{"id":37504,"date":"2020-04-03T19:49:18","date_gmt":"2020-04-04T01:49:18","guid":{"rendered":"https:\/\/periodico.hidalgo.gob.mx\/?p=37504"},"modified":"2020-04-03T19:49:18","modified_gmt":"2020-04-04T01:49:18","slug":"poder-ejecutivo-acuerdo-por-el-que-se-amplian-las-medidas-sanitarias-inmediatas-para-la-prevencion-y-control-de-la-enfermedad-infecciosa-causada-por-el-virus-sars-cov2-covid-19-en-el-esta","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/periodico.hidalgo.gob.mx\/?p=37504","title":{"rendered":"Poder Ejecutivo. \u2013 Acuerdo por el que se ampl\u00edan las medidas sanitarias inmediatas para la prevenci\u00f3n y control de la enfermedad infecciosa causada por el virus sars-cov2 (covid-19) en el Estado de Hidalgo, establecidas en el diverso publicado en el Peri\u00f3dico Oficial del Estado de Hidalgo del 19 de marzo de 2020."},"content":{"rendered":"<p><span style=\"font-size: 20px; color: #001f2f;\"><strong>Documento contenido en el Peri\u00f3dico Oficial Alcance 3 del 03 de abril de 2020<\/strong><\/span><\/p>\n<p><span style=\"font-size: 16px;\"><strong>Edici\u00f3n:<\/strong> Alcance 3<\/span><br \/>\n<span style=\"font-size: 16px;\"><strong>N\u00famero:<\/strong> 13<\/span><br \/>\n<span style=\"font-size: 16px;\"><strong>P\u00e1ginas:<\/strong> 13<\/span><\/p>\n<p><span style=\"font-size: 20px;\"><strong>Contenido:<\/strong><\/span><\/p>\n<hr \/>\n<p><a name=\"_Toc36834114\"><\/a>Poder Ejecutivo. \u2013 Acuerdo por el que se ampl\u00edan las medidas sanitarias inmediatas para la prevenci\u00f3n y control de la enfermedad infecciosa causada por el virus sars-cov2 (covid-19) en el Estado de Hidalgo, establecidas en el diverso publicado en el Peri\u00f3dico Oficial del Estado de Hidalgo del 19 de marzo de 2020.<\/p>\n<p><strong>LICENCIADO OMAR FAYAD MENESES, GOBERNADOR CONSTITUCIONAL DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE HIDALGO, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE ME CONFIEREN LOS ART\u00cdCULOS 71 FRACCIONES I Y L<\/strong><strong>IV DE LA CONSTITUCI\u00d3N POL\u00cdTICA DEL ESTADO DE HIDALGO, 2, 3 Y 5 DE LA LEY ORG\u00c1NICA DE LA ADMINISTRACI\u00d3N P\u00daBLICA PARA EL ESTADO DE HIDALGO, Y:<\/strong><\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>C O N S I D E R A N D O<\/strong><\/p>\n<p><strong><em>\u00a0<\/em><\/strong><\/p>\n<p><strong>PRIMERO. <\/strong>Que en aras de salvaguardar la salud p\u00fablica en la Entidad, frente a la pandemia del COVID-19, el 19 de marzo de 2020 se public\u00f3 en el Peri\u00f3dico Oficial del Estado, el Acuerdo Gubernamental por el que se establecen las medidas sanitarias inmediatas para la prevenci\u00f3n y control de la enfermedad infecciosa causada por el virus SARS-CoV2 (COVID-19) en el Estado de Hidalgo, en el cual adem\u00e1s se reconocen las dictadas en el denominado \u201cOperativo Escudo por un Hidalgo Sano y Seguro\u201d con fecha 16 de marzo de 2020. Estas medidas fueron emitidas en observancia a la distribuci\u00f3n de competencias que en materia de salubridad general de la Rep\u00fablica, determina la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica de los Estados Unidos Mexicanos as\u00ed como la Ley General de Salud.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>SEGUNDO. <\/strong>Que el 23 de marzo de 2020 se publicaron en el Diario Oficial de la Federaci\u00f3n los Acuerdos de la Primera Sesi\u00f3n Ordinaria del Consejo de Salubridad General de la Rep\u00fablica, dentro de los cuales se reconoce la epidemia de enfermedad por el virus SARS-CoV2 (COVID-19) en M\u00e9xico como una enfermedad grave de atenci\u00f3n prioritaria y se sancionan las medidas adoptadas por los gobiernos de las entidades federativas para la prevenci\u00f3n y control de este problema de salud p\u00fablica.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>TERCERO. <\/strong>Que mediante Acuerdo publicado en el Diario Oficial de la Federaci\u00f3n del 24 de marzo de 2020, el Secretario de Salud del Gobierno de M\u00e9xico, establece las medidas preventivas que se deber\u00e1n implementar para la mitigaci\u00f3n y control de los riesgos para la salud que implica la enfermedad por el virus SARS-CoV2 (COVID-19), mismas que deben ser observadas por todas autoridades de los diferentes \u00e1mbitos de gobierno y por los particulares en todo el territorio nacional en t\u00e9rminos del art\u00edculo 73, fracci\u00f3n XVI, Base 2\u00aa, de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica de los Estados Unidos Mexicanos.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>CUARTO. <\/strong>Que con fecha 30 de marzo de 2020, se public\u00f3 el Acuerdo del Consejo de Salubridad General, declarando como emergencia sanitaria de fuerza mayor, a la epidemia de enfermedad generada por el virus SARS-CoV2 (COVID-19), por lo que dispone que el titular de la Secretar\u00eda de Salud del Gobierno de M\u00e9xico determinar\u00e1 las acciones que corresponden a las autoridades de los diferentes \u00e1mbitos de gobierno. Dicho Acuerdo entra en vigor el d\u00eda de su publicaci\u00f3n y estar\u00e1 vigente hasta el 30 de abril de 2020.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>QUINTO. <\/strong>Que al efecto, mediante Acuerdo publicado en el Diario Oficial de la Federaci\u00f3n el 31 de marzo de 2020, el Secretario de Salud ordena acciones extraordinarias que han de desarrollarse por los sectores p\u00fablico, social y privado para prevenir, controlar y combatir la existencia y transmisi\u00f3n del virus SARS-CoV2, (COVID-19), en todo el territorio nacional.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Por lo antes expuesto, he tenido a bien expedir el siguiente:<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>A C U E R D O<\/strong><\/p>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<p><strong>POR EL QUE SE AMPL\u00cdAN LAS MEDIDAS SANITARIAS INMEDIATAS PARA <\/strong><strong>LA PREVENCI\u00d3N Y CONTROL DE<\/strong><strong> LA ENFERMEDAD INFECCIOSA CAUSADA POR EL <\/strong><strong>VIRUS SARS-CoV2<\/strong> (<strong>COVID-19) EN EL ESTADO DE HIDALGO, ESTABLECIDAS EN EL DIVERSO PUBLICADO EN EL PERI\u00d3DICO OFICIAL DEL ESTADO DE HIDALGO DEL 19 DE MARZO DE 2020.<\/strong><\/p>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<p><strong>PRIMERO.\u00a0 <\/strong>El objeto del presente Acuerdo es ampliar las medidas dictadas mediante el diverso por el que se establecen las medidas sanitarias inmediatas y obligatoria para la prevenci\u00f3n y control de la enfermedad infecciosa causada por el virus SARS-CoV2 (COVID-19)<strong>.<\/strong><\/p>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<p><strong>SEGUNDO<\/strong>. Se adicionan como medidas preventivas a las descritas en el Acuerdo Gubernamental a que se refiere el Considerando PRIMERO, las contenidas en el Art\u00edculo Primero del Acuerdo descrito en el considerando QUINTO de este documento, respectivamente.<\/p>\n<p>En virtud de que se adicionan a las del Acuerdo Gubernamental, las contenidas en el Acuerdo del Secretario de Salud Federal.<\/p>\n<p><strong>TERCERO.<\/strong> En cumplimiento al art\u00edculo 73, fracci\u00f3n XVI, base 3\u00aa, de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica de los Estados Unidos Mexicanos, se adoptar\u00e1n las siguientes medidas dictadas por la Secretar\u00eda de Salud del Gobierno de M\u00e9xico:<\/p>\n<ol>\n<li>Suspensi\u00f3n inmediata, del 30 de marzo al 30 de abril 2020, de actividades no esenciales en los sectores p\u00fablico, privado y social, con la finalidad de mitigar la dispersi\u00f3n y transmisi\u00f3n del virus SARS-CoV2 (COVID-19) en la comunidad, para disminuir la carga de enfermedad, sus complicaciones y la muerte por COVID-19 en la poblaci\u00f3n residente en el territorio del Estado de Hidalgo;<\/li>\n<\/ol>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<ol>\n<li>Se consideran como actividades esenciales:<\/li>\n<\/ol>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<ol>\n<li>Las que son directamente necesarias para atender la emergencia sanitaria, como son las actividades laborales de la rama m\u00e9dica, param\u00e9dica, administrativa y de apoyo en todo el Sistema Estatal de Salud. Asimismo, los que participan en su abasto, servicios y proveedur\u00eda, entre las que destacan el sector farmac\u00e9utico, tanto en su producci\u00f3n como en su distribuci\u00f3n (farmacias); la manufactura de insumos, equipamiento m\u00e9dico y tecnolog\u00edas para la atenci\u00f3n de la salud; los involucrados en la disposici\u00f3n adecuada de los residuos peligrosos biol\u00f3gicos-infecciosos (RPBI), as\u00ed como la limpieza y sanitizaci\u00f3n de las unidades m\u00e9dicas en los diferentes niveles de atenci\u00f3n;<\/li>\n<\/ol>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<ol>\n<li>Las involucradas en la seguridad p\u00fablica y la protecci\u00f3n ciudadana;<\/li>\n<\/ol>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<ol>\n<li>Las de los sectores fundamentales de la econom\u00eda: financieros, el de recaudaci\u00f3n tributaria, distribuci\u00f3n y venta de energ\u00e9ticos, gasolineras y gas, generaci\u00f3n y distribuci\u00f3n de agua potable, industria de alimentos y bebidas no alcoh\u00f3licas, mercados de alimentos, supermercados, tiendas de autoservicio, abarrotes y venta de alimentos preparados; servicios de transporte de pasajeros y de carga; producci\u00f3n agr\u00edcola, pesquera y pecuaria, agroindustria, industria qu\u00edmica, productos de limpieza; ferreter\u00edas, servicios de mensajer\u00eda, guardias en labores de seguridad privada; guarder\u00edas y estancias infantiles, asilos y estancias para personas adultas mayores, refugios y centros de atenci\u00f3n a mujeres v\u00edctimas de violencia, sus hijas e hijos; telecomunicaciones y medios de informaci\u00f3n; servicios privados de emergencia, servicios funerarios y de inhumaci\u00f3n, servicios de almacenamiento y cadena de fr\u00edo de insumos esenciales; log\u00edstica (aeropuertos y ferrocarriles), as\u00ed como actividades cuya suspensi\u00f3n pueda tener efectos irreversibles para su continuaci\u00f3n;<\/li>\n<\/ol>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<ol>\n<li>Las relacionadas directamente con la operaci\u00f3n de los programas sociales del gobierno; y<\/li>\n<\/ol>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<ol>\n<li>En la esfera de su competencia, las dependencias y entidades de la Administraci\u00f3n P\u00fablica Estatal, brindar\u00e1 el apoyo necesario respecto de las acciones necesarias para la conservaci\u00f3n, mantenimiento y reparaci\u00f3n de la infraestructura cr\u00edtica que asegura la producci\u00f3n y distribuci\u00f3n de servicios indispensables; a saber: agua potable, energ\u00eda el\u00e9ctrica, gas, petr\u00f3leo, gasolina, turbosina, saneamiento b\u00e1sico, transporte p\u00fablico, infraestructura hospitalaria y m\u00e9dica, entre otros m\u00e1s que pudieran listarse en esta categor\u00eda.<\/li>\n<\/ol>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<ul>\n<li>En el desarrollo de estas actividades consideradas como esenciales, se deber\u00e1n aplicar de manera obligatoria las siguientes pr\u00e1cticas:<\/li>\n<\/ul>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<ol>\n<li>No realizar reuniones o congregaciones de m\u00e1s de 50 personas;<\/li>\n<\/ol>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<ol>\n<li>Lavado frecuente de manos;<\/li>\n<\/ol>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<ol>\n<li>Estornudar o toser aplicando la etiqueta respiratoria (cubriendo nariz y boca con un pa\u00f1uelo desechable o con el antebrazo);<\/li>\n<\/ol>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<ol>\n<li>No saludar de beso, ni de mano, ni de abrazo (saludo a distancia); y<\/li>\n<\/ol>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<ol>\n<li>Todas las dem\u00e1s medidas de sana distancia vigentes y emitidas por la Secretar\u00eda de Salud del Gobierno de M\u00e9xico.<\/li>\n<\/ol>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<ol start=\"2020\">\n<li>Se exhorta a toda la poblaci\u00f3n residente en el territorio del Estado de Hidalgo, incluida la que arribe al mismo procedente de otras entidades federativas y del extranjero, y que no participa en actividades laborales esenciales a cumplir resguardo domiciliario corresponsable del 30 de marzo al 30 de abril 2020. Se entiende como resguardo domiciliario corresponsable a la limitaci\u00f3n voluntaria de movilidad, permaneciendo en el domicilio particular la mayor parte del tiempo posible;<\/li>\n<\/ol>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<ol>\n<li>El resguardo domiciliario corresponsable se aplica de manera estricta a toda persona mayor de sesentaa\u00f1os de edad, estado de embarazo o puerperio inmediato, o con diagn\u00f3stico de hipertensi\u00f3n arterial,\u00a0diabetes mellitus, enfermedad card\u00edaca o pulmonar cr\u00f3nicas, inmunosupresi\u00f3n (adquirida o\u00a0provocada), insuficiencia renal o hep\u00e1tica, independientemente de si su actividad laboral se\u00a0considera esencial. El personal esencial de inter\u00e9s p\u00fablico podr\u00e1, de manera voluntaria, presentarse\u00a0a laborar;<\/li>\n<\/ol>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<ol>\n<li>Una vez determinada la conclusi\u00f3n de la suspensi\u00f3n de actividades no esenciales y el resguardo domiciliario corresponsable por la Secretar\u00eda de Salud del Gobierno de M\u00e9xico, se emitir\u00e1n los lineamientos para un regreso escalonado y regionalizado a las actividades laborales, econ\u00f3micas y sociales de toda la poblaci\u00f3n en el Estado de Hidalgo;<\/li>\n<\/ol>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<ul>\n<li>Se deber\u00e1n postergar hasta nuevo aviso todos los censos y encuestas a realizarse en el territorio del Estado de Hidalgo, que involucren la movilizaci\u00f3n de personas y la interacci\u00f3n f\u00edsica (cara a cara) entre las mismas; y<\/li>\n<li>Cualquier otra medida dictada por la autoridad sanitaria competente y que resulte difundida a trav\u00e9s de cualquier medio de comunicaci\u00f3n social o medios oficiales.<\/li>\n<\/ul>\n<p><strong>CUARTO.<\/strong>\u00a0 Se instruye a las dependencias y entidades de la Administraci\u00f3n P\u00fablica del Estado de Hidalgo a coordinarse con la Secretar\u00eda de Salud del Estado de Hidalgo, para el cumplimiento obligatorio de las medidas referidas en el art\u00edculo anterior.<\/p>\n<p><strong>QUINTO.<\/strong> La Secretar\u00eda de Salud del Estado de Hidalgo, como coordinadora de Sector, dar\u00e1 seguimiento a las medidas establecidas en el presente Acuerdo, sin perjuicio de las facultades que ejerza la autoridad sanitaria competente.<\/p>\n<p><strong>SEXTO. <\/strong>La Secretar\u00eda de Salud del Estado de Hidalgo se coordinar\u00e1 con los Ayuntamientos para que, en el \u00e1mbito de su competencia y como auxiliares de la autoridad Sanitaria, implementen las medidas se\u00f1aladas en este Acuerdo, en t\u00e9rminos del art\u00edculo 56, fracci\u00f3n I, inciso k de la Ley Org\u00e1nica Municipal para el Estado de Hidalgo.<\/p>\n<p><strong>S<\/strong><strong>\u00c9PTIMO.<\/strong> Las medidas preventivas descritas en este Acuerdo, ser\u00e1n de observancia obligatoria en el territorio del Estado de Hidalgo y su aplicaci\u00f3n ser\u00e1 con pleno al respeto, protecci\u00f3n, garant\u00eda y promoci\u00f3n de los derechos humanos en t\u00e9rminos de la fracci\u00f3n XVI del art\u00edculo 73 de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica de los Estados Unidos Mexicanos.<\/p>\n<p><strong>TRANSITORIO<\/strong><\/p>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<p><strong>\u00daNICO. <\/strong>El presente acuerdo tendr\u00e1 vigencia a partir del d\u00eda de su publicaci\u00f3n en el Peri\u00f3dico Oficial del Estado de Hidalgo y durante el tiempo establecido por las autoridades sanitarias del Gobierno de M\u00e9xico.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>DADO EN LA RESIDENCIA DEL PODER EJECUTIVO DEL ESTADO DE HIDALGO, EN LA CIUDAD DE PACHUCA DE SOTO, HIDALGO, A <\/strong><strong>TRES DE ABRIL DEL A\u00d1O DOS MIL VEINTE.<\/strong><\/p>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<table width=\"623\">\n<tbody>\n<tr>\n<td width=\"623\"><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<p><strong>LIC. OMAR FAYAD MENESES<\/strong><\/p>\n<p><strong>GOBERNADOR CONSTITUCIONAL DEL ESTADO DE HIDALGO<\/strong><\/p>\n<p><strong>R\u00daBRICA<\/strong><\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td width=\"623\"><strong>\u00a0<\/strong><\/td>\n<\/tr>\n<\/tbody>\n<\/table>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<hr \/>\n<p style=\"text-align: justify;\"><span style=\"font-size: 16px;\"><a href=\"https:\/\/periodico.hidalgo.gob.mx\/?tribe_events=Periodico-Oficial-Alcance-3-del-03-de-abril-de-2020\">Peri\u00f3dico Oficial Alcance 3 del 03 de abril de 2020<\/a><\/span><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><span style=\"font-size: 16px;\">Esto es un extracto, por lo que en el documento que est\u00e1 visualizando puede haber texto, caracteres, im\u00e1genes u objetos que no se muestren debido a la conversi\u00f3n a formato HTML, por lo que le recomendamos tomar siempre como referencia el archivo PDF de la edici\u00f3n.<\/span><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Documento contenido en el Peri\u00f3dico Oficial Alcance 3 del 03 de abril de 2020 Edici\u00f3n: Alcance 3 N\u00famero: 13 P\u00e1ginas: 13 Contenido: Poder Ejecutivo. \u2013 Acuerdo por el que se [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":0,"comment_status":"closed","ping_status":"closed","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[1],"tags":[883,250,714,152,871,736,112,162,668,256,316,669,279,474,371,204,1036,520,78,388,230,65,1027,831,80,198,547,259,390,57,1035,698,274,220,41,140,141,821,55,159,203,190,99,396,97,267,351,391,588,903,109,1112,63,92,95,146,317,395,414],"class_list":["post-37504","post","type-post","status-publish","format-standard","hentry","category-uncategorized","tag-autoridades","tag-aviso","tag-ayuntamientos","tag-ciudad","tag-comunidad","tag-consejo","tag-constitucion","tag-constitucion-politica","tag-constitucional","tag-cual","tag-del-estado","tag-del-poder","tag-dentro","tag-derechos","tag-desarrollo","tag-determina","tag-economia","tag-ejecutivo","tag-ejercicio","tag-el-periodico-oficial","tag-entidad","tag-estado","tag-estados","tag-estados-unidos","tag-estados-unidos-mexicanos","tag-federacion","tag-gobernador-constitucional","tag-gobierno","tag-gubernamental","tag-hidalgo","tag-informacion","tag-insumos","tag-las","tag-ley","tag-ley-organica","tag-licenciado","tag-marzo","tag-mexico","tag-municipal","tag-oficial","tag-pachuca","tag-periodico","tag-periodico-oficial","tag-periodico-oficial-alcance-3","tag-pleno","tag-poblacion","tag-poder-ejecutivo","tag-presente","tag-publica","tag-republica","tag-salud","tag-sars-cov2","tag-secretaria","tag-secretario","tag-seguridad-publica","tag-servicios","tag-soberano","tag-terminos","tag-unidades"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/periodico.hidalgo.gob.mx\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/37504","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/periodico.hidalgo.gob.mx\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/periodico.hidalgo.gob.mx\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/periodico.hidalgo.gob.mx\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/periodico.hidalgo.gob.mx\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fcomments&post=37504"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/periodico.hidalgo.gob.mx\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/37504\/revisions"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/periodico.hidalgo.gob.mx\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fmedia&parent=37504"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/periodico.hidalgo.gob.mx\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fcategories&post=37504"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/periodico.hidalgo.gob.mx\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Ftags&post=37504"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}