\u00e1 a la Secretar\u00eda a capacitaci\u00f3n, misma que se encuentra sujeta a evaluaci\u00f3n, por lo que para ser procedente tendr\u00e1 que obtener resultados aprobatorios. Una vez aprobada la evaluaci\u00f3n, se deber\u00e1 realizar el tr\u00e1mite de Emisi\u00f3n de Gafete por medio de la Plataforma \u201cDigitalizando tus tr\u00e1mites nos acercamos a ti\u201d.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Una vez que se tiene el gafete deber\u00e1 notificar mediante correo electr\u00f3nico a la direcci\u00f3n <a href=\"mailto:fuentes.moviles@hidalgo.gob.mx\">fuentes.moviles@hidalgo.gob.mx<\/a> para dar de alta en el sistema al nuevo usuario y registrar su acceso mediante huella digital.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>El acceso al sistema es total responsabilidad del Titular o Representante legal del Centro de Verificaci\u00f3n Vehicular o Unidad de Verificaci\u00f3n Vehicular.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>En caso de baja de personal, se deber\u00e1 realizar el tr\u00e1mite a trav\u00e9s de la Plataforma Digital de la Secretar\u00eda de Medio Ambiente y Recursos Naturales de Hidalgo \u201cDigitalizando tus tramites nos acercamos a ti\u201d. Si la baja del personal se dio por incumplimiento a los presentes Lineamientos, o deriva de una queja comprobada, el Titular o Representante legal (R.L) del Centro de Verificaci\u00f3n Vehicular o Unidad de Verificaci\u00f3n Vehicular, lo har\u00e1 del conocimiento a la Secretar\u00eda a fin de que dicha persona no sea dada de alta en ninguno de los Centros de Verificaci\u00f3n Vehicular o Unidades de Verificaci\u00f3n Vehicular que conforman la Red Estatal.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>De suscitarse el extrav\u00edo de la credencial (gafete), el Titular y\/o el Representante Legal de Centro de Verificaci\u00f3n Vehicular o Unidad de Verificaci\u00f3n Vehicular, levantar\u00e1 un acta de hechos por este motivo ante la Direcci\u00f3n Jur\u00eddica de la Secretar\u00eda de Medio Ambiente y Recursos Naturales del Estado de Hidalgo, formalizando su petici\u00f3n a trav\u00e9s del escrito correspondiente.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Si como resultado de la visita t\u00e9cnica de verificaci\u00f3n, visita de supervisi\u00f3n o visita de revisi\u00f3n documental, se encontrara que el Centro de Verificaci\u00f3n Vehicular o Unidad de Verificaci\u00f3n Vehicular, opera con personal no autorizado por la Secretar\u00eda de Medio Ambiente y Recursos Naturales del Estado de Hidalgo o sin el n\u00famero m\u00ednimo de personal requerido para su operaci\u00f3n, se proceder\u00e1 a hacer constar los hechos en el acta de la visita correspondiente, la cual servir\u00e1 para motivar la imposici\u00f3n de la sanci\u00f3n consistente en la suspensi\u00f3n de la venta de papeler\u00eda al Centro de Verificaci\u00f3n Vehicular o Unidad de Verificaci\u00f3n Vehicular por el t\u00e9rmino de 15 d\u00edas naturales, independientemente de que se ordenen las diligencias necesarias para poder identificar si existe un detrimento al erario p\u00fablico y aplicar la sanci\u00f3n correspondiente. Transcurrido este plazo y de no informar sobre el alta del personal faltante, la sanci\u00f3n se ampliar\u00e1 hasta por el doble de tiempo establecido.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>El Centro de Verificaci\u00f3n Vehicular o Unidad de Verificaci\u00f3n Vehicular, NO PODR\u00c1 LABORAR SIN QUE EL RESPONSABLE T\u00c9CNICO ESTE PRESENTE EN EL CENTRO DE VERIFICACI\u00d3N VEHICULAR O UNIDAD DE VERIFICACI\u00d3N VEHICULAR.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Con referencia a los Titulares o Representantes Legales de Centros de Verificaci\u00f3n Vehicular o Unidades de Verificaci\u00f3n Vehicular, que cuenten con m\u00e1s de un Centro de Verificaci\u00f3n Vehicular o Unidad de Verificaci\u00f3n Vehicular, por ning\u00fan motivo podr\u00e1 rotar personal de un Centro de Verificaci\u00f3n Vehicular o Unidad de Verificaci\u00f3n Vehicular a otro y utilizar a una misma persona para dos encargos dentro del mismo, a excepci\u00f3n del Titular quien podr\u00e1 tener el car\u00e1cter de sustituto \u00fanicamente por el tiempo que se establece en el Manual de Procedimientos de aplicaci\u00f3n de la Norma NMX-EC-17020-IMNC-2014 para Hidalgo.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Por lo que de encontrarse f\u00edsicamente personal adscrito a una u otro Centro de Verificaci\u00f3n Vehicular o Unidades de Verificaci\u00f3n Vehicular, le ser\u00e1 impuesta la sanci\u00f3n consistente en la suspensi\u00f3n de la venta de papeler\u00eda al Centro de Verificaci\u00f3n Vehicular o Unidad de Verificaci\u00f3n Vehicular correspondiente, donde se encontr\u00f3 al trabajador, por el t\u00e9rmino de treinta d\u00edas naturales, independientemente de que se ordenen las diligencias necesarias para poder identificar si existe un detrimento al erario p\u00fablico y aplicar la sanci\u00f3n correspondiente.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Acreditar estar al corriente en el pago de sus obligaciones fiscales, ante el IMSS (Instituto Mexicano del Seguro Social) e INFONAVIT (Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores), de todos los trabajadores registrados en su Centro de Verificaci\u00f3n Vehicular o Unidad de Verificaci\u00f3n Vehicular.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<ol start=\"200\">\n<li><strong>GARANT\u00cdA.- <\/strong>El Centro de Verificaci\u00f3n Vehicular o la Unidad de Verificaci\u00f3n Vehicular, deber\u00e1 contar con una fianza emitida expresamente a favor de la Secretar\u00eda de Medio Ambiente y Recursos Naturales del Estado de Hidalgo, como beneficiaria en donde se garantice por parte del Titular del Centro de Verificaci\u00f3n Vehicular o la Unidad de Verificaci\u00f3n Vehicular el cumplimiento de las disposiciones jur\u00eddicas aplicables, as\u00ed como las obligaciones establecidas en la Ley para la Protecci\u00f3n al Ambiente del Estado de Hidalgo y los Lineamientos Normativos para el Funcionamiento de la Red Estatal de Centros de Verificaci\u00f3n Vehicular y\/o Unidades de Verificaci\u00f3n Vehicular, amparando la cantidad de <strong>$200.000.00 (Doscientos mil pesos 00\/100 M.N.). El periodo de vigencia de la fianza deber\u00e1 ser igual al periodo de vigencia de la Autorizaci\u00f3n para prestar el servicio de verificaci\u00f3n vehicular.<\/strong><\/li>\n<\/ol>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>La p\u00f3liza de fianza de cumplimiento deber\u00e1 contener el siguiente texto:<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong><em>\u201cGarantizar a favor de la Secretar\u00eda de Medio Ambiente y Recursos Naturales del Estado de Hidalgo, el cumplimiento de las disposiciones jur\u00eddicas aplicables, as\u00ed como las obligaciones se\u00f1aladas en la Ley para la Protecci\u00f3n al Ambiente del Estado de Hidalgo y los Lineamientos Normativos para el Funcionamiento de la Red Estatal de los Centros de Verificaci\u00f3n Vehicular o Unidades de Verificaci\u00f3n Vehicular, lo que incluye el buen uso y resguardo de los certificados, hologramas, folios de multa, incluyendo el equipo de c\u00f3mputo y video proporcionado por la Secretar\u00eda de Medio Ambiente y Recursos Naturales, que pudieran ser objeto de extrav\u00edo culposo, destrucci\u00f3n indebida o deterioro imprudencial, as\u00ed como la correcta aplicaci\u00f3n de las tarifas oficiales establecidas en el Programa de Verificaci\u00f3n Vehicular Obligatorio. Esta fianza est\u00e1 vigente del d\u00eda\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 del mes de ________del a\u00f1o _____ al d\u00eda ________ del mes _________ del a\u00f1o ______.\u201d<\/em><\/strong><\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Deber\u00e1 ser entregada a la Secretar\u00eda de Medio Ambiente y Recursos Naturales del Estado de Hidalgo, dentro del t\u00e9rmino de 20 d\u00edas naturales siguientes a la notificaci\u00f3n de la autorizaci\u00f3n. La entrega extempor\u00e1nea de la P\u00f3liza de Fianza ser\u00e1 sancionada con 20 unidades de medida y actualizaci\u00f3n por d\u00eda de retraso conforme lo establece la Ley para la Protecci\u00f3n al Ambiente del Estado de Hidalgo vigente.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>De no presentar la P\u00f3liza de Garant\u00eda en los t\u00e9rminos establecidos en los p\u00e1rrafos anteriores, se har\u00e1 acreedor a la sanci\u00f3n de cierre de l\u00edneas por treinta d\u00edas naturales contados a partir del d\u00eda siguiente de la entrega recepci\u00f3n de la P\u00f3liza.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>VII. SEGURO DE RESPONSABILIDAD<\/strong><\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>El Centro de Verificaci\u00f3n Vehicular o Unidad de Verificaci\u00f3n Vehicular, debe tener un seguro de responsabilidad civil para cubrir sus actividades, incluyendo los da\u00f1os que se puedan ocasionar a los veh\u00edculos e instrumentos mientras permanecen dentro de las instalaciones del Centro de Verificaci\u00f3n Vehicular o Unidad de Verificaci\u00f3n Vehicular (da\u00f1os a terceros), as\u00ed como la responsabilidad civil, robo con violencia, asalto, valores e incendio dentro del Centro de Verificaci\u00f3n Vehicular o Unidad de Verificaci\u00f3n Vehicular. Los montos deben ser especificados en la p\u00f3liza y deben estar de acuerdo con las tabulaciones especificadas por la aseguradora.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Deber\u00e1 ser entregado a la Secretar\u00eda de Medio Ambiente y Recursos Naturales del Estado de Hidalgo, dentro del t\u00e9rmino de 20 d\u00edas naturales siguientes a la notificaci\u00f3n de la autorizaci\u00f3n.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>De no presentar el Seguro de Responsabilidad en los t\u00e9rminos establecidos en los p\u00e1rrafos anteriores, se har\u00e1 acreedor a la sanci\u00f3n de cierre de l\u00edneas por treinta d\u00edas naturales contados a partir del d\u00eda siguiente de la entrega recepci\u00f3n del seguro.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>21.- <\/strong>Todo Centro de Verificaci\u00f3n Vehicular o Unidad de Verificaci\u00f3n Vehicular, para su operaci\u00f3n deber\u00e1 contar con su Autorizaci\u00f3n vigente, expedida por la Secretar\u00eda de Medio Ambiente y Recursos Naturales del Estado de Hidalgo. En caso de operar con Autorizaci\u00f3n fuera de vigencia, y de no haber solicitado la Renovaci\u00f3n de Autorizaci\u00f3n en los t\u00e9rminos que establece el numeral 9 y 10 de los presentes Lineamientos, se ordenar\u00e1 de manera inmediata y definitiva la devoluci\u00f3n a la Secretar\u00eda de Medio Ambiente y Recursos Naturales del Estado de Hidalgo del equipo que le fue otorgado en comodato, mismo que deber\u00e1 hacer entrega, quien fungiera en su momento como Titular o Representante Legal del Centro de Verificaci\u00f3n Vehicular o Unidad de Verificaci\u00f3n Vehicular, en un plazo no mayor a 5 d\u00edas h\u00e1biles contados a partir del d\u00eda siguiente de la notificaci\u00f3n\u00a0 del acuerdo correspondiente.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>22.- <\/strong>Los Titulares de las Centros de Verificaci\u00f3n Vehicular o Unidades de Verificaci\u00f3n Vehicular, est\u00e1n obligados al cumplimiento de la normatividad fiscal vigente.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>CAP\u00cdTULO II<\/strong><\/p>\n<p><strong>FUNCIONAMIENTO DE LA RED ESTATAL DE CENTROS DE VERIFICACI\u00d3N VEHICULAR O UNIDADES DE VERIFICACI\u00d3N VEHICULAR<\/strong><\/p>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<p><strong>23.- <\/strong>La Red Estatal de Centros de Verificaci\u00f3n Vehicular o Unidades de Verificaci\u00f3n Vehicular, est\u00e1 conformada por la totalidad de Centros de Verificaci\u00f3n Vehicular o Unidades de Verificaci\u00f3n Vehicular en operaci\u00f3n, distribuidas en el Estado de Hidalgo, los cuales est\u00e1n obligados a operar con el sistema centralizado y software que determina la Secretar\u00eda de Medio Ambiente y Recursos Naturales del Estado de Hidalgo y que tienen como fin proporcionar los medios t\u00e9cnicos para que de manera conjunta con los usuarios automovilistas den cumplimiento al Programa de Verificaci\u00f3n Vehicular Obligatorio en esta Entidad.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>\u00a0 24.- <\/strong>Los Centros de Verificaci\u00f3n Vehicular o Unidades de Verificaci\u00f3n Vehicular, deber\u00e1n brindar servicio al p\u00fablico en un horario de las 08:30 a las 18:00 horas de lunes a viernes, y los s\u00e1bados en un horario de las 08:30 a las 14:00 horas, horario en el cual la Plataforma Digital de Verificaci\u00f3n Vehicular, estar\u00e1 disponible.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>El servicio puede ser suspendido \u00fanica y exclusivamente los d\u00edas no laborables conforme a la legislaci\u00f3n laboral, as\u00ed mismo, la Secretar\u00eda de Medio Ambiente y Recursos Naturales del Estado de Hidalgo, podr\u00e1 ampliar los d\u00edas y horarios en servicio de los programas y acciones que se implementen.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>25.-<\/strong> En caso de que el Centro de Verificaci\u00f3n Vehicular o Unidad de Verificaci\u00f3n Vehicular, por caso fortuito o fuerza mayor, se vea obligada a no prestar el servicio de verificaci\u00f3n vehicular, deber\u00e1 de notificar inmediatamente por escrito a la Secretar\u00eda de Medio Ambiente y Recursos Naturales del Estado de Hidalgo en la Unidad Central de Correspondencia o correo electr\u00f3nico a la direcci\u00f3n <a href=\"mailto:fuentes.moviles@hidalgo.gob.mx\">fuentes.moviles@hidalgo.gob.mx<\/a>, respecto de la suspensi\u00f3n del servicio acreditando documentalmente la causa; de lo contrario se tendr\u00e1n por no hechas las manifestaciones y se proceder\u00e1 a la suspensi\u00f3n de la venta de papeler\u00eda por treinta d\u00edas naturales. Las suspensiones en el servicio por motivos no contemplados en la Ley Federal del Trabajo como d\u00edas de asueto, deber\u00e1n ser justificadas y notificadas a la Secretar\u00eda con 3 d\u00edas de anticipaci\u00f3n.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>26.- <\/strong>Derivado de la visita t\u00e9cnica de verificaci\u00f3n o visita de supervisi\u00f3n, si se detecta que el Centro de Verificaci\u00f3n Vehicular o Unidad de Verificaci\u00f3n Vehicular, no se encuentra prestando el servicio, y no existe documento alguno que justifique la causa, ser\u00e1 motivo suficiente para que esta Secretar\u00eda aplique la sanci\u00f3n consistente en el cierre de la o las l\u00edneas por treinta d\u00edas naturales contados a partir del d\u00eda siguiente en que le fue notificada la sanci\u00f3n.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>De documentarse en tres ocasiones que alg\u00fan Centro de Verificaci\u00f3n Vehicular o Unidad de Verificaci\u00f3n Vehicular, no est\u00e9 operando dentro de los horarios y d\u00edas establecidos, se har\u00e1 acreedor a una sanci\u00f3n consistente en la suspensi\u00f3n de la venta de papeler\u00eda por treinta d\u00edas naturales; de reiterarse la falta, se aplicar\u00e1 la misma sanci\u00f3n por el doble de tiempo.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>En caso de que el Centro de Verificaci\u00f3n Vehicular o Unidad de Verificaci\u00f3n Vehicular, por incumplimiento a los presentes lineamientos se encuentre en alg\u00fan proceso jur\u00eddico, que impida que preste el servicio de verificaci\u00f3n o bien por apertura de gabinete o por dejar de transmitir video o por \u00e9l no envi\u00f3 de datos de la estaci\u00f3n meteorol\u00f3gica no justificado, u otro, la Unidad deber\u00e1 permanecer cerrada y colocar leyenda \u201c<strong>FUERA DE SERVICIO<\/strong>\u201d de acuerdo al manual de imagen interior y exterior.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>27.-<\/strong> Las calibraciones diarias deber\u00e1n realizarse antes de las 08:30 horas, previo a que inicie el servicio al p\u00fablico usuario, su registro ser\u00e1 en la plataforma digital de verificaci\u00f3n vehicular, en caso de no poder realizar la calibraci\u00f3n antes de la hora especificada deber\u00e1 informarse a la Secretar\u00eda el motivo por el cual no ha sido realizada.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>El incumplimiento al presente numeral ser\u00e1 motivo de sanci\u00f3n con el cierre de sus l\u00edneas por tres d\u00edas. La verificaci\u00f3n del cumplimiento al presente precepto podr\u00e1 ser a trav\u00e9s de visita de supervisi\u00f3n, registros en video o toma de im\u00e1genes impresas de la Plataforma Digital de Verificaci\u00f3n Vehicular.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>28.- <\/strong>Los Centros de Verificaci\u00f3n Vehicular o Unidades de Verificaci\u00f3n Vehicular, deber\u00e1n efectuar la auditor\u00eda de calibraci\u00f3n a su equipo de verificaci\u00f3n vehicular, a trav\u00e9s de un laboratorio de calibraci\u00f3n acreditado y en su caso aprobado conforme la Ley Federal sobre Metrolog\u00eda y Normalizaci\u00f3n, debiendo dar aviso con 5 (cinco) d\u00edas h\u00e1biles de anticipaci\u00f3n a la Secretar\u00eda de Medio Ambiente y Recursos Naturales del Estado de Hidalgo, para que si lo considera pertinente designe personal t\u00e9cnico o jur\u00eddico que est\u00e9 presente en dicha auditoria. De no dar aviso en tiempo y forma el Centro de Verificaci\u00f3n Vehicular o Unidad de Verificaci\u00f3n Vehicular, ser\u00e1 sancionado con la suspensi\u00f3n de la venta de papeler\u00eda por el plazo de quince d\u00edas naturales y con lo establecido en la Ley para la Protecci\u00f3n al Ambiente del Estado de Hidalgo.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Los resultados de la auditor\u00eda, deber\u00e1n entregarse a la Secretar\u00eda de Medio Ambiente y Recursos Naturales del Estado de Hidalgo durante los siguientes 5 (cinco) d\u00edas h\u00e1biles contados a partir de haber realizado la auditor\u00eda de calibraci\u00f3n, en impreso mediante escrito a trav\u00e9s de la Unidad Central de Correspondencia de esta Secretar\u00eda, para que sea registrado a su expediente; de no ser realizada la auditor\u00eda de calibraci\u00f3n, obtener resultados no aprobatorios o tener alguna observaci\u00f3n, la Secretar\u00eda suspender\u00e1 la operaci\u00f3n de la l\u00ednea, hasta en tanto se resuelva, periodo que no podr\u00e1 rebasar 30 d\u00edas h\u00e1biles, de lo contrario, se iniciar\u00e1 procedimiento de revocaci\u00f3n.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>En caso de que el Centro de Verificaci\u00f3n Vehicular o Unidad de Verificaci\u00f3n Vehicular, no realice o bien entregue extempor\u00e1neamente los resultados (curvas de calibraci\u00f3n), se har\u00e1 acreedora a una sanci\u00f3n consistente en una multa por 10 unidades de medida y actualizaci\u00f3n por d\u00eda de retraso, conforme lo establece la Ley para la Protecci\u00f3n al Ambiente del Estado de Hidalgo.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Los resultados de la calibraci\u00f3n din\u00e1mica de dinam\u00f3metros ser\u00e1n entregados a la Secretar\u00eda, mediante escrito ante la Unidad Central de Correspondencia, a m\u00e1s tardar 5 d\u00edas h\u00e1biles despu\u00e9s de ser entregados por el laboratorio. De documentarse que no se acreditaron las pruebas de calibraci\u00f3n de dinam\u00f3metros se proceder\u00e1 al cierre inmediato de la l\u00ednea de verificaci\u00f3n que result\u00f3 no aprobatoria hasta en tanto acredite dicha calibraci\u00f3n.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Esta Dependencia dar\u00e1 seguimiento puntual al mantenimiento o reparaciones que el Centro de Verificaci\u00f3n Vehicular o Unidad de Verificaci\u00f3n Vehicular, realice al equipo de verificaci\u00f3n hasta la nueva auditor\u00eda.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>29.- <\/strong>Si la Secretar\u00eda de Medio Ambiente y Recursos Naturales del Estado de Hidalgo, documenta quejas de los usuarios, mismas que sean comprobadas a trav\u00e9s de la documentaci\u00f3n proporcionada o cualquier medio probatorio, ser\u00e1n revisadas, valoradas y ratificadas, esta \u00faltima por la persona afectada ante la Direcci\u00f3n Jur\u00eddica de dicha Secretar\u00eda. Esta queja ser\u00e1 motivo desde un apercibimiento, un acta de hechos, acta administrativa o bien al inicio de la revocaci\u00f3n de la autorizaci\u00f3n, tomando en cuenta la gravedad de la falta.<\/p>\n<p>De acreditarse que la captura de la informaci\u00f3n se realiza de manera dolosa, inmediatamente se dar\u00e1 de baja de la Plataforma Digital de Verificaci\u00f3n al personal que realiz\u00f3 esta captura y no proceder\u00e1 su alta en ning\u00fan Centro de Verificaci\u00f3n Vehicular o Unidad de Verificaci\u00f3n Vehicular. Veinte quejas por captura de informaci\u00f3n en la Plataforma digital que no corresponda con los datos de la tarjeta de circulaci\u00f3n, en cuanto a n\u00famero de serie o placa de circulaci\u00f3n presentados por los usuarios automovilistas o bien a trav\u00e9s de incidencias presentadas por el mismo Centro de Verificaci\u00f3n Vehicular o Unidad de Verificaci\u00f3n Vehicular al \u00e1rea de Emisiones Vehiculares; se proceder\u00e1 a levantar un acta de hechos, derivando en la aplicaci\u00f3n de la sanci\u00f3n consistente en el cierre de l\u00edneas por tres d\u00edas h\u00e1biles.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>30.-\u00a0<\/strong>Incidencias: El Centro de Verificaci\u00f3n Vehicular o Unidad de Verificaci\u00f3n Vehicular, deber\u00e1 notificar a soporte t\u00e9cnico v\u00eda correo electr\u00f3nico: <a href=\"mailto:fuentes.moviles@hidalgo.gob.mx\">fuentes.moviles@hidalgo.gob.mx<\/a> sus incidencias en el horario de las 08:30 a las 18:00 horas de lunes a viernes, y los s\u00e1bados en un horario de las 08:30 a las 14:00 horas, o bien en el horario que haya sido habilitado para prestar el servicio de verificaci\u00f3n vehicular y ser atendida. Cualquier cambio que requiera el Centro de Verificaci\u00f3n Vehicular o Unidad de Verificaci\u00f3n Vehicular deber\u00e1 ser notificado \u00fanicamente por correo electr\u00f3nico o por el sistema establecido por la Secretar\u00eda de Medio Ambiente y Recursos Naturales del Estado de Hidalgo, especificando de manera precisa el cambio que solicita o la incidencia que se le presenta, adjuntando la documentaci\u00f3n original correspondiente escaneada en formato JPG, de no presentar la documentaci\u00f3n en original, deber\u00e1 especificar el motivo del porque no la presenta.<\/p>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<p><strong>31.- <\/strong>Queda estrictamente prohibida la permanencia dentro del \u00e1rea de verificaci\u00f3n, a personas que no est\u00e9n debidamente autorizadas, as\u00ed como de veh\u00edculos que no est\u00e9n solicitando el servicio. Lo anterior incluye a aquellos veh\u00edculos propiedad del Titular o personal de la Unidad de Verificaci\u00f3n Vehicular. La infracci\u00f3n a esta disposici\u00f3n ser\u00e1 sancionar\u00e1 por \u00fanica vez con el cierre por un d\u00eda de la operaci\u00f3n de las l\u00edneas que hayan sido autorizadas. Por segunda vez, se le suspender\u00e1 la venta de papeler\u00eda oficial por treinta d\u00edas naturales y por tercera vez se levantar\u00e1 acta administrativa teniendo como antecedente las anteriores conductas reiteradas que se describen en este numeral.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>32.- <\/strong>El T\u00e9cnico verificador, deber\u00e1 entregar al usuario el certificado de verificaci\u00f3n vehicular correspondiente, y <strong>adherir inmediatamente la calcoman\u00eda hologr\u00e1fica en el lado superior derecho <\/strong>del parabrisas del veh\u00edculo, no afectando la visibilidad del conductor. En el caso de falla de corriente el\u00e9ctrica u otro incidente que no les permita realizar la impresi\u00f3n del certificado o concluir el proceso de verificaci\u00f3n, esta prueba y certificado ser\u00e1n cancelados y as\u00ed ser\u00e1 documentado en el informe, y el Centro de Verificaci\u00f3n Vehicular o Unidad de Verificaci\u00f3n Vehicular deber\u00e1 proporcionar nuevamente el servicio al usuario automovilista una vez restablecido su servicio sin ning\u00fan costo. Con el objetivo de comprobar que el veh\u00edculo cumple con el Programa de Verificaci\u00f3n Vehicular Obligatorio en tiempo y forma, se asegurar\u00e1 el personal del Centro de Verificaci\u00f3n Vehicular o Unidad de Verificaci\u00f3n Vehicular que no exista otro holograma adherido, m\u00e1s que el del semestre inmediato anterior. El incumplimiento a esta disposici\u00f3n se sancionar\u00e1 con 10 unidades de medida y actualizaci\u00f3n por holograma no retirado.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>En caso de veh\u00edculos que comprueben fehacientemente estar blindados, la calcoman\u00eda hologr\u00e1fica podr\u00e1 colocarse en una mica o cristal, indicando al particular que este holograma, deber\u00e1 permanecer en el veh\u00edculo durante su vigencia.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>33.- <\/strong>Cuando el propietario o poseedor del veh\u00edculo haya extraviado el certificado de verificaci\u00f3n, el Centro de Verificaci\u00f3n Vehicular o Unidad de Verificaci\u00f3n Vehicular, podr\u00e1 realizar la verificaci\u00f3n que corresponda, siempre y cuando hayan verificado en la mismo Centro de Verificaci\u00f3n Vehicular o Unidad de Verificaci\u00f3n Vehicular, para tal efecto desprender\u00e1 del veh\u00edculo a verificar el holograma cuidando que sea legible el folio del mismo a fin de colocarlo como respaldo dentro del informe mensual que rinde a la Secretar\u00eda de Medio Ambiente y Recursos Naturales del Estado de Hidalgo. En caso de no haber verificado ante el mismo Centro o Unidad, tendr\u00e1 el usuario automovilista que solicitar a la Secretar\u00eda de Medio Ambiente y Recursos Naturales del Estado de Hidalgo, la copia con sello del certificado u hoja de reporte del expediente electr\u00f3nico de la plataforma digital de verificaci\u00f3n vehicular y realizar el pago de derechos establecido en la Ley Estatal de Derechos.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>34.- <\/strong>Cuando el propietario o poseedor del veh\u00edculo haya extraviado el certificado de verificaci\u00f3n vehicular del semestre inmediato anterior, podr\u00e1 solicitar la reposici\u00f3n del certificado o el reporte del expediente electr\u00f3nico de la plataforma digital de verificaci\u00f3n vehicular debidamente sellado, por la Secretar\u00eda de Medio Ambiente y Recursos Naturales del Estado de Hidalgo, v\u00eda telef\u00f3nica al (771) 7141056, 7145087 ext. 117, 154, 119 \u00f3 177, para lo cual proporcionar\u00e1 los siguientes datos:<\/p>\n<ol>\n<li>Tipo de holograma;<\/li>\n<li>Folio del holograma;<\/li>\n<li>Centro o Unidad de Verificaci\u00f3n Vehicular que expidi\u00f3 dicho holograma;<\/li>\n<li>Nombre del propietario;<\/li>\n<li>Marca y modelo del veh\u00edculo;<\/li>\n<li>Placas del veh\u00edculo;<\/li>\n<li>Semestre del holograma; y<\/li>\n<li>Fecha en la que se realiz\u00f3 la verificaci\u00f3n.<\/li>\n<\/ol>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>La Secretar\u00eda le solicitar\u00e1 al usuario su CURP y un correo electr\u00f3nico al cual se le har\u00e1 llegar la referencia bancaria por el concepto de pago de reposici\u00f3n de certificado o reporte del expediente electr\u00f3nico de la plataforma digital de verificaci\u00f3n vehicular, el usuario por ese mismo medio deber\u00e1 enviar el pago de dicha referencia y se le entregar\u00e1 el documento que le permita realizar su verificaci\u00f3n vehicular.<\/p>\n<p>Para el caso de usuarios for\u00e1neos, previo pago de derechos, se les har\u00e1 llegar la reposici\u00f3n del certificado o el reporte del expediente electr\u00f3nico de la plataforma digital de verificaci\u00f3n vehicular debidamente sellado, de manera escaneada v\u00eda correo electr\u00f3nico <a href=\"mailto:fuentes.moviles@hidalgo.gob.mx.%20%20\">fuentes.moviles@hidalgo.gob.mx.\u00a0 <\/a>Los usuarios que as\u00ed lo consideren, podr\u00e1n acudir a las oficinas de la Secretar\u00eda de Medio Ambiente y Recursos Naturales del Estado de Hidalgo por la copia correspondiente.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>35.- <\/strong>El Centro de Verificaci\u00f3n Vehicular o Unidad de Verificaci\u00f3n Vehicular, deber\u00e1 remitir en original a la Secretar\u00eda de Medio Ambiente y Recursos Naturales del Estado de Hidalgo, en los formatos y horarios establecidos por la Direcci\u00f3n de Emisiones Vehiculares, el reporte de la operaci\u00f3n mensual y la bit\u00e1cora de operaci\u00f3n para su revisi\u00f3n de acuerdo al calendario que se les haga llegar a trav\u00e9s del oficio correspondiente.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Los informes mensuales, bit\u00e1coras y certificados de verificaci\u00f3n vehicular ser\u00e1n recibidos con todas las reservas de ley, y sometidos a revisi\u00f3n para identificar el cumplimiento las Normas Oficiales Mexicanas, la Ley para la Protecci\u00f3n al Ambiente del Estado de Hidalgo, los presentes Lineamientos y Programa de Verificaci\u00f3n Vehicular Obligatorio, as\u00ed como la veracidad de los documentos e informaci\u00f3n contenida en los mismos. De documentarse que existe alteraci\u00f3n en los certificados e informes que presenta o bien que no cuenta con los soportes debidos las verificaciones efectuadas o bien alguna otra irregularidad, el Centro de Verificaci\u00f3n Vehicular o Unidad de Verificaci\u00f3n Vehicular se hace acreedor desde una sanci\u00f3n administrativa por cierre de l\u00edneas hasta la revocaci\u00f3n de la autorizaci\u00f3n, adem\u00e1s del pago de los da\u00f1os causados al erario p\u00fablico.<\/p>\n<p>El informe se integra por:<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<ol>\n<li><strong>Formato de reporte (PVV1)<\/strong> con los datos de la adquisici\u00f3n de papeler\u00eda oficial, verificaciones realizadas, saldos de papeler\u00eda y tipos de hologramas;<\/li>\n<li><strong>Formato de reporte (PVV2)<\/strong> la relaci\u00f3n de paquetes entregados por tipo de holograma y folios que lo componen;<\/li>\n<\/ol>\n<ul>\n<li><strong>Formato de \u201cReporte de Veh\u00edculos que obtuvieron verificaci\u00f3n aprobatoria\u201d<\/strong>, el cual contiene total de tipo de holograma expedido aprobatorio, (impreso a color);<\/li>\n<\/ul>\n<ol>\n<li><strong>Formato de certificados cancelados<\/strong>, deber\u00e1 contener los folios cancelados, as\u00ed como el motivo de cancelaci\u00f3n y la ubicaci\u00f3n del folio cancelado dentro de los paquetes de entrega;<\/li>\n<li><strong>Formato digital de escaneo de folios emitidos<\/strong> (aprobados), el cual deber\u00e1 ser organizado por carpeta y tipo de holograma, as\u00ed como nombrar cada archivo con el folio correspondiente escaneado;<\/li>\n<li><strong>Formato de multas, <\/strong>deber\u00e1 contener la relaci\u00f3n de multas emitidas y pagadas, as\u00ed como descuentos realizados, placa, tipo de holograma, folio de sanci\u00f3n.<\/li>\n<\/ol>\n<ul>\n<li>Los formatos deber\u00e1n entregarse de manera impresa y\u00a0 digital (el cual deber\u00e1 ser enviado a m\u00e1s tardar el tercer d\u00eda h\u00e1bil antes de las 14:00 pm al correo electr\u00f3nico <a href=\"mailto:fuentes.moviles@hidalgo.gob.mx\">fuentes.moviles@hidalgo.gob.mx<\/a>), as\u00ed mismo deber\u00e1n estar debidamente sellados y firmados por el Titular y\/o Representante Legal del Centro de Verificaci\u00f3n Vehicular o Unidad de Verificaci\u00f3n Vehicular, en caso de no presentar el informe debidamente firmado se har\u00e1 acreedor a la sanci\u00f3n de cierre de l\u00edneas por cinco d\u00edas h\u00e1biles contados a partir de entrega de informe;<\/li>\n<li>Paquetes no mayores a cien folios consecutivos de la secci\u00f3n identificada como \u201cSecretar\u00eda de Medio Ambiente y Recursos Naturales del Estado de Hidalgo\u201d desprendible de la forma valorada, con el respaldo en original de la verificaci\u00f3n anterior o bien el documento que le sustituye expedido por la Secretar\u00eda; etiquetados con el formato PVV3, y con pastas en el color amarillo; y<\/li>\n<\/ul>\n<ol>\n<li>Los paquetes deber\u00e1n ser entregados en cajas de cart\u00f3n, con una hoja pegada, que contenga los siguientes datos: Centro de Verificaci\u00f3n Vehicular o Unidad de Verificaci\u00f3n Vehicular, tipo de holograma, cantidad de hologramas con sus folios. <strong><em>No se aceptan bolsas de pl\u00e1stico o alg\u00fan otro tipo de contenedor diferente a las cajas de cart\u00f3n.<\/em><\/strong><\/li>\n<\/ol>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>El Centro de Verificaci\u00f3n Vehicular o Unidad de Verificaci\u00f3n Vehicular, deber\u00e1 conservar un reporte con los mismos elementos al indicado en el p\u00e1rrafo que antecede para efectos de revisi\u00f3n. Debiendo conservar los reportes y certificados en original de cuatro a\u00f1os anteriores, con la finalidad de estar en posibilidad de atender cualquier solicitud presentada por los usuarios.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Ante el retraso en la presentaci\u00f3n y entrega del reporte mensual (digital y f\u00edsico) y bit\u00e1coras de operaci\u00f3n, la Secretar\u00eda de Medio Ambiente y Recursos Naturales del Estado de Hidalgo, aplicar\u00e1 la sanci\u00f3n consistente en 5 unidades de medida y actualizaci\u00f3n por cada d\u00eda de retraso, conforme lo establece la Ley para la Protecci\u00f3n al Ambiente vigente, entendi\u00e9ndose por retraso inclusive cuando la informaci\u00f3n fue ingresada a trav\u00e9s de Unidad Central de Correspondencia, debido a que el Centro de Verificaci\u00f3n Vehicular o Unidad de Verificaci\u00f3n Vehicular omiti\u00f3 acudir en el horario establecido para su atenci\u00f3n y recepci\u00f3n. De darse un retraso por m\u00e1s de cinco d\u00edas h\u00e1biles en la entrega de la informaci\u00f3n, el Centro de Verificaci\u00f3n Vehicular o Unidad de Verificaci\u00f3n Vehicular se har\u00e1 acreedor a una sanci\u00f3n consistente en la suspensi\u00f3n de la venta de papeler\u00eda por treinta d\u00edas naturales.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>La Secretar\u00eda de Medio Ambiente y Recursos Naturales del Estado de Hidalgo, podr\u00e1 constatar mediante visita por parte de la Direcci\u00f3n General de Administraci\u00f3n y Gesti\u00f3n P\u00fablica, la Direcci\u00f3n\u00a0 jur\u00eddica y\/o Direcci\u00f3n de Emisiones Vehiculares, que los reportes y el soporte documental se encuentren debidamente resguardados en el domicilio oficial del Centro de Verificaci\u00f3n Vehicular o Unidad de Verificaci\u00f3n Vehicular y corresponden a las verificaciones efectuadas, las cuales fueron realizadas conforme a las Normas Oficiales Mexicanas, la Ley para la Protecci\u00f3n al Ambiente del Estado de Hidalgo, Lineamientos Normativos y Programa de Verificaci\u00f3n Vehicular Obligatorio.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<ol start=\"36\">\n<li><strong> &#8211; <\/strong>La Secretar\u00eda de Medio Ambiente y Recursos Naturales del Estado de Hidalgo, realizar\u00e1 revisiones peri\u00f3dicas sobre los reportes entregados por los Centros de Verificaci\u00f3n Vehicular o Unidades de Verificaci\u00f3n Vehicular, a fin de identificar si existen alteraciones, falsificaci\u00f3n, irregularidades o multas no cobradas.<\/li>\n<\/ol>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>37.- <\/strong>La Secretar\u00eda de Medio Ambiente y Recursos Naturales del Estado de Hidalgo, suministrar\u00e1 y cargar\u00e1 a la plataforma digital la papeler\u00eda oficial de verificaci\u00f3n (hologramas y certificados) solicitada por el Titular, Representante Legal o responsable t\u00e9cnico que se identifique con su gafete de la Unidad de Verificaci\u00f3n Vehicular, previo pago de derechos, y una vez que se registre el pago respectivo en la cuenta bancaria correspondiente, por lo que \u00fanica y exclusivamente podr\u00e1n acudir a recoger la papeler\u00eda requerida a la ventanilla de ingresos el personal antes referido con su gafete de identificaci\u00f3n, en d\u00edas y horas h\u00e1biles. El pedido y suministro de la papeler\u00eda no podr\u00e1 ser menor de 50 folios en los tipos cero y uno. En el caso del tipo doble cero, dos el pedido y suministro de la papeler\u00eda ser\u00e1 de 20 folios como m\u00ednimo, a excepci\u00f3n del \u00faltimo mes del semestre, en el cual podr\u00e1n solicitar los folios necesarios por tipo de holograma de acuerdo a la demanda de la ciudadan\u00eda, sin embargo, bajo observaci\u00f3n de la Secretar\u00eda por cuesti\u00f3n adversa al comportamiento de la verificaci\u00f3n vehicular, esta podr\u00e1 hacer cambios en su venta disminuyendo la misma.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>38.- <\/strong>La papeler\u00eda oficial de verificaci\u00f3n (hologramas y certificados), ser\u00e1 para uso exclusivo del Centro de Verificaci\u00f3n Vehicular o Unidad de Verificaci\u00f3n Vehicular que la adquiri\u00f3, la cual se deber\u00e1 resguardar de manera permanente en el domicilio oficial del mismo Centro de Verificaci\u00f3n Vehicular o Unidad de Verificaci\u00f3n Vehicular, y por ning\u00fan motivo ser\u00e1 utilizada por otro Centro de Verificaci\u00f3n Vehicular o Unidad de Verificaci\u00f3n Vehicular. De documentarse el incumplimiento a esta disposici\u00f3n el Centro de Verificaci\u00f3n Vehicular o Unidad de Verificaci\u00f3n Vehicular se har\u00e1 acreedor a una sanci\u00f3n consistente, en la suspensi\u00f3n de la venta de papeler\u00eda por treinta d\u00edas naturales, en caso de reincidencia se iniciar\u00e1 el procedimiento de revocaci\u00f3n de la autorizaci\u00f3n.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Cuando concluya el periodo semestral, cada Centro de Verificaci\u00f3n Vehicular o Unidad de Verificaci\u00f3n Vehicular, durante la primera semana del nuevo periodo, devolver\u00e1 mediante oficio la papeler\u00eda oficial (certificados y hologramas) sobrante del periodo inmediato anterior, misma que ser\u00e1 canjeada \u00fanicamente por 30 treinta formas valoradas como m\u00e1ximo de todos los tipos, en un plazo no mayor a treinta d\u00edas, sin costo para el cada Centro de Verificaci\u00f3n Vehicular o Unidad de Verificaci\u00f3n Vehicular.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>En caso de que este no devuelva la papeler\u00eda oficial (certificados y hologramas) en el plazo se\u00f1alado, se aplicar\u00e1 como sanci\u00f3n 15 unidades de medida y actualizaci\u00f3n por certificado y holograma no entregados, conforme lo establece la Ley para la Protecci\u00f3n al Ambiente vigente.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>CAP\u00cdTULO III<\/strong><\/p>\n<p><strong>PROCEDIMIENTO DE VERIFICACI\u00d3N VEHICULAR<\/strong><\/p>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<p><strong>39.- <\/strong>Las l\u00edneas en los Centros de Verificaci\u00f3n o Unidades de Verificaci\u00f3n Vehicular, deber\u00e1n contar con los equipos, aditamentos, sistemas y software necesarios para ejecutar el m\u00e9todo de prueba a trav\u00e9s del Sistema de Diagn\u00f3stico a Bordo, la prueba din\u00e1mica, la prueba est\u00e1tica y la prueba de opacidad, conforme lo establecen las Normas Oficiales Mexicanas vigentes.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Para la realizaci\u00f3n del procedimiento de verificaci\u00f3n vehicular en todos los del Centro de Verificaci\u00f3n Vehicular o Unidad de Verificaci\u00f3n Vehicular en el Estado, se sujetar\u00e1n al cumplimiento de lo establecido en la Norma Oficial Mexicana NOM-167-SEMARNAT-2017 o la que le sustituya, as\u00ed como la Norma Oficial Mexicana NOM-047-SEMARNAT-2014 o la que la sustituya y la Norma Oficial Mexicana NOM-045-SEMARNAT-2017 o la que le sustituya, as\u00ed como lo que establezca el Programa de Verificaci\u00f3n Vehicular Obligatorio del segundo semestre 2020 del Estado de Hidalgo, circulares y oficios, en caso de incumplimiento a esta disposici\u00f3n, demostr\u00e1ndose con evidencia fotogr\u00e1fica y\/o video proporcionado por alg\u00fan usuario o desde el sistema de monitoreo de la Secretar\u00eda de Medio Ambiente y Recursos Naturales del Estado de Hidalgo, se iniciar\u00e1 el proceso de revocaci\u00f3n de la autorizaci\u00f3n al Centro de Verificaci\u00f3n Vehicular o Unidad de Verificaci\u00f3n Vehicular.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>La manipulaci\u00f3n, desconexi\u00f3n, modificaci\u00f3n, desv\u00edo, alteraci\u00f3n o adici\u00f3n de conexiones ajenas al m\u00f3dulo analizador de gases ser\u00e1 sancionado con el cierre de la l\u00ednea o l\u00edneas por un plazo de quince d\u00edas h\u00e1biles contados a partir del d\u00eda siguiente de la notificaci\u00f3n a la Unidad de Verificaci\u00f3n Vehicular, independiente del proceso de revocaci\u00f3n de la autorizaci\u00f3n.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Los Centros de Verificaci\u00f3n Vehicular o Unidades de Verificaci\u00f3n Vehicular, operar\u00e1n con el software, versi\u00f3n actualizado y autorizado, a trav\u00e9s de la plataforma digital de verificaci\u00f3n, desde el cual realizar\u00e1n todas las operaciones de la (s) l\u00ednea (s) de verificaci\u00f3n informaci\u00f3n que ser\u00e1 trasmitida en tiempo real al centro de datos. Las pruebas que se realicen a los veh\u00edculos automotores ser\u00e1n ejecutadas y gobernadas de manera remota por la plataforma digital de verificaci\u00f3n de la Secretar\u00eda de Medio Ambiente y Recursos Naturales del Estado de Hidalgo.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Los veh\u00edculos, sometidos a la prueba de verificaci\u00f3n vehicular deber\u00e1n estar f\u00edsicamente en la l\u00ednea de verificaci\u00f3n vehicular, dentro del \u00e1rea delimitada en color amarillo, para tal efecto al realizar la prueba din\u00e1mica se deber\u00e1 estar sobre los rodillos de acuerdo a la norma, en caso de detectarse mediante la Plataforma Digital de Verificaci\u00f3n Vehicular el incumplimiento a esta disposici\u00f3n, se iniciar\u00e1 el proceso de revocaci\u00f3n del Centro de Verificaci\u00f3n Vehicular o Unidad de Verificaci\u00f3n Vehicular.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>No deber\u00e1 existir ning\u00fan cono u otro aditamento, veh\u00edculo o persona, que obstruya el campo de visi\u00f3n de las mismas, as\u00ed como manipular la posici\u00f3n de las c\u00e1maras o bloquear la visibilidad al punto de toma de la muestra, de las placas y del veh\u00edculo.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Las muestra de las emisiones de los veh\u00edculos, deber\u00e1 pasar invariablemente por el m\u00f3dulo que compone el sistema analizador de gases, que se localiza en el gabinete y que corresponde a la informaci\u00f3n real de emisiones del veh\u00edculo que se verifica, misma que debe ser registrada en la plataforma digital de verificaci\u00f3n vehicular,\u00a0 en caso de incumplimiento a esta disposici\u00f3n, se iniciar\u00e1 el proceso de revocaci\u00f3n de la autorizaci\u00f3n del Centro de Verificaci\u00f3n Vehicular o Unidad de Verificaci\u00f3n Vehicular y por lo que hace al proveedor del equipo, este ser\u00e1 sancionado con 20,000 (veinte mil) unidades de medida y actualizaci\u00f3n, adem\u00e1s de que no podr\u00e1 continuar prestando sus servicios en el Estado de Hidalgo y ser\u00e1 boletinado en los Estados que conforman la Comisi\u00f3n Ambiental de la Megal\u00f3polis, al permitir o facilitar pr\u00e1cticas an\u00f3malas con instrumentos, herramientas, equipos o cualquier artefacto no autorizado por la Secretar\u00eda de Medio Ambiente y Recursos Naturales del Estado de Hidalgo.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>40.- <\/strong>En la emisi\u00f3n de las constancias de verificaci\u00f3n vehicular expedidas por los Centros de Verificaci\u00f3n Vehicular o Unidades de Verificaci\u00f3n Vehicular, la Secretaria de Medio Ambiente y Recursos Naturales del Estado de Hidalgo, se reserva el derecho de codificar mediante un medio electr\u00f3nico cada parte de dichos certificados, utilizando los c\u00f3digos de seguridad, algoritmos de encriptaci\u00f3n o cualquier soluci\u00f3n tecnol\u00f3gica que sea \u00fatil para la autenticaci\u00f3n y trazabilidad del documento.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Una vez aplicados los m\u00e9todos de prueba previstos de la NOM-167-SEMARNAT-2017 o la que le sustituya, el Centro de Verificaci\u00f3n Vehicular o Unidad de Verificaci\u00f3n Vehicular deber\u00e1 emitir la constancia de verificaci\u00f3n vehicular y en caso aprobatorio, el holograma que deber\u00e1n portar los veh\u00edculos de acuerdo a las especificaciones de circulaci\u00f3n del Programa de Verificaci\u00f3n Vehicular Obligatorio.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>En caso de detectarse un certificado u holograma de verificaci\u00f3n vehicular con un folio que no exista registrado en la Plataforma Digital de Verificaci\u00f3n Vehicular, el Centro de Verificaci\u00f3n Vehicular o Unidad de Verificaci\u00f3n Vehicular, que lo expidi\u00f3 ser\u00e1 sancionado con el cierre inmediato de la o las l\u00edneas y se iniciar\u00e1 el proceso de revocaci\u00f3n de la autorizaci\u00f3n, adem\u00e1s de darse vista a la autoridad competente por uso indebido de papeler\u00eda oficial.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>41.- <\/strong>Los Centros de Verificaci\u00f3n Vehicular o Unidades de Verificaci\u00f3n Vehicular est\u00e1n obligados a operar solo con la plataforma digital de verificaci\u00f3n vehicular y software centralizado por la Secretar\u00eda de Medio Ambiente y Recursos Naturales del Estado de Hidalgo, a fin de que se eval\u00fae en forma correcta el procedimiento de verificaci\u00f3n vehicular, como lo dispone la Norma Oficial Mexicana NOM-167-SEMARNAT-2017, que establece los l\u00edmites m\u00e1ximos permisibles de emisi\u00f3n de contaminantes para los veh\u00edculos automotores que circulan en las entidades federativas Ciudad de M\u00e9xico, Hidalgo, Estado de M\u00e9xico, Morelos, Puebla y Tlaxcala; los m\u00e9todos de prueba para la evaluaci\u00f3n de dichos l\u00edmites y las especificaciones de tecnolog\u00edas de informaci\u00f3n y hologramas; y dem\u00e1s Normas Oficiales Mexicanas aplicables, la Ley para la Protecci\u00f3n al Ambiente del Estado de Hidalgo en lo concerniente a los Centros de Verificaci\u00f3n Vehicular en virtud de ser aplicables a las Unidades de Verificaci\u00f3n Vehicular, ya que se trata de la instalaci\u00f3n fija, m\u00f3vil o local, establecida o autorizada por esta Secretar\u00eda, en el que se lleva a cabo la medici\u00f3n con equipo autorizado de las emisiones contaminantes provenientes de veh\u00edculos automotores en circulaci\u00f3n; as\u00ed tambi\u00e9n deber\u00e1n apegarse a los anexos normativos y circulares que se den a conocer y el Programa de Verificaci\u00f3n Vehicular Obligatorio para el Estado de Hidalgo.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>La conformaci\u00f3n de la plataforma tecnol\u00f3gica estar\u00e1 dirigida a asegurar una mejor calidad administrativa, viabilidad y sustentabilidad en la administraci\u00f3n y vigilancia del Programa de Verificaci\u00f3n Vehicular Obligatorio en el Estado de Hidalgo, por lo que <strong>para la operaci\u00f3n los Centros de Verificaci\u00f3n Vehicular o Unidades de Verificaci\u00f3n Vehicular\u00a0 estos deber\u00e1n realizar el pago por el uso anual del sistema digital de verificaci\u00f3n vehicular<\/strong>, conforme a lo establecido en la Ley Estatal de Derechos del Estado de Hidalgo, art\u00edculo 40 numeral 1 BIS inciso g),o bien aquel que lo sustituya o modifique.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Deber\u00e1 asegurar procesos de comunicaci\u00f3n m\u00e1s eficientes, que den transparencia y rendici\u00f3n de cuentas a la sociedad, respecto del control de emisiones de gases contaminantes de los veh\u00edculos automotores que circulan en Hidalgo.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>42.- <\/strong>Respecto al control de los resultados de la verificaci\u00f3n vehicular y las bases de datos generadas a partir de la ejecuci\u00f3n del Programa de Verificaci\u00f3n Vehicular Obligatorio, se establecen los siguientes requisitos:<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<ol>\n<li>La Secretar\u00eda de Medio Ambiente y Recursos Naturales del Estado de Hidalgo operar\u00e1 la plataforma digital de verificaci\u00f3n que reciba, procese y almacene, en tiempo real, los datos de todas las pruebas realizadas y las constancias emitidas, en cada una de los Centros de Verificaci\u00f3n Vehicular o Unidad de Verificaci\u00f3n Vehicular aprobadas, as\u00ed como las validaciones de autenticidad de los documentos en campo;<\/li>\n<\/ol>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<ol>\n<li>El SOFTWARE de la plataforma digital de verificaci\u00f3n centralizado, deber\u00e1 ser controlado, suministrado, validado, aprobado y actualizado por la Secretaria de Medio Ambiente y Recursos Naturales del Estado de Hidalgo;<\/li>\n<\/ol>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<ul>\n<li>El SOFTWARE instalado en el Centro de Verificaci\u00f3n Vehicular o Unidad de Verificaci\u00f3n Vehicular, deber\u00e1 operar en computadoras de 64 bits que est\u00e9n comunicadas entre si dentro de una red privada virtual con condiciones de comunicaci\u00f3n, seguridad y cifrado de la informaci\u00f3n que intercambie, env\u00ede, resguarde, almacene o viaje a trav\u00e9s de los diferentes elementos del hardware;<\/li>\n<\/ul>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<ol>\n<li>Las c\u00e1maras que se encuentran en cada l\u00ednea de verificaci\u00f3n del Centro de Verificaci\u00f3n Vehicular o Unidad de Verificaci\u00f3n Vehicular, deber\u00e1n operar permanentemente y de forma ininterrumpida. Estas deber\u00e1n estar dirigidas a la l\u00ednea de verificaci\u00f3n y estaci\u00f3n de prueba a efecto de identificar las placas del veh\u00edculo que se eval\u00faa. En caso de manipular, obstruir la visibilidad del lente, desconectar o apagar las c\u00e1maras aqu\u00ed referidas, la Secretar\u00eda de Medio Ambiente y Recursos Naturales del Estado de Hidalgo proceder\u00e1 a levantar las actas administrativas correspondientes;<\/li>\n<\/ol>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<ol>\n<li>Deber\u00e1 existir en el Centro de Verificaci\u00f3n Vehicular o Unidad de Verificaci\u00f3n Vehicular una estaci\u00f3n central (servidor) cuya funci\u00f3n \u00fanica sea la impresi\u00f3n de las constancias de verificaci\u00f3n vehicular;<\/li>\n<\/ol>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<ol>\n<li>El Centro de Verificaci\u00f3n Vehicular o Unidad de Verificaci\u00f3n Vehicular entregar\u00e1 al propietario, legal poseedor o conductor del veh\u00edculo, la constancia de verificaci\u00f3n vehicular, adhiriendo el holograma al veh\u00edculo automotor;<\/li>\n<\/ol>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<ul>\n<li>La manipulaci\u00f3n, modificaci\u00f3n o adici\u00f3n de conexiones ajenas a la instalaci\u00f3n de cableado en el switch central, switch de video y\/o servidor, el cual ha sido instalado por el personal de la Secretar\u00eda de Medio Ambiente y Recursos Naturales del Estado de Hidalgo, para el \u00f3ptimo funcionamiento de la Plataforma Digital de Verificaci\u00f3n Vehicular, ser\u00e1 sancionado con el cierre de la l\u00ednea o l\u00edneas del Centro de Verificaci\u00f3n Vehicular o Unidad de Verificaci\u00f3n Vehicular, por un plazo de quince d\u00edas h\u00e1biles; y<\/li>\n<\/ul>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<ul>\n<li>El modem o m\u00f3dems dedicados a la operaci\u00f3n de la Plataforma Digital de Verificaci\u00f3n Vehicular, no deben de contar con dispositivos ajenos a los que requiere para su operaci\u00f3n. De detectarse alguna conexi\u00f3n irregular, ser\u00e1 sancionado con el cierre de la l\u00ednea o l\u00edneas del Centro de Verificaci\u00f3n Vehicular o Unidad de Verificaci\u00f3n Vehicular, por un plazo de quince d\u00edas h\u00e1biles.<\/li>\n<\/ul>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>43.- <\/strong>Las autorizaciones para los equipos que se emplean en los m\u00e9todos de prueba din\u00e1mica, est\u00e1tica, OBD y de opacidad, se mantendr\u00e1n y se sujetar\u00e1n a lo establecido en las Norma Oficiales Mexicanas NOM-045- SEMARNAT-2017 o la que le sustituya y NOM-047-SEMARNAT-2014, o la que le sustituya, y NOM-167- SEMARNAT-2017 o la que le sustituya.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Los equipos de medici\u00f3n deber\u00e1n estar calibrados con trazabilidad a los patrones nacionales de acuerdo con lo establecido en la Ley Federal sobre Metrolog\u00eda y Normalizaci\u00f3n, o en su defecto a patrones extranjeros confiables a juicio de la Secretar\u00eda de Econom\u00eda.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>44.- <\/strong>Los datos en el certificado ser\u00e1n legibles, por lo que el equipo de impresi\u00f3n deber\u00e1 contar con el mantenimiento preventivo que garantice su funcionamiento. De identificarse que la informaci\u00f3n contenida en los certificados es poco legible o no es legible en todas o algunas de sus partes impresas, este Centro de Verificaci\u00f3n Vehicular o Unidad ser\u00e1 sancionada con 1000 unidades de medida y actualizaci\u00f3n por cada certificado impreso que presente estas condiciones.<\/p>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<p><strong>CAP\u00cdTULO IV<\/strong><\/p>\n<p><strong>PROCEDIMIENTO DE COBRO DE MULTA POR VERIFICACI\u00d3N EXTEMPOR\u00c1NEA Y USO DEL PORTAL TRIBUTARIO<\/strong><\/p>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<p><strong>45.- <\/strong>La Secretar\u00eda de Finanzas P\u00fablicas del Estado de Hidalgo, es la encargada de la recaudaci\u00f3n de los ingresos generados por la Secretar\u00eda de Medio Ambiente y Recursos Naturales del Estado de Hidalgo en el ejercicio de las atribuciones establecidas en la Ley para la Protecci\u00f3n al Ambiente del Estado de Hidalgo; para lo cual tiene implementado un sistema inform\u00e1tico para el registro y elaboraci\u00f3n de referencias bancarias a trav\u00e9s del Formato \u00danico de Pago F7, mediante el uso de la p\u00e1gina de internet denominado sistema integral tributario.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Si el usuario no acredita estar al corriente en la verificaci\u00f3n de su veh\u00edculo, la Unidad de Verificaci\u00f3n Vehicular, se obliga a cobrar la multa bajo el esquema establecido por la Secretar\u00eda, consistente en el equivalente a 7.5 unidades de medida y actualizaci\u00f3n por semestre vencido, hasta un m\u00e1ximo de dos semestres por verificaci\u00f3n extempor\u00e1nea, conforme a lo se\u00f1alado en la Ley para la Protecci\u00f3n al Ambiente del Estado de Hidalgo. El pago de la multa podr\u00e1 realizarse ante la Secretar\u00eda de Medio Ambiente y Recursos Naturales del Estado de Hidalgo, bajo la modalidad que \u00e9sta establezca o bien para transparentar el cobro de multas por verificaci\u00f3n vehicular extempor\u00e1nea, se elimina el cobro de multas en efectivo en del Centro de Verificaci\u00f3n Vehicular o Unidad de Verificaci\u00f3n Vehicular, por tanto el pago tambi\u00e9n podr\u00e1 realizarse en el Centro de Verificaci\u00f3n Vehicular o Unidad de Verificaci\u00f3n Vehicular, mediante terminal bancaria enlazada directamente al portal tributario, en caso de que el usuario no cuente con tarjeta de cr\u00e9dito o d\u00e9bito, el Centro de Verificaci\u00f3n Vehicular o Unidad de Verificaci\u00f3n Vehicular, entregar\u00e1 al usuario el formato F7 con la finalidad de realizar el pago en alguna de las instituciones. Para tal efecto el personal del Centro de Verificaci\u00f3n Vehicular o Unidad informar\u00e1 a los usuarios inmediatamente a su formaci\u00f3n para esperar turno para verificar.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>46.- <\/strong>Los Centros de Verificaci\u00f3n Vehicular o Unidades de Verificaci\u00f3n Vehicular, que entreguen al usuario el formato F7, con la finalidad de realizar el pago en alguna de las instituciones se\u00f1aladas, deber\u00e1n de generar un contra recibo, el cual llevar\u00e1 la siguiente leyenda:<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong><em>\u201cRecib\u00ed de la Unidad de Verificaci\u00f3n Vehicular n\u00famero \u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 , el formato \u00fanico de pago con n\u00famero de tr\u00e1mite \u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 bajo la referencia bancaria por concepto de multa por verificaci\u00f3n extempor\u00e1nea, por un importe de __(00\/100 M.N.), con fecha l\u00edmite de pago \u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 . Recib\u00ed de conformidad\u201d<\/em><\/strong><\/p>\n<p><strong><em>\u00a0<\/em><\/strong><\/p>\n<p>El cual deber\u00e1 llevar nombre completo, fecha y firma del usuario. Con la finalidad de acreditar la entrega del formato F7 al usuario, mismo que deber\u00e1 entregar la Unidad de Verificaci\u00f3n Vehicular, en el reporte semanal a la Secretaria de Medio Ambiente y Recursos Naturales.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Es obligaci\u00f3n de los titulares mantener a su personal debidamente capacitado para esta actividad, evitando en todo momento que se generen documentos innecesarios.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Queda bajo responsabilidad del Titular del Centro de Verificaci\u00f3n Vehicular o Unidad de Verificaci\u00f3n Vehicular la expedici\u00f3n de formatos F7 por concepto de multa por verificaci\u00f3n extempor\u00e1nea.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>47.- <\/strong>En caso de que el Usuario no realice el pago por concepto de verificaci\u00f3n vehicular extempor\u00e1nea, y aunado a ello realice el procedimiento de verificaci\u00f3n,\u00a0 el Centro de Verificaci\u00f3n Vehicular o Unidad de Verificaci\u00f3n Vehicular, responder\u00e1 de manera solidaria y deber\u00e1 cubrir con recursos propios los montos omitidos detectados a trav\u00e9s de la revisi\u00f3n y monitoreo que se practique a los certificados de verificaci\u00f3n vehicular ingresados en los reportes mensuales y el certificado de la Secretar\u00eda de Medio Ambiente y Recursos Naturales del Estado de Hidalgo. Los certificados que presenta la Unidad de Verificaci\u00f3n Vehicular en el reporte mensual deber\u00e1n estar debidamente soportados con el original del certificado de verificaci\u00f3n inmediato anterior o bien de ser el caso con el reporte del expediente electr\u00f3nico de la plataforma digital de verificaci\u00f3n vehicular debidamente sellado por la Secretar\u00eda, el F7 debidamente pagado y carta factura en el caso de aplicar.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>De existir multas no cobradas por el Centro de Verificaci\u00f3n Vehicular o Unidad de Verificaci\u00f3n Vehicular y de no ser liquidadas, se dar\u00e1 vista a la Procuradur\u00eda Fiscal del Gobierno del Estado de Hidalgo, para que act\u00fae en el \u00e1mbito de su competencia.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>48<\/strong>.- El Centro de Verificaci\u00f3n Vehicular o Unidad de Verificaci\u00f3n Vehicular, colocar\u00e1 en el acceso y \u00e1rea de espera los costos respectivos en pesos, observando en todo momento lo dispuesto en el manual de imagen interior y exterior, en caso contrario se le impondr\u00e1 una sanci\u00f3n de 1000 unidades de medida actualizaci\u00f3n por incumplimiento detectado en visita de supervisi\u00f3n o visita t\u00e9cnica o bien por reporte de usuario presentado a esta Secretar\u00eda a trav\u00e9s de escrito o correo electr\u00f3nico.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>49<\/strong>.- De no contar con el Sistema de cobro de multas y expedici\u00f3n de formato y con las condiciones adecuadas para su funcionalidad, le ser\u00e1 suspendido el Centro de Verificaci\u00f3n Vehicular o Unidad de Verificaci\u00f3n Vehicular la l\u00ednea o l\u00edneas, hasta en tanto cuente con la prestaci\u00f3n del servicio de cobro de multas a fin de brindar un servicio integral.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>50.- <\/strong>Queda bajo responsabilidad del titular la expedici\u00f3n de formatos F7 por concepto de multas. Si se documenta, el mal uso en la expedici\u00f3n de formatos F7, de la p\u00e1gina web del portal tributario de la Secretar\u00eda de Finanzas P\u00fablicas del Estado de Hidalgo, el Centro de Verificaci\u00f3n Vehicular o Unidad de Verificaci\u00f3n Vehicular emisor, se har\u00e1 acreedor a una sanci\u00f3n consistente en la suspensi\u00f3n de la venta de papeler\u00eda por treinta d\u00edas naturales, conducta de la cual adem\u00e1s se dar\u00e1 vista a la autoridad competente para los fines a que haya lugar.<\/p>\n<p><strong>T\u00cdTULO QUINTO<\/strong><\/p>\n<p><strong>VIGILANCIA Y SUPERVISI\u00d3N<\/strong><\/p>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<p><strong>CAP\u00cdTULO I<\/strong><\/p>\n<p><strong>VISITAS<\/strong><\/p>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<p><strong>51.- <\/strong>Las visitas, tienen por objeto confirmar el cumplimiento de la normatividad establecida en las Normas Oficiales Mexicanas, la Ley para la Protecci\u00f3n al Ambiente del Estado de Hidalgo, Lineamientos Normativos y el Programa de Verificaci\u00f3n Vehicular Obligatorio, por lo que la Secretar\u00eda de Medio Ambiente y Recursos Naturales del Estado de Hidalgo, realizar\u00e1 visitas t\u00e9cnicas, supervisi\u00f3n o de revisi\u00f3n de documentos, la que se designar\u00e1 mediante oficio donde se nombrar\u00e1 al personal que las practicar\u00e1, el motivo de \u00e9stas, el d\u00eda y hora de su realizaci\u00f3n. Estas se llevar\u00e1n a cabo <strong>sin previo aviso<\/strong> a la Unidad de Verificaci\u00f3n Vehicular.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>En el desarrollo de la visita t\u00e9cnica, de inspecci\u00f3n, supervisi\u00f3n o de revisi\u00f3n de documentos, el servidor p\u00fablico comisionado se identificar\u00e1 ante el Titular o Representante Legal o Responsable T\u00e9cnico, <strong>este \u00faltimo, siempre y cuando cuente con el documento que lo faculte para la atenci\u00f3n de diligencias o visitas, expedido por el titular e ingresado a la Secretar\u00eda de Medio Ambiente y Recursos Naturales del Estado de Hidalgo.<\/strong><\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>El comisionado informar\u00e1 el motivo de la visita y mostrar\u00e1 la orden de inspecci\u00f3n, orden de visita t\u00e9cnica, de supervisi\u00f3n o de revisi\u00f3n de documentos, del cual deber\u00e1 dejar copia y recabar la firma de recibido, acto seguido se proceder\u00e1 al desarrollo de la visita y levantamiento del acta correspondiente.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>52.- <\/strong>El personal del Centro de Verificaci\u00f3n Vehicular o Unidad de Verificaci\u00f3n Vehicular, se obliga a permitir el acceso inmediato al servidor p\u00fablico comisionado al lugar o lugares objeto de la visita, a sus \u00e1reas y dem\u00e1s instalaciones en \u00e9l, incluyendo el acceso irrestricto a la documentaci\u00f3n y dem\u00e1s fuentes de informaci\u00f3n que \u00e9stos estimen necesaria para el cumplimiento de sus funciones. La oposici\u00f3n manifestada por el personal de la Unidad de Verificaci\u00f3n Vehicular o persona ajena, ser\u00e1 sancionada con el cierre de la (s) l\u00ednea (s) por un periodo de 30 d\u00edas h\u00e1biles contados a partir del d\u00eda siguiente de recibida la notificaci\u00f3n.<\/p>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<p>En la documentaci\u00f3n a que se refiere el p\u00e1rrafo anterior, queda comprendida de manera enunciativa mas no limitativa, la informaci\u00f3n general o espec\u00edfica contenida en informes, registros, libros de actas, auxiliares, correspondencia, sistemas automatizados de procesamiento y conservaci\u00f3n de datos, incluyendo cualesquiera otros procedimientos t\u00e9cnicos establecidos para ese objeto, ya sean archivos magn\u00e9ticos o documentos microfilmados, digitalizados o grabados, y procedimientos \u00f3pticos para su consulta o de cualquier otra naturaleza.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>En el caso de que la informaci\u00f3n y documentaci\u00f3n del Centro de Verificaci\u00f3n Vehicular o Unidad de Verificaci\u00f3n Vehicular que se requiera para la visita se encuentre almacenada, custodiada o resguardada a trav\u00e9s de una tercera persona, el Titular o representante legal Centro de Verificaci\u00f3n Vehicular o Unidad de Verificaci\u00f3n Vehicular, contar\u00e1 con un plazo de tres d\u00edas h\u00e1biles para ingresar a la Secretar\u00eda el documento solicitado y faltante, de lo contrario se dar\u00e1 vista a la Direcci\u00f3n Jur\u00eddica para que dicte lo correspondiente.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>En caso de que, al momento de la visita t\u00e9cnica, de inspecci\u00f3n, supervisi\u00f3n o de revisi\u00f3n de documentos, no se encontrara presente el Titular o Representante Legal o el Responsable T\u00e9cnico, ser\u00e1 sancionada con el cierre de la (s) l\u00ednea (s) por un periodo de 30 d\u00edas h\u00e1biles contados a partir del d\u00eda siguiente de recibida la notificaci\u00f3n<\/p>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<p><strong>53.- <\/strong>Cualquier sanci\u00f3n por cierre de l\u00edneas o suspensi\u00f3n de venta de papeler\u00eda oficial interpuesta por esta Secretar\u00eda a la Unidad de Verificaci\u00f3n Vehicular ser\u00e1 origen para levantar el acta administrativa correspondiente.<\/p>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<p><strong>CAP\u00cdTULO II<\/strong><\/p>\n<p><strong>MONITOREO EN TIEMPO REAL<\/strong><\/p>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<p><strong>54.- <\/strong>El sistema de monitoreo en tiempo real, implementado para la vigilancia de la operaci\u00f3n de la Red Estatal de Centros de Verificaci\u00f3n Vehicular o Unidades de Verificaci\u00f3n Vehicular, transmitiendo en forma continua e interrumpida durante el lapso de tiempo en que se encuentre prestando el servicio al usuario.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>55.- <\/strong>El reporte emitido por el sistema de monitoreo en tiempo real se denominar\u00e1 expediente electr\u00f3nico, la finalidad de \u00e9ste, es llevar a cabo el reporte detallado en tiempo real segundo por segundo (SPS) del proceso de verificaci\u00f3n; en el cual deber\u00e1 apreciarse las fluctuaciones de los gases medidos; en caso de que dicha prueba se genere como aprobada y no se presenten las fluctuaciones en las gr\u00e1ficas; se considerar\u00e1 falta grave y se dar\u00e1 inicio al procedimiento administrativo de revocaci\u00f3n de la autorizaci\u00f3n para la operaci\u00f3n del Centro de Verificaci\u00f3n Vehicular o Unidad de Verificaci\u00f3n Vehicular infractora.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Las lecturas de la estaci\u00f3n meteorol\u00f3gica centralizada visualizadas en el display, deber\u00e1n ser iguales a los registros que obren en el sistema para la prueba que se lleva a cabo, la estaci\u00f3n meteorol\u00f3gica deber\u00e1 estar instalada en el \u00e1rea de verificaci\u00f3n, a dos metros y medio de altura.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>En caso de registrar desconexi\u00f3n de c\u00e1maras, evidencia de im\u00e1genes impresas, im\u00e1genes en digital o video de las operaciones realizadas en el Centro de Verificaci\u00f3n Vehicular o Unidad de Verificaci\u00f3n Vehicular mostrando violaciones a los presentes Lineamientos Normativos o que no realicen el proceso de verificaci\u00f3n vehicular definido en las Normas aplicables a la verificaci\u00f3n vigentes, les ser\u00e1 impuesta una sanci\u00f3n de 5000 unidades de medida y actualizaci\u00f3n independiente de la revocaci\u00f3n.<\/p>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<p><strong>T\u00cdTULO SEXTO<\/strong><\/p>\n<p><strong>TERMINACI\u00d3N DE OPERACI\u00d3N DE LOS CENTROS DE VERIFICACI\u00d3N VEHICULAR O UNIDADES DE VERIFICACI\u00d3N VEHICULAR<\/strong><\/p>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<p><strong>CAP\u00cdTULO I<\/strong><\/p>\n<p><strong>SUCESI\u00d3N<\/strong><\/p>\n<p><strong>56.- <\/strong>En caso de fallecimiento de la persona titular (persona f\u00edsica) de la autorizaci\u00f3n para operar el Centro de Verificaci\u00f3n Vehicular o Unidad de Verificaci\u00f3n Vehicular; <strong><u>no podr\u00e1 incorporarse dentro de la sucesi\u00f3n<\/u><\/strong>, ya que la autorizaci\u00f3n para operar un Centro de Verificaci\u00f3n Vehicular o Unidad de Verificaci\u00f3n Vehicular, <strong><u>no constituye un derecho real que ingrese en el patrimonio de los concesionarios ya que por su propia naturaleza son bienes de dominio del poder p\u00fablico<\/u><\/strong>, es decir no llega a tener las caracter\u00edsticas que el Derecho Civil se\u00f1ala a los derechos derivados de la propiedad, raz\u00f3n por la cual no se comprenden dentro de la masa hereditaria del de cujus, siendo improcedente que se ostente que el t\u00edtulo de concesi\u00f3n sea transmisible por herencia, lo anterior por ser correlativo a los art\u00edculos 840 y 842 del C\u00f3digo Civil para el Estado de Hidalgo vigente, por lo que se tendr\u00e1n por terminadas las operaciones del Centro de Verificaci\u00f3n Vehicular o Unidad de Verificaci\u00f3n Vehicular y al momento en que le sea notificado a la Secretar\u00eda de Medio Ambiente y Recursos Naturales del Estado de Hidalgo o en su caso sea de su conocimiento por cualquier medio, el fallecimiento de la persona a quien se otorg\u00f3 la autorizaci\u00f3n para operar, deber\u00e1 acudir a las instalaciones del Centro de Verificaci\u00f3n Vehicular o Unidad de Verificaci\u00f3n Vehicular a recoger el equipo que en comodato se otorg\u00f3 para las funciones del mismo.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>CAPITULO II<\/strong><\/p>\n<p><strong>REVOCACI\u00d3N<\/strong><\/p>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<p><strong>57.- <\/strong>El procedimiento de revocaci\u00f3n, dar\u00e1 inicio por encontrarse en una de las siguientes causas debidamente acreditadas ante esta Secretar\u00eda de Medio Ambiente y Recursos Naturales del Estado de Hidalgo:<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<ol>\n<li>Cuando se compruebe que el titular o personal del Centro de Verificaci\u00f3n Vehicular o Unidad de Verificaci\u00f3n Vehicular, <strong><u>otorgue certificados de verificaci\u00f3n, sin someter el veh\u00edculo a las pruebas de verificaci\u00f3n correspondientes<\/u><\/strong>;<\/li>\n<li>Cuando se compruebe por cualquier medio probatorio el cobro de <strong><u>tarifas o conceptos no autorizados por la Secretar\u00eda<\/u><\/strong>;<\/li>\n<\/ol>\n<ul>\n<li>Cuando se compruebe que el titular o personal del Centro de Verificaci\u00f3n Vehicular o Unidad de Verificaci\u00f3n Vehicular, <strong><u>ofrece dinero al personal de la Secretar\u00eda de Medio Ambiente y Recursos Naturales del Estado de Hidalgo para obtener un beneficio<\/u><\/strong>;<\/li>\n<\/ul>\n<ol>\n<li>Cuando se adicione o permita adicionar carga o pasajeros al veh\u00edculo en prueba de verificaci\u00f3n, para alterar el resultado;<\/li>\n<li><strong><u>Suplantar un veh\u00edculo<\/u><\/strong>, que, por sus condiciones mec\u00e1nicas, no est\u00e9 en posibilidades de obtener un resultado aprobatorio, con otro que, si lo obtenga del cual los datos no correspondan a la informaci\u00f3n de la tarjeta de circulaci\u00f3n que se captura con el veh\u00edculo que se encuentra en prueba en la l\u00ednea de verificaci\u00f3n;<\/li>\n<li>De encontrarse o ser entregado a la Secretar\u00eda de Medio Ambiente y Recursos Naturales del Estado de Hidalgo por alg\u00fan usuario, Centro de Verificaci\u00f3n Vehicular o Unidad de Verificaci\u00f3n Vehicular u otro medio, hologramas en mano, es decir, que <strong><u>el holograma no fue colocado al veh\u00edculo al que se le realiz\u00f3 la prueba<\/u><\/strong>;<\/li>\n<\/ol>\n<ul>\n<li>Cuando el personal del Centro de Verificaci\u00f3n Vehicular o Unidad de Verificaci\u00f3n Vehicular, haga uso indebido o realice alteraci\u00f3n de la papeler\u00eda oficial otorgada por la Secretar\u00eda de Medio Ambiente y Recursos Naturales del Estado de Hidalgo;<\/li>\n<li>Cuando el Centro de Verificaci\u00f3n Vehicular o Unidad de Verificaci\u00f3n Vehicular, se encuentre operando con equipo, software de verificaci\u00f3n vehicular o plataforma digital de verificaci\u00f3n, no autorizado por la Secretar\u00eda de Medio Ambiente y Recursos Naturales del Estado de Hidalgo;<\/li>\n<\/ul>\n<ol>\n<li>Cuando el Centro de Verificaci\u00f3n Vehicular o Unidad de Verificaci\u00f3n Vehicular desv\u00ede, modifique, adicione o altere el sistema analizador de gases para puentear las pruebas de emisiones de los veh\u00edculos;<\/li>\n<li>Cuando el Centro de Verificaci\u00f3n Vehicular o Unidad de Verificaci\u00f3n Vehicular, imprima certificados de verificaci\u00f3n vehicular a trav\u00e9s de medios o sistemas no autorizados por la Secretar\u00eda de Medio Ambiente y Recursos Naturales del Estado de Hidalgo;<\/li>\n<li>Cuando la prueba de verificaci\u00f3n vehicular aprobada o rechazada no este registrada en la Plataforma Digital de Verificaci\u00f3n Vehicular;<\/li>\n<\/ol>\n<ul>\n<li>Cuando se detecte o identifique un certificado de verificaci\u00f3n vehicular reportado como robado, cancelado o no asignado a ning\u00fan veh\u00edculo en la plataforma digital de verificaci\u00f3n y que \u00e9ste haya sido impreso y entregado al usuario automovilista;<\/li>\n<li>Cuando realice la modificaci\u00f3n intencional al equipo de verificaci\u00f3n vehicular con la finalidad de alterar el resultado;<\/li>\n<li>Cuando el Centro de Verificaci\u00f3n Vehicular o Unidad de Verificaci\u00f3n Vehicular presente en su expediente 3 actas administrativas;<\/li>\n<\/ul>\n<ol>\n<li>Cuando utilice sistemas o software alternos o bien puentee el sistema analizador de gases para aprobar los veh\u00edculos;<\/li>\n<\/ol>\n<ul>\n<li>Tener registrados veh\u00edculos en patio de verificaci\u00f3n en \u201cprueba de verificaci\u00f3n\u201d en la plataforma digital y no estar estos veh\u00edculos en el \u00e1rea destinada para realizar la prueba de verificaci\u00f3n vehicular;<\/li>\n<li>Realizar o repetir la prueba de emisiones a un veh\u00edculo cuyas placas no est\u00e1n registradas en \u201cpatio de verificaci\u00f3n\u201d de la plataforma digital de verificaci\u00f3n, para acreditar la prueba de otro veh\u00edculo que si se encuentra registrado en \u201cpatio de verificaci\u00f3n\u201d;<\/li>\n<li>Cuando el procedimiento de prueba de verificaci\u00f3n vehicular no se realice de acuerdo a lo establecido en la normatividad vigente;<\/li>\n<li>Usar compresores o alg\u00fan otro equipo o aditamento que simule la muestra de gases del veh\u00edculo que se verifica;<\/li>\n<\/ul>\n<ol>\n<li>Operar l\u00ednea de verificaci\u00f3n, sin que haya aprobado alguna de las calibraciones establecidas;<\/li>\n<\/ol>\n<ul>\n<li>La obstrucci\u00f3n intencional y reiterada de las c\u00e1maras de video vigilancia;<\/li>\n<li>Cuando las pruebas de verificaci\u00f3n vehicular, resulten aprobadas y no se presenten fluctuaciones de los gases medidos en el registro y gr\u00e1ficas de la Plataforma Digital;<\/li>\n<li>Si el Centro de Verificaci\u00f3n Vehicular o Unidad de Verificaci\u00f3n Vehicular no presta \u00fanica y exclusivamente el servicio para el cual fue autorizado;<\/li>\n<li>No brinda el servicio de verificaci\u00f3n vehicular a la ciudadan\u00eda o se encuentra cerrado sin justificaci\u00f3n alguna previamente notificada a la Secretar\u00eda de Medio Ambiente y Recursos Naturales del Estado de Hidalgo por un lapso de 30 d\u00edas naturales; y<\/li>\n<li>Si se detecta que el Centro de Verificaci\u00f3n Vehicular o Unidad de Verificaci\u00f3n Vehicular opera una l\u00ednea suspendida, cancelada, no autorizada o no calibrada.<\/li>\n<\/ul>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<p><strong>T\u00cdTULO S\u00c9PTIMO<\/strong><\/p>\n<p><strong>EMPRESAS PROVEEDORAS DE EQUIPO, SERVICIOS Y MANTENIMIENTO PARA LOS CENTROS DE VERIFICACI\u00d3N VEHICULAR O UNIDADES DE VERIFICACI\u00d3N VEHICULAR Y LABORATORIOS DE CALIBRACI\u00d3N.<\/strong><\/p>\n<p><strong>CAP\u00cdTULO I<\/strong><\/p>\n<p><strong>DE LA AUTORIZACI\u00d3N DE LAS EMPRESAS PROVEEDORAS DEL EQUIPO DE VERIFICACI\u00d3N<\/strong><\/p>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<p><strong>58.- <\/strong>Las empresas Proveedoras de equipo, servicios y mantenimiento para los Centros de Verificaci\u00f3n Vehicular o Unidades de Verificaci\u00f3n Vehicular en el Estado, deber\u00e1n contar con autorizaci\u00f3n emitida por la Secretar\u00eda de Medio Ambiente y Recursos Naturales del Estado de Hidalgo, de acuerdo a lo establecido en la Ley para la Protecci\u00f3n al Ambiente del Estado de Hidalgo, cumpliendo con lo siguiente:<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<ol>\n<li>Presentar solicitud dirigida al Secretario de Medio Ambiente y Recursos Naturales;<\/li>\n<li>Presentar las acreditaciones de la Entidad Mexicana de Acreditaci\u00f3n en el caso de laboratorios, o del Centro Nacional de Metrolog\u00eda en el caso de comercializaci\u00f3n de equipos;<\/li>\n<li>Someterse al procedimiento de evaluaci\u00f3n que para tal efecto se\u00f1ale la Secretar\u00eda de Medio Ambiente y Recursos Naturales; y<\/li>\n<li>Contar con una oficina para la atenci\u00f3n de sus usuarios con domicilio en el Estado de Hidalgo. Para tal efecto notificar\u00e1 a la Secretar\u00eda el domicilio y n\u00fameros telef\u00f3nicos con lada en la entidad en los primeros 15 d\u00edas h\u00e1biles del inicio del segundo semestre 2020.<\/li>\n<\/ol>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>De no cumplir con lo anterior no podr\u00e1 prestar sus servicios al Centro de Verificaci\u00f3n Vehicular o Unidad de Verificaci\u00f3n Vehicular en el Estado de Hidalgo.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Al concluir el procedimiento y resultando ser autorizado, cuenta con un plazo de veinte d\u00edas h\u00e1biles para exhibir p\u00f3liza de fianza por el monto que determine la Secretar\u00eda de Medio Ambiente y Recursos Naturales del Estado de Hidalgo.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>59.- <\/strong>Las empresas proveedoras est\u00e1n obligadas a dar cumplimiento a las indicaciones que le solicite la Secretar\u00eda de Medio Ambiente y Recursos Naturales del Estado de Hidalgo y a la prestaci\u00f3n adecuada de los servicios; de documentarse una falta, se sancionar\u00e1 a la empresa con el inicio del procedimiento administrativo para la revocaci\u00f3n de la autorizaci\u00f3n; y cualquier documento que emitan dichas empresas mientras est\u00e9n sancionadas, ser\u00e1 desconocido por la Secretar\u00eda de Medio Ambiente y Recursos Naturales del Estado de Hidalgo, independientemente de la ejecuci\u00f3n de la fianza otorgada.<\/p>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<p><strong>CAP\u00cdTULO II<\/strong><\/p>\n<p><strong>DE LOS LABORATORIOS DE CALIBRACI\u00d3N<\/strong><\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>60.- <\/strong>Para el caso de los Laboratorios de calibraci\u00f3n de equipos de verificaci\u00f3n, deber\u00e1n mantener su acreditaci\u00f3n vigente ante la Entidad Mexicana de Acreditaci\u00f3n (EMA) y presentar copia simple de la misma, adjunta al reporte de auditor\u00eda de calibraci\u00f3n que entregar\u00e1 a cada Centro de Verificaci\u00f3n Vehicular o Unidad de Verificaci\u00f3n Vehicular, quien a su vez deber\u00e1 ingresarlo a esta Secretar\u00eda de Medio Ambiente y Recursos Naturales del Estado de Hidalgo, mediante escrito, en los primeros 15 d\u00edas h\u00e1biles del inicio del segundo semestre 2020.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>TRANSITORIOS<\/strong><\/p>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<p><strong>PRIMERO. &#8211; <\/strong>El presente Acuerdo deber\u00e1 publicarse en el Peri\u00f3dico Oficial del Estado de Hidalgo y entrar\u00e1 en vigor el d\u00eda 01 de Julio de 2020.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>SEGUNDO. &#8211; <\/strong>Se abrogan los Lineamientos Normativos para el Funcionamiento de la Red Estatal de Centros de Verificaci\u00f3n Vehicular y\/o Unidades de Verificaci\u00f3n Vehicular para el a\u00f1o 2020, primer semestre, publicados el 30 de diciembre del 2019.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>TERCERO. &#8211; <\/strong>Lo no previsto en el presente Acuerdo, ser\u00e1 resuelto por la Secretar\u00eda de Medio Ambiente y Recursos Naturales del Estado de Hidalgo.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>DADO A LOS 20 D\u00cdAS DEL MES DE MAYO DEL A\u00d1O DOS MIL VEINTE, EN LA CIUDAD DE PACHUCA DE SOTO, ESTADO DE HIDALGO.<\/strong><\/p>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<p><strong>EL SECRETARIO DE MEDIO AMBIENTE Y RECURSOS NATURALES<\/strong><\/p>\n<p><strong>DEL GOBIERNO DEL ESTADO DE HIDALGO<\/strong><\/p>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<p><strong>ING. BENJAM\u00cdN PILAR RICO MORENO.<\/strong><\/p>\n<p><strong>R\u00daBRICA<\/strong><\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Derechos Enterados. 12-06-2020<\/p>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<hr \/>\n<p style=\"text-align: justify;\"><span style=\"font-size: 16px;\"><a href=\"https:\/\/periodico.hidalgo.gob.mx\/?tribe_events=Periodico-Oficial-Alcance-1-del-18-de-junio-de-2020\">Peri\u00f3dico Oficial Alcance 1 del 18 de junio de 2020<\/a><\/span><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><span style=\"font-size: 16px;\">Esto es un extracto, por lo que en el documento que est\u00e1 visualizando puede haber texto, caracteres, im\u00e1genes u objetos que no se muestren debido a la conversi\u00f3n a formato HTML, por lo que le recomendamos tomar siempre como referencia el archivo PDF de la edici\u00f3n.<\/span><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Documento contenido en el Peri\u00f3dico 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