{"id":36936,"date":"2020-03-24T21:08:24","date_gmt":"2020-03-25T03:08:24","guid":{"rendered":"https:\/\/periodico.hidalgo.gob.mx\/?p=36936"},"modified":"2020-03-24T21:08:24","modified_gmt":"2020-03-25T03:08:24","slug":"secretaria-de-educacion-publica-acuerdo-por-el-que-se-emiten-las-reglas-de-operacion-del-programa-de-utiles-escolares-gratuitos-para-estudiantes-de-educacion-media-superior-de-los-organismos-public","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/periodico.hidalgo.gob.mx\/?p=36936","title":{"rendered":"Secretar\u00eda de Educaci\u00f3n P\u00fablica. &#8211; Acuerdo por el que se emiten las Reglas de Operaci\u00f3n del Programa de \u00datiles Escolares Gratuitos para Estudiantes de Educaci\u00f3n Media Superior de los Organismos P\u00fablicos Descentralizados del Estado de Hidalgo (Cecyteh, Cobaeh, Conalep-H y Telebachillerato Comunitario."},"content":{"rendered":"<p><span style=\"font-size: 20px; color: #001f2f;\"><strong>Documento contenido en el Peri\u00f3dico Oficial Alcance 23 del 28 de febrero de 2020<\/strong><\/span><\/p>\n<p><span style=\"font-size: 16px;\"><strong>Edici\u00f3n:<\/strong> Alcance 23<\/span><br \/>\n<span style=\"font-size: 16px;\"><strong>N\u00famero:<\/strong> 8<\/span><br \/>\n<span style=\"font-size: 16px;\"><strong>P\u00e1ginas:<\/strong> 67<\/span><\/p>\n<p><span style=\"font-size: 20px;\"><strong>Contenido:<\/strong><\/span><\/p>\n<hr \/>\n<p><a name=\"_Toc34068449\"><\/a>Secretar\u00eda de Educaci\u00f3n P\u00fablica. \u2013 Acuerdo por el que se emiten las Reglas de Operaci\u00f3n del Programa de Tabletas Digitales Interactivas en Educaci\u00f3n Media Superior y Superior.<\/p>\n<p><strong>ATILANO RODOLFO RODR\u00cdGUEZ P\u00c9REZ<\/strong>, Secretario de Educaci\u00f3n P\u00fablica de Hidalgo, de conformidad con lo dispuesto en el art\u00edculo 51 del Decreto N\u00famero 308 por el que autoriza en todas y cada una de sus partes el Presupuesto de Egresos del Estado de Hidalgo para el Ejercicio 2020, expedido por el Congreso del Estado de Hidalgo y con fundamento en los art\u00edculos 34 de la Ley Org\u00e1nica de la Administraci\u00f3n P\u00fablica para el Estado de Hidalgo; 1, 3, 11, 12, 13 y 14 de la Ley de Educaci\u00f3n para el Estado de Hidalgo; 1, 5 y 6 de la Ley de Entidades Paraestatales del Estado de Hidalgo, 23 de su reglamento; 1, 2, 5, 6, 7, 11 y 12 del Reglamento Interior de la Secretar\u00eda de Educaci\u00f3n P\u00fablica de Hidalgo, y<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>CONSIDERANDO<\/strong><\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>Primero.<\/strong> Que el art\u00edculo 51 del Decreto N\u00famero 308 por el que la C\u00e1mara de Diputados del Estado de Hidalgo autoriz\u00f3 el Presupuesto de Egresos del Estado para el Ejercicio Fiscal 2020, publicado el d\u00eda 31 de diciembre de 2019, establece que los programas a trav\u00e9s de los cuales se otorguen subsidios o apoyos estar\u00e1n sujetos a reglas de operaci\u00f3n, las cuales deber\u00e1n ser publicadas por las Dependencias y Entidades en el Peri\u00f3dico Oficial, previa autorizaci\u00f3n de la Secretar\u00eda de Finanzas P\u00fablicas del Estado de Hidalgo y, en su caso, por la Dependencia coordinadora del Sector.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>Segundo.<\/strong> Que el Plan Estatal de Desarrollo 2016-2022 prev\u00e9 como eje transversal, la incorporaci\u00f3n de la ciencia, la tecnolog\u00eda y la innovaci\u00f3n para consolidar una sociedad y econom\u00eda del conocimiento en el estado de Hidalgo, haciendo del desarrollo cient\u00edfico y la innovaci\u00f3n, la base del progreso econ\u00f3mico y social sostenible. Asimismo, establece en su Eje 3. Hidalgo Humano e Igualitario, el objetivo de promover una sociedad estable, pr\u00f3spera e inclusiva, en donde a trav\u00e9s de la educaci\u00f3n, la salud, la cultura y el deporte, se promuevan acciones conjuntas para superar la pobreza y desigualdad; espec\u00edficamente en el Sub eje 3.2 Educaci\u00f3n de relevancia y equipada, se\u00f1ala en el objetivo estrat\u00e9gico 3.2.4 ofrecer educaci\u00f3n incluyente y equitativa en todos los niveles y modalidades, con el establecimiento de planes y programas de estudios o proyectos del sector educativo y; la inclusi\u00f3n con perspectiva de g\u00e9nero culturalmente pertinente a fin de asegurar la igualdad de derechos.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>Tercero.<\/strong> Que adem\u00e1s establece en la pol\u00edtica transversal de perspectiva de g\u00e9nero ampliar las capacidades de las mujeres y las ni\u00f1as en todos los \u00e1mbitos del desarrollo con la finalidad de garantizar el ejercicio de sus derechos humanos; impulsar su empoderamiento y disminuir la violencia que se ejerce contra ellas, as\u00ed como contribuir a la igualdad sustantiva entre mujeres y hombres en el estado de Hidalgo, por lo que la Secretar\u00eda de Educaci\u00f3n P\u00fablica de Hidalgo promueve entre las estudiantes su inclusi\u00f3n en la ciencia y la tecnolog\u00eda con el prop\u00f3sito de disminuir las brechas de desigualdad reproducidas en nuestra sociedad por pertenecer al g\u00e9nero femenino, con la celebraci\u00f3n de la Semana Estatal Femenil de Ciencia y Tecnolog\u00eda.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>Cuarto.<\/strong> Que las Reglas de Operaci\u00f3n establecen disposiciones a las que deben sujetarse determinados programas y recursos p\u00fablicos con el objeto de otorgar certeza, imparcialidad, transparencia y asegurar la aplicaci\u00f3n eficiente, eficaz, oportuna y equitativa de los fondos del erario p\u00fablico asignados a los mismos.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Por lo anteriormente expuesto, resulta indispensable contar con las reglas y criterios para la entrega de tabletas digitales interactivas en educaci\u00f3n media superior y superior, por lo que he tenido a bien expedir el siguiente:<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>ACUERDO<\/strong><\/p>\n<p><strong>POR EL QUE SE EMITEN LAS REGLAS DE OPERACI\u00d3N DEL PROGRAMA DE TABLETAS DIGITALES INTERACTIVAS EN EDUCACI\u00d3N MEDIA SUPERIOR Y SUPERIOR<\/strong><\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>\u00daNICO.-<\/strong> Se emiten las Reglas de Operaci\u00f3n del Programa de Tabletas Digitales Interactivas en Educaci\u00f3n Media Superior y Superior.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>\u00cdNDICE<\/strong><\/p>\n<ol>\n<li>PRESENTACI\u00d3N<\/li>\n<li>OBJETIVO GENERAL Y ESPEC\u00cdFICOS<\/li>\n<\/ol>\n<p>3.1 Objetivo General<\/p>\n<p>3.2 Objetivos Espec\u00edficos<\/p>\n<ol start=\"3\">\n<li>\u00c1REA DEPENDENCIA RESPONSABLE DEL PROGRAMA<\/li>\n<li>LINEAMIENTOS GENERALES<\/li>\n<\/ol>\n<p>4.1 Cobertura y Poblaci\u00f3n Objetivo<\/p>\n<p>4.2 Caracter\u00edsticas y Tipo de apoyo<\/p>\n<p>4.3 Colaboraci\u00f3n Institucional<\/p>\n<p>4.4 Temporalidad<\/p>\n<ol start=\"5\">\n<li>LINEAMIENTOS ESPEC\u00cdFICOS<\/li>\n<\/ol>\n<p>5.1 Criterios de selecci\u00f3n de beneficiarios<\/p>\n<p>5.2 Criterios de Asignaci\u00f3n y Procedimiento de entrega de Apoyos<\/p>\n<p>5.2.1 Criterios de Asignaci\u00f3n<\/p>\n<p>5.2.2 Procedimientos de Entrega<\/p>\n<p>5.3 Derechos y Obligaciones de los Beneficiarios, Madres, Padres o Tutores y Responsables de los Centros Educativos<\/p>\n<p>5.3.1 Derechos de los Beneficiarios<\/p>\n<p>5.3.2 Derechos de las Madres, Padres o Tutores<\/p>\n<p>5.3.3 Derechos de los Responsables de los Centros de Trabajo<\/p>\n<p>5.4.4 Obligaci\u00f3n de los Beneficiarios<\/p>\n<p>5.4.5 Obligaci\u00f3n de las Madres, Padres o Tutores<\/p>\n<p>5.4.6 Obligaci\u00f3n de los Responsables de los Centros de Trabajo<\/p>\n<p>5.4.7 Obligaci\u00f3n de los Docentes<\/p>\n<ol start=\"6\">\n<li>PROGRAMACI\u00d3N PRESUPUESTAL<\/li>\n<li>MECANISMOS DE EVALUACI\u00d3N E INDICADORES<\/li>\n<\/ol>\n<p>7.1 De la evaluaci\u00f3n presupuestaria<\/p>\n<p>7.1 De la evaluaci\u00f3n de satisfacci\u00f3n del programa<\/p>\n<ol start=\"8\">\n<li>PROCEDIMIENTO DE INCORFORMIDAD<\/li>\n<li>CONSIDERACIONES GENERALES<\/li>\n<\/ol>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<ol>\n<li><strong> PRESENTACI\u00d3N<\/strong><\/li>\n<\/ol>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Con base en la reforma educativa vigente en el nivel medio superior es importante destacar los aspectos siguientes: la creaci\u00f3n de ambientes de aprendizajes con infraestructura digna y equipamiento que permita el acceso a las tecnolog\u00edas de la informaci\u00f3n y la comunicaci\u00f3n; la implementaci\u00f3n de pol\u00edticas de equidad y calidad para reducir las brechas de acceso a la educaci\u00f3n, la cultura y el conocimiento; el abatimiento del rezago educativo que limita la integraci\u00f3n de la poblaci\u00f3n al \u00e1mbito laboral, la necesidad de un nuevo modelo educativo que proporcione las competencias necesarias para que las y los j\u00f3venes desarrollen todo su potencial y como estrategias transversales la igualdad sustantiva entre mujeres y hombres, la formaci\u00f3n integral con el fomento de la cultura y el deporte, y hacer del desarrollo cient\u00edfico, tecnol\u00f3gico y la innovaci\u00f3n pilares para el progreso econ\u00f3mico y social sostenible.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Para tal fin, es importante que la juventud hidalguense cuente con las mismas condiciones para acceder, permanecer y concluir su educaci\u00f3n media superior y a su vez continuar sus estudios del nivel superior. Sin embargo, hay sectores de la poblaci\u00f3n en situaci\u00f3n de vulnerabilidad que enfrentan dificultades para desarrollar una trayectoria educativa adecuada, lo que se refleja en el rezago acad\u00e9mico y la deserci\u00f3n escolar, debiendo reforzar la igualdad de oportunidades en el nivel medio superior y, en su caso,en el nivel superior.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Dificultades como la desigualdad social que afecta al g\u00e9nero femenino, motiva implementar como una pol\u00edtica transversal la perspectiva de g\u00e9nero para promover la inclusi\u00f3n de las estudiantes del nivel medio superior y superior en diversas actividades y campos de conocimiento, para tal efecto la Secretar\u00eda de Educaci\u00f3n P\u00fablica de Hidalgo incentiva la inclusi\u00f3n en la ciencia y la tecnolog\u00eda de este grupo de poblaci\u00f3n, con el prop\u00f3sito de disminuir las brechas de desigualdad reproducidas en nuestra sociedad por pertenecer a este g\u00e9nero, con la celebraci\u00f3n de la Semana Estatal Femenil de Ciencia y Tecnolog\u00eda, a trav\u00e9s de su participaci\u00f3n en el desarrollo de infograf\u00edas, prototipos, dec\u00e1logos, divulgaci\u00f3n cient\u00edfica y carteles, para favorecer la construcci\u00f3n de un proyecto de vida en el mundo cient\u00edfico y tecnol\u00f3gico.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>En la entidad se ha realizado un esfuerzo importante para alcanzar la cobertura, el nivel medio superior ha alcanzado el 88.3%, con presencia en las diferentes regiones del estado. Sin embargo, ante el crecimiento de la poblaci\u00f3n en edad de cursar este nivel educativo, es imprescindible la equidad, por ello, es preciso cuidar las diferencias que pueden darse en t\u00e9rminos de infraestructura b\u00e1sica y equipamiento tecnol\u00f3gico entre los centros de educaci\u00f3n media superior que se ubican en contextos de mayor desventaja como es el caso de los Telebachilleratos Comunitarios (TBC) y los servicios de Educaci\u00f3n Media Superior a Distancia (EMSAD) del Colegio de Bachilleres del Estado de Hidalgo.<\/p>\n<p>En la actualidad en el estado de Hidalgo operan 135 servicios educativos correspondientes al modelo de Telebachillerato Comunitario (TBC) y 79 al de Educaci\u00f3n Media Superior a Distancia (EMSAD), modelos que son dise\u00f1ados para atender a estudiantes que habitan en comunidades de dispersi\u00f3n geogr\u00e1fica, aprovechando la infraestructura instalada de escuelas secundarias generales o t\u00e9cnicas, Telesecundarias, casas ejidales, presidencias municipales, o en su caso en instalaciones propias. Sin embargo, el equipamiento que se utiliza para este fin educativo no incluye medios inform\u00e1ticos propios y suficientes para el desarrollo del perfil de egreso del estudiante, declarado en la Reforma Integral de la Educaci\u00f3n Media Superior (RIEMS), as\u00ed como de las competencias inherentes al dominio de las tecnolog\u00edas de la informaci\u00f3n y la comunicaci\u00f3n (TICS), lo que implica una sensible desventaja respecto de los alumnos ubicados en las cabeceras municipales o en las zonas urbanas.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Finalmente, destacar que de acuerdo con los resultados 2018 de la Organizaci\u00f3n para la Cooperaci\u00f3n y el Desarrollo Econ\u00f3micos (OCDE) referentes a la igualdad de g\u00e9nero, se\u00f1ala que se ha avanzado en cerrar las brechas de desigualdad entre hombres y mujeres, sin embargo, dicho avance ha ocurrido de forma lenta y con bajo impacto.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Hoy en d\u00eda las mujeres j\u00f3venes de los pa\u00edses de la OCDE abandonan la escuela con mejores calificaciones que los hombres j\u00f3venes, tienen menos probabilidades de estudiar en los campos de mayor ganancia relacionados con la ciencia, la tecnolog\u00eda, la ingenier\u00eda y las matem\u00e1ticas. Es decir, mujeres que estudian en educaci\u00f3n media superior y transitan a educaci\u00f3n superior con gran potencial en estos campos, por una u otra raz\u00f3n truncan sus trayectorias acad\u00e9micas y aquellas que logran continuar con su proyecto acad\u00e9mico presentan obst\u00e1culos para matricularse en la ciencia o la tecnolog\u00eda.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<ol start=\"2\">\n<li><strong> OBJETIVO GENERAL Y ESPEC\u00cdFICOS<\/strong><\/li>\n<\/ol>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<p><strong>2.1 Objetivo General <\/strong><\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<ul>\n<li>Dotar de tabletas digitales interactivas a docentes y estudiantes, de centros educativos catalogados de muy alta, alta y media marginaci\u00f3n, para la mejora del proceso de ense\u00f1anza y aprendizaje y la disminuci\u00f3n de la brecha digital. Priorizando aquellas instituciones que atienden a estudiantes de nivel medio superior y superior en situaci\u00f3n de vulnerabilidad y en asimetr\u00eda de infraestructura y equipamiento tecnol\u00f3gico.<\/li>\n<\/ul>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>2.2 Objetivos Espec\u00edficos <\/strong><\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<ol>\n<li>Beneficiar a estudiantes y docentes del nivel medio superior de los servicios educativos del Telebachillerato Comunitario y Educaci\u00f3n Media Superior a Distancia (EMSAD).<\/li>\n<\/ol>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<ol>\n<li>De acuerdo a la suficiencia presupuestal, beneficiar a las estudiantes del nivel medio superior y superior, que por su desempe\u00f1o, creatividad y habilidades cient\u00edficas y tecnol\u00f3gicas sean ganadoras de concursos estatales relacionados con la Ciencia y Tecnolog\u00eda, dirigidos espec\u00edficamente al g\u00e9nero femenino.<\/li>\n<\/ol>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<ol>\n<li>De acuerdo a la suficiencia presupuestal, beneficiar a los estudiantes del nivel superior inscritos en la Universidad Digital del Estado de Hidalgo.<\/li>\n<\/ol>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<ol start=\"3\">\n<li><strong> \u00c1REA O DEPENDENCIA RESPONSABLE DEL PROGRAMA <\/strong><\/li>\n<\/ol>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<p>La Secretar\u00eda de Educaci\u00f3n P\u00fablica de Hidalgo, a trav\u00e9s de sus organismos sectorizados ser\u00e1n la instancia encargada del proceso de adquisici\u00f3n, asignaci\u00f3n, entrega y evaluaci\u00f3n del Programa.<\/p>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<ol start=\"4\">\n<li><strong> LINEAMIENTOS GENERALES<\/strong><\/li>\n<\/ol>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<p>A efecto de cumplir con los objetivos se\u00f1alados, y de garantizar la pertinencia, entrega y destino final de los beneficios del programa, la operatividad del Programa se sujetar\u00e1 a los siguientes lineamientos:<\/p>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<p><strong>4.1 Cobertura y Poblaci\u00f3n Objetivo\u00a0\u00a0\u00a0 <\/strong><\/p>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<p>El programa beneficiar\u00e1 a los Organismos P\u00fablicos Descentralizados del Estado de Hidalgo que operen los servicios educativos de Telebachillerato Comunitario (TBC) y Educaci\u00f3n Media Superior a Distancia (EMSAD) y presupuestal, a estudiantes ganadores en la Semana Estatal Femenil de Ciencia y Tecnolog\u00eda, en el caso de educaci\u00f3n superior, por sus caracter\u00edsticas se beneficiar\u00e1 a Universidad Digital del Estado de Hidalgo (UNIDEH).<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>La poblaci\u00f3n objetivo se constituye por:<\/p>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<ol>\n<li>Estudiantes inscritos en los servicios educativos de Telebachillerato Comunitario (TBC) y docentes de reciente incorporaci\u00f3n;<\/li>\n<li>Estudiantes y docentes de Educaci\u00f3n Media Superior a Distancia (EMSAD) que se oferten en aquellos municipios de muy alta, alta y media marginaci\u00f3n, considerando como criterio para priorizar, la asimetr\u00eda de infraestructura y equipamiento tecnol\u00f3gico, mismos que no hayan sido beneficiados en el programa durante cualquiera de sus emisiones anteriores;<\/li>\n<li>Alumnas que por su desempe\u00f1o, creatividad y habilidades cient\u00edficas y tecnol\u00f3gicas sean ganadoras en las categor\u00edas de la Semana Estatal Femenil de Ciencia y Tecnolog\u00eda; y<\/li>\n<li>Estudiantes y docentes inscritos en la Universidad Digital del Estado de Hidalgo (UNIDEH) que no hayan sido beneficiados anteriormente por el programa.<\/li>\n<\/ol>\n<p><strong>4.2 Caracter\u00edsticas y Tipo de apoyo \u00a0 <\/strong><\/p>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<p>El apoyo es en especie, y consistir\u00e1n en la entrega de una tableta digital interactiva, con licencia de Microsoft Office y accesorios.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>4.3 Colaboraci\u00f3n Institucional<\/strong><\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>La Secretar\u00eda de Educaci\u00f3n P\u00fablica de Hidalgo, a trav\u00e9s de sus organismos sectorizados, en el \u00e1mbito de su competencia, definir\u00e1n y operaran el proceso correspondiente de asignaci\u00f3n y entrega de tabletas interactivas digitales, verificando se cumplan con las normas de calidad y el tiempo de entrega convenidos en el contrato correspondiente.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>4.4 Temporalidad<\/strong><\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Las metas y presupuesto asignado a este programa tendr\u00e1n vigencia para el ejercicio fiscal 2020, la entrega puede extenderse al primer bimestre del ejercicio fiscal 2021.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>El beneficio puede otorgarse a estudiantes que por trasferencia u otra causa justificable no haya sido beneficiado con anterioridad, siempre que exista suficiencia presupuestal para dar atenci\u00f3n, una vez que se haya beneficiado a las y los estudiantes ya inscritos en los Organismos P\u00fablicos de Telebachillerato Comunitario, EMSAD y UNIDEH.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>El beneficio puede otorgarse a docentes de nuevo ingreso que no haya sido beneficiado con anterioridad, siempre que exista suficiencia presupuestal para dar atenci\u00f3n, una vez que se haya beneficiado a los docentes ya adscritos en los Organismos P\u00fablicos de Telebachillerato Comunitario, EMSAD y UNIDEH.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<ol start=\"5\">\n<li><strong> LINEAMIENTOS ESPEC\u00cdFICOS<\/strong><\/li>\n<\/ol>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<p><strong>5.1 Criterios de selecci\u00f3n de beneficiarios <\/strong><\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Para ser beneficiario de una tableta digital interactivas, deber\u00e1 ser estudiantes inscrito o docente adscrito en los servicios educativos de Telebachillerato Comunitario (TBC), Educaci\u00f3n Media Superior a Distancia (EMSAD) y Universidad Digital del Estado de Hidalgo (UNIDEH).<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Para efecto de lo anterior, la y el estudiante deber\u00e1 de realizar su inscripci\u00f3n en el periodo establecido por el Organismo P\u00fablico de Educaci\u00f3n Media Superior en el que curse sus estudios del nivel bachillerato.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>5.2 Criterios Asignaci\u00f3n y Procedimiento de Entrega de Apoyos<\/strong><\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>5.2.1 Criterios de Asignaci\u00f3n<\/strong><\/p>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<ol>\n<li>A) Estudiantes.<\/li>\n<\/ol>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<ol>\n<li>Se asignar\u00e1 una tableta digital interactiva a cada uno de los estudiantes inscritos en los 135 servicios de Telebachilleratos Comunitarios del Estado de Hidalgo, siempre que no hayan sido beneficiados con el programa en ciclos escolares anteriores;<\/li>\n<li>Se asignar\u00e1 una tableta digital interactiva a cada uno de los estudiantes inscritos en aquellos servicios educativos de Educaci\u00f3n Media Superior a Distancia que califiquen en el programa; siempre que no hayan sido beneficiados con el programa en ciclos escolares anteriores;<\/li>\n<li>Los estudiantes beneficiados deben pertenecer a los Centros Educativos que de acuerdo al Consejo Nacional de Poblaci\u00f3n se encuentren ubicados en municipios de marginaci\u00f3n muy alta, alta y media priorizando a los Telebachilleratos Comunitarios y posteriormente a aquellos Centros de Educaci\u00f3n Media Superior a Distancia (EMSAD) que se encuentren en caso de asimetr\u00eda de infraestructura y de equipamiento;<\/li>\n<li>Las tabletas digitales interactivas ser\u00e1n un beneficio asignado por \u00fanica vez a los estudiantes durante el desarrollo de su trayectoria acad\u00e9mica hasta la conclusi\u00f3n de sus estudios del nivel medio superior. La tableta se convertir\u00e1 en propiedad del beneficiario al momento de concluir sus estudios en el servicio de Telebachillerato Comunitario (TBC) y Educaci\u00f3n Media Superior a Distancia (EMSAD), propiciando la continuidad de sus estudios del nivel superior; y<\/li>\n<li>Se asignar\u00e1 una tableta digital interactiva los estudiantes inscritos en la Universidad Digital del Estado de Hidalgo, que no hayan sido beneficiados con el programa en ciclos escolares anteriores.<\/li>\n<\/ol>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<ol>\n<li>B) Docentes<\/li>\n<\/ol>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<ol>\n<li>Se asignar\u00e1 una tableta digital interactiva a los docentes adscritos a aquellos Centros de Educaci\u00f3n Media Superior a Distancia (EMSAD) que califiquen en el programa;<\/li>\n<li>A docentes de nuevo ingreso adscritos a los Telebachilleratos Comunitarios y Universidad Digital que no hayan sido beneficiados anteriormente con el programa;<\/li>\n<li>Las tabletas digitales interactivas asignadas a los docentes, ser\u00e1n un beneficio asignado por \u00fanica vez, exclusivamente para el desarrollo de las actividades inherentes al proceso de ense\u00f1anza y aprendizaje, para las actividades de formaci\u00f3n, capacitaci\u00f3n y actualizaci\u00f3n docente brindadas por la instituci\u00f3n a la que se encuentren adscritos; y<\/li>\n<li>Las tabletas digitales interactivas asignadas a los docentes, ser\u00e1n herramientas para uso exclusivo de cada servicio educativo, por lo cual en caso de existir rotaci\u00f3n en el lugar en el que preste servicios, el equipo ser\u00e1 entregado al responsable del Centro Educativo que oferta los servicios de Telebachillerato Comunitario (TBC) y Educaci\u00f3n Media Superior a Distancia (EMSAD).<\/li>\n<\/ol>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<ol>\n<li>C) Para Estudiantes Ganadoras de la Semana Estatal Femenil de Ciencia y Tecnolog\u00eda<\/li>\n<\/ol>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<ol>\n<li>Se asignar\u00e1 una tableta digital interactiva, por cada una de las estudiantes del nivel medio superior y nivel superior, ganadoras del primer lugar de las categor\u00edas que programe la semana femenil de ciencia y tecnolog\u00eda; y<\/li>\n<li>Las tabletas digitales interactivas ser\u00e1n un beneficio asignado por \u00fanica vez a las estudiantes para el desarrollo de su trayectoria acad\u00e9mica.<\/li>\n<\/ol>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Si de acuerdo a la suficiencia presupuestal y se han cumplido los objetivos generales y espec\u00edficos del presente programa, existiendo excedente de tabletas digitales interactivas podr\u00e1n ser consideradas para el avance del proyecto en los centros educativos prioritarios del servicio educativo de Educaci\u00f3n Media Superior a Distancia, que no hayan sido beneficiados y cumplan los criterios de la presentes reglas de operaci\u00f3n. As\u00ed mismo, bajo esta modalidad con relaci\u00f3n al inciso C) del presente apartado as\u00ed como los estudiantes y docentes de la Universidad Digital del Estado de Hidalgo.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>5.2.2 Procedimiento de entrega<\/strong><\/p>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<p>Los Organismos P\u00fablicos Descentralizados del Estado de Hidalgo que operen los servicios educativos de Telebachillerato Comunitario, Educaci\u00f3n Media Superior a Distancia (EMSAD), y la Universidad Digital del Estado de Hidalgo, dar\u00e1n seguimiento al proceso de adquisici\u00f3n de tabletas digitales interactivas programadas, solicitadas y necesarias para dar suficiencia al programa.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Realizada la entrega a los Organismos P\u00fablicos Descentralizados del Estado de Hidalgo que operen los servicios educativos de Telebachillerato Comunitario, Educaci\u00f3n Media Superior a Distancia (EMSAD), y la Universidad Digital del Estado de Hidalgo, se realizar\u00e1 la entrega a los responsable del centro educativo donde se ofertan estos servicios a trav\u00e9s del formato \u201cA-EMS\u201d para media superior y A-ES para superior, quienes a su vez proceder\u00e1n a la asignaci\u00f3n a los beneficiarios:<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<ol>\n<li>A) Estudiantes de los servicios educativos de Telebachillerato Comunitario (TBC), Educaci\u00f3n Media Superior a Distancia (EMSAD) y Universidad Digital del Estado de Hidalgo (UNIDEH).<\/li>\n<\/ol>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>El responsable del centro educativo proceder\u00e1 a la distribuci\u00f3n de las tabletas digitales interactivas a los estudiantes beneficiados, mediante el llenado de los:<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<ol>\n<li>Formato \u201cB-EMS\u201d para media superior y \u201cB-ES\u201d para superior, en el que se se\u00f1ala el n\u00famero de serie y los datos de identificaci\u00f3n de la tableta digital interactiva;<\/li>\n<li>Formato \u201cC-EMS\u201d para media superior y \u201cC-ES\u201d para superior, en el que se formaliza la carta compromiso para el cuidado y buen uso de la tableta digital interactiva; y<\/li>\n<\/ol>\n<p>Es requisito que al formato C-EMS y C-ES se acompa\u00f1e copia simple de identificaci\u00f3n oficial del beneficiario, madre, padre o tutor.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<ol>\n<li>B) Docentes de servicios educativos de Telebachillerato Comunitario (TBC), Educaci\u00f3n Media Superior a Distancia (EMSAD) y Universidad Digital del Estado de Hidalgo (UNIDEH).<\/li>\n<\/ol>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>El responsable del centro educativo proceder\u00e1 a la distribuci\u00f3n de las tabletas digitales interactivas a las y los docentes beneficiados, mediante el llenado de los:<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<ol>\n<li>Formato \u201cD-EMS\u201d para media superior y \u201cD-ES\u201d para superior, en el que se se\u00f1ala el n\u00famero de serie y los datos de identificaci\u00f3n de la tableta digital interactiva; y<\/li>\n<li>Formato \u201cE-EMS\u201d para media superior y \u201cD-ES\u201d para superior, en el que se formaliza la carta compromiso para el cuidado y buen uso de la tableta digital interactiva.<\/li>\n<\/ol>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<ol>\n<li>C) Estudiantes Ganadoras en la Semana Estatal Femenil de Ciencia y Tecnolog\u00eda.<\/li>\n<\/ol>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>La Direcci\u00f3n General de Educaci\u00f3n Media Superior realizar\u00e1 la entrega a las alumnas inscritas y activas, que resulten ganadoras de primer, segundo o tercer lugar en las categor\u00edas de la Semana Estatal Femenil de Ciencia y Tecnolog\u00eda, en las instituciones de educaci\u00f3n media superior y superior consideradas en la convocatoria.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>La asignaci\u00f3n se verificara a trav\u00e9s de la requisici\u00f3n del formato EMSYS-A en el que se se\u00f1ala el n\u00famero de serie y los datos de identificaci\u00f3n de la tableta digital interactiva, en t\u00e9rminos del punto 5.4 de las presentes reglas de operaci\u00f3n.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>5.3 Derechos y Obligaciones de los Beneficiarios, Madres, Padres o Tutores y Responsables de Centros Educativos<\/strong><\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>5.3.1 Derechos de los beneficiarios <\/strong><\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<ol>\n<li>Recibir una tableta digital interactiva, de forma gratuita y en buenas condiciones y funcional, en los plazos establecidos por la Secretar\u00eda de Educaci\u00f3n P\u00fablica de Hidalgo, sin condicionamiento alguno y sin el pago de cuotas o retribuci\u00f3n a cambio; y<\/li>\n<li>Hacer v\u00e1lida la garant\u00eda o reportar la descompostura o fallo, de acuerdo al procedimiento indicado por el organismo p\u00fablico descentralizado al que pertenece su centro educativo.<\/li>\n<\/ol>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>5.3.2 Derechos de las Madres, Padres o Tutores\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 <\/strong><\/p>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<ol>\n<li>Recibir toda la informaci\u00f3n relativa a la asignaci\u00f3n de tabletas digitales interactivas de manera gratuita, expedita y sencilla para su comprensi\u00f3n; y<\/li>\n<li>Presentar queja en la Secretar\u00eda de Educaci\u00f3n P\u00fablica de Hidalgo o instancia competente, sobre cualquier anomal\u00eda que observe o detecte respecto a la asignaci\u00f3n de tabletas digitales interactivas.<\/li>\n<\/ol>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<p><strong>5.3.3 Derechos de los Responsables de los Centros de Trabajo<\/strong><\/p>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<ol>\n<li>Recibir toda la informaci\u00f3n relativa a la distribuci\u00f3n y asignaci\u00f3n de las tabletas digitales interactivas de manera gratuita, expedita y sencilla para su comprensi\u00f3n; y<\/li>\n<li>Denunciar en la Secretar\u00eda de Educaci\u00f3n P\u00fablica o instancia competente, cualquier anomal\u00eda que observe o detecte respecto a la distribuci\u00f3n y asignaci\u00f3n de tabletas digitales interactivas.<\/li>\n<\/ol>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>5.4.4 Obligaci\u00f3n de los Beneficiarios<\/strong><\/p>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<ol>\n<li>Firmar debidamente el Anexo B formato que comprueba la entrega de la tableta al alumno, formato C que comprende la carta compromiso referente a reglas de uso;<\/li>\n<li>Quedar\u00e1 bajo su estricta responsabilidad el cuidado, mantenimiento y respaldo del equipo durante el tiempo en que lleve a cabo sus estudios dentro del plantel;<\/li>\n<li>Llevar al plantel la tableta con la bater\u00eda previamente cargada al 100%., cuidando que el equipo no permanezca descargado por m\u00e1s de 3 d\u00edas;<\/li>\n<li>Abstenerse de realizar la descarga de aplicaciones, fotograf\u00edas, im\u00e1genes, m\u00fasica, videos, juegos, uso de redes sociales o navegaci\u00f3n en internet, sin la autorizaci\u00f3n del docente en el aula.<\/li>\n<li>Evitar la conexi\u00f3n a redes inal\u00e1mbricas desconocidas;<\/li>\n<li>Evitar\u00e1 compartir mediante Bluetooth o dispositivos port\u00e1tiles el contenido de la tableta, a menos que el docente lo indique;<\/li>\n<li>Las fotograf\u00edas o videos capturados con la tableta ser\u00e1n empleados estrictamente con fines educativos y de ninguna manera podr\u00e1n ser publicados en redes sociales o por otros medios, sin la autorizaci\u00f3n respectiva;<\/li>\n<li>La tableta no podr\u00e1 ser empleada para usos comerciales, particulares o ajenos al \u00e1mbito educativo de la o el estudiante;<\/li>\n<li>En caso de robo o extrav\u00edo, la o el estudiante por s\u00ed o por conducto de su madre, padre o tutor, ser\u00e1 responsable de presentar la denuncia respectiva ante el Ministerio P\u00fablico, presentar copia de la misma al plantel para el seguimiento legal respectivo, y realizar los tr\u00e1mites administrativos y legales que le correspondan;<\/li>\n<li>En caso de descompostura por uso inadecuado o aver\u00eda por virus inform\u00e1ticos alojados en aplicaciones o archivos descargados, da\u00f1o f\u00edsico por descuido, la o el estudiante por s\u00ed o por conducto de su madre, padre o tutor, ser\u00e1 el responsable de cubrir los gastos de reparaci\u00f3n.<\/li>\n<li>Queda prohibida cualquier forma de enajenaci\u00f3n (venta, comodato, donaci\u00f3n, empe\u00f1o, etc.) de la tableta a favor de terceras personas; y<\/li>\n<li>Realizar las gestiones necesarias para hacer v\u00e1lida la garant\u00eda o reportar la descompostura o fallo con el responsable del plantel o servicio educativo.<\/li>\n<\/ol>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<p><strong>5.4.5 Obligaci\u00f3n de las Madres, Padres o Tutores <\/strong><\/p>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<ol>\n<li>Firmar debidamente el anexo B formato que comprueba la entrega de la tableta al alumno, formato C que comprende la carta compromiso referente a reglas de uso;<\/li>\n<li>Vigilar el cumplimiento de las obligaciones de su hija o hijo beneficiado con la entrega de una tableta digital interactiva;<\/li>\n<li>En caso de descompostura por uso inadecuado o aver\u00eda por virus inform\u00e1ticos alojados en aplicaciones o archivos descargados, realizados por su hija o hijo beneficiado con la entrega de una tableta digital interactiva, ser\u00e1 el responsable de cubrir los gastos de reparaci\u00f3n;<\/li>\n<li>Queda prohibida cualquier forma de enajenaci\u00f3n (venta, comodato, donaci\u00f3n, empe\u00f1o, etc.) de la tableta a favor de terceras personas; y<\/li>\n<li>Ser el aval de su hija o hijo beneficiado con la entrega de una tableta digital interactiva (salvo el caso de ser mayores de edad), previa revisi\u00f3n del equipo asignado, para formalizar el recibo de asignaci\u00f3n y la carta compromiso para garantizar el cuidado y buen uso del mismo.<\/li>\n<\/ol>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<p><strong>5.4.6 Obligaci\u00f3n de los Responsables de los Centros de Trabajo<\/strong><\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<ol>\n<li>Cumplir el proceso de seguimiento a la asignaci\u00f3n de tabletas digitales interactivas observando los criterios de asignaci\u00f3n establecidos en las presentes reglas de operaci\u00f3n;<\/li>\n<li>Realizar las gestiones necesarias para hacer v\u00e1lida la garant\u00eda o reportar la descompostura ante la direcci\u00f3n general del organismo correspondiente; y<\/li>\n<li>Asegurar la firma del recibo de asignaci\u00f3n de tabletas digitales a estudiantes y de cartas compromisos, en los que se se\u00f1ale que las condiciones bajo las cuales le es asignada la tableta.<\/li>\n<\/ol>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>5.4.7 Obligaciones de los Docentes<\/strong><\/p>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<ol>\n<li>Hacer un correcto uso de la tableta \u00fanicamente para el desarrollo de las actividades que conlleva el proceso de ense\u00f1anza-aprendizaje y en su caso para el control y registro de calificaciones y asistencia de los estudiantes;<\/li>\n<li>Quedar\u00e1 bajo su estricta responsabilidad el cuidado, mantenimiento y respaldo del equipo durante el tiempo en que preste sus servicios en el centro educativo;<\/li>\n<li>La tableta deber\u00e1 ser entregada al titular del centro educativo en caso de baja;<\/li>\n<li>Queda prohibida cualquier forma de enajenaci\u00f3n (venta, comodato, donaci\u00f3n, empe\u00f1o, etc.) de la tableta a favor de terceras personas; y<\/li>\n<li>En caso de robo o extrav\u00edo, la o el docente, ser\u00e1 responsable de presentar la denuncia respectiva ante el Ministerio P\u00fablico, mantener copia de la misma en el plantel, para el seguimiento legal respectivo y realizar los tr\u00e1mites administrativos y legales que le correspondan.<\/li>\n<\/ol>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<ol start=\"6\">\n<li><strong> PROGRAMACI\u00d3N PRESUPUESTAL.<\/strong><\/li>\n<\/ol>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Para la ejecuci\u00f3n del Programa se aplicar\u00e1 el presupuesto asignado de acuerdo a la suficiencia presupuestal.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<ol start=\"7\">\n<li><strong> MECANISMOS DE EVALAUCI\u00d3N E INDICADORES <\/strong><\/li>\n<\/ol>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>7.1 De la evaluaci\u00f3n de satisfacci\u00f3n del programa<\/strong><\/p>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<p>Con el fin de evaluar la eficiencia y el alcance del Programas de Tabletas Digitales Interactivas, se hace necesario conocer las opiniones de los beneficiarios, madres y padres de familia o tutores que asisten, por lo cual se tomar\u00e1 una muestra aleatoria para aplicar un cuestionario a fin de conocer el nivel de satisfacci\u00f3n de los beneficiarios con respecto a:<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<ol>\n<li>a) Oportunidad y eficiencia en la operaci\u00f3n del Programa;<\/li>\n<li>b) Informaci\u00f3n, difusi\u00f3n, eficiencia y rapidez en la entrega;<\/li>\n<li>c) La calidad de la atenci\u00f3n que recibe; y<\/li>\n<li>d) Uso y aceptaci\u00f3n de tabletas digitales interactivas.<\/li>\n<\/ol>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<p><strong>7.2 De la evaluaci\u00f3n presupuestaria<\/strong><\/p>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<p>En la Matriz de Indicadores para Resultados y las metas autorizadas conforme al Presupuesto de Egresos del Estado de Hidalgo, se establecen los indicadores que deber\u00e1n de medir el cumplimiento del programa.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<ol start=\"8\">\n<li><strong> PROCEDIMIENTO DE QUEJA O INCONFORMIDAD<\/strong><\/li>\n<\/ol>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<p>El beneficiario podr\u00e1 interponer una queja ante la Secretar\u00eda de Educaci\u00f3n P\u00fablica de Hidalgo cuando considere que se le excluye del Programa de Adquisici\u00f3n y Suministro de Tabletas Digitales Interactivas, siempre y cuando cumpla con los criterios previstos en las presentes reglas de operaci\u00f3n, as\u00ed mismo cuando se condicione la entrega del beneficio a la participaci\u00f3n en actividades de \u00edndole pol\u00edtica u otras que sean distintas a la operaci\u00f3n del programas.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<ol start=\"9\">\n<li><strong> CONSIDERACIONES GENERALES<\/strong><\/li>\n<\/ol>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Este programa es de car\u00e1cter p\u00fablico, no es patrocinado ni promovido por partido pol\u00edtico alguno y sus recursos provienen de los impuestos que pagan todos los contribuyentes. Est\u00e1 prohibido el uso de este programa con fines pol\u00edticos, electorales, de lucro y otros distintos a los establecidos, quien haga uso indebido de los recursos que este programa, ser\u00e1 sancionado de acuerdo a la ley aplicable y ante la autoridad competente.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<p><strong>TRANSITORIOS<\/strong><\/p>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<p><strong>PRIMERO.<\/strong> El presente Acuerdo entrar\u00e1 en vigor al d\u00eda siguiente de su publicaci\u00f3n en el Peri\u00f3dico Oficial del Estado de Hidalgo.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>SEGUNDO.<\/strong> Se derogan todas las disposiciones que se opongan al presente acuerdo.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Dado en las oficinas de la Secretar\u00eda de Educaci\u00f3n P\u00fablica de Hidalgo, ubicadas en Boulevard Felipe \u00c1ngeles sin n\u00famero, Colonia Venta Prieta, Pachuca de Soto, Hidalgo a los veintiseis d\u00edas del mes de febrero de a\u00f1o 2020.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>EL SECRETARIO DE EDUCACI\u00d3N P\u00daBLICA DE HIDALGO<\/strong><\/p>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<p><strong>ATILANO RODOLFO RODR\u00cdGUEZ P\u00c9REZ<\/strong><\/p>\n<p><strong>RUBRICA<\/strong><\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Derechos Enterados.28-02-2020<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">\n<p>&nbsp;<\/p>\n<hr \/>\n<p style=\"text-align: justify;\"><span style=\"font-size: 16px;\"><a href=\"https:\/\/periodico.hidalgo.gob.mx\/?tribe_events=Periodico-Oficial-Alcance-23-del-28-de-febrero-de-2020\">Peri\u00f3dico Oficial Alcance 23 del 28 de febrero de 2020<\/a><\/span><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><span style=\"font-size: 16px;\">Esto es un extracto, por lo que en el documento que est\u00e1 visualizando puede haber texto, caracteres, im\u00e1genes u objetos que no se muestren debido a la conversi\u00f3n a formato HTML, por lo que le recomendamos tomar siempre como referencia el archivo PDF de la edici\u00f3n.<\/span><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Documento contenido en el Peri\u00f3dico Oficial Alcance 23 del 28 de febrero de 2020 Edici\u00f3n: Alcance 23 N\u00famero: 8 P\u00e1ginas: 67 Contenido: Secretar\u00eda de Educaci\u00f3n P\u00fablica. \u2013 Acuerdo por el 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