{"id":37645,"date":"2020-04-06T12:28:13","date_gmt":"2020-04-06T17:28:13","guid":{"rendered":"https:\/\/periodico.hidalgo.gob.mx\/?p=37645"},"modified":"2020-04-06T12:28:13","modified_gmt":"2020-04-06T17:28:13","slug":"instituto-hidalguense-para-el-desarrollo-municipal-acuerdo-que-contiene-la-reforma-al-estatuto-organico","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/periodico.hidalgo.gob.mx\/?p=37645","title":{"rendered":"Instituto Hidalguense para el Desarrollo Municipal. &#8211; Acuerdo que contiene la Reforma al Estatuto Org\u00e1nico."},"content":{"rendered":"<p><span style=\"font-size: 20px; color: #001f2f;\"><strong>Documento contenido en el Peri\u00f3dico Oficial Ordinario 0 del 06 de abril de 2020<\/strong><\/span><\/p>\n<p><span style=\"font-size: 16px;\"><strong>Edici\u00f3n:<\/strong> Ordinario 0<\/span><br \/>\n<span style=\"font-size: 16px;\"><strong>N\u00famero:<\/strong> 14<\/span><br \/>\n<span style=\"font-size: 16px;\"><strong>P\u00e1ginas:<\/strong> 105<\/span><\/p>\n<p><span style=\"font-size: 20px;\"><strong>Contenido:<\/strong><\/span><\/p>\n<hr \/>\n<p><a name=\"_Toc36963809\"><\/a>Instituto Hidalguense para el Desarrollo Municipal. &#8211; Acuerdo que contiene la Reforma al Estatuto Org\u00e1nico.<\/p>\n<p><strong>LOS INTEGRANTES DE LA JUNTA DE GOBIERNO DEL INSTITUTO HIDALGUENSE PARA EL DESARROLLO MUNICIPAL, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE NOS CONFIEREN LOS ART\u00cdCULOS 14 FRACCI\u00d3N VIII DE LA LEY DE ENTIDADES PARAESTATALES DEL ESTADO DE HIDALGO, AS\u00cd COMO EL ART\u00cdCULO 10 FRACCI\u00d3N I DEL DECRETO GUBERNAMENTAL QUE MODIFICA DIVERSAS DISPOSICIONES DEL QUE CRE\u00d3 AL INSTITUTO HIDALGUENSE PARA EL DESARROLLO MUNICIPAL; Y<\/strong><\/p>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<p><strong>CONSIDERANDO:<\/strong><\/p>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<p><strong>PRIMERO. <\/strong>Que mediante Decreto expedido por el Ejecutivo del Estado, publicado en el Peri\u00f3dico Oficial del Estado de Hidalgo, el 17 de octubre del a\u00f1o dos mil once, se crea el Instituto Hidalguense para el Desarrollo Municipal, como un Organismo P\u00fablico Descentralizado de la Administraci\u00f3n P\u00fablica Estatal, con personalidad jur\u00eddica y patrimonio propio y con fecha 17 de Marzo de 2014, se publica el diverso que lo modific\u00f3 y adicion\u00f3 y con el objeto de la armonizaci\u00f3n del marco jur\u00eddico y el re direccionamiento integral de la Administraci\u00f3n P\u00fablica hacia una gesti\u00f3n eficaz, con fecha 06 de Mayo de 2019, se publica el Decreto que modifica diversas disposiciones del que cre\u00f3 al Instituto Hidalguense para el Desarrollo Municipal.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>SEGUNDO. <\/strong>Que el Decreto que modifica diversas disposiciones del que cre\u00f3 al Instituto Hidalguense para el Desarrollo Municipal, establece las bases conforme a las cuales se regir\u00e1 la organizaci\u00f3n, funcionamiento y atribuciones de los \u00f3rganos de gobierno y de administraci\u00f3n, as\u00ed como lo inherente a la integraci\u00f3n del patrimonio y mecanismos de control de este Instituto.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>TERCERO. <\/strong>El presente Estatuto Org\u00e1nico, principal instrumento normativo, presenta las fases de organizaci\u00f3n, facultades y funciones de las unidades administrativas del Instituto, precisando el \u00e1mbito de competencia de las \u00e1reas de apoyo que forman parte de la estructura org\u00e1nica del Instituto Hidalguense para el Desarrollo Municipal, de manera que cumpla con oportunidad y eficacia su objeto se\u00f1alado en el Decreto de Creaci\u00f3n y en los Decretos que lo reforman y adicionan, para evitar conflictos o duplicidad de funciones entre las Direcciones y lograr coherencia en su \u00e1mbito de competencia; por lo que define y establece las atribuciones, organizaci\u00f3n y funcionamiento de los \u00f3rganos de gobierno y administraci\u00f3n del Instituto Hidalguense para el Desarrollo Municipal.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>CUARTO.- Que como parte de la Tercera Etapa de re direccionamiento de las Entidades Paraestatales, es necesario alinear la normativa a las reformas de la Ley de Entidades Paraestatales, su Reglamento y el Decreto que modifica diversas disposiciones del que cre\u00f3 al Instituto Hidalguense para el Desarrollo Municipal.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>QUINTO.- Que en su Decreto que modifica diversas disposiciones del que cre\u00f3 al Instituto Hidalguense para el Desarrollo Municipal, se consignan las atribuciones que tiene la Junta de Gobierno del Instituto Hidalguense para el Desarrollo Municipal, para aprobar y expedir los instrumentos reglamentarios correspondientes:<\/p>\n<p><strong>\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 <\/strong><\/p>\n<p>En m\u00e9rito a lo expuesto, ha tenido a bien expedir el siguiente<\/p>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<p><strong>ACUERDO<\/strong><\/p>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<p><strong>QUE CONTIENE LA REFORMA AL ESTATUTO ORG\u00c1NICO DEL INSTITUTO<\/strong><\/p>\n<p><strong>HIDALGUENSE PARA EL DESARROLLO MUNICIPAL <\/strong><\/p>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<p><strong>CAP\u00cdTULO I<\/strong><\/p>\n<p><strong>DEL OBJETO<\/strong><\/p>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<p><strong>ART\u00cdCULO 1. <\/strong>El Instituto Hidalguense para el Desarrollo Municipal es un Organismo Descentralizado de la Administraci\u00f3n P\u00fablica Estatal, con personalidad jur\u00eddica y patrimonio propio y tiene por objeto promover el desarrollo Municipalista, mediante la participaci\u00f3n activa y coordinada de las autoridades municipales en beneficio de los hidalguenses, as\u00ed como impulsar la Agenda Municipalista Hidalguense, fortaleciendo las capacidades institucionales de las autoridades municipales, con pleno respeto a su autonom\u00eda constitucional, con fundamento en los art\u00edculos 1 y 3 del Decreto que modifica diversas disposiciones del que cre\u00f3 al Instituto Hidalguense para el Desarrollo Municipal, publicado en el Peri\u00f3dico Oficial del Estado de Hidalgo, en fecha 06 de Mayo de 2019.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>ART\u00cdCULO 2. <\/strong>El presente Estatuto Org\u00e1nico, tiene como objeto establecer y regular la estructura org\u00e1nica y funcional del Instituto, conforme a lo establecido en la Ley de Entidades y su Reglamento, as\u00ed como en el Decreto y dem\u00e1s disposiciones aplicables.<\/p>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<p><strong>ART\u00cdCULO 3. <\/strong>El Instituto Hidalguense para el Desarrollo Municipal, deber\u00e1 conducir sus actividades conforme a las pol\u00edticas, prioridades y restricciones establecidas, para el logro de sus objetivos y metas del Plan Nacional de Desarrollo y el Plan Estatal de Desarrollo, Ley de Entidades y su Reglamento y las dem\u00e1s disposiciones aplicables.<\/p>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<p><strong>ART\u00cdCULO 4. <\/strong>Para los efectos del presente Estatuto se entender\u00e1 por:<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<ol>\n<li><strong>Agenda Municipalista Hidalguense:<\/strong> Conjunto de pol\u00edticas p\u00fablicas que instrumenta la Administraci\u00f3n P\u00fablica del Estado para el fortalecimiento de las capacidades institucionales de los municipios a partir de un diagn\u00f3stico de la gesti\u00f3n, as\u00ed como la evaluaci\u00f3n del desempe\u00f1o de sus funciones constitucionales, con el fin de contribuir al desarrollo y mejora de la calidad de vida de la poblaci\u00f3n;<\/li>\n<\/ol>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<ol>\n<li><strong>BANPIMEH: <\/strong>Banco de Proyectos de Infraestructura Municipal del Estado de Hidalgo;<\/li>\n<\/ol>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<ul>\n<li><strong>CONOCER:<\/strong> Al Consejo Nacional de Normalizaci\u00f3n y Certificaci\u00f3n de Competencias Laborales; denominaci\u00f3n que recibe el Fideicomiso de los Sistemas Normalizado de Competencia Laboral y de Certificaci\u00f3n de Competencia Laboral;<\/li>\n<\/ul>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<ol>\n<li><strong>Dependencia Coordinadora de Sector.<\/strong> La Secretar\u00eda de Gobierno;<\/li>\n<\/ol>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<ol>\n<li><strong>Decreto: <\/strong>Decreto de Creaci\u00f3n del Instituto Hidalguense para el Desarrollo Municipal;<\/li>\n<\/ol>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<ol>\n<li><strong>Director General: <\/strong>La persona Titular del Instituto Hidalguense para el Desarrollo Municipal;<\/li>\n<\/ol>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<ul>\n<li><strong>Entidad de Certificaci\u00f3n y Evaluaci\u00f3n u Organismo Certificador: <\/strong>A la Persona moral, organizaci\u00f3n o instituci\u00f3n p\u00fablica o privada, unidad administrativa de alguna Dependencia, Entidad o su similar en los \u00f3rdenes de gobierno Federal, Estatal o Municipal, acreditada por el CONOCER para certificar las competencias laborales de las personas, con base en Est\u00e1ndares de Competencia inscritos en el Registro Nacional de Est\u00e1ndares de Competencia;<\/li>\n<\/ul>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<ul>\n<li><strong>Est\u00e1ndar de Competencia:<\/strong> A la Norma T\u00e9cnica de Competencia Laboral, que es el documento oficial aplicable en toda la Rep\u00fablica Mexicana, que sirve como referente para evaluar y certificar la competencia laboral de las personas, y que describe en t\u00e9rminos de resultados, el conjunto de conocimientos, habilidades, destrezas y actitudes que requiere una persona para realizar actividades en el mercado de trabajo con un alto nivel de desempe\u00f1o;<\/li>\n<\/ul>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<ol>\n<li><strong>Estatuto Org\u00e1nico: <\/strong>El documento aprobado por la Junta de Gobierno con el objeto de establecer y regular la estructura org\u00e1nica y funcional del Instituto;<\/li>\n<\/ol>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<ol>\n<li><strong>Instituto<\/strong>: Instituto Hidalguense para el Desarrollo Municipal;<\/li>\n<\/ol>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<ol>\n<li><strong>Instrumento de Diagn\u00f3stico de la Agenda Municipalista: <\/strong>Metodolog\u00eda utilizada para identificar \u00e1reas de oportunidad en los Municipios del Estado de Hidalgo, para Evaluar y reconocer los resultados del desempe\u00f1o de las funciones constitucionales de los municipios, a trav\u00e9s de indicadores cuantitativos que midan la eficiencia, eficacia y calidad de las acciones realizadas;<\/li>\n<\/ol>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<ul>\n<li><strong>Ley de Entidades<\/strong>: Ley de Entidades Paraestatales del Estado de Hidalgo;<\/li>\n<\/ul>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<ul>\n<li><strong>Plan Estatal de Desarrollo:<\/strong> Es el instrumento rector donde se precisan los objetivos estatales, estrategias, l\u00edneas de acci\u00f3n y prioridades del desarrollo integral del Estado de Hidalgo y establece los lineamientos de pol\u00edtica de car\u00e1cter global, regional y municipal;<\/li>\n<\/ul>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<ul>\n<li><strong>Reglamento:<\/strong> De la Ley de Entidades Paraestatales del Estado de Hidalgo; y<\/li>\n<\/ul>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<ol>\n<li><strong>RIV: <\/strong>A la Red de Instancias Verificadoras.<\/li>\n<\/ol>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<p><strong>CAP\u00cdTULO II<\/strong><\/p>\n<p><strong>DE LA ORGANIZACI\u00d3N Y FUNCIONAMIENTO DE LOS \u00d3RGANOS<\/strong><\/p>\n<p><strong>DE GOBIERNO Y DE SU ADMINISTRACI\u00d3N<\/strong><\/p>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<p><strong>ARTICULO 5. <\/strong>La administraci\u00f3n del Instituto estar\u00e1 a cargo de:<\/p>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<ol>\n<li>La Junta de Gobierno; y<\/li>\n<li>El Director General.<\/li>\n<\/ol>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<p><strong>CAP\u00cdTULO III<\/strong><\/p>\n<p><strong>\u00a0DE LA DIRECCI\u00d3N GENERAL<\/strong><\/p>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<p><strong>ART\u00cdCULO 6. <\/strong>El Director General, aplicar\u00e1 las disposiciones, lineamientos y pol\u00edticas adoptadas por la Junta de Gobierno para el funcionamiento del mismo, la adscripci\u00f3n de sus unidades administrativas y \u00f3rganos t\u00e9cnicos, as\u00ed como la modificaci\u00f3n de las \u00e1reas y sus atribuciones, en la medida en que lo requiera el Instituto, en t\u00e9rminos de la legislaci\u00f3n aplicable vigente y la disponibilidad presupuestal autorizada.<\/p>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<p><strong>ART\u00cdCULO 7. <\/strong>El Director General, contar\u00e1 para el estudio, planeaci\u00f3n y despacho de los asuntos de su competencia, con las siguientes unidades administrativas:<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>DIRECCIONES<\/p>\n<ol>\n<li>Direcci\u00f3n de Planeaci\u00f3n y Operaci\u00f3n;<\/li>\n<li>Direcci\u00f3n de Agenda Municipalista;<\/li>\n<\/ol>\n<ul>\n<li>Direcci\u00f3n de Vinculaci\u00f3n y Banco de Proyectos;<\/li>\n<\/ul>\n<ol>\n<li>Direcci\u00f3n de Capacitaci\u00f3n y Profesionalizaci\u00f3n Municipal; y<\/li>\n<li>Subdirecci\u00f3n Administrativa.<\/li>\n<\/ol>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>ART\u00cdCULO 8. <\/strong>Las unidades administrativas, estar\u00e1n integradas por el personal directivo, t\u00e9cnico y administrativo que se requiera para el ejercicio de sus atribuciones, de conformidad con la estructura org\u00e1nica aprobada y la disponibilidad presupuestal autorizada.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>ART\u00cdCULO 9.<\/strong> El Director General y las personas Titulares de las Unidades del Instituto a que se refiere el art\u00edculo anterior y los servidores p\u00fablicos adscritos a \u00e9stas, ejercer\u00e1n sus facultades y obligaciones, observando la normatividad aplicable, as\u00ed como las obligaciones contra\u00eddas en acuerdos, convenios y sus anexos, Manual de Organizaci\u00f3n y de Procedimientos, circulares de car\u00e1cter general y dem\u00e1s disposiciones que incidan en las funciones del Instituto.<\/p>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<p><strong>SECCI\u00d3N PRIMERA<\/strong><\/p>\n<p><strong>DE LAS FACULTADES Y OBLIGACIONES DEL DIRECTOR GENERAL<\/strong><\/p>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<p><strong>A<\/strong><strong>RT\u00cdCULO 10. <\/strong>El Director General, administrar\u00e1 y representar\u00e1 legalmente al Instituto, llevando a cabo tr\u00e1mites y atenci\u00f3n oportuna de los asuntos que son de su competencia, ejerciendo todos los actos de mandato que sean necesarios. Para tal efecto, contar\u00e1 con las facultades y obligaciones enmarcadas en la Ley de Entidades, su Reglamento y las conferidas en su Decreto que modifica diversas disposiciones del Instituto.<\/p>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<p><strong>ARTICULO 11. <\/strong>El Director General, tendr\u00e1 las siguientes facultades:<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<ol>\n<li>Formular todos los instrumentos normativos internos que deban regir al Instituto, as\u00ed como los programas de acci\u00f3n que ofrecer\u00e1 a los Gobiernos Municipales, contribuyendo en el dise\u00f1o de Pol\u00edticas P\u00fablicas para fortalecer la capacidad de propuesta y gesti\u00f3n ante \u00e1mbitos de Gobierno Federal, Estatal y Municipal;<\/li>\n<li>Celebrar, otorgar y suscribir toda clase de actos y documentos inherentes al objeto y en cumplimiento de las funciones del Instituto, as\u00ed como vigilar la debida observancia de los ordenamientos que lo rijan;<\/li>\n<\/ol>\n<ul>\n<li>Realizar las acciones correspondientes, para corregir las deficiencias observadas por las entidades fiscalizadoras y presentar a la Junta de Gobierno informes peri\u00f3dicos sobre su avance, as\u00ed como del programa de mejora continua de la gesti\u00f3n del Instituto;<\/li>\n<\/ul>\n<ol>\n<li>Promover las acciones de pol\u00edtica p\u00fablica en materia de igualdad real entre mujeres y hombres y de acceso a las mujeres a una vida libre de violencia dentro del \u00e1mbito de su competencia;<\/li>\n<li>Llevar a cabo las acciones necesarias para mantener los est\u00e1ndares de Certificaci\u00f3n del Sistema de Gesti\u00f3n de la Calidad, comprometiendo al personal del Instituto para que asuma la responsabilidad de ejercer sus funciones con apego a la nueva visi\u00f3n de gesti\u00f3n p\u00fablica y mejorar continuamente sus actividades;<\/li>\n<li>Implementar acciones que favorezcan las condiciones de clima laboral al interior del Instituto;<\/li>\n<\/ol>\n<ul>\n<li>Implementar en coordinaci\u00f3n con autoridades municipales, el Sistema Hidalguense de Profesionalizaci\u00f3n Municipal;<\/li>\n<li>Llevar a cabo acciones para la operaci\u00f3n y coordinaci\u00f3n del Banco de Proyectos de Infraestructura Municipal del Estado de Hidalgo (BANPIMEH), que permita la identificaci\u00f3n de los proyectos de infraestructura para los municipios con alternativas de financiamiento bajo requisitos, tiempos, especificaciones, formas y metodolog\u00eda; y<\/li>\n<\/ul>\n<ol>\n<li>Las dem\u00e1s que le confiere el Decreto, Estatuto Org\u00e1nico, la Junta de Gobierno y dem\u00e1s disposiciones legales aplicables.<\/li>\n<\/ol>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>ART\u00cdCULO 12. <\/strong>El Director General del Instituto, para la mejor distribuci\u00f3n y desarrollo del trabajo, podr\u00e1:<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<ol>\n<li>Conferir aquellas facultades que sean delegables a las personas que presten el servicio p\u00fablico, en el Instituto como subalternos, sin perjuicio de su ejercicio directo expidiendo los acuerdos relativos; y<\/li>\n<li>Autorizar por escrito a quienes presten el servicio p\u00fablico, en el Instituto como subalternos, para que realicen actos y suscriban documentos que formen parte del ejercicio de sus facultades delegables.<\/li>\n<\/ol>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>CAP\u00cdTULO IV<\/strong><\/p>\n<p><strong>DE LAS UNIDADES ADMINISTRATIVAS DEL INSTITUTO<\/strong><\/p>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<p><strong>SECCION PRIMERA<\/strong><\/p>\n<p><strong>DE LAS FUNCIONES GEN\u00c9RICAS<\/strong><\/p>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<p><strong>ART\u00cdCULO 13. <\/strong>Al frente de cada Direcci\u00f3n de \u00c1rea habr\u00e1 un Titular que se auxiliar\u00e1 del personal t\u00e9cnico y administrativo que se determine, con base en las necesidades del servicio que se requiera y mismo que ser\u00e1 autorizado en el presupuesto.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>ART\u00cdCULO 14. <\/strong>Las personas Titulares de las Direcciones de \u00c1rea y la Subdirecci\u00f3n Administrativa, tendr\u00e1n las siguientes funciones gen\u00e9ricas:<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<ol>\n<li>Formular, proponer y coordinar la ejecuci\u00f3n de las pol\u00edticas, normas, estudios, propuestas, programas, dict\u00e1menes, informes, proyectos, procedimientos, instrumentos y lineamientos que le sean requeridos a la Direcci\u00f3n General y establecidos por la Junta de Gobierno, conforme a las directrices que establezca el Director General;<\/li>\n<li>Formular y ejecutar los proyectos y programas operativos anuales y presupuestales relativos a su unidad administrativa, de acuerdo con las pol\u00edticas establecidas por el Director General y aprobados por la Junta de Gobierno;<\/li>\n<\/ol>\n<ul>\n<li>Solventar legal y oportunamente las observaciones de las auditor\u00edas que se practiquen en las \u00e1reas a su cargo, para corregir las deficiencias u omisiones en que se hubiera incurrido;<\/li>\n<\/ul>\n<ol>\n<li>Rendir por escrito, los informes semanales, mensuales, trimestrales, semestrales y anuales que le sean requeridos sobre las encomiendas de la Direcci\u00f3n General, as\u00ed como de las actividades realizadas por el \u00e1rea, referente a los avances en el cumplimiento de las atribuciones y los proyectos de trabajo;<\/li>\n<li>Participar en los comit\u00e9s y comisiones internos de su competencia o en los que sean designados por el Director General;<\/li>\n<li>Coadyuvar en el proceso relativo a la institucionalizaci\u00f3n de la equidad de g\u00e9nero al interior del Instituto;<\/li>\n<\/ol>\n<ul>\n<li>Dar cumplimiento a los principios del C\u00f3digo de \u00c9tica de la Administraci\u00f3n P\u00fablica del Estado de Hidalgo;<\/li>\n<li>Atender las pol\u00edticas impulsadas en el Instituto en materia de clima laboral; y<\/li>\n<\/ul>\n<ol>\n<li>Desarrollar las dem\u00e1s funciones inherentes al \u00e1rea de su competencia que le confieran las disposiciones legales aplicables y aquellas que le encomiende el Director General.<\/li>\n<\/ol>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>SECCI\u00d3N SEGUNDA<\/p>\n<p>DE LAS FUNCIONES ESPEC\u00cdFICAS<\/p>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<p><strong>ART\u00cdCULO 15. <\/strong>Corresponde a la Direcci\u00f3n de Planeaci\u00f3n y Operaci\u00f3n el ejercicio de las siguientes funciones:<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<ol>\n<li>Contribuir con los responsables de las \u00e1reas, en el establecimiento de procesos de planeaci\u00f3n, organizaci\u00f3n, seguimiento y evaluaci\u00f3n de los proyectos del Instituto, para eficientar y mejorar la calidad de los servicios, as\u00ed como en el desempe\u00f1o de los agentes que intervienen en el desarrollo de los planes y acciones;<\/li>\n<li>Supervisar el seguimiento a los programas y proyectos de la Direcci\u00f3n General;<\/li>\n<\/ol>\n<ul>\n<li>Coordinar la integraci\u00f3n de la informaci\u00f3n que generen las diferentes \u00e1reas del Instituto, que requiera validaci\u00f3n de la Direcci\u00f3n General;<\/li>\n<\/ul>\n<ol>\n<li>Dirigir el an\u00e1lisis de los anteproyectos de reforma al Decreto, Estatuto Org\u00e1nico, C\u00f3digo de Conducta y dem\u00e1s disposiciones legales propuestas por la Direcci\u00f3n General, para su aprobaci\u00f3n y validaci\u00f3n ante las dependencias competentes;<\/li>\n<li>Implementar los sistemas y procedimientos de inform\u00e1tica que permitan controlar, dar seguimiento y evaluar las acciones de la Direcci\u00f3n General, sus \u00e1reas a cargo y las que sean designadas para obtener la informaci\u00f3n veraz y oportuna que sea requerida;<\/li>\n<li>Vigilar que se mantenga actualizada la informaci\u00f3n en medios magn\u00e9ticos, as\u00ed como garantizar la consistencia y conservaci\u00f3n de la misma;<\/li>\n<\/ol>\n<ul>\n<li>Coordinar y supervisar las actividades que en materia de modernizaci\u00f3n administraci\u00f3n y operaci\u00f3n se requieran para la elaboraci\u00f3n, implantaci\u00f3n y actualizaci\u00f3n de manuales de organizaci\u00f3n, procedimientos, instructivos y dem\u00e1s documentos de apoyo administrativo que se requieran para el mejor desarrollo de las actividades encomendadas a la Direcci\u00f3n General;<\/li>\n<li>Dar seguimiento a la participaci\u00f3n de las diferentes \u00e1reas del Instituto en actividades inherentes a su competencia;<\/li>\n<\/ul>\n<ol>\n<li>Elaborar el informe de la Direcci\u00f3n General con base a resultados de las evaluaciones y seguimiento de planes, programas y proyectos de las diferentes \u00e1reas que operan en el Instituto;<\/li>\n<li>Elaborar en coordinaci\u00f3n con la Subdirecci\u00f3n Administrativa, el Anteproyecto de Presupuesto del Instituto;<\/li>\n<li>Supervisar, en coordinaci\u00f3n con las diferentes \u00e1reas del Instituto, el an\u00e1lisis del presupuesto, as\u00ed como del programa operativo anual; y<\/li>\n<\/ol>\n<ul>\n<li>Las dem\u00e1s que se\u00f1ale el Director General y dem\u00e1s disposiciones legales aplicables<strong>.<\/strong><\/li>\n<\/ul>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>ART\u00cdCULO 16. <\/strong>Corresponde a la Direcci\u00f3n de Agenda Municipalista:<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<ol>\n<li>Impulsar instrumentos que fomenten el ejercicio de la planeaci\u00f3n estrat\u00e9gica de los gobiernos locales;<\/li>\n<li>Coordinar acciones relativas a la implementaci\u00f3n, seguimiento y evaluaci\u00f3n del Instrumento de Diagn\u00f3stico de la Agenda Municipalista Hidalguense, en los municipios de la entidad;<\/li>\n<\/ol>\n<ul>\n<li>Proporcionar asesor\u00eda a los gobiernos locales en materia del Instrumento de Diagn\u00f3stico para fortalecer las capacidades institucionales de los municipios;<\/li>\n<\/ul>\n<ol>\n<li>Promover la participaci\u00f3n de las Instituciones de Educaci\u00f3n Superior en el Instrumento de Diagn\u00f3stico de la Agenda Municipalista Hidalguense;<\/li>\n<li>Integrar la Red de Instancias Verificadoras de la entidad;<\/li>\n<li>Proporcionar asesor\u00eda a la RIV para transparentar la etapa de implementaci\u00f3n del Instrumento de Diagn\u00f3stico;<\/li>\n<\/ol>\n<ul>\n<li>Analizar los resultados de implementaci\u00f3n del Instrumento de Diagn\u00f3stico de la Agenda Municipalista Hidalguense;<\/li>\n<li>Informar a la Direcci\u00f3n General y a las Direcciones de \u00c1rea del Instituto, los resultados del Instrumento de Diagn\u00f3stico para la definici\u00f3n de la estrategia de atenci\u00f3n a las \u00e1reas de oportunidad detectadas;<\/li>\n<\/ul>\n<ol>\n<li>Acudir a reuniones interinstitucionales de car\u00e1cter Nacional y\/o Estatal para el seguimiento en la implementaci\u00f3n de instrumentos de medici\u00f3n y mejora; y<\/li>\n<li>Las dem\u00e1s que se\u00f1ale el Director General y dem\u00e1s disposiciones legales aplicables.<\/li>\n<\/ol>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<p><strong>ART\u00cdCULO 17. <\/strong>Corresponde a la Direcci\u00f3n de Vinculaci\u00f3n y Banco de Proyectos el ejercicio de las siguientes funciones:<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<ol>\n<li>Establecer las relaciones y generar vinculaciones con instituciones p\u00fablicas o privadas, nacionales e internacionales a fin de fortalecer las capacidades institucionales de los municipios;<\/li>\n<li>Vincular a los municipios con dependencias, entidades y organismos del sector p\u00fablico o privado, de acuerdo con las pol\u00edticas de fortalecimiento y \u00e1reas de oportunidad detectadas en el Instrumento de Diagn\u00f3stico de la Agenda Municipalista Hidalguense, as\u00ed como otros instrumentos de evaluaci\u00f3n;<\/li>\n<\/ol>\n<ul>\n<li>Elaborar e integrar los diagn\u00f3sticos general y sectoriales, con base en los resultados del Instrumento de Diagn\u00f3stico;<\/li>\n<\/ul>\n<ol>\n<li>Asesorar, participar y coadyuvar en la gesti\u00f3n de recursos y acciones concretas en beneficio de los municipios con distintas Instituciones P\u00fablicas o Privadas;<\/li>\n<li>Promover la celebraci\u00f3n de convenios de colaboraci\u00f3n espec\u00edfica para impulsar la conformaci\u00f3n del BANPIMEH;<\/li>\n<li>Asignar a los municipios que ser\u00e1n beneficiados con los diagn\u00f3sticos, identificando por prioridad los sectores a integrar con base en el instrumento de Diagn\u00f3stico, as\u00ed como en diferentes instrumentos de medici\u00f3n;<\/li>\n<\/ol>\n<ul>\n<li>Fomentar la participaci\u00f3n con Instituciones de Educaci\u00f3n Superior para la implementaci\u00f3n de acciones que permitan la conformaci\u00f3n del BANPIMEH;<\/li>\n<li>Impulsar la participaci\u00f3n de los gobiernos municipales para implementar y dar seguimiento a acciones que permitan la conformaci\u00f3n del BANPIMEH;<\/li>\n<\/ul>\n<ol>\n<li>Fomentar la implementaci\u00f3n de los proyectos detectados en los municipios beneficiados con otros organismos y\/o asociaciones del sector p\u00fablico y privado;<\/li>\n<li>Resguardar y sistematizar la informaci\u00f3n de los proyectos de infraestructura municipal detectados; y<\/li>\n<li>Las dem\u00e1s que se\u00f1ale el Director General y dem\u00e1s disposiciones legales aplicables.<\/li>\n<\/ol>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>ART\u00cdCULO 18.<\/strong> Corresponde a la Direcci\u00f3n de Capacitaci\u00f3n y Profesionalizaci\u00f3n Municipal las siguientes funciones:<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<ol>\n<li>Dise\u00f1ar e implementar un programa anual de capacitaci\u00f3n con criterios de calidad enfocado al desarrollo de habilidades, competencias y potencialidades de los servidores p\u00fablicos municipales;<\/li>\n<li>Instrumentar mecanismos de coordinaci\u00f3n interinstitucional con el gobierno federal y estatal para impulsar la capacitaci\u00f3n de los servidores p\u00fablicos municipales;<\/li>\n<\/ol>\n<ul>\n<li>Dise\u00f1ar mecanismos para ofertar capacitaci\u00f3n a distancia a los servidores p\u00fablicos municipales, a partir de uso de tecnolog\u00edas de informaci\u00f3n y comunicaci\u00f3n;<\/li>\n<\/ul>\n<ol>\n<li>Promover la celebraci\u00f3n de convenios de colaboraci\u00f3n que fomenten la formaci\u00f3n y capacitaci\u00f3n del servicio p\u00fablico municipal;<\/li>\n<li>Difundir convocatorias de programas educativos, cursos, capacitaciones, talleres y conferencias que tengan como objetivo el impulso de la profesionalizaci\u00f3n de los servidores p\u00fablicos municipales;<\/li>\n<li>Coordinar la Implementaci\u00f3n del Sistema Hidalguense de Profesionalizaci\u00f3n Municipal;<\/li>\n<\/ol>\n<ul>\n<li>Coordinar la implementaci\u00f3n de un esquema de capacitaci\u00f3n con fines de certificaci\u00f3n de competencias laborales dirigido a servidores p\u00fablicos municipales;<\/li>\n<li>Coordinar la instrumentaci\u00f3n de mecanismos para evaluar y certificar las competencias laborales de servidores p\u00fablicos municipales con Entidades de Certificaci\u00f3n y Evaluaci\u00f3n y Organismos Certificadores reconocidos por el Sistema Nacional de Competencias;<\/li>\n<\/ul>\n<ol>\n<li>Colaborar con instancias reconocidas por el Sistema Nacional de Competencias en el desarrollo de Est\u00e1ndares de Competencia relativos a funciones municipales; y<\/li>\n<li>Las dem\u00e1s que se\u00f1ale el Director General y dem\u00e1s disposiciones legales aplicables.<\/li>\n<\/ol>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>ART\u00cdCULO 19.<\/strong> Corresponde a la Subdirecci\u00f3n Administrativa, las siguientes funciones:<\/p>\n<ol>\n<li>Administrar de manera eficiente y racional los recursos financieros, humanos y materiales, para el cumplimiento de las metas del Instituto;<\/li>\n<li>Integrar y dar seguimiento en Coordinaci\u00f3n con la Direcci\u00f3n de Planeaci\u00f3n y Operaci\u00f3n, al anteproyecto de Presupuesto y Programa Operativo Anual e Institucional de Desarrollo del Instituto;<\/li>\n<\/ol>\n<ul>\n<li>Operar las pol\u00edticas, normas y sistemas para la administraci\u00f3n y desarrollo de los recursos humanos y las relaciones laborales del Instituto, as\u00ed como lo correspondiente a sus recursos materiales y servicios generales;<\/li>\n<\/ul>\n<ol>\n<li>Atender auditor\u00edas internas y externas ante las instancias fiscalizadoras;<\/li>\n<li>Informar a las \u00e1reas que conforman el Instituto, sobre las actualizaciones de los lineamientos en materia administrativa vigente en la Entidad, necesarios para el desempe\u00f1o de sus funciones establecidas, as\u00ed como verificar que \u00e9stos se cumplan;<\/li>\n<li>Mantener actualizado el inventario de bienes muebles del Instituto, proporcionar los servicios de conservaci\u00f3n y mantenimiento de los mismos, y en caso de proceder baja de activos, observar los lineamientos establecidos;<\/li>\n<\/ol>\n<ul>\n<li>Administrar el uso y asignaci\u00f3n del parque vehicular del Instituto, as\u00ed como los sistemas para su mantenimiento, reparaci\u00f3n, aseguramiento y control documental correspondiente;<\/li>\n<li>Acordar con la persona Titular de la Direcci\u00f3n General las adquisiciones, suministros, arrendamientos y servicios generales, que requiera el Instituto, estableciendo y operando los planes y programas anuales de adquisici\u00f3n, almacenaje y abastecimiento mensual de recursos materiales a las diferentes \u00e1reas del Organismo, de conformidad con la normatividad aplicable en la materia;<\/li>\n<\/ul>\n<ol>\n<li>Vigilar el cumplimiento y seguimiento a la normatividad en materia de Archivos del Instituto;<\/li>\n<li>Vigilar el cumplimiento a la normatividad en materia de Transparencia y Acceso a la Informaci\u00f3n P\u00fablica del Instituto; y<\/li>\n<li>Las dem\u00e1s que se\u00f1ale el Director General y dem\u00e1s disposiciones legales aplicables.<\/li>\n<\/ol>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>CAPITULO V<\/strong><\/p>\n<p><strong>DE LA EVALUACI\u00d3N Y CONTROL DEL INSTITUTO <\/strong><\/p>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<p><strong>SECCI\u00d3N PRIMERA<\/strong><\/p>\n<p><strong>DEL COMISARIO P\u00daBLICO<\/strong><\/p>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<p><strong>ART\u00cdCULO 20. <\/strong>De conformidad con la Ley de Entidades y su Reglamento, la vigilancia, evaluaci\u00f3n y control del Instituto, estar\u00e1 a cargo de un Comisario P\u00fablico Propietario y un suplente, quienes ser\u00e1n designados por la Secretar\u00eda de Contralor\u00eda. El Comisario P\u00fablico Propietario o suplente tendr\u00e1 las facultades establecidas en el Reglamento de la Secretar\u00eda de Contralor\u00eda.<\/p>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<p><strong>SECCI\u00d3N SEGUNDA<\/strong><\/p>\n<p><strong>DEL \u00d3RGANO INTERNO DE CONTROL <\/strong><\/p>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<p><strong>ART\u00cdCULO 21. <\/strong>El \u00d3rgano Interno de Control del Instituto, ser\u00e1 nombrado y removido por la Secretar\u00eda de Contralor\u00eda y depender\u00e1n jer\u00e1rquica, presupuestal y funcionalmente de \u00e9sta, teniendo el car\u00e1cter de autoridad, de conformidad a lo dispuesto en la Ley Org\u00e1nica de la Administraci\u00f3n P\u00fablica para el Estado de Hidalgo y cuyas funciones se consignan en la Ley de Entidades y su Reglamento, el Reglamento Interior de la Secretar\u00eda de Contralor\u00eda y en los dem\u00e1s ordenamientos legales y administrativos aplicables.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>ART\u00cdCULO 22. <\/strong>El Instituto y sus unidades administrativas proporcionar\u00e1n al Titular de su respectivo \u00d3rgano Interno de Control los recursos humanos y materiales que requieran para la atenci\u00f3n de los asuntos a su cargo. Asimismo, los servidores p\u00fablicos del Instituto prestar\u00e1n al mismo el auxilio que requiera para el desempe\u00f1o de sus atribuciones.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>CAP\u00cdTULO VI<\/strong><\/p>\n<p><strong>SECCI\u00d3N PRIMERA<\/strong><\/p>\n<p><strong>DE LAS AUSENCIAS TEMPORALES<\/strong><\/p>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<p><strong>ART\u00cdCULO 23. <\/strong>Cuando la ausencia del Director General no exceda de 30 d\u00edas h\u00e1biles, el despacho y la resoluci\u00f3n de los asuntos del Instituto, estar\u00e1n a cargo del servidor p\u00fablico que designe la persona titular de la Dependencia Coordinadora de Sector, mediante nombramiento oficial.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>ART\u00cdCULO 24. <\/strong>Cuando la ausencia del Director General sea mayor a 30 d\u00edas h\u00e1biles, el Titular del Ejecutivo del Estado de Hidalgo, designar\u00e1 al servidor p\u00fablico que estar\u00e1 al frente del Instituto, hasta en tanto designe al nuevo Titular.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>ART\u00cdCULO 25. <\/strong>Los dem\u00e1s servidores p\u00fablicos del Instituto, ser\u00e1n suplidos durante sus ausencias temporales, por los funcionarios de la jerarqu\u00eda inmediata inferior de su respectiva adscripci\u00f3n, conforme a la estructura org\u00e1nica aprobada.<\/p>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<p><strong>SECCI\u00d3N SEGUNDA<\/strong><\/p>\n<p><strong>DE LAS AUSENCIAS DEFINITIVAS<\/strong><\/p>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<p><strong>ART\u00cdCULO 26. <\/strong>En los casos en que el Director General se ausente de su cargo por motivo de renuncia, suspensi\u00f3n o cualquier otra causa de ausencia definitiva, corresponde al Titular del Poder Ejecutivo o a indicaci\u00f3n de \u00e9ste, a trav\u00e9s de la Dependencia Coordinadora de Sector, designar a la nueva persona que est\u00e9 al frente de la Direcci\u00f3n General del Instituto.<\/p>\n<p><strong>ART\u00cdCULO 27. <\/strong>El nuevo Director General, conocer\u00e1 de todos los asuntos, procedimientos o juicios en los que el propio Instituto sea parte y deber\u00e1 proveer los elementos necesarios para darles el \u00f3ptimo seguimiento y en su caso, participar en ellos hasta su conclusi\u00f3n.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>ART\u00cdCULO 28. <\/strong>Los dem\u00e1s servidores p\u00fablicos del Instituto ser\u00e1n suplidos en sus ausencias definitivas por los funcionarios propuestos por el Director General y aprobados por la Junta de Gobierno.<\/p>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<p><strong>CAP\u00cdTULO VII<\/strong><\/p>\n<p><strong>DE LA MODIFICACI\u00d3N DEL ESTATUTO ORG\u00c1NICO<\/strong><\/p>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<p><strong>ART\u00cdCULO 29. <\/strong>El presente Estatuto Org\u00e1nico s\u00f3lo podr\u00e1 ser modificado por los siguientes motivos:<\/p>\n<ol>\n<li>A iniciativa del Director General, previa autorizaci\u00f3n de la Junta de Gobierno;<\/li>\n<li>A petici\u00f3n de la mayor\u00eda de quienes integran la Junta de Gobierno;<\/li>\n<\/ol>\n<ul>\n<li>Por cambios fundamentales en el objeto, estructura y facultades del Instituto; y<\/li>\n<\/ul>\n<ol>\n<li>Por modificaciones sustantivas a las legislaciones que afecten directamente al Instituto.<\/li>\n<\/ol>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>ART\u00cdCULO 30. <\/strong>La modificaci\u00f3n, adici\u00f3n o abrogaci\u00f3n, parcial o total, del presente Estatuto Org\u00e1nico, deber\u00e1 ser aprobada por las dos terceras partes de los miembros de la Junta de Gobierno del Instituto.<\/p>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<p><strong>CAP\u00cdTULO VIII<\/strong><\/p>\n<p>DE LA DESINCORPORACI\u00d3N DEL INSTITUTO<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>ART\u00cdCULO 31. <\/strong>La extinci\u00f3n o desincorporaci\u00f3n del Instituto, se llevar\u00e1 a cabo en los t\u00e9rminos dispuestos en la normatividad en la materia.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>T R A N S I T O R I O S<\/strong><\/p>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<p><strong>PRIMERO. <\/strong>El presente Estatuto entrar\u00e1 en vigor al d\u00eda siguiente de su Publicaci\u00f3n en el Peri\u00f3dico Oficial del Estado de Hidalgo.<\/p>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<p><strong>SEGUNDO. <\/strong>A partir de la entrada en vigor del presente Estatuto Org\u00e1nico, cada una de las unidades que integran el Instituto deber\u00e1 emitir sus manuales de organizaci\u00f3n y procedimientos en un breve t\u00e9rmino.<\/p>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<p><strong>TERCERO<\/strong>. Los acuerdos, circulares y dem\u00e1s disposiciones emitidas por la Direcci\u00f3n General antes de la entrada en vigor del presente Estatuto Org\u00e1nico tendr\u00e1n plena validez.<\/p>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<p><strong>CUARTO. <\/strong>En tanto se expida el Manual de Organizaci\u00f3n y de Procedimientos, que en \u00e9ste Estatuto Org\u00e1nico se mencionan, el Director General, resolver\u00e1 las cuestiones que conforme a dichos manuales se deban regular.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>QUINTO. <\/strong>El presente Estatuto Org\u00e1nico se deber\u00e1 inscribir en el Registro P\u00fablico en t\u00e9rminos de lo que establezca la Ley de Entidades y su reglamento.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Dado en las instalaciones del Instituto Hidalguense para el Desarrollo Municipal en la Ciudad de Pachuca de Soto, del Estado Libre y Soberano de Hidalgo,\u00a0 a los 03 d\u00edas del mes de Marzo del a\u00f1o dos mil veinte.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<table>\n<tbody>\n<tr>\n<td width=\"576\">\n<table width=\"612\">\n<tbody>\n<tr>\n<td colspan=\"8\" width=\"585\">_______________________________________________<\/p>\n<p>Lic. Lizbeth Yazm\u00edn Soto Olgu\u00edn,<\/p>\n<p>Consejero Suplente del<\/p>\n<p>Lic. Sim\u00f3n Vargas Aguilar<\/p>\n<p>Titular de la Secretar\u00eda de Gobierno<\/p>\n<p>Presidente de la\u00a0 H. Junta de Gobierno del Instituto<\/p>\n<p>Hidalguense para el Desarrollo Municipal.<\/p>\n<p>R\u00fabrica<\/p>\n<p>&nbsp;<\/td>\n<td width=\"27\">&nbsp;<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td colspan=\"2\" width=\"264\">&nbsp;<\/p>\n<p>__________________________________<\/p>\n<p>Psic. Naxhiely Ba\u00f1os Cer\u00f3n,<\/p>\n<p>Consejero Suplente del<\/p>\n<p>Mtro. Jos\u00e9 Luis Romo Cruz, Secretario Ejecutivo de la Pol\u00edtica P\u00fablica Estatal del Estado de Hidalgo.<\/p>\n<p>R\u00fabrica<\/p>\n<p>&nbsp;<\/td>\n<td colspan=\"3\" width=\"57\">&nbsp;<\/td>\n<td colspan=\"3\" width=\"264\">&nbsp;<\/p>\n<p>__________________________________<\/p>\n<p>Lic. Jorge Eduardo Daniel Escamilla,<\/p>\n<p>Representante Suplente de la<\/p>\n<p>Dra. Delia Jessica Blancas Hidalgo,<\/p>\n<p>Titular de la Secretar\u00eda de Finanzas<\/p>\n<p>P\u00fablicas del Estado de Hidalgo.<\/p>\n<p>R\u00fabrica<\/p>\n<p>&nbsp;<\/td>\n<td width=\"27\">&nbsp;<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td width=\"2\">&nbsp;<\/td>\n<td colspan=\"3\" width=\"276\">&nbsp;<\/p>\n<p>____________________________________<\/p>\n<p>L.C. Luz Ang\u00e9lica P\u00e9rez Rodr\u00edguez,<\/p>\n<p>Consejero Suplente del<\/p>\n<p>Lic. Lam\u00e1n Carranza Ram\u00edrez, Titular de la\u00a0 Unidad de Planeaci\u00f3n y Prospectiva del Estado de Hidalgo.<\/p>\n<p>R\u00fabrica<\/p>\n<p>&nbsp;<\/td>\n<td colspan=\"3\" width=\"59\">&nbsp;<\/td>\n<td colspan=\"2\" width=\"276\">&nbsp;<\/p>\n<p>___________________________________<\/p>\n<p>Lic. Javier Ad\u00e1n Ballinas Rivera,<\/p>\n<p>Consejero Suplente del<\/p>\n<p>Lic. Daniel Rolando Jim\u00e9nez Rojo,<\/p>\n<p>Titular de la Secretar\u00eda de Desarrollo Social del Estado de Hidalgo.<\/p>\n<p>R\u00fabrica<\/p>\n<p>&nbsp;<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td width=\"2\">&nbsp;<\/td>\n<td colspan=\"8\" width=\"611\">&nbsp;<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td width=\"2\">&nbsp;<\/td>\n<td colspan=\"8\" width=\"611\">&nbsp;<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td width=\"2\">&nbsp;<\/td>\n<td colspan=\"3\" width=\"276\">____________________________________<\/p>\n<p>Ing. Luis Donaldo Mart\u00ednez P\u00e9rez,<\/p>\n<p>Consejero Suplente del<\/p>\n<p>Ing. Jos\u00e9 Ventura Meneses Arrieta, Titular de la Secretar\u00eda de Obras P\u00fablicas y Ordenamiento Territorial del Estado de Hidalgo.<\/p>\n<p>R\u00fabrica<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>____________________________________<\/p>\n<p>L.C. Brenda Liliana Hern\u00e1ndez Labra,<\/p>\n<p>Consejero Suplente del<\/p>\n<p>Ing. Benjam\u00edn Rico Moreno, Titular de la Secretar\u00eda de Medio Ambiente<\/p>\n<p>y Recursos Naturales del Estado de Hidalgo.<\/p>\n<p>R\u00fabrica<\/p>\n<p>&nbsp;<\/td>\n<td colspan=\"3\" width=\"59\">&nbsp;<\/td>\n<td colspan=\"2\" width=\"276\">___________________________________<\/p>\n<p>Lic. Jos\u00e9 Luis Garc\u00eda Ram\u00edrez,<\/p>\n<p>Consejero Suplente<\/p>\n<p>Mtro. Sergio Fernando Vargas T\u00e9llez<\/p>\n<p>Secretar\u00eda de Desarrollo Econ\u00f3mico<\/p>\n<p>del Estado de Hidalgo.<\/p>\n<p>R\u00fabrica<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>________________________________<\/p>\n<p>Lic. Rodolfo Eslava Sol\u00eds,<\/p>\n<p>Consejero Suplente del<\/p>\n<p>Lic. Carlos Mu\u00f1iz Rodr\u00edguez,<\/p>\n<p>Titular de la Secretar\u00eda de Desarrollo Agropecuario.<\/p>\n<p>R\u00fabrica<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td colspan=\"3\" width=\"276\">&nbsp;<\/p>\n<p>____________________________________<\/p>\n<p>L.A. Abigail Chavez Gonzalez,<\/p>\n<p>Comisario P\u00fablico Suplente del<\/p>\n<p>Instituto Hidalguense para el<\/p>\n<p>Desarrollo Municipal.<\/p>\n<p>R\u00fabrica<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/td>\n<td colspan=\"3\" width=\"59\">&nbsp;<\/td>\n<td colspan=\"3\" width=\"277\">&nbsp;<\/p>\n<p>___________________________________<\/p>\n<p>Lic. Alma Nayelli Mart\u00ednez Lozada,<\/p>\n<p>Directora General del Instituto<\/p>\n<p>Hidalguense para el Desarrollo<\/p>\n<p>Municipal.<\/p>\n<p>R\u00fabrica<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td width=\"2\"><\/td>\n<td width=\"263\"><\/td>\n<td width=\"12\"><\/td>\n<td width=\"2\"><\/td>\n<td width=\"43\"><\/td>\n<td width=\"14\"><\/td>\n<td width=\"2\"><\/td>\n<td width=\"248\"><\/td>\n<td width=\"27\"><\/td>\n<\/tr>\n<\/tbody>\n<\/table>\n<\/td>\n<\/tr>\n<\/tbody>\n<\/table>\n<p>Derechos Enterados. 31-03-2020<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">\n<p>&nbsp;<\/p>\n<hr \/>\n<p style=\"text-align: justify;\"><span style=\"font-size: 16px;\"><a href=\"https:\/\/periodico.hidalgo.gob.mx\/?tribe_events=Periodico-Oficial-Ordinario-0-del-06-de-abril-de-2020\">Peri\u00f3dico Oficial Ordinario 0 del 06 de abril de 2020<\/a><\/span><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><span style=\"font-size: 16px;\">Esto es un extracto, por lo que en el documento que est\u00e1 visualizando puede haber texto, caracteres, im\u00e1genes u objetos que no se muestren debido a la conversi\u00f3n a formato HTML, por lo que le recomendamos tomar siempre como referencia el archivo PDF de la edici\u00f3n.<\/span><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Documento contenido en el Peri\u00f3dico Oficial Ordinario 0 del 06 de abril de 2020 Edici\u00f3n: Ordinario 0 N\u00famero: 14 P\u00e1ginas: 105 Contenido: Instituto Hidalguense para el Desarrollo Municipal. &#8211; 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