{"id":35796,"date":"2020-02-17T13:49:23","date_gmt":"2020-02-17T19:49:23","guid":{"rendered":"https:\/\/periodico.hidalgo.gob.mx\/?p=35796"},"modified":"2020-02-17T13:49:23","modified_gmt":"2020-02-17T19:49:23","slug":"municipio-de-zapotlan-de-juarez-hidalgo-acuerdo-por-el-que-se-establecen-los-tramites-para-el-despliegue-uso-mantenimiento-y-reparacion-de-infraestructura-de-telecomunicaciones","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/periodico.hidalgo.gob.mx\/?p=35796","title":{"rendered":"Municipio de Zapotl\u00e1n de Ju\u00e1rez, Hidalgo. &#8211; Acuerdo por el que se establecen los Tr\u00e1mites para el Despliegue, Uso, Mantenimiento y Reparaci\u00f3n de Infraestructura de Telecomunicaciones."},"content":{"rendered":"<p><span style=\"font-size: 20px; color: #001f2f;\"><strong>Documento contenido en el Peri\u00f3dico Oficial Ordinario 0 del 17 de febrero de 2020<\/strong><\/span><\/p>\n<p><span style=\"font-size: 16px;\"><strong>Edici\u00f3n:<\/strong> Ordinario 0<\/span><br \/>\n<span style=\"font-size: 16px;\"><strong>N\u00famero:<\/strong> 7<\/span><br \/>\n<span style=\"font-size: 16px;\"><strong>P\u00e1ginas:<\/strong> 89<\/span><\/p>\n<p><span style=\"font-size: 20px;\"><strong>Contenido:<\/strong><\/span><\/p>\n<hr \/>\n<p><a name=\"_Toc32826404\"><\/a>Municipio de Zapotl\u00e1n de Ju\u00e1rez, Hidalgo. &#8211; Acuerdo por el que se establecen los Tr\u00e1mites para el Despliegue, Uso, Mantenimiento y Reparaci\u00f3n de Infraestructura de Telecomunicaciones.<\/p>\n<p><strong>ACUERDO POR EL QUE SE ESTABLECEN LOS TR\u00c1MITES PARA EL DESPLIEGUE, USO, MANTENIMIENTO Y REPARACI\u00d3N DE INFRAESTRUCTURA DE TELECOMUNICACIONES EN EL MUNICIPIO DE ZAPOTL\u00c1N DE JU\u00c1REZ, ESTADO DE HIDALGO<\/strong><\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>EL H. AYUNTAMIENTO DE ZAPOTL\u00c1N DE JU\u00c1REZ<\/strong><strong>, ESTADO DE HIDALGO, <\/strong>en ejercicio de las facultades que le confieren los art\u00edculos 115 de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica de los Estados Unidos Mexicanos; 5 de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusi\u00f3n,\u00a0 art\u00edculos 83 tercer p\u00e1rrafo, 115, 116 y 141 fracciones II y XVII de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica del Estado de Hidalgo; y, art\u00edculos 1, 3, 7, 10, 45, 56 fracci\u00f3n I, inciso b) y p), 57, fracciones X, XII y XIX, y 189 de la Ley Org\u00e1nica Municipal para el Estado de Hidalgo; y<\/p>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<p><strong>CONSIDERANDO<\/strong><\/p>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<p>Que la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica de los Estados Unidos Mexicanos establece en su art\u00edculo 25 que corresponde al Estado la rector\u00eda del desarrollo nacional para garantizar que \u00e9ste sea integral y sustentable, que fortalezca la soberan\u00eda de la naci\u00f3n y su r\u00e9gimen democr\u00e1tico y que, mediante la competitividad, el fomento del crecimiento econ\u00f3mico y el empleo y una m\u00e1s justa distribuci\u00f3n del ingreso y la riqueza, permita el pleno ejercicio de la libertad y la dignidad de los individuos.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Que el art\u00edculo 6\u00b0 de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica de los Estados Unidos Mexicanos, establece la obligaci\u00f3n del Estado de garantizar el derecho de acceso a las tecnolog\u00edas de la informaci\u00f3n y comunicaci\u00f3n, as\u00ed como a los servicios de radiodifusi\u00f3n y telecomunicaciones, incluido el de banda ancha e internet.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Que conforme al apartado B de dicho precepto constitucional las telecomunicaciones son servicios p\u00fablicos de inter\u00e9s general, y corresponde al Estado garantizar que sean prestados en condiciones de competencia, calidad, pluralidad, cobertura universal, interconexi\u00f3n, convergencia, continuidad, acceso libre y sin injerencias arbitrarias.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Que en t\u00e9rminos del art\u00edculo 115 de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica de los Estados Unidos Mexicanos los Ayuntamientos tendr\u00e1n facultades para aprobar, de acuerdo con las leyes en materia municipal que deber\u00e1n expedir las legislaturas de los Estados, los bandos de polic\u00eda y gobierno, los reglamentos, circulares y disposiciones administrativas de observancia general dentro de sus respectivas jurisdicciones, que organicen la administraci\u00f3n p\u00fablica municipal, regulen las materias, procedimientos, funciones y servicios p\u00fablicos de su competencia. Asimismo, que los Municipios tendr\u00e1n a su cargo las funciones y servicios p\u00fablicos de calles, parques y jardines y su equipamiento y que, en los t\u00e9rminos de las leyes federales y Estatales relativas, estar\u00e1n facultados para formular, aprobar y administrar la zonificaci\u00f3n y planes de desarrollo urbano municipal; vigilar la utilizaci\u00f3n del suelo y otorgar licencias y permisos para construcciones, entre otras atribuciones.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Que el art\u00edculo 5 de la Ley Federal de Telecomunicaciones, establece que se considera de inter\u00e9s y utilidad p\u00fablicos la instalaci\u00f3n, operaci\u00f3n y mantenimiento de infraestructura destinada al servicio de las redes p\u00fablicas de telecomunicaciones, las estaciones de radiodifusi\u00f3n y equipos complementarios, las cuales estar\u00e1n sujetas exclusivamente a los poderes federales, en sus respectivos \u00e1mbitos de atribuciones, debiendo respetarse las disposiciones estatales y municipales que resulten aplicables en materia de desarrollo urbano.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Que en t\u00e9rminos del art\u00edculo se\u00f1alado el Ejecutivo Federal, los Estados y los Municipios en el \u00e1mbito de sus atribuciones, colaborar\u00e1n y otorgar\u00e1n facilidades para la instalaci\u00f3n y despliegue de infraestructura y provisi\u00f3n de los servicios p\u00fablicos de inter\u00e9s general de telecomunicaciones y radiodifusi\u00f3n y en ning\u00fan caso se podr\u00e1 restringir la instalaci\u00f3n de infraestructura de telecomunicaciones y radiodifusi\u00f3n para la prestaci\u00f3n de los servicios p\u00fablicos.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Atento a lo anterior, se expide el siguiente:<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>ACUERDO POR EL QUE SE ESTABLECEN LOS TR\u00c1MITES PARA EL DESPLIEGUE, USO, MANTENIMIENTO Y REPARACI\u00d3N DE INFRAESTRUCTURA DE TELECOMUNICACIONES EN EL MUNICIPIO DE ZAPOTL\u00c1N DE JU\u00c1REZ<\/strong><strong> DEL ESTADO DE HIDALGO<\/strong><\/p>\n<p><strong>CAP\u00cdTULO I<\/strong><\/p>\n<p><strong>DISPOSICIONES GENERALES<\/strong><\/p>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<p><strong>PRIMERO<\/strong>. El presente Acuerdo tiene por objeto establecer los tr\u00e1mites y procedimientos que deben agotarse para construir, instalar, usar infraestructura de telecomunicaciones y dar mantenimiento o hacer reparaciones a la misma, dentro de la jurisdicci\u00f3n del Municipio de Zapotl\u00e1n de Ju\u00e1rez.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Los tr\u00e1mites y procedimientos se\u00f1alados corresponden \u00fanicamente al despliegue, uso y mantenimiento de la infraestructura de telecomunicaciones materia del presente acuerdo, sin perjuicio de las atribuciones relacionadas con el servicio de telecomunicaciones que correspondan a las autoridades federales de que se trate.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Los tr\u00e1mites para la construcci\u00f3n, instalaci\u00f3n, uso, mantenimiento y reparaci\u00f3n de infraestructura de telecomunicaciones permitir\u00e1n el desarrollo del Municipio proporcionando certeza jur\u00eddica, transparencia e incentivando la participaci\u00f3n de la iniciativa privada en el sector para la prestaci\u00f3n de un servicio de calidad.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>SEGUNDO.<\/strong> Para efectos de este Acuerdo se entender\u00e1 por:<\/p>\n<ol>\n<li>Autoridad<strong>: <\/strong>\u00d3rgano administrativo encargado de la sustanciaci\u00f3n de los tr\u00e1mites y procedimientos establecidos en el presente acuerdo denominado Telecomunicaciones de la Direcci\u00f3n de Obras Publicas Municipal.<\/li>\n<li>Autorizaci\u00f3n: Tr\u00e1mite administrativo ordinario requerido para la construcci\u00f3n e instalaci\u00f3n o para el uso, seg\u00fan corresponda, de la infraestructura de telecomunicaciones, a fin de que se emita una resoluci\u00f3n por parte de la Autoridad.<\/li>\n<\/ol>\n<ul>\n<li>Aviso: Tr\u00e1mite administrativo simplificado que deber\u00e1 presentarse ante la Autoridad en los casos de uso, mantenimiento y reparaci\u00f3n de la infraestructura de telecomunicaciones conforme a lo se\u00f1alado en este acuerdo y que no requiere la emisi\u00f3n de una resoluci\u00f3n por parte de la Autoridad.<\/li>\n<\/ul>\n<ol>\n<li>Construcci\u00f3n: Acci\u00f3n de edificar una obra de ingenier\u00eda, arquitectura o alba\u00f1iler\u00eda necesaria para la implementaci\u00f3n de la infraestructura de telecomunicaciones. La construcci\u00f3n de la infraestructura puede ser de tipo subterr\u00e1nea, a\u00e9rea o realizarse mediante la construcci\u00f3n de sitios para la colocaci\u00f3n de antenas.<\/li>\n<li>Infraestructura de telecomunicaciones: Elementos para la instalaci\u00f3n y operaci\u00f3n de redes de telecomunicaciones como postes, torres, ductos, antenas y cableado a\u00e9reo y subterr\u00e1neo para la prestaci\u00f3n de servicios de telecomunicaciones.<\/li>\n<li>Instalaci\u00f3n: Acci\u00f3n de colocar o adosar, sin que implique modificaciones estructurales, los soportes necesarios para el despliegue de infraestructura en cualquier elemento estructural para la prestaci\u00f3n del servicio de telecomunicaciones.<\/li>\n<\/ol>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<p><strong>TERCERO.<\/strong> Para dar cumplimiento a lo establecido en el presente Acuerdo, se establecen el Manual de Procedimientos de los tr\u00e1mites para el despliegue, uso, mantenimiento y reparaci\u00f3n de infraestructura de telecomunicaciones en el municipio de Zapotl\u00e1n de Ju\u00e1rez del estado de Hidalgo, que como anexo UNO forma parte integral del presente Acuerdo; las fichas de tr\u00e1mite se\u00f1aladas en el anexo DOS y los formatos comprendidos en el anexo TRES, que orientan en la presentaci\u00f3n\u00a0 eficiente de los tr\u00e1mites y explican su funcionamiento.<\/p>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<p><strong>CUARTO.<\/strong> El incumplimiento a las disposiciones previstas en el presente Acuerdo dar\u00e1 lugar a la suspensi\u00f3n de los trabajos, as\u00ed como al retiro de la infraestructura que se hubiera construido o instalado de manera irregular con costos a cargo del responsable de la misma, sin perjuicio de las sanciones que correspondan en t\u00e9rminos de la normatividad municipal vigente.<\/p>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<p><strong>Secci\u00f3n I<\/strong><\/p>\n<p><strong>Autoridades<\/strong><\/p>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<p><strong>QUINTO<\/strong>. La autoridad encargada de dar cumplimiento al presente acuerdo es la H. Asamblea Municipal por conducto de la Direcci\u00f3n de Desarrollo Urbano municipal.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Para efectos de este Acuerdo, el servidor p\u00fablico facultado para emitir las autorizaciones y recibir los avisos a que se refiere el presente Acuerdo es el Director de Desarrollo Urbano y en su ausencia el Subdirector de Obras Publicas de esa Direcci\u00f3n.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>SEXTO. <\/strong>El municipio de Zapotl\u00e1n de Ju\u00e1rez, del Estado de Hidalgo, destinar\u00e1 los recursos humanos, t\u00e9cnicos, materiales y financieros necesarios para el cumplimiento del objeto de este Acuerdo, con forme a su presupuesto.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>S\u00c9PTIMO<\/strong>. La Autoridad podr\u00e1 ejercer atribuciones municipales para realizar las inspecciones o verificaciones necesarias en materia de obras p\u00fablicas y desarrollo urbano en las actividades relacionadas con el despliegue, uso, mantenimiento y reparaci\u00f3n de infraestructura de telecomunicaciones.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>OCTAVO. <\/strong>La Autoridad deber\u00e1 fundar y motivar las resoluciones que emita en t\u00e9rminos del presente Acuerdo.<\/p>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<p><strong>CAP\u00cdTULO II<\/strong><\/p>\n<p><strong>DISPOSICIONES RELATIVAS A LAS AUTORIZACIONES PARA LA CONSTRUCCI\u00d3N, INSTALACI\u00d3N O USO DE INFRAESTRUCTURA DE TELECOMUNICACIONES<\/strong><\/p>\n<p><strong>DISPOSICIONES GENERALES<\/strong><\/p>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<p><strong>NOVENO.<\/strong> La Autoridad podr\u00e1 autorizar:<\/p>\n<ol>\n<li>La construcci\u00f3n e instalaci\u00f3n de torres para su uso en servicios de telecomunicaciones;<\/li>\n<li>La construcci\u00f3n e instalaci\u00f3n de postes para su uso en servicios de telecomunicaciones;<\/li>\n<\/ol>\n<ul>\n<li>La construcci\u00f3n e instalaci\u00f3n de ductos subterr\u00e1neos para su uso en servicios de telecomunicaciones;<\/li>\n<\/ul>\n<ol>\n<li>El uso de postes de propiedad municipal para la instalaci\u00f3n de infraestructura de telecomunicaciones y;<\/li>\n<li>El uso de ductos subterr\u00e1neos de propiedad municipal para la instalaci\u00f3n de infraestructura de telecomunicaciones.<\/li>\n<\/ol>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<p><strong>D\u00c9CIMO<\/strong>. La Autoridad, en su caso, realizar\u00e1 las gestiones necesarias para dar aviso a las \u00e1reas de la Presidencia Municipal en materia de imagen urbana, protecci\u00f3n civil, ecolog\u00eda y medio ambiente y vialidad sobre las autorizaciones que emita en t\u00e9rminos del presente Acuerdo, sin que esto implique la realizaci\u00f3n de un tr\u00e1mite adicional para el solicitante.<\/p>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<p><strong>D\u00c9CIMO PRIMERO.<\/strong> El Municipio de Zapotl\u00e1n de Ju\u00e1rez, del Estado de Hidalgo, publicar\u00e1 la informaci\u00f3n sobre los formatos, requisitos, procedimientos y criterios de resoluci\u00f3n de los tr\u00e1mites materia del presente Acuerdo, en la p\u00e1gina del Municipio, en las oficinas de la Autoridad o en cualquier medio de difusi\u00f3n que permita a los ciudadanos la disponibilidad de la informaci\u00f3n.<\/p>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<p><strong>D\u00c9CIMO SEGUNDO<\/strong>. Las resoluciones y procedimientos contenidos en el presente cap\u00edtulo atender\u00e1n adem\u00e1s de lo previsto en este Acuerdo, a los criterios indicados en el Manual de Procedimientos de los tr\u00e1mites para el despliegue, uso, mantenimiento y reparaci\u00f3n de infraestructura de telecomunicaciones en el municipio de Zapotl\u00e1n de Ju\u00e1rez del Estado de Hidalgo que como anexo uno forma parte integral del presente Acuerdo.<\/p>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<p><strong>D\u00c9CIMO TERCERO. <\/strong>Previo a la elaboraci\u00f3n de los proyectos o documentos que se realicen con motivo de los tr\u00e1mites materia del presente Acuerdo, el interesado podr\u00e1 solicitar a la autoridad Municipal informaci\u00f3n t\u00e9cnica sobre el predio, inmuebles, ruta, propiedad de uso com\u00fan o de uso exclusivo del municipio, entre otra necesaria para formular el proyecto correspondiente.<\/p>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<p><strong>D\u00c9CIMO CUARTO<\/strong>. Los Directores Responsables de Obra son responsables de dirigir y vigilar la obra, asegurarse de que el proyecto y la ejecuci\u00f3n del mismo cumplan con lo establecido en la normatividad aplicable y en las autorizaciones se\u00f1aladas en el presente Acuerdo, as\u00ed como de las acciones inscritas en los documentos que contengan su firma. Lo anterior sin perjuicio de las obligaciones, responsabilidades y sanciones de car\u00e1cter civil, penal o administrativa que, en su caso, correspondan.<\/p>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<p><strong>Secci\u00f3n I<\/strong><\/p>\n<p><strong>Autorizaci\u00f3n para la construcci\u00f3n e instalaci\u00f3n de torres para su uso en servicios de telecomunicaciones <\/strong><\/p>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<p><strong>D\u00c9CIMO QUINTO<\/strong>. Esta autorizaci\u00f3n tendr\u00e1 por objeto permitir la construcci\u00f3n e instalaci\u00f3n de torres para su uso en la prestaci\u00f3n de servicios de telecomunicaciones, as\u00ed como la ruptura de pavimento o banqueta en caso de que sea necesario.<\/p>\n<p>La autorizaci\u00f3n anterior no incluye la instalaci\u00f3n de antenas u otro tipo de infraestructura de naturaleza similar.<\/p>\n<p>En el entendido que la empresa que sera contratada para estos efectos, reparar\u00e1 los pavimentos o banquetas que se hayan da\u00f1ado.<\/p>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<p><strong>D\u00c9CIMO SEXTO<\/strong>. El formato oficial para tramitar la autorizaci\u00f3n para la construcci\u00f3n e instalaci\u00f3n de torres para su uso en servicios de telecomunicaciones es el incluido en el anexo TRES, inciso A del presente Acuerdo.<\/p>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<p><strong>D\u00c9CIMO S\u00c9PTIMO<\/strong>. Para obtener autorizaci\u00f3n para la construcci\u00f3n e instalaci\u00f3n de torres, el solicitante deber\u00e1 presentar, a trav\u00e9s del formato se\u00f1alado, los siguientes requisitos:<\/p>\n<ol>\n<li>Datos y copia simple de los documentos que acrediten la personalidad o representaci\u00f3n legal del interesado.<\/li>\n<li>Datos del inmueble o predio.<\/li>\n<\/ol>\n<ul>\n<li>Fecha de inicio y t\u00e9rmino de los trabajos de construcci\u00f3n e instalaci\u00f3n.<\/li>\n<\/ul>\n<ol>\n<li>Copia simple del documento que acredite la propiedad o posesi\u00f3n del inmueble o predio en el que se construir\u00e1 e instalar\u00e1 la torre o autorizaci\u00f3n para tal efecto. Este requisito podr\u00e1 acreditarse con el t\u00edtulo de propiedad, contrato de arrendamiento, contrato de comodato, contrato de subarrendamiento si en una cl\u00e1usula lo permite, contrato de usufructo, constancia de posesi\u00f3n ejidal, constancia de posesi\u00f3n comunal, permiso o autorizaci\u00f3n por parte de la autoridad correspondiente u otro documento de naturaleza similar.<\/li>\n<li>Planos arquitect\u00f3nicos y constructivos, en original, elaborados y firmados por el responsable del proyecto, el responsable de la ejecuci\u00f3n de la obra, por el Director Responsable de Obra y, en caso de que as\u00ed lo determine dicho Director Responsable de Obra, firmados por el perito responsable de obra y\/o los corresponsables de obra.<\/li>\n<li>Original o copia certificada del documento de registro o acreditaci\u00f3n vigente del Director Responsable de Obra, perito responsable de obra y\/o corresponsable de obra.<\/li>\n<\/ol>\n<ul>\n<li>Cartas responsivas originales del Director Responsable de Obra o perito responsable de obra en relaci\u00f3n con:<\/li>\n<\/ul>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<ol>\n<li>Instalaciones el\u00e9ctricas.<\/li>\n<li><\/li>\n<\/ol>\n<ul>\n<li>Memoria de c\u00e1lculo en original, elaborada y firmada por el responsable del proyecto, el responsable de la ejecuci\u00f3n de la instalaci\u00f3n y el perito responsable de obra.<\/li>\n<\/ul>\n<ol>\n<li>Mec\u00e1nica de suelos, en caso de predio, en original, elaborada y firmada por el responsable del proyecto, el responsable de la ejecuci\u00f3n de la instalaci\u00f3n y el perito responsable de obra.<\/li>\n<li>Plan de mantenimiento en original.<\/li>\n<li>Memoria descriptiva del proyecto en original, elaborada y firmada por el responsable del proyecto, el responsable de la ejecuci\u00f3n de la instalaci\u00f3n y el perito responsable de obra.<\/li>\n<\/ol>\n<ul>\n<li>Copia simple de la autorizaci\u00f3n otorgada por la Direcci\u00f3n General de Aeron\u00e1utica Civil.<\/li>\n<li>En caso de que la construcci\u00f3n e instalaci\u00f3n pretenda realizarse en \u00e1reas catalogadas como hist\u00f3ricas o con existencia de monumentos art\u00edsticos, arqueol\u00f3gicos o hist\u00f3ricos, se deber\u00e1 presentar copia simple del permiso o autorizaci\u00f3n expedido por el Instituto Nacional de Bellas Artes y\/o el Instituto Nacional de Antropolog\u00eda e Historia y, en su caso, la autoridad estatal y\/o local correspondiente.<\/li>\n<li>En caso de que la construcci\u00f3n e instalaci\u00f3n pretenda realizarse en \u00e1reas naturales protegidas, se deber\u00e1 presentar copia simple del permiso o autorizaci\u00f3n expedido por la Secretar\u00eda de Medio Ambiente y Recursos Naturales y, en su caso, la autoridad estatal y\/o local correspondiente.<\/li>\n<\/ul>\n<ol>\n<li>En caso de que resulte viable el otorgamiento de la autorizaci\u00f3n conforme a los criterios de resoluci\u00f3n establecidos en el art\u00edculo TRIG\u00c9SIMO PRIMERO de este acuerdo, el solicitante deber\u00e1 presentar en original la p\u00f3liza de seguro (responsabilidad civil) correspondiente.<\/li>\n<\/ol>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<p><strong>Secci\u00f3n II<\/strong><\/p>\n<p><strong>Autorizaci\u00f3n para la construcci\u00f3n e instalaci\u00f3n de postes para su uso en servicios de telecomunicaciones<\/strong><\/p>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<p><strong>D\u00c9CIMO OCTAVO.<\/strong> Esta autorizaci\u00f3n tendr\u00e1 por objeto permitir la ruptura de pavimento, banqueta y la construcci\u00f3n e instalaci\u00f3n de postes en propiedad p\u00fablica de uso com\u00fan o de uso exclusivo del Municipio, para su uso en la prestaci\u00f3n de servicios de telecomunicaciones.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>La autorizaci\u00f3n anterior no incluye la instalaci\u00f3n de cables a\u00e9reos, antenas u otro tipo de infraestructura de naturaleza similar.<\/p>\n<p>Ser\u00e1 considerada como propiedad p\u00fablica de uso com\u00fan o de uso exclusivo del municipio espacios p\u00fablicos como parques, plazas, camellones, calles, oficinas, bibliotecas, entre otros de naturaleza similar.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>En el entendido que la empresa que sera contratada para estos efectos, reparar\u00e1 los pavimentos o banquetas que se hayan da\u00f1ado.<\/p>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<p><strong>D\u00c9CIMO NOVENO<\/strong>. El formato oficial para tramitar la autorizaci\u00f3n para la construcci\u00f3n e instalaci\u00f3n de postes, en propiedad p\u00fablica de uso com\u00fan o de uso exclusivo del Municipio, para su uso en servicios de telecomunicaciones es el incluido en el anexo TRES, inciso A del presente Acuerdo.<\/p>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<p><strong>VIG\u00c9SIMO<\/strong>. Para obtener autorizaci\u00f3n para la construcci\u00f3n e instalaci\u00f3n de postes, el interesado deber\u00e1 presentar, a trav\u00e9s del formato se\u00f1alado, los siguientes requisitos:<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<ol>\n<li>Datos y copia simple de los documentos que acrediten la personalidad o representaci\u00f3n legal del interesado.<\/li>\n<li>Datos de la ruta solicitada.<\/li>\n<\/ol>\n<ul>\n<li>Fecha de inicio y t\u00e9rmino de los trabajos de construcci\u00f3n e instalaci\u00f3n.<\/li>\n<\/ul>\n<ol>\n<li>Planos arquitect\u00f3nicos y constructivos, en original, elaborados y firmados por el responsable del proyecto, el responsable de la ejecuci\u00f3n de la obra, por el Director Responsable de Obra y, en caso de que as\u00ed lo determine dicho Director Responsable de Obra, firmados por el perito responsable de obra y\/o los corresponsables de obra.<\/li>\n<li>Original o copia certificada del documento de registro o acreditaci\u00f3n vigente del Director Responsable de Obra, perito responsable de obra y\/o corresponsable de obra, expedida por la autoridad competente.<\/li>\n<li>Cartas responsivas originales del Director Responsable de Obra o perito responsable de obra en relaci\u00f3n con:\n<ol>\n<li>Instalaciones el\u00e9ctricas, en caso de que se requieran de acuerdo con el proyecto.<\/li>\n<li><\/li>\n<\/ol>\n<\/li>\n<\/ol>\n<ul>\n<li>Memoria de c\u00e1lculo en original, elaborada y firmada por el responsable del proyecto, el responsable de la ejecuci\u00f3n de la instalaci\u00f3n y el perito responsable de obra.<\/li>\n<li>Plan de mantenimiento en original.<\/li>\n<\/ul>\n<ol>\n<li>Memoria descriptiva del proyecto en original, incluyendo las especificaciones t\u00e9cnicas de los postes a instalar, elaborada y firmada por el responsable del proyecto, el responsable de la ejecuci\u00f3n de la instalaci\u00f3n y perito responsable de obra.<\/li>\n<\/ol>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>El proyecto presentado deber\u00e1 asegurar que la infraestructura cuenta con la resistencia mec\u00e1nica para soportar las cargas propias y las debidas a las condiciones meteorol\u00f3gicas y de mec\u00e1nica de suelos a que est\u00e9n sometidas de acuerdo con su ubicaci\u00f3n.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<ol>\n<li>Copia simple de la autorizaci\u00f3n otorgada por la Direcci\u00f3n General de Aeron\u00e1utica Civil.<\/li>\n<li>En caso de que la construcci\u00f3n e instalaci\u00f3n pretenda realizarse en \u00e1reas catalogadas como hist\u00f3ricas o con existencia de monumentos art\u00edsticos, arqueol\u00f3gicos o hist\u00f3ricos, se deber\u00e1 presentar copia simple del permiso o autorizaci\u00f3n expedido por el Instituto Nacional de Bellas Artes y\/o el Instituto Nacional de Antropolog\u00eda e Historia y, en su caso, la autoridad estatal y\/o local correspondiente.<\/li>\n<\/ol>\n<ul>\n<li>En caso de que la construcci\u00f3n e instalaci\u00f3n pretenda realizarse en \u00e1reas naturales protegidas, se deber\u00e1 presentar copia simple del permiso o autorizaci\u00f3n expedido por la Secretar\u00eda de Medio Ambiente y Recursos Naturales y, en su caso, la autoridad estatal y\/o local correspondiente.<\/li>\n<li>En caso de que resulte viable el otorgamiento de la autorizaci\u00f3n conforme a los criterios de resoluci\u00f3n establecidos en el art\u00edculo TRIG\u00c9SIMO PRIMERO de este Acuerdo, el solicitante deber\u00e1 presentar en formato original la p\u00f3liza de seguro (responsabilidad civil) correspondiente.<\/li>\n<\/ul>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<p><strong>Secci\u00f3n III<\/strong><\/p>\n<p><strong>Autorizaci\u00f3n para la construcci\u00f3n e instalaci\u00f3n de ductos subterr\u00e1neos para su uso en servicios de telecomunicaciones <\/strong><\/p>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<p><strong>VIG\u00c9SIMO PRIMERO.<\/strong> Esta autorizaci\u00f3n tendr\u00e1 por objeto permitir la ruptura de pavimento, banqueta y la construcci\u00f3n e instalaci\u00f3n de ductos subterr\u00e1neos en propiedad p\u00fablica de uso com\u00fan o de uso exclusivo del municipio, para su uso en la prestaci\u00f3n de servicios de telecomunicaciones.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>La autorizaci\u00f3n anterior no incluye la instalaci\u00f3n de cables subterr\u00e1neos u otro tipo de infraestructura de naturaleza similar.<\/p>\n<p>Ser\u00e1 considerada como propiedad p\u00fablica de uso com\u00fan o de uso exclusivo del municipio espacios p\u00fablicos como parques, plazas, camellones, calles, oficinas, bibliotecas, entre otros de naturaleza similar.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>En el entendido que la empresa que sera contratada para estos efectos, reparar\u00e1 los pavimentos o banquetas que se hayan da\u00f1ado.<\/p>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<p><strong>VIG\u00c9SIMO SEGUNDO<\/strong>. El formato oficial para tramitar la autorizaci\u00f3n para la construcci\u00f3n e instalaci\u00f3n de ductos subterr\u00e1neos, en propiedad p\u00fablica de uso com\u00fan o de uso exclusivo del municipio, para su uso en servicios de telecomunicaciones es el incluido en el anexo TRES, inciso A del presente Acuerdo.<\/p>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<p><strong>VIG\u00c9SIMO TERCERO<\/strong>. Para obtener autorizaci\u00f3n para la construcci\u00f3n e instalaci\u00f3n de ductos subterr\u00e1neos, el interesado deber\u00e1 presentar, a trav\u00e9s del formato se\u00f1alado, los siguientes requisitos:<\/p>\n<ol>\n<li>Datos y copia simple de los documentos que acrediten la personalidad o representaci\u00f3n legal del interesado.<\/li>\n<li>Datos de la ruta solicitada.<\/li>\n<\/ol>\n<ul>\n<li>Fecha de inicio y t\u00e9rmino de los trabajos de construcci\u00f3n e instalaci\u00f3n.<\/li>\n<\/ul>\n<ol>\n<li>Planos arquitect\u00f3nicos y constructivos, en original, elaborados y firmados por el responsable del proyecto, el responsable de la ejecuci\u00f3n de la obra, por el Director Responsable de Obra y, en caso de que as\u00ed lo determine dicho Director Responsable de Obra, firmados por el perito responsable de obra y\/o corresponsables de obra.<\/li>\n<li>Original o copia certificada del documento de registro o acreditaci\u00f3n vigente del Director Responsable de Obra, perito responsable de obra y\/o corresponsable de obra, expedida por la autoridad competente.<\/li>\n<li>Cartas responsivas originales del Director Responsable de Obra o perito responsable de obra en relaci\u00f3n con:\n<ol>\n<li>Instalaciones el\u00e9ctricas, en caso de que se requieran de acuerdo con el proyecto.<\/li>\n<li><\/li>\n<\/ol>\n<\/li>\n<\/ol>\n<ul>\n<li>Memoria de c\u00e1lculo en original, elaborada y firmada por el responsable del proyecto, el responsable de la ejecuci\u00f3n de la instalaci\u00f3n y el perito responsable de obra.<\/li>\n<li>Mec\u00e1nica de suelos en original, elaborada y firmada por el responsable del proyecto, el responsable de la ejecuci\u00f3n de la instalaci\u00f3n y el perito responsable de obra.<\/li>\n<\/ul>\n<ol>\n<li>Plan de mantenimiento en original.<\/li>\n<li>Memoria descriptiva del proyecto en original, incluyendo las especificaciones t\u00e9cnicas y ubicaci\u00f3n de los ductos y registros a instalar; elaborada y firmada por el responsable del proyecto, el responsable de la ejecuci\u00f3n de la instalaci\u00f3n y perito responsable de obra.<\/li>\n<\/ol>\n<p>El proyecto presentado deber\u00e1 asegurar que los ductos y registros que se instalen y construyan no da\u00f1ar\u00e1n otra infraestructura subterr\u00e1nea que en su caso exista en la ubicaci\u00f3n solicitada.<\/p>\n<ol>\n<li>En caso de que la construcci\u00f3n e instalaci\u00f3n pretenda realizarse en \u00e1reas catalogadas como hist\u00f3ricas o con existencia de monumentos art\u00edsticos, arqueol\u00f3gicos o hist\u00f3ricos, se deber\u00e1 presentar copia simple del permiso o autorizaci\u00f3n expedido por el Instituto Nacional de Bellas Artes y\/o el Instituto Nacional de Antropolog\u00eda e Historia y, en su caso, la autoridad estatal y\/o local correspondiente.<\/li>\n<\/ol>\n<ul>\n<li>En caso de que la construcci\u00f3n e instalaci\u00f3n pretenda realizarse en \u00e1reas naturales protegidas, se deber\u00e1 presentar copia simple del permiso o autorizaci\u00f3n expedido por la Secretar\u00eda de Medio Ambiente y Recursos Naturales y, en su caso, la autoridad estatal y\/o local correspondiente.<\/li>\n<li>En caso de que resulte viable el otorgamiento de la autorizaci\u00f3n conforme a los criterios de resoluci\u00f3n establecidos en el art\u00edculo TRIG\u00c9SIMO PRIMERO de este Acuerdo, el solicitante deber\u00e1 presentar en formato original la p\u00f3liza de seguro (responsabilidad civil) correspondiente.<\/li>\n<\/ul>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<p><strong>Secci\u00f3n IV<\/strong><\/p>\n<p><strong>Autorizaci\u00f3n para el uso de postes de propiedad Municipal para la instalaci\u00f3n de infraestructura de telecomunicaciones<\/strong><\/p>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<p><strong>VIG\u00c9SIMO CUARTO.<\/strong> Esta autorizaci\u00f3n tendr\u00e1 por objeto permitir la instalaci\u00f3n de infraestructura de telecomunicaciones en postes propiedad del municipio, como cables a\u00e9reos, antenas u otro tipo de infraestructura de naturaleza similar.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>En los casos de la utilizaci\u00f3n de postes propiedad de la Comisi\u00f3n Federal de Electricidad, no ser\u00e1 necesario agotar este tr\u00e1mite, sino que bastar\u00e1 con los realizados ante dicha Comisi\u00f3n conforme a la normatividad expedida para tal efecto.<\/p>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<p><strong>VIG\u00c9SIMO QUINTO<\/strong>. El formato oficial para tramitar la autorizaci\u00f3n para el uso de postes de propiedad municipal para la instalaci\u00f3n de infraestructura de telecomunicaciones es el se\u00f1alado en el anexo TRES, inciso A del presente Acuerdo.<\/p>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<p><strong>VIG\u00c9SIMO SEXTO<\/strong>. Para obtener autorizaci\u00f3n para el uso de espacios p\u00fablicos propiedad del municipio, el solicitante deber\u00e1 presentar, a trav\u00e9s del formato se\u00f1alado, los siguientes requisitos:<\/p>\n<ol>\n<li>Datos y copia simple de los documentos que acrediten la personalidad o representaci\u00f3n legal del interesado.<\/li>\n<li>Datos de la ruta solicitada o ubicaci\u00f3n de la infraestructura que se pretende usar.<\/li>\n<\/ol>\n<ul>\n<li>Descripci\u00f3n de la infraestructura a instalar.<\/li>\n<\/ul>\n<ol>\n<li>Fecha de inicio y t\u00e9rmino de los trabajos de instalaci\u00f3n.<\/li>\n<li>Copia simple del documento que acredite la autorizaci\u00f3n de la autoridad municipal correspondiente para el uso de la infraestructura. Este requisito podr\u00e1 acreditarse con el contrato de arrendamiento, contrato de comodato, permiso de la autoridad municipal u otro documento de naturaleza similar.<\/li>\n<li>Memoria descriptiva del proyecto en original, incluyendo las especificaciones de la infraestructura y los planos de la ubicaci\u00f3n o ruta en la que se instalar\u00e1, elaborada y firmada por el responsable del proyecto y el responsable de la ejecuci\u00f3n.<\/li>\n<\/ol>\n<p>El proyecto presentado deber\u00e1 considerar que los postes cuenten con la resistencia mec\u00e1nica para soportar las cargas de la infraestructura que se instalar\u00e1, considerando las propias y las debidas a las condiciones meteorol\u00f3gicas a que est\u00e9n sometidas de acuerdo con su ubicaci\u00f3n.<\/p>\n<ul>\n<li>Plan de mantenimiento en original.<\/li>\n<li>En caso de que la infraestructura a instalar rebase la altura del poste que se utilizar\u00e1, deber\u00e1 presentarse copia simple de la autorizaci\u00f3n otorgada por la Direcci\u00f3n General de Aeron\u00e1utica Civil.<\/li>\n<\/ul>\n<ol>\n<li>En caso de que el uso de infraestructura pretenda realizarse en \u00e1reas catalogadas como hist\u00f3ricas o con existencia de monumentos art\u00edsticos, arqueol\u00f3gicos o hist\u00f3ricos y se pretenda modificar las caracter\u00edsticas conforme a los t\u00e9rminos de la autorizaci\u00f3n del poste o ruta de postes, se deber\u00e1 presentar copia simple del permiso o autorizaci\u00f3n expedido por el Instituto Nacional de Bellas Artes y\/o el Instituto Nacional de Antropolog\u00eda e Historia y, en su caso, la autoridad estatal y\/o local correspondiente.<\/li>\n<li>En caso de que el uso de infraestructura pretenda realizarse en \u00e1reas naturales protegidas y se pretenda modificar las caracter\u00edsticas conforme a los t\u00e9rminos de la autorizaci\u00f3n de poste o ruta de postes, se deber\u00e1 presentar copia simple del permiso o autorizaci\u00f3n expedido por la Secretar\u00eda de Medio Ambiente y Recursos Naturales y, en su caso, la autoridad estatal y\/o local correspondiente.<\/li>\n<\/ol>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<p><strong>Secci\u00f3n V<\/strong><\/p>\n<p><strong>Autorizaci\u00f3n para el uso de ductos subterr\u00e1neos de<\/strong> <strong>propiedad Municipal para la instalaci\u00f3n de infraestructura de telecomunicaciones <\/strong><\/p>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<p><strong>VIG\u00c9SIMO S\u00c9PTIMO<\/strong>. Esta autorizaci\u00f3n tendr\u00e1 por objeto permitir la instalaci\u00f3n de infraestructura de telecomunicaciones en ductos subterr\u00e1neos propiedad del municipio, como cables subterr\u00e1neos u otro tipo de infraestructura de naturaleza similar.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>En los casos de la utilizaci\u00f3n de ductos subterr\u00e1neos propiedad de la Comisi\u00f3n Federal de Electricidad, no ser\u00e1 necesario agotar este tr\u00e1mite, sino que bastar\u00e1 con los realizados ante dicha Comisi\u00f3n conforme a la normatividad expedida para tal efecto.<\/p>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<p><strong>VIG\u00c9SIMO OCTAVO<\/strong>. El formato oficial para tramitar la autorizaci\u00f3n para el uso de ductos subterr\u00e1neos de propiedad municipal para la instalaci\u00f3n de infraestructura de telecomunicaciones es el se\u00f1alado en el anexo TRES, inciso A del presente Acuerdo.<\/p>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<p><strong>VIG\u00c9SIMO NOVENO<\/strong>. Para obtener autorizaci\u00f3n para el uso de ductos subterr\u00e1neos propiedad del municipio, el solicitante deber\u00e1 presentar, a trav\u00e9s del formato se\u00f1alado, los siguientes requisitos:<\/p>\n<ol>\n<li>Datos y copia simple de los documentos que acrediten la personalidad o representaci\u00f3n legal del interesado.<\/li>\n<li>Datos de la ruta solicitada o ubicaci\u00f3n de la infraestructura que se pretende usar.<\/li>\n<\/ol>\n<ul>\n<li>Descripci\u00f3n de la infraestructura a instalar.<\/li>\n<\/ul>\n<ol>\n<li>Fecha de inicio y t\u00e9rmino de los trabajos de instalaci\u00f3n.<\/li>\n<li>Copia simple del documento que acredite la autorizaci\u00f3n de la autoridad municipal correspondiente para el uso de la infraestructura. Este requisito podr\u00e1 acreditarse con el contrato de arrendamiento, contrato de comodato, permiso de la autoridad municipal u otro documento de naturaleza similar.<\/li>\n<li>Memoria descriptiva del proyecto en original, incluyendo las especificaciones de la infraestructura y los planos de la ubicaci\u00f3n o ruta en la que se instalar\u00e1, elaborada y firmada por el responsable del proyecto y el responsable de la ejecuci\u00f3n.<\/li>\n<\/ol>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>El proyecto presentado deber\u00e1 considerar que el uso de los ductos no cause afectaciones a la infraestructura existente.<\/p>\n<ul>\n<li>Plan de mantenimiento en original.<\/li>\n<li>En caso de que el uso de infraestructura pretenda realizarse en \u00e1reas catalogadas como hist\u00f3ricas o con existencia de monumentos art\u00edsticos, arqueol\u00f3gicos o hist\u00f3ricos y se pretenda modificar las caracter\u00edsticas conforme a los t\u00e9rminos de la autorizaci\u00f3n de los ductos que pretenden usarse, se deber\u00e1 presentar copia simple del permiso o autorizaci\u00f3n expedido por el Instituto Nacional de Bellas Artes y\/o el Instituto Nacional de Antropolog\u00eda e Historia y, en su caso, la autoridad estatal y\/o local correspondiente.<\/li>\n<\/ul>\n<ol>\n<li>En caso de que el uso de infraestructura pretenda realizarse en \u00e1reas naturales protegidas y se pretenda modificar las caracter\u00edsticas conforme a los t\u00e9rminos de la autorizaci\u00f3n de los ductos que pretenden usarse, se deber\u00e1 presentar copia simple del permiso o autorizaci\u00f3n expedido por la Secretar\u00eda de Medio Ambiente y Recursos Naturales y, en su caso, la autoridad estatal y\/o local correspondiente.<\/li>\n<\/ol>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<p><strong>Secci\u00f3n VI<\/strong><\/p>\n<p><strong>Procedimiento y criterios de resoluci\u00f3n de las autorizaciones<\/strong><\/p>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<p><strong>TRIG\u00c9SIMO<\/strong>. La Autoridad otorgar\u00e1 las autorizaciones a que hace referencia el presente Cap\u00edtulo conforme al siguiente procedimiento<strong>:<\/strong><\/p>\n<ol>\n<li>El solicitante presentar\u00e1 ante la Autoridad el formato de solicitud correspondiente precisado en el anexo TRES, inciso A, de este Acuerdo. Los formatos de autorizaci\u00f3n que se presenten, deber\u00e1n acompa\u00f1arse de los documentos se\u00f1alados en el presente Acuerdo, seg\u00fan corresponda al tipo de infraestructura y acci\u00f3n que se pretende realizar.<\/li>\n<li>En caso de que el formato y documentos presentados no cumplan con los requisitos solicitados, dentro de los tres d\u00edas h\u00e1biles siguientes a la recepci\u00f3n del formato y documentos correspondientes, la Autoridad prevendr\u00e1 al solicitante por escrito, mediante notificaci\u00f3n personal y por una sola vez para que subsane la omisi\u00f3n dentro de los cinco d\u00edas h\u00e1biles a partir de que haya surtido efectos la notificaci\u00f3n.<\/li>\n<\/ol>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>La prevenci\u00f3n deber\u00e1 realizarse por escrito fundado y motivado en el que se informe al particular de manera clara y detallada los requisitos que no present\u00f3. En el mismo escrito deber\u00e1 informarse al particular que cuenta con un plazo de cinco d\u00edas h\u00e1biles para desahogar la prevenci\u00f3n, es decir, para presentar los datos y\/o documentos faltantes.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>De no realizarse la prevenci\u00f3n en los t\u00e9rminos y plazo se\u00f1alados, la autoridad no podr\u00e1 desechar el tr\u00e1mite argumentando que est\u00e1 incompleto.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>En caso de que se hubiere prevenido al solicitante, el plazo para que la Autoridad resuelva el tr\u00e1mite se suspender\u00e1 y se reanudar\u00e1 a partir del d\u00eda h\u00e1bil inmediato siguiente a aquel en el que el solicitante haya atendido la prevenci\u00f3n.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Transcurrido el plazo de cinco d\u00edas h\u00e1biles otorgado al solicitante como plazo de prevenci\u00f3n, sin que el mismo haya desahogado la prevenci\u00f3n, o si el particular no cumple con lo solicitado en el oficio de prevenci\u00f3n, la autoridad desechar\u00e1 el tr\u00e1mite.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>El desechamiento deber\u00e1 realizarse mediante escrito de la Autoridad en el que de manera fundada y motivada se\u00f1ale la falta de cumplimiento, especificando si el solicitante no present\u00f3 en tiempo lo requerido o si habi\u00e9ndolo presentado no cumpli\u00f3 los t\u00e9rminos de la prevenci\u00f3n.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>El desechamiento permite que la Autoridad archive el expediente como concluido. Asimismo, el solicitante puede presentar en cualquier tiempo una nueva solicitud.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>El solicitante puede pedir la devoluci\u00f3n de la documentaci\u00f3n presentada y deber\u00e1 quedar constancia en el expediente.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>III.\u00a0\u00a0 <\/strong>En caso de que el solicitante cumpla con los requisitos se\u00f1alados, desde la solicitud inicial o en el desahogo de prevenci\u00f3n, la Autoridad iniciar\u00e1 el an\u00e1lisis de la solicitud y determinar\u00e1 si se otorga la autorizaci\u00f3n solicitada considerando los criterios establecidos en el presente Acuerdo.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>De considerarlo necesario, la Autoridad podr\u00e1 hacer una visita al sitio o ruta se\u00f1alada en la solicitud para recabar mayores elementos que le permitan determinar la viabilidad t\u00e9cnica de la construcci\u00f3n, instalaci\u00f3n o uso de infraestructura de telecomunicaciones. Esta visita no constituye un tr\u00e1mite adicional que deba agotar el solicitante, no implica un costo adicional para \u00e9l, no requiere la presencia del mismo y se realiza dentro del plazo de resoluci\u00f3n del tr\u00e1mite.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<ol>\n<li>Si la Autoridad determina que es viable el otorgamiento de la autorizaci\u00f3n requerir\u00e1, en su caso, al solicitante la entrega de la p\u00f3liza de seguro (responsabilidad civil) referida en los requisitos del tr\u00e1mite correspondiente.<\/li>\n<\/ol>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>El solicitante contar\u00e1 con un plazo de cinco d\u00edas h\u00e1biles a partir de que surta efectos la notificaci\u00f3n, para presentar la p\u00f3liza de seguro (responsabilidad civil).<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Transcurrido el plazo de cinco d\u00edas h\u00e1biles otorgado al solicitante, sin que el mismo haya presentado la p\u00f3liza de seguro (responsabilidad civil), la autoridad desechar\u00e1 el tr\u00e1mite.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>En caso de que la autoridad requiera al solicitante la p\u00f3liza de seguro, el plazo para que la autoridad emita la autorizaci\u00f3n correspondiente se suspender\u00e1 y se reanudar\u00e1 a partir del d\u00eda h\u00e1bil inmediato siguiente a aquel en el que el solicitante haya presentado la p\u00f3liza de seguro.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<ol>\n<li>La Autoridad emitir\u00e1 la autorizaci\u00f3n correspondiente en el plazo m\u00e1ximo de siete d\u00edas h\u00e1biles contados a partir de la recepci\u00f3n de la solicitud.<\/li>\n<\/ol>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>En la emisi\u00f3n de la autorizaci\u00f3n, la Autoridad establecer\u00e1 la vigencia de la misma y, en caso de ser necesario, las caracter\u00edsticas f\u00edsicas que deber\u00e1 cumplir la infraestructura de que se trate conforme a las disposiciones municipales vigentes en materia de imagen urbana.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Trat\u00e1ndose de postes y torres, con la autorizaci\u00f3n para la construcci\u00f3n e instalaci\u00f3n se entender\u00e1 aprobado el dise\u00f1o de dicha infraestructura.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>En los casos en los que la Direcci\u00f3n General de Aeron\u00e1utica Civil determine las caracter\u00edsticas de balizamiento e iluminaci\u00f3n de la infraestructura, los proyectos y autorizaciones deber\u00e1n ajustarse a lo determinado por dicha autoridad.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<ol>\n<li><strong>VI<\/strong>. La Autoridad deber\u00e1 dar aviso a las autoridades de tr\u00e1nsito y protecci\u00f3n civil, sin que sea necesario que el solicitante acuda ante dichas autoridades municipales a realizar alg\u00fan tr\u00e1mite.<\/li>\n<\/ol>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<p><strong>TRIG\u00c9SIMO PRIMERO<\/strong>. La Autoridad resolver\u00e1 en sentido afirmativo el otorgamiento de la autorizaci\u00f3n correspondiente conforme a los siguientes criterios:<\/p>\n<ol>\n<li>Cuando el solicitante cumpla con los requisitos se\u00f1alados en el presente Acuerdo seg\u00fan el tr\u00e1mite de que se trate.<\/li>\n<li>Cuando la Autoridad determine que es t\u00e9cnicamente viable la construcci\u00f3n, instalaci\u00f3n o uso de la infraestructura de telecomunicaciones.<\/li>\n<\/ol>\n<p>Para determinar la viabilidad t\u00e9cnica, se tomar\u00e1 en cuenta la informaci\u00f3n y documentos presentados por el solicitante, la informaci\u00f3n con que cuente la autoridad y los planes y programas municipales vigentes y que est\u00e9n acordes a la Ley General de Asentamientos Humanos, Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>TRIG\u00c9SIMO SEGUNDO. <\/strong>Las notificaciones que realice la Autoridad a los solicitantes en relaci\u00f3n con prevenciones, requerimientos o resoluciones emitidas con motivo de los tr\u00e1mites ser\u00e1n de car\u00e1cter personal, es decir, deben entenderse directamente con el interesado o su representante legal. Si el particular acepta expresamente la realizaci\u00f3n de este tipo de notificaciones mediante correo electr\u00f3nico, las mismas podr\u00e1n realizarse v\u00e1lidamente a trav\u00e9s de dichos medios.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>Secci\u00f3n VII<\/strong><\/p>\n<p><strong>De la vigencia de las autorizaciones <\/strong><\/p>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<p><strong>TRIG\u00c9SIMO TERCERO. <\/strong>La vigencia de las autorizaciones ser\u00e1 determinada por la Autoridad en la resoluci\u00f3n correspondiente y deber\u00e1 atender a las caracter\u00edsticas del proyecto presentado en la solicitud de cada tr\u00e1mite.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>CAP\u00cdTULO III<\/strong><\/p>\n<p><strong>DISPOSICIONES RELATIVAS A LOS AVISOS PARA EL USO, REPARACI\u00d3N Y MANTENIMIENTO DE INFRAESTRUCTURA DE TELECOMUNICACIONES <\/strong><\/p>\n<p><strong>DISPOSICIONES GENERALES<\/strong><\/p>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<p><strong>TRIG\u00c9SIMO CUARTO<\/strong>. La Autoridad recibir\u00e1 los avisos correspondientes a:<\/p>\n<ol>\n<li>El uso de torres para la instalaci\u00f3n de infraestructura de telecomunicaciones;<\/li>\n<li>El uso de postes de propiedad privada para la instalaci\u00f3n de infraestructura de telecomunicaciones;<\/li>\n<\/ol>\n<ul>\n<li>El uso de ductos subterr\u00e1neos de propiedad privada para la instalaci\u00f3n de infraestructura de telecomunicaciones;<\/li>\n<\/ul>\n<ol>\n<li>El mantenimiento y reparaci\u00f3n de la infraestructura de telecomunicaciones.<\/li>\n<\/ol>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>TRIG\u00c9SIMO QUINTO. <\/strong>La Autoridad, en su caso, realizar\u00e1 las gestiones necesarias para dar aviso a las \u00e1reas de la Presidencia Municipal en materia de imagen urbana, protecci\u00f3n civil, ecolog\u00eda y medio ambiente y vialidad sobre los avisos que reciba en t\u00e9rminos del presente Acuerdo, sin que esto implique la realizaci\u00f3n de un tr\u00e1mite adicional para el solicitante.<\/p>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<p><strong>TRIG\u00c9SIMO SEXTO.<\/strong> El Municipio de Zapotl\u00e1n de Ju\u00e1rez, del Estado de Hidalgo, publicar\u00e1 la informaci\u00f3n sobre los formatos, requisitos y procedimientos materia del presente Acuerdo, en la p\u00e1gina del Municipio, en las oficinas de la Autoridad o en cualquier medio de difusi\u00f3n que permita a los ciudadanos la disponibilidad de la informaci\u00f3n.<\/p>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<p><strong>TRIG\u00c9SIMO S\u00c9PTIMO<\/strong>. Los procedimientos contenidos en el presente cap\u00edtulo atender\u00e1n adem\u00e1s de lo previsto en este acuerdo al Manual de Procedimientos de los tr\u00e1mites para el despliegue, uso, mantenimiento y reparaci\u00f3n de infraestructura de telecomunicaciones en el Municipio de Zapotl\u00e1n de Ju\u00e1rez del Estado de Hidalgo que como anexo UNO forma parte integral del presente Acuerdo.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>TRIG\u00c9SIMO OCTAVO. <\/strong>Previo a la elaboraci\u00f3n de los proyectos o documentos que se realicen con motivo de los tr\u00e1mites materia del presente Acuerdo, el interesado podr\u00e1 solicitar a la autoridad municipal informaci\u00f3n t\u00e9cnica sobre el predio, inmuebles, ruta, propiedad de uso com\u00fan o de uso exclusivo del municipio, entre otros.<\/p>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<p><strong>Secci\u00f3n I<\/strong><\/p>\n<p><strong>Aviso para el uso de torres para la instalaci\u00f3n de infraestructura de telecomunicaciones<\/strong><\/p>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<p><strong>TRIG\u00c9SIMO NOVENO<\/strong>. Este aviso tendr\u00e1 por objeto informar a la Autoridad sobre el uso de torres ya construidas, mediante la instalaci\u00f3n de infraestructura de telecomunicaciones como antenas, entre otros elementos similares, previo al inicio de los trabajos respectivos. Para el uso de las torres se\u00f1aladas en los t\u00e9rminos del presente cap\u00edtulo no se requiere autorizaci\u00f3n adicional.<\/p>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<p><strong>CUADRAG\u00c9SIMO<\/strong>. El formato oficial para dar aviso del uso de torres para la instalaci\u00f3n de infraestructura de telecomunicaciones es el incluido en el anexo TRES inciso B del presente Acuerdo.<\/p>\n<p><strong>CUADRAG\u00c9SIMO PRIMERO<\/strong>. Para dar aviso a la Autoridad sobre el uso de torres el solicitante deber\u00e1 presentar, a trav\u00e9s del formato se\u00f1alado, los siguientes requisitos:<\/p>\n<ol>\n<li>Datos y copia simple de los documentos que acrediten la personalidad o representaci\u00f3n legal del interesado.<\/li>\n<li>Datos de la ubicaci\u00f3n de la torre que se pretende usar.<\/li>\n<\/ol>\n<ul>\n<li>Descripci\u00f3n de la infraestructura a instalar.<\/li>\n<\/ul>\n<ol>\n<li>Fecha de inicio y t\u00e9rmino de los trabajos de instalaci\u00f3n.<\/li>\n<li>N\u00famero de autorizaci\u00f3n otorgada para la construcci\u00f3n de la torre que ser\u00e1 utilizada para la instalaci\u00f3n de infraestructura de telecomunicaciones.<\/li>\n<li>Plan de mantenimiento en original.<\/li>\n<\/ol>\n<ul>\n<li>En caso de que la infraestructura a instalar rebase la altura de la torre que se utilizar\u00e1, deber\u00e1 presentarse copia simple de la autorizaci\u00f3n otorgada por la Direcci\u00f3n General de Aeron\u00e1utica Civil.<\/li>\n<li>En caso de que la instalaci\u00f3n pretenda realizarse en \u00e1reas catalogadas como hist\u00f3ricas o con existencia de monumentos art\u00edsticos, arqueol\u00f3gicos o hist\u00f3ricos y se pretenda modificar las caracter\u00edsticas conforme a los t\u00e9rminos de la autorizaci\u00f3n de la torre, se deber\u00e1 presentar copia simple del permiso o autorizaci\u00f3n expedido por el Instituto Nacional de Bellas Artes y\/o el Instituto Nacional de Antropolog\u00eda e Historia y, en su caso, la autoridad estatal y\/o local correspondiente.<\/li>\n<\/ul>\n<ol>\n<li>En caso de que la instalaci\u00f3n pretenda realizarse en \u00e1reas naturales protegidas y se pretenda modificar las caracter\u00edsticas conforme a los t\u00e9rminos de la autorizaci\u00f3n de la torre, se deber\u00e1 presentar copia simple del permiso o autorizaci\u00f3n expedido por la Secretar\u00eda de Medio Ambiente y Recursos Naturales y, en su caso, la autoridad estatal y\/o local correspondiente.<\/li>\n<\/ol>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>Secci\u00f3n II<\/strong><\/p>\n<p><strong>Aviso para el uso de postes de propiedad privada para la instalaci\u00f3n de infraestructura de telecomunicaciones<\/strong><\/p>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<p><strong>CUADRAG\u00c9SIMO SEGUNDO<\/strong>. Este aviso tendr\u00e1 por objeto informar a la Autoridad sobre el uso de postes de propiedad privada, mediante la instalaci\u00f3n de infraestructura de telecomunicaciones como cables a\u00e9reos, antenas, entre otros elementos similares, previo al inicio de los trabajos respectivos. Para el uso de los postes se\u00f1alados en los t\u00e9rminos del presente cap\u00edtulo no se requiere autorizaci\u00f3n adicional.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>El aviso deber\u00e1 presentarse por el interesado cuando menos con siete d\u00edas h\u00e1biles de anticipaci\u00f3n al uso de los postes se\u00f1alados.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>En los casos de la utilizaci\u00f3n de postes propiedad de la Comisi\u00f3n Federal de Electricidad, no ser\u00e1 necesario agotar este tr\u00e1mite, sino que bastar\u00e1 con los realizados ante dicha Comisi\u00f3n conforme a la normatividad expedida para tal efecto.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>En caso de que la instalaci\u00f3n pretenda modificar las caracter\u00edsticas conforme a los t\u00e9rminos de la autorizaci\u00f3n del poste o ruta de postes, o las caracter\u00edsticas estructurales de los postes, deber\u00e1 presentarse el tr\u00e1mite para la autorizaci\u00f3n de la construcci\u00f3n e instalaci\u00f3n de postes.<\/p>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<p><strong>CUADRAG\u00c9SIMO TERCERO<\/strong>. El formato oficial para dar aviso del uso de postes de propiedad privada para la instalaci\u00f3n de infraestructura de telecomunicaciones es el incluido en el anexo TRES, inciso B del presente Acuerdo.<\/p>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<p><strong>CUADRAG\u00c9SIMO CUARTO<\/strong>. Para dar aviso a la Autoridad sobre el uso de postes de propiedad privada el solicitante deber\u00e1 presentar, a trav\u00e9s del formato se\u00f1alado, los siguientes requisitos:<\/p>\n<ol>\n<li>Datos y copia simple de los documentos que acrediten la personalidad o representaci\u00f3n legal del interesado.<\/li>\n<li>Datos de la ruta solicitada o ubicaci\u00f3n de la infraestructura que se pretende usar.<\/li>\n<\/ol>\n<ul>\n<li>Descripci\u00f3n de la infraestructura a instalar.<\/li>\n<\/ul>\n<ol>\n<li>Fecha de inicio y t\u00e9rmino de los trabajos de instalaci\u00f3n.<\/li>\n<li>Copia simple del documento que acredite que el solicitante cuenta con autorizaci\u00f3n, permiso o equivalente por parte del propietario para utilizar la infraestructura. Este requisito podr\u00e1 acreditarse con el contrato de arrendamiento, contrato de comodato u otro documento de naturaleza similar.<\/li>\n<li>Planos de ruta en original, en caso de que el interesado pretenda usar infraestructura de una ruta determinada.<\/li>\n<\/ol>\n<ul>\n<li>Memoria descriptiva del proyecto en original, incluyendo las especificaciones de la infraestructura y los planos de la ubicaci\u00f3n o ruta en la que se instalar\u00e1, elaborada y firmada por el responsable del proyecto y el responsable de la ejecuci\u00f3n.<\/li>\n<\/ul>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>El proyecto presentado deber\u00e1 considerar que los postes cuenten con la resistencia mec\u00e1nica para soportar las cargas de la infraestructura que se instalar\u00e1, considerando las propias y las debidas a las condiciones meteorol\u00f3gicas a que est\u00e9n sometidas de acuerdo con su ubicaci\u00f3n.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<ul>\n<li>Manifestaci\u00f3n en original por parte del propietario de la infraestructura o del solicitante respecto a la viabilidad t\u00e9cnica y de seguridad para la realizaci\u00f3n de la instalaci\u00f3n, en original. A este requisito deber\u00e1 adjuntarse copia simple del documento que acredite la personalidad o representaci\u00f3n legal del firmante de la manifestaci\u00f3n descrita.<\/li>\n<\/ul>\n<ol>\n<li>Plan de mantenimiento en original.<\/li>\n<li>En caso de que la infraestructura a instalar rebase la altura del poste que se utilizar\u00e1, deber\u00e1 presentarse copia simple de la autorizaci\u00f3n otorgada por la Direcci\u00f3n General de Aeron\u00e1utica Civil.<\/li>\n<li>En caso de que la instalaci\u00f3n pretenda realizarse en \u00e1reas catalogadas como hist\u00f3ricas o con existencia de monumentos art\u00edsticos, arqueol\u00f3gicos o hist\u00f3ricos y se pretenda modificar las caracter\u00edsticas conforme a los t\u00e9rminos de la autorizaci\u00f3n del poste o ruta de postes, se deber\u00e1 presentar copia simple del permiso o autorizaci\u00f3n expedido por el Instituto Nacional de Bellas Artes y\/o el Instituto Nacional de Antropolog\u00eda e Historia y, en su caso, la autoridad estatal y\/o local correspondiente.<\/li>\n<\/ol>\n<ul>\n<li>En caso de que la instalaci\u00f3n pretenda realizarse en \u00e1reas naturales protegidas y se pretenda modificar las caracter\u00edsticas conforme a los t\u00e9rminos de la autorizaci\u00f3n del poste o ruta de postes, se deber\u00e1 presentar copia simple del permiso o autorizaci\u00f3n expedido por la Secretar\u00eda de Medio Ambiente y Recursos Naturales y, en su caso, la autoridad estatal y\/o local correspondiente.<\/li>\n<\/ul>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<p><strong>Secci\u00f3n III<\/strong><\/p>\n<p><strong>Aviso para el uso de ductos subterr\u00e1neos de propiedad privada para la instalaci\u00f3n de infraestructura de telecomunicaciones<\/strong><\/p>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<p><strong>CUADRAG\u00c9SIMO<\/strong> <strong>QUINTO<\/strong>. Este aviso tendr\u00e1 por objeto informar a la autoridad sobre el uso de ductos subterr\u00e1neos de propiedad privada, mediante la instalaci\u00f3n de infraestructura de telecomunicaciones como cables subterr\u00e1neos, entre otros elementos similares. Para el uso de los ductos subterr\u00e1neos se\u00f1alados en los t\u00e9rminos del presente cap\u00edtulo no se requiere autorizaci\u00f3n adicional.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Este aviso deber\u00e1 presentarse por el interesado cuando menos con siete d\u00edas h\u00e1biles de anticipaci\u00f3n a la utilizaci\u00f3n de los ductos subterr\u00e1neos se\u00f1alados.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>En los casos de la utilizaci\u00f3n de ductos subterr\u00e1neos propiedad de la Comisi\u00f3n Federal de Electricidad, no ser\u00e1 necesario agotar este tr\u00e1mite, sino que bastar\u00e1 con los realizados ante dicha Comisi\u00f3n conforme a la normatividad expedida para tal efecto.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>En caso de que la instalaci\u00f3n pretenda modificar las caracter\u00edsticas conforme a los t\u00e9rminos de la autorizaci\u00f3n de los ductos subterr\u00e1neos o las caracter\u00edsticas estructurales de los ductos subterr\u00e1neos, deber\u00e1 presentarse el tr\u00e1mite para la autorizaci\u00f3n de la construcci\u00f3n e instalaci\u00f3n de ductos subterr\u00e1neos.<\/p>\n<p><strong>CUADRAG\u00c9SIMO SEXTO<\/strong>. El formato oficial para dar aviso del uso de ductos subterr\u00e1neos de propiedad privada para la instalaci\u00f3n de infraestructura de telecomunicaciones, es el incluido en el anexo TRES, inciso B del presente Acuerdo.<\/p>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<p><strong>CUADRAG\u00c9SIMO S\u00c9PTIMO<\/strong>. Para dar aviso a la Autoridad sobre el uso de ductos subterr\u00e1neos de propiedad privada el solicitante deber\u00e1 presentar, a trav\u00e9s del formato se\u00f1alado, los siguientes requisitos:<\/p>\n<ol>\n<li>Datos y copia simple de los documentos que acrediten la personalidad o representaci\u00f3n legal del interesado.<\/li>\n<li>Datos de la ruta solicitada o ubicaci\u00f3n de la infraestructura que se pretende usar.<\/li>\n<\/ol>\n<ul>\n<li>Descripci\u00f3n de la infraestructura a instalar.<\/li>\n<\/ul>\n<ol>\n<li>Fecha de inicio y t\u00e9rmino de los trabajos de instalaci\u00f3n.<\/li>\n<li>Copia simple del documento que acredite que el solicitante cuenta con autorizaci\u00f3n, permiso o equivalente por parte del propietario para utilizar la infraestructura. Este requisito podr\u00e1 acreditarse con el contrato de arrendamiento, contrato de comodato u otro documento de naturaleza similar.<\/li>\n<li>Planos de ruta en original.<\/li>\n<\/ol>\n<ul>\n<li>Memoria descriptiva del proyecto en original, incluyendo las especificaciones de la infraestructura que se pretende utilizar y los planos de la ubicaci\u00f3n o ruta en la que se instalar\u00e1, elaborada y firmada por el responsable del proyecto y el responsable de la ejecuci\u00f3n.<\/li>\n<\/ul>\n<p>El proyecto presentado deber\u00e1 considerar que el uso de los ductos no cause afectaciones a la infraestructura existente.<\/p>\n<ul>\n<li>Manifestaci\u00f3n en original por parte del propietario de la infraestructura o del solicitante respecto a la viabilidad t\u00e9cnica y de seguridad para la realizaci\u00f3n de la instalaci\u00f3n, en original. A este requisito deber\u00e1 adjuntarse copia simple del documento que acredite la personalidad o representaci\u00f3n legal del firmante de la manifestaci\u00f3n descrita.<\/li>\n<\/ul>\n<ol>\n<li>Plan de mantenimiento en original.<\/li>\n<li>En caso de que la instalaci\u00f3n pretenda realizarse en \u00e1reas catalogadas como hist\u00f3ricas o con existencia de monumentos art\u00edsticos, arqueol\u00f3gicos o hist\u00f3ricos y se pretenda modificar las caracter\u00edsticas conforme a los t\u00e9rminos de la autorizaci\u00f3n de los ductos, se deber\u00e1 presentar copia simple del permiso o autorizaci\u00f3n expedido por el Instituto Nacional de Bellas Artes y\/o el Instituto Nacional de Antropolog\u00eda e Historia y, en su caso, la autoridad estatal y\/o local correspondiente.<\/li>\n<li>En caso de que la instalaci\u00f3n pretenda realizarse en \u00e1reas naturales protegidas y se pretenda modificar las caracter\u00edsticas conforme a los t\u00e9rminos de la autorizaci\u00f3n de los ductos, se deber\u00e1 presentar copia simple del permiso o autorizaci\u00f3n expedido por la Secretar\u00eda de Medio Ambiente y Recursos Naturales y, en su caso, la autoridad estatal y\/o local correspondiente.<\/li>\n<\/ol>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<p><strong>Secci\u00f3n IV<\/strong><\/p>\n<p><strong>Aviso de mantenimiento y reparaci\u00f3n de infraestructura de telecomunicaciones <\/strong><\/p>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<p><strong>CUADRAG\u00c9SIMO OCTAVO<\/strong>. Los propietarios de la infraestructura de telecomunicaciones se encuentran obligados a mantener la infraestructura en buen estado de conservaci\u00f3n, as\u00ed como preservar la seguridad de la misma.<\/p>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<p><strong>CUADRAG\u00c9SIMO NOVENO. <\/strong>El tr\u00e1mite de aviso de mantenimiento y reparaci\u00f3n tendr\u00e1 por objeto informar a la Autoridad de los trabajos para el mantenimiento y reparaci\u00f3n de infraestructura de telecomunicaciones como torres, postes, ductos subterr\u00e1neos, antenas y cableado subterr\u00e1neo y a\u00e9reo, entre otros.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>El aviso deber\u00e1 presentarse previo al inicio de los trabajos de mantenimiento y reparaci\u00f3n de infraestructura de telecomunicaciones.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>En caso de reparaciones urgentes por afectaci\u00f3n al servicio en d\u00edas y horas inh\u00e1biles, el aviso se presentar\u00e1 por medios electr\u00f3nicos previo al inicio de los trabajos, en la siguiente direcci\u00f3n de correo electr\u00f3nico presimpal1620@gmail.com.<\/p>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<p><strong>QUINCUAG\u00c9SIMO<\/strong>. El formato oficial para dar aviso de mantenimiento y reparaci\u00f3n de infraestructura de telecomunicaciones es el incluido en el anexo TRES, inciso C del presente Acuerdo.<\/p>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<p><strong>QUINCUAG\u00c9SIMO PRIMERO<\/strong>. Para dar aviso a la Autoridad del mantenimiento y reparaci\u00f3n de infraestructura de telecomunicaciones el solicitante deber\u00e1 presentar, a trav\u00e9s del formato se\u00f1alado, los siguientes requisitos:<\/p>\n<ol>\n<li>Datos y copia simple de los documentos que acrediten la personalidad o representaci\u00f3n legal del interesado.<\/li>\n<li>Datos del inmueble, predio, ruta e infraestructura objeto del mantenimiento o reparaci\u00f3n.<\/li>\n<\/ol>\n<ul>\n<li>Fecha de inicio y t\u00e9rmino de los trabajos de mantenimiento o reparaci\u00f3n.<\/li>\n<\/ul>\n<ol>\n<li>N\u00famero de autorizaci\u00f3n otorgada o fecha de presentaci\u00f3n del aviso para la construcci\u00f3n, instalaci\u00f3n o uso de la infraestructura objeto del mantenimiento o reparaci\u00f3n.<\/li>\n<li>Descripci\u00f3n del mantenimiento o reparaci\u00f3n a realizar.<\/li>\n<\/ol>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<p><strong>Secci\u00f3n V<\/strong><\/p>\n<p><strong>Procedimiento para los avisos<\/strong><\/p>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<p><strong>QUINCUAG\u00c9SIMO SEGUNDO<\/strong>. El interesado en usar la infraestructura descrita en el presente cap\u00edtulo o en realizar trabajos para el mantenimiento y\/o reparaci\u00f3n de la infraestructura de telecomunicaciones, deber\u00e1 presentar ante la Autoridad los requisitos se\u00f1alados mediante el formato de aviso correspondiente a cada uno de los tr\u00e1mites.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Una vez presentado el aviso, la Autoridad considerar\u00e1 realizada dicha obligaci\u00f3n y podr\u00e1 ejercer atribuciones de supervisi\u00f3n o verificaci\u00f3n. Sin la presentaci\u00f3n del aviso no podr\u00e1n realizarse los trabajos correspondientes al tr\u00e1mite de que se trate.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Los avisos no estar\u00e1n sujetos a la emisi\u00f3n de resoluci\u00f3n alguna por parte de la Autoridad.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>En caso de que el solicitante no cumpla con los requisitos establecidos, el aviso se tendr\u00e1 por no presentado.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>El acuse de presentaci\u00f3n del formato correspondiente constituye el aviso a la autoridad de tr\u00e1nsito, sin que sea necesario que el solicitante acuda ante dicha autoridad municipal a realizar un tr\u00e1mite adicional.<\/p>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<p><strong>Secci\u00f3n VI<\/strong><\/p>\n<p><strong>De la vigencia de los avisos <\/strong><\/p>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<p><strong>QUINCUAG\u00c9SIMO TERCERO. <\/strong>La vigencia de los avisos mencionados en este cap\u00edtulo ser\u00e1 acorde al plazo de inicio y t\u00e9rmino de los trabajos que haya declarado el solicitante en el formato correspondiente y no podr\u00e1 exceder de cinco dias h\u00e1biles.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>TRANSITORIOS<\/p>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<p><strong>\u00daNICO<\/strong>. El presente Acuerdo entrar\u00e1 en vigor al d\u00eda siguiente de su publicaci\u00f3n en el Peri\u00f3dico Oficial del Gobierno del Estado de hidalgo.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Dado en el Municipio de Zapotl\u00e1n de Ju\u00e1rez, Estado de Hidalgo., a los 30 d\u00edas del mes de octubre de dos mil diecinueve.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>\u201cSUFRAGIO EFECTIVO. NO REELECCI\u00d3N\u201d<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<ol>\n<li>ERICK EDGARDO ISLAS CRUZ<\/li>\n<\/ol>\n<p>PRESIDENTE MUNICIPAL CONSTITUCIONAL<\/p>\n<p>DEL MUNICIPIO DE ZAPOTL\u00c1N DE JU\u00c1REZ, HIDALGO.<\/p>\n<p>R\u00daBRICA<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<table width=\"100%\">\n<tbody>\n<tr>\n<td>C. Cinthya Sandy Pe\u00f1a Cortes<\/p>\n<p>S\u00edndico Procurador del<\/p>\n<p>H. Ayuntamiento de Zapotl\u00e1n de Ju\u00e1rez, Hidalgo<\/p>\n<p>R\u00fabrica<\/td>\n<\/tr>\n<\/tbody>\n<\/table>\n<table width=\"100%\">\n<tbody>\n<tr>\n<td>C. Mar\u00eda Fernanda S\u00e1nchez Islas<\/p>\n<p>Regidora del H. Ayuntamiento de<\/p>\n<p>Zapotl\u00e1n de Ju\u00e1rez, Hidalgo<\/p>\n<p>R\u00fabrica<\/p>\n<p>&nbsp;<\/td>\n<\/tr>\n<\/tbody>\n<\/table>\n<table width=\"100%\">\n<tbody>\n<tr>\n<td>C. Misael P\u00e9rez Vargas<\/p>\n<p>Regidor del H. Ayuntamiento de<\/p>\n<p>Zapotl\u00e1n de Ju\u00e1rez, Hidalgo<\/p>\n<p>R\u00fabrica<\/p>\n<p>&nbsp;<\/td>\n<\/tr>\n<\/tbody>\n<\/table>\n<table width=\"100%\">\n<tbody>\n<tr>\n<td>C. Gabriel Salas Rodr\u00edguez<\/p>\n<p>Regidor del H. Ayuntamiento de<\/p>\n<p>Zapotl\u00e1n de Ju\u00e1rez, Hidalgo<\/p>\n<p>R\u00fabrica<\/p>\n<p>&nbsp;<\/td>\n<\/tr>\n<\/tbody>\n<\/table>\n<table width=\"100%\">\n<tbody>\n<tr>\n<td>C. Estefan\u00eda Delgadillo Orozco<\/p>\n<p>Regidora del H. Ayuntamiento de<\/p>\n<p>Zapotl\u00e1n de Ju\u00e1rez, Hidalgo<\/p>\n<p>R\u00fabrica<\/p>\n<p>&nbsp;<\/td>\n<\/tr>\n<\/tbody>\n<\/table>\n<table width=\"100%\">\n<tbody>\n<tr>\n<td>Lic. Citlalli Mel\u00e9ndez P\u00e9rez<\/p>\n<p>Regidora del H. Ayuntamiento de<\/p>\n<p>Zapotl\u00e1n de Ju\u00e1rez, Hidalgo<\/p>\n<p>R\u00fabrica<\/p>\n<p>&nbsp;<\/td>\n<\/tr>\n<\/tbody>\n<\/table>\n<table width=\"100%\">\n<tbody>\n<tr>\n<td>Lic. Juana Garc\u00eda Maqueda<\/p>\n<p>Regidora del H. Ayuntamiento de<\/p>\n<p>Zapotl\u00e1n de Ju\u00e1rez, Hidalgo<\/p>\n<p>R\u00fabrica<\/p>\n<p>&nbsp;<\/td>\n<\/tr>\n<\/tbody>\n<\/table>\n<table width=\"100%\">\n<tbody>\n<tr>\n<td>Lic. Cintia Santill\u00e1n G\u00f3mez<\/p>\n<p>Regidor del H. Ayuntamiento de<\/p>\n<p>Zapotl\u00e1n de Ju\u00e1rez, Hidalgo<\/p>\n<p>R\u00fabrica<\/p>\n<p>&nbsp;<\/td>\n<\/tr>\n<\/tbody>\n<\/table>\n<table width=\"100%\">\n<tbody>\n<tr>\n<td>C. Alan Michel Mart\u00ednez Rodr\u00edguez<\/p>\n<p>Regidor del H. Ayuntamiento de<\/p>\n<p>Zapotl\u00e1n de Ju\u00e1rez, Hidalgo<\/p>\n<p>R\u00fabrica<\/p>\n<p>&nbsp;<\/td>\n<\/tr>\n<\/tbody>\n<\/table>\n<table width=\"100%\">\n<tbody>\n<tr>\n<td>C. Margarito Hern\u00e1ndez Garc\u00eda<\/p>\n<p>Regidor del H. Ayuntamiento de<\/p>\n<p>Zapotl\u00e1n de Ju\u00e1rez, Hidalgo<\/p>\n<p>R\u00fabrica<\/p>\n<p>&nbsp;<\/td>\n<\/tr>\n<\/tbody>\n<\/table>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">\n<p>SECRETARIO GENERAL MUNICIPAL DE<\/p>\n<p>ZAPOTL\u00c1N DE JU\u00c1REZ, HIDALGO<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<ol>\n<li>LUIS CARLOS TADEO PAY\u00c1N V\u00c1ZQUEZ<\/li>\n<\/ol>\n<p>R\u00daBRICA<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<p>Derechos Enterados. 05-02-2020<\/p>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<hr \/>\n<p style=\"text-align: justify;\"><span style=\"font-size: 16px;\"><a href=\"https:\/\/periodico.hidalgo.gob.mx\/?tribe_events=Periodico-Oficial-Ordinario-0-del-17-de-febrero-de-2020\">Peri\u00f3dico Oficial Ordinario 0 del 17 de febrero de 2020<\/a><\/span><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><span style=\"font-size: 16px;\">Esto es un extracto, por lo que en el documento que est\u00e1 visualizando puede haber texto, caracteres, im\u00e1genes u objetos que no se muestren debido a la conversi\u00f3n a formato HTML, por lo que le recomendamos tomar siempre como referencia el archivo PDF de la edici\u00f3n.<\/span><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Documento contenido en el Peri\u00f3dico Oficial Ordinario 0 del 17 de febrero de 2020 Edici\u00f3n: Ordinario 0 N\u00famero: 7 P\u00e1ginas: 89 Contenido: Municipio de Zapotl\u00e1n de Ju\u00e1rez, Hidalgo. &#8211; 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