{"id":38234,"date":"2020-04-24T17:01:24","date_gmt":"2020-04-24T22:01:24","guid":{"rendered":"https:\/\/periodico.hidalgo.gob.mx\/?p=38234"},"modified":"2020-04-24T13:44:13","modified_gmt":"2020-04-24T18:44:13","slug":"secretaria-del-trabajo-y-prevision-social-acuerdo-por-el-que-se-emiten-las-reglas-de-operacion-para-aplicar-el-programa-de-seguro-de-desempleo-hidalgo-por-la-pandemia-generada-por-el-virus","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/periodico.hidalgo.gob.mx\/?p=38234","title":{"rendered":"Secretar\u00eda del Trabajo y Previsi\u00f3n Social. \u2013 Acuerdo por el que se emiten las reglas de operaci\u00f3n para aplicar el programa de seguro de desempleo Hidalgo por la pandemia generada por el virus sars-cov2 (covid-19)."},"content":{"rendered":"<p><span style=\"font-size: 20px; color: #001f2f;\"><strong>Documento contenido en el Peri\u00f3dico Oficial Alcance 1 del 24 de abril de 2020<\/strong><\/span><\/p>\n<p><span style=\"font-size: 16px;\"><strong>Edici\u00f3n:<\/strong> Alcance 1<\/span><br \/>\n<span style=\"font-size: 16px;\"><strong>N\u00famero:<\/strong> 16<\/span><br \/>\n<span style=\"font-size: 16px;\"><strong>P\u00e1ginas:<\/strong> 26<\/span><\/p>\n<p><span style=\"font-size: 20px;\"><strong>Contenido:<\/strong><\/span><\/p>\n<hr \/>\n<p><a name=\"_Toc38568587\"><\/a>Secretar\u00eda del Trabajo y Previsi\u00f3n Social. \u2013 Acuerdo por el que se emiten las reglas de operaci\u00f3n para aplicar el programa de seguro de desempleo Hidalgo por la pandemia generada por el virus sars-cov2 (covid-19)<\/p>\n<p><strong>MAESTRA MAR\u00cdA DE LOS \u00c1NGELES EGUILUZ TAPIA SECRETARIA DEL TRABAJO Y PREVISI\u00d3N SOCIAL EN EL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE HIDALGO, CON FUNDAMENTO EN LO DISPUESTO POR LOS ART\u00cdCULOS 13 FRACCI\u00d3N XV y 37 DE LA LEY ORG\u00c1NICA DE LA ADMINISTRACI\u00d3N P\u00daBLICA PARA EL ESTADO DE HIDALGO;\u00a0 10 DEL REGLAMENTO INTERIOR DE LA SECRETAR\u00cdA DEL TRABAJO Y PREVISI\u00d3N SOCIAL Y;<\/strong><\/p>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<p><strong>CONSIDERANDO<\/strong><\/p>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<p>PRIMERO. Que la Secretar\u00eda del Trabajo y Previsi\u00f3n Social, es una dependencia integrante de la Administraci\u00f3n P\u00fablica Centralizada, de conformidad con el art\u00edculo 13, fracci\u00f3n XIV de la Ley Org\u00e1nica de la Administraci\u00f3n P\u00fablica para el Estado de Hidalgo.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>SEGUNDO. Que la Secretar\u00eda del Trabajo y Previsi\u00f3n Social cuenta con las atribuciones establecidas en el art\u00edculo 37 de la Ley Org\u00e1nica de la Administraci\u00f3n P\u00fablica para el Estado de Hidalgo y los dem\u00e1s relativos y aplicables del Reglamento Interior de la Secretar\u00eda del Trabajo y Previsi\u00f3n Social.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>TERCERO. Que dentro de las recomendaciones generales para los gobiernos de cada pa\u00eds, la Organizaci\u00f3n Mundial de la Salud promueve la prevenci\u00f3n de la propagaci\u00f3n internacional de enfermedades, a trav\u00e9s de medidas oportunas, para dar respuesta a los riesgos de salud p\u00fablica.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>CUARTO. Que con el objeto de salvaguardar la salud p\u00fablica en la Entidad, frente a la pandemia generada por el virus SARS-CoV2 (COVID-19), el 19 de marzo de 2020 se public\u00f3 en el Peri\u00f3dico Oficial del Estado de Hidalgo, el Acuerdo del Ejecutivo por el que se establecen las medidas sanitarias inmediatas para la prevenci\u00f3n y control de la enfermedad infecciosa causada por el virus SARS-CoV2 (COVID-19) en el Estado de Hidalgo, en el cual adem\u00e1s se reconocen las dictadas en el denominado \u201cOperativo Escudo por un Hidalgo Sano y Seguro\u201d con fecha 16 de marzo de 2020.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>QUINTO. Que el 23 de marzo de 2020 se public\u00f3 en el Diario Oficial de la Federaci\u00f3n el Acuerdo por el que el Consejo de Salubridad General reconoce la epidemia de enfermedad por el virus SARS-CoV2 (COVID-19) en M\u00e9xico como una enfermedad grave de atenci\u00f3n prioritaria, as\u00ed como se establecen las actividades de preparaci\u00f3n y respuesta ante dicha epidemia; y se sancionan las medidas adoptadas por los gobiernos de las entidades federativas para la prevenci\u00f3n y control de este problema de salud p\u00fablica y posteriormente, el 30 de marzo del a\u00f1o en curso, se public\u00f3 el Acuerdo del Consejo de Salubridad General, declarando como emergencia sanitaria por causa de fuerza mayor, a la epidemia de enfermedad generada por el virus SARS-CoV2 (COVID-19).<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>SEXTO. Que el Lic. Omar Fayad Meneses, Gobernador Constitucional del Estado de Hidalgo, ha instruido a los Secretarios de la Administraci\u00f3n P\u00fablica del Estado de Hidalgo se implementen acciones inmediatas, pertinentes y contundentes con el objeto de atenuar en la medida de lo posible el impacto en la salud de la poblaci\u00f3n Hidalguense, as\u00ed como la afectaci\u00f3n en la econom\u00eda de la misma que se podr\u00eda generar por la p\u00e9rdida de empleos.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>S\u00c9PTIMO. Que uno de los elementos determinantes para el sano desarrollo de la sociedad en su conjunto y que constituye un derecho humano es el acceso al trabajo, y que dadas las circunstancias de la pandemia generada por el virus SARS-CoV2 (COVID-19) se vuelve necesario brindar ayuda a la poblaci\u00f3n que con motivo de la misma haya perdido su empleo, mediante un apoyo monetario directo en un periodo de tiempo razonable en lo que puede colocarse en un nuevo empleo.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Por lo anterior, he tenido a bien expedir el siguiente:<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>ACUERDO<\/strong><\/p>\n<p><strong>POR EL QUE SE EMITEN LAS REGLAS DE OPERACI\u00d3N PARA APLICAR EL PROGRAMA DE SEGURO DE\u00a0 DESEMPLEO HIDALGO POR LA PANDEMIA GENERADA POR EL VIRUS SARS-CoV2 (COVID-19)<\/strong><\/p>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<ol>\n<li><strong>Objetivo y Estrategia General<\/strong><\/li>\n<\/ol>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<ul>\n<li><strong>Objetivo:<\/strong> Otorgar un apoyo econ\u00f3mico consistente en el importe mensual de un salario m\u00ednimo general vigente en el estado a partir del diecis\u00e9is de marzo de 2020, hasta por tres meses consecutivos, a trav\u00e9s de transferencia electr\u00f3nica, dirigido a las personas mayores de 18 y hasta 60 a\u00f1os, residentes en el Estado de Hidalgo, que hayan laborado en un centro de trabajo con domicilio ubicado dentro del territorio del Estado, as\u00ed como a las personas trabajadoras no asalariadas y que con motivo de la pandemia generada por el virus SARS-CoV2 (COVID-19) hayan perdido involuntariamente su trabajo o disminuido sus ingresos.<\/li>\n<\/ul>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<p>Este Programa tiene prop\u00f3sito a corto plazo, para que la poblaci\u00f3n desempleada cuente con un apoyo econ\u00f3mico que le permita cubrir algunas necesidades en tanto se incorpora a un nuevo trabajo.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<ul>\n<li><strong>Estrategia General: <\/strong>Para lograr el objetivo se plantean las siguientes acciones una vez cumplidos los requisitos para acceder al Programa de Seguro de Desempleo Hidalgo por la pandemia generada por el virus SARS-CoV2 (COVID-19:<\/li>\n<\/ul>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<ol>\n<li>El apoyo econ\u00f3mico se realizar\u00e1 a trav\u00e9s de una transferencia electr\u00f3nica bancaria; y<\/li>\n<li>Canalizar a las personas beneficiarias al Programa de Apoyo al Empleo (PAE) a trav\u00e9s de los subprogramas y estrategias que opera la Secretar\u00eda del Trabajo y Previsi\u00f3n Social Hidalgo para coadyuvar en su reincorporaci\u00f3n laboral.<\/li>\n<\/ol>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<ol start=\"2\">\n<li><strong>Glosario de T\u00e9rminos:<\/strong><\/li>\n<\/ol>\n<p>Para efectos de las presentes Reglas de Operaci\u00f3n se entender\u00e1 por:<\/p>\n<ul>\n<li><strong>Beneficiario Asalariado.-<\/strong> Cualquier persona que resida dentro del territorio hidalguense, mayor de 18 y hasta 60 a\u00f1os, que haya laborado en un centro de trabajo establecido en el territorio del Estado de Hidalgo en los \u00faltimos seis meses anteriores al 16 de marzo de 2020 por ser la fecha de declaratoria de la estrategia Escudo por un Hidalgo Sano y Seguro; cuyo salario percibido en su \u00faltimo empleo haya sido hasta el equivalente a dos salarios m\u00ednimos generales vigentes diarios; que sea el \u00fanico sustento del hogar y que haya perdido su trabajo involuntariamente con motivo de la pandemia generada por el virus SARS-CoV2 (COVID-19); adem\u00e1s de que no perciba ingresos econ\u00f3micos por concepto de: jubilaci\u00f3n, pensi\u00f3n, ni ning\u00fan otro apoyo o subsidio gubernamental de cualquier orden de gobierno y hasta la fecha en la que las autoridades de Salud en el Estado de Hidalgo hayan declarado como superados los efectos de la pandemia o no exista suficiencia presupuestal para operar el Programa.<\/li>\n<\/ul>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<ul>\n<li><strong>Beneficiario No Asalariado.<\/strong>&#8211; Cualquier persona que resida dentro del territorio hidalguense, mayor de 18 y hasta 60 a\u00f1os que preste un servicio personal remunerado y ocasional a otra persona f\u00edsica o moral, sin que exista entre este trabajador y quien requiera sus servicios una relaci\u00f3n laboral subordinada en t\u00e9rminos de la Ley Federal del Trabajo, que haya visto disminuidos sus ingresos a causa de la pandemia generada por el VIRUS SARS-CoV2 (COVID-19), adem\u00e1s de que sea el \u00fanico sustento del hogar y que no perciba ingresos econ\u00f3micos por concepto de: jubilaci\u00f3n, pensi\u00f3n, ni ning\u00fan otro apoyo o subsidio gubernamental de cualquier orden de gobierno y hasta la fecha en la que las autoridades de Salud en el Estado de Hidalgo hayan declarado como superados los efectos de la pandemia o no exista suficiencia presupuestal para operar el Programa.<\/li>\n<\/ul>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<ul>\n<li><strong>&#8211;<\/strong> Clave \u00danica de Registro de Poblaci\u00f3n.<\/li>\n<\/ul>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<ul>\n<li><strong>Identificaci\u00f3n oficial.-<\/strong> Credencial para votar vigente expedida por el Instituto Nacional Electoral, c\u00e9dula profesional, pasaporte vigente o cartilla del Servicio Militar Nacional, con domicilio dentro del Estado de Hidalgo.<\/li>\n<\/ul>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<ul>\n<li><strong>&#8211; <\/strong>Reglas de Operaci\u00f3n para la aplicaci\u00f3n del Seguro de Desempleo Hidalgo por la pandemia generada por el virus SARS-CoV2 (COVID-19).<\/li>\n<\/ul>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<ul>\n<li><strong>&#8211;<\/strong> Programa de Seguro de Desempleo Hidalgo por la pandemia generada por el virus SARS-CoV2 (COVID-19).<\/li>\n<\/ul>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<ul>\n<li><strong>&#8211; <\/strong>Servicio Nacional de Empleo Hidalgo.<\/li>\n<\/ul>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<ul>\n<li><strong>&#8211;<\/strong> Secretar\u00eda del Trabajo y Previsi\u00f3n Social Hidalgo.<\/li>\n<\/ul>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<ol start=\"3\">\n<li><strong>Poblaci\u00f3n Objetivo<\/strong><\/li>\n<\/ol>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<ul>\n<li>Cualquier persona que resida dentro del territorio Hidalguense, mayor de 18 y hasta 60 a\u00f1os, que haya laborado en un centro de trabajo establecido en el territorio del Estado de Hidalgo en los \u00faltimos seis meses anteriores al 16 de marzo de 2020 por ser la fecha de declaratoria de la estrategia Escudo por un Hidalgo Sano y Seguro; cuyo salario percibido en su \u00faltimo empleo haya sido hasta el equivalente a dos salarios m\u00ednimos generales vigentes diarios; que sea el \u00fanico sustento del hogar y que haya perdido su trabajo involuntariamente con motivo de la pandemia generada por el virus SARS-CoV2 (COVID 19); adem\u00e1s de que no perciba ingresos econ\u00f3micos por concepto de: jubilaci\u00f3n, pensi\u00f3n, ni ning\u00fan otro apoyo o subsidio gubernamental de cualquier orden de gobierno y hasta la fecha en la que las autoridades de Salud en el Estado de Hidalgo hayan declarado como superados los efectos de la pandemia o no exista suficiencia presupuestal para operar el Programa.<\/li>\n<\/ul>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Cualquier persona que resida dentro del territorio Hidalguense, mayor de 18 y hasta 60 a\u00f1os que preste un servicio personal remunerado y ocasional a otra persona f\u00edsica o moral, sin que exista entre este trabajador y quien requiera sus servicios, una relaci\u00f3n laboral subordinada en t\u00e9rminos de la Ley Federal del Trabajo, que haya visto disminuido sus ingresos a causa de la pandemia generada por el VIRUS SARS-CoV2 (COVID 19).<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>El Programa busca otorgar un apoyo econ\u00f3mico para beneficiar a las personas desempleadas involuntariamente con motivo de la pandemia generada por el virus SARS-CoV2 (COVID 19) que estimule y promueva su incorporaci\u00f3n al sector laboral, teniendo como poblaci\u00f3n objetivo a las personas que perder\u00e1n sus empleos o sufrir\u00e1n una disminuci\u00f3n en sus ingresos durante esta emergencia sanitaria, tomando en consideraci\u00f3n que se perdieron 2,287 empleos, de acuerdo a los datos proporcionados por la STPS, en el periodo del 13 de marzo al 6 de abril del 2020.<\/p>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<p>Debiendo tomar en consideraci\u00f3n que dicho sector de la poblaci\u00f3n, si bien corresponde al de desocupaci\u00f3n laboral, no implica que todas las personas solicitantes logren cubrir los requisitos de acceso al Programa, por ello a las personas que no los cumplan se les har\u00e1 la canalizaci\u00f3n a los programas de capacitaci\u00f3n y vinculaci\u00f3n que ofrece la STPSH.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>La meta como poblaci\u00f3n beneficiaria es de hasta 6,871 personas.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<ol start=\"4\">\n<li><strong>Disponibilidad Presupuestal<\/strong><\/li>\n<\/ol>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<ul>\n<li>El Programa estar\u00e1 sujeto a la disponibilidad presupuestal y financiera que determine la Secretar\u00eda de Finanzas P\u00fablicas del Gobierno del Estado de Hidalgo.<\/li>\n<\/ul>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<ol start=\"5\">\n<li><strong>Autoridad ante la que se presentar\u00e1 la solicitud <\/strong><\/li>\n<\/ol>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<p>La STPSH ser\u00e1 la dependencia directamente responsable de la ejecuci\u00f3n del Programa por conducto del SNEH quien operar\u00e1 el mismo.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>La STPSH a fin de disminuir el riesgo de contagio para la sociedad, y con el compromiso de hacer llegar los beneficios del Programa al mayor n\u00famero de hidalguenses posibles, podr\u00e1 habilitar medios tecnol\u00f3gicos que faciliten el acceso remoto para en su caso poder iniciar y gestionar hasta la resoluci\u00f3n del tr\u00e1mite de apoyo, que sustituir\u00edan la necesidad de que el beneficiario se tenga presentar de forma presencial en la STPSH para realizar el tr\u00e1mite.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<ol start=\"6\">\n<li><strong>Requisitos de Acceso al Programa para Personas Asalariadas<\/strong><\/li>\n<\/ol>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<ul>\n<li>Requisitos a cumplir y documentaci\u00f3n requerida para demostrar la p\u00e9rdida involuntaria del trabajo con motivo de la pandemia generada por el virus SARS-CoV2 (COVID 19) y documentaci\u00f3n personal:<\/li>\n<\/ul>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<ul>\n<li>Realizar el tr\u00e1mite de manera personal e intransferible;<\/li>\n<\/ul>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<ul>\n<li>Ser residente del Estado de Hidalgo;<\/li>\n<\/ul>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<ul>\n<li>Tener m\u00e1s de 18 y hasta 60 a\u00f1os;<\/li>\n<\/ul>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<ul>\n<li>Haber laborado previo a la p\u00e9rdida involuntaria del trabajo, para una persona f\u00edsica o moral con domicilio f\u00edsico dentro del territorio del Estado de Hidalgo, al menos seis meses antes del d\u00eda 16 de marzo del presente a\u00f1o;<\/li>\n<\/ul>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<ul>\n<li>Haber perdido el empleo involuntariamente a causa de la pandemia generada por el virus SARS-CoV2 (COVID-19), posterior al d\u00eda 16 de marzo del presente a\u00f1o;<\/li>\n<li>Comprobar que no percibe ingresos econ\u00f3micos por concepto de: jubilaci\u00f3n, pensi\u00f3n, ni ning\u00fan otro apoyo o subsidio gubernamental de cualquier orden de gobierno;<\/li>\n<\/ul>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<ul>\n<li>Ser el \u00fanico sustento econ\u00f3mico de su hogar;<\/li>\n<\/ul>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<ul>\n<li>Incorporarse a alg\u00fan esquema de vinculaci\u00f3n laboral que opere la STPSH.<\/li>\n<\/ul>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<ul>\n<li>Documentaci\u00f3n requerida para demostrar la p\u00e9rdida del empleo (en original y copia para cotejo):<\/li>\n<\/ul>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<ul>\n<li>Para acreditar la baja y periodo laborado, solamente deber\u00e1 presentar: Constancia de Vigencia de Derechos emitida por el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), a trav\u00e9s de la p\u00e1gina:<\/li>\n<\/ul>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><u><a href=\"https:\/\/serviciosdigitales.imss.gob.mx\/gestionAsegurados-web-externo\/vigencia\">https:\/\/serviciosdigitales.imss.gob.mx\/gestionAsegurados-web-externo\/vigencia<\/a><\/u><\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>(Impresi\u00f3n reciente y completa, con expedici\u00f3n m\u00e1xima de 5 d\u00edas previos a la solicitud de acceso al Programa); o<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<ul>\n<li>Carta de recomendaci\u00f3n del \u00faltimo empleo, que contenga: Nombre o Raz\u00f3n Social del centro de trabajo, nombre completo, firma y cargo de quien la emite, puede ser: Director General, Gerente General, Representante Legal, responsable de Recursos Humanos, Gerente Administrativo y\/o persona propietaria del establecimiento o centro de trabajo, direcci\u00f3n, tel\u00e9fonos de contacto y RFC del centro de trabajo.<\/li>\n<\/ul>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Los datos proporcionados en la carta de recomendaci\u00f3n podr\u00e1n ser corroborados telef\u00f3nicamente o en visita f\u00edsica; o<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<ul>\n<li>Constancia de citatorio y c\u00e9dula de seguimiento expedido por la Procuradur\u00eda de la Defensa del Trabajo del Estado de Hidalgo o Constancia de la \u00faltima actuaci\u00f3n y escrito de demanda laboral interpuesta ante la Junta Local de Conciliaci\u00f3n y Arbitraje del Estado de Hidalgo.<\/li>\n<\/ul>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>En caso de que con la documentaci\u00f3n presentada no se acredite fehacientemente que existi\u00f3 la relaci\u00f3n laboral, se podr\u00e1 requerir al solicitante documentaci\u00f3n adicional como recibos de pago, gafete, etc.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<ul>\n<li>Documentaci\u00f3n personal (en original y copia para cotejo):<\/li>\n<\/ul>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<ul>\n<li>Identificaci\u00f3n oficial;<\/li>\n<li>CURP;<\/li>\n<li>Comprobante de domicilio ubicado dentro del territorio del Estado de Hidalgo, con una antig\u00fcedad no mayor a 3 meses (contados a partir de la fecha de solicitud del tr\u00e1mite);<\/li>\n<li>Estado de cuenta bancario con CLABE interbancaria.<\/li>\n<\/ul>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<ul>\n<li>Documentaci\u00f3n para acreditar la dependencia econ\u00f3mica y que no percibe ingresos econ\u00f3micos por concepto de: jubilaci\u00f3n, pensi\u00f3n, ni ning\u00fan otro apoyo o subsidio gubernamental de cualquier orden de gobierno:<\/li>\n<\/ul>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<ul>\n<li>Escrito libre, bajo protesta de decir verdad, en el cual declara que es la \u00fanica persona del hogar que percib\u00eda un salario, indicando cuantos dependientes econ\u00f3micos tiene, con los siguientes datos: nombre(s), edad(es), ocupaci\u00f3n y parentesco de cada uno de ellos, suscrito ante dos testigos, anexando copia de identificaci\u00f3n oficial de ambos. As\u00ed como manifestando que no percibe ingresos econ\u00f3micos por concepto de: jubilaci\u00f3n, pensi\u00f3n, ni ning\u00fan otro apoyo o subsidio gubernamental de cualquier orden de gobierno.<\/li>\n<\/ul>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Los datos proporcionados en el escrito podr\u00e1n ser verificados por la STPSH en cualquier momento del proceso de otorgamiento del seguro de desempleo.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<ol start=\"7\">\n<li><strong>Requisitos de Acceso al Programa para Personas No Asalariadas<\/strong><\/li>\n<\/ol>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<ul>\n<li>Requisitos a cumplir y documentaci\u00f3n requerida.<\/li>\n<\/ul>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<ul>\n<li>Realizar el tr\u00e1mite de manera personal e intransferible;<\/li>\n<\/ul>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<ul>\n<li>Ser residente del Estado de Hidalgo;<\/li>\n<\/ul>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<ul>\n<li>Tener m\u00e1s de 18 y hasta 60 a\u00f1os;<\/li>\n<\/ul>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<ul>\n<li>Registrarse como trabajador no asalariado en la STPSH.<\/li>\n<\/ul>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<ul>\n<li>Haber sufrido una disminuci\u00f3n en sus ingresos, a causa de la pandemia generada por el virus SARS-CoV2 (COVID-19), posterior al d\u00eda 16 de marzo del presente a\u00f1o;<\/li>\n<\/ul>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<ul>\n<li>Comprobar que no percibe ingresos econ\u00f3micos por concepto de: jubilaci\u00f3n, pensi\u00f3n, ni ning\u00fan otro apoyo o subsidio gubernamental de cualquier orden de gobierno;<\/li>\n<\/ul>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<ul>\n<li>Ser el \u00fanico sustento econ\u00f3mico de su hogar;<\/li>\n<\/ul>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<ul>\n<li>Incorporarse a alg\u00fan esquema de vinculaci\u00f3n laboral que opere la STPSH.<\/li>\n<\/ul>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<ul>\n<li>Documentaci\u00f3n requerida para demostrar la disminuci\u00f3n de ingresos a causa de la pandemia originada por el virus SARS-CoV2 (COVID-19).<\/li>\n<\/ul>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<ul>\n<li>Escrito libre, bajo protesta de decir verdad, mediante el cual declara que sufri\u00f3 una disminuci\u00f3n de sus ingresos a causa de la pandemia originada por el virus SARS-CoV2 (COVID-19), firmado ante dos testigos, anexando copia de identificaci\u00f3n oficial de ambos.<\/li>\n<\/ul>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Los datos proporcionados en el escrito podr\u00e1n ser verificados por la STPSH en cualquier momento del proceso de otorgamiento del seguro de desempleo.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<ul>\n<li>Documentaci\u00f3n personal (en original y copia para cotejo):<\/li>\n<\/ul>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<ul>\n<li>Identificaci\u00f3n oficial;<\/li>\n<li>CURP;<\/li>\n<li>Comprobante de domicilio ubicado dentro del territorio del Estado de Hidalgo, con una antig\u00fcedad no mayor a 3 meses (contados a partir de la fecha de solicitud del tr\u00e1mite);<\/li>\n<li>Estado de cuenta bancario con CLABE interbancaria.<\/li>\n<\/ul>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<ul>\n<li>Documentaci\u00f3n para acreditar la dependencia econ\u00f3mica y que no percibe ingresos econ\u00f3micos por concepto de: jubilaci\u00f3n, pensi\u00f3n, ni ning\u00fan otro apoyo o subsidio gubernamental de cualquier orden de gobierno:<\/li>\n<\/ul>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<ul>\n<li>Escrito libre, bajo protesta de decir verdad, en el cual declara que es la \u00fanica persona del hogar que percib\u00eda un ingreso, indicando cuantos dependientes econ\u00f3micos tiene, con los siguientes datos: nombre(s), edad(es), ocupaci\u00f3n y parentesco de cada uno de ellos, suscrito ante dos testigos, anexando copia de identificaci\u00f3n oficial de ambos. As\u00ed como manifestando que no percibe ingresos econ\u00f3micos por concepto de: jubilaci\u00f3n, pensi\u00f3n, ni ning\u00fan otro apoyo o subsidio gubernamental de cualquier orden de gobierno.<\/li>\n<\/ul>\n<p>Los datos proporcionados en el escrito podr\u00e1n ser verificados por la STPSH en cualquier momento del proceso de otorgamiento del seguro de desempleo.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<ol start=\"8\">\n<li><strong>Procedimientos de Acceso<\/strong><\/li>\n<\/ol>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<ul>\n<li>Para el ingreso al Programa Seguro de Desempleo Hidalgo por la Pandemia generada por el virus SARS-CoV2 (COVID-19), se apegar\u00e1 a lo establecido en estas Reglas de Operaci\u00f3n, mismas que fungen como convocatoria, toda vez que se\u00f1alan los requisitos y periodos de acceso al Programa; asimismo, se generar\u00e1 un v\u00ednculo para su descarga en los Portales del Gobierno del Estado de Hidalgo, STPSH, entre otros, de igual manera se dar\u00e1n a conocer en redes sociales oficiales del Gobierno del Estado de Hidalgo y en la p\u00e1gina s-trabajo.hidalgo.gob.mx<\/li>\n<\/ul>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<ul>\n<li>Los requisitos, forma de acceso y criterios de selecci\u00f3n establecidos por el Programa son p\u00fablicos, mismos que se colocar\u00e1n en lugares visibles de la STPSH. Los interesados en tramitarlo, deber\u00e1n agendar una cita a trav\u00e9s del tel\u00e9fono 771 170 04 30, en un horario de lunes a viernes de 8:30 a 16:30 horas o al correo electr\u00f3nico oficial <a href=\"mailto:seguro.desempleo.stpsh@hidalgo.gob.mx\">desempleo.stpsh@hidalgo.gob.mx<\/a><\/li>\n<\/ul>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<ul>\n<li>El d\u00eda agendado el Beneficiario deber\u00e1 presentarse con los requisitos que correspondan y podr\u00e1n iniciar su tr\u00e1mite en las oficinas de la STPSH; bajo protesta de decir verdad llenar\u00e1 el formato de solicitud de acceso al Programa, adem\u00e1s deber\u00e1n entregar la documentaci\u00f3n requerida, a efecto de integrar el expediente correspondiente;<\/li>\n<\/ul>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<ul>\n<li>El personal de la STPSH, ser\u00e1 responsable de asesorar y acompa\u00f1ar\u00e1 a los solicitantes para el llenado de solicitudes de acceso al Programa;<\/li>\n<\/ul>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<ul>\n<li>Una vez reunidos los requisitos y documentaci\u00f3n necesaria, se entregar\u00e1 a las personas solicitantes, el folio de registro que contendr\u00e1 un n\u00famero consecutivo \u00fanico, as\u00ed como la fecha de recepci\u00f3n, mismo que no implicar\u00e1 que la solicitud haya sido aprobada;<\/li>\n<\/ul>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<ul>\n<li>El horario de atenci\u00f3n para la cita ser\u00e1 de 8:30 a 14;30 horas de lunes a viernes;<\/li>\n<\/ul>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<ul>\n<li>Las solicitudes que re\u00fanan los requisitos, documentaci\u00f3n necesaria y folio de registro, ser\u00e1n revisadas por personal de la STPSH, quien deber\u00e1 de verificar y notificar al solicitante la procedencia o no de su solicitud dentro del plazo de cinco d\u00edas posteriores a la asignaci\u00f3n del folio y existiendo la suficiencia presupuestal se proceder\u00e1 a realizar la dispersi\u00f3n del apoyo en la cuenta que para tal efecto proporcion\u00f3 el solicitante, previa firma del comprobante de recepci\u00f3n del apoyo;<\/li>\n<\/ul>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<ul>\n<li>La STPSH, podr\u00e1 verificar en cualquier momento el proceso la veracidad de la informaci\u00f3n proporcionada por el solicitante. En caso de detectar inconsistencias o falsedad en los datos se proceder\u00e1 a la cancelaci\u00f3n del tr\u00e1mite correspondiente;<\/li>\n<\/ul>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<ul>\n<li>En caso de no ser aprobada la solicitud, la persona interesada no podr\u00e1 volver a presentar su solicitud de nueva cuenta; y<\/li>\n<\/ul>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<ul>\n<li>Se proh\u00edbe expresamente a las autoridades relacionadas con el Programa, partidos pol\u00edticos y organizaciones sociales utilizarlo con fines lucrativos o partidistas.<\/li>\n<\/ul>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<ol start=\"9\">\n<li><strong>Compromisos que adquiere el solicitante al recibir el primer apoyo y requisitos para tramitar el segundo y tercer apoyo:<\/strong><\/li>\n<\/ol>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<ul>\n<li>Despu\u00e9s de recibir el primer apoyo, el Beneficiario deber\u00e1 de cumplir con los siguientes requisitos:<\/li>\n<\/ul>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<ul>\n<li>Durante su permanencia en el Programa deber\u00e1 de proporcionar la informaci\u00f3n veraz y documentaci\u00f3n fidedigna que le sea solicitada por la STPSH, misma que podr\u00e1 consistir entre otras, constancia de haber acudido a los centros de trabajo con los que se le haya realizado alguna entrevista;<\/li>\n<\/ul>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<ul>\n<li>Acreditar su registro en el portal del empleo del SNEH a trav\u00e9s de la p\u00e1gina: <u><a href=\"http:\/\/www.empleo.gob.mx\/\">empleo.gob.mx<\/a><\/u><\/li>\n<\/ul>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<ul>\n<li>Ser buscador activo de empleo a trav\u00e9s de su acceso y b\u00fasqueda de vacantes en el portal del empleo;<\/li>\n<\/ul>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<ul>\n<li>Acreditar que acudi\u00f3 a las entrevistas de trabajo que con motivo de la b\u00fasqueda de empleo se generen o las que el personal del STPSH le refiera;<\/li>\n<\/ul>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<ul>\n<li>Aceptar los controles, registros, verificaciones y supervisiones implementados por la STPSH, en cualquier momento de su proceso, para corroborar la veracidad de la informaci\u00f3n proporcionada en la documentaci\u00f3n requerida en las Reglas.<\/li>\n<\/ul>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<ul>\n<li>Habiendo transcurrido treinta d\u00edas desde la recepci\u00f3n del primer apoyo y habiendo cumplido con los compromisos establecidos en el numeral 9.1, si el Beneficiario no se ha colocado en un puesto de trabajo formal o desarrolla alguna actividad por cuenta propia, podr\u00e1 solicitar un segundo apoyo, por el mismo importe del inicial debiendo solicitar al t\u00e9rmino de los treinta d\u00edas una cita en el n\u00famero telef\u00f3nico o en el correo electr\u00f3nico que para tal efecto design\u00f3 la STPSH y entregar la siguiente documentaci\u00f3n adicional:<\/li>\n<\/ul>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<ul>\n<li>Constancia de Vigencia de Derechos emitida por el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), actualizada m\u00e1ximo cinco d\u00edas anteriores a la fecha de renovaci\u00f3n del tr\u00e1mite, exceptuando de este requisito a las personas no asalariadas;<\/li>\n<\/ul>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<ul>\n<li>Aportar su nombre de usuario utilizado en el portal del empleo; personal de la STPSH valorar\u00e1n de acuerdo al perfil de cada Beneficiario, n\u00famero de accesos al portal, postulaci\u00f3n a vacantes y en su caso motivos de rechazo; acreditando as\u00ed el hecho de ser buscador activo de empleo;<\/li>\n<\/ul>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<ul>\n<li>Presentar escrito libre, bajo protesta de decir verdad que a la fecha en que solicita la renovaci\u00f3n del apoyo, no ha sido empleado en un trabajo formal ni ha iniciado una actividad por cuenta propia por lo que mantiene su estado de desempleado o continua sufriendo una disminuci\u00f3n en sus ingresos, suscrito ante dos testigos, anexando copia de identificaci\u00f3n oficial de ambos; y<\/li>\n<\/ul>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<ul>\n<li>Las solicitudes que re\u00fanan los requisitos, documentaci\u00f3n necesaria y folio de registro, ser\u00e1n revisadas por personal de la STPSH y una vez verificadas y existiendo la suficiencia presupuestal se proceder\u00e1 a realizar la dispersi\u00f3n del segundo apoyo en la cuenta que para tal efecto proporcion\u00f3 el solicitante, previa firma del comprobante de recepci\u00f3n del apoyo;<\/li>\n<\/ul>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<ul>\n<li>Habiendo transcurrido treinta d\u00edas desde la recepci\u00f3n del segundo apoyo y habiendo cumplido con los compromisos establecidos en el numeral 9.1. el Beneficiario que no se ha colocado en un puesto de trabajo formal o desarrolla alguna actividad por cuenta propia, podr\u00e1 solicitar un tercer apoyo, por el mismo importe del inicial debiendo solicitar al t\u00e9rmino de los treinta d\u00edas una cita en el n\u00famero telef\u00f3nico o en el correo electr\u00f3nico que para tal efecto design\u00f3 la STPSH y entregar la siguiente documentaci\u00f3n adicional:<\/li>\n<\/ul>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<ul>\n<li>Constancia de Vigencia de Derechos emitida por el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), actualizada m\u00e1ximo cinco d\u00edas anteriores a la fecha de renovaci\u00f3n del tr\u00e1mite, exceptuando de este requisito a las personas no asalariadas;<\/li>\n<\/ul>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<ul>\n<li>Aportar su nombre de usuario utilizada en el portal del empleo; personal de la STPSH valorar\u00e1n de acuerdo al perfil de cada Beneficiario, n\u00famero de accesos al portal, postulaci\u00f3n a vacantes y en su caso motivos de rechazo; acreditando as\u00ed el hecho de ser buscador activo de empleo;<\/li>\n<\/ul>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<ul>\n<li>Presentar escrito libre, bajo protesta de decir verdad que a la fecha en que solicita la renovaci\u00f3n del apoyo no ha sido empleado en un trabajo formal ni ha iniciado una actividad por cuenta propia por lo que mantiene su estado de desempleado o contin\u00faa sufriendo una disminuci\u00f3n en sus ingresos, suscrito ante dos testigos, anexando copia de identificaci\u00f3n oficial de ambos; y<\/li>\n<\/ul>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<ul>\n<li>Las solicitudes que re\u00fanan los requisitos, documentaci\u00f3n necesaria y folio de registro, ser\u00e1n revisadas por personal de la STPSH y una vez verificadas y existiendo la suficiencia presupuestal se proceder\u00e1 a realizar la dispersi\u00f3n del tercer apoyo en la cuenta que para tal efecto proporcion\u00f3 el solicitante, previa firma del comprobante de recepci\u00f3n del apoyo;<\/li>\n<\/ul>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<ol start=\"10\">\n<li><strong>Casos de cancelaci\u00f3n de la solicitud o beneficios del Programa:<\/strong><\/li>\n<\/ol>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<ul>\n<li>Cuando la persona solicitante pretenda duplicar la solicitud del tr\u00e1mite;<\/li>\n<\/ul>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<ul>\n<li>Cuando la persona solicitante no proporcione informaci\u00f3n veraz y documentaci\u00f3n fidedigna;<\/li>\n<\/ul>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<ul>\n<li>Cuando en la verificaci\u00f3n de la documentaci\u00f3n no se pueda confirmar o corroborar los datos del solicitante en la constancia laboral y dem\u00e1s documentaci\u00f3n entregada para el cumplimiento de los requisitos:<\/li>\n<\/ul>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<ul>\n<li>Cuando incumpla alguno de los requisitos establecidos para el segundo o tercer apoyo econ\u00f3mico;<\/li>\n<\/ul>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<ul>\n<li>Cuando la persona beneficiaria fallezca; y<\/li>\n<\/ul>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<ul>\n<li>Cuando la persona beneficiaria cumpla una condena que implique privaci\u00f3n de la libertad.<\/li>\n<\/ul>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Si el Beneficiario encuentra trabajo durante el plazo en el cual recibe el apoyo econ\u00f3mico, deber\u00e1 de presentar escrito a trav\u00e9s del cual renuncia a \u00e9ste.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<ol start=\"11\">\n<li><strong>Sugerencias, Quejas y Denuncias<\/strong><\/li>\n<\/ol>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<ul>\n<li>Las sugerencias, quejas y denuncias de la ciudadan\u00eda pueden presentarse en: Boulevard Luis Donaldo Colosio N\u00famero 216 Planta baja, Fraccionamiento Arboledas de San Javier, Pachuca de Soto, Hidalgo, C\u00f3digo Postal 42084, Tel\u00e9fono 771 148 70 88 &#8211; 90. Asimismo, a trav\u00e9s del correo electr\u00f3nico <a href=\"mailto:buzonciudadano.stpsh@hidalgo.gob.mx\">stpsh@hidalgo.gob.mx<\/a><\/li>\n<\/ul>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>La STPSH, resolver\u00e1 cualquier asunto no previsto en el presente Acuerdo, as\u00ed como la interpretaci\u00f3n del mismo.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<ol start=\"12\">\n<li><strong>Solicitudes de Informaci\u00f3n<\/strong><\/li>\n<\/ol>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<ul>\n<li>La ciudadan\u00eda podr\u00e1 solicitar informes directamente en la STPSH en Boulevard Luis Donaldo Colosio N\u00famero 216 Planta baja, Fraccionamiento Arboledas de San Javier, Pachuca de Soto, Hidalgo, C\u00f3digo Postal 42084, Tel\u00e9fono 771 170 04 30, asimismo a trav\u00e9s del correo electr\u00f3nico <a href=\"mailto:seguro.desempleo.stpsh@hidalgo.gob.mx\">desempleo.stpsh@hidalgo.gob.mx<\/a><\/li>\n<\/ul>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>TRANSITORIOS<\/strong><\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>PRIMERO.<\/strong> El presente Acuerdo entrar\u00e1 en vigor al d\u00eda siguiente de su publicaci\u00f3n en el Peri\u00f3dico Oficial del Estado de Hidalgo.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>SEGUNDO. <\/strong>Derivado de la importancia del Programa y en el contexto de la situaci\u00f3n de emergencia generada por el virus SARS-Cov2 (COVID 19) en el pa\u00eds y atendiendo a los puntos Segundo y Quinto del acuerdo de la STPSH por el que se suspenden plazos y t\u00e9rminos, publicado el 29 de marzo de 2020 y modificado el 19 de abril de 2020 en el Peri\u00f3dico Oficial del Estado de Hidalgo, salvo disposici\u00f3n o consideraci\u00f3n distinta que manifieste o instruya la persona titular de esta Secretar\u00eda, se podr\u00e1n habilitar d\u00edas y horas que resulten necesarios para atender solicitudes.<\/p>\n<p><strong>TERCERO.<\/strong>\u00a0 La STPSH a fin de disminuir el riesgo de contagio para la sociedad, y con el compromiso de hacer llegar los beneficios del Programa al mayor n\u00famero de hidalguenses posibles, podr\u00e1 habilitar medios tecnol\u00f3gicos que faciliten el acceso remoto para en su caso poder iniciar y gestionar hasta la resoluci\u00f3n del tr\u00e1mite de apoyo, que sustituir\u00edan la necesidad de que el beneficiario se tenga que presentar de forma presencial en la STPSH para realizar el tr\u00e1mite.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>DADO EN LA SEDE DE LA SECRETAR\u00cdA DEL TRABAJO Y PREVISI\u00d3N SOCIAL, EN LA CIUDAD DE PACHUCA DE SOTO, HIDALGO, A LOS VEINTE D\u00cdAS DEL MES DE ABRIL DEL A\u00d1O DOS MIL VEINTE.<\/strong><\/p>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<p><strong>LA SECRETARIA DEL TRABAJO Y PREVISI\u00d3N SOCIAL<\/strong><\/p>\n<p><strong>DEL ESTADO DE HIDALGO<\/strong><\/p>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<p><strong>MTRA. MAR\u00cdA DE LOS \u00c1NGELES EGUILUZ TAPIA<\/strong><\/p>\n<p><strong>R\u00daBRICA<\/strong><\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">\n<p>&nbsp;<\/p>\n<hr \/>\n<p style=\"text-align: justify;\"><span style=\"font-size: 16px;\"><a href=\"https:\/\/periodico.hidalgo.gob.mx\/?tribe_events=Periodico-Oficial-Alcance-1-del-24-de-abril-de-2020\">Peri\u00f3dico Oficial Alcance 1 del 24 de abril de 2020<\/a><\/span><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><span style=\"font-size: 16px;\">Esto es un extracto, por lo que en el documento que est\u00e1 visualizando puede haber texto, caracteres, im\u00e1genes u objetos que no se muestren debido a la conversi\u00f3n a formato HTML, por lo que le recomendamos tomar siempre como referencia el archivo PDF de la edici\u00f3n.<\/span><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Documento contenido en el Peri\u00f3dico Oficial Alcance 1 del 24 de abril de 2020 Edici\u00f3n: Alcance 1 N\u00famero: 16 P\u00e1ginas: 26 Contenido: Secretar\u00eda del Trabajo y Previsi\u00f3n Social. \u2013 Acuerdo [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":0,"comment_status":"closed","ping_status":"closed","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[1],"tags":[1012,149,883,521,593,152,56,482,736,668,1045,256,472,316,869,279,474,371,337,1036,829,520,388,1087,230,65,708,198,127,547,259,390,57,596,1035,553,404,948,920,274,220,41,1059,141,821,867,159,203,190,99,380,267,391,599,476,263,588,289,392,1079,875,429,710,804,109,1112,63,706,146,317,260,1081,395,600,526,572,224],"class_list":["post-38234","post","type-post","status-publish","format-standard","hentry","category-uncategorized","tag-ano","tag-atribuciones","tag-autoridades","tag-cargo","tag-centro","tag-ciudad","tag-codigo","tag-concepto","tag-consejo","tag-constitucional","tag-convocatoria","tag-cual","tag-del-centro","tag-del-estado","tag-del-servicio","tag-dentro","tag-derechos","tag-desarrollo","tag-direccion","tag-economia","tag-ejecucion","tag-ejecutivo","tag-el-periodico-oficial","tag-electoral","tag-entidad","tag-estado","tag-expediente","tag-federacion","tag-gob","tag-gobernador-constitucional","tag-gobierno","tag-gubernamental","tag-hidalgo","tag-horas","tag-informacion","tag-ingresos","tag-instituto-mexicano","tag-instituto-nacional","tag-junta","tag-las","tag-ley","tag-ley-organica","tag-libertad","tag-marzo","tag-mexico","tag-necesidades","tag-oficial","tag-pachuca","tag-periodico","tag-periodico-oficial","tag-periodico-oficial-alcance-1","tag-poblacion","tag-presente","tag-prevision-social","tag-privacion","tag-programa","tag-publica","tag-publicos","tag-reglamento","tag-reglas","tag-renovacion","tag-resolucion","tag-salario-minimo","tag-salarios-minimos","tag-salud","tag-sars-cov2","tag-secretaria","tag-seguro-social","tag-servicios","tag-soberano","tag-solicitud","tag-subprogramas","tag-terminos","tag-trabajo","tag-ubicado","tag-visto","tag-xiv"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/periodico.hidalgo.gob.mx\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/38234","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/periodico.hidalgo.gob.mx\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/periodico.hidalgo.gob.mx\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/periodico.hidalgo.gob.mx\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/periodico.hidalgo.gob.mx\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fcomments&post=38234"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/periodico.hidalgo.gob.mx\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/38234\/revisions"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/periodico.hidalgo.gob.mx\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fmedia&parent=38234"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/periodico.hidalgo.gob.mx\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fcategories&post=38234"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/periodico.hidalgo.gob.mx\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Ftags&post=38234"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}